Destacan en este número tres temas. El primero de ellos hace

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Destacan en este número tres temas. El primero de ellos hace
nº 454 / 1 marzo 2015
correspondencia:
[email protected]
Destacan en este número tres temas. El primero
de ellos hace referencia a los últimos trabajos sobre el uso de células reprogramadas pluripotenciales con finalidad clínica.
También se comenta el nacimiento del primer
niño de una mujer a la que se le había trasplantado un útero con, al
parecer, resultados positivos.
Finalmente, se hace
referencia a una novedosa noticia de última
hora, difundida por
algunos medios de comunicación, en la que
se comunica que un
doctor italiano propone la posibilidad de realizar
trasplantes de cuerpo entero. Desde un punto de
vista ético nos parece inaceptable difundir noticias que no tengan una evidencia médica objetiva de que puedan llevarse a cabo, especialmente
cuando lo propuesto no tiene un soporte técnico
demostrable.
4. Nace el primer niño tras un trasplante de útero
5. Algunos aspectos éticos y médicos sobre la
sedación paliativa
6. Las victimas olvidadas de la violencia sexual:
los niños nacidos de la guerra
7. El aborto en África
1. En el Partido Popular español solo caben los
abortistas
2. ¿Se puede hacer algo para disminuir el número de suicidios?
3. Embarazos múltiples en la reproducción asistida
4. Aumentan los embarazos múltiples
5. Se utiliza la reducción embrionaria en embarazos gemelares
6. El plagio en la investigación científica
7. La defensa de la homosexualidad parece prioritaria en el programa político de Obama
1. Células adultas reprogramadas. Nuevos avances
2. Maraña biológica, legal y familiar en el Reino
Unido
3. Se utilizan células de retina derivadas de células
madre embrionarias para tratar la degeneración
macular de la retina
8. Nuevo efecto secundario negativo de la fecundación in vitro
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En un reciente trabajo (Nature 516,172-173, 11 diciembre 2014) Wu e Izpisua evalúan los sistemas de
reprogramación de células somáticas adultas a partir
de cinco estudios recientes.
En el primero de ellos (Nature 516; 192-197,
2014) se comenta un nuevo proceso de reprogramación que ha dado lugar a un nuevo tipo de células
pluripotenciales reprogramadas, que han denominado células F.
Estas células, identificadas por Tonge y colaboradores en el referido trabajo, se producen cuando los
factores de reprogramación no son silenciados por
otros factores que se expresan en las células huéspedes una vez que la pluripotencialidad se ha alcanzado.
Una característica muy importante de las células
F es que se pueden producir a gran escala, lo que
es muy favorable para su posible aplicación clínica
en la medicina regenerativa y reparadora, aunque su
uso también puede tener dificultades, pues pueden
ser portadoras de mutaciones hasta ahora no bien
controladas. De todas formas, se está tratando de solucionar este problema.
Indudablemente estos estudios, además de su indudable repercusión científica, tienen un gran interés ético, pues no hay que olvidar que las células
reprogramadas, especialmente las iPs, ofrecen grandes posibilidades terapéuticas sin ningún problema
ético.
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Por primera vez un soltero acude a la subrogación
y es padre de un bebé que es su hijo y su hermano
a la vez.
Miles, nacido hace 8 meses, concebido por fecundación in vitro, fecundado un óvulo de una donante
desconocida con esperma de Kyle Casson. El embrión, así fecundado, se implantó en la madre de
Kyle, que actuó como madre subrogada. Por lo cual Miles fue dado a
luz por su abuela.
El periódico inglés, The Telegraph
del 7 de marzo, afirma, “La madre de
un hombre gay, Anne-Marie Casson,
de 46 años, ha dicho cómo dio a luz
a su bebé después de un embarazo
subrogado, por lo cual Kyle Casson, su hijo, se ha transformado en el
primer hombre soltero que tiene un
hijo a través de subrogación en el Reino Unido y el
primero en utilizar a su propia madre como sustituta. Hablando públicamente por primera vez, Casson
de 27 años, que trabaja en un supermercado, dijo:
“entiendo que no todo el mundo esté de acuerdo
conmigo. Pero tengo un hijo y estoy muy contento.
Mientras las personas tengan medios económicos,
no veo por qué negar el derecho a ser padre a cualquier persona, independientemente de su tendencia
sexual, siempre y cuando se pueda sustentar al niño,
no veo cuál es el problema. Yo pagué por ello, no
es dinero de los contribuyentes, soy dueño de mi
propia casa y voy a volver a trabajar.”
El artículo continúa analizando los aspectos legales del caso y afirma, “No es ilegal para padres
solteros llegar a un acuerdo de subrogación, pero la
ley les impide adoptarlos como hijos
o incluso les niega el permiso legal
para criarlos en el Reino Unido.”
Sin embargo, el Tribunal inglés no
lo entendió así y sancionó la adopción solicitada por el padre biológico, respeto a lo cual el artículo manifiesta, “En un fallo del Tribunal
Superior dictado la semana pasada,
la jueza Theis dijo que bajo la Ley de
Fertilización humana y Embriología
del 2008, la cual rige los acuerdos de subrogación,
la mujer que dio a luz al niño es la madre legal, su
esposo es el padre, porque consintió el embarazo, y
ambos son mencionados en el certificado de nacimiento de Miles.”
El artículo señala otra dificultad legal, manifestando que “La ley estipula que una madre sustituta
debe entregar un niño a dos padres ‘en una relación
familiar perdurable’. Bajo la ley mencionada es un
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crimen entregar el bebé al padre biológico soltero.”
Pero el juez dictaminó, ‘que la adopción no violaba la ley porque el bebé y su padre estaban legalmente relacionados como hermanos’.”
Por fin se refiere el autor, a los muchos “críticos
que han calificado la sentencia del juez Theis como
‘dudosa’ y pidieron reformas urgentes para prevenir
los abusos de la ley de fertilidad.”
Sin entrar en los aspectos legales, consideramos
que los derechos del niño y su dignidad quedan
afectados por la sentencia, que lo priva de ser cria-
do por un padre y una madre dentro de un ámbito
familiar, único que permite un adecuado desarrollo
de la persona.
Por otra parte, nos parece que la identidad del niño
como persona se puede ver gravemente afectada
al impedirle conocer quién es su madre biológica,
por lo que la ley lo condena a ser un huérfano de
por vida, sin mencionar la confusión a que queda
expuesto Miles, entre los roles de padre-hermano,
abuela-madre, abuelo-padre, madre biológica y subrogada, etc.
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El pasado 7 de febrero se publicó un artículo en
The Lancet (385; 509, 2015)) en el que se comunicaban los resultados del tratamiento de 18 pacientes
con degeneración macular asociada a la edad, una
enfermedad que conduce a la ceguera. Los pacientes fueron seguidos durante 22 meses. Se pudo comprobar
que la agudeza visual mejoró en diez
ojos y en uno disminuyó. Los ojos no
tratados no mostraron ninguna modificación en su agudeza visual.
Estos estudios indican que el uso de
este tipo de células, para esta patología
concreta, puede ser una estrategia viable, probablemente porque el pequeño
tamaño de la lesión, menor de 6 mm, hace que no se
requieran grandes cantidades de células. Sin embargo,
esta terapéutica no se mostró eficaz en otra enferme-
dad retiniana, la distrofia macular de Stargard.
Es indudable, que estas experiencias son de interés clínico, pero no hay que olvidar que para obtener
las células madre embrionarias hay que destruir embriones humanos, lo que sin dudad
es una grave dificultad ética.
Por ello, en una nota de la propia
revista Lancet (385; de 7 de febrero
de 2015, pág. 487), en la que se comenta este tema, se hace referencia
a otras experiencias, éstas llevadas a
cabo con células iPs (células adultas
reprogramadas), por un equipo japonés (Nature 513; 287-288, 2014),
para tratar la degeneración macular
asociada a la edad, con la ventaja, desde nuestro
punto de vista, de que el uso de éstas no presenta
inconveniente ético alguno.
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En 2013, a una mujer de 35 años, con ausencia
congénita de útero, se le practicó un trasplante de
útero. El útero fue donado por una mujer sana de 61
años, que había tenido dos hijos. La paciente tuvo
su primera menstruación a los 43 dias del trasplante
y continuó menstruando regularmente. Al año del
trasplante, se le transfirió un embrión y quedo embarazada. Tuvo tres episodios de ligero rechazo, que
fueron solucionados con corticoides. El embarazo
transcurrió normalmente. A las 31 semanas y cinco
dias, la mujer sufrió una pre-eclampsia, por lo que a
las 16 horas se le practicó una cesárea, naciendo un
niño, con un peso normal para su edad gestacional
(1775 gr).
Se describe por tanto (The Lancet 385; 607-616,
2015, 14 de febrero de 2015) el nacimiento del primer niño tras un trasplante de útero, a partir de una
donante viva post- menopaúsica.
No hay duda de la importancia de esta experiencia
clínica, sin embargo no hay que olvidar los aspectos
éticos de esta práctica médica, a los que os hemos
referido en una publicación anterior (http://www.
observatoriobioetica.org/2014/10/nace-el-primernino-tras-un-trasplante-de-utero/5607 )
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La sedación paliativa es una práctica médica
con indudable repercusión ética.
Con motivo de la polémica social suscitada por la propuesta de la ley francesa sobre la
“Atención al final de la vida”, nos parece de interés reproducir un artículo publicado en El País
(24-V-2010), firmado por Javier Rocafort Gil,
en ese momento presidente de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos, y que de forma
objetiva define los principales aspectos médicos de la “Sedación Paliativa“, lo que sin duda
nos parce útil para que nuestros lectores puedan
conocer bien los fundamentos clínicos de una
práctica médica, como ya hemos dicho de tan
gran repercusión ética.
si permite periodos libres de sedación, lo cual intentamos cuando el paciente no está en fase agónica.
Así, en las horas libres de sedación el enfermo podrá
relacionarse y tomar alimentos. Si en dichos periodos el sufrimiento o síntoma refractarios se hacen
intensos, o si se hace presente la situación de últimos días (agonía), debemos cambiar a una sedación
continua.
La indicación de Sedación Paliativa la establece el
médico al comprobar la refractariedad del síntoma o
sufrimiento, consultando a otros expertos si es posible, y requiere además el consentimiento informado, preferiblemente del paciente, y, si no es posible,
el de su familia por representación.
La sedación paliativa, en sí misma, es un recurso terapéutico que, bien aplicado, es éticamente
correcto. Son las circunstancias en las que se aplica y el fin que busca lo que en determinados casos
pueden convertirla como una técnica reprobable. La
sedación no debe instaurase para aliviar la pena de
los familiares o la carga laboral y la angustia de las
personas que lo atienden.
La aplicación de sedación paliativa exige del médico la comprobación cierta y consolidada de las siguientes circunstancias:
- Que existen síntomas y/o sufrimiento intensos y
refractarios al tratamiento.
- Que el enfermo o, en su defecto
la familia, ha otorgado el adecuado
consentimiento informado, y éste ha
quedado correctamente registrado en
la historia clínica.
- Que el enfermo ha tenido oportunidad de satisfacer sus necesidades
familiares, sociales y espirituales.
- Que se puede realizar un adecuado seguimiento del paciente y su familia durante la sedación.
El inicio de la sedación no descarga a los profesionales de su deber de continuidad de los cuidados.
Aunque esta sedación pueda durar más de lo previsto, no pueden suspenderse los cuidados básicos e
higiénicos exigidos por la dignidad del enfermo por
el cuidado y el aseo de su cuerpo.
Comenzaremos definiendo dos conceptos fundamentales para guiar la adecuada atención al final de
la vida desde el punto de vista clínico y ético:
El síntoma refractario: es aquel que no puede ser
controlado con los tratamientos disponibles, aplicados por médicos expertos, en un plazo de tiempo
razonable. En estos casos el alivio del sufrimiento
requiere la disminución de la conciencia para que el
paciente no note el síntoma.
La sedación paliativa: es la disminución deliberada de la conciencia del enfermo mediante la administración de los fármacos apropiados, con el objetivo de evitar un
sufrimiento insostenible causado por
uno o más síntomas refractarios. A
veces, incluso, se aplica en pacientes
con los síntomas físicos controlados
si existe un sufrimiento emocional
refractario que no se logre aliviar
con la mejor valoración y atención
integral a sus necesidades psicológicas y espirituales. Cuando el enfermo se encuentra en sus últimos días u horas de vida,
hablamos de sedación en la agonía.
La sedación puede ser superficial o profunda. Graduamos su aplicación buscando el menor grado de
sedación que permita un adecuado control del síntoma o sufrimiento refractario. Puede ser intermitente,
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Entre los cientos de cristianos y minorías secuestrados por los terroristas del Estado Islámico se encuentran mujeres y niñas obligadas a casarse y a ser
esclavas sexuales. Mientras que los líderes mundiales titubean para responder a los ataques del ISIS,
otra crisis se avecina: el arriesgado futuro de estas
mujeres y jóvenes, y los niños que concebirán durante su cautiverio.
A lo largo de la historia, los niños nacidos de la
guerra han sido sometidos a toda una vida de rechazo y privación de necesidades básicas como la
asistencia médica y la educación debido a las trágicas circunstancias de su nacimiento. Los niños
noruegos de Lebensborn, huérfanos
que fueron procreados por nazis
durante la ocupación alemana en la
Segunda Guerra Mundial, e hijos
de las guerras de la ex Yugoslavia
en la década del noventa son algunos ejemplos. El Tribunal Europeo
de Derechos Humanos en el primer
caso, y organismos como Unicef, en
el segundo, han rechazado las solicitudes de indemnización o atención
especial para estos sobrevivientes de la violencia sexual y del espantoso estigma que padecieron desde
las guerras.
Hoy en día, varias agrupaciones sin fines de lucro
están trabajando en entornos afectados por conflictos en África para ayudar a la actual generación de
niños nacidos de la guerra. El pasado 12 de marzo un panel de expertos se reunió en la ONU para
despertar conciencia y debatir modos de ayudar a
los gobiernos y responsabilizar a los organismos internacionales para que hagan un mejor trabajo en
cuanto a reconocer y satisfacer los derechos humanos básicos de estos niños.
Eunice Apio ha estado trabajando durante más de
una década en Uganda del Norte con mujeres raptadas por el grupo guerrillero Lord’s Resistance Army
y con sus hijos nacidos en cautiverio. Presentará su
investigación que compara cuatro casos que incluyen Uganda, Sierra Leona, la República Democrática de El Congo y el sur de Sudán.
Apio afirma que muchos funcionarios no comprenden que las sobrevivientes de la violencia sexual no pueden reintegrarse si sus hijos no se integran. Es preciso hacer más para cambiar las actitudes de las comunidades de la posguerra, que los ven
como «los hijos del enemigo». A menudo la postura
de los organismos de la ONU está conformada por
la agenda de derechos reproductivos cuyos defensores consideran a los niños «coagresores» de sus madres, o simplemente los ven como una consecuencia
indirecta de la violación que no merece el reconocimiento de sus propios derechos.
No obstante, como aclara Jules Shell en su ponencia “Sonríele al hombre que te hizo
esto”, las madres a menudo aman a
sus hijos y quieren que sean exitosos.
Tal es el propósito de la Fundación
Ruanda, agrupación que ella cofundó
en 2008. Unos 20000 niños nacieron
producto de violaciones durante el
genocidio de 1994 en Ruanda. Como
los niños nacieron después del genocidio, no tuvieron derecho a acceder
a programas para sobrevivientes y
fueron olvidados. Su agrupación financia la educación de más de 800 de ellos pero no existe un plan
para ayudar al resto, y los recursos para su trabajo
siempre se estiran al máximo, asegura.
El secuestro de mujeres y niñas por Boko Haram
en Nigeria captó la atención mundial y los medios
sociales se encendieron con pedidos que rezaban
#BringBackOurGirls (devuelvan a nuestras niñas).
¿Pero qué sucederá cuando regresen las jóvenes?
Obianuju Ekeocha presentará los resultados de entrevistas que realizó acerca del modo en el que el
país planea responder a los niños nacidos de matrimonios forzados y de la esclavitud sexual. Ekeocha
explica por qué la cultura africana de recibir con
agrado a los niños a menudo enfrenta a los gobiernos con quienes promueven el aborto como la mejor
solución para los niños concebidos en situaciones
de violencia sexual (Center for Family and Human
Rights. 7-III-2015).
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La Comisión Africana de Derechos Humanos y de
los Pueblos, que vigila el cumplimiento del Protocolo a la Carta Africana de Derechos Humanos y de
los Pueblos sobre Derechos de las Mujeres, llamado
Protocolo de Maputo, dio a conocer el Comentario
General n° 2 al artículo 14 de ese Protocolo.
Soyata Maiga, Relator Especial sobre los Derechos
de la Mujer en África, emitió la Observación general o Comentario General en nombre de la Comisión
de 11 miembros. Es de notar que en la redacción
del Comentario se cita explícitamente al Ipas, una
ONG que entre sus objetivos tiene:
“garantizar que las mujeres puedan
obtener servicios de aborto seguro,
respetuoso y comprensivo, incluyendo consejería y anticoncepción
para prevenir futuros embarazos no
deseados”.
“Debe tenerse en cuenta que el
Protocolo de Maputo es el primer
tratado que reconoce el aborto, bajo
ciertas condiciones, como derecho
humano de las mujeres, que deben disfrutar sin restricciones ni temor a ser enjuiciadas”, dice el documento.
La Comisión Africana “acoge con satisfacción la
ratificación de este importante documento” por parte
de la mayoría de los Estados miembros de la Unión
Africana. Sin embargo, señala que en muchos países
están aún por comenzar las reformas legislativas en
el ámbito de los derechos sexuales y reproductivos
de las mujeres.
El Comentario General sigue afirmando que emitir leyes nacionales contra el aborto es “discriminatorio”, refiriendose a las creencias religiosas y
culturales como “barreras” a eliminar, insistiendo
en que los Estados deben tomar “las medidas necesarias para que esos programas también lleguen a
las mujeres de las escuelas privadas, incluyendo las
escuelas religiosas”.
El documento rechaza la autorización de los padres o del cónyuge, al
declarar que la responsabilidad de
“proteger” debe incluir “las medidas
necesarias para impedir que terceros
interfieran en el disfrute de los derechos sexuales y reproductivos de las
mujeres’, incluyendo, pero sin limitarse, a padres, tutores, cónyuges’”.
En cuanto a la objeción de conciencia se refiere, “Los Estados deben
garantizar que sólo el personal de salud que participa directamente en la prestación de servicios de
planificación de la anticoncepción/familiar goza del
derecho a la objeción de conciencia y que no lo es
para las instituciones”, expresa el documento (Noticias Globales.10-III-2015).
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Celia
Villalobos,
y que después de recibir entre
diputada del Parti6 y 10 sesiones terapéuticas,
do Popular y Vicepresidenta
para tratar de disuadirlos de
Primera del Congreso de los
sus intenciones suicidas, se
Diputados español, ha afirpudo comprobar que a los 5
mado en una entrevista teleaños los índices de suicidios
visiva que “lo que no cabe en
habían disminuido un 26% y
mi partido son personas que
se habían evitado 23 muertes.
dicen no al aborto” (Programa “La sexta Noche”, El grupo evaluado se comparó con 17.304 personas
21 de febrero 2015).
que habían intentado suicidarse y no recibieron sesiones terapéuticas.
Disminuye la incidencia de suicidios tras
recibir los potenciales suicidas un programa
Embarazos gemelares en la reproducción
terapéutico. Investigadores daneses evalúan a 5.678
asistida. El porcentaje de embarazos múltipersonas de su país que habían intentado suicidarse ples tras fecundación in vitro varía desde 14.7% en
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Corea del Sur a 29.0% en Dinamarca (Fertility and
Sterility 103; 179-183, 2015).
por publicar ha conducido a que en algunos países
más del 15% de los artículos publicados contengan
textos plagiados (PNAS 112; 6-7, 2015).
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Durante los últimos 30 años el número de
embarazos gemelares se ha incrementado
100 veces debido a las técnicas de procreación asistida. También han aumentado los gemelos homocigóticos, no estando clara la razón por lo que esto
ocurre (Fertility and Sterility 103; Suppl 2 febrero
2015).
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El 25 de febrero pasado, el Secretario de
Estado, norteamericano, John Kerry, manifestó que “la defensa y promoción de los derechos humanos de las personas GBT
(lesbianas, gays, bisexuales
y transexuales) es el centro
de nuestro compromiso con
la población de los derechos
humanos en todo el mundo,
es el corazón y la conciencia de nuestra diplomacia”
(Noticias Globales. Gacetilla nº 1246. Buenos Aires. 28-II- 2015).
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La reducción embrionaria es una práctica,
a nuestro juicio difícil de justificar desde
un punto de vista ético, pero
aun nos parce menos justificable cuando se quiere aplicar, como recientemente se
ha hecho (Fertility ans Sterility Vol. 103, nº 2, febrero
2015), para reducir embarazos gemelares a embarazos
de un solo feto, por pensar que estos últimos tienen
menos incidencia de prematuridad y mejores resultados perinatales.
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Se ha comunicado que las mujeres que
quedan embarazadas por técnicas de reproducción asistida tienen más riesgo de no poder
seguir amamantando a sus hijos, que las que lo han
sido por vía natural (Fertility Sterility 103; 89-94,
2015).
En el año 2012 se publicaron más de 2 millones de artículos científicos. Esta presión
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