TRAMITACION AMBIENTAL

Transcripción

TRAMITACION AMBIENTAL
(
Proyecto de mejora de la margen derecha del río Nalón en Rioseco y restauración de la
riega Limueria en Soto de Agues. T.M. Sobreescobio (Asturias)
TRAMITACION AMBIENTAL
•
Anejo n° 8 Tramitación ambiental.
Proyecto de mejora de la margen derecha del río Nalón en Rioseco y restauración
de la riega Limueria en Soto de Agues.
El presente
cumplimiento
aprueba
documento,
denominado
Tramitación
Ambiental,
se realiza en
del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se
el texto refundido de la Ley de Evaluación
de Impacto Ambiental
de
proyectos,
en el que se recoge la necesidad de llevar a cabo una tramitación
ambiental
para determinado
tramitación
tipo de Proyectos.
El desarrollo de la mencionada
difiere en función del Anexo del Real Decreto Legislativo en el que se
incluya el Proyecto a evaluar.
El presente proyecto de restauración no está incluido en el Anexo I ni en el Anexo
" del citado Real Decreto, pero puede afectar directa o indirectamente
(
a la Red
Natura 2000.
En el Artículo 16.2 del R.D.L. se recoge que:
"1. La persona física o jurídica, pública o privada, que se proponga realizar un
proyecto de los comprendidos en el anexo 11,o un proyecto no incluido en el anexo I
y que pueda afectar directa o indirectamente a la Red Natura 2000, solicitará del
órgano ambiental que se pronuncie sobre la necesidad o no de que dicho proyecto
se someta a evaluación de impacto ambiental. Dicha solicitud irá acompañada de un
documento ambiental del proyecto con, al menos, el siguiente contenido:
a) Definición, características y ubicación del proyecto.
I
.'
b) Las principales alternativas estudiadas.
c) Un análisis de impactos potenciales en el medio ambiente.
d) Las medidas preventivas, correctoras
o compensatorias
para la adecuada
protección del medio ambiente.
e) La forma de realizar el seguimiento
indicaciones
y medidas
protectoras
y correctoras
ambiental. "
Anejo n° 8 Tramitación ambiental
que garantice el cumplimiento
Pág. 1
contenidas
de las
en el documento
Proyecto de mejora de la margen derecha del río Nalón en Rioseco y restauración
de la riega Limueria en Soto de Agues.
(
En los proyectos que deban ser autorizados por la Administración
Estado, la solicitud y la documentación
sustantivo.
documentos,
El órgano
sustantivo,
anterior se presentarán
una vez mostrada
General del
ante el órgano
su conformidad
con los
los enviará al órgano ambiental al objeto de que éste se pronuncie
sobre la necesidad o no de iniciar el trámite de evaluación de impacto ambiental.
En el ámbito de la Administración General del Estado, corresponderá al órgano
ambiental (Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio de
Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente) pronunciarse en el plazo de tres meses
a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud y la documentación.
El Proyecto se encuentra ubicado dentro de los límites del espacio protegido
correspondiente
a la Red Natura 2000 (Lugar de Importancia Comunitaria L1C ES
1200008 REDES).
Natura 2000 es una red ecológica europea de áreas de conservación
de la
biodiversidad. Consta de Zonas Especiales de Conservación designadas de acuerdo
con la Directiva Hábitat, así como de Zonas de Especial Protección para las Aves
establecidas en virtud de la Directiva Aves.
Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los
hábitats
más amenazados
de Europa, contribuyendo
a detener
la pérdida de
biodiversidad ocasionada por el impacto adverso de las actividades humanas. Es el
principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.
En el presente documento se describe el proyecto y se realiza un diagnóstico
territorial y del medio de la zona de estudio. Con ello, se analizan las interacciones
entre ambos y se identifican los principales impactos, para que mediante las medidas
protectoras, correctoras o compensatorias necesarias, se anulen o minimicen hasta
un grado de aceptación compatible con el medio ambiente. Finalmente, se redacta
un programa de seguimiento ambiental que garantice el cumplimiento de las medidas
correctoras durante la ejecución de las obras y previo al inicio de las mismas.
Anejo n° 8 Tramitación ambiental
Pág. 2

Documentos relacionados