convocatoria a elecciones para el director de la carrera de derecho

Transcripción

convocatoria a elecciones para el director de la carrera de derecho
CONVOCATORIA A ELECCIONES PARA EL DIRECTOR DE LA CARRERA DE
DERECHO GESTION 2013 – 2015
El Consejo de Carrera de Derecho en fecha 10 de abril del presente, en uso de las atribuciones conferidas por
el Art. 148 Inc. n) del Estatuto Orgánico de la Universidad Mayor de San Simón, CONVOCA A
ELECIONES para el DIRECTOR DE LA CARRERA DE DERECHO que se sujeta a normas contenidas
en el Reglamento Electoral Universitario y las siguientes disposiciones.
DE LA FECHA DE ELECCIONES
Las elecciones se llevarán a efecto el día viernes 26 de abril del 2013 a partir de horas 08:00 a.m. y por 8
horas continuas de acuerdo al Art. 37 del Reglamento Electoral Universitario.
DE LOS REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS.
El candidato a DIRECTOR DE CARRERA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 150 del Estatuto
Orgánico de la Universidad Mayor de San Simón y el Art. 8 del Reglamento Electoral Universitario, debe
cumplir los siguientes requisitos.
a) Ser Docente con ejercicio de cátedra en la Carrera, con antigüedad no menor a dos años a contar
desde la fecha del respectivo nombramiento
b) No haber sido condenado por actividades violatorias a la autonomía universitaria.
c) No haber sido condenado a pena corporal mediante sentencia judicial ejecutoriada, salvo causales de
carácter político, ni tener pliego de cargo pendiente.
(Los presentes requisitos, fueron adecuados a la Resolución Rectoral que reconoce derechos políticos a todos
los docentes de la U.M.S.S.).
DE LA HABILITACION DE CANDIDATOS.
De conformidad con los artículos 58 del Reglamento Electoral Universitario las Autoridades en ejercicio
hasta el nivel de Jefes de Departamento, podrán habilitarse como candidatos renunciando con cinco días
hábiles de anticipación a la fecha de realización del acto electoral.
DE LOS DOCENTES CON DERECHO A VOTO
De acuerdo con el Art. 43 del Reglamento Electoral Universitario, “los claustros de carrera están
constituidos en cada carrera por todos los Docentes en Ejercicio”; con una antigüedad mínima de una
gestión como docente y encontrarse en funciones el momento de la emisión del voto de acuerdo a Resolución
02/97 de la VI Conferencia Extraordinaria de Universidades.
DE LOS ESTUDIANTES CON DERECHO A VOTO
De acuerdo con el Art. 43 del Reglamento Electoral Universitario, “los claustros de carrera están
constituidos en cada carrera por todos los Alumnos Regulares”; y por todos los estudiantes que estuvieran
dentro del año de conclusión de sus estudios.
DE LA VOTACION
a) El voto de los docentes será personal e individual y constituirá en 50% del total.
b) El voto de los estudiantes será también personal e individual y constituirá el 50% del total. El
Director de Carrera será elegido por simple mayoría y durará sus funciones 2 años calendario.
DE LA INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS
Las candidaturas que deseen intervenir en el Claustro, deberán inscribirse en Secretaria de la Carrera de
Derecho, hasta el día viernes 19 de abril 2013 a horas 18:00 p.m.
El libro de registros de los candidatos será cerrado a la hora indicada en presencia de los miembros del
Comité Electoral, quienes firmarán un Acta de Cierre conjuntamente con el Presidente.
DE LAS SANCIONES AL INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE VOTAR
Las personas que no cumplan con el sufragio serán pasibles a las siguientes sanciones:
a) Los Docentes con un descuento equivalente al 10% de su haber mensual.
b) Los alumnos con un recargo del 50% del monto oficialmente fijado para la matricula universitaria
del próximo periodo académico y en caso de estudiantes en situación de egreso, con un pago de un
monto de derecho por Diploma Académico equivalente al doble del oficialmente fijado.
DE LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO A LA FUNCION COMO JURADO ELECTORAL.
Todos los Docentes y Estudiantes tienen la obligación ineludible de ejercer las funciones de Jurado Electoral,
si son requeridos para el efecto. En caso de incumplimiento injustificado serán pasibles a las siguientes
sanciones.
a) Los docentes con un descuento por una sola vez de un monto correspondiente al 50% del haber que
perciben.
b) Los estudiantes con pago de matricula en la siguiente gestión académica de un monto adicional
equivalente al 50 % del oficialismo fijada.
Cochabamba, 11 de abril 2013
PRESIDENTE
HONORABLE CONSEJO DE CARRERA DE DERECHO

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