" Por la cual se reglamenta la asignación de cupos para diplomado
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" Por la cual se reglamenta la asignación de cupos para diplomado
- ,. Universidad del VaDe UNIVERSIDAD DEL VALLE RECTORIA RESOLUCION No. 2.715 Octubre 29 de 2007 " Por la cual se reglamenta la asignación de cupos para diplomado s y cursos de nivelación, formación y extensión para servidores públicos no docentes vinculados a la Universidad del Valle" EL RECTOR ENCARGADO DE LA UNIVERSIDAD DEL VALLE, mediante Resolución del Consejo Superior No. 041 de agosto 24 de 2007, y en uso de sus atribuciones que le confiere el literal q) del Artículo 25 del Estatuto General, CONSIDERANDO: Que mediante resolución 028 de Mayo 19 de 2005 expedida por el Consejo Superior de la Universidad del Valle se adoptó el Plan Estratégico de Desarrollo para la vigencia 2005-2015. Que la Universidad firmó el punto totales del memorando respetuoso del año 2005. 2 numeral 2.1 de los acuerdos finales y de los empleados públicos no docentes Que la Universidad del Valle firmó el artículo Colectiva de Trabajo del 2005. 2 numeral 1 de la Convención Que por medio de la Resolución 039 de Agosto 26 de 2005 expedida por el Consejo Superior de la Universidad del Valle re'conoce y aprueba los acuerdos establecidos entre la Universidad del Valle y el Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados Universitarios "Sintraunicol Subdirectiva Cali" para el año 2005. RESUELVE: ARTÍCULO 10. Reglamentar diplomados la asignación de y cursos de nivelación, cupos para formación y -- UNIVERSIDAD DEL VALLE RESOLUCION No.2.715-07 - Rectoría 2 " extensión para empleados la Universidad del Valle. ARTÍCULO 2°. públicos no docentes y trabajadores Para la asignación de los cupos cuenta el siguiente procedimiento. oficiales de se tendrá en - 2.1. Los trabajadores oficiales y los empleados públicos no docentes presentarán su solicitud de cupo individualmente en el formato solicitud de cupos para estimulos en educación. '2.2 A la solicitud de cupo para estímulo en educación debe anexarse el programa de la actividad académica cuyo cupo se solicita. Las solicitudes deben remitirse al Coordinador de Capacitación de la División de Recursos Humanos o quien haga sus veces. 2.3 Dichas solicitudes serán registradas por el Coordinador de capacitación de la División de Recursos Humanos o quien haga sus veces en estricto orden crono1ógico de llegada de acuerdo con el sello de recepción de la División de Recursos Humanos. 2.4 El Comité Paritario de Capacitación recibirá por intermedio del Coordinador del Area de Capacitación de la División de Recursos Humanos o quien haga sus veces las solicitudes de cupo tanto de los trabajadores oficiales como de los empleados públicos no docentes. 2.5 El Comité Paritario de Capacitación estudiará las solicitudes que tengan sello de recepción de Recursos Humanos con mínimo quince días de antelación al inicio de la actividad académica, cuyo cupo se solicita. 2.6 El Comité Paritario de Capacitación analizará todas las solicitudes, en caso de no haber consenso en la aprobación de alguna solicitud, el Comité enviará la solicitud a la Comisión de Personal o al Comité Obrero Patronal de acuerdo con el estamento del solicitante, para su análisis y determinación. Una vez estos entes hayan tomado una decisión al respecto deberán enviar copia del acta en la cual se toma la decisión al Comité paritario de Capacitación. 2.7. Una vez analizadas las condiciones anteriores en las solicitudes, se otorgarán los cupos a los solicitantes que obtengan el mayor puntaje de acuerdo con los siguientes criterios y ponderación, definiendo como puntaje máximo 100 puntos: --- - - UNIVERSIDAD DEL VALLE RESOLUCION No.2.715-07 - Rectoría 3 ." a. Se define la siguiente tabla para el análisis del otorgamiento de cupos para diplomado s y cursos de nivelación, formación y extensión para empleados públicos no docentes y trabajadores oficiales de la Universidad del Valle. TABLA DE PONDERACIÓN PARA EMPLEADOS PÚBLICOS NO DOCENTES Y TRABAJADORES OFICIALES " . Antigüedad . . Pertinencia . . 20 puntos máximo (Relacionada o Específica) 60 puntos máximo Estudios de Educación formal superior con apoyo económico de la Univalle 10 puntos máximo Estudios de cursos nivelatorios, Diplomados o cursos de extensión 10 puntos máximo ': b. El puntaje para el análisis de la Antigüedad se otorgará teniendo en cuenta-el tiempo de vinculación laboral en la Universidad del Valle; y de acuerdo con los siguientes rangos: . a partir de 5 años y hasta 10 años O puntos 6 puntos 12 puntos a partir de 11 años y hasta 18 puntos 4 meseshasta un año . a partir de 1 año y hasta 5 años . . . a partir de 20 años c. El puntaje para el análisis la siguiente tabla: · · 20 años 20 puntos de la pertinencia se otorgará pertinencia específica 60 puntos Pertinencia relacionada 30 puntos de acuerdo con .. UNIVERSIDAD DEL VALLE RESOLUCION No.2.715-07 - Rectoría 4 .' PARÁGRAFO 1. Se entiende por pertinencia específica cuando el evento de capacitación apunta directamente a mejorar las competencias necesarias para llevar a cabo las funciones del cargo que desempeña el solicitante PARÁGRAFO 2. Se entiende por pertinencia relacionada cuando el evento de capacitación para el cual se soliCita Cupo tiene contenidos que están relacionados con las funciones del cargo que desempeña el solicitante pero son conocimientos fundamentalmente transversales al cargo y a otros de similar condición. d. El puntaje para el análisis de el apoyo económico al estudio que ofrece la Universidad del Valle para educación superior formal (exención de matricula o reembolso de matricula), se otorga de acuerdo a: . . No tiene apoyo económico ni exención 10 puntos Si tiene apoyo económico o exención O puntos e. Si el Trabajador Oficial o el Empleado Público no docente solicitante ha recibido otros cupos para diplomado, para cursos de formación o extensión en los últimos doce (12) meses un cupo para curso de nivelación en el último semestre, otorgados por el Comité Paritario de Capacitación, la Comisión de Personal, el Comité Obrero Patronal, u otra dependencia de la Universidad, el puntaje.se asignará así: . · No ha recibido apoyo de Univalle para Diplomado, cursos de formación, o extensión en los últimos doce (12) meses cursos de nivelación en el último semestre 10 puntos Ha recibido apoyo de Univalle para Diplomado, cursos de formación, o extensión en los últimos doce (12) meses o cursos de nivelación en el último semestre O puntos ] -- -- - -- UNIVERSIDAD DEL VALLE . RESOLUCION No.2.715-07 - Rectoria 5 .' ARTÍCULO 3. En caso de empate en los puntajes obtenidos en los criterios evaluados, se otorgará el cupo de acuerdo con el orden cronológico ( fecha y hora) de recepción de las solicitudes presentadas para estudiar por el Comité Paritario de Capacitación. ARTÍCULO 4. En caso que haya una sola solicitud para cupo de Diplomado, Curso de Nivelación, Formación y Extensión, se otorgará el cupo al solicitante, sin tener en cuenta la tabla de ponderación. ARTÍCULO 5. La Rectoria de la Universidad del Valle expedirá oficio mediante el cual otorgará los cupos, previa recomendación del Comité Paritario de Capacitación, e informará a la re~ectiva unidad académica que ofrece el evento sobre los cupos otorgados, enviando copia al solicitante, al jefe inmediato de éste y a la División de Recursos Humanos. COMUNIQUESE, Dada en Santiago NOTIFIQUESE y CUMPLAS E de Cali, a los 29 días del mes de Octubre de 2007. QUE RAMOS CALDERON Rector Encargado Secretario Cg. General