CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO

Transcripción

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
POR TIEMPO DETERMINADO
Folio: 00000
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO QUE POR TIEMPO DETERMINADO
CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO VERACRUZANO DE LA VIVIENDA
POR CONDUCTO DE SU GERENTE GENERAL, ARQUITECTO MANUEL
BARCLAY GALINDO Y POR LA OTRA EL ______________________, A QUIENES
EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “LA DEPENDENCIA” y “EL
TRABAJADOR”,
RESPECTIVAMENTE
BAJO
LAS
SIGUIENTES
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I.- Declara “La Dependencia” por conducto del Gerente General, que:
A.
La entidad que representa es un Organismo Público Descentralizado,
que forma parte integrante del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz, cuyas
funciones públicas se encuentran previstas en los artículos 9 fracción VIII, 10,
12, 27 y 28 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de Veracruz; artículos 5º y
6º, de la Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para
el Estado de Veracruz, en relación con el numeral 4º, de la Ley Estatal del
Servicio Civil; y Artículo 11 fracciones II, V, XVII del Reglamento Interior del
Instituto, está facultada para otorgar el presente contrato de trabajo.
B.
Derivado del Decreto que modifica y adiciona el Reglamento Interior de
la Secretaría de Desarrollo Social y Medio Ambiente, publicado en la Gaceta
Oficial el día 9 de Noviembre de 2006, y el Decreto 846 publicado en la
Gaceta Oficial de fecha 26 de Enero de 2007, que contiene la Transferencia
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Calle Cuauhpopoca No. 11. Colonia: Salud. C.P. 91070. Xalapa, Veracruz.
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de Recursos humanos, materiales, financieros y jurídicos de la Dirección
General de Ordenamiento Urbano y Regional a “La Dependencia”, por Acta
de entrega de fecha 4 de Mayo de 2007, entre otros se transfiere el personal
por contrato, motivo del presente documento.
C.
La erogación que origina la presente contratación se cubrirá con cargo
a la partida 1201, programa 33, subprograma 3 “La Dependencia” retendrá las
cantidades que correspondan a “El Trabajador” por concepto de Impuesto
Sobre Productos de Trabajo y Cuotas del Seguro Social, así como cualquier
otra cantidad que la Ley señale.
II.- Declara “El Trabajador “, que:
A.
Su nombre es el de ______________, para todos los efectos legales.
B.
Tener los siguientes datos generales: a) Nacionalidad: __________, b)
Edad: ______, c) Sexo: ________, d) fecha de nacimiento:_______________,
e) Estado Civil: _________, f) domicilio: _________________, g) Registro
Federal de Contribuyentes: _____________
C.
Los datos que se consignan en este Instrumento son correctos y los
relativos a su identificación han sido proporcionados por él, de igual forma
manifiesta aportar su máximo esfuerzo para cumplir con el servicio público
relacionado con las labores que “La Dependencia” le encomiende como
trabajador.
Las partes de común acuerdo se someten a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA.- “La Dependencia” contrata a “El Trabajador” para que este preste sus
servicios eventuales de Taquimecanógrafo 1, para el Instituto Veracruzano de la
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Vivienda, el ubicado en la Priv. de Cuauhpopoca No. 11 Col. Salud, de esta ciudad
capital, en un periodo comprendido del ____________________, quien se
desempeñará conforme a lo pactado por la Ley Estatal del Servicio Civil y
Condiciones Generales de Trabajo.
SEGUNDA.- En observancia a lo dispuesto en los artículos 15 y 24 de la Ley Estatal
del Servicio Civil, se asientan los siguientes datos y condiciones que se sujetará la
relación laboral en el presente contrato.
TIPO DE CONTRATO:
I.- El presente contrato tiene el carácter de tiempo determinado (fijo), como lo
establece la cláusula primera del mismo, y conforme al artículo 20 de la Ley Estatal
del Servicio Civil, al fenecer el término fijado “El Trabajador”, queda separado sin
responsabilidad alguna para “La Dependencia”, sin necesidad de aviso, ni de ningún
otro requisito.
II.- A “El trabajador” se le asigna la categoría de ________________ para satisfacer
necesidades eventuales de esta “Dependencia”
III.- Las funciones le serán indicadas por el funcionario responsable del área a la que
se le adscriba para el desarrollo de sus labores.
IV.- La jornada de trabajo se ajustará a lo establecido en las disposiciones legales,
mismas que serán de ocho horas diarias laborándose de Lunes a Viernes, quedando
sujeto al inicio de labores a lo dispuesto para tal efecto por “La Dependencia”.
Para el control de asistencia de la jornada de trabajo “La Dependencia”
proporcionará una tarjeta o libro en que se registrarán las entradas y salidas, la
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omisión de lo anterior, implica incumplimiento de sus obligaciones conforme a lo
dispuesto para tal efecto por “La Dependencia”.
En caso de que “El trabajador” falte injustificadamente al trabajo “La Dependencia”
descontará los días no laborados, conforme a lo dispuesto por las normas
establecidas, sin embargo acumulando más de tres faltas de asistencia consecutivas
o cinco discontinuas en un periodo de 30 días, dará por terminado anticipadamente
la relación laboral, sin responsabilidad de “La Dependencia”.
V.- “La Dependencia” pagará a “El Trabajador”, por sus servicios, un salario mensual
de ____________________________________________, incluyendo el I.V.A.,
pagándole de forma quincenal lo correspondiente, mismo que se cubrirá en el
domicilio del centro de trabajo el ubicado en la Priv. De Cuauhpopoca No. 11 Col.
Salud.
“El Trabajador” tendrá derecho al disfrute de la parte proporcional de vacaciones de
conformidad
con lo dispuesto por la normatividad aplicable y de acuerdo a las
necesidades del servicio, así como a la parte proporcional de aguinaldo por el
tiempo de servicios prestados, conforme a este contrato.
DEPENDENCIA DE ADSCRIPCIÓN:
VI.- “El trabajador” quedará adscrito al Instituto Veracruzano de la Vivienda, prestará
sus servicios bajo las condiciones pactadas en este contrato y las generales del
trabajo, que rigen la relación laboral entre el poder Ejecutivo del Estado y sus
trabajadores.
TERCERA.- Los días de descanso que disfrutará “El Trabajador”, serán de dos por
cada cinco trabajados en una semana calendario, pudiendo fijarse conforme a las
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necesidades del servicio y de “La Dependencia”, así como los señalados por el
calendario oficial del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
CUARTA.- Las partes acuerdan que se sujetan a lo establecido en los artículos 36 y
37 de la Ley Estatal del Servicio Civil, del Estado de Veracruz, y demás artículos
aplicables y vigentes.
Para los efectos del presente contrato las partes convienen expresa e
irrevocablemente en someterse a las Leyes del Estado de Veracruz, así como a la
jurisdicción de los tribunales competentes de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio
de la Llave, renunciando a cualquier otra jurisdicción que por razón de sus domicilios
pudiere corresponderles
No existiendo dolo, error o cualquier otro vicio de la voluntad que pudiese invalidarlo,
se suscribe por duplicado este contrato por las partes que en el intervienen, previa
lectura del mismo, en la ciudad de Xalapa Enríquez, Veracruz, siendo
__________________________.
“La Dependencia”
“El Trabajador”
Arq. Manuel Barclay Galindo
___________________
Gerente General
TESTIGOS
Ing. Félix Villagrán Aguilera
Lic. Ricardo Peña Olvera
Gerente de Administración y
Gerente Jurídico
Finanzas.
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