Consellería de Trabajo y Bienestar IV. ENTIDADES LOCAIS IV
Transcripción
Consellería de Trabajo y Bienestar IV. ENTIDADES LOCAIS IV
Boletín Oficial Provincia de Ourense Consellería de Trabajo y Bienestar Departamento Territorial Ourense Sección de Relaciones Laborales Asunto: CC/ Revisión salarial 2010 Una vez visto el texto del acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de comercio de piel de la provincia de Ourense 2009-2010 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 154, de 7 de julio de 2009 (código n.º 3200135), suscrita, el día 21 de enero de 2010, por los miembros de la Comisión Paritaria del convenio, integrada, de una parte, en representación de la parte económica, por los representantes de la Asociación Empresarial de Comercio de Calzados y Bolsos de Ourense y, de otra, en representación de los/as trabajadores/as del sector por los/as representantes de la central sindical Comisiones Obreras (CCOO), en la que fijan la revisión salarial del convenio para el 2º año de vigencia y los días laborales en el sector como consecuencia de las fiestas de Navidad y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2.º y 3.º del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por el Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo y las demás normas aplicables del derecho común, este Departamento Territorial acuerda: Primero.- Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en este Departamento Territorial (Servicio de Relaciones Laborales), y notificación a las representaciones empresarial y social de la comisión negociadora. Segundo.- Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación (UMAC). Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Ourense, 15 de febrero de 2010. El jefe territorial. Fdo.: José Selas Souto. Acta de la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de comercio de piel de Ourense En Ourense, siendo las 19.00 horas del día 21 de enero de 2010, se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial de Ourense, sita en plaza das Damas, n.º 1 de Ourense, la representación sindical y empresarial del sector del comercio de la piel de la provincia de Ourense para actualizar las tablas salariales para el segundo año de vigencia del convenio. Por la parte empresarial: Asociación Empresarial de Comercio de Calzados y Bolsos de Ourense: don Luis Martínez Piñeiro, don Miguel Rodríguez. Asesora: María de Miguel Pérez. Por la parte social: CCOO: don Manuel Prada Pérez, Manuel González Cacheiro, Emilia Iglesias Gutiérrez. Las partes se reúnen a fin de actualizar para el segundo año de vigencia del convenio las tablas salariales, conforme lo dispuesto en el artículo 7 del texto que establece que “para el segundo año de vigencia el incremento para aplicar será del 0,50% sobre el IPC real del 2009”. Siendo el IPC real del 2009 del 0.8%, procede actualizar la tabla salarial en el 1,30%, resultando la siguiente tabla: Jefe de división: 956,76 Encargado general y jefe de compras: 921,63 Jefe de sucursal o almacén: 921,63 n.º 53 · Sábado, 6 marzo 2010 17 Jefe de sección mercantil: 887,02 Encargado: 869,61 Viajante: 869,61 Dependiente mayor: 834,75 Dependiente: 788,56 Ayudante: 778,17 Mozo: 778,17 Jefe administrativo: 922,67 Contable: 870,51 Oficial administrativo: 834,75 Auxiliar administrativo: 778,17 Auxiliar de caja mayor: 788,56 Auxiliar de caja: 633,30 Escaparatista: 911,46 Personal de limpieza: 5,47 Se fijan como días para trabajar como consecuencia de las fiestas de Navidad, y de acuerdo con la tradición, los sábados por la tarde del mes de diciembre, es decir: los días 4, 11, y 18 de diciembre del 2010, y el 8, 15, 22, y 29 de enero del 2011, teniendo dichos sábados por la tarde la consideración de jornada efectiva establecida en este artículo. Las tardes de sábados de navidad que se trabajen por la tarde serán compensados en tiempo de descanso, de tal manera que por una tarde de sábado se disfrutará media jornada completa de descanso, eligiendo los trabajadores la fecha del disfrute, e intentarán que no coincidan varios descansos a la vez por cada empresa. Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión, cuando son las 19.30 en el lugar y día expresados en el encabezamiento. Asociación Empresarial de Comercio de Calzados y Bolsos de Ourense: Luis Martínez Piñeiro, Miguel Rodríguez. Asesora: María de Miguel Pérez. CCOO: Manuel Prada Pérez, Manuel G. Cacheiro, Emilia Iglesias Gutiérrez. R. 732 IV. ENTIDADES LOCAIS IV. ENTIDADES LOCALES Allariz Edicto Aprobación definitiva do Proxecto de equidistribución da área de repartimento 138, situada na estrada de Xunqueira de Allariz. Publícase, para xeral coñecemento, que a alcaldía ditou, con data 25 de febreiro do 2010, unha resolución do seguinte teor literal: “Unha vez visto o Proxecto de equidistribución ou reparcelamento correspondente á área de repartimento 138, situada na Estrada de Xunqueira de Allariz redactado polo arquitecto don Miguel Pérez Moreiras que promove a sociedade Herdeiro, SL. Tendo en conta que o citado proxecto foi aprobado inicialmente por Decreto da Alcaldía con data 9 de decembro do 2009 e sometido a información pública polo prazo de 20 días mediante anuncio que se publicou no Boletín Oficial da Provincia (BOP), n.º 290 de 19 de decembro do 2009, sen que conste a presentación de reclamación ningunha e que este proxecto se axusta plenamente ó Plan Xeral de Ordenación Municipal de Allariz, en vigor, aprobado definitivamente polo Pleno do Concello de Allariz, na sesión do 15 de abril do 2003 e publicado definitivamente no Boletín Oficial da Provincia de Ourense n.º 106, do 10 de maio do 2003.