REGLAMENTO SOCIETARIO 2012. tomadas únicamente
Transcripción
REGLAMENTO SOCIETARIO 2012. tomadas únicamente
REGLAMENTO SOCIETARIO 2012. (Vigencia: desde el 1 de Enero de 2012 al 31 de Diciembre de 2012) Art. 1.- Las inscripciones a las competencias, se podrán realizar todos días los miércoles, y se deberán completar, tanto administrativamente como financieramente. Cerrando el miércoles anterior a la competencia en la sede de la APTP, en el horario de 20:30hs a 23hs. Art. 1a. Las inscripciones a las competencias que se realizan en el interior o para las carreras especiales, se cerraran el miércoles de la semana anterior a la carrera (10 días antes de la misma), en las mismas condiciones que el Art. anterior. Art. 1b. La inscripción de los pilotos que estén fuera de los parámetros que se enumeran en los artículos anteriores, pagaran el importe de inscripción con un incremento del 10 %. Art. 1c. Los pilotos que residan a más de 70.Km., deberán inscribirse OBLIGATORIAMENTE vía mail, completando su inscripción el día sábado de 8:30 hs a 10:00 hs en el micro de la APTP. Caso contrario se aplicara el Art. 1b. Art. 2. La designación de los boxes estará a cargo de la APTP y se exhibirá plano de ubicación el día viernes en el micro de la APTP. Art. 3. Para la designación de boxes se tendrán en cuenta lo siguiente: Serán Pilotos Prioritarios aquellos que directamente participen en la categoría con publicidad de cualquier tipo, (estática, radial, televisiva, etc.). En segundo lugar siguiendo el ranking actual se tendrá en cuenta aquellos equipos que se destaquen por la presentación del box, presencia de los integrantes, indumentaria e inclusión de promotoras, con el fin de brindar una mejor imagen de la categoría. También se tendrá en cuenta aquellos pilotos que asistan a las reuniones semanales, entregas de Premios y conferencias de Prensa. Art. 3a. Los Pilotos Prioritarios obtendrán prioridad en beneficios como: reportajes televisivos y/o notas radiales, o grafica, etc. Art. 4. En los autodromos donde no hay boxes, o los que hallan no alcanzan para la totalidad de los autos, la APTP encargara el armado de carpas, las que serán tomadas únicamente como BOX, siendo abonado el costo de las mismas por los pilotos y/o la APTP según convenio con Autodromos. Art. 5. La totalidad de los derechos de la ornamentación de la calle de boxes (mástiles), podio, etc. Son propiedad de la APTP. 1 . Art. 6. INGRESO: Para asociarse a la APTP como socio Activo, se deberá abonar la suma de pesos quinientos cincuenta ($550.-) como ingreso, mas la cuota social mensual de pesos setecientos ochenta ($780.-), siendo un total de pesos mil trescientos treinta ($1330.-). Art. 6a. Los pilotos que debuten a partir de la 6.ta fecha inclusive, se le bonificara el importe de ingreso como socio activo. Art. 7. Todos los socios Activos deberán abonar una cuota mensual de setecientos ochenta ($780.-). Art. 7a. Los Motoristas y chasistas se deberán asociar obligatoriamente como socios Adherentes, abonando una cuota social mensual de ($200) c/u, en el caso de la misma persona sea el chasista y motorista deberá abonar ($300). Se entregara una acreditación para el ingreso a boxes por cada uno de los Ítem, en el caso que el propio piloto se constate que es el preparador tanto de motor y /o de chasis, pagara únicamente la cuota mensual de socio activo. Art. 7b. Los socios adherentes, participaran de charlas y reuniones técnicas siendo consultores de la Comisión Técnica de la APTP, únicamente no teniendo ni vos ni voto en las asambleas tanto ordinarias como extraordinarias. Art. 7c. El asociado adherente que quiera pagar el año por adelantado tendrá un descuento del 15%. Art. 7d. El asociado activo que quiera pagar el año por adelantado tendrá un descuento del 20%. Art. 8. El costo de inscripción a la competencia para los No socios a la APTP, será de pesos siete mil ($ 7000) para la clase 2 y de siete mil quinientos pesos ($7500) para la clase 3. Art. 9. La APTP premia a los Campeones Zonales, y Nacionales que acrediten su titulo mediante nota del ente fiscalizador, NO COBRANDO EL INGRESO SOCIAL A LA CATEGORÍA, abonando únicamente la cuota social. Art. 10. PROVISIÓN DE CUBIERTAS: Clase 2: serán selladas y se tomara la numeración de seis (6) cubiertas competencia. Pudiendo ser nuevas únicamente dos (2). Las otras cuatro (4) serán reselladas de competencias anteriores. En la primer fecha se podrán comprar (4) cuatro nuevas. Los equipos deberán anotar también la numeración en la hoja que les provee la categoría para anexar al pasaporte técnico de la CDA. Clase 3: serán selladas y se tomara la numeración de seis (6) cubiertas competencia. Pudiendo ser nuevas únicamente cuatro (4). Las otras dos (2) serán reselladas de competencias anteriores. Los equipos deberán anotar también la numeración en la hoja que les provee la categoría para anexar al pasaporte técnico de la CDA. 2 Art. 10a. En la gomería se llevara un listado donde conste el numero interno y el numero externo de las cubiertas, aquellas cubiertas que por algún motivo, tengan borrado el numero externo, serán desarmadas (después de clasificación, series o final) y se corroborara el numero interno, teniendo que coincidir con el externo asignado. Art. 11. Si por algún motivo (rotura, pinchadura, etc) el equipo quiere reemplazar algunas de las cubiertas selladas, deberá abonar la suma de pesos trescientos ($300) a la APTP, dicho importe será recargado en la próxima inscripción. ART. 12. El horario del ingreso de los equipos a los autodromos: la oficina de Prensa lo enviara vía mail a los pilotos y lo publicara en la página Web. Art. 13. Es obligación de los Sres. Pilotos, actualizar su ficha social, dejando una dirección de mail, con el fin recibir información. Art. 14. CAMPEONATO DE EQUIPOS: Se formaran equipos, de esa forma se implementa el Campeonato de Equipos del Turismo Pista. Los equipos estarán formados por uno (1) o dos (2) autos de la misma clase y que indefectiblemente compartan Chasista y/o Motorista, los cuales sumaran puntos para el Campeonato de Equipos. Art. 15. Un mismo preparador podrá formar varios equipos con distinta denominación y distintos pilotos. Art. 16. El equipo ganador de cada competencia, y el primero del campeonato Anual llevaran trofeo, similar al Campeón de Pilotos. Art. 17. El puntaje del campeonato de equipos será la suma del puntaje obtenido por cada piloto que conforma el mismo, (escala según reglamento de campeonato). Art. 18. Cada piloto que conforma el equipo deberá abonar la suma de pesos setenta ($70) mensuales, en concepto de cuota del equipo. Art. 19. Se llevara un registro de morosidad de aquellos Socios Activos que sean denunciados por los socios adherentes al dejar su equipo o atención. Además los socios Activos, pueden solicitar a esta Asociación (vía nota) antecedentes y comportamiento de los socios Adherentes. Art. 20. SE PERMITE LA UTILIZACION DE SISTEMA DE POSICIONAMIENTO GLOBAL (GPS) con instalación independiente al vehiculo. Prohibida la adquisición de Datos. EN CASO DE SER UTILIZADO NO PARTICIPARA DE LA COMPETENCIA. Art. 21. La entrega de Premios correspondiente a la carrera se realizara al finalizar las competencias en el podio,, 1º, 2º y 3º y luego 4º, 5º y 6º. 3 Art. 22. Las Promotoras deberán contar con protección médica (AAV) y ART o seguro de Accidentes Personales, (para cubrir un posible accidente) que deberá ser asentado en la APTP, o contratado por intermedio de la Asociación. La presentación de la documentación o la contratación tiene como fecha limite, el miércoles anterior a la carrera, la cobertura debe tener un importe de $230.000.- con cláusula de no repetición a favor de la APTP, como también deberá ser la aptp beneficiaria de la póliza mencionada.Las Promotoras que no estén verificadas o no hayan cumplimentado el pago de la cobertura, serán retiradas de Pista. Aquellos Asociados que ingresen una promotora, sin la credencial verificada habilitante y no las quieran retirar de boxes, automáticamente se le comunicara la Suspensión como socio Activo por el termino de un mes. Art. 23. La sola publicación en la pagina web www.aptpweb.com.ar implica, notificación fehaciente a los asociados. Art. 24. Aquellos pilotos que se inscriban vía e-mail, y por algún motivo no puedan asistir a la competencia, se les descontara de lo abonado, o deberán abonar el costo de la carpa correspondiente. Art. 25. Aquellos pilotos que no retiren los trofeos obtenidos en las carreras y/o Campeonatos los días asignados para ello, perderán todo derecho sobre los mismos. Art. 26. CONFERENCIA DE PRENSA: Los Pilotos deberán asistir en un mínimo de 2 conferencias de prensa de las 5 o 6 que se realizaran en el año. Caso contrario se les cobrara un recargo del 50% en la cuota social durante dos meses. Art. 27. ACREDITACIONES: los pilotos tienen la obligación de entregar con anterioridad a su equipo las acreditaciones e ingresos de vehículos correspondiente. Ya que no se realizaran acreditaciones los días de actividad. Los socios Adherentes tendrán su correspondiente credencial, para lo cual deberán tener la cuota social al día, No pudiendo ingresar con ningún otra credencial que la asignada. Art. 28. ENTRENAMIENTOS PREVIOS 1) Están prohibido los entrenamientos entre carreras, (tanto del auto, como del piloto sobre un auto de la categoría) los únicos habilitados son los comunitarios a realizarse el viernes anterior a la prueba final, con los motores sellados. 2) Los Pilotos debutantes en el automovilismo están autorizados a una prueba mas entre carrera, cuando la misma sea en Buenos Aires o La Plata la pueden realizar cuando deseen y cuando la competencia es en el interior la misma será autorizada a realizarse el jueves anterior a la prueba final, sin obligación de sellar motor. 3) Se autorizara automáticamente a una prueba suplementaria entre carrera (en Bs. As o La Plata) a aquellos pilotos que clasifiquen después de el puesto 18 en la clase 2 y del puesto 18 en la clase 3, de la prueba final. 4 4) Se podrán efectuar tres (3) pruebas extraordinarias al año, que deben ser solicitadas por el piloto y/o concurrente vía nota o mail a la CD de la A.P.T.P., las mismas serán autorizadas en Buenos Aires o La Plata. Aquel vehículo que se haya accidentado la Comisión Técnica de la CDA., podrá dar autorización para realizar una prueba adicional. En caso de que algún Piloto pruebe más de lo permitido, no se le aceptará la inscripción a la competencia, siempre que esté debidamente informado por la A.P.T.P. a la C.D.A. en forma fehaciente. Se autorizara una prueba extra cuando la carrera siguiente sea en el interior del País, al vehículo accidentado que la Comisión Técnica autorice, siempre verificado por la A.P.T.P. Art. 29. - CAMBIO DE MOTOR O TAPA DE CILINDRO Aquel Concurrente que decidiera cambiar el Block y Tapa de Cilindro o Tapa de Cilindros luego de los Entrenamientos Comunitarios, Entrenamientos o Pruebas de Clasificación mantendrá el derecho a largar, y retrocederá 6 lugares en la serie que le corresponde largar. (Debiendo avisar a la CDA hasta media hora antes de la serie, caso contrario largara en el último lugar de la misma). Aquel Concurrente que decidiera cambiar el Block y Tapa de Cilindro o Tapa de Cilindros luego de las series clasificatorias retrocederá 12 lugares para la final. (Debiendo avisar a la CDA hasta una hora antes de la Final, caso contrario largara en el último lugar de la misma). Si disidiera desmontar Tapa de Cilindro (sin ser cambiada) cargara los siguientes kilos Clase2 10 kg. Y Clase 3 15 kg. Cualquier corte o rotura de precintos debe ser autorizado por los Comisarios Deportivos caso contrario será sancionado según corresponda (Art. 20 del R.D.A. Prescripciones para pistas.) Los motores serán precintados por la APTP los viernes de 9:00 hs. a 11:00 hs. Art. 30. CAMARA A BORDO En el caso de solicitarse la cámara por las autoridades, esta deberá ser entregada al solicitante de inmediato. El pedido será por nota con fecha y hora firmada por el piloto, concurrente y/o preparador. En caso de no cumplir, al piloto se lo apercibirá en su primer incumplimiento; de ser reincidente el mismo será sancionado con una multa de ($ 500).- Art. 31. NUMEROS Los números laterales y el número y nombre del parabrisas serán provistos por la APTP y con cargo de los pilotos, para así lograr la uniformidad de los mismos. Art. 32. REUNION DE PILOTOS: la asistencia a la reunión de pilotos es de carácter Obligatorio, se tomara asistencia y aquel que no asista deberá abonar una multa al ente Fiscalizador del importe detallado en el Reglamento de Campeonato 2012 (Art. 30 del RDA). 5 Art. 33. PARQUE CERRADO: estará restringido el ingreso al mismo de TODO TIPO DE PERSONA. No pudiendo ingresar ningún auxiliar, preparador, anunciante, amigo o familiar. Luego de haber estacionado su auto en el parque cerrado, el piloto se retirara y no se permitirá su re ingreso al mismo salvo autorización del Oficial a cargo. No se permitirá allí intervención de ningún tipo salvo que la misma sea autorizada por los Oficiales a cargo, Técnicos o Deportivos. Art. 34. PODIO: Es obligación de los seis primeros en la prueba final asistir al podio inmediatamente después de su ingreso al Parque Cerrado. Participaran de la ceremonia del podio aquellas personas (promotoras, prensa, fotógrafos, hijos, etc.) que sean autorizadas por el o los auxiliares de la APTP designados a tal efecto. Art. 34a. El acceso al podio será dirigido por el o los auxiliares de la APTP en dos (2) etapas, primer etapa 1º, 2º y 3º, segunda etapa 4º,5º y 6º. Art. 35. MULTAS: .Todo el dinero recaudado por multas internas de la APTP, pasara a formar parte de un fondo con el cual a fin de año se compraran alimentos no perecederos, los que serán Donados personalmente por pilotos y directivos de la APTP al comedor de niños mas cercano al Autodromo de la Ciudad de Bs. As). Art. 36. El costo de la Inscripción será informado con un tiempo prudencial previo a cada competencia. Art. 37. Todo aquel piloto que utilice alguna actividad oficial y deba retirarse por cualquier motivo (a excepción de exclusión técnica y/o deportiva, se le bonificara con el 50 % de la inscripción para la próxima competencia, aclarando que se debe cumplir con el Art. 4to. Comisión Directiva APTP 6