JUICIO Y SENTENCIA POR DESPIDO DE UN COMPAÑERO 06-2012
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JUICIO Y SENTENCIA POR DESPIDO DE UN COMPAÑERO 06-2012
Alternativa Sindical de Trabajadores C/ Gran Vía, nº 40 – 5º 1ª, 28013 Madrid Tfno.: 915271808, Fax: 915273793 www.sindicatoAST.org [email protected] COMUNICADO 06-2012 09-04-2012 JUICIO Y SENTENCIA POR DESPIDO DE UN COMPAÑERO El pasado miércoles 7 de marzo tuvo lugar el juicio del compañero del edificio de Diana(Madrid) despedido injustamente por la empresa en octubre del año pasado. Sirva esta nota para informar a los compañeros/as del desarrollo de dicho juicio y posterior sentencia. La abogada de la defensa del trabajador alegó prescripción sobre la base de la Normativa Laboral de Telefónica, indicando que la situación venía motivada por la elevada carga de trabajo, que se mantuvo durante un largo periodo de tiempo, y que estas condiciones llevaron al trabajador a una situación insoportable, incapaz de decir que no a las tareas encomendadas, que asumió con responsabilidad y compromiso pleno. Esta situación, similar a lo que ocurre lamentable y frecuentemente en todos los departamentos de comercial, provoca que cualquier trabajador/a, sometido a esa presión, un día no aguante más y profiera cuatro palabras en tono alto… En la vista quedó demostrado que la empresa conocía está situación desde hacía tiempo y que no tomó ninguna medida de prevención, siendo por tanto el despido discriminatorio por el estado de salud del trabajador, vulnerando el Art. 14 de la Constitución y el 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, por lo que pidió la nulidad de dicho despido. La empresa se reafirmó en que el despido era procedente y llevó cuatro testigos (trabajadores fuera de convenio) del centro de Diana. El testimonio de estos compañeros fue sin duda la parte más dolorosa de la vista oral. Uno de estos testigos declaró, ante las preguntas de la abogada del trabajador, que en los días previos a la vista había estado la abogada de la empresa reunida con ellos “preparando” la vista… es decir, aleccionando a los testigos. Posteriormente hemos conocido que la empresa había presionado a estos trabajadores para que fueran a declarar, que se reunió con ellos en varias ocasiones antes del juicio, preparándolos con mentiras como que este sindicato iba a denunciar a algún mando por mobbing, cuestión que es absolutamente falsa como se puede comprobar por el desarrollo del proceso, ya que no existe tal denuncia… Todo esto demuestra una vez más como actúa la empresa, que no duda en mentir, manipular, intimidar y saltarse la legalidad para conseguir sus propósitos (que en este caso era despedir a un compañero) debería hacernos ver en qué lado estamos, y que cualquier día podemos ser nosotros el objetivo de la empresa. A favor del compañero despedido testificaron un trabajador, valiente y honesto, y el actual Presidente del Comité de Empresa Álvaro Barreiro (que fue reconocido sin ninguna traba como tal). Por supuesto, fue aceptado el Pliego de Descargo que realizó en el mes de agosto el Comité de Empresa donde se defiende al trabajador con argumentos concretos y no con un simple escrito genérico (como ocurría en la legislatura pasada). Terminó la vista con la intervención del Ministerio Fiscal, que se presentó en el juicio porque consideraba que en este caso se vulneraban Derechos Fundamentales. La Fiscal tuvo una intervención contundente a favor del trabajador descalificando con argumentos firmes tanto los testimonios de los testigos de la empresa como las acusaciones vertidas en la carta de despido, dando credibilidad al testimonio del Presidente del Comité de Empresa y al Pliego de Descargo realizado por éste. Destacó que previamente el trabajador había puesto en conocimiento de la empresa y del Comité su estado de salud derivado de la carga de trabajo y resaltó la dejación de funciones por parte de la empresa al no haber tomado las debidas medidas de prevención a las que estaba obligada según el Art. 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, por lo que entendió que en este despido se estaba vulnerando el artículo 14 de la Constitución. Concluyó la fiscalía pidiendo también la nulidad del despido. La sentencia ha salido considerando el despido como IMPROCEDENTE. El testimonio de los testigos llamados por la empresa ha favorecido este resultado, ya que sin estos “testigos” (alguno de ellos ni estuvo el día de los hechos) la empresa no tenía nada para poderle despedir. Esta sentencia se va a recurrir ante la instancia superior, vamos a luchar: por el despido NULO y que el compañero vuelva a estar en su puesto de trabajo. Después de esta sentencia y ya que según nuestras informaciones la empresa presionó a los testigos, hacemos un llamamiento a estos compañeros para que denuncien públicamente esta actuación empresarial, si es que les ha presionado y mentido. Aún están a tiempo de ayudar a un compañero que a día de hoy está despedido, aunque el juzgado haya dicho que ese despido no es justo. Por tanto, después de valorar cómo se desarrolló la vista del juicio y conocida la sentencia, nos reafirmamos en: • • • • • Que es un despido absolutamente injusto y que el compañero tiene que volver a su puesto de trabajo. Vamos a realizar una propuesta al Comité de Empresa de Madrid y al Comité Intercentros para que, en cumplimiento de la propia Sentencia que da esa posibilidad a la empresa, esta OPTE POR LA READMISIÓN en lugar de la indemnización. Recordad que esta fue una propuesta en la plataforma del Convenio Colectivo que “En caso de despido improcedente, la opción de la readmisión sea siempre del trabajador y no de la empresa”. Que se echó en falta una recogida de firmas en el centro de trabajo en apoyo del compañero para presentarlas en el juicio, y contrarrestar los posibles testimonios a favor de la empresa. Se nos pidió por parte de un delegado sindical de otra organización que no hiciéramos tal recogida de firmas porque “eso podía entorpecer la negociación con la empresa”. Compañeros y compañeras: estas cuestiones hay que enfrentarlas con firmeza y claridad; todo lo demás son cantos al sol que en nada ayudan a los trabajadores/as. Que es fundamental que la representación de los trabajadores esté en cualquier situación y en todo momento apoyando y trabajando a favor de éstos, tanto con escritos como con la presencia física. En ese sentido, el actual Presidente del Comité, como viene siendo habitual, fue a declarar en defensa del trabajador, siendo reconocido como tal por la Juez. Es absolutamente incomprensible y rechazable que cualquier trabajador se presente en un juicio a testificar ayudando a la empresa para intentar despedir a un compañero. ESTO NO SE PUEDE HACER, HAY QUE TENER UN MÍNIMO DE CONCIENCIA, SABER A QUÉ LADO SE PERTENECE. No hay excusas para que un trabajador colabore con la empresa para despedir a un compañero, y por supuesto, nadie está obligado a acudir como testigo, sólo hay obligación legal cuando es el juez el que cita a tal efecto. ¡LA ÚNICA LUCHA QUE SE PIERDE ES LA QUE SE ABANDONA! y además: ¡¡ÁLVARO, READMISIÓN YA ¡!