Una brusca reducción del tipo de gravamen como medida anti
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Una brusca reducción del tipo de gravamen como medida anti
Una brusca reducción del tipo de gravamen como medida anti-crisis. Armando Bronca 1 ÍNDICE 1. Introducción…………………………………………………………………….3 2. La economía española en crisis……………………………………………..3 2.1. El paro………………………………………………………………………..4 3. Empresa VS socio - La empresa como generadora de empleo………..5 4. ¿Qué proponemos y qué perseguimos?.................................................7 4.1. Propuesta…………………………………………………………………...7 4.2. Los objetivos…………………………………………………………….....8 4.3. Un ejemplo del efecto sobre el empleo…………………………….....9 4.4. Los efectos sobre el bienestar- El caso de Irlanda………………..11 4.5. La medida en España…………………………………………………...11 4.6. ¿Por qué no hacer un paraíso fiscal?..............................................12 4.7. ¿Por qué actuar por la vía del tipo impositivo y no por vía de deducciones?.....................................................................................12 5. La factibilidad de la medida y los problemas que plantea …………….13 5.1. ¿Hay margen para bajar los tipos en España? ……………………..13 5.2. Otros problemas de la medida………………………………………....16 5.2.1. La oposición de Europa…………………………………………..16 5.2.2. La necesidad de efectuar reformas complementarias……...17 6. Perspectivas a largo plazo…………………………………………………..17 6.1. La necesidad de un sistema fiscal justo……………………………..17 6.2. La carrera por los tipos bajos………………………………………….18 7. Conclusión……………………………………………………………………..18 8. Bibliografía…………………………………………………………………….. 20 2 1. Introducción En el presente trabajo se va a proponer una reforma del impuesto de sociedades, que persigue la solución de algunos de los problemas económicos y sociales que han venido de la mano de la crisis económica mundial. En una primera sección, vamos a describir cuáles son los principales problemas a los que se enfrenta la economía española como consecuencia de la crisis. En ella, el paro, que casi alcanza los 5 millones de personas tendrá un papel protagonista. Posteriormente, hablaremos de qué puede hacer la empresa por aliviar este inconveniente, centrándonos en explicar el papel de la misma como institución creadora de empleo y bienestar. En el mundo actual, la gran mayoría de los ciudadanos trabajan en empresas, por lo que desde el sector público utilizando la política fiscal, se debe fomentar la creación y establecimiento de esta institución en nuestro país. Por ello, nosotros proponemos una fuerte reducción del tipo de gravamen del impuesto de sociedades para que soporten un menor coste, que incentive la creación de empresas, la atracción de otras internacionales y la expansión de las ya existentes. Descrita la propuesta en profundidad, pasaremos a evaluarla y se hablará de sus principales efectos positivos e inconvenientes, acentuando la repercusión sobre el empleo del país y se analizará cómo luchar contra la posible reducción de recaudación del Estado y las consecuencias sobre la justicia del conjunto del sistema fiscal. 2. La economía española en crisis En aras de analizar cómo se puede reformar el impuesto de sociedades para mejorar la maltrecha economía española, habrá que previamente analizar cuáles son los mayores problemas que encontramos y sobre todo, cuáles de ellos pueden aliviarse utilizando el instrumento de política fiscal que es el mencionado impuesto. Quizás, el síntoma más notorio de crisis en España lo vive el mercado laboral. A día de hoy, muchas son las empresas que están siendo arrastradas por la insistente recesión y, a consecuencia de ello, nos encontramos con la escalofriante cifra de casi cinco millones de parados en nuestro país. La falta de empleadores por culpa de un consumo interno deprimido, junto con una estructural falta de cultura emprendedora hace necesaria una intervención de la política fiscal para paliar la destrucción de puestos de trabajo. A la fragilidad del mercado laboral, se unen otros factores que nuestra economía sufre desde mucho antes de la llegada de la crisis y que no ayuda en 3 absoluto a la recuperación, como son la dependencia del exterior (que se manifiesta en un elevado déficit comercial), un déficit de las administraciones fundamentalmente debido a la falta de actividad económica del país y un sistema bancario muy endeudado con créditos inmobiliarios. Este último problema genera además uno todavía mayor: la falta de crédito a las empresas. Si el sistema bancario no concede créditos, siendo éste la palanca de la economía, muy difícilmente se crearán o ampliarán empresas. De todos estos problemas, hay muchos que sin duda alguna, pueden mejorarse, tocando las teclas acertadas de nuestro sistema fiscal. A continuación desarrollaré con datos y evidencias el más problemático de ellos, el paro, que supone además un elemento que claramente es mucho más pronunciado en nuestro país, lo que sugiere la adopción de medidas específicas y no las comunes que están adoptando todos los países de nuestro entorno. 2.1 El paro Este es un problema estructural con el que nuestro país lleva conviviendo durante años y que merece especial atención. Desde la llegada de la democracia, España ha mantenido tasas de desempleo muy superiores a sus vecinos europeos, sin que haya sido capaz de combatir este problema de manera efectiva. Como vemos en el gráfico 1, ni siquiera en el mejor momento de la economía española, en 2006, la tasa de paro bajó de un 8%. Con la crisis económica, la situación se agravó muchísimo, alcanzando una cifra de 4.910.200 parados y un tasa del 21,3.1 Desde ciertos sectores se insiste en echarle la culpa al sector de la construcción, pero lo cierto es que desde hace muchos meses, el desempleo está aumentando en todos los sectores, incluso en la actualidad, es el sector servicios el que más puestos de trabajo está destruyendo. Gráfico 1 1 EPA (Encuesta de población activa) del Primer Trimestre de 2011, INE 4 No podemos seguir mirando hacia otro lado, echándoles la culpa a los demás. Hay que actuar de manera drástica para mejorar una situación que no se ha producido en ningún otro país del mundo desarrollado, ni siquiera en EEUU o Reino Unido, con similares burbujas inmobiliarias y excesos en el sector de la construcción. Por ello, vistos los fracasos que toda iniciativa del gobierno ha tenido en su intento de revertir esta destrucción de empleo, sugerimos una agresiva incentivación fiscal encaminada a la atracción y a la creación de empresas. Gráfico 2 Fuente: Eurostat Tal y como muestran las gráficas, España se encuentra en una situación desorbitadamente alejada de la media de los países que forman la UE. En concreto, con los datos de Eurostat, nuestro país soporta un desempleo del 20,7% en comparación con el 9,5% que representa la media de Europa 27. Por su parte, EEUU tenía un desempleo del 8,8% y Japón del 4,6% 2. Por lo tanto, este es un problema español, en el que se deben aplicar soluciones innovadoras, que van a estar poco relacionadas con lo que hagan nuestro vecinos, que no sufren el mismo problema. 3. Empresa VS socio - La empresa como generadora de empleo Vistos los problemas fundamentales ante los que se enfrenta la economía española, expondremos nuestra visión del papel que tiene la empresa en la sociedad y cómo puede ayudar a soliviantar las dificultades. A nuestro juicio, la empresa es una fuente de puestos de trabajo de los que se nutren los españoles. Es la institución creadora de bienestar en la sociedad moderna, hasta el punto que de su éxito depende la prosperidad, la riqueza e incluso la subsistencia de cientos de millones de personas en el mundo. Es la empresa la que mediante la creación de empleo la empresa es 2 Eurostat 5 capaz de proporcionar ingresos a la inmensa mayoría de los habitantes del planeta para que puedan comer, vestir y disfrutar del ocio. Sin ella, la sociedad se retrotraería a la edad media, o a una forma de vida organizada en tribus primitivas. En definitiva, la empresa es el empleador por excelencia, la institución creadora de trabajo y ello repercute en la bienandanza de toda la sociedad. Y es a partir de la actividad de esta y de la remuneración sus trabajadores como se acelera la economía mediante el consumo y además, es la forma por la que el Estado consigue ingresos mediante el pago de impuestos de todas las personas empleadas (vía IRPF, IVA y otros impuestos indirectos). Además de ser la principal institución que proporciona salario a la población, en las últimas décadas ha sido la empresa, en su búsqueda de productos innovadores para maximizar sus beneficios ha sido la que ha conducido el progreso tecnológico en el mundo. El nivel de vida y muchas de las comodidades de las que gozamos en la actualidad son gracias a la empresa y al mercado, que ha contribuido a incentivar a los individuos innovadores. En este punto quiero hacer una aclaración que debe permanecer en mente del lector durante toda la exposición del trabajo. En una sociedad que quiera considerarse justa, es absolutamente necesario que exista una redistribución de la riqueza, penalizando a los más acaudalados (los que presenten una mayor capacidad de pago) para favorecer a los más desfavorecidos. Por ello, veo absolutamente necesario un impuesto sobre la renta de las personas físicas progresivo, que trate de reducir las desigualdades. Sin embargo, nosotros defendemos que esto debe aplicarse exclusivamente a las personas físicas. Vistos los beneficios que proporciona a la sociedad, nos cuesta buscar una justificación sostenible a por qué se gravan los beneficios que generan estas instituciones. Somos partidarios de reducir significativamente la tributación de las sociedades, y en su lugar, gravar de manera progresiva a aquellos socios que se lucren retirando los beneficios. Si están muchas de las confesiones religiosas exentas de tributar por las actividades que presta a la sociedad, cómo no lo va a estar una entidad que en nuestra opinión proporciona unos beneficios mayores como son el dar trabajo a millones de personas. En definitiva, estoy haciendo hincapié en la necesidad de visualizar la separación entre el socio de una empresa, y la empresa en sí. Y quiero resaltarlo claramente, porque creo que es un concepto que en la sociedad se confunde. Continuamente se señala a la empresa como si fuese una persona rica, y por lo tanto se pide “que pague más impuestos”. Cada vez que aparecen en los medios de comunicación una noticia sobre los 8000 millones de euros 6 que gana el Banco Santander, es frecuente oír opiniones demandando que pague más impuestos. En este trabajo defendemos que mientras entre sus accionistas no se reparta este beneficio, no hay persona física que se lucre, más allá de sus trabajadores. Toda demanda de que pague más impuestos solo ocasiona incrementar sus costes, originando un más que probable despido de personal, lo que ocasionaría un perjuicio para la sociedad. Mientras no salgan de la empresa hacia sus socios, nadie puede disponer de este dinero a título personal. A lo sumo, se puede argumentar que ha habido un incremento de la capacidad de inversión y por ende, su capacidad de contratar trabajadores. Y esto, en nuestra opinión, es muy positivo para la economía y la sociedad en su conjunto, y no debe penalizarse con impuestos. Hecha esta reflexión sobre la empresa, queremos dejar bien claro e insistir en que deberá exigirse una tributación progresiva cuando los socios retiren esos beneficios de la sociedad. No se está defendiendo, pues, que los beneficios de una empresa queden impunes de gravamen en todo caso, sino que se está condicionando su tributación al enriquecimiento de una persona física. Con el reparto de dividendo es cuando hay alguien (en concreto, los socios) que aumenta su capacidad de pago y sin duda alguna deberá soportar un impuesto en su justa medida. Es más, criticamos el sistema actual, en el que los dividendos tributan a un 19% (o 21%) en la base del ahorro para todo contribuyente, sin atender a criterios de progresividad. Como indicaremos más adelante, queremos introducir mayor tributación, y sobre todo, más progresiva a los rendimientos obtenidos por los dividendo ingresados. Llegados a este punto, vistos los principales problemas de la economía española, habiendo expuesto nuestra visión sobre el papel de la empresa en la sociedad y habiendo argumentado nuestra postura criticando un sistema tributario que grava injustificadamente a la empresa olvidándose de la capacidad de pago del beneficiario de esos beneficios (el accionista), pensamos que es buen momento para concretar nuestras propuestas. 4. ¿Qué proponemos y qué perseguimos? 4.1 Propuesta Proponemos una reducción agresiva del tipo de gravamen del impuesto de sociedades hasta un testimonial 7% para todas las empresas. No se trata se un bajada marginal, sino una auténtica apuesta por un tipo notoriamente inferior al de nuestros socios europeos. Proponemos esto, primero, porque pensamos que a corto plazo, va a ayudar a solucionar los problemas de la 7 economía española, y en concreto, el elevado desempleo. Y en segundo lugar, porque no nos parece justo gravar a una entidad que proporciona el mayor beneficio que puede tener una persona en la sociedad actual: un salario con el que vivir. Ahora bien, esta reducción deberá verse adecuadamente compensada y articulada por una justa imposición a aquellas personas, que se lucran personalmente del beneficio de la empresa. A continuación iremos explicando las razones que nos han llevado a pensar en los efectos positivos que tendría esta medida en la economía española. Somos conscientes de que esta propuesta no es la panacea, y que por ello, van a existir numerosos inconvenientes y críticas en esta medida que posteriormente analizaremos. Además, sin un adecuado plan global, que mejore otros aspectos de la economía que incidan en la empresa, el efecto de esta medida difícilmente se alcanzará. 4.2 Los objetivos El fin último de esta propuesta es acabar con el desempleo de la economía por tres vías. Por un lado, queremos atraer grandes empresas extranjeras a España, para que instauren en nuestro país establecimientos permanentes que contraten a mano de obra nacional. En segundo lugar, buscamos que las empresas ya existentes vean reducido el coste que supone el impuesto de sociedades (siempre que lo paguen, es decir, siempre que existan beneficios) en aras de ampliar su capacidad productiva y poder contratar más personal. A continuación expondré un ejemplo simple para observar este efecto. Por último, buscamos fomentar el autoempleo, creando un incentivo al emprendedurismo. Recientemente, según datos del Informe GEM del Instituto de Empresa Business School sólo en 2010 la tasa emprendedora descendió un 15,7%3. Este informe señala que algunos de los motivos que parecen ahuyentar a los emprendedores son la falta de incentivos, o los numerosos gastos y trámites burocráticos que suponen la creación de empresas. Esta medida pretende enviar una señal a muchos de los parados que hay en España, diciéndoles que si tienen una idea que realizar, podrán beneficiarse de una medida que les permitirá pagar menos impuestos por desarrollarla. Hago un especial hincapié en la importancia de acelerar la creación de empleo. Si esto no se consigue, la demanda interna del país seguirá muy débil y la recuperación económica será muy complicada. Tras numerosas iniciativas realizadas por el gobierno, buscando la reducción del paro, la situación no ha mejorado. Por poner un ejemplo, Fondo Estatal de Inversión Local, el llamado Plan E, supuso un desembolso de más de 8000 millones de euros 4 en el 3 4 Informe GEM del Instituto de Empresa Business School Ministerio de Política Territorial 8 fomento de obras públicas sin que el efecto apenas se sintiera en el empleo. Por ello, ha llegado la hora de afrontar el problema desde otra perspectiva, mediante la atracción de empresas, que son al fin y al cabo, las instituciones creadoras de empleo cualquier país. Además de una mejora del empleo, se busca reducir el déficit comercial del país. Si muchas empresas localizan su producción en España, creando fábricas y establecimientos permanentes, es bastante razonable pensar que aumentarán los productos fabricados y con ello las exportaciones, y quizás reduciendo las importaciones. Gracias a esta medida, se podría resolver el otro de los grandes desequilibrios de la economía española, que es su déficit comercial. Por último, proponemos esta medida como solución a la evasión fiscal. Una alta tributación genera incentivos a la eludir impuestos, sobre todo, si la sociedad no contempla cierta justicia en el sistema. El despilfarro, la mala gestión de los gobiernos y la falta de transparencia del sector público pueden incentivar la evasión fiscal, sobre todo, si esta última es muy alta. Por ello, si se reduce la tributación de las sociedades, quizás pueda reducirse la evasión, aunque falte transparencia y eficiencia en las administraciones públicas. 4.3 Un ejemplo del efecto sobre el empleo Creemos que es muy importante señalar el efecto en el siguiente ejemplo, que aunque sea sencillo, es muy ilustrativo. Supongamos una empresa que cuenta con 50 empleados (15000€ cada uno) con la siguiente cuenta de resultados simplificada. Tabla 1 Ingresos Costes de personal Otros Costes Beneficios Impuesto sociedades Beneficio neto Con IS= 30% 2500000 750000 600000 1150000 345000 805000 Si el impuesto de sociedades se reduce a un 7%, desde el 30% actual, se generaría un ingreso adicional de 264500 euros. Suponiendo que el empresario va en busca de mayores beneficios, ampliará su empresa. De estos, 150000 se podrían utilizar para contratar a un diez nuevos trabajador y los aproximadamente 120000 restantes, para aumentar la capacidad productiva de la empresa (hecho que se pone de manifiesto en el incremento de la partida 9 de otros costes). De esta forma, y suponiendo que a corto plazo, la empresa no consigue aumentar las ventas, la nueva cuenta de resultados sería así: Tabla 2 Con IS 7% c.p 2500000 900000 720000 880000 61600 818400 Ingresos Costes de personal Otros Costes Beneficios Impuesto sociedades Beneficio neto Hemos de señalar, que la proporción de otros costes por cada trabajador se ha mantenido constante en 1,25, lo cual indica que el aumento del trabajador ha supuesto un aumento del tamaño de la empresa en la proporción adecuada (se han ampliado las instalaciones en la medida oportuna para que se acoja al trabajador, se han aumentado el coste de suministros…). Con esta nueva estructura de la empresa, y suponiendo que no aumentan las ventas, observamos que la empresa obtendría mayores beneficios que en la situación de partida, en concreto 13400 euros más. En definitiva, esta medida hubiese supuesto en nuestro ejemplo un aumento del número de trabajadores empleados (descenso del paro) con todo lo que ello supone para la economía y un aumento del beneficio de la empresa. La empresa de nuestro ejemplo podría aumentar su capacidad productiva sin afrontar excesivos riesgos en términos de su beneficio, por lo que los incentivos a ampliar son muy elevados. Pero además, si suponemos que esta empresa aumenta las ventas en la proporción correspondiente al aumento de la capacidad de producción el nuevo resultado sería el siguiente: Tabla 3 Empresa ampliada 3000000 900000 720000 1380000 96600 1283400 Ingresos Costes de personal Otros Costes Beneficios Impuesto sociedades Beneficio neto El beneficio de la empresa aumentaría en una cuantía mucho mayor, en concreto en 478400 desde el momento inicial. Por todo ello, esta medida sería 10 un gran incentivo a la empresa para que contrate más trabajadores y se reduzca así el principal problema de la economía, que son esas millones de personas que no tienen trabajo. 4.4 Los efectos sobre el bienestar – el caso de Irlanda Muchos conocemos el sistema fiscal irlandés en lo que se refiere al impuesto sobre sociedades. Desde que en 1981 se introdujera un tipo de gravamen del 10% para fabricación, las ventajas para la economía han sido espectaculares, en términos de empleo y PIB. Si en el año 1981, la economía irlandesa tenía un PIB del 70% con respecto a la media europea, en 2007 llegó a alcanzar el 147% de la misma.5 Se trata de un desarrollo que no ha experimentado ningún otro país miembro de la UE y que muchos analistas coinciden en que es debido a la atracción gracias a su sistema fiscal de grandes empresas que allí se han localizado generando mucha inversión y empleo, que han desarrollado al país. Es más, en 1982, el 80% de las empresas que se localizaban en Irlanda confesaban hacerlo debido a las ventajas de su sistema fiscal.6 En la actualidad, y desde 2003, el tipo impositivo del IS se encuentra en el 12,5% para sectores productivos. Pensamos que una medida similar podría ser extrapolable a España, e incluso sería más efectiva dado el tamaño y dinamismo de nuestra economía. 4.5 La medida en España España es un país, que cuenta con unas condiciones que se la hacen de por sí un país muy interesante para localizarse. Su posición geográfica, que la conecta a dos continentes (Europa y África) y su acceso a Asia por el Mediterráneo y a América directamente por el océano Atlántico, es uno de sus puntos fuertes. Se trata de una democracia consolidada con un sistema judicial asentado y una economía capitalista potente en el mundo. Posee muy buenas infraestructuras que conectan sus ciudades y Europa de manera rápida por cualquier medio de transporte. Además, el nivel salarial de sus trabajadores es bajo comparados con los vecinos europeos y su nivel de capital humano es adecuado. A pesar de todas estas ventajas, en nuestra opinión necesita un empujón, que podría venir de la mano de esta rebaja fiscal. Cuando Irlanda acometió sus reformas fiscales en los años 80, la oferta que complementaria que podía ofrecer era insignificante con lo que ahora puede aportar España. Existen muchos países de Europa del Este que están intentando aplicar una reforma fiscal similar, pero en ningún caso tiene la importancia y atractivo que tiene España. 5 6 Eurostat y OCDE http://en.wikipedia.org/wiki/Corporation_tax_in_the_Republic_of_Ireland 11 Ahora es buen momento para arrebatarle el liderazgo en esta materia, pues la debilidad de su sistema bancario le ha ocasionado serios problemas económicos que le ha llevado a tener que pedir un rescate bancario. Aprovechamos este momento para dejar claro que la situación de Irlanda nada tiene que ver con un tipo de sociedades tan reducido, sino que ha sido consecuencia de tener que rescatar a todo su sistema bancario. Si en España tuviésemos que comprar todos los bancos españoles, no seríamos capaces de hacerlo ni teniendo un impuesto de sociedades y de la renta del 50%. 4.6 ¿Por qué no hacer un paraíso fiscal? En la reflexión del trabajo, se pensó en eliminar totalmente el impuesto de sociedades, hasta el punto de convertir a España en un paraíso fiscal, aunque se advirtieron tres razones para no hacerlo. En primer lugar, queremos que siga existiendo cierto control sobre las actividades de las empresas. En la lucha contra el fraude fiscal, son fundamentales las verificaciones que se hacen de las declaraciones de IS e IVA. Son a partir de las incoherencias que puedan existir, como se descubren a aquellos que evaden. Por ello, queremos que siga existiendo obligación de declarar, aunque luego se tribute en menor medida. En segundo lugar, hay que recordar que las empresas con establecimiento en España seguramente recurrirán a las instituciones de nuestro país para pedir ayuda ante conflictos que puedan tener internacionalmente con otros países. Pensamos que de algún modo, esta actividad que generaría para nuestras instituciones debería verse remuneradas compensadas de alguna forma, por lo que la ausencia total de tributación no se vería como una opción. Por último, queremos que no desaparezcan por completo los ingresos por este concepto. Por poco que puedan tributar, y sobre todo, si existe un efecto llamada que atrae muchas empresas del exterior, se conseguirá un nivel de ingresos nada despreciable que puede contribuir al sostenimiento de los gastos públicos del país. La idea es que muchas empresas paguen poco, en lugar de que pocas empresas paguen mucho. Queremos recordar que en nuestra opinión, es la empresa una institución que mucho da a la economía, por su mera existencia, por lo que no es necesaria una tributación abundante. 4.7 ¿Por qué actuar por la vía del tipo impositivo y no por vía de deducciones? También se planteo, la posibilidad de reducir la carga impositiva a las empresas utilizando otros mecanismos, como son las deducciones, pero se rechazó esta propuesta en base a dos argumentos. En primer lugar, pensamos que las deducciones pueden ser un elemento discriminatorio y poco objetivo que reduce la neutralidad del impuesto. Se busca evitar que existan deducciones a determinadas actividades o sectores, 12 para potenciarlos en detrimento de otros. Pensamos que el país se debe dedicar a aquellas actividades que realmente sean rentables para ellos; a las actividades que el mercado establezca como productivas, y que no debe ser el gobierno quien guie las actividades mediante el uso de estos incentivos fiscales. En nuestra propuesta subyace la idea implícita de que junto a la reducción del tipo de gravamen desaparezcan las deducciones en la mayor medida posible. En segundo, somos de la opinión que en el mercado global e internacional, es mucho más atractivo una reducción del tipo de sociedades, pues es el elemento del que más se habla internacionalmente y que más notoriedad goza a nivel mundial. Si queremos hacer ver que España tiene un régimen fiscal favorable para las empresas, pensamos que utilizando el tipo de gravamen es la forma más efectiva de hacerlo. 5. La factibilidad de la medida y los problemas que plantea 5.1 ¿Hay margen para bajar los tipos en España? Esta pregunta plantea dos aspectos. Primero, hay que comprobar si las empresas españolas soportan una gran carba tributaria, es decir, hay que analizar si las empresas tributan mucho o poco comparado con nuestros vecinos, pues si lo hacen poco, el margen para bajar es menor que si son las más gravadas. Segundo, habrá que ver cuántos ingresos genera el Estado en concepto de IS, y si supondría un perjuicio muy grave para las cuentas públicas a medio y largo plazo. Gráfico 3 13 Fuente: Eurostat El tipo de sociedades actual, se encuentra en el 30%, aunque las empresas de reducida dimensión pagan un 25% e incluso en la actualidad, aquellas reducidas que además mantengan a sus trabajadores pagan el 20%. En gráfico 3 muestra una comparación de los tipo de sociedades de la zona Euro. Vemos como en España se encuentra uno de los tipos de gravamen más elevados, en concreto, es el quinto más elevado por detrás de Malta, Francia, Bélgica e Italia. Incluso países de reconocida bienestar social como Austria, Finlandia o Suecia tienen un tipo general inferior que el nuestro. De hecho, el tipo medio de la UE-27 es 23,2%.7 Estos datos indican que sí existe cierto margen para bajar el tipo, pues países de nuestro entorno lo tiene considerablemente menor. Además, recientemente el Banco Mundial de la mano de la consultora PWC realizó un estudio que comparaba la carga fiscal de las empresas en distintos países del mundo. Como los datos anteriores no tienen en cuentas las deducciones fiscales que puedan existir, y obvian una especie de impuesto que existe, que son las cuotas sociales, el informe al que me refiero refleja de mejor modo cómo es la carga fiscal que soporta España. Gráfica 4 Fuente: Informe Paying Taxes 2011 del Banco Mundial y PWC 7 Eurostat 14 Los datos anteriores reflejan que España es el cuarto país de la UE (es el 150 sobre 180 con mayor carga fiscal a las empresas del mundo)8 con una mayor carga fiscal para sus empresas, y en concreto, con una carga debida al IS (línea roja oscura) significativamente mayor que la mayoría de países, incluso mayor que algunos países que tienen un tipo de gravamen mayor. Es el caso de Francia, que a pesar de tener un tipo del 34% 9, gracias a las deducciones y bonificaciones, ven reducida la carga del IS a un volumen menor que España, e incluso menor que Irlanda, que tiene un tipo del 12,5%. España, con los problemas laborales que tiene, no se puede permitir ser de los países que más intensamente grava a la principal institución creadora de empleo, pues esto no es más que tirarse piedras sobre su propio tejado. Por lo tanto, la primera de las cuestiones planteadas acerca de la viabilidad de reducir el tipo de gravamen está resuelta: sí se puede bajar, pues no somos de los que más bajo lo tenemos. En segundo lugar, dado que en un primer momento, los ingresos fiscales del Estado se verían mermados, hay que ver la magnitud del efecto, y si podría significar una disminución insuperable. En el año 2009, los ingresos procedentes del IS se situaron en torno a los 20 200 millones de euros10. Si se redujera de un 30% a un 7% como se propone, suponiendo que no cambiase la situación, los ingresos caerían hasta aproximadamente los 5 000 millones de euros. Tabla 4 Fuente:http://3.bp.blogspot.com/_XycYNbk7e5Q/TPQ4XRHrCDI/AAAAAAAAAJw/7QJemb NoxE4/s1600/IngresosAEAT.png, basado en datos del Ministerio de Economía y Hacieda ¿Es una cuantía desproporcionada 15 000 millones de reducción? En nuestra opinión, pensamos que no es una cifra insalvable, pues hay que recordar que otras medidas anti-crisis supusieron gastos de por similar cuantía, con efectos positivos limitados, y ciertamente insuficientes sobre la creación de empleo. Sin ir más lejos, una de ellas (el Plan E), ocasionó unos gastos en ese año de más de 8 000 millones. Además, como comentaré más adelante, 8 Informe Paying Taxes 2011 del Banco Mundial y PWC Eurostat 10 http://www.cincodias.com/articulo/economia/tipo-efectivo-impuesto-sociedades-cae-minimoshistoricos/20100727cdscdieco_7/ 9 15 planteo otras vías alternativas de aumentar la recaudación por vías que nosotros consideramos más justas. Es cierto que estos datos corresponden a un periodo en duramente afectado por la crisis económica, por lo que en circunstancias normales, los ingresos por el impuesto de sociedades están entre los 30 000 – 35 000 millones de euros. No obstante, igual de cierto es que a medio plazo, se espera con esta medida Quizás, para reducir en la medida de lo posible una reducción tan brusca de un año fiscal a otro, podría anunciarse esta medida con 2 años de anterioridad, para que las empresas se vayan localizando en España, de manera que al producirse el cambio, el descenso en el volumen de ingresos no fuese tan acusado. También sería importante adoptar medidas de austeridad, para no incurrir en un posible déficit inicial demasiado abultado. Sin embargo, hay que considerar otro factor importante, y es que, a pesar de experimentar una brusca bajada en la recaudación del gobierno debido al IS, el aumento en creación de empresas y con ello, puestos de trabajo, creará un flujo de impuestos indirectos y directos vía IRPF superior debido al incremento del consumo y las rentas a medio plazo. 5.2 Otros problemas de la medida 5.2.1 La oposición de Europa Sin duda alguna, el mayor inconveniente al que nos enfrentamos a la hora de implementar esta medida es la más que probable oposición que encontraremos del resto de países de la Unión Europea. Esta medida es sin duda lo que podríamos llamar “dumping fiscal” y por tanto ser una fuente de ventaja para España que no tendrían el resto de socios. Ante esto, argumentamos que los diferentes socios europeos también hacen competencia desleal con su política económica, que causan perjuicios a sus socios. Quizás el ejemplo más claro sea Francia, que como hemos visto, a pesar de tener oficialmente un tipo de gravamen del 34%, las empresas soportan una carga de IS incluso menor que Irlanda. O Alemania, que en plena crisis económica presentó ayudas al automóvil, de manera que mientras en España se hacían EREs en las plantas de automóviles, en Alemania se aumentaba la producción. Con esto quiero decir que España no debe tener miedo a enfrentarse con sus socios a la hora de proponer esta medida (que por otro lado ya se la admitieron a Irlanda en su día), pues cada país sigue defendiendo sus propios intereses sin pensar en el bienestar de los países vecinos. Con el inmenso problema de desempleo que tiene España, hubo actitudes de competencia desleal por parte de otros socios, por lo que nuestro país no debe ser el más 16 europeísta mientras seamos uno de los países con más problemas económicos. Existen propuestas en torno a la armonización fiscal, pero a nuestro juicio serán muy difíciles de aplicar, pues consideramos que en este elemento de política fiscal nadie estará dispuesto a ceder su soberanía. 5.2.2 La necesidad de efectuar reformas complementarias Uno de los aspectos a resaltar es que el impuesto de sociedades solo es un coste, en la medida en que existen beneficios, puesto que de no existir, se paga 0. Esta medida aisladamente no es por sí sola una panacea. Por ello, es fundamental que España efectúe las reformas necesarias para eliminar otras trabas que puedan desincentivar la creación de empresas en nuestro país. Quizás la fundamental de todas ellas sea la necesidad de sanear el sistema financiero para que vuelva a fluir el crédito a las empresas y así sean capaces de realizar las inversiones que permitan crear empleo y beneficios empresariales. Es fundamental una reforma laboral, que elimine la rigidez extrema del mercado laboral (informes internacionales sitúan a España en el puesto 115 en flexibilidad laboral, muy por debajo de países de nuestro entorno y la altura de dictaduras tercermundistas), y la dualidad existente entre el sobreprotegido indefinido y el vulnerable temporal. Además, sería importante realizar reformas que disminuyan la carga administrativa para realizar actos del día a día de la empresa, como por ejemplo, su constitución. Por último, habría que evitar la excesiva regulación que realizan las comunidades autónomas, que pueden crear barreras a la libre circulación de servicios incluso dentro de las fronteras españolas. 6. Perspectivas a largo plazo 6.1 La necesidad de un sistema fiscal justo Esta medida supone una alteración de un elemento importante del sistema fiscal, y puede suponer desajustes en la justicia del mismo. Por ello, a medio y largo plazo habría que modificar elementos del sistema tributario, para solucionar los desequilibrios del mismo que pueda la medida pueda provocar sobre su justicia. El impuesto de sociedades grava las rentas de una empresa, pero quien en última instancia se va a beneficiar de las rentas, es el socio persona física de la misma. En la actualidad, cuando el socio retira los beneficios de la sociedad vía dividendos, se tributa a un 19% (o 21%) por esa cantidad. Con nuestra propuesta, esto generaría un gran problema relacionado con la justicia del sistema fiscal. Las personas con rentas más elevadas podrían utilizar las sociedades para tributar menos que vía IRPF con lo que podría darse el caso de que personas con rentas muy elevadas tributen menos que otros con unas menores. 17 Por ello, pensamos que de alguna manera habría que elevar la tributación a la retirada de beneficio de la empresa, introduciendo en ese sistema un elemento de progresividad, para conseguir que aquellas personas físicas con mayores ingresos procedentes de beneficios de sociedades, tributen en mayor medida. Insistimos de nuevo en la distinción que hacemos entre la tributación de la empresa y de la persona física, socio de la misma. Aquí proponemos reducir la tributación de la empresa sociedad a un 7%, pero a su vez, queremos gravar de manera distinta (más gravosa) a aquellos que retiren los beneficios de la empresa para su lucro personal. Con esta medida complementaria, se conseguiría además un desincentivo a la retirada de beneficios por parte de los accionistas fomentando la reinversión de los mismos en la propia empresa, con todas las ventajas que ello supone. Además, para compensar una inicial pérdida de ingresos del Estado, habría que recuperar impuestos que precisamente afectan a las rentas más elevadas, como son Impuesto de Patrimonio o Sucesiones, siempre que se consiga el objetivo perseguido, que es gravar a aquellas rentas realmente elevadas. En este trabajo no pretendemos defender una economía con los menos impuestos posibles sino que estamos buscando qué teclas de nuestro sistema fiscal modificar para conseguir acabar con algunos de los problemas estructurales que tiene nuestro país, y en concreto, el paro y la falta de emprendedurismo. 6.2 La carrera por los tipos bajos También es probable que los países de nuestro entorno reduzcan su impuesto de sociedades hasta el punto de que desaparezca la ventaja fiscal que tendría España. A lo largo de los últimos años, los países han ido reduciendo el tipo de gravamen (a la vez que reducían las deducciones), y no es de esperar que esta tendencia se revierta. Por ello, es conveniente que España opte por ser el primero en realizar un reducción importante de la tributación, pues aunque sea por un tiempo, conseguirá atraer las empresas necesarias que ayuden a mejorar los datos empleo. Quizás para cuando el resto de países bajen su tributación de sociedades y se elimine la ventaja comparativa de España, el paro haya dejado de ser un problema estructural en España. 7. Conclusión Si algo debe preocupar a España en la actualidad es su incapacidad para hacer frente al problema del desempleo. En la actualidad, más del 21% de la población activa no tiene trabajo, y a pesar de las cientos de medidas 18 adoptadas por el gobierno, las previsiones no son nada halagüeñas, pues se espera que la cifra no caiga del 16% hasta 2014.11 Ante este panorama, proponemos una reducción del tipo de gravamen hasta el 7% persiguiendo reducir el coste del impuesto para las empresas, con el fin de atraer empresas extranjeras, incentivar la creación de nuevas y la ampliación de las existentes que precisarán de mano de obra. A su vez, proponemos que aumente la tributación de las rentas de las personas físicas más altas, de forma que en conjunto, la empresa como institución creadora de bienestar y empleo no se le perjudique, sin que ello signifique que escaparán de tributación progresiva los sujetos con mayor capacidad de pago. Durante el trabajo se han expuesto los motivos que nos hacen pensar que funcionará y se ha hecho una aproximación a sus posibles efectos, ahora bien, somos conscientes de las limitaciones ante las que no hemos encontrado. La tesis se podría haber desarrollado con mayor profundidad y con mayor precisión utilizando análisis econométricos para evaluar de forma más concreta el impacto que una reducción del tipo de gravamen tendría sobre distintas variables macroeconómicas (creación de empresas, empleo, recaudación del sector público, etc) y no mediante la realización de meras aproximaciones. Aunque casos reales como Irlanda avalan los efectos que se han expuesto, el preciso efecto que aquí tendría la medida podría ser una fuente de estudio muy interesante. Si la extensión lo permitiese, se podría entrar en profundidad en lo relativo a minuciosa regulación que esta medida requeriría, utilizando sistemas fiscales comparados de países que han adoptado medidas similares, para ver cómo mejorar sus sistemas y hacerlos más efectivos. Además, la necesaria reforma de otros impuestos como IRPF, Sucesiones o Donaciones podría tratarse de forma más extensa, ideando un sistema eficaz para la tributación de los que obtienen ganancias de las empresas vía dividendos. En definitiva, hemos querido transmitir de forma breve pero ilustrativa cómo se podría utilizar el impuesto de sociedades para hacer frente a los efectos de la crisis económica en España. Somos conscientes de la oposición política que esta medida tendría, pero en tiempos difíciles como los que corren, los poderes públicos deben actuar de manera efectiva y no pensando continuamente en lo que hacen nuestros socios, o en lo que es políticamente correcto, y esta medida, a nuestro juicio, puede ayudar. 11 Previsión del Ministerio de Economía y Hacienda 19 9. Bibliografía Manuales Pla Vall, Ángeles y Salvador Cifre, Concha (2010): Impuesto sobre Sociedades: Régimen General y Empresas de Reducida Dimensión, 8ª edición, Tirant lo Blanch, Valencia. Moreno Moreno, M. C. y Paredes Gómez, R. (2005): Fiscalidad individual y empresarial. Ejercicios resueltos, 9ª edición, Thomson Civitas, Madrid. Bases de datos Eurostat, epp.eurostat.ec.europa.eu INE, www.ine.es Informes de tributarios y de economía Informe GEM del Instituto de Empresa Business School Informe Paying Taxes 2011 del Banco Mundial y PWC La investigación económica y los criterios para su reforma en España, ALBI 2010 Taxation in Europe 2011 del IREF Webs de organismos oficiales Agencia Tributaria, www.aeat.es Ministerio de Economía y Hacienda, www.meh.es Ministerio de Política Territorial, www.mpt.gob.es OCDE, www.oecd.org Institute for Research in Economic and Financial Issues, http://www.irefeurope.org/en Webs de información general www.cincodías.com www.eleconomista.es www.elpais.es www.wikipedia.com 20