Lic Vertederos 2011_revisado ult

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Lic Vertederos 2011_revisado ult
MEMORIA DESCRIPTIVA
DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS SÓLIDOS NO CONTAMINANTES EN
VERTEDEROS DEL DEPARTAMENTO DE MALDONADO
Art. 01- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO –
La Intendencia Departamental de Maldonado, en adelante Intendencia Departamental, llama a
Licitación Pública para la contratación de Servicios de Manejo y Operación de Residuos
Sólidos no contaminantes bajo la forma de “Vertedero Controlado” y “Puntos Verdes” de
transferencia, en los predios de:
1)
2)
3)
4)
5)
6)
7)
Cerro Pelado (Municipio de Maldonado)
La Alameda (Municipio de San Carlos)
Cantera de De León (Municipio de San Carlos)
Puntos Verdes “La Juanita” (Municipio de Garzón)
Puntos Verdes de “El Tesoro” (Municipio de San Carlos)
Vertedero del “Kilómetro 113 ½ de Ruta 9” (Municipio de Pan de Azúcar),
Vertedero del “Kilómetro 5.500 de Ruta 37” (Municipio de Piriápolis)
A) Residuos que se autorizan a ingresar:
1) Restos de podas, desmalezados, y restos de limpieza de parques y jardines.
2) Tocones. (Troncos, raíces, etc.)
3) Cubiertas (hasta tanto se resuelva operativa específica)
4) Escombros.
5) Chatarra.
6) Limpieza de playa (sin animales vertebrados muertos) Solamente en
los “ Vertederos de Cantera de De León” (Zona Este), “Vertedero de Cerro
Pelado” ( Zona centro ) y “Kilómetro 5,100 de Ruta 37” (Zona oeste).
7) Limpieza de Papeleras .
8) Producido del barrido de las vías públicas.
9) Electrodomésticos y mobiliario en desuso
10) Materiales de construcción varios ( Vigas, Hierros, vidrios, etc., los
que deberán ser fraccionados por el generador previo a la entrada en caso
de que éstos sean de gran tamaño).
11) Pilas, lámparas y Tubos de luz (Proyecto de Recolección de Pilas y
disposición controlada de tubos y lámparas, solo en Vertedero de “Cerro
Pelado”).
12) Recepción de recipientes de Agrotóxicos con triple lavado, perforados
(Solamente en Vertedero de “Cerro Pelado”).
B) Residuos que no se autorizan a ingresar:
1) Baterías (acumuladores). Los que deberán ser derivados a los
Centros autorizados por DINAMA.
2) Aceites (comestibles y/o lubricantes)
3) Animales vertebrados muertos o sus restos. (Solo en Relleno Sanitario
de “Las Rosas” ).
4) Residuos Domiciliarios. (Solo en Relleno Sanitario de “Las Rosas”).
5) Residuos Industriales, Agroindustriales y/ u otros contaminantes. Consultar
a la Dirección de Medio Ambiente.
6) Residuos hospitalarios.
7) Materiales inflamables y restos de la limpieza de estufas y hornos que no
estén apagados.
8) El producido de la limpieza de pluviales.(Sólidos en Relleno Sanitario de
“Las Rosas”)
9) Líquidos barométricos y/o sanitarios (Solo Planta de Descarga de
Barométrica u otra que se disponga oportunamente).
C) Horarios de ingreso de Residuos:
En todos los Vertederos el ingreso de residuos se realizará de 7 a 21 horas
todos los días del año, pudiendo ajustarse el horario, con la debida
autorización de la Dirección General de Higiene y Medio Ambiental.
Art. 02 - PLAZO DE EJECUCIÓN –
El servicio deberá ser prestado por 1 (uno) año, pudiendo ser prorrogado en períodos
de hasta 1 (un) año a opción de la Intendencia Departamental hasta la finalización del
actual período de gobierno, sin que ninguna prórroga obligue a la siguiente.
Art. 03 - SUMINISTRO DE LA INTENDENCIA DEPARTAMENTAL
La Intendencia Departamental suministrará los sitios donde continuarán depositándose
los residuos sólidos no contaminantes, “Cerro Pelado” (predio padrón Nº 164 1era Sec.
Rural de Maldonado) y los otros Vertederos anteriormente mencionados además de
los “Puntos Verdes”. Así mismo podrá disponer de otros espacios físicos alternativos
sustitutivos en la zona.
Dichos predios serán utilizados por el Contratista, únicamente para el objeto de
la presente licitación.
Para el caso de los
Vertederos
“Cerro Pelado”, “Cantera de De León”,
“Kilómetro 5,100 de Ruta 37” y Km 113 ½ de Ruta 9, tanto la tierra para el tapado de las
celdas, como el balasto existente para el mantenimiento y acondicionamiento de la
caminería interna, podrá ser obtenida dentro del mismo predio, con la debida
autorización previa de la Dirección General de Higiene y Medio Ambiente.
Art. 04 - DESCRIPCION DE LOS TRABAJOS A REALIZAR.
4.1) Disposición Final:
a) Los residuos serán dispuestos en celdas, no permitiéndose la diseminación de residuos
en áreas extensas.
Los mismos deberán concentrarse con un frente de obra de la menor extensión posible.
Deberán ser separados los restos verdes del resto de los residuos, serán dispuestos en
celdas separadas según el tipo de residuo (cubiertas, plásticos, chatarra, escombros,
etc.) con objeto de su reutilización por medio de los “Clasificadores” que actúen
autorizados en cada Vertedero, realizándose posteriormente su tapado.
En el caso de troncos y tocones, de acuerdo a la disponibilidad de espacios que existan
para su disposición final, los mismos podrán ser dispuestos por separado para no
comprometer la operativa.
Los residuos voluminosos y residuos pequeños y livianos tendrán atención
diferencial. Los elementos pequeños y livianos serán tapados (inmediatamente a su
llegada) manualmente con elementos pesados para evitar su diseminación por parte del
viento o la lluvia. Los elementos voluminosos deberán ir colocándose en el enterramiento
de forma que no entorpezcan la operativa seguida.
Se deberá dejar visualmente prolijo diariamente y ser tapado semanalmente con
escombros y/o tierra (destape de cantera existente dentro del predio).
b)Toda la operativa deberá ser acordada con la Dirección General de Higiene y Medio
Ambiente o quien esta designe.
c)El servicio Licitado es en forma mensual por el correcto acondicionamiento de cada uno
de los vertederos, los cuales deberán estar siempre en condiciones de recibir residuos
sólidos no contaminantes.
d) La Intendencia se reserve el derecho, de poder cambiar el sitio de emplazamiento de los
puntos verdes de La Juanita y/o de El Tesoro, para otros puntos próximos.
4.2) Vigilancia
El contratista deberá realizar la vigilancia en los vertederos de “Cerro Pelado”, “La
Alameda”, “Cantera de De León” y “Kilómetro 5,100 de Ruta 37” durante las 24 horas
del día y todos los días del año incluyendo domingos y feriados.
En el Vertedero de “ Km. 113 ½ de Ruta 9” la vigilancia por parte del adjudicatario, se
realizará como minimo, de Lunes a Viernes de 8 a 16 hrs.
4.3) Control de ingreso.
El mismo será realizado por la empresa contratista durante el horario asignado
para ingreso de residuos. Se deberá llevar una planilla diaria en forma prolija, donde
conste como mínimo: Tipo de Vehículo (si es particular, de la Intendencia
Departamental, Municipios o contratados por éstos), tipo de residuo, hora de ingreso,
matrícula, peso (para el caso de
registrarse su valor), y procedencia del residuo , observaciones.
Dicha planilla será entregada en forma mensual en formato papel y electrónico. (Se
adjunta formato de planilla – Anexo 1).
El control de ingreso deberá ser tal que impida la entrada de residuos que sean
para otro Vertedero o Relleno Sanitario.
Se deberá entregar el resumen mensual de lo ingresado a los Vertederos con control de
ingresos, en conjunto con las planillas diarias, en los primeros 10 días del mes siguiente.
En caso de contarse con balanza en el predio, la empresa deberá registrar el peso
real de todos los residuos que entren en el vertedero por lo menos 8 días al mes.
El funcionario indicará y controlará hacia donde deben dirigirse internamente los mismos.
4.4) Accesos - Caminería interna y Señaléctica
Los accesos a Vertederos así como la adecuada transitabilidad (para toda condición
climática , especialmente en los días de lluvia y/o presencia de barro) de los caminos
internos para asegurar la llegada de camiones y demás vehículos transportando residuos
hasta el punto de vertimiento, deberá ser mantenida permanentemente por el Contratista.
Para cumplir con este requerimiento podrán utilizarse ROC (residuos de obras de
construcción) y balasto en caso de contar con él dentro del Vertedero (“Cerro Pelado”, Km.
113 ½ de Ruta 9, “Km. 5,100 de Ruta 37” y Cantera de “De León”).
En los casos de no contar con el material necesario para la manutención de la
caminería interna en buenas condiciones, se deberá coordinar con la Dirección General de
Higiene y Medio Ambiente, la operativa que técnicamente sea la más oportuna.
Deberá suministrarse, colocarse y mantenerse por parte del concesionario, cartelería
indicando:
Medidas de Seguridad, Prohibiciones de Ingreso y de Fumar, Horarios y Tipos de Residuos
admisibles, Frentes de Obra, Máxima velocidad de circulación dentro del predio.
4.5) Contorno del Predio
Es responsabilidad de la empresa el buen mantenimiento de los alambrados (se
debe solucionar antes de la 48 hrs. de detectada la rotura) y tejidos perimetrales (de
existir), así como el cortado de pasto quincenal y la limpieza de voladuras diariamente.
Si algún vertedero se amplía la empresa deberá realizar el corrimiento del cerco
perimetral existente o realizar uno nuevo si no lo hubiera, así como cartelería que permita
visualizar el vertedero y sus limites perimetrales.
4.6) Monitoreo de aguas
Trimestralmente la Empresa conjuntamente con personal de la Dirección General de
Higiene y Medio Ambiente deberá realizar la extracción de 2 muestras de agua de los
efluentes del vertedero, y realizar la determinación de los siguientes parámetros en algún
laboratorio registrado en la Red de Laboratorios Ambientales del Uruguay (RLAU) y
habilitado a tales efectos.
. coliformes totales y fecales
. carga orgánica en DBO5
. metales pesados (al menos tres)
Los costos de los análisis correrán por cuenta de la Empresa Contratista, la misma
deberá contar con el asesoramiento de personal idóneo en la materia.
En caso de ser necesario por causa justificada la Intendencia solicitará un tercer monitoreo
si se hubiera generado algún tipo de problema.
Se adjunta protocolo de obtención de muestras de agua, cuyo procedimiento deberá ser
aplicado.
4.7) Acondicionamiento del predio
Se deberá mantener en el Vertedero de Cerro Pelado una habitación con baño
completo para uso de la Vigilancia de la Empresa y funcionario de la Intendencia
Departamental que trabajen en el Vertedero.
4.8) Suministros a la Supervisión del Servicio
Cada uno de los contratistas deberá suministrar una cámara fotográfica digital de más
de 10 megapixeles mínimos con memoria de 2 Gb como mínimo, zoom óptico X10, con 2
juegos de pilas recargables, cargador y funda, para documentar el desarrollo del o
los Vertederos. En caso de extravío, hurto, rotura, agotamiento de pilas, etc., la
empresa adjudicataria deberá suministrar en un plazo de 48 hs. su reemplazo.
Art. 05 - REGULARIDAD.
Los horarios y tareas correspondientes a los servicios aquí licitados, se cumplirán de
modo tal, que en cada día pueda procesarse o enterrarse el total de los residuos diarios
que se entregue en el Vertedero.
Art. 06 - CONTINUIDAD.
El adjudicatario deberá proveer los medios necesarios a los fines de evitar toda
interrupción de los servicios. Deberá establecer programas especiales para la prestación
del servicio cuando mediaren condiciones climáticas adversas de modo que no se
altere la regularidad y continuidad de la prestación y se eviten los accidentes.
Art. 07 - METODOLOGÍA.
La prestación de los servicios deberá ajustarse a la metodología indicada por la
Dirección de Higiene y Medio Ambiente.
Art. 08 - AJUSTES TÉCNICOS.
La prestación de los servicios se ajustará, además, a otras modalidades que surjan de
la propuesta de o de los adjudicatarios y que hayan sido aprobadas por la Dirección
General de Higiene y Medio Ambiente.
Asimismo, las modificaciones que imparta la Dirección General de Higiene y Medio
Ambiente a las modalidades de operación que redunden en una más eficáz prestación del
servicio, constituirán normas a cumplirse en la ejecución del contrato.
Art. 09 – OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
En el cumplimento de las tareas, el contratista se obliga a:
1) Mantener al día los pagos ante los organismos impositivos, de
seguridad social y otros que correspondan.
2) Emplear personal competente en sus respectivas especialidades, en la
realización de los distintos servicios.
3) El personal destacado deberá estar inscripto en los organismos competentes
(BPS, BSE, etc.),.
4) El salario mínimo del funcionario de más baja graduación en la prestación del
servicio no podrá ser menor a $U 15.000 líquidos al momento del
comienzo de la licitación o en su defecto el fijado por el Consejo Nal. de
Salarios para el rubro (el mayor de ambos) según establece el Decreto 3809.
5) Todo el personal deberá estar radicado en el Departamento de Maldonado,
de preferencia con domicilio en la zona de influencia del Vertedero que se
está gestionando.
6) Todos los maquinistas deberán tener libreta habilitante para maquinaria.
7)Evitar alteraciones de cualquier naturaleza, dentro de los diferentes
Vertederos, que perjudiquen la seguridad de las personas y de los bienes
de la Intendencia Departamental.
8) Controlar el ingreso y egreso de los Srs. Clasificadores, los cuales
podrán permanecer dentro de los diferentes Vertederos autorizados, desde
el amanecer hasta el anochecer.
9) Dentro de las veinticuatro horas de requerido, informar a la Dirección
General de Higiene y Medio Ambiente lo que ésta solicite, así como
informar de inmediato cualquier hecho o circunstancia que pudiera incidir
en la normal prestación de los servicios.
10) Mantener la continuidad, calidad y regularidad de los servicios.
11) Acceder al requerimiento de inspecciones de cualquier tipo que disponga
efectuar la Intendencia Departamental en el Vertedero o Punto Verde.
12) Dotar al personal afectado al servicio con el siguiente equipo mínimo:
pantalón y camisa de color uniforme, guantes industriales, equipos de
agua para días de lluvia, calzado de seguridad y máscara antiinsectos, chaleco reflective, casco; así como cualquier otro equipamiento
que sea necesario usar por Higiene Laboral.
13) No permitir el acceso o la permanencia de personas ajenas a los servicios
en los lugares destinados a las tareas de los mismos.
14) Realizar un estricto control interno de animales sueltos (perros, caballos,
vacas, etc.), de forma de evitar su presencia en el Vertedero.
15) Realizar un estricto control en la aparición de focos ígneos y tomar las
medidas urgentes de control, informando inmediatamente al área técnica
de la Intendencia Departamental.
La empresa deberá presenter una propuesta de los métodos que utilizará
para el combate de focos ígneos demostrando tener la capacidad para
combatir el mismo y mantener la seguridad de todas las personas afectadas
a dicho combate. Dicha propuesta debe estar avalada por un técnico
prevencionista habilitado.
16) El adjudicatario deberá ejecutar tareas excepcionales con todos los medios
a su alcance hasta la complete extinction del foco ígneo así como el control
posterior para prevenir la reaparición del foco.
17) El adjudicatario deberá proveer al personal apostado de agua potable,
luz y gabinetes higiénicos en condiciones.
18) La empresa deberá contar con el asesoramiento de un técnico
prevencionista en sitio mínimo 4hs. semanales, y presentar un plan de
seguridad de las operaciones a realizar, informes quincenales.
19) La empresa deberá contratar servicio de area protegida en centros de
emergencia móvil y poner a disposición del personal afectado al vertedero
servicio de telefonia móvil (celular) que permita realizar llamadas en caso
de emergencias.
20) El adjudicatario responde en forma exclusiva por cualquier daño que pudiere
ocasionarse a terceros con motivo de la prestación de los servicios.
El seguro deberá cubrir todo riesgo y el adjudicatario deberá acreditar su
constitución y vigencia durante el lapso de la relación contractual; la constancia
de este seguro será condición ineludible para la firma del contrato.
Art. 10 – EQUIPAMIENTO MECÁNICO
10.1 Maquinaria.
Durante la vigencia del contrato, el equipo completo deberá permanecer en operación
mediante un mantenimiento adecuado o por las reparaciones que fueran menester; no
dando lugar a ningún incremento de precios.
10.2 Derecho de rechazo de Maquinaria.
La Intendencia Departamental se reserva el derecho de rechazar las máquinas que no
se encuentren en condiciones de cumplir con su función en forma eficiente, observándose
su estado, antigüedad, y tamaño (medido por la capacidad requerida), no pudiendo
supercar los veinte años de antiguedad.
La maquinaria deberá contar con la cabina cerrada para el operario para que lo protea
de las inclemencias del tiempo.
La maquinaria deberá cumplir con lo establecido en Anexos · Lista chequeo de
maquinaria.
10.3 Otras obligaciones de la Maquinaria.
La Maquinaria podrá ser utilizada, sin afectar la Gestión correcta del Vertedero, en
otras actividades indicadas por el Área Técnica de la Dirección General de Higiene y
Medio Ambiente.
Como ser: Carga o descarga de Vehículos Particulares y/o Oficiales, traslados
internos de materiales diversos, etc.
10.4 Mantenimiento preventivo de la maquinaria.
La maquinaria que no pueda ser trasladada a otro sitio para realizar los mantenimientos
(cambios de aceite, filtro, etc) éstos podrán realizarse en el predio del vertedero bajo
estricto control de medidas preventivas para evitar cualquier tipo de contaminación al
ambiente.
Tales medidas serán indicadas por el Area Técnica de la Dirección General de Higiene y
Medio Ambiente debiendo ser consultadas oportunamente.
Art. 11 RELACION FUNCIONAL
11.1 Comunicación.
La comunicación entre la Intendencia Departamental y el adjudicatario por razones de
servicio licitado se realizará normalmente por escrito; las ordenes o instrucciones verbales
de ser necesario se confirmarán por escrito dentro de las 48 horas, vía notificación, fax o
correo electrónico.
Art. 12 - CONTROL DE LOS SERVICIOS
La Intendencia Departamental se reserva el derecho de establecer los controles
que aseguren la regularidad, la calidad y eficiencia de los servicios.
La gestión Técnica y de nuevas técnicas aplicadas en el manejo de o de los Vertederos
serán propiedad de la Intendencia Departamental y de la Empresa que la desarrolle.
Los controles se efectuarán en cualquier momento, durante el horario de trabajo
o fuera del mismo, y abarcarán los distintos aspectos de funcionamiento que debe
cumplir el Contratista.
Básicamente incluirá:
-
Presencia del Servicio de Vigilancia (durante los 365 días del año en el
caso de la vigilancia) y Operativo (según las necesidades de funcionamiento).
Presencia de roedores, insectos y olores nauseabundos en los alrededores
y dentro del Vertedero.
Presencia de focos ígneos.
Presencia de voladuras de elementos livianos.
Estado del cerramiento del predio.
Estado funcional de los equipos mecánicos involucrados en el servicio
Gestión acorde a lo licitado en el Manejo del Vertedero.
12.1 Multas por falta de cumplimiento adecuado.
Constatado algún tipo de incumplimiento en los elementos de control por parte de
la Intendencia Departamental (incluido o no en el listado del párrafo anterior), el
Contratista contará con un primer período de tolerancia (indicado en el cuadro que sigue)
para levantar la observación. Finalizado este período, y de no haberse superado lo
observado, la Dirección que controla el Servicio podrá aplicar una multa de acuerdo al
siguiente cuadro.
En el caso de reiteración del concepto observado, el período para levantar la observación
será el que estipula el cuadro que sigue (como 2º período de tolerancia), vencido el cual se
verificará nuevamente el comportamiento observado. De no haberse superado en
forma satisfactoria, la
Dirección que controla el Servicio podrá aplicar una multa de acuerdo al siguiente cuadro,
pudiendo llegar a la rescisión del Servicio sin ningún tipo de reclamo judicial o extrajudicial
por parte del Contratista.
CONCEPTO OBSERVADO
PERÍODO TOLERANCIA
VALOR DE
Para recurrir observaciones
LA MULTA
1º
2º
Presencia de olores,
insectos y olores nauseabundos
en alrededores y dentro del
Vertedero......... ........................ 5 días....... 2 días .............. 10 a 50 UR/día
Presencia de focos ígneos. .. ....... 2 días......1 día.. ............ 20 a 100 UR/día
Presencia de voladuras
de elementos livianos .............. 5 días....... 2 días.. ...........
5 a 20 UR/día
Mal estado cerramiento del predio
5 a 50 UR/día
2 días...... 1 día .........
Mal estado funcional de equipos mecánicos
involucrados en el servicio ............. 5 días ........2 días......
5 a 100 UR/día
Inadecuado estado de transitabilidad
de accesos y/o caminos internos ... 5 días....... 2 días.......
10 a 80 UR/día
Por otros conceptos a observar
no comprendidos en los precedentes, se
establecerá la cantidad de días previstos para su solución, estableciéndose un máximo de
UR 50 de multa por evento o por día según corresponda.
Art. 13 - SANCIONES
13.1 Mora.
El contratista incurrirá en mora de pleno derecho, por solo incumplimiento de las
obligaciones contraídas y por el incumplimiento de los plazos establecidos, sin necesidad
de interpelación judicial o extrajudicial.
13.2 Casos especiales.
a.- El adjudicatario deberá ejecutar tareas excepcionales con todos los medios a su
alcance para superar situaciones extraordinarias que deriven de hechos de casos
fortuitos o fuerza mayor, tales como eventos naturales extraordinarios, inundaciones,
siniestros, con excepción de los derivados de incendios u otras contingencias acontecidos
dentro del predio.
b.- La Intendencia Departamental reconocerá los mayores costos que se produzcan, los
cuales no deberán superar las tarifas expresadas en los servicios licitados.
Art. 14 – DE LA MAQUINARIA
14.1 Listado de Vehículos.
El oferente deberá proporcionar el listado completo de los vehículos y equipos
que tendrá a disposición para cumplir con el servicio licitado.
14.2 Especificaciones técnicas de Maquinaria.
El oferente deberá adjuntar las especificaciones técnicas y detalladas de cada uno de
los vehículos y equipos mencionados en el párrafo anterior, como mínimo deberá contar
con:
CONCEPTO DE SERVICIO
EQUIPAMIENTO MÍNIMO
Vertedero “Cerro Pelado” ..............................
Un topador de bandas tipo D6
como mínimo (48hs semanales)
Una pala cargadora frontal de 2 m3 (mínimo 20hrs semanales)
Un camión de 7 m3 con volcadora de 1 eje (mínimo 20hrs semanales)
Vertedero “Cantera de De León ” .............................. Un topador de bandas frontal
tipo D6 D o similar (40 hrs semanales)
Una pala cargadora frontal de 2 m2 (20 hrs. semanales)
Un camión de 7 m3 con Volcadora de 1 eje (20 hrs.
semanales)
Vertedero “ La Alameda”.................... Un topador de bandas frontal Tipo D6D o
similar (20 hrs semanales)
Vertedero “Km. 113 ½ de Ruta 9 (Pan de Azúcar)......... Un topador de bandas
frontal Tipo D6D.o similar (12 hrs semanales)
Vertedero “Km. 5,100 de Ruta 37” ..................... Un topador de bandas frontal
Tipo D6D o similar (24 hrs. semanales)
Vertedero “Gregorio Aznárez”............... Una Topador de Bandas frontal Tipo
D6D o similar (12 hrs. semanales)
Punto Verde “El Tesoro”..................Una Pala Cargadora o similar de 1,5m3
(mínimo 20 hs semanales)
Un camión de 9 m3 (mínimo 15 hs
semanales.
Punto Verde “La Juanita”.......................Una Pala Cargadora o similar de 1,5 m3
(mínimo 20 hrs. semanales)
Un camión de 9 m3 (mínimo 15 hs
semanales)
Cantera Las Rosas disposición de tocoes y raíces se podrá solicitar, de acuerdo a la necesidad, el
pechado una o dos veces al mes.
Art. 15- COTIZACION DEL SERVICIO
15.1 Precios
15.2 Calificación de la Oferta
Se debe cotizar por el total del servicio de cada uno de estos items:
Item 1) a- Cerro Pelado (Municipio de Maldonado)
b- La Alameda (Municipio de San Carlos)
c- Cantera Las Rosas.
Item 2) a-Cantera De León (Municipio de San Carlos)
b-Punto Verde La Juanita (Municipio de Garzón)
c-Punto Verde de El Tesoro (Municipio de San Carlos)
Item 3) a-Vertedero del Kilómetro 113 y ½ de Ruta 9 (Municipio Pan de Azucar)
b-Vertedero del kilómetro 5.500 de Ruta 37 (Municipio de Piriápolis)
15.3 El precio sera en pesos uruguayos con IVA incluido mensualmente, si el IVA no viene
discriminado se tomará como que el mismo está incluido.
15.4 El precio ajustará por IPC cada seis meses.
Art. 16- DOCUMENTACION A PRESENTAR
La Intendencia Departamental evaluará la documentación presentada en sus aspectos
técnicos y económicos.
-Se valorará los antecedents y la idoneidad en el servicio licitado que tenga el oferente en
las distintas tareas involucradas en dicho servicio, como del personal a cargo de la
empresa.
-Se valorará la antiguedad en el servicio licitado.
-El menor precio ofertado por el servicio no será por sí solo condicionante para su
adjudicación.
16.1 Adjudicación total o parcial
La Intendencia Departamental se reserva el derecho de adjudicar total o parcialmente
los Items de acuerdo al mejor funcionamiento del servicio que aquí se licitan para los
intereses de la Administración, así como de rechazar las ofertas que no considere
convenientes a sus intereses .
Art.17 CLASIFICADORES
La Intendencia Departamental está realizando varios Planes con Clasificadores de
Vertederos, Circuitos Limpios y Tu envase Sirve, en conjunto con el MIDES, los cuales
accederán con autorización expresa de la Intendencia Departamental, a los diferentes
Vertederos.
De igual forma se procederá con futuros emprendimientos que oportunamente se
comunicarán.
La o las Empresas adjudicatarias deberán controlar el cumplimiento de las normas que la
Dirección General de Higiene y Medio Ambiente, ONG´s participantes y/o MIDES
establezcan para los Sres. y Sras. Clasificadores/as autorizados/as.
Art. 18 DISPOSICIONES ESPECIALES
La Intendencia Departamental se reserva el derecho de adjudicar a diferentes empresas ó
a una misma empresa todos los predios objeto de la presente licitación.
La Intendencia Departamental se reserve el derecho de rescindir el contrato resultante de
esta licitación en caso de incumplimiento reiterado de los términos del contrato sin derecho
a reclamo judicial o extra judicial por parte del adjudicatario.
Art. 19 PONDERACION
Precio
Antecedentes
Propuesta Operativa
Maquinaria

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