Documento Asociado - Miguel A. Monti Asoc.

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Documento Asociado - Miguel A. Monti Asoc.
Miguel A. Monti & Asoc.
Contadores Públicos
Auditoría
Costos
Impuestos
Sistemas
NOTAS Y RECORDATORIOS
INFORME Nº 2015-04
FACTURA ELECTRONICA PARA TODOS Y TODAS
La AFIP, mediante la publicación de su Resolución General 3749/2015, estableció la
obligación de la factura electrónica para todos los Responsables Inscriptos.
Todos los responsables inscriptos deberán emitir sus facturas de forma electrónica, excepto:
Las operaciones que deban hacerse mediante controlador fiscal.
Las ventas realizadas fuera del local que se facturen en un domicilio distinto.
Las facturas electrónicas deberán realizarse mediante las siguientes modalidades:
Por aplicativo.
Web Service.
Comprobantes en línea vía la página de AFIP.
Aunque la modalidad Comprobantes en línea no podrá ser utilizada por los responsables
inscriptos a partir del 01/07/2015.
A los consumidores finales se les deberá entregar una copia impresa del documento.
Quienes por las particularidades de la actividad, estén dificultados o impedidos de hacer sus
facturas de manera electrónica, deberán informarlo entre el 01/04/2015 y el 31/05/2015.
Los sujetos exentos en el Impuesto al Valor Agregado podrán optar por sumarse al régimen.
Determinados sujetos, independientemente de su condición, se encuentran obligados no sólo
a la emisión de facturas electrónicas, sino también a agregar determinados campos en la
misma. Como contrapartida, quedarán eximidos de presentar los regímenes de información
que se indican.
Prestadores de Medicina Prepaga.
Galerías de Arte.
Colegios y escuelas.
Personas que realicen arrendamientos rurales de inmuebles.
Operadores e intermediarios de hoteles, hostels, tiempo compartido, etc.
La obligación dispuesta por esta resolución será exigible a partir del 1 de Julio de 2015.
Es altamente probable que todos los responsables inscriptos deban adquirir
sistemas de facturación con web service, o tercerizar la emisión de sus facturas.
El Estudio le proveerá cualquiera de las dos alternativas, en breve les haremos
llegar las opciones.
Tenga en cuenta que este es un recordatorio genérico del tema y que si posee alguna duda o
desea una ampliación del mismo, puede comunicarse con el Estudio
Gral. Lucio Mansilla 4040 C1425BQF Capital 4834-6600 rotativas y fax
e-mail: [email protected]
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