JUICIO Y SENTENCIA POR DESPIDO DE UN COMPAÑERO 06-2012

Transcripción

JUICIO Y SENTENCIA POR DESPIDO DE UN COMPAÑERO 06-2012
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Trabajadores
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COMUNICADO
06-2012
09-04-2012
JUICIO Y SENTENCIA POR DESPIDO DE UN COMPAÑERO
El pasado miércoles 7 de marzo tuvo lugar el juicio del compañero del edificio de Diana(Madrid)
despedido injustamente por la empresa en octubre del año pasado. Sirva esta nota para informar a
los compañeros/as del desarrollo de dicho juicio y posterior sentencia.
La abogada de la defensa del trabajador alegó prescripción sobre la base de la Normativa Laboral de
Telefónica, indicando que la situación venía motivada por la elevada carga de trabajo, que se
mantuvo durante un largo periodo de tiempo, y que estas condiciones llevaron al trabajador a una
situación insoportable, incapaz de decir que no a las tareas encomendadas, que asumió con
responsabilidad y compromiso pleno. Esta situación, similar a lo que ocurre lamentable y
frecuentemente en todos los departamentos de comercial, provoca que cualquier trabajador/a,
sometido a esa presión, un día no aguante más y profiera cuatro palabras en tono alto…
En la vista quedó demostrado que la empresa conocía está situación desde hacía tiempo y que no
tomó ninguna medida de prevención, siendo por tanto el despido discriminatorio por el estado de
salud del trabajador, vulnerando el Art. 14 de la Constitución y el 26 de la Ley de Prevención de
Riesgos Laborales, por lo que pidió la nulidad de dicho despido.
La empresa se reafirmó en que el despido era procedente y llevó cuatro testigos (trabajadores fuera
de convenio) del centro de Diana. El testimonio de estos compañeros fue sin duda la parte más
dolorosa de la vista oral. Uno de estos testigos declaró, ante las preguntas de la abogada del
trabajador, que en los días previos a la vista había estado la abogada de la empresa reunida
con ellos “preparando” la vista… es decir, aleccionando a los testigos. Posteriormente hemos
conocido que la empresa había presionado a estos trabajadores para que fueran a declarar, que se
reunió con ellos en varias ocasiones antes del juicio, preparándolos con mentiras como que este
sindicato iba a denunciar a algún mando por mobbing, cuestión que es absolutamente falsa como se
puede comprobar por el desarrollo del proceso, ya que no existe tal denuncia…
Todo esto demuestra una vez más como actúa la empresa, que no duda en mentir, manipular,
intimidar y saltarse la legalidad para conseguir sus propósitos (que en este caso era despedir a un
compañero) debería hacernos ver en qué lado estamos, y que cualquier día podemos ser nosotros el
objetivo de la empresa.
A favor del compañero despedido testificaron un trabajador, valiente y honesto, y el actual
Presidente del Comité de Empresa Álvaro Barreiro (que fue reconocido sin ninguna traba como
tal). Por supuesto, fue aceptado el Pliego de Descargo que realizó en el mes de agosto el Comité de
Empresa donde se defiende al trabajador con argumentos concretos y no con un simple escrito
genérico (como ocurría en la legislatura pasada).
Terminó la vista con la intervención del Ministerio Fiscal, que se presentó en el juicio porque
consideraba que en este caso se vulneraban Derechos Fundamentales. La Fiscal tuvo una
intervención contundente a favor del trabajador descalificando con argumentos firmes tanto los
testimonios de los testigos de la empresa como las acusaciones vertidas en la carta de
despido, dando credibilidad al testimonio del Presidente del Comité de Empresa y al Pliego de
Descargo realizado por éste. Destacó que previamente el trabajador había puesto en conocimiento
de la empresa y del Comité su estado de salud derivado de la carga de trabajo y resaltó la dejación
de funciones por parte de la empresa al no haber tomado las debidas medidas de prevención
a las que estaba obligada según el Art. 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, por lo que
entendió que en este despido se estaba vulnerando el artículo 14 de la Constitución. Concluyó la
fiscalía pidiendo también la nulidad del despido.
La sentencia ha salido considerando el despido como IMPROCEDENTE. El testimonio de los testigos
llamados por la empresa ha favorecido este resultado, ya que sin estos “testigos” (alguno de ellos ni
estuvo el día de los hechos) la empresa no tenía nada para poderle despedir. Esta sentencia se va a
recurrir ante la instancia superior, vamos a luchar: por el despido NULO y que el compañero vuelva a
estar en su puesto de trabajo.
Después de esta sentencia y ya que según nuestras informaciones la empresa presionó a los
testigos, hacemos un llamamiento a estos compañeros para que denuncien públicamente esta
actuación empresarial, si es que les ha presionado y mentido. Aún están a tiempo de ayudar a
un compañero que a día de hoy está despedido, aunque el juzgado haya dicho que ese
despido no es justo.
Por tanto, después de valorar cómo se desarrolló la vista del juicio y conocida la sentencia, nos
reafirmamos en:
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Que es un despido absolutamente injusto y que el compañero tiene que volver a su puesto de
trabajo.
Vamos a realizar una propuesta al Comité de Empresa de Madrid y al Comité Intercentros para
que, en cumplimiento de la propia Sentencia que da esa posibilidad a la empresa, esta OPTE
POR LA READMISIÓN en lugar de la indemnización. Recordad que esta fue una propuesta en la
plataforma del Convenio Colectivo que “En caso de despido improcedente, la opción de la
readmisión sea siempre del trabajador y no de la empresa”.
Que se echó en falta una recogida de firmas en el centro de trabajo en apoyo del compañero para
presentarlas en el juicio, y contrarrestar los posibles testimonios a favor de la empresa. Se nos
pidió por parte de un delegado sindical de otra organización que no hiciéramos tal recogida de
firmas porque “eso podía entorpecer la negociación con la empresa”. Compañeros y compañeras:
estas cuestiones hay que enfrentarlas con firmeza y claridad; todo lo demás son cantos al sol que
en nada ayudan a los trabajadores/as.
Que es fundamental que la representación de los trabajadores esté en cualquier situación y en
todo momento apoyando y trabajando a favor de éstos, tanto con escritos como con la presencia
física. En ese sentido, el actual Presidente del Comité, como viene siendo habitual, fue a declarar
en defensa del trabajador, siendo reconocido como tal por la Juez.
Es absolutamente incomprensible y rechazable que cualquier trabajador se presente en un juicio
a testificar ayudando a la empresa para intentar despedir a un compañero. ESTO NO SE PUEDE
HACER, HAY QUE TENER UN MÍNIMO DE CONCIENCIA, SABER A QUÉ LADO SE
PERTENECE.
No hay excusas para que un trabajador colabore con la empresa para despedir a un compañero,
y por supuesto, nadie está obligado a acudir como testigo, sólo hay obligación legal cuando es
el juez el que cita a tal efecto.
¡LA ÚNICA LUCHA QUE SE PIERDE ES LA QUE SE ABANDONA!
y además: ¡¡ÁLVARO, READMISIÓN YA ¡!

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