cap 05 secc 6 (PDF 30KB)

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cap 05 secc 6 (PDF 30KB)
EAKO HIRI ANTOLAMENDUAREN PLAN OROKORRA - PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE EA
CAPITULO V. NORMAS ESPECÍFICAS DE LAS ACTUACIONES DE DOTACION DE USO
CARACTERÍSTICO DE VIVIENDA EN SUELO URBANO
SECCION 6ª: ACTUACIÓN DE DOTACIÓN RESIDENCIAL DE VIVIENDA FAMILIAR EN
BEDARONA 04 ADR_VF_BD04
SUBSECCION 1ª. NORMAS DE LA ORDENACION ESTRUCTURAL
ART.2.5.6.E1. Clasificación del suelo. Ubicación y acrónimo de la actuación de dotación
1. La totalidad de los terrenos de la zona privada ZR_VF_BD04 incluidos en la actuación de dotación
ADR_VF_BD04, se clasifican como suelo urbano.
2. Los terrenos componentes de la actuación de dotación residencial de vivienda familiar en
Bedarona 04 se sitúan en el camino de acceso al barrio Urtza y el acrónimo que define la actuación
de dotación es ADR_VF_BD04.
ART.2.5.6.E2. Delimitación de la actuación de dotación. Zonas públicas y privadas incluidas en
la actuación
1. La delimitación de la actuación de dotación residencial de vivienda familiar en Bedarona 04
ADR_VF_BD04, se contiene en el plano OP-3.2 titulado “Régimen de ejecución de la ordenación
urbanística”.
2. Se incluye en la actuación de dotación residencial de vivienda familiar en Bedarona 04 la zona
privada y el sistema local que se indica a continuación:
DENOMINACION DE ZONA PRIVADAS+SISTEMAS GENERALES
Código de Zona
Superficie M2
ZONA RESIDENCIAL VIVIENDA FAMILIAR en BEDARONA 04
ZR_VF_BD04
1.779
SISTEMA LOCAL VIARIO MUNICIPAL BD04 existente
ACTUACION DE DOTACION Y ZONA RESIDENCIAL VIVIENDA FAMILIAR en
BEDARONA 04
SLTVM_BD04
206
AD_RVF_BD04
1.573
ART.2.5.6.E3. Calificación global 1. Usos lucrativos permitidos. Característico y compatibles
1. La calificación global se establece de manera individualizada para la zona ZR_VF_BD04 de la
actuación de dotación residencial de vivienda familiar en Bedarona 04, ADR_VF_BD04, con uso
característico residencial.
N.R. 04/08 G.R. PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE EA. TITULO II. NORMAS ESPECÍFICAS. CAPITULO V. APROBACION INICIAL. V.4
SECCION 6ª. ACTUACION DE DOTACION RESIDENCIAL DE VIVIENDA FAMILIAR EN BEDARONA 04 ADR_VF_BD04
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2. Los usos permitidos en la actuación de dotación residencial de vivienda familiar ADR_VF_BD04,
son los establecidos en el capítulo I de estas normas específicas para dichas zonas en el artículo
2.1.3.3. Los usos característicos de esta actuación de dotación residencial son los usos JA.1.1.
Vivienda unifamiliar aislada y JA.1.2. Vivienda bifamiliar aislada. Los usos compatibles son los demás
usos de la relación de usos permitidos del artículo citado.
3. No se establecen usos provisionales de posible ubicación en la actuación de dotación residencial
de vivienda familiar en Bedarona 04, al estar dotada de ordenación pormenorizada desde la
documentación de este plan general.
ART.2.5.6.E4. Calificación global 2. Edificabilidades urbanísticas sobre y bajo rasante
Las edificabilidades urbanísticas lucrativas sobre y bajo rasante de la zona privada de la actuación
de dotación residencial de vivienda familiar en Bedarona 04, ADR_VF_BD04, son las siguientes:
-
Edificabilidad urbanística sobre rasante total ................................................471,92 m2 de techo
-
Edificabilidad urbanística máxima sobre rasante del uso característico .......471,92 m2 de techo
-
Edificabilidad urbanística máxima sobre rasante de los usos compatibles ...... 0,00 m2 de techo
-
Edificabilidad urbanística máxima bajo rasante de los usos permitidos ...... 235,96 m2 de techo
ART.2.5.6.E5. Calificación global 3. Edificabilidades dotacionales públicas
No se establece edificabilidad dotacional pública sobre y bajo rasante en la actuación de dotación
residencial de vivienda familiar en Bedarona 04, ADR_VF_BD04.
ART.2.5.6.E6. Estándares de edificabilidad urbanística de las viviendas de protección publica
La edificabilidad urbanística total del uso o usos característicos de vivienda, se repartirá por la
ordenación pormenorizada entre la de los diversos regímenes de vivienda de acuerdo con la
siguiente relación.

Vivienda de protección oficial de régimen general .................................................................. 0%

Viviendas de protección pública.
Vivienda tasada municipal de régimen especial (VTME) ........................................................ 0%

Viviendas de régimen libre................................................................................................... 100%
ART.2.5.6.E7. Criterios para reconsiderar en detalle la delimitación de la actuación de dotación
Los criterios para reconsiderar en detalle la delimitación de la actuación de dotación residencial de
vivienda familiar en Bedarona 04, son los establecidos en el artículo 1.2.15 y 1.4.3 de las normas
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urbanísticas de carácter general.
ART.2.5.6.E8. Criterios básicos para el trazado de los sistemas locales
Los sistemas locales de la actuación de dotación residencial de vivienda familiar en Bedarona 04,
ADR_VF_BD04, deberán cumplir con los estándares establecidos por el Decreto 123/2012, de 3 de
julio, de estándares urbanísticos.
ART.2.5.6.E9. Condiciones mínimas de la urbanización
Las condiciones mínimas de la urbanización de la actuación de dotación residencial serán las
establecidas al efecto por las ordenanzas municipales de edificación y urbanización para el suelo
urbano no consolidado. En tanto no se aprueben las ordenanzas citadas será de aplicación el
contenido del Anexo III de las normas generales “Normativa transitoria de las obras de urbanización”.
SUBSECCION 2ª. NORMAS DE LA ORDENACION PORMENORIZADA
ART.2.5.6.P1. Categorización del suelo
Los terrenos comprendidos en la actuación de dotación de vivienda familiar en Bedarona 04
ADR_VF_BD04 se categorizan como suelo urbano no consolidado por la edificación. La
categorización se contiene en el plano OP-2.2 de la documentación grafica del plan general.
ART.2.5.6.P2. Definición de los sistemas locales
1. La concreción de los terrenos destinados a soportar y constituir los sistemas locales establecidos
por la ordenación pormenorizada contenida en la documentación del plan general, en el ámbito de la
actuación de dotación se contiene en el plano OP-1.2 de la documentación del plan general.
2. La relación de la subzona privada y de las subzonas públicas de los sistemas locales de esta
actuación de dotación, con sus correspondientes superficies, se indica a continuación.
ADR_VF_BD04 (Actuacion de dotacion)
1. Superficie de zonas públicas o sistemas generales públicos
0,00
2. Superficies de subzonas privadas
2.1 Superficie de subzona privada residencial
SZR_VF_BD04
3. Superficies de subzonas públicas o sistemas locales públicos
3.1 Superficie de sistema local viario peatonal
SLTVP_BD02
3.2 Superficie de sistema local equipamiento
SLE_AA_BD01
m²
0,00%
1.430,53
m²
90,94%
1.430,53
m²
90,94%
142,53
m²
9,06%
101,47
m²
6,45%
41,06
m²
2,61%
ART.2.5.6.P3. Edificabilidades urbanísticas pormenorizadas de esta actuación de dotación
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1.
Las
edificabilidades
urbanísticas
pormenorizadas
de
la
subzona
residencial
privada
SZR_VF_BD04 y del edificio se indican en el cuadro siguiente:
ADR_VF_BD04 (Actuacion de dotacion)
SZR_VF_BD04
Superficie
total
Superficie
total
Superficie
construida
1.430,53
construida
construida
usos compatibles
B/R
S/R
S/R
Superficie construida uso característico S/R
planta baja
nº de
portales
sup
portal
plantas tipo
sup uso
carac
sup
total
nº de
plantas
133,52
B+1
sup
planta
sup
total
aticos
vuelos
superfici
e
sup
total
sup
total
total
EDIFICIO 1
AMR_VF_BD04.1 existente
207,81
269,92
0,00
28,15
202,00
0,00
TOTAL SUBZONA
235,96
471,92
0,00
TOTAL AD
235,96
471,92
AMR_VF_BD04.1 incremento
133,52
136,40
136,40
269,92
B+1
202,00
471,92
NOTA: el proyecto de edificación cumplirá las edificabilidades y sus usos, las alineaciones máximas de la edificación y nº máximo de plantas.
2. La referencia de la numeración de la subzona para su identificación con el acrónimo
correspondiente se define en el plano OP-1.2 de la ordenación pormenorizada contenida en la
documentación de este plan general.
3. La referencia de la numeración del edificio situado en la subzona para su identificación con el
acrónimo correspondiente, se define en el plano OP-4.2 de la ordenación pormenorizada contenida
en la documentación de este plan general.
ART.2.5.6.P4. Coeficientes de ponderación
1. Los coeficientes de ponderación de los diversos usos lucrativos de esta actuación de dotación,
son los indicado en el artículo 1.4.14 titulado “Coeficientes de ponderación” de las normas
urbanísticas de carácter general.
2. Es de aplicación a dichos coeficientes de ponderación lo establecido en los apartados 2, 3 y 4 del
artículo citado.
ART.2.5.6.P5. Situación y forma de la edificabilidad. Fijación de alineaciones y rasantes
1. La situación y forma de la edificación, definiendo las alineaciones de la edificación en plantas bajo
rasante, planta baja y plantas de piso, se contiene en el plano OP-4.2 de la documentación grafica de
este plan general.
2. Igualmente, en el plano citado se indica el número de plantas sobre rasante, con individualización
de la planta baja.
3. El número de plantas bajo rasante será el preciso para acoger la edificabilidad bajo rasante
establecida para el edificio, respetando las alineaciones máximas establecidas para la edificación
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bajo rasante.
4. Las alineaciones, que definen el trazado tanto de las subzonas públicas o de los sistemas locales
y de la parcela privada, así como de la edificación se contienen en el plano OP-4.2 anteriormente
citado.
ART.2.5.6.P6. Régimen de las instalaciones, construcciones, edificaciones y usos existentes
No existen instalaciones, construcciones y edificaciones en la actuación de dotación.
ART.2.5.6.P7. Criterios para la redacción de estudios de detalle
1. El ámbito para redactar un estudio de detalle deberá abarcar la totalidad del de la actuación de
dotación.
2. Deberá respetar las alineaciones máximas de la edificación sobre rasante contenidas en el plano
OP-4.2 de la documentación gráfica del plan general y completar la definición de las rasantes y
nivelaciones de todas las subzonas públicas.
3. Igualmente deberá respetar las alineaciones máximas de la edificación sobre y bajo rasante de la
línea de edificación de carreteras del sistema general de transporte viario foral definidas en el plano
anteriormente citado.
ART.2.5.6.P8. Cumplimiento de estándares dotacionales
El diseño urbano de la actuación de dotación ADR_VF_BD04 contempla los estándares mínimos
para reserva de terrenos destinados a dotaciones y equipamientos de la red de sistemas locales,
calculados sobre el incremento de edificabilidad urbanística respecto de la previamente
materializada, tal y como establece el Decreto 123/2012, de 3 de julio, de estándares urbanísticos.
ART.2.5.6.P9. Plazos para la obtención de los terrenos dotacionales incluidos en la actuación
de dotación
El plazo para formalizar la cesión gratuita a la Administración municipal de los terrenos interiores de
la actuación de dotación destinados a dotaciones públicas de la red de sistemas generales y/o
locales por la ordenación pormenorizada, se fija en 12 meses computados a partir de la entrada en
vigor de este plan general.
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