D. ELOY VELASCO NUÑEZ JUEZ, JUZGADO CENTRAL

Transcripción

D. ELOY VELASCO NUÑEZ JUEZ, JUZGADO CENTRAL
D. ELOY VELASCO NUÑEZ
JUEZ, JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN Nº 6 DE LA AUDIENCIA
NACIONAL
Catorce países en el mundo tienen mayor PIB, que el que mueve el crimen
organizado. He traído las cifras de blanqueo de capitales, de tráfico de drogas, que
preocupa especialmente en este país, que es el país más consumidor de drogas del
mundo.
Pero por enlazar con las preocupaciones del comandante Salom, que a mi también,
por lo menos las mías, van exactamente por el mismo camino. También he traído los
datos del informalismo delictivo en materia de delincuencia informática. Fijaros, el robo
de datos que quizás mucha gente no sabría ni donde ubicar, pero lógicamente en el
código penal. Y desde luego, José Manuel discrepo de ti. No hay cosa mas íntima que
conocer el nombre y el apellido de una persona, y el password y la contraseña
informática o bancaria de una persona. Eso es mas íntimo que muchas cosas.
Confundir la intimidad con la sexualidad, con la parte solamente de los datos de la vida
sexual de una persona en el siglo XXI, creo que tenemos que entender lo que
queremos. Intimidad es lo que quiero proteger del conocimiento del resto de las
personas y que escondo en mi ordenador, y por lo tanto el robo a través de método
informáticos de mi “pin”, de mi contraseña, tiene que ser un 197 de Código Penal.
[Comentario de la mesa: Estoy de acuerdo contigo, perdona, pero eso va en contra en
la doctrina hoy vigente del Constitucional cambiando al Supremo]
El robo de datos, fijaros, mueve 100.000 millones de dólares al año, estamos hablando
de datos bancarios exclusivamente. Luego se roban a través de los datos que figuran
para poder jugar en determinados juegos en Internet. Son 205 millones de dólares al
día, es decir, estamos hablando de unas cantidades verdaderamente importantes que
no se si son alegales o ilegales pero que nos interesan a los que estamos
preocupados de la protección social, porque ahí entronco con mi maestro, él lo sabe,
en el tema de si internet es además del Sahel y de Etiopía, y de donde están esos
llamados territorios sin Estado, sin Internet vamos a consentir que sea o que siga
siendo el siguiente territorio sin estado. Y entronco con las dos preocupaciones que el
Comandante y Manuel habéis tenido, que a mi también me preocupan, de
perseguibilidad o de procedibilidad por que al margen de los problemas de tipos
penales. Esto es un caballo de batalla.
Yo hice la tesis doctoral precisamente sobre los aspectos procesales de la
delincuencia informática, y ahí intenté encontrar un tipo de solución. Problemas
principales, uno lo ha establecido muy bien el comandante Salom, es la fragmentación
de la acción penal. Las delincuencias organizadas están realizando, fragmentando las
partes de la acción penal.
Efectivamente existen grupos de hackers que exclusivamente
exclusivamente a robar datos y los ponen a la venta en Internet.
se
dedican
Pero no construyen tarjetas ni defraudan en Internet, eso lo hacen los siguientes, que
son grupos especializados de delincuencia organizada que se dedican exclusivamente
a montar las tarjetas con esos datos falsos, o a hacer las defraudaciones. Y en tercer
lugar están los pasadores que son los que van ya al campo real y compran o
adquieren con esas tarjetas falsificadas por los anteriores, con los datos de los
anteriores que realizan la defraudación. Luego están “las mulas” o los que blanquean
ese dinero.
Desde un punto de vista, yo lo entiendo desde la perspectiva del abogado de la
defensa. El abogado de la defensa siempre va a intentar fragmentar las penas, pero la
contraconstrucción procesal o penal para el futuro, para mi, pasa por la creación de
tipos de asimilación que perfectamente está haciendo ahora el legislador. En la estafa
ya se dice que el que cree programas de software para poder estafar, es un estafador
más, y en el nuevo tipo penal del 399 bis de falsificación de tarjetas dice: “él que cree
software para poder falsificar, es falsificador”, por lo tanto, ya hay una corrección para
luchar contra la fragmentación de la acción penal por los tipos (designación). Y luego,
yo creo también, podríamos utilizar la extensión del concepto pactum ex coelis para
comunicar el dolo de las partes a todo el conjunto de la fragmentación delictiva. Pero
doy como solución para intentar ver como poder salir a estos problemas que generan.
Y el otro problema importante ya lo ha respondido el propio Manuel, está en el tema de
la ficción de la propia soberanía. El propio Tribunal Supremo en un acuerdo no
jurisdiccional, o jurisdiccional, no lo se, de 2005, creó una cosa maravillosa desde el
punto de vista de la competencia que es el principio de la ubicuidad. Es, yo creo, el
principio de la ubicuidad que ya está consagrado por un acuerdo del Tribunal Supremo
en que nos permite a jueces, sectorialmente o parcialmente territoriales, en esa
fragmentación de la acción penal, que además es transnacional, y que por lo tanto el
robo de datos se produce en Ucrania, el montaje de la tarjeta que luego se circula, se
produce en otro país, y el perjuicio económico en España. Aunque el porcentaje de
producción del delito territorialmente en España sea menor, hace a España
competente.
Y por ahí voy hacía fórmulas que, lamentablemente, el Comandante Salom el otro día
no pudo poner en marcha porque algún juez no le estimó su teoría. Y yo esto de
acuerdo con la teoría del comandante Salom, de que si sectorialmente por el principio
de ubicuidad somos parcialmente y territorialmente competentes, podemos hacer
rastreos informáticos que entren en territorio físico del extranjero. Siempre que haya
un punto de conexión con los intereses nacionales. El ejemplo al que me estoy
refiriendo, es que una muy importante empresa española estaba siendo monitorizada
para cometer fraude por Internet en otro país extranjero, en una página web de una
empresa que ni sabían que había una “botnet” encima de ella, y por lo tanto el juez
español al que le planteó el comandante Salom desde España intentar conseguir,
porque se puede tecnológicamente los datos, las señas IP a través del rastreo
tecnológico desde España. Para poder saber de donde procedía realmente el ataque
suplantado en esa página web que estaba en Polonia, el juez le dijo que eso invadía la
soberanía polaca, y aunque estaban afectados intereses españoles, no se consideró
competente, y eso entronca con una concepción muy, para mi, anticuada ya de lo que
es la territorialidad que en la lucha de la delincuencia europea no funciona.

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