AUTORIZACIÓN DE USO Y OCUPACIÓN ¿En qué consiste
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AUTORIZACIÓN DE USO Y OCUPACIÓN ¿En qué consiste
AUTORIZACIÓN DE USO Y OCUPACIÓN ¿En qué consiste? Cuando el particular presenta el aviso de terminación de obra si la construcción se apegó a lo manifestado, la Delegación otorga la autorización de uso y ocupación, constituyéndose el propietario o poseedor desde ese momento en el responsable de la operación y mantenimiento de la construcción. El uso y ocupación es la última autorización que los interesados deben obtener para dar por concluido el trámite de manifestación de construcción tipo B o C ¿A quién está dirigido? Propietario o poseedor, Director Responsable de Obra y Corresponsables, en su caso. ¿Cuáles son las áreas de atención? Ventanilla Única Delegacional en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes Ver directorio ¿Cuáles son los requisitos? Formato de autorización de uso y ocupación (mismo que forma parte de la Manifestación de Construcción tipo B o C); 2 tantos del formato; Acuse de recibo del Aviso de Terminación de Obra, Acreditar la personalidad. 1.-Original y 2 copias de la Manifestación de Construcción. 2.- Copia de Identificación del interesado. 3.- En su caso carta poder. Nota: para realizar este trámite el interesado debe dar primero aviso de terminación de obra, para que conjuntamente se ingrese el trámite de uso y ocupación. ¿Cuál es el tiempo de respuesta o realización del servicio? 5 días hábiles, contados a partir de que se hubiere presentado el aviso de terminación de obra ¿Cuál es el costo? Gratuito ¿Cuál es el beneficio o resultado? Autorización de uso y ocupación ¿Dónde se reportan las quejas o sugerencias? HONESTEL 55 33 55 33 ¿Cuál es el procedimiento? 1.- Se recibe del usuario el formato y revisa que este llenado correctamente y que la documentación anexa esta completa. 2.- Se registra en el Libro de Gobierno y en el Sistema de Cómputo, emite acuse y anota fecha de respuesta. 3.- Se turna a la Unidad Administrativa Correspondiente, recibe y revisa el expediente, emite resolución y turna a la Ventanilla Única para su registro y seguimiento. 4.- Se recibe y registra resolución en Libro de Gobierno y Sistema de Cómputo y verifica del usuario lo siguiente: − Acuse de Recepción del Trámite − Identificación, carta poder y/o carta de autorización − Pago de derechos (En caso de existir). 5.- Se entrega resolución del trámite al usuario y solicita su firma en el acuse de recibo y en el Libro de Gobierno. 6.- Se recibe acuse de recibo, descarga en el Sistema de Cómputo y turna documentación a la Unidad Responsable que recibe la documentación y archiva.