AUTORIZACIÓN DE USO Y OCUPACIÓN ¿En qué consiste

Transcripción

AUTORIZACIÓN DE USO Y OCUPACIÓN ¿En qué consiste
AUTORIZACIÓN DE USO Y OCUPACIÓN
¿En qué consiste?
Cuando el particular presenta el aviso de terminación de obra si la construcción se apegó a lo
manifestado, la Delegación otorga la autorización de uso y ocupación, constituyéndose el
propietario o poseedor desde ese momento en el responsable de la operación y mantenimiento de
la construcción. El uso y ocupación es la última autorización que los interesados deben obtener
para dar por concluido el trámite de manifestación de construcción tipo B o C
¿A quién está dirigido?
Propietario o poseedor, Director Responsable de Obra y Corresponsables, en su caso.
¿Cuáles son las áreas de atención?
Ventanilla Única Delegacional en horario de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes
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¿Cuáles son los requisitos?
Formato de autorización de uso y ocupación (mismo que forma parte de la Manifestación de
Construcción tipo B o C); 2 tantos del formato; Acuse de recibo del Aviso de Terminación de Obra,
Acreditar la personalidad.
1.-Original y 2 copias de la Manifestación de Construcción.
2.- Copia de Identificación del interesado.
3.- En su caso carta poder.
Nota: para realizar este trámite el interesado debe dar primero aviso de terminación de obra, para
que conjuntamente se ingrese el trámite de uso y ocupación.
¿Cuál es el tiempo de respuesta o realización del servicio?
5 días hábiles, contados a partir de que se hubiere presentado el aviso de terminación de obra
¿Cuál es el costo?
Gratuito
¿Cuál es el beneficio o resultado?
Autorización de uso y ocupación
¿Dónde se reportan las quejas o sugerencias?
HONESTEL 55 33 55 33
¿Cuál es el procedimiento?
1.- Se recibe del usuario el formato y revisa que este llenado correctamente y que la
documentación anexa esta completa.
2.- Se registra en el Libro de Gobierno y en el Sistema de Cómputo, emite acuse y anota fecha de
respuesta.
3.- Se turna a la Unidad Administrativa Correspondiente, recibe y revisa el expediente, emite
resolución y turna a la Ventanilla Única para su registro y seguimiento.
4.- Se recibe y registra resolución en Libro de Gobierno y Sistema de Cómputo y verifica del
usuario lo siguiente:
− Acuse de Recepción del Trámite
− Identificación, carta poder y/o carta de autorización
− Pago de derechos (En caso de existir).
5.- Se entrega resolución del trámite al usuario y solicita su firma en el acuse de recibo y en el Libro
de Gobierno.
6.- Se recibe acuse de recibo, descarga en el Sistema de Cómputo y turna documentación a la
Unidad Responsable que recibe la documentación y archiva.

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