Patronato de Deportes de Selgua c/Calvario 11 22400

Transcripción

Patronato de Deportes de Selgua c/Calvario 11 22400
Patronato de Deportes de Selgua
c/Calvario 11
22400-SELGUA
TF. FAX 974 40 48 94
BASES PARA CUBRIR DOSPLAZAS DE PEON
EN LAS PISCINAS MUNICIPALES DE SELGUA
1ª.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Es objeto de esta Convocatoria el cubrir, DOS plazas de peón en las Piscinas
Municipales de Monzón mediante concurso de méritos.
El Patronato Municipal de Deportes, efectuará la contratación laboral, cuyo
periodo de duración expirará una vez finalizada la temporada de las Piscinas Municipales
correspondiente al año 2006. El contrato laboral será, de duración determinada, a
jornada completa, de lunes a domingo, con un día de descanso semanal.
2ª.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Los aspirantes a esta Convocatoria, deberán reunir los siguientes requisitos
generales:
a).- Ser español o pertenecer a un país de la Unión Europea, o extranjero según
lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero.
b).- Tener cumplidos los 18 años de edad.
c).- Estar en posesión, como mínimo, del Certificado de Escolaridad.
d).- Saber nadar.
e).- No haber sido separado/a por resolución de expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado/a por
sentencia judicial para el ejercicio de las funciones públicas.
f).- No padecer enfermedad ni defecto físico que le impida el normal desempeño
de las funciones que corresponde a la plaza convocada.
g).- No hallarse inmerso en ninguno de los supuestos de incapacidad o
incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
h).- Incorporación inmediata al puesto de trabajo que se convoca.
3ª.- SOLICITUDES.
Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en las que los aspirantes
deberán declarar bajo su responsabilidad que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos en la Base 2ª, se dirigirán al Sr. Presidente del Patronato Municipal de Deportes
de Monzón y deberán presentarse en las oficinas sitas en calle Calvario número 11
(Pabellón Polideportivo) expirando el plazo para ello el día 5 de Mayo de 2006, a las 14
horas.
A la instancia se acompañará:
a).- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
b).- Documentación original o compulsada justificativa de los títulos alegados por
el aspirante.
No se admitirá ninguna documentación que se presente con posterioridad a la
finalización del plazo de presentación de instancias.
4ª.- ADMISION DE LOS ASPIRANTES.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Presidente del Patronato
Municipal de Deportes, dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y
excluidos, con la correspondiente puntuación de méritos.
La Resolución se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y del
Pabellón Municipal de Deportes, concediéndose un plazo de 10 días naturales, a efectos
de subsanación de errores y reclamaciones.
En el supuesto de que no existieran reclamaciones, esta Resolución se
entenderá elevada a definitiva, sin necesidad de nueva publicación.
5ª.- TRIBUNAL.
El Tribunal calificador estará formado por los siguientes miembros:
Presidente.- El del Patronato Municipal de Deportes de Monzón o
Concejal en quien delegue.
Vocales.- Dos Técnicos del Patronato Municipal de Deportes de Monzón, actuando uno
de ellos como Secretario.
Un Técnico de la Brigada de Servicios del Excmo. Ayuntamiento de Monzón.
Patronato de Deportes de Selgua
c/Calvario 11
22400-SELGUA
TF. FAX 974 40 48 94
Un representante del Comité de Empresa del personal laboral del Excmo.
Ayuntamiento de Monzón.
Todos los miembros del Tribunal deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al
exigido en la plaza convocada.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, al menos, de la mitad
más uno de sus miembros.
Los miembros del Tribunal podrán ser recusados por los aspirantes cuando
concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92 de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
6º.- FASE DE SELECCIÓN.
Los méritos de los participantes se computarán con arreglo al siguiente baremo:
1.- Se valorará la experiencia laboral, a razón de 0,1 puntos por mes trabajado
en la categoría laboral de peón. En el caso de que dicha experiencia se haya producido
en puestos de trabajo directamente relacionados con el mantenimiento y/o control de
accesos en piscinas la valoración será de 0,3 puntos por mes trabajado.
Los méritos se valoran una sola vez, con el baremo que otorgue al aspirante mayor
puntuación.
En caso de experiencia laboral en categorías superiores a las de peon (
como maximo oficial de 1ª), las puntuaciones a considerar serán el 75% de las
arriba mencionadas.
Solo se tendrán en cuenta los méritos justificados documentalmente (contratos
y/o nóminas).
2.- Por títulos académicos con contenidos relacionados con el mantenimiento de
instalaciones deportivas:
FORMACION PROFESIONAL 2 PUNTOS
DIPLOMATURAS
3 PUNTOS
LICENCIATURAS
4 PUNTOS
3.- Por Cursos impartidos por Organismos Oficiales, con un mínimo de 10 horas
lectivas, relacionados con las funciones a realizar: 0,25 puntos por curso. Los cursos
sólo se podrán justificar mediante fotocopia compulsada del título en que conste
Organismo que lo expide, número de horas y materia del curso.
Será responsabilidad del Tribunal Calificador la decisión de aceptar o no los
cursos en función de su contenido y duración.
7ª.- NOMBRAMIENTO.
Concluida la prueba, el Tribunal formulará propuesta de nombramiento a favor de
los DOSaspirantes que la hayan superado con más alta puntuación. No pudiendo
nombrarse más aspirantes que el número de plazas convocadas.
Si alguno de los aspirantes seleccionados renunciase o no tomase posesión de
la plaza, el Tribunal formulará propuesta a favor del siguiente candidato por orden de
puntuación descendente, siempre y cuando haya resultado aprobado.
No obstante lo establecido en el apartado anterior, con todos los opositores que
hayan superado las pruebas selectivas se formará una relación por el orden de
puntuación obtenido, en virtud de la cual, el Presidente del Patronato Municipal de
Deportes de Monzón podrá dictar resolución seleccionando al primer clasificado de la
misma con el fin de proveer las vacantes que se pudieran producir a partir de ese
momento en el Patronato Municipal de Deportes y durante la temporada de trabajo
exclusivamente a la que se refieren las presentes bases.

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