STAFFORD COUNTY PUBLIC SCHOOLS
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STAFFORD COUNTY PUBLIC SCHOOLS
STAFFORD COUNTY PUBLIC SCHOOLS 31 Stafford Avenue Stafford, Virginia 22554-7246 Phone: 540-658-6000 http://www.staffordschools.net SCHOOL BOARD MEMBERS W. BRUCE BENSON, Ed.D. Superintendent NANETTE KIDBY Chair HOLLY HAZARD Vice-Chair IRENE EGAN PATRICIA HEALY C. SCOTT HIRONS DEWAYNE McOSKER, JR. DANA REINBOLDT 8 de septiembre de 2015 Estimados padres y estudiantes: ¡Bienvenidos al comienzo del año escolar 2015-2016! Esperamos que hayan tenido un buen verano y que estén ansiosos por comenzar un nuevo y excitante año en las Escuelas Públicas del Condado de Stafford. En mi segundo año como su Superintendente, espero continuar aprendiendo y creciendo con ustedes en el respaldo de nuestra misión en la preparación de nuestros estudiantes para ser los líderes del mañana. Como división, creemos en la excelencia, en comunidad, en diversidad, en respeto y en la integridad, y abrazamos a nuestra visión de ser una organización comprometida a la enseñanza innovadora para el éxito de nuestros estudiantes. En un esfuerzo de mantenerlos mejor informados, le entregamos una copia del Código de Conducta de Estudiantes para el año escolar 2015-2016 (Código) del distrito y notificaciones y formularios para los padres. Como miembros de nuestra comunidad escolar, nuestros estudiantes tienen ciertas responsabilidades para ser miembros contribuyentes y exitosos. Favor de revisar todos los formularios y requisitos del Código con su/s estudiante/s ya que alguna información ha cambiado desde el año pasado. Este año, se les requiere que devuelva el Acuse de Recibo (copia con estrella en la parte de arriba a mano derecha) firmado por el padre y el estudiante y lo devuelva a la escuela. Los estudiantes de las escuelas intermedias y secundarias también firmarán y devolverán el Acuerdo de Uso Aceptable de Teléfonos Celulares/Aparatos de Comunicación y el Formulario de Permiso de Aceptación de Responsabilidad y Acuerdo de Uso de Aparatos Personales Informáticos/de la Red. Todos los otros formularios serán firmados y devueltos sólo si usted elige que su estudiante no participe de alguna actividad o si quiere compartir alguna información específica con la escuela (por ejemplo, medicamentos). Para asegurar que su estudiante reciba las mejores oportunidades educacionales posibles, debe existir un fuerte enlace entre el hogar y la escuela. Les damos las gracias, por adelantado, por su respaldo continuo de su niño/a y de nuestra división escolar. ¡Les deseamos un año escolar con mucho éxito! Respetuosamente, W. Bruce Benson, Ed.D. Superintendente (Cover Letter for Code of Conduct Forms – Spanish) This Page Left Intentionally Blank STAFFORD COUNTY PUBLIC SCHOOLS 31 STAFFORD AVENUE STAFFORD, VA 22554 ACUSE DE RECIBO (ACKNOWLEDGMENT OF RECEIPT) Mediante la presente hago constar que he recibido: Fotografías de Estudiantes e Información sobre el Estudiante Publicada de forma Electrónica (formulario de exclusión voluntaria) o Acuerdo de Uso Aceptable de Teléfonos Celulares/Aparatos de Comunicación (Reglamento 2401R) o Traer Su Propia Tecnología (BYOT, en inglés) Pautas y Condiciones de Uso o Acuerdo de Uso Aceptable de Computadoras (Política 6301) o Derechos de Educación para la Vida en Familia y Notificación de la Ley de Privacidad o Notificación de Derechos Bajo la Enmienda sobre Protección de Derechos del Alumno (PPRA, en inglés) o Notificación Anual a Estudiantes/Padres en Cuanto a Información de Directorio o Petición de Medicamento/Tratamiento Durante el Horario Escolar Carta de Encuesta o Evaluaciones de Visión, Audición y Escoliosis o Notificación de Trastornos Alimenticios o Programa de Consejería Escolar o Educación de Vida en Familia (formulario de exclusión voluntaria) o Carta Encuesta de Gallup Poll para los grados 5-12 o Manual titulado Código de Conducta 2015-2016 que contiene: Política 2412: Expresión Simbólica: Apariencia/Vestimenta/Gestos Ausencias/Excusas/Despidos del Estudiante (Reglamento 2406) Ley de Asistencia Escolar Obligatoria 22.1-254 Retiro de Estudiantes de Clases Ordenado por el Profesor (Política 2409) Código de Conducta del Estudiante (Política y Reglamento 2401) Suspensiones y Expulsiones (Política 2403) Inspección y Decomiso/Evidencia/Contrabando (Política 2417) Acoso Sexual/Acoso basado en la Raza, etc. (Política 2402) Notificación: Será Delito Menor hacer Declaraciones Falsas en cuanto a su División Escolar o Zona Residencial para fines de Asistencia Notificación: Disponibilidad del Manual de la Política Notificación: Información del Registro de los Delincuentes Sexuales Notificación: Derecho de Petición También hago constar que he recibido, incluido en este manual, la Notificación de Responsabilidad y Requisitos de Participación de los Padres requerido por el Código de Virginia §22.1-279.3 como parte del manual, Código de Conducta 2015-16. Adicionalmente, las firmas abajo indican que estamos de acuerdo con el Uso Aceptable de Computadoras, la Política y Reglamento 6301 de las Escuelas Públicas del Condado de Stafford. Al firmar esta constancia de recibo no podrá considerarse que estoy renunciando, sino que más bien de manera expresa me reservo, los derechos que están protegidos por las constituciones y las leyes de los Estados Unidos de América y de la Mancomunidad de Virginia, incluyendo el derecho a expresar mi desacuerdo con las políticas y decisiones de la escuela y de la división escolar. o ________________________________________ Nombre del Estudiante ___________________________________________ Escuela y Grado ________________________________________ Firma del Estudiante ________________________________ Fecha ________________________________________ Firma del Padre/Tutor Legal _________________________________ Fecha (FAVOR DE FIRMAR Y DEVOLVER ESTE FORMULARIO A LA ESCUELA DE SU NIÑO/A) This Page Left Intentionally Blank Stafford County Public Schools Formulario para No Participar de Fotografías y Publicaciones Electrónicas Si prefiere que su estudiante NO participe de fotografías y publicaciones electrónicas en las Escuelas Públicas del Condado de Stafford, este formulario será llenado y firmado por el padre o tutor legal para cada estudiante para el año escolar 20152016. Si su estudiante participa en deportes y/u otras actividades escolares extracurriculares, como la banda, es posible que le tomen fotografías o grabaciones de video. Participación en estas actividades no excluye a su estudiante de fotografías, videos o publicaciones electrónicas. Si usted desea discutir este formulario, favor de ponerse en contacto con el director de la escuela de su niño. Fotografías de Estudiantes A los estudiantes a veces se les toman fotografías o grabaciones de vídeo mientras participan en actividades escolares. Por lo general, quienes hacen esto son el personal de la escuela o los padres, pero ocasionalmente los periódicos locales tomarán fotografías o videos para incluirlas en artículos de prensa. Además, el anuario y el periódico de la escuela, así como las publicaciones de la división escolar muchas veces toman fotografías y las incorporan en sus publicaciones y producciones. Actividades en el aula de clase también puede incluir fotografías de los estudiantes. Si usted no desea que su niño sea fotografiado o se le tomen grabaciones en vídeo durante una actividad escolar, favor de marcar la siguiente cajita. NO deseo que mi hijo/a sea fotografiado/grabado en video por las Escuelas Públicas del Condado de Stafford. (Esta selección no permite que su hijo/a aparezca en NINGUNA publicación escolar – incluyendo el anuario – y todo otro medio publicitario.) Información Sobre el Estudiante Publicada de Forma Electrónica Las Escuelas Públicas del Condado de Stafford publican información muy diversa sobre nuestras escuelas y actividades en una sección de la Internet conocida como el World Wide Web. De vez en cuando, puede que deseemos incluir el nombre y/o la fotografía de su niño/a en nuestra página web. Esta información pudiera ser publicada en la web a fin de dar reconocimiento a logros escolares o junto con una muestra del trabajo realizado por su niño/a. Si usted no desea que el nombre, la fotografía, o los trabajos de su niño/a sean publicados electrónicamente en el World Wide Web, favor de marcar la siguiente cajita. NO deseo que el nombre, la fotografía o el trabajo de mi niño/a sean publicados electrónicamente por las Escuelas Públicas del Condado de Stafford. Nombre del Estudiante: _________________________________________________________________________ Escuela: _____________________________________________________________________________________ Nombre del Padre o Tutor Legal: _________________________________________________________________ Firma del Padre o Tutor Legal: ________________________________________Fecha: _____________________ Oficina de Información Pública Revisado julio 2015 This Page Left Intentionally Blank REGLAMENTO 2401-R Prueba 1 Adoptado: 10 de junio de 2015 Stafford County Public Schools Acuerdo de Uso Aceptable de Teléfonos Celulares/Aparatos de Comunicación en las Escuelas Secundarias (High School Cell Phone/Communication Device Aceptable Use Agreement) 1. Teléfonos celulares/aparatos de comunicación son permitidos en los pasillos/áreas comunes entre las clases (de salón a salón); sin embargo, los estudiantes deben apagar los teléfonos celulares/aparatos de comunicación y guardarlos apropiadamente fuera de vista al entrar al salón de clases. Teléfonos celulares/aparatos de comunicación deben permanecer apagados durante todo el período de clase al menos que el maestro dé permiso al contrario. (Sólo aplica a los estudiantes de la secundaria.) 2. Durante la clase, los estudiantes sólo podrán utilizar sus teléfonos celulares/aparatos de comunicación para participar en tareas relacionadas con la lección, CON el permiso del maestro. 3. Los estudiantes no podrán grabar imágenes fijas o en movimiento ni voces de estudiantes o personal sin permiso. 4. Los estudiantes apagarán y guardarán sus teléfonos celulares/aparatos de comunicación adecuadamente durante todas las evaluaciones. Los teléfonos celulares/aparatos de comunicación deben permanecer guardados hasta que se hayan recogido todas las evaluaciones y con el permiso del maestro. 5. No se les permite a los estudiantes tener sus teléfonos celulares/aparatos de comunicación en los vestuarios de educación física y/o CTE en cualquier momento. Los estudiantes no grabarán imágenes fijas o compartir imágenes en movimiento o voces de cualquier persona en un baño. 6. Los estudiantes cumplirán con el Uso Aceptable de Computadoras Política 6301, las pautas y condiciones de uso de Traer Su Propia Tecnología (BYOT), y practicar la seguridad en Internet con recursos en línea. Yo, ________________________________________________ (nombre del estudiante) entiendo que la violación del Acuerdo de Uso Aceptable de Teléfonos Celulares/Aparatos de Comunicación resultará en un referido al asistente del director, y puede resultar en mí no poder participar en actividades adicionales de clase que incluya el uso de teléfonos celulares/aparatos de comunicación. Entiendo que si tengo alguna duda del uso aceptable de mi teléfono celular/aparato de comunicación en el salón de clases, debo clarificar con el maestro. También entiendo que recibiré consecuencias disciplinarias si uso mi teléfono celular/aparato de comunicación en violación de cualquier reglamento ya definido en el Código de Conducta del Condado de Stafford. Yo, _________________________________________________ (nombre del padre/tutor legal) he revisado el Acuerdo de Uso Aceptable de Teléfonos Celulares/Aparatos de Comunicación para los estudiantes de las escuelas secundarias en las Escuelas Públicas del Condado de Stafford con mi niño/a y estoy de acuerdo con permitir que mi niño/a participe en actividades de clase que incluyan teléfonos celulares/aparatos de comunicación, aunque mi niño/a no tenga su propio teléfono celular para usar. Firma del padre/tutor legal ____________________________________________ Fecha: __________ Firma del estudiante _________________________________________________ Fecha: __________ REGLAMENTO 2401-R Prueba 2 Adoptado: 10 de junio de 2015 Stafford County Public Schools Acuerdo de Uso Aceptable de Teléfonos Celulares/Aparatos de Comunicación en las Escuelas Intermedias (Middle School Cell Phone/Communication Device Aceptable Use Agreement) 1. Teléfonos celulares/aparatos de comunicación son permitidos antes y después de horas escolares; sin embargo, los estudiantes deben apagar y los teléfonos celulares/aparatos de comunicación y guardarlos apropiadamente fuera de vista durante el día escolar. Teléfonos celulares/aparatos de comunicación deben permanecer apagados durante todo el día escolar al menos que el maestro dé permiso al contrario. 2. Durante la clase, los estudiantes sólo podrán utilizar sus teléfonos celulares/aparatos de comunicación para participar en tareas relacionadas con la lección, CON el permiso del maestro. 3. Los estudiantes no podrán grabar imágenes fijas o en movimiento ni voces de estudiantes o personal sin permiso. 4. Los estudiantes apagarán y guardarán sus teléfonos celulares/aparatos de comunicación adecuadamente durante todas las evaluaciones. Los teléfonos celulares/aparatos de comunicación deben permanecer guardados hasta que se hayan recogido todas las evaluaciones y con el permiso del maestro. 5. No se les permite a los estudiantes tener sus teléfonos celulares/aparatos de comunicación en los vestuarios de educación física y/o CTE en cualquier momento. Los estudiantes no grabarán imágenes fijas o compartir imágenes en movimiento o voces de cualquier persona en un baño. 6. Los estudiantes cumplirán con el Uso Aceptable de Computadoras Política 6301, las pautas y condiciones de uso de Traer Su Propia Tecnología (BYOT), y practicar la seguridad en Internet con recursos en línea. Yo, ________________________________________________ (nombre del estudiante) entiendo que la violación del Acuerdo de Uso Aceptable de Teléfonos Celulares/Aparatos de Comunicación resultará en un referido al asistente del director, y puede resultar en mí no poder participar en actividades adicionales de clase que incluya el uso de teléfonos celulares/aparatos de comunicación. Entiendo que si tengo alguna duda del uso aceptable de mi teléfono celular/aparato de comunicación en el salón de clases, debo clarificar con el maestro. También entiendo que recibiré consecuencias disciplinarias si uso mi teléfono celular/aparato de comunicación en violación de cualquier reglamento ya definido en el Código de Conducta del Condado de Stafford. Yo, _________________________________________________ (nombre del padre/tutor legal) he revisado el Acuerdo de Uso Aceptable de Teléfonos Celulares/Aparatos de Comunicación para los estudiantes de las escuelas intermedias en las Escuelas Públicas del Condado de Stafford con mi niño/a y estoy de acuerdo con permitir que mi niño/a participe en actividades de clase que incluyan teléfonos celulares/aparatos de comunicación, aunque mi niño/a no tenga su propio teléfono celular para usar. Firma del padre/tutor legal ____________________________________________ Fecha: __________ Firma del estudiante _________________________________________________ Fecha: __________ Stafford County Public Schools Formulario de Permiso de Aceptación de Responsabilidad y Acuerdo de Uso de Aparatos Personales Informáticos/de la Red Yo/Nosotros damos permiso a nuestro niño/estudiante, ____________________________________________ a utilizar un (Nombre del estudiante en letra de molde.) aparato informático personal para propósitos educacionales solamente y con permiso del maestro a la red inalámbrica en la Escuela _________________________________. Yo/Nosotros estamos de acuerdo a permitir que mi niño/estudiante use su propio aparato y estamos de acuerdo a no mantener responsables a las Escuelas Públicas del Condado de Stafford (EPCS) por el aparato, la pérdida de datos o información, robo, daño u otros costos asociados con el reemplazo o arreglo incurrido durante el día escolar o en su casa como resultado de haber participado en este programa. Entiendo que el personal basado en la escuela no puede almacenar, apoyar o buscar problemas con los aparatos personales de los estudiantes. El estudiante mencionado anteriormente tomará responsabilidad completa por el aparato y mantendrá todos sus aparatos seguros apropiadamente cuando no los esté utilizando. Las EPCS utilizan medidas tecnológicas como el uso de filtros para promover la seguridad con el Internet. Los filtros limitan la habilidad de los estudiantes a tener acceso a sitios de Internet perjudiciales de cualquier aparato conectado a la red de las EPCS, pero solo cuando este equipo se use en la escuela en la red de EPCS. Acceso a través de redes celulares no proveen la misma medida de filtros. Los estudiantes utilizarán solamente la red de las EPCS (y no un servicio privado de celulares) para acceso al Internet durante el día educacional mientras esté en propiedades escolares de las EPCS. Yo/Nosotros comprendemos las reglas ya mencionadas y la política para conectar un aparato electrónico personal a la red inalámbrica de la escuela y estamos de acuerdo a someternos a las reglas descritas. Yo/Nosotros hemos verificado que mi niño/estudiante está percatado de que todos los aspectos de las Responsabilidades y Derechos Estudiantiles, la Política de Uso Aceptable para Acceso a la Red y el Código de Conducta de Estudiantes de las EPCS aplican al uso y cuidado de su(s) aparato(s) personal(es) mientras se encuentre en propiedades de las EPCS o cuando esté participando de eventos/actividades patrocinados por las EPCS. Yo/Nosotros comprendemos que el propósito de permitir a mi niño/estudiante a utilizar su propio aparato electrónico es para participar en actividades aprobadas por el maestro que apoyan el programa de estudios de las EPCS. El uso de aparatos para actividades que no sean educacionales, o que no sean relacionadas con el programa educacional de las EPCS son prohibidas durante el día escolar. Yo/Nosotros hemos leído las Pautas de Aparatos Electrónicos Personales de las EPCS concernientes al uso y conexión de aparatos electrónicos personales a la red inalámbrica de las EPCS y comprendo y estoy de acuerdo con las condiciones ya mencionadas. Yo/Nosotros comprendemos que esta forma política y el privilegio para utilizar aparatos electrónicos personales en la escuela pueden ser revocados en cualquier momento. Yo/Nosotros estamos de acuerdo en permitir que nuestro niño/estudiante lleve su propio aparato informático para uso educacional en las Escuelas Públicas del Condado de Stafford (EPCS). Yo/Nosotros comprendemos que el niño/estudiante ya mencionado será permitido a utilizar su propio aparato electrónico, sujeto a las condiciones de este documento. Yo/Nosotros comprendemos que asignaturas y proyectos serán puestos en sitios aprobados por el maestro, Google Docs y otros sitios de alojamiento de la red 2.0. Esto puede incluir información de identificación que puede ser clasificada como un expediente educacional bajo FERPA (Notificación de la Ley sobre Derechos Educativos y Privacidad de la Familia). Yo/Nosotros hemos firmado y devuelto la Política de Uso Aceptable de las Escuelas Públicas del Condado de Stafford para el niño/estudiante ya mencionado. Yo/Nosotros comprendemos que la violación de estas provisiones puede que resulte en la confiscación de un aparato electrónico personal por la administración escolar, cualquier otro designado representante de la división escolar, o la policía local y que acciones legales puedan ocurrir de acuerdo con la ley. Yo/Nosotros comprendemos que somos responsables de compensar la división escolar por pérdidas, costos o daños incurridos por las violaciones de las políticas/procedimientos de la Junta de las EPCS y las reglas escolares por el niño/estudiante en conjunto con el uso de su aparato electrónico personal, incluyendo el costo de investigaciones de tales violaciones. Firma del padre:______________________________________________ Fecha:____________ Firma del estudiante:__________________________________________ Grado:_____ Fecha:____________ This Page Left Intentionally Blank Escuelas Públicas del Condado de Stafford Traer Su Propia Tecnología (B.Y.O.T. en inglés) Pautas de Uso Responsable Propósito: La tecnología es ahora una parte esencial en la educación en las Escuelas Públicas del Condado de Stafford (EPCS) (SCPS en inglés) y el uso de Tecnología Educacional es una manera de realzar nuestra misión de retar cada estudiante para que logre excelencia en nuestra sociedad global. Los estudiantes hoy en día tienen acceso a una gran variedad de aparatos informáticos móviles fuera de la escuela que pueden usar para investigación y asignaturas. Tomando en cuenta que muchos de los estudiantes tienen aparatos informáticos móviles propios y la frecuencia en que usan estos aparatos para su trabajo escolar, las EPCS reconoce la necesidad de permitir a los estudiantes que utilicen su propia tecnología de una manera correcta en la escuela. A través del uso de tecnología dentro de la arena educacional, se les dará a los estudiantes oportunidades adicionales para seguir desarrollando las destrezas tan necesarias del siglo 21 como la colaboración, comunicación, creatividad, y el pensamiento crítico en una variedad de maneras a través del día escolar. En un esfuerzo de aumentar el acceso a la tecnología, las Escuelas Públicas del Condado de Stafford permitirán aparatos personales para acceder el Internet en nuestra red e instalaciones de la escuela para estudiantes que sigan las responsabilidades descritas en la Política de Uso Aceptable (AUP) y estas pautas con respecto a Traer Su Propia Tecnología (B.Y.O.T.). Las Escuelas Públicas del Condado de Stafford proveen tecnología que es apropiada y adecuada para apoyar la educación. El uso personal de aparatos por los estudiantes es opcional, y los estudiantes que quieran participar de B.Y.O.T. no serán penalizados y habrán modos alternativos disponibles para participar. Debe ser notado que el proceso de la tecnología asistida (A.T.) será implementada cuando se use la tecnología personal como comodidad/ modificación para estudiantes recibiendo educación especial o servicios de 504. Un componente importante de B.Y.O.T. será la información sobre comportamientos apropiados en línea. Vamos a revisar las reglas de seguridad en línea con estudiantes frecuentemente a través del curso del año escolar, y vamos a ofrecer recordatorios y refuerzos de comportamientos seguros en línea. En adición a las reglas escritas en estas pautas, se le esperará de los estudiantes que cumplan con todas las reglas de la clase y la escuela mientras usen sus aparatos personales. EPCS permitirá que los estudiantes traigan sus propios aparatos electrónicos para acceder la red inalámbrica de las EPCS en todas las escuelas secundarias. El acceso inalámbrico provisto a los aparatos es diseñado para realzar la experiencia educacional de los estudiantes y sus resultados. Conectando con la red inalámbrica de las EPCS con aparatos personales es un privilegio, no un derecho, y no es un requisito para los estudiantes de la división. Permiso para traer sus propios aparatos es contingente con adherencia a las pautas de las EPCS. Si un aparato propio es usado por un estudiante para interrumpir el ambiente educacional, en la opinión de las EPCS, puede que los privilegios de ese estudiante sean limitados o revocados. Adicionalmente, el estudiante será sujeto a medidas disciplinarias como provistas por el Código de Conducta del Estudiante. Tipos de Aparatos: Para los propósitos de este programa, “aparatos” incluye: computadoras portátiles, teléfonos celulares, teléfonos inteligentes, lectores electrónicos, tabletas electrónicas y otros aparatos capaces de acceder el Internet. Aparatos que se usan como servidores de la red también son prohibidos. Pautas: Los estudiantes/tutores legales que eligen participar en B.Y.O.T. tendrán que adherir al Código de Conducta del Estudiante, el Manual Estudiantil, la Política de Uso Aceptable, y todas las políticas de la Junta Escolar con relación al Uso Aceptable del Internet. Los estudiantes cumplirán con las leyes locales, estatales y federales relacionadas con su tecnología personal. Cada maestro tiene la discreción de permitir y regular el uso de aparatos personales in el salón y en proyectos específicos. Los maestros deben explicar claramente su política del salón con respecto a B.Y.O.T. en su plan de estudios y poner esta información en el sitio web de su clase. Los estudiantes tienen que adherir a las direcciones del maestro con respecto a cuándo pueden y cuando no pueden usar su tecnología propia. Los aparatos deben llegar a la escuela ya cargados. NO se harán alojamientos para cargar aparatos durante horas escolares. Los aparatos aprobados ESTARÁN en modo silencioso o utilizados con audífonos (los que cubren la oreja completa o los que se insertan al oído) mientras estén en los autobuses escolares; y en la propiedad de la escuela antes o después de horas escolares, al menos que tenga el permiso del maestro. Los aparatos NO SERÁN utilizados para copiarse de asignaturas o exámenes, o para propósitos no educacionales, por ejemplo, haciendo llamadas personales, enviar mensajes de texto o mensajes instantáneos. NO se utilizará tecnología personal durante exámenes regulares o normalizados, sean escolares, del distrito o estatales. Los estudiantes NO utilizarán tecnología personal para grabar, transmitir o fijar imágenes fotográficas o videos de alguna persona o personas en propiedad escolar durante actividades escolares y/o durante horas escolares, al menos que tenga el permiso del maestro. Los aparatos se utilizarán solamente para tener acceso a archivos informáticos o sitios en el Internet que sean pertinentes al programa de estudios en el salón de clases. No se permitirán juegos que no sean educacionales, al menos que el maestro lo permita. Mientras estén en propiedad escolar, los aparatos tendrán acceso a sólo el Internet a través de la red de las EPCS. Todos los aparatos serán etiquetados claramente con el nombre completo del estudiante. Se les recomienda que tengan alguna contraseña para proteger el aparato. Los padres y estudiantes deben discutir planes de datos y costos, ya que estos no son la responsabilidad del personal de las EPCS. La Junta prohíbe expresamente el uso de aparatos personales en vestuarios, baños, y las oficinas de la enfermera. Reglas Generales: 1. Todos los estudiantes pueden utilizar sus propios aparatos electrónicos que son “Internet listos” en la red inalámbrica de las EPCS al completar y entregar el formulario Política de Uso Aceptable (AUP) de B.Y.O.T. adjunto, a su maestro de salón general o designado o el administrador. Este formulario firmado es su acuse de recibo y su acuerdo a adherir a la pautas de B.Y.O.T. de las EPCS. 2. El uso de aparatos electrónicos propios es limitado únicamente para respaldo y realce de actividades educacionales que ocurren actualmente en el ambiente del salón de clases. 3. El permiso del maestro es necesario y un requisito para el uso estudiantil de aparatos personales durante las horas de instrucción o período de clases. 4. Reconociendo que todos los aparatos no sean apropiados para situaciones educacionales, aparatos electrónicos personales serán considerados para el uso en el salón de clases si son móviles y tienen la capacidad de navegar el Internet. Estos artículos incluyen, pero no son limitados a: computadoras portátiles, “netbooks”, tabletas electrónicas, teléfonos celulares, lectores electrónicos, y aparatos portátiles de jugar juegos. Los aparatos apropiados para conectar a la red de las EPCS serán la decisión final de la división escolar. 5. Se les prohíbe a los estudiantes que tengan acceso al Internet usando suscripciones privadas a 3G o 4G a través de su propio Servicio de Proveedor al Internet. Los estudiantes usarán solamente la red de las EPCS (no un servicio celular privado) para acceso al Internet cuando estén en propiedades de las EPCS durante el día educacional. 6. Puede ser que al conectar un aparato electrónico privado no tenga éxito si las especificaciones técnicas para protocolo inalámbrico no se cumplen. Los aparatos tienen que ser certificados Wi-Fi (inalámbricos) para tener acceso a la red inalámbrica de la división escolar. 7. Los aparatos propios privados no serán conectado a la red de las EPCS a menos que ambos, los padres y los estudiantes han llegado a un acuerdo (con sus firmas) a atenerse a la Política de Uso Aceptable (AUP) de la división de las EPCS y han firmado y devuelto el formulario de B.Y.O.T. – AUP a su escuela. 8. Toda información relacionada con los aparatos electrónicos privados que se requiere en el formulario será sometido por el estudiante antes de tener acceso a la red. 9. Ningún estudiante establecerá una red inalámbrica para el momento o de un estudiante a otro utilizando su aparato electrónico o cualquier otro aparato inalámbrico mientras esté en propiedades escolares. Esto incluye, pero no está limitado al usar aparatos electrónicos personales como cable o punto de acceso inalámbrico. Por ejemplo, usando un aparato personal como un servidor para que los estudiantes puedan jugar un juego en línea, como Battlefield Heroes y Warflow, o tener acceso a una red social, etc. 10. Ningún aparato electrónico personal será conectado por cable a la red de las EPCS. Acceso a la red es provisto vía Wi-Fi/conexión inalámbrica solamente. Es prohibido conectar un aparato electrónico privado a la red utilizando un cable de “Ethernet” enchufado a una toma de datos en la escuela. Al violar esta condición puede resultar en alguna acción disciplinaria o revocación de acceso a la red. 11. Aplicaciones que captan voz, video, e imagen pueden ser utilizadas solamente con permiso previo y por escrito del maestro y solamente para propósitos específicos educativos. 12. En cualquier momento, el maestro puede pedir que apaguen y guarden los aparatos electrónicos personales. Si el estudiante decide no hacerlo, esto puede resultar en alguna acción disciplinaria y revocación de su acceso a la red. Favor de referirse al Código de Conducta de Estudiantes: Desobediencia/Desafío/Falta de Respeto, Conductas Disruptivas y/o Violación de Servicios de la Red/Política de Uso Aceptable del Internet. 13. El volumen estará en modo silencioso en todo tiempo, al menos que el maestro dé su permiso para el uso del volumen asociado con las actividades educativas. 14. El dueño del aparato electrónico personal será la persona principal autorizada para utilizar el aparato y es el único individuo que autorizará permiso a otro individuo para utilizar su aparato B.Y.O.T. 15. Ningún estudiante usará las credenciales de otro estudiante asignadas por la división escolar. 16. Ningún estudiante, sabiendas, intentará a tomar acceso de cualquier computadora, sistema informático, red informática, medios de almacenamiento de información, o equipo periférico sin el consentimiento/permiso de personal autorizado de la escuela o de la división. 17. Ningún “software” académico o de productividad que sea propiedad de la división escolar será instalado en aparatos personales. 18. Ningún estudiante utilizará una computadora o aparato para coleccionar cualquier dato electrónico ilegalmente ni interrumpir servicios de la red. Los estudiantes no emplearán usos maliciosos, interrupciones o hacerle daño a la red escolar, servicios del Internet, el ambiente de aprendizaje o a cualquier otro aparato electrónico que sea propiedad de la escuela, del personal escolar y/o de otro estudiante. 19. Los estudiantes no intentarán a utilizar cualquier “software”, utilidades u otros medios para tener acceso a sitios del Internet o contenido obstruido por filtros del Internet por la división escolar. 20. Bajo las provisiones del programa B.Y.O.T., los padres que eligen a participar en el programa B.Y.O.T. de las EPCS permitiendo que sus estudiantes utilicen su propia tecnología y los estudiantes que traen su propia tecnología lo hacen sabiendo que disminuirá su expectativa de privacidad con respecto a su aparato electrónico mientras estén en la escuela. La administración escolar se reserva el derecho de buscar en un aparato electrónico privado de acuerdo con las leyes pertinentes y políticas si hay alguna razón de sospecha que el estudiante ha violado políticas de las EPCS, procedimientos administrativos, reglas escolares, o ha participado de otras malas conductas mientras usaba el aparato. 21. Es el riesgo del estudiante y su padre/tutor legal el traer sus aparatos electrónicos a la escuela. En el caso improbable de que el aparato personal se pierda, es robado o estropeado, las EPCS no se hacen responsables por cualquier pérdida económica o de información. Consecuencias de Uso General: La violación de políticas escolares o de la división, de leyes locales, estatales y/o federales mientras utilicen un aparato electrónico personal en la red inalámbrica de las EPCS resultará en acciones disciplinarias y/o acciones legales tomadas como descritas en el Manual de Estudiantes y el Código de Conducta, la política de la Junta Escolar y también por las leyes locales, estatales y/o federales. Riesgos de Seguridad en el Uso de Aparatos Electrónicos Personales: Computadoras portátiles y otros aparatos electrónicos portátiles son susceptibles a pérdida y robo. Se le sugiere que le hagan una grabación o marca permanente con información del dueño. Los estudiantes y los padres que permiten que sus niños traigan aparatos electrónicos personales a propiedades escolares asumen responsabilidad total por estos aparatos y asumen todos los riesgos. Si un aparato electrónico personal es robado, esto debe ser comunicado al administrador del edificio inmediatamente. La política de la división escolar de las Escuelas Públicas del Condado de Stafford dice que la división escolar NO aceptará responsabilidad por la pérdida, daño, robo, o si deja de trabajar la propiedad personal. Computadoras portátiles y todo otro aparato electrónico personal que es perdido, robado, o dañado es la responsabilidad del estudiante y sus padres o tutores legales. La división escolar y su personal no son responsables y no intentarán a reparar, corregir, solucionar problemas con cualquier aparato o software personal que tenga algún funcionamiento defectuoso. La división escolar de las EPCS reservará el derecho de examinar aparatos electrónicos personales y buscar su contenido para ver si hay alguna razón para creer que las políticas de la división escolar o leyes locales, estatales y/o federales han sido violadas. En el evento de que un estudiante cree que su contraseña ha sido comprometida, él/ella debe cambiar su contraseña inmediatamente usando una computadora de la división escolar. Se le Aconseja a los Estudiantes y Padres/Tutores Legales que: Los filtros de la red escolar serán aplicados a la conexión del Internet del aparato personal y el intento de sobrepasar estos filtros es prohibido. Se les prohíbe a los estudiantes a que: o Traigan aparatos a propiedades de la escuela que infecten la red con algún Virus, Trojan, o programa diseñado para dañar, alterar, destruir, o proveer acceso a datos o información no autorizados; o Procesen o acceden información en propiedades de la escuela que tenga que ver con piratería, la alteración, o sobrepaso de políticas de seguridad de la red; o o Utilicen un aparato como un servidor de la red u otro método para publicar información o documentos que no se relaten al programa de estudios educacionales. Las Escuelas Públicas del Condado de Stafford serán autorizadas a recoger y examinar cualquier aparato si hay alguna sospecha de que esté causando problemas tecnológicos o de ser la fuente de un ataque o infección viral. Aparatos personales deben tener sus baterías cargadas antes de llegar a la escuela y correrán con su batería mientras estén en la escuela. Aparatos Perdidos, Robados, o Dañados: Cada usuario será responsable por su propiedad electrónica, y debe tratarla y usarla responsablemente y apropiadamente. Las Escuelas Públicas del Condado de Stafford (EPCS) no asumen responsabilidad por aparatos robados, perdidos, o dañados, incluyendo data o información perdida o dañada en esos aparatos. Las Escuelas Públicas del Condado de Stafford no serán responsables por cualquier virus, Trojan o programa dañino que afecte un aparato personal al tener acceso a la red. Aunque el personal escolar pueda ayudar a los estudiantes a identificar como mantener los aparatos personales seguros, los estudiantes tendrán la responsabilidad final de asegurar sus aparatos personales. Los padres/tutores legales deben revisar sus políticas de vivienda en cuanto a la cobertura de aparatos electrónicos personales, ya que muchas políticas de seguro cubren la pérdida o daño de estos aparatos. Cargos por Uso: Las Escuelas Públicas del Condado de Stafford no serán responsables por cargos a su cuenta del aparato electrónico por usos incurridos durante usos aprobados y relacionados con la escuela. Consideraciones de la Red: Usuarios deben tratar de mantener ancho de banda apropiado para trabajo y comunicaciones relacionados con la escuela. Todos los usuarios utilizarán la red inalámbrica “Stafford County Public Schools” para tener acceso al Internet. Las Escuelas Públicas del Condado de Stafford (EPCS) no garantizan conectividad o calidad de la conexión con aparatos personales, pero proveerán documentación para buscar la solución de problemas para conectar con una variedad de sistemas operativos y aparatos. Todos los estudiantes y personal que elige a utilizar sus aparatos personales en las escuelas se someterán a las pautas de las EPCS. Cualquier violación puede resultar en la pérdida del uso de la red y/o privilegios de usar sus aparatos en la escuela y también otras acciones disciplinarias. Stafford County Public Schools Acuerdo de Uso Aceptable de Computadoras (Política 6301) Propósito: Definir y describir la política de uso aceptable para sistemas de computadoras y recursos de red por los estudiantes, miembros de la junta, y personal. Definiciones Sistema de Computadoras – Cualquier combinación de hardware, software, data, líneas de comunicación y aparatos, terminales, impresoras, aparatos de CD-ROM, unidades de cinta, servidores, ordenador central, computadoras personales, o cualquier otro equipo relacionado con computadoras, periféricos, o software perteneciendo o alquilado por la junta. Acoso Cibernético – Amenazas hechas por un usuario de un sistema de computadoras hacia otro a través de correo electrónico, mensajes de texto hechos en un sitio de la red (por ejemplo, un ‘blog’), redes sociales, salas de chat, etc. Seguridad en Internet – Contenido requerido, dentro del currículo de la división y programa de instrucción, que definen papeles y responsabilidades para todo aquel interesado en los recursos del ordenador, medidas de seguridad, planes de seguridad de data y de la red, procedimientos de infracción de seguridad, planes de evaluación, desarrollo profesional, y programas de extensión comunitarias. Recursos de la Red – Servicios de impresión, programas de computadora, archivos de información, almacenaje de data, acceso al Internet y funciones disponibles al usuario de sistemas de computadoras que no pertenecen a la división. Usuario – Un individuo que está entrando o que tenga acceso al sistema de computadoras de la división y/o recursos de la red desde dentro de la división o desde fuera de la división vía el Internet. La división operará sus sistemas de computadoras y tendrá acceso de sus recursos de la red cumpliendo con las leyes y reglamentos federales, estatales, y locales para el uso aceptable y seguro de tales sistemas y recursos. El superintendente/designado revisará esta política cada dos años, presentará una copia de la política aprobada al Superintendente Estatal de Instrucción Pública, y causará cualquier cambio que sea diseminado a los usuarios de los sistemas de computadora en la división. Orientación Aplicable 1. El sistema de computadoras de la división debe ser usado (1) en apoyo de la educación y/o investigación, o (2) para asuntos escolares legítimos. El uso del sistema de computadoras es un privilegio, no un derecho. Cualquier comunicación o material utilizados en el sistema de computadoras, incluyendo correo electrónico u otros archivos borrados de la cuenta del usuario, pueden ser monitoreados o leído por oficiales escolares. 2. El superintendente/designado establecerá reglamentos asociados con esta política para ser repasados por la junta, proveyendo procedimientos administrativos detallando usos seguros y apropiados, éticas y protocolo para el sistema de computadoras. Estos procedimientos incluirán: a. Prohibición de uso por empleados y estudiantes del equipo de computadoras de la división y servicios de comunicación para mandar, recibir, visualización, o bajar material ilegal vía el Internet; b. Provisiones, incluyendo la selección y operación de medidas de protección tecnológicas para las computadoras de la división teniendo acceso de Internet para filtrar o bloquear acceso al Internet a través de tales computadoras, que tratan de prevenir acceso a: (1) Pornografía de niños según lo establecido en el Código de Virginia § 18.2- 374.1:1 o como definido en 18 U.S.C. § 2256; (2) Obscenidad como definido por el Código de Virginia § 18.2-372 ó 18 U.S.C. § 1460; y (3) Material que la división considera perjudicial a juveniles como definido por el Código de Virginia § 18.2-390, material que es perjudicial a menores como definido en 47 U.S.C. § 254(h)(7)(G), y material que de otro modo, no es apropiado para menores. c. Provisiones estableciendo que la medida de protección tecnológica es cumplida durante cualquier uso de las computadoras de la división por menores; d. Provisiones estableciendo que las actividades en la red por menores será monitoreada; e. Provisiones diseñadas para proteger la seguridad de menores cuando estén usando correo electrónico, salas de chat, y otras formas de comunicaciones electrónicas directas. En particular, se les prohibirá estrictamente a los estudiantes usar el sistema de computadoras de la división y recursos de la red para: (1) Tomar parte en actividades prohibidas por las leyes federales, estatales, o locales, ordenanzas, o reglamentos, incluyendo acceso no autorizado y/o piratería o tomando parte en acoso cibernético por computadora o aparatos basados en tecnología; y/o, (2) Divulgar, usar, o diseminar información personal con respecto a menores, excepto cuando autorizado por la ley o con permiso. f. Provisiones diseñadas para prevenir acceso a la red por menores sin autorización, incluyendo piratería y otras actividades ilegales por menores a la red; g. Provisiones que prohíben la divulgación no autorizada, el uso, y la diseminación de información personal con respecto a menores; y h. El componente de seguridad en el Internet para estudiantes que es integrado en el programa de instrucción de la división. 3. Uso del sistema será consistente con la misión educacional o de instrucción o función administrativa así como las varias necesidades de instrucción, estilos de aprendizaje, las habilidades, y los niveles de desarrollo de los estudiantes. El sistema de computadoras de la división no es un foro público. 4. La firma en el acuse de cumplimiento con esta política por todo usuario, incluyendo la de: a. Todo estudiante y padre/encargado de cada estudiante firmará el documento de Acuse de Recibo que incluye acuerdo para cumplir la Política de Uso Aceptable de Computadoras. b. Todo empleado contratado por la división incluirá el cumplimiento con el Acuerdo de Uso Aceptable como un elemento de ese contrato de empleo. 5. El incumplimiento de cualquier estudiante, maestro/a, administrador, u otro empleado de la división en seguir los términos del Acuerdo de Uso Aceptable, esta política o el reglamento que la acompaña, puede resultar en la pérdida de privilegios para usar el sistema de computadoras, acción disciplinaria, y/o acción legal apropiada. a. Consecuencias por el Uso Inapropiado por Estudiantes Un mínimo de suspensión de corto plazo de 10 días, o menos, debiendo cumplirse cualquier remanente de días no servidos transmitiéndolos al año escolar siguiente, y/o pérdida de privilegios de computadora o Internet, a un máximo de expulsión. Adicionalmente, el asunto será referido al superintendente/designado y también al Departamento del Sheriff si existe la posibilidad de que cargos criminales se puedan presentar. b. Consecuencias por el Uso Inapropiado por Empleados Los empleados que violan la Política de Uso Aceptable están sujetos a disciplina según se considere necesaria. La disciplina hacia el empleado puede incluir, pero no limitada a la amonestación verbal, carta de reprimenda, suspensión con o sin paga, hasta terminación. Adicionalmente, el asunto será referido al superintendente/designado y también al Departamento del Sheriff si existe la posibilidad de que cargos criminales se puedan presentar. 6. La junta no es responsable por información que pueda ser perdida, dañada o no disponible al usar el sistema de computadoras o por cualquier información recuperada a través del Internet. Además, la junta no será responsable por cualquier cargo o tarifas resultando del acceso al sistema de computadoras. 7. El superintendente/designado someterá esta política y reglamento que la acompaña al Departamento de Educación de Virginia cada dos años. Comentarios Preguntas relativas a esta política serán dirigidas al Director Ejecutivo de Tecnología, Escuelas Públicas del Condado de Stafford, 31 Stafford Avenue, Stafford, Virginia 22554. Adoptada: 24 de junio de 2008 Enmendada por la Junta Escolar: 14 de junio de 2011 Revisada: 15 de abril de 2015 Re-adoptada: 12 de diciembre de 2015 _________________________________________________________________________________________________ Referencias Legales: El Código de Virginia, 1950, enmendada, §§ 18.2-372, 18.2-374.1:1, 18.2-390, 22.1-70.2, y 22.1-78. 18 U.S.C. §§ 1460; 2256, y 47 U.S.C. § 254. Stafford County Public Schools Notificación de la Ley sobre Derechos Educativos y Privacidad de la Familia (FERPA) (Family Educational Rights & Privacy Act (FERPA) Notification) La Ley sobre Derechos Educacionales y Privacidad de la Familia (FERPA) le otorga a los padres y a estudiantes mayores de 18 años de edad ("estudiantes que califican") ciertos derechos con respecto a los registros educativos del estudiante. Estos derechos son: 1. El derecho de ver y examinar los registros educativos del estudiante durante los 45 días siguientes a la fecha en que la escuela reciba una solicitud de acceso. Los padres o los estudiantes que califiquen deberán enviar una solicitud escrita al director de la escuela que identifique los registros que desean examinar. El funcionario escolar hará los arreglos para facilitar el acceso y notificará al padre o al estudiante que califica la hora y lugar donde los registros podrán ser examinados. 2. El derecho de solicitar enmiendas a los registros educativos del estudiante que el padre o el estudiante que califica estime son incorrectos o engañosos. Los padres o los estudiantes que califican pueden solicitar a la escuela que enmiende un registro que ellos crean es incorrecto o engañoso. Ellos deben escribir al director de la escuela, identificar claramente la parte del registro que quieren que sea cambiada y especificar la razón por la cual la información es incorrecta o engañosa. Si la escuela decide no enmendar el registro de la manera solicitada por el padre o estudiante que califica, la escuela notificará su decisión al padre o estudiante que califica y les informará sobre su derecho a que se celebre una audiencia sobre la solicitud de enmienda. Cuando se notifique al padre o estudiante que califica sobre el derecho a una audiencia también se le proporcionará información adicional sobre los procedimientos para la audiencia. 3. El derecho de autorizar las divulgaciones de la información personalmente identificable contenida en los registros educativos del estudiante, excepto en la medida en que FERPA autoriza la divulgación sin requerir dicha autorización. Una excepción que permite la divulgación sin autorización es la divulgación de la información a funcionarios escolares con intereses educativos legítimos. Un funcionario escolar es una persona empleada por la Escuela como administrador, supervisor, instructor, o personal de apoyo (lo que incluye el personal de salud o médico, así como el personal de seguridad y vigilancia del cumplimiento de la ley); una persona que pertenezca a la Junta Escolar; una persona o compañía con quien la escuela tenga un contrato para realizar una tarea particular (como un abogado, auditor, asesor médico o terapeuta); o un padre o estudiante que ejerza funciones en un comité oficial, tal como un comité disciplinario o comité para atender quejas, o que esté ayudando a otro funcionario escolar en la realización de su tarea. Un funcionario escolar tiene un interés educativo legítimo si el funcionario necesita examinar un registro educativo a fin de llevar a cabo las tareas que son de su responsabilidad. En el caso de que los registros educativos sean solicitados por otro distrito escolar en el que un estudiante desea o tiene la intención de matricularse, la escuela divulgará los registros educativos sin necesidad de autorización. 4. El derecho de introducir una queja ante el Departamento de Educación de los Estados Unidos sobre la presunta negativa de la escuela a cumplir con las estipulaciones de FERPA. El nombre y dirección de la Oficina que administra FERPA es: Family Policy Compliance Office U.S. Department of Education 400 Maryland Avenue, SW Washington, DC 20202-4605 Revisión, Eliminación y Destrucción del Expediente del Estudiante: El director de la escuela, o la persona por él designada, es el responsable por la recolección de información; el mantenimiento y seguridad de los datos; el control de la diseminación de información incluida en los expedientes de estudiantes; y la destrucción de material no permanente en los expedientes. Los expedientes son revisados periódicamente para asegurar que la información en ellos esté correcta, actualizada y completa. Los datos que ya no son útiles en términos educativos y cuya retención permanente no sea requerida son destruidos. Este proceso se lleva a cabo en los grados 5, 8 y 12 y/o en el último año que el estudiante curse en la escuela primaria, intermedia y secundaria. Después de transcurrido cinco años tras la salida del estudiante del sistema escolar, muchos expedientes designados como temporales (tales como los archivos de servicios especiales) son purgados y destruidos. Los padres o estudiantes que califiquen pueden presentar una solicitud, por escrita, a la escuela para obtener estos materiales antes de su destrucción. Puede ser que los profesores conserven información adicional sobre su niño tal como muestras de sus trabajos, datos recabados en el transcurso del tiempo y otra información similar. Esta información no es conservada como parte del expediente acumulativo del estudiante y es destruida después de finalizar cada año escolar. Puede que los psicólogos u otros evaluadores conserven protocolos de prueba y otras anotaciones referidas a las evaluaciones efectuadas a su niño. Tales anotaciones y protocolos son destruidos al cabo de tres años. Si es posible, las Escuelas Públicas del Condado de Stafford proveerán una copia de este documento en otros idiomas o proveerán un intérprete para traducir el documento. Si necesita ayuda para interpretar este documento, favor de llamar al Director de la escuela. Notificación de Derechos Bajo la Enmienda Federal sobre Protección de Derechos del Alumno (PPRA) (Notification of Rights Under the Federal Protection of Pupil Rights Amendment (PPRA)) La PPRA les otorga a los padres ciertos derechos en cuanto a nuestras actividades en materia de encuestas, recolección y uso de información para objetivos de mercadeo, y en relación a ciertos exámenes físicos. Éstos incluyen los derechos a: Otorgar consentimiento antes de que a estudiantes se les pida responder una encuesta referida a una o más de las áreas protegidas siguientes (“encuesta sobre información protegida”) en el caso de que la encuesta sea financiada en su totalidad o en parte por un programa del Departamento de Educación de los Estados Unidos (ED) Afiliaciones o creencias políticas del estudiante o del padre del estudiante; Problemas mentales o psicológicos del estudiante o de la familia del estudiante; Comportamientos o actitudes sexuales; Comportamientos ilegales, antisociales, autoincriminatorios o que rebajan a la persona; Valoraciones críticas de otros con quienes los encuestados tienen relaciones cercanas de parentesco; Relaciones privilegiadas legalmente reconocidas, como las relaciones con abogados, médicos o sacerdotes; Prácticas, afiliaciones o creencias religiosas del estudiante o de sus padres; o Ingresos, distintos a la información requerida por ley para determinar si se cumplen las condiciones para participar en un programa. Recibir notificación y oportunidad para que un estudiante se excluya voluntariamente de participar en Cualquier otra encuesta sobre información protegida, cualesquiera que sean sus fuentes de financiamiento; Cualquier evaluación física o examen físico invasor no crítico requerido como condición de asistencia, administrado por la escuela o un agente de ella, y que no sea necesario para proteger la salud y seguridad inmediata de un estudiante, excepto las evaluaciones de audición, visión o escoliosis, o cualquier evaluación física o examen físico permitido o requerido conforme a ley estatal; y Actividades que requieran la recolección, divulgación o uso de información personal obtenida de estudiantes para fines de mercadeo, venta o cualquier otra forma de entrega de esa información a terceros. Inspeccionar, al solicitarlo y antes de su administración o uso – Encuestas sobre información protegida de estudiantes; Instrumentos utilizados para reunir información personal sobre estudiantes para cualquiera de los fines mencionados de mercadeo, venta o distribución de otro tipo; y Materiales educacionales usados como parte del plan educativo de estudios. Estos derechos se transfieren de los padres al estudiante que tenga 18 años de edad o sea un menor emancipado conforme a la ley estatal. Las Escuelas Públicas del Condado de Stafford (SCPS) desarrollarán y adoptarán, en consulta con los padres, políticas referidas a estos derechos, así como mecanismos para proteger la privacidad del estudiante en la administración de encuestas sobre información protegida y en la recolección, divulgación o uso de información personal para fines de mercadeo, venta u otros fines de distribución. SCPS notificará a los padres sobre estas políticas en forma directa al menos una vez por año al principio de cada año escolar y cuando se implemente cualquier cambio sustancial. SCPS también notificará directamente, ya sea a través del correo de los Estados Unidos o mediante correo electrónico, a los padres de los estudiantes para quienes esté programada su participación en las actividades o encuestas específicas que se mencionan a continuación y le ofrecerá al padre una oportunidad para excluir voluntariamente a su niño de participar en alguna de esas actividades o encuestas específicas. SCPS enviará esta notificación a los padres a principios del año escolar si en ese momento la división escolar ya tiene identificadas las fechas específicas o aproximadas de las actividades o encuestas. Para las encuestas y actividades que sean programadas después de haber comenzado el año escolar, a los padres se les proporcionará una notificación de las actividades planificadas y encuestas enumeradas a continuación dentro de un plazo razonable y se les ofrecerá una oportunidad para excluir voluntariamente a su niño de tales actividades y encuestas. También se les proporcionará a los padres una oportunidad para examinar cualquier encuesta pertinente. La siguiente es una lista de las actividades y encuestas específicas cubiertas bajo este requisito: Recolección, divulgación o uso de información personal para mercadeo, ventas u otro objetivo de distribución. Administración de cualquier encuesta de información protegida no financiada en su totalidad o en parte por el Departamento de Educación. Cualquier evaluación física o examen físico invasor no crítico, según lo previamente descrito. Los padres que crean que sus derechos han sido violados pueden introducir una queja en la Oficina de Cumplimiento de Políticas Familiares, Departamento de Educación de los Estados Unidos, 400 Maryland Avenue, SW, Washington, D.C. 20202-5901. NOTIFICACIÓN ANUAL PARA ESTUDIANTES/PADRES EN CUANTO A INFORMACIÓN DE DIRECTORIO (Annual Notice to Students/Parents Regarding Directory Information) La Ley sobre Derechos Educacionales y Privacidad de la Familia (FERPA), una ley federal, requiere que las Escuelas Públicas del Condado de Stafford (SCPS), con ciertas excepciones, deba obtener su consentimiento escrito antes de divulgar información de los registros educativos de su niño que permita identificarlo personalmente. Sin embargo, SCPS puede revelar información apropiadamente designada como "información de directorio" sin consentimiento escrito, a menos que usted haya informado a la División de lo contrario, de conformidad con los procedimientos de la División. El objetivo primario de la información del directorio es permitir que SCPS incluya este tipo de información de los registros educativos de su niño en ciertas publicaciones escolares. Ejemplos de ello incluyen: * Un programa de obra de teatro, mostrando el papel de su estudiante en una producción dramática; * El anuario escolar; * La lista de honor u otras listas de reconocimiento; * Los programas de los actos de graduación; y * Hojas de información sobre actividades deportivas, tales como las de lucha grecorromana que muestran el peso y la altura de los miembros del equipo. La información de directorio, que es información cuya divulgación generalmente no es considerada como perjudicial ni como una invasión de la privacidad, también puede ser divulgada a organizaciones externas sin el consentimiento escrito previo de un padre. Las organizaciones externas incluyen, entre otras, compañías que fabrican los anillos de graduación o publican los anuarios. Además, dos leyes federales exigen que las agencias educativas locales (Local Education Agencies, LEAs) que reciban recursos de conformidad con la Ley de Educación Primaria y Secundaria de 1965 (Elementary and Secondary Education Act, ESEA) le proporcionen a los reclutadores militares, si lo solicitan, tres categorías de información de directorio – nombres, direcciones y números telefónicos – a menos que los padres hayan informado a la LEA que ellos no desean que la información de su estudiante sea revelada sin su consentimiento escrito previo. (1) Si usted no quiere que SCPS revele información de directorio de los registros educativos de su niño sin su consentimiento escrito previo, usted debe notificar al director de la escuela de su niño, por escrito, dentro de 15 días después de recibir esta notificación. SCPS considera información de directorio la información que se detalla a continuación: * Nombre del estudiante * Participación en actividades oficialmente reconocidas y actividades deportivas * Dirección * Número telefónico * Peso y altura de miembros de equipos atléticos * Fotografía * Grados, honores y premios recibidos * Fecha y lugar de nacimiento * Especialización de estudio (“Mayor”) * Fechas de asistencia * Grado de estudios * Agencia o institución educativa más reciente a la que ha asistido 1. Estas leyes son: Sección 9528 del ESEA (20 U.S.C. 7908), según ha sido enmendada por la Ley No Dejar Ningún Niño Atrás de 2001 (P.L. 107-110), la ley de educación y 10 U.S.C. 503, según ha sido enmendada por la Sección 544, Ley de Autorización de la Defensa Nacional para el Año Fiscal 2002 (P.L. 107-107), la ley que proporciona financiamiento para las fuerzas armadas de la Nación. Si es posible, las Escuelas Públicas del Condado de Stafford proveerán una copia de este documento en otros idiomas o proveerán un intérprete para traducir el documento. Peticiones para este servicio deben ser hechas a través del Director de la escuela de su niño/a. Si necesita ayuda para interpretar este documento, favor de llamar al Director de la escuela. STAFFORD COUNTY PUBLIC SCHOOLS SERVICIOS DE SALUD REGLAMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS PETICIÓN DE MEDICAMENTO/TRATAMIENTO DURANTE HORAS ESCOLARES (Request for Medication/Treatment During School Hours) Las Escuelas Públicas del Condado de Stafford requieren que en el caso de que un estudiante necesite tomar medicamentos o tratamientos mientras él/ella esté en la escuela o participando en actividades escolares, la escuela TIENE QUE tener la siguiente información que se enumera a continuación, la cual debe ser completa y colocada en el archivo de la clínica de salud de la escuela: 1. 2. 3. Una orden firmada por el médico, que debe renovarse anualmente Un permiso firmado por el padre o tutor legal Los medicamentos en su envase original de farmacia. ESTO APLICA A CUALQUIER MEDICAMENTO, DESPACHADO CON O SIN RECETA. Todo medicamento debe mantenerse en la oficina de salud de la escuela. Es la responsabilidad del estudiante presentarse en la oficina de salud a la hora que le corresponde tomar su medicamento. La posesión y autoadministración por parte del estudiante de ciertos medicamentos son permitidas para condiciones como Diabetes, Asma, y Alergias. Se requiere más documentación específica del médico y materiales de apoyo son requeridos. En estos casos, las familias deben pedir una cita con la enfermera escolar. Esta parte debe ser completada por el médico (u otro proveedor de salud): Nombre del Estudiante: _____________________________________Grado ____ Escuela____________________ Medicamento/Tratamiento: ______________________________________________________________________ Dosis y Frecuencia y Vía de Administración: ________________________________________________________ Diagnóstico: __________________________________________________________________________________ Medicamento/Tratamiento requerido: _______Año Escolar _______Por corto tiempo (fecha requerida)_________ Instrucciones Especiales, Posibles Efectos Secundarios, Comentarios: ____________________________________ _____________________________________________________________________________________________ Firma del Médico (u otro proveedor de salud): _______________________________________________________ Nombre del Médico (en letra de molde): ____________________________________________________________ Dirección Postal: ______________________________________________________________________________ Número de Teléfono: ___________________________________ Fecha: _____________________________ Número de FAX: ______________________________ Esta parte debe ser completada por los padres o tutor legal: Solicito que el personal de la escuela administre el medicamento/tratamiento indicado por el médico declarante, siguiendo las instrucciones por él señaladas. Autorizo a un representante de la escuela a compartir información/resultados de laboratorio sobre este medicamento/tratamiento con el proveedor de atención médica arriba indicado en caso de ser necesario para la salud de los estudiantes y seguridad en la escuela. Entiendo y consiento en cumplir las políticas y procedimientos de la escuela que están indicadas en la próxima página del presente formulario. _______________________ Fecha _________________________________________________________ Firma de Padre/Tutor Legal FAVOR DE CONTINUAR A LA PRÓXIMA PÁGINA LEA LOS REGLAMENTOS SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS STAFFORD COUNTY PUBLIC SCHOOLS SERVICIOS DE SALUD REGLAMENTOS SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE MEDICAMENTOS A. POLÍTICA GENERAL 1. Ningún alumno podrá recibir medicamentos/tratamientos durante el horario escolar a menos que sea solicitado por escrito por un médico autorizado. Esto incluye medicamentos como antibióticos. El padre/tutor legal debe firmar y proveer órdenes nuevas del médico anualmente. Órdenes de tratamiento incluyen condiciones que requieren muletas, sillas de ruedas y otros aparatos médicos recetados cuando comodidades para condiciones médicas diagnosticadas son necesarias durante el día escolar. 2. Las enfermeras no acompañan a los estudiantes durante los viajes de campo. En estos casos deben efectuarse coordinaciones previas entre padres y profesores respecto a las dosis de medicamento/tratamiento correspondientes, con la aprobación de la enfermera con por lo menos una semana de anticipación. 3. Los estudiantes son responsables de venir a la clínica de salud de la escuela para los medicamentos/tratamientos. Estudiantes de la escuela elemental e intermedia serán recordados, pero los de la escuela secundaria recibirán llamadas al teléfono de sus padres al no presentarse después de tres días para la administración de su medicamento/tratamiento, de no haber hecho otros arreglos. 4. Productos cosméticos o con propósitos higiénicos no se consideran medicamentos. También se permiten bronceadores y repelentes de insectos cuando necesarios en actividades al aire libre y con el permiso de los padres. B. RESPONSABILIDAD DEL PADRE O TUTOR LEGAL 1. Los padres y tutores legales serán instados a cooperar con el médico para desarrollar un programa de horarios de administración que minimice o elimine la necesidad de que el estudiante tome medicamentos/tratamientos en la escuela. 2. Los padres y los tutores legales asumirán la plena responsabilidad por el suministro de todos los medicamentos durante el día escolar (favor de pedir al farmaceuta que proporcione un envase separado para la escuela). 3. Los padres o tutores legales deben ser los que entregan a la escuela y recogen de la escuela cualquier medicamento/tratamiento a ser administrado bajo esta política. Todos los medicamentos controlados (medicamentos tipo Ritalin) serán contados y registrados por el personal escolar y los padres/tutores legales en el momento de la entrega y cuando se retiren. C. RESPONSABILIDAD DEL MÉDICO 1. Un formulario de Permiso de Medicamentos para cada medicamento/tratamiento recetado será completado por el proveedor de salud, firmado por el padre o tutor legal, y archivado en la clínica de la escuela por la enfermera anualmente. 2. Los envases con medicamentos deben estar claramente etiquetados con la siguiente información: Nombre completo del alumno, el nombre del médico y su número de teléfono, el nombre del medicamento, la dosis, la forma de administración, el horario de administración, y la duración o vencimiento de la receta. D. RESPONSABILIDAD DEL PERSONAL DE LA ESCUELA 1. La enfermera de la escuela, o la persona designada, asumirá la responsabilidad de conservar los medicamentos en un gabinete cerrado con llave. Los medicamentos controlados serán contados y documentados en el momento de ser recibidos y retirados. 2. La enfermera de la escuela, o la persona designada, administrará todos los medicamentos/tratamientos de la manera indicada por el médico y llevará un registro de la fecha y hora de cada administración. Las enfermeras escolares proveerán entrenamiento para su administración a personal que designe. 3. Los medicamentos discontinuados o no usados deben ser retirados de la escuela por el padre/tutor legal. Si no han sido retirados al finalizar el año escolar, la enfermera de la escuela desechará los medicamentos de forma adecuada y lo documentará según las pautas. 4. Para excursiones (field trips), las enfermeras prepararán la dosis de medicamentos de acuerdo con el Documento de Dirección de la Junta de Farmacia. Las órdenes para medicamentos/tratamientos serán etiquetadas adecuadamente y entregadas al maestro del estudiante el día de la excursión. Puede que ciertos tratamientos requieren consideración/planificación previas a la excursión. Los padres y el personal deben tener esta conversación con la enfermera. E. MEDICAMENTOS DE EMERGENCIA El Equipo de Salud Escolar con la asistencia del Director de Salud del Área del Rappahannock y los Socios de Alergias de Fredericksburg han provisto a las enfermeras escolares en las escuelas de los Condados de Carolina, Fredericksburg, King George, Spotsylvania, y Stafford con protocolos para medicamentos/tratamientos de emergencias críticas de alumnos durante incidentes de asma y anafilaxis. Estas situaciones se consideran una amenaza para la vida y se llamará al 911 y a los padres inmediatamente. Los protocolos provistos nunca reemplazarán las órdenes médicas del alumno ni los planes provistos por los padres y el médico. Revisado: noviembre de 2013 Capítulo 6-F15 Stafford County Public Schools Servicios de Salud Información sobre Escoliosis para los Padres De acuerdo con la Ley del Estado de Virginia, padres de estudiantes en los grados 5-10 recibirán una hoja anual de información importante de Escoliosis y de la evaluación de Escoliosis. Escoliosis es una curvatura anormal de la espina dorsal. Afecta de 2-3% de la población o un estimado de 600,000 personas en los Estados Unidos. Sin tratamiento, escoliosis puede llegar a ser un problema serio, causando dolor en la espalda y artritis degenerativo a la espina dorsal. Puede resultar en enfermedad de discos o ciática. También puede amenazar el bienestar psicológico de un/a joven cuando existe una deformidad obvia. Aunque escoliosis puede resultar de una herida, un defecto de nacimiento, o una enfermedad que inutilice, el 90% de los casos viene de causas desconocidas. Puede verse en familias y afectar a las niñas siete veces más a menudo que a los niños. Casi siempre se desarrolla durante el crecimiento, entre las edades de 10 y 15 años, pero también se puede desarrollar o progresar años más tarde. El descubrimiento temprano e intervención puede evitar que progrese la deformidad estructural resultando en problemas secundarios. La evaluación para escoliosis es una observación de la espina dorsal del estudiante mientras está de pies y también cuando se dobla, como si fuera a recoger algo del suelo. Un escoliómetro, un aparato que mide la curvatura anormal de la espina dorsal también se puede usar durante la evaluación. El tratamiento para escoliosis puede variar entre no necesitar tratamiento, a un corchete, a cirugía para la fusión de la espina dorsal. Ya que el desarrollo de escoliosis es gradual y por lo general, no causa dolor, escoliosis puede desarrollarse sin el conocimiento del padre o del estudiante. Es importante que los padres observen el desarrollo de su hijo durante estos años de crecimiento y que su médico de familia lo examine regularmente. Las indicaciones de escoliosis puede incluir hombros desiguales, un omóplato que aparenta ser más prominente que el otro, la cintura desigual, una cadera más alta que la otra, y/o inclinándose hacia un lado. Si usted tiene preocupaciones en cuanto a la salud de la espina dorsal de su niño, póngase en contacto con su médico de familia o la enfermera de la escuela para evaluar a su niño. Si usted no tiene médico de familia, con su permiso por escrito, la enfermera escolar puede proveer la evaluación inicial. Si es necesario que su niño reciba una evaluación más formal, la enfermera lo puede dirigir a otros recursos de salud. Evaluaciones de Visión y Audición El Código de Virginia § 22.1-273 requiere que se le hagan exámenes de visión y audición a todos los estudiantes nuevos a las Escuelas Públicas del Condado de Stafford y a los estudiantes en los grados K, 3, 7 y 10. Las evaluaciones son realizadas por la enfermera de la escuela durante los primeros 60 días del año escolar. Cuando sea apropiado, referidos serán enviados a la casa de los estudiantes para verse con un médico privado. Las enfermeras escolares también pueden examinarle la visión y audición a un estudiante si el maestro, los padres o el estudiante lo piden. Si usted tiene información reciente del médico acerca de la visión o audición de su niño, favor de llamar a la enfermera de la escuela o mandar una copia del reporte. Los padres pueden excluir a sus estudiantes de cualquier evaluación específica con notificación por escrito enviada a la enfermera de la escuela. Historial de Salud Actualizada del Estudiante Todo estudiante nuevo a las Escuelas Públicas del Condado de Stafford y todo aquel entrando a los grados 6 y 9, se les requiere que llenen el Formulario de Información de Salud para Entrada a la Escuela con la información de salud pertinente para la enfermera escolar y profesores. Cada vez que su estudiante tenga algún cambio a su salud, por ejemplo, alguna alergia nueva o diagnóstico, es de suma importancia que usted se ponga en contacto con la enfermera de la escuela para que ella ponga el expediente de su niño al día. La meta de los Servicios de Salud del Condado de Stafford es promover la salud óptima de su estudiante y su seguridad mientras está en la escuela para fomentar éxito en su educación. El Formulario de Información de Salud para Entrada a la Escuela se puede copiar del website de Servicios de Salud de SCPS y entregar a la enfermera de la escuela en cualquier momento. Stafford County Public Schools Notificación de Trastornos Alimenticios Estimados padres de estudiantes en los grados 5-12: Los trastornos alimenticios son problemas de salud muy serios que usualmente comienzan en la niñez o adolescencia y que afectan a las niñas y los niños. Con un diagnóstico precoz, los trastornos alimenticios son tratables con una combinación de respaldos de nutrición, médicos, y terapéuticos. Reconociendo la importancia de las etapas iniciales de estudiantes en riesgo, la Asamblea General de Virginia de 2013 pasó una ley con el requisito de que cada junta escolar les proveerá información educacional a los padres con estudiantes en los grados 5-12, con respecto a trastornos alimenticios, anualmente. Es importante anotar que los trastornos alimenticios no son diagnosticados solo basados en cambios de peso, sino también en comportamientos, actitudes, y predisposición. Puede que los síntomas varíen entre hombres y mujeres y a diferentes edades. A menudo, una persona joven con un trastorno alimenticio no está consciente de que tenga el problema o trata de mantenerlo en secreto. Los padres/tutores legales y miembros de la familia están en una posición única para fijarse de los síntomas o comportamientos que causen preocupación. Al notar comportamientos comunes en personas con trastornos alimenticios puede llegar a un referido temprano al médico de atención primaria. Es importante que trastornos alimenticios sean tratados por alguien que especialice en este tipo de cuido. Después de revisar la información al dorso de esta carta, si usted cree que su niño/a este demostrando señales de algún trastorno alimenticio, favor de comunicarse con su médico de cabecera, la enfermera escolar o uno de los recursos que siguen: Academy for Eating Disorders (AED) http://www.eatingdisrderhope.com/information/help-overcome-eating-disorders/nonprofits-organizations/aed Families Empowered and Supporting Treatment of Eating Disorders (F.E.A.S.T.) www.feast-ed.org National Eating Disorders Association - tienen información en Español www.nationaleatingdisorders.org La llamada es gratis y confidencial, 1-800-931-2237 Puede encontrar recursos adicionales en: Virginia Department of Education http://www.doe.virginia.gov/support/health_medical/index.shtml, bajo la sección titulada, Eating Disorders (Trastornos Alimenticios) ¿Qué son Trastornos Alimenticios? Trastornos alimenticios son reales, complejos, y condiciones devastadoras que pueden tener Trastornos alimenticios afectan a hombres y mujeres de todas las consecuencias muy serias para la salud, productividad, y relaciones. No son algo de moda, edades. una fase o un estilo de vida. Pueden ser una amenaza para la vida y pueden afectar el funcionamiento, incluyendo el rendimiento escolar, el desarrollo cerebral, y el bienestar emocional, social y físico. Trastornos alimenticios pueden ser diagnosticados a base de cambios en peso, pero también a base de comportamientos, actitudes y predisposición. Esté alerta a las siguientes señales en su niño/a. El peso NO es el único Señales claves alrededor de la comida: indicador de un trastorno Come mucha comida, parece estar fuera de control (notará que se ha desaparecido grandes alimenticio, ya que cantidades de comida, o puede que encuentre envolturas y frascos vacíos escondidos) personas de cualquier tamaño puedan estar Desarrolla reglas para la comida –come solo una comida en particular o un grupo de comidas, sufriendo. corta la comida en pedacitos pequeños, o esparce la comida por todo su plato Habla bastante de o se enfoca a menudo con el peso, la comida, calorías, gramos de grasa, y dietas Dice que no tiene hambre a menudo No come una de las comidas del día o come pequeñas porciones durante las comidas regulares Cocina para otros pero él/ella no come Cómo Comunicarse con Su Niño/a Evita la hora de la comida o situaciones que envuelven Comprenda que los que sufren de trastornos alimenticios casi comida siempre niegan que hay algún problema Usa el baño a menudo después de las comidas Educase en cuanto a trastornos alimenticios Usa bastante enjuague bucal, mentas y/o chicles Pregunte lo que usted pueda hacer para ayudar Deja de comer comidas que antes le gustaba Escuche reflexivamente y con mente abierta Señales claves alrededor de actividades: Sé paciente y no juzgue Hace ejercicios todo el tiempo aun cuando le pueda afectar Hable con su niño/a en una manera amable, cuando esté la salud o más que lo recomendado – no obstante el mal calmado y cuando no tenga coraje, frustración o esté tiempo, enfermedad, cansancio, o alguna herida perturbado Deja de hacer sus actividades regulares y prefiere estar Déjele saber que usted solo quiere lo mejor para él/ella solo/sola (puede ser por estar haciendo ejercicios) Recuérdele que hay quienes se preocupan por él/ella y que le Riesgos que puedan afectarlo/la físicamente: servirán de apoyo Siente frío todo el tiempo o se queja de estar cansado todo Sé flexible con su apoyo Sé honesto el tiempo. Puede que se ponga más irritable y/o nervioso/a. Demuestre preocupación y comprensión Vomita después de comer (o si ve alguna indicación Pregúntele cómo se siente de vómito en el baño – el olor o si se tapa el desaguadero Trate de ser un buen modelo – no hable de su experiencia de la bañera o lavamanos) cuando estuvo sobrepeso Usa algún purgante o diurético (o si encuentra envolturas Comprenda que su niño/a no está pidiendo atención o piedad vacías) Busque ayuda profesional de parte de su niño/a si tiene Otros riesgos: CUALQUIER preocupación Se cree demasiado grande o muy gordo/a (aunque no sea la realidad) Le falta confianza y pregunta a menudo cómo se ve Deja de reunirse con sus amistades Dificultad en hablar de sus sentimientos Se queja de que los demás lo/la estén juzgando o el no poder “conectar” con ellos Si Su Niño/Niña Demuestra Señas de Algún Trastorno Alimenticio Busque ayuda de algún profesional médico lo más pronto posible; porque son tan complejos, los trastornos alimenticios deben ser evaluados por alguien que especialice en el tratamiento de trastornos alimenticios. No tarde en buscar tratamiento. Mientras más temprano, mayor es la probabilidad de que su niño/a se recupere físicamente y emocionalmente. Stafford County Public Schools Programa de Consejería Escolar (School Counseling Program) Juntos con los padres y los profesores, los consejeros escolares del Condado de Stafford ayudan a todos los estudiantes a responder a sus necesidades educacionales, sociales y emocionales; también con su desarrollo de carreras. Las vidas de los niños van cambiando constantemente y sus vidas son afectadas por los problemas de nuestra sociedad hoy en día. Tales problemas pueden causar que los niños tengan dificultades en llegar a su potencial académico. Todos los estudiantes pueden beneficiarse de la asistencia proporcionada por un consejero escolar. LAS METAS Y ÁREAS DEL PROGRAMA DE CONSEJERÍA DEL CONDADO DE STAFFORD La meta general del programa de consejería escolar de las Escuelas Públicas del Condado de Stafford es ayudar a los jóvenes desarrollar su potencial máximo y para mejorar sus vidas, ya que su futuro es nuestro futuro. El programa de Consejería es preventivo en su enfoque y es basado en las etapas de desarrollo de los estudiantes en los grados K-12. Porque las necesidades de los estudiantes varían en los diferentes niveles de edad, las áreas de énfasis también van a variar. El programa construye una fundación para aprendizaje en los dominios Académico, de Carreras y, Socio Emocional. CONSEJEROS ESCOLARES son profesionales licenciados entrenados en: - el desarrollo humano; - información y desarrollo de carreras; - exámenes y medidas; - problemas sociales y culturales. CONSEJEROS ESCOLARES proveen un programa que incluye: - servicios preventivos; - actividades de desarrollo; - consejería individual; - consejería en grupos pequeños; - lecciones de consejería en la aula de clases; - servicios de información; - asistencia de referencias. CONSEJEROS ESCOLARES tienen destrezas en: - consejería individual; - consejería en grupo; - consulta; - consejería en la aula de clases. El entrenamiento de CONSEJEROS ESCOLARES: - incluye los requisitos para licenciados especificados por la Junta de Educación de Virginia; - incluye técnicas de consejería que fueron parte de su entrenamiento profesional; pero no incluye aquellos prohibidos por la política escolar, por ejemplo, la hipnosis, técnicas psicoterapéuticas, técnicas típicamente usadas para el tratamiento de enfermedades mentales o sicopatología; - incluye el compromiso de adherirse a toda ética profesional y normas legales, incluyendo de carácter confidencial. NOTICIA ANUAL PARA PADRES y ENCARGADOS para la PARTICIPACIÓN DE ESTUDIANTES EN EL PROGRAMA DE CONSEJERÍA ESCOLAR Un padre o tutor legal tiene el derecho de determinar la participación de su niño/a en el Programa de Consejería Escolar de las Escuelas Públicas del Condado de Stafford ya descrito. Si por alguna razón el padre o tutor legal desea eliminar o no incluir la participación de su estudiante en algún o todo aspecto de este Programa, el padre o tutor legal debe proveer notificación por escrito al director de la escuela dentro de quince (15) días después de la publicación de esta noticia. La notificación por escrito de la familia debe especificar las metas o áreas del Programa del cual el estudiante no debe participar. PARA MAS INFORMACIÓN O PARA COMENTAR, favor de llamar al Supervisor de Servicios Estudiantiles al (540) 658-6500 Stafford County Public Schools Currículo de Educación para la Vida en Familia Estimado padre/tutor legal: Nuestro sistema escolar va a ofrecer como curso de enseñanza el programa de estudios recientemente revisado sobre Educación para la Vida en Familia (Family Life Education, FLE) a estudiantes desde el jardín de infancia hasta el décimo grado. La instrucción FLE para estudiantes de K-5 se programará para el SEGUNDO SEMESTRE. La instrucción FLE para estudiantes de secundaria en los grados 6-10 se programará después del 5 DE OCTUBRE según la programación elaborada por el profesor de educación física. En la mayoría de los casos, la instrucción se les presentará a niños y niñas en aulas regulares de clase. Cuando se considere apropiado y según lo que indique el programa de estudios de Vida en Familia, algunas fases de la instrucción se ofrecerán en clases separadas para niños y niñas. Los estudiantes en los grados K-5 recibirán la enseñanza FLE de sus maestros de aula, profesores de educación física, consejeros escolares, enfermeras escolares y administradores de la escuela como respaldo y recurso. En los grados 6-10, el programa de FLE será enseñado por profesores de educación física y salud, con la participación del consejero y la enfermera. Los materiales y el programa de estudios de FLE en los grados K-10 están disponibles para su revisión previa en cada una de nuestras escuelas y en el website del condado. El programa de estudios se encuentra en una carpeta en la oficina principal de cada escuela. Usted puede revisar todos los materiales en la escuela con todos los videos y DVDs. Los videos están disponibles en la biblioteca de cada escuela. Le estamos proporcionando aquí un formulario de “Exclusión Voluntaria” para el caso en que usted decida que NO quiere que su niño reciba todas o algunas de las lecciones FLE. El formulario debe ser entregado antes del 5 de octubre de 2015 a la maestra de aula o el maestro de educación física. Si su niño se matricula después del 5 de octubre de 2015, favor de entregar el formulario de exclusión voluntaria junto con los formularios de inscripción. Los estudiantes que no reciban la instrucción FLE recibirán una instrucción de salud como alternativa. Puede plantear todas las preguntas e inquietudes que tenga conversando con el profesor de FLE de su niño, el director de la escuela, los consejeros o la enfermera de la escuela. También, puede ponerse en contacto con el coordinador de Salud, Educación Física, y Educación de Conductores al (540) 658-6694. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -FORMULARIO DE EXCLUSIÓN VOLUNTARIA Estudiante _______________________________ Escuela _________________________ Grado ______ NO otorgo mi permiso para que a mi niño se le enseñen los siguientes objetivos de Educación para la Vida en Familia durante el año escolar 2015-2016. Objetivo(s) (Favor de alistar por número): ____________________________________________________ _____________________ _________________________________________________________________ Fecha Firma - Padre/Tutor Legal SI USTED DECIDE EXCLUIR VOLUNTARIAMENTE A SU NIÑO DE VIDA EN FAMILIA, FAVOR DE DEVOLVER ESTE FORMULARIO A LA OFICINA DEL DIRECTOR EN LA ESCUELA DE SU NIÑO NO MAS TARDAR DEL 5 DE OCTUBRE DE 2015. This Page Left Intentionally Blank Stafford County Public Schools Encuesta “Gallup” para Estudiantes Grados 5-12 Estimados padres/tutores legales, Nuestra división escolar ha elegido participar en la Encuesta ‘Gallup’ para Estudiantes. Tomando este paso importante, nos unimos a las miles de otras escuelas para ayudar a medir la esperanza, compromiso, y bienestar de los estudiantes de los Estados Unidos. Medición de Esperanza, Compromiso, y Bienestar La investigación de Gallup ha demostrado que la esperanza, compromiso, y bienestar son factores claves que impulsan las calificaciones de los estudiantes, puntuaciones de logro, retención, y empleo futuro. La Encuesta Gallup para Estudiantes se dedica en medir estos tres factores claves de estudiantes de los Estados Unidos. La esperanza, compromiso, y bienestar son objetivos viables e indicadores de éxito. Tocando los corazones y las mentes de los estudiantes de los Estados Unidos, la Encuesta Gallup para Estudiantes proveerá visión crucial para ayudar a facilitar nuevas conversaciones y soluciones para el éxito estudiantil en la escuela y por vida. Una Encuesta Basada en la Red La Encuesta Gallup para Estudiantes consiste de una encuesta basada en la red de 10 minutos, administrada a estudiantes en los grados 5 al 12, y se llevará a cabo durante un período de dos a tres semanas en la escuela. Contiene 20 artículos básicos, artículos demográficos, y puede que incluya un índice asignado al azar. Toda la información recopilada será almacenada de forma segura, agregada, y analizada por Gallup. Las respuestas individuales de los estudiantes no serán reveladas. Al finalizar la encuesta, el director escolar recibirá los resultados de su escuela electrónicamente. La división escolar también recibirá resultados generales. Fecha de Encuestas La Encuesta Gallup para Estudiantes se llevará a cabo durante este año escolar y puede que se ofrezca en años futuros. La encuesta inaugural fue lanzada en marzo de 2009. Los estudiantes tomarán la encuesta durante las horas escolares del 29 de septiembre al 30 de octubre, sólo de martes a viernes. Si tiene interés en revisar la encuesta, visite al sitio en la red en www.gallupstudentpoll.com. Si tiene alguna pregunta o si prefiere que su estudiante se excluya de llenar la encuesta, favor de ponerse en contacto con la oficina de consejería en la escuela de su estudiante. Atentamente, W. Bruce Benson, Ed.D. Superintendente