Ministerio de Salud
Transcripción
Ministerio de Salud
Nº 4800 14/01/2016 Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza Nº 33.701 - Ley Nº 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Lic. María Leticia Montiel - Registro de la Propiedad Intelectual Nº 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Uspallata 3160 (1437), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. - Teléfonos: 5091-7549, 5091-7550 E-mail: [email protected] [email protected] - Consultas de Edictos Particulares de 9:30 a 14:30 hs. Web: boletinoficial.buenosaires.gob.ar Sumario Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires Ley N° 5451 Se declara Personalidad Destacada de la Ciudad en el ámbito de la Cultura a Adelaida Negri............................ Pág. 9 Ley N° 5459 Se impone el nombre de Baldomero Fernández Moreno al Jardín de Infantes Nucleado A del Distrito Escolar 11 sito en Baldomero Fernández Moreno 3652............................................................................. Pág. 9 Ley N° 5473 Se declara Personalidad Destacada de la Ciudad en el ámbito del Deporte a Julio Alsogaray........................... Pág. 10 Ley N° 5474 Se declara Personalidad Destacada de la Ciudad en el ámbito del Deporte a Diego Simonet............................ Pág. 10 Ley N° 5479 Se declara Personalidad Destacada de la Ciudad en el ámbito de los Derechos Humanos a Silvina Chemen..................................................................................................................................................... Pág. 11 Ley N° 5480 Se declara Personalidad Destacada de la Ciudad en el ámbito de los Derechos Humanos a Héctor Shalom...................................................................................................................................................... Pág. 12 Ley N° 5481 Se declara Personalidad Destacada de la Ciudad en el ámbito de los Derechos Humanos a Vida Morant........................................................................................................................................................... Pág. 12 Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N° 46 Se acepta la renuncia presentada por Sergio Gabriel Costantino como Subsecretario de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana dependiente de la ex Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana y se lo designa como Secretario de Descentralización dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros............................................................. Pág. 14 Decreto N° 47 Se ratifican, se aceptan renuncias y se designan funcionarios en el Ministerio de Gobierno.............................. Pág. 15 Resolución Ministerio de Justicia y Seguridad Resolución N° 5-ISSP/16 Se designa personal............................................................................................................................................. Pág. 17 Resolución N° 6-ISSP/16 Se recategoriza personal...................................................................................................................................... Pág. 18 Ministerio de Salud Resolución N° 37-MSGC/16 Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 20 Resolución N° 38-MSGC/16 Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 21 Resolución N° 39-MSGC/16 Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 22 Resolución N° 40-MSGC/16 Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 24 Resolución N° 41-MSGC/16 Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 26 Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte Resolución N° 1-MDUYTGC/16 Se abona a Jorge Osvaldo Sábato la tarea establecida en el Artículo 25 de la Ley Nº 70 con motivo de habérsele aceptado la renuncia al cargo de Subsecretario de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura............................................................................................................ Pág. 28 Resolución N° 2-MDUYTGC/16 Se abona a Luis Germán Jahn la tarea establecida en el Artículo 25 de la Ley Nº 70 con motivo de habérsele aceptado la renuncia al cargo de Subsecretario de Coordinación y Seguimiento de Gestión............................................................................................................................................................. Pág. 28 Resolución N° 3-MDUYTGC/16 Se abona a Daniel Gustavo Chaín la tarea establecida en el Artículo 25 de la Ley Nº 70 con motivo de haber cesado en sus funciones de Ministro de Desarrollo Urbano...................................................... Pág. 29 Resolución N° 4-MDUYTGC/16 Se abona a Fernando Jorge Codino la tarea establecida en el Artículo 25 de la Ley Nº 70 con motivo de habérsele aceptado la renuncia al cargo de Director General Técnico, Administrativo y Legal................................................................................................................................................................... Pág. 30 Resolución N° 5-MDUYTGC/16 Se abona a Guillermo Javier Dietrich la tarea establecida en el Artículo 25 de la Ley Nº 70 con motivo de habérsele aceptado la renuncia al cargo de Subsecretario de Transporte.......................................... Pág. 31 Resolución N° 6-MDUYTGC/16 Se da de baja y se designan responsables de administración y rendición de fondos.......................................... Pág. 32 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Resolución N° 3-MAYEPGC/16 Se desestima el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración incoado por la empresa CLIBA Ingeniería Urbana SA contra la Disposición N° 235/DGLIM/14.............................................. Pág. 34 Resolución N° 4-MAYEPGC/16 Se desestima el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración incoado por la empresa CLIBA Ingeniería Urbana SA contra la Disposición N° 234/DGLIM/14.............................................. Pág. 35 Resolución N° 5-MAYEPGC/16 Se instruye sumario administrativo....................................................................................................................... Pág. 37 Resolución N° 6-MAYEPGC/16 Se aprueba el Informe Final de Gestión presentado por Thierry Decoud como Director General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías................................................................................................................. Pág. 38 Resolución N° 7-MAYEPGC/16 Se aprueba el Informe Final de Gestión presentado por Mariano Daniel Campos como Subsecretario de Higiene Urbana......................................................................................................................... Pág. 40 Resolución N° 8-MAYEPGC/16 Se aprueba el Informe Final de Gestión presentado por Mariano Daniel Campos como Subsecretario de Higiene Urbana......................................................................................................................... Pág. 41 Resolución N° 9-MAYEPGC/16 Se aprueba el Informe Final de Gestión presentado por Maximiliano Luis Vallejos como Director General de Mantenimiento y Talleres...................................................................................................... Pág. 42 Resolución N° 10-MAYEPGC/16 Se desestima el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración por Patricia Edith Waks contra la Resolución N° 198/SSMEP/14............................................................................................ Pág. 44 Resolución N° 11-MAYEPGC/16 Se desestima el recurso de reconsideración interpuesto por la firma Metrovías SA contra la Resolución Nº 1209/MAYEPGC/15...................................................................................................................... Pág. 45 Resolución N° 12-MAYEPGC/16 Se desestima el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por la empresa Agua y Saneamientos Argentinos SA.................................................................................................... Pág. 48 Resolución N° 13-MAYEPGC/16 Se desestima el recurso jerárquico incoado por Jesica Gabriela Alves contra la Resolución N° 380/SSMEP/15...................................................................................................................................................... Pág. 50 Resolución N° 14-MAYEPGC/16 Se desestima el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración interpuesto por Sofía Schweizer contra la Resolución N° 186/SSMEP/14.................................................................................... Pág. 52 Agencia Gubernamental de Control Resolución N° 26-AGC/15 Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 55 Resolución N° 126-AGC/15 Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 56 Resolución N° 481-AGC/15 Se rescinde el contrato de Mirta Teresita Genoni................................................................................................. Pág. 57 Resolución N° 7-AGC/16 Se ratifica a Leonora Alejandra Carnazzoli a cargo de la Unidad de Auditoría Interna........................................ Pág. 58 Resolución N° 8-AGC/16 Se acepta la renuncia de Ignacio José Parera como Director General de Higiene y Seguridad Alimentaria y se designa transitoriamente a Tomás Schonamsgruber en su reemplazo..................................... Pág. 59 Resolución N° 9-AGC/16 Se designa transitoriamente a María Daniela Grassi como Gerente Operativa de Fiscalización y Control de Obras................................................................................................................................................ Pág. 60 Resolución N° 10-AGC/16 Se acepta la renuncia de Santiago Víctor Lucero Torres a cargo de la Unidad de Coordinación General y se designa transitoriamente a Verónica Lopreite en su reemplazo...................................................... Pág. 62 Resolución N° 11-AGC/16 Se modifica la estructura orgánico funcional de la Agencia Gubernamental de Control...................................... Pág. 63 Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud Resolución N° 60-SSASS/15 Se aprueba el aumento del monto total adjudicado de la Orden de Compra N° 36.931-SIGAF/14.................................................................................................................................................. Pág. 65 Resolución N° 61-SSASS/15 Se aprueba el aumento del monto total adjudicado de la Orden de Compra N° 25.336-SIGAF/15.................................................................................................................................................. Pág. 67 Resolución N° 62-SSASS/15 Se aprueba el aumento del Renglón N° 1 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2256-OC14.................................................................................................................................................... Pág. 69 Resolución N° 63-SSASS/15 Se aprueba el aumento del Renglón N° 1 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2308-OC14.................................................................................................................................................... Pág. 71 Resolución N° 64-SSASS/15 Se aprueba el aumento del Renglón N° 8 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2647-OC14.................................................................................................................................................... Pág. 74 Resolución N° 65-SSASS/15 Se aprueba el aumento del Renglón N° 5 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2465-OC14.................................................................................................................................................... Pág. 76 Resolución N° 66-SSASS/15 Se aprueba el aumento del Renglón N° 4 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2464-OC14.................................................................................................................................................... Pág. 78 Disposición Ministerio de Hacienda Disposición N° 607-DGCYC/15 Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 81 Disposición N° 9-DGCPUB/16 Se dispone la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires................................... Pág. 82 Ministerio de Salud Disposición N° 5-DGADCYP/16 Se aprueba y se declara fracasada la Contratación Menor N° 401-2283-CME15................................................ Pág. 87 Ministerio de Educación Disposición N° 1491-DGAR/15 Se deja sin efecto la Contratación Menor Nº 550-1689-CME15........................................................................... Pág. 89 Agencia Gubernamental de Control Disposición N° 35-DGFYCO/16 Se establece plazo para el pago de la tasa referida en la Ley Tarifaria vigente en relación al servicio de registro de mantenimiento de instalaciones fijas contra incendio....................................................... Pág. 90 Disposición N° 36-DGFYCO/16 Se establece plazo para el pago de la tasa referida en la Ley Tarifaria vigente en relación al servicio de Registro de Verificación de las Instalaciones Térmicas...................................................................... Pág. 91 Ministerio de Salud Disposición N° 360-HGNPE/15 Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 92 Disposición N° 1-HGAP/16 Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 93 Disposición N° 2-HGAP/16 Se aprueba gasto.................................................................................................................................................. Pág. 95 Agencia Gubernamental de Control Disposición N° 116-DGFYC/15 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables al local que opera con nombre de fantasía La Capilla.............................................................................................................................. Pág. 97 Organos de Control Resolución Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Resolución N° 4-SGCBA/16 Se aprueban gastos.............................................................................................................................................. Pág. 99 Disposición Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Disposición N° 1-DGTALPG/16 Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 101 Disposición N° 2-DGTALPG/16 Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 102 Comunicados y Avisos Ministerio de Educación Comunicados N° 35045141-MEGC/15............................................................................................................... Pág. 104 Comunicados N° 1-GOCYDD/16........................................................................................................................ Pág. 104 Licitaciones Ministerio de Salud Licitación - Llamado N° 1625-HMIRS/15........................................................................................................... Pág. 106 Licitación - Llamado N° 1630-HMIRS/15........................................................................................................... Pág. 106 Licitación - Llamado N° 1649-HGNRG/15.......................................................................................................... Pág. 107 Expediente - Adjudicación N° 24636867-HBR/15.............................................................................................. Pág. 108 Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires Licitación - Llamado N° 30-IVC/14..................................................................................................................... Pág. 109 Licitación - Llamado N° 6-IVC/15....................................................................................................................... Pág. 109 Contratación Directa - Llamado N° 22-IVC/15................................................................................................... Pág. 110 Banco Ciudad de Buenos Aires Carpeta - Llamado N° 22201-BCOCIUDAD/16.................................................................................................. Pág. 111 Carpeta - Llamado N° 22216-BCOCIUDAD/16.................................................................................................. Pág. 111 Carpeta - Preadjudicación N° 22152-BCOCIUDAD/15...................................................................................... Pág. 112 Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Licitación - Preadjudicación N° 8-FGCABA/15.................................................................................................. Pág. 113 Edictos Particulares Transferencias N° 8-SECLYT/16........................................................................................................................ Pág. 116 Transferencias N° 15-SECLYT/16...................................................................................................................... Pág. 116 Transferencias N° 16-SECLYT/16...................................................................................................................... Pág. 117 Transferencias N° 18-SECLYT/16...................................................................................................................... Pág. 117 Transferencias N° 20-SECLYT/16...................................................................................................................... Pág. 118 Convocatoria a Asamblea N° 13-SECLYT/16..................................................................................................... Pág. 119 Convocatoria a Asamblea N° 17-SECLYT/16..................................................................................................... Pág. 120 Edictos Oficiales Ministerio de Salud Notificación N° 8-HBR/16.................................................................................................................................... Pág. 121 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Intimaciones N° 38348293-DGCEM/15.............................................................................................................. Pág. 122 Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Notificación N° 15226794-DGR/14..................................................................................................................... Pág. 123 Intimaciones N° 5439565-DGR/14...................................................................................................................... Pág. 125 Junta Comunal 1 Intimaciones N° 15060686-COMUNA1/14.......................................................................................................... Pág. 127 Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires Citación N° 39299532-JPIPCF3/15..................................................................................................................... Pág. 128 Ministerio Público Fiscal Notificación N° 897164-UFS/16.......................................................................................................................... Pág. 129 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires LEY N.° 5451 Buenos Aires, 3 de diciembre de 2015 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Declárase Personalidad Destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la Cultura a la Sra. Adelaida Negri. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez Buenos Aires, 11 de enero de 2016 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.451 (Expediente Electrónico N° 38.679.471MGEYA-DGALE-2015), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 3 de diciembre de 2015, ha quedado automáticamente promulgada el día 8 de enero de 2016. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Montiel LEY N.° 5459 Buenos Aires, 3 de diciembre de 2015 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Impónese el nombre de “Baldomero Fernández Moreno“ al Jardín de Infantes Nucleado “A” del Distrito Escolar 11 sito en la calle Baldomero Fernández Moreno 3652. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez Página 9 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Buenos Aires, 11 de enero de 2016 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.459 (Expediente Electrónico N° 38.678.806MGEYA-DGALE-2015), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 3 de diciembre de 2015, ha quedado automáticamente promulgada el día 8 de enero de 2016. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. Montiel LEY N.° 5473 Buenos Aires, 3 de diciembre de 2015 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Declárese Personalidad Destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito del deporte, al regatista Julio Alsogaray. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez DECRETO N.º 27/16 Buenos Aires, 7 de enero de 2016 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 5.473 (E.E. N° 38.676.482-MGEYADGALE-2015) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 3 de diciembre de 2015. El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel LEY N.° 5474 Buenos Aires, 3 de diciembre de 2015 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Declárese Personalidad Destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito del Deporte al Sr. Diego Simonet. Página 10 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez DECRETO N.º 28/16 Buenos Aires, 7 de enero de 2016 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 5.474 (E.E. N° 38.676.747-MGEYADGALE-2015) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 3 de diciembre de 2015. El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel LEY N.º 5479 Buenos Aires, 3 de diciembre de 2015 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Declárase personalidad destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de los Derechos Humanos a la Rabina Silvina Chemen, por su labor para la igualdad de oportunidades, la convivencia social y religiosa, y contra la discriminación. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez DECRETO N.º 30/16 Buenos Aires, 7 de enero de 2016 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 5.479 (E.E. N° 38.676.865-MGEYADGALE-2015) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 3 de diciembre de 2015. El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel Página 11 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires LEY N.° 5480 Buenos Aires, 3 de diciembre de 2015 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Declárase personalidad destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de los Derechos Humanos al Sr. Héctor Shalom, por su labor para la inclusión social de adolescentes y jóvenes, y la convivencia contra toda forma de violencia y discriminación. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez DECRETO N.º 31/16 Buenos Aires, 7 de enero de 2016 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 5.480 (E.E. N° 38.678.516-MGEYADGALE-2015) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 3 de diciembre de 2015. El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel LEY N.° 5481 Buenos Aires, 3 de diciembre de 2015 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Declárase personalidad destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de los Derechos Humanos a la Sra. Vida Morant: actriz, activista y educadora -primera directora académica trans de Argentina-, luchadora incansable, referente de la comunidad trans (travesti, transexual y transgénero) de nuestro país. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez Página 12 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires DECRETO N.º 29/16 Buenos Aires, 7 de enero de 2016 En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N° 5.481 (E.E. N° 38.678.184-MGEYADGALE-2015) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 3 de diciembre de 2015. El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel Página 13 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Poder Ejecutivo Decreto DECRETO N.° 46/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: La Ley Nº 5.460, los Decretos Nº 103/13 y N° 363/15, el Expediente Nº EX-201539010493-MGEYA-DGTALMJG/15, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2º de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo a la Jefatura de Gabinete de Ministros, Que por Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la Secretaria de Descentralización dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros; Que el Sr. Sergio Gabriel Costantino, DNI Nº 22.366.623, CUIL Nº 20-22366623-0, presentó, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia al cargo de Subsecretario de la entonces Subsecretaía de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana dependiente de la entonces Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, al cual fuera designado mediante Decreto N° 103/13; Que en consecuencia la Jefatura de Gabinete de Ministros, propicia la designación del Sr. Sergio Gabriel Costantino para ocupar el cargo de Secretario de la actual Secretaría de Descentralización de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2015, la renuncia presentada por el Sr. Sergio Gabriel Costantino, DNI Nº 22.366.623, CUIL Nº 20-22366623-0, como Subsecretario de la entonces Subsecretaria de Descentralización, Desconcentración y Participación Ciudadana dependiente de la entonces Secretaria de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Artículo 2°.- Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2015, al Sr. Sergio Gabriel Costantino, DNI Nº 22.366.623, CUIL Nº 20-22366623-0, como Secretario, de la Secretaria de Descentralización de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Articulo 3°.- El presente Decreto es refrendado por señor Jefe de Gabinete de Ministros. Página 14 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel DECRETO N.° 47/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: La Ley Nº 5.460, los Decretos Nº 693/11; 209/12; N° 283/12; N° 97/13; N° 223/13; N° 59/14; N° 67/14; N° 344/14; N° 90/15; N° 183/15; N° 286/15 y N° 363/15, el Expediente Nº 38.847.549/MGEYA-MGOBGC/15, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley Nº 5.460, se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley establece entre los Ministerios del Poder Ejecutivo al Ministerio de Gobierno; Que por Decreto N° 363/15 se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Gobierno a diversas Subsecretarías, Direcciones Generales y organismos fuera de nivel; Que en consecuencia el Ministerio de Gobierno, propicia la ratificación, la aceptación de las renuncias y las designaciones de las personas que se indican en el Anexo I, II y III, como parte integrante del presente; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar la norma legal pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Ratifícase a la funcionaria del Ministerio de Gobierno que se menciona en el Anexo I (IF-2016-00921618-MGOBGC), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en el cargo y condiciones que se detallan en el mismo. Artículo 2°.- Acéptanse las renuncias de los funcionarios del Ministerio de Gobierno que se mencionan en el Anexo II (IF-2016-00922381-MGOBGC), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el mismo. Artículo 3°.- Desígnanse a las personas que se mencionan en el Anexo III (IF-201600922859-MGOBGC) como funcionarios del Ministerio de Gobierno, el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente, en los cargos y condiciones que se detallan en el mismo. Página 15 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 4°.- Los agentes designados por el presente decreto, que revisten en planta permanente o posean cargos en otras dependencias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán solicitar la correspondiente licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía. Articulo 5°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Gobierno y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependientes del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Screnci Silva - Miguel ANEXO Página 16 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Resolución Ministerio de Justicia y Seguridad RESOLUCIÓN N.° 5/ISSP/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: Las Resoluciones N° 117/ISSP/11, 14/ISSP/13 y N° 29/ISSP/15, la Nota Nº 174308/SAISSP/16, el Informe N° 188474/SGISSP/16, el Expediente Electrónico Nº 183220/MGEYA/SGISSP/16, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 117/ISSP/11, se aprobó la estructura organizativa del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que por Resolución N° 118/ISSP/11, modificada por Resolución N° 29/ISSP/15, se creó el Escalafón General del mencionado Instituto y se estableció la retribución bruta, normal y habitual del personal; Que conforme dispone el Estatuto del Instituto Superior de Seguridad Pública, aprobado por la Resolución 14/ISSP/13, el mismo en su condición de Ente Autárquico, se da su Estatuto, establece su estructura organizativa y operativa, elige sus autoridades, designa o contrata personal, se vincula con otras universidades e instituciones nacionales o extranjeras para el mejor cumplimiento de sus fines, y administra su patrimonio; Que mediante Informe Nº 188474/SGISSP/16, atendiendo a las necesidades concretas que presenta el Servicio Médico del Instituto en su gestión cotidiana, el Sr. Director de Recursos Humanos elevó a esta Instancia la propuesta de designación de la Auxiliar de Enfermería Alejandra Isabel Paniagua (DNI 30.579.446) en la categoría Auxiliar Administrativo 6° a partir del día 1 de Enero de 2016; Que por su parte, por Nota Nº 174308/SAISSP/16, el Sr. Secretario Académico propició la designación de la Sra. María Elisa Pagano Ajolfi (DNI 33.877.954) en la categoría Auxiliar Administrativo 5° y del Sr. Facundo Gastón Fernández Polledo (DNI 33.403.588) como Auxiliar Administrativo 6° de esta casa de estudios a partir del día 1 de Enero de 2016; Que dichas propuestas, están fundadas en las necesidades concretas que presentan ambas Secretarías en su gestión cotidiana, producto del incremento en las actividades académicas y de formación en el ámbito de esta casa de estudios, considerando asimismo el progreso de las carreras que se dictan en la misma, más la incorporación de nuevos cursos de especialización y ascenso; Que en razón de lo expuesto, toda vez que los nombrados reúnen la idoneidad suficiente para el desempeño del cargo y se ha dado cumplimiento a las exigencias necesarias, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias, LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE Artículo 1.- Designar a la Lic. María Elisa Pagano Ajolfi (DNI 33.877.954) en la categoría Auxiliar Administrativo 5° del Instituto Superior de Seguridad Pública, a partir del día 1 de Enero de 2016. Página 17 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2.- Designar a la Auxiliar de Enfermería Alejandra Isabel Paniagua (DNI 30.579.446) y al Sr. Facundo Gastón Fernández Polledo (DNI 33.403.588) en la categoría Auxiliar Administrativo 6° del Instituto Superior de Seguridad Pública, a partir del día 1 de Enero de 2016. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, y a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe RESOLUCIÓN N.° 6/ISSP/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: Las Resoluciones Nº 117/ISSP/11, N° 118/ISSP/11, Nº 14/ISSP/13, N°15/ISSP/14, N° 32/ISSP/15 y N° Nº 29/ISSP/15, la Nota Nº 179627/SAISSP/16, el Informe Nº 458121/SGISSP/16, el Expediente Electrónico Nº 187568/MGEYA/SGISSP/16, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 117/ISSP/11, se aprobó la estructura organizativa del Instituto Superior de Seguridad Pública; Que por Resolución N° 118/ISSP/11, modificada por Resolución N° 29/ISSP/15, se creó el Escalafón General del mencionado Instituto y se estableció la retribución bruta, normal y habitual del personal; Que en dicho marco, a través de la Resolución N° 32/ISSP/15, fueron designados la Lic. Lucía Anabel Signori (DNI 33.498.425) y el Sr. Mariano Rial (DNI 27.668.896) en la categoría Auxiliar Administrativo 2°, la Sra. Gabriela Belén Sabatini Bartra (DNI 92.031.491) como Auxiliar Administrativo 5° y la Sra. Pamela de los Ángeles Ferreyra (DNI 35.270.074) como Auxiliar Administrativo 6° del Instituto; Que la Resolución N° 15/ISSP/14 designó en la categoría Administrativo C, al Sr. Carlos Dante Demonte (DNI 32.983.423); Que conforme dispone el Estatuto del Instituto Superior de Seguridad Pública, aprobado por la Resolución 14/ISSP/13, el mismo en su condición de Ente Autárquico, se da su Estatuto, establece su estructura organizativa y operativa, elige sus autoridades, designa o contrata personal, se vincula con otras universidades e instituciones nacionales o extranjeras para el mejor cumplimiento de sus fines, y administra su patrimonio; Que en ese entendimiento, mediante Nota Nº 179627/SAISSP/16, el Sr. Secretario Académico elevó a esta Instancia, la propuesta de recategorización de la Lic. Lucía Anabel Signori (DNI 33.498.425) en la categoría Senior E, de la Sra. Gabriela Belén Sabatini Bartra (DNI 92.031.491) en al categoría Auxiliar Administrativo 4°, de la Sra. Pamela de los Ángeles Ferreyra (DNI 35.270.074) en la categoría Auxiliar Administrativo 5° y del Sr. Carlos Dante Demonte (DNI 32.983.423) en la categoría Auxiliar Administrativo 4°, todas ellas a partir del 1 de enero de 2016; Página 18 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que en igual sentido, el Sr. Director de Recursos Humanos elevó mediante Informe N° 458121/SGISSP/16, la propuesta de recategorización del Sr. Mariano Rial (DNI 27.668.896) en la categoría Senior C, a partir del 1 de enero del corriente año; Que a la luz de lo expuesto, atendiendo a las necesidades concretas que presenta este Instituto en su actividad cotidiana, considerando el buen desempeño de los nombrados, que reúnen los requisitos y poseen la idoneidad necesaria para el desempeño de funciones en las categorías detalladas, resulta oportuno efectuar las recategorizaciones propuestas y cesar en los cargos oportunamente asignados a las personas citadas precedentemente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias, LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE Artículo 1.- Cesar como Auxiliar Administrativo 2° del Instituto Superior de Seguridad Pública a la Lic. Lucía Anabel Signori (DNI 33.498.425), a partir del día 31 de diciembre de 2015, designándola en la categoría Senior E de este Instituto, a partir del día 1 de enero de 2016. Artículo 2.- Cesar como Auxiliar Administrativo 2° del Instituto Superior de Seguridad Pública al Sr. Mariano Rial (DNI 27.668.896) a partir del día 31 de diciembre de 2015, designándolo en la categoría Senior C de este Instituto, a partir del día 1 de enero de 2016. Artículo 3.- Cesar como Auxiliar Administrativo 5° del Instituto Superior de Seguridad Pública a la Sra. Gabriela Belén Sabatini Bartra (DNI 92.031.491), a partir del día 31 de diciembre de 2015, designándola en la categoría Auxiliar Administrativo 4° de este Instituto, a partir del día 1 de enero de 2016. Artículo 4.- Cesar como Administrativo C del Instituto Superior de Seguridad Pública al Sr. Carlos Dante Demonte (DNI 32.983.423), a partir del día 31 de diciembre de 2015, designándolo en la categoría Auxiliar Administrativo 4º de este Instituto, a partir del día 1 de enero de 2016. Artículo 5.- Cesar como Auxiliar Administrativo 6° del Instituto Superior de Seguridad Pública a la Sra. Pamela de los Ángeles Ferreyra (DNI 35.270.074) a partir del día 31 de diciembre de 2015, designándola en la categoría Auxiliar Administrativo 5º de este Instituto, a partir del día 1 de enero de 2016. Artículo 6.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Dirección de Recursos Humanos, a la Secretaría Académica y a la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. De Langhe Página 19 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Salud RESOLUCIÓN N.° 37/MSGC/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: el Decreto N° 556/10, modificado por Decreto 752/10, Resolución 131-SSASS-14, el Expediente Electrónico N° 33891842/MGEYA-HIJCTG/2015, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García, realizado por la firma Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.A., en el marco del Decreto N° 556/10, modificado por Decreto N° 752/10, correspondiente al mes de OCTUBRE de 2015, por un monto total de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($693.338,37); Que por Resolución 131-SSASS-14, -comunicada por NO-2014-4527579-DGADC- se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto 556/10 y su modificatorio Dto. 752/10; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas, dado que el presente trámite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto administrativo; Que la Dirección del Hospital reconoció la prestación del servicio mediante DI-201591-HIJCTG, -Orden 20-, por un total de Pesos Seiscientos Noventa y Tres Mil Trescientos Treinta y Ocho con Treinta y Siete Centavos ($693.338,37); Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud, acordó la gestión realizada y prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta esencial e imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población; Que el monto de la prestación se corresponde con lo establecido en el Acta Acuerdo N° 111-MSGC-15, de fecha 19.10.2015, por la cual se reconoce a la firma prestadora de los servicios el incremento en el costo de la mano de obra según los convenios salariales aplicables, tomando como base las Actas Acuerdo N°52-MSGC-15, N°11MSGC-14, y N°56-MSGC-2013, y lo actuado por Registro N° 804.435/MSGC/10, en el cual se fijaba un abono, sobre la base de un precio mensual final por operario de jornada completa a octubre de 2010, para las prestaciones de Hospitales; Que asimismo con fecha 24.01.2013 se suscribió el Acta de Ampliación de Dotación de Personal mediante Informe N° IF-2014-00044418-HIJCTG,- Orden 7- sumando a la dotación original y con las pautas preexistentes 13 operarios de jornada completa, con motivo de la inauguración de la Torre de 6 pisos perteneciente al hospital en cuestión; Que por EE-2014-4881784-DGRFISS tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que se ha registrado la Solicitud de Gastos -Orden 24- y Registro de Compromiso Página 20 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Definitivo, -Orden 31- con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 3.3.5.; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 752/10, LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García, realizado por la firma Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.A. durante el mes de OCTUBRE de 2015, por la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($693.338,37). Artículo 2°.- El gasto que se aprueba por el artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente del Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3°.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y al Hospital Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García. Bou Pérez RESOLUCIÓN N.° 38/MSGC/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: El Decreto N° 556/10, modificado por Decreto 752/10, Resolución 113-SSASS-14 y su rectificatoria Resolución 116-SSASS-14 y el EE-2015-37617646-HBU, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital de Gastroenterología Dr. C. Bonorino Udaondo, realizado por la firma Servicios de Limpieza y Mantenimiento S.A., en el marco del Decreto N° 556/10, modificado por Decreto N° 752/10, correspondiente al mes de NOVIEMBRE de 2015, por un monto total de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON TREINTA Y SIETE ($693.338,37); Que por Resolución 131-SSASS-14, -comunicada por NO-2014-4527579-DGADC- se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto 556/10 y su modificatorio Dto. 752/10; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los presentes dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas, dado que el presente tramite se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto administrativo; Que la Dirección del Hospital mediante DISFC-2015-204-HBU, -Orden 2- reconoció la prestación del servicio, por un total de Pesos Seiscientos Noventa y Tres Mil Trescientos Treinta y Ocho con Treinta y Siete ($693.338,37); Página 21 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el titular de la Dirección General Recursos Físicos en Salud, acordó la gestión realizada y prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta esencial e imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población; Que el monto de la prestación surge de lo establecido Acta Acuerdo N° 111-MSGC-15, de fecha 19.10.2015, por la cual se reconoce a la firma prestadora de los servicios el incremento en el costo de la mano de obra según los convenios salariales aplicables, tomando como base las Actas Acuerdo N° 52-MSGC-1511-MSGC-14, N° 55-MSGC2013, y lo actuado por Registro N° 804.435/MSGC/10, en el cual se fijaba un abono, sobre la base de un precio mensual final por operario de jornada completa a octubre de 2010, para las prestaciones de Hospitales.; Que por EE-2014-4881784-DGRFISS tramita la regularización del servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose en etapa de revisión de Pliegos; Que se ha registrado la Solicitud de Gastos -Orden 14- y Registro de Compromiso Definitivo, -Orden 22- con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 3.3.5.; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 363/GCBA/15; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 752/10, LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital de Gastroenterología Dr. C. Bonorino Udaondo, realizado por la firma Servicios de Limpieza y Mantenimiento S. A., durante el mes de NOVIEMBRE de 2015, por la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($693.338,37). Artículo 2°.- El gasto que se aprueba por el artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente del Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3°.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y al Hospital de Gastroenterología Dr. C. Bonorino Udaondo. Bou Pérez RESOLUCIÓN N.° 39/MSGC/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: el Decreto N° 556/10, modificado por Decreto N° 752/10, Resolución N° 113/SSASS/14 y su rectificatoria Resolución N° 116/SSASS/14 y el Expediente Electrónico N° 35560913/HNBM/2015, y Página 22 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital de Salud Mental “Dr. Braulio Moyano”, realizado por la firma Servicios de Limpieza y Mantenimiento S. A., en el marco del Decreto N° 556/10, modificado por Decreto N° 752/10, correspondiente al mes de Octubre 2015, por un monto total de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.877.791,42); Que por Resolución N° 131/SSASS/2014, -comunicada por Nota N° 4527579/DGADC/2014- se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto N° 556/10 y su modificatorio Decreto N° 752/10; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los presentes dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas, dado que el presente Servicio se inició con anterioridad al dictado del mencionado acto administrativo; Que la Dirección del Hospital reconoció la prestación del servicio mediante Disposición N° 198/HNBM/2015 -Orden N° 8-, por un total de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.877.791,42); Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud, acordó la gestión realizada y prestó conformidad a las prestaciones efectuadas, atento que las mismas resultan esenciales e imprescindibles para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población; Que el monto de la prestación surge de lo establecido mediante Acta Acuerdo N° 111/MSGC/15, de fecha 19 de octubre de 2015 -Orden N° 3-, por la cual se reconoce a la firma prestadora de los servicios el incremento en el costo de la mano de obra según los convenios salariales aplicables, ello respecto de los valores que surgen de las Actas Acuerdo N° 52/MSGC/15, N° 11/MSGC/14 y N° 56/MSGC/2013, y lo actuado por Registro N° 804.435/MSGC/10, en el cual se fijaba un abono, sobre la base de un precio mensual final por operario de jornada completa a octubre de 2010, para las prestaciones de Hospitales; Que por Expediente Electrónico N° 4.881.784/DGRFISS/2014 tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose en la etapa de elaboración de pliegos; Que se ha registrado la Solicitud de Gastos -Orden N° 13- y el Registro de Compromiso Definitivo -Orden N° 21- con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 3.3.5.; Que la Dirección General Legal y Técnica de este Ministerio ha tomado intervención en los presentes actuados de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 363/GCBA/2015; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 752/10, LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación del Servicio de Limpieza en el Hospital de Salud Mental “Dr. Braulio Moyano”, realizado por la firma Servicios de Limpieza y Mantenimiento S. A., durante el mes de Octubre Página 23 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 2015, por un monto total de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.877.791,42). Artículo 2°.- El gasto que se aprueba por el artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente del Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3°.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable y al Hospital de Salud Mental “Dr. Braulio Moyano”. Bou Pérez RESOLUCIÓN N.° 40/MSGC/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: el Decreto N° 556/10, modificado por Decreto 752/10, Resolución 131-SSASS-14 y el EX-2015-25055939-HBR, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación del Servicio de Limpieza General e Integral, en el Hospital “Bernardino Rivadavia”, en el marco del Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto N° 752/10, correspondiente al mes de AGOSTO 2015, por un monto de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($1.364.988,38), realizado por la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A.; Que por Resolución 131-SSASS-14, -comunicada por NO-2014-4527579-DGADC- se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto 556/10 y su modificatorio Dto. 752/10; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas; Que la Dirección del mencionado Hospital reconoció la prestación del servicio mediante Disposición DI-2015-719-HBR, -Orden 3-; Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud acordó la gestión realizada y prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta esencial e imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población; Que el servicio en cuestión registra antecedente en la Licitación Pública N° 758/SIGAF/2011 aprobada por Decreto N° 667/2011 (BOCBA N° 3817 del 22 de diciembre de 2011) por el término de 2 (dos) años; prorrogada por el término de 12 meses, cuyo vencimiento operó el día 31/01/2015, continuando el entonces adjudicatario con la prestación del servicio en el efector; Que los montos surgen del presupuesto presentado por la firma, conformado por la Dirección General Recursos Físicos en Salud, tal como surge del ME-2015-12194620DGRFISS y Nota-2015-09112783-DGRFISS; Página 24 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que al respecto se destaca que mediante NO-2015-19305200-DGRFISS, la mencionada orgánica da cuenta del análisis técnico y económico como así también otros aspectos específicos en relación al servicio en este efector, que sustentan el criterio aplicado ajustando las condiciones para este servicio imprescindible; Que mediante NO-2015-19328825-DGADC se ha sometido a consulta del Subsecretario de Administración del Sistema de Salud lo actuado en tal sentido; Que a través de la NO-2015-19623169-SSASS, el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud indica que se continúe con el trámite de aprobación y ratifica los montos oportunamente conformados por el Titular del área propiciante; Que la entonces Dirección General Administrativa Contable realizó observaciones puestas de manifiesto mediante IF-2015-32203759-DGADC, e IF-2015-37670243DGADC; Que en función de ello la Dirección General Recursos Físicos en Salud emitió NO2015-38773950-DGRFISS, IF-2015-38834765-DGRFISS, destacando que ha tomado la decisión de deducir del monto mensual establecido, el uno y medio por ciento (1,5%) de acuerdo a lo señalado en los pliegos que rigieron la Licitación Pública 758/2011; Que por EX-2014-4881784-MGEYA-DGRFISS tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose en etapa de elaboración de Pliegos; Que se ha registrado la Solicitud de Gastos y, Registro de Compromiso Definitivo Orden 50-, con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 3.3.5.; Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 363/AJG /2015; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 752/10, LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación del Servicio de Limpieza General e Integral, en el Hospital “Bernardino Rivadavia”, en el marco del Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto N° 752/10, correspondiente al mes de AGOSTO 2015, por un monto de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($1.364.988,38), realizado por la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. Artículo 2°.- El gasto que se aprueba por el artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente del Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3°.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Administración y Control Contable, Dirección General Recursos Físicos en Salud y al Hospital “Benardino Rivadavia”. Bou Pérez Página 25 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 41/MSGC/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: el Decreto N° 556/10, modificado por Decreto 752/10, Resolución 131-SSASS-14 y el Expediente Electrónico N° 27575891/MGEYA-HBR/2015, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente a la prestación del Servicio de Limpieza General e Integral, en el Hospital “Bernardino Rivadavia”, en el marco del Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto N° 752/10, correspondiente al mes de SEPTIEMBRE 2015, por un monto de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($1.364.988,38), realizado por la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A.; Que por Resolución 131-SSASS-14, -comunicada por NO-2014-4527579-DGADC- se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto 556/10 y su modificatorio Dto. 752/10; Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto ha procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los presentes, dejando constancia de su aplicación a las etapas no precluidas; Que la Dirección del mencionado Hospital reconoció la prestación del servicio mediante Disposición DI-2015-746-HBR, -Orden 3-; Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud acordó la gestión realizada y prestó conformidad a la prestación efectuada, atento que la misma resulta esencial e imprescindible para el funcionamiento hospitalario, por lo cual debió garantizarse su continuidad en resguardo y garantía de la salud de la población; Que el servicio en cuestión registra antecedente en la Licitación Pública N° 758/SIGAF/2011 aprobada por Decreto N° 667/2011 (BOCBA N° 3817 del 22 de diciembre de 2011) por el término de 2 (dos) años; prorrogada por el término de 12 meses, cuyo vencimiento operó el día 31/01/2015, continuando el entonces adjudicatario con la prestación del servicio en el efector; Que los montos surgen del presupuesto presentado por la firma, conformado por la Dirección General Recursos Físicos en Salud, tal como surge del ME-2015-12194620DGRFISS y Nota-2015-09112783-DGRFISS; Que al respecto se destaca que mediante NO-2015-19305200-DGRFISS, la mencionada orgánica da cuenta del análisis técnico y económico como así también otros aspectos específicos en relación al servicio en este efector, que sustentan el criterio aplicado ajustando las condiciones para este servicio imprescindible; Que mediante NO-2015-19328825-DGADC se ha sometido a consulta del Subsecretario de Administración del Sistema de Salud lo actuado en tal sentido; Que a través de la NO-2015-19623169-SSASS, el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud indica que se continúe con el trámite de aprobación y ratifica los montos oportunamente conformados por el Titular del área propiciante; Que la entonces Dirección General Administrativa Contable realizó observaciones puestas de manifiesto mediante IF-2015-32203972-DGADC; Página 26 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que en función de ello la Dirección General Recursos Físicos en Salud emitió NO2015-38773950-DGRFISS, IF-2015-38840767-DGRFISS, destacando que ha tomado la decisión de deducir del monto mensual establecido, el uno y medio por ciento (1,5%) de acuerdo a lo señalado en los pliegos que rigieron la Licitación Pública 758/2011; Que por EX-2014-4881784-MGEYA-DGRFISS tramita la regularización del mencionado servicio dentro del régimen de contrataciones vigente en el ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que se ha registrado la Solicitud de Gastos y Registro de Compromiso Definitivo Orden 43-, con la correspondiente afectación presupuestaria con cargo a la Partida 3.3.5.; Que se encuentran cumplidos los recaudos previstos en la normativa y acreditadas las razones de mérito, oportunidad y conveniencia para la aprobación de la presente gestión. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 752/10, LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el gasto de imprescindible necesidad por la prestación del Servicio de Limpieza General e Integral, en el Hospital “Bernardino Rivadavia”, en el marco del Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto N° 752/10, correspondiente al mes de SEPTIEMBRE 2015, por un monto de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON TREINTA Y OCHO CENTAVOS ($1.364.988,38), realizado por la firma LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. Artículo 2°.- El gasto que se aprueba por el artículo 1° de la presente se imputa a la partida presupuestaria correspondiente del Presupuesto de esta Jurisdicción. Artículo 3°.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Administración y Control Contable, Dirección General Recursos Físicos en Salud y al Hospital “Benardino Rivadavia”. Bou Pérez Página 27 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte RESOLUCIÓN N.° 1/MDUYTGC/16 Buenos Aires, 8 de enero de 2016 VISTO: El artículo 25 de la Ley Nº 70 y el EX-2015-38842242-MGEYA-SSOBRAS, y CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Nº 70 establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, prestando, a la vez, colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo; Que por Decreto Nº 1.000/1999, se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 70; Que en el artículo 14 del citado decreto, reglamentario del artículo 25 de la Ley, se establece que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaban; Que por la referida actuación, el Arq. Jorge Osvaldo Sábato, L.E. Nº 07.607.418, CUIL. 20-07607418-7, presentó el Informe Final de Gestión (IF-2015-38827311-SSOBRAS), con motivo de habérsele aceptado mediante Decreto Nº 3/2016, su renuncia al cargo de Subsecretario de la entonces Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, a partir del 10/12/2015; Que, por lo expuesto, y con la aprobación del suscripto a dicho informe, corresponde abonar al Arq. Jorge Osvaldo Sábato, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70. Por ello, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE: Artículo 1º.- Abonar al Arq. Jorge Osvaldo Sábato, L.E. Nº 07.607.418, CUIL. 2007607418-7, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70, con motivo de habérsele aceptado a partir del 10/12/2015, la renuncia al cargo de Subsecretario de la entonces Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, cuya retribución será la que detentaba al 09/12/2015 y por el término de un (1) mes. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y Liquidación de Haberes, dependientes del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento, notificación del Interesado y demás fines, remítase a la Subsecretaría de Obras. Cumplido, archívese. Moccia RESOLUCIÓN N.° 2/MDUYTGC/16 Buenos Aires, 8 de enero de 2016 VISTO: El artículo 25 de la Ley Nº 70 y el EX-2015-38240649-MGEYA-SSCYSG, y Página 28 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Nº 70 establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, prestando, a la vez, colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo; Que por Decreto Nº 1.000/1999, se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 70; Que en el artículo 14 del citado decreto, reglamentario del artículo 25 de la Ley, se establece que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaban; Que por la referida actuación, el Ing. Luis Germán Jahn, D.N.I. Nº 11.410.498, C.U.I.L. Nº 20-11410498-2, presentó el Informe Final de Gestión (IF-2015 Nros. 38241848, 38242032, 38243807, 38244283 y 38278482-SSCYSG), con motivo de habérsele aceptado mediante Decreto Nº 3/2016, su renuncia al cargo de Subsecretario de la entonces Subsecretaría de Coordinación y Seguimiento de Gestión, a partir del 10/12/2015; Que, por lo expuesto, y con la aprobación del suscripto a dicho informe, corresponde abonar al Ing. Luis Germán Jahn, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70. Por ello, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE: Artículo 1º.- Abonar al Ing. Luis Germán Jahn, D.N.I. Nº 11.410.498, C.U.I.L. Nº 2011410498-2, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70, con motivo de habérsele aceptado a partir del 10/12/2015, la renuncia al cargo de Subsecretario de la entonces Subsecretaría de Coordinación y Seguimiento de Gestión, cuya retribución será la que detentaba al 09/12/2015 y por el término de un (1) mes. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y Liquidación de Haberes, dependientes del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento, notificación del Interesado y demás fines, remítase a la Dirección General Seguimiento de Gestión. Cumplido, archívese. Moccia RESOLUCIÓN N.° 3/MDUYTGC/16 Buenos Aires, 8 de enero de 2016 VISTO: El artículo 25 de la Ley Nº 70 y el EX-2016-00031040-MGEYA-DGTALMDUYT, y CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Nº 70 establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, prestando, a la vez, colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo; Que por Decreto Nº 1.000/1999, se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 70; Página 29 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que en el artículo 14 del citado decreto, reglamentario del artículo 25 de la Ley, se establece que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaban; Que por la referida actuación, el Arq. Daniel Gustavo Chain, D.N.I. Nº 10.424.208, C.U.I.L. Nº 20-10424208-2, presentó el Informe Final de Gestión (IF-2016-00294302DGTALMDUYT), en virtud de que por la Ley de Ministerios Nº 5.460, cesó al 09/12/2015 en sus funciones de Ministro de Desarrollo Urbano; Que, por lo expuesto, y con la aprobación del suscripto a dicho informe, corresponde abonar al Arq. Daniel Gustavo Chain, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70. Por ello, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE: Artículo 1º.- Abonar al Arq. Daniel Gustavo Chain, D.N.I. Nº 10.424.208, C.U.I.L. Nº 20-10424208-2, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70, con motivo de haber cesado al 09/12/2015 en sus funciones de Ministro de Desarrollo Urbano, cuya retribución será la que detentaba a esa fecha y por el término de un (1) mes. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y Liquidación de Haberes, dependientes del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento, notificación del Interesado y demás fines, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese. Moccia RESOLUCIÓN N.° 4/MDUYTGC/16 Buenos Aires, 8 de enero de 2016 VISTO: El artículo 25 de la Ley Nº 70 y el EX-2016-00119917-MGEYA-DGTALMDUYT, y CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Nº 70 establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, prestando, a la vez, colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo; Que por Decreto Nº 1.000/1999, se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 70; Que en el artículo 14 del citado decreto, reglamentario del artículo 25 de la Ley, se establece que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaban; Que por la referida actuación, el Cdr. Fernando Jorge Codino, D.N.I. Nº 14.526.389, C.U.I.L. Nº 20-14526389-2, presentó el Informe Final de Gestión (IF-2016-00291648DGTALMDUYT), con motivo de habérsele aceptado mediante Decreto Nº 3/2016, su renuncia al cargo de Director General Técnico Administrativo y Legal, del entonces Ministerio de Desarrollo Urbano, a partir del 10/12/2015; Que, por lo expuesto, y con la aprobación del suscripto a dicho informe, corresponde abonar al Cdr. Fernando Jorge Codino, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70. Por ello, Página 30 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE: Artículo 1º.- Abonar al Cdr. Fernando Jorge Codino, D.N.I. Nº 14.526.389, C.U.I.L. Nº 20-14526389-2, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70, con motivo de habérsele aceptado a partir del 10/12/2015, la renuncia al cargo de Director General Técnico Administrativo y Legal, del entonces Ministerio de Desarrollo Urbano, cuya retribución será la que detentaba al 09/12/2015 y por el término de un (1) mes. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y Liquidación de Haberes, dependientes del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento, notificación del Interesado y demás fines, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, archívese. Moccia RESOLUCIÓN N.° 5/MDUYTGC/16 Buenos Aires, 8 de enero de 2016 VISTO: El artículo 25 de la Ley Nº 70 y el EX-2016-00319624-MGEYA-SECTRANS, y CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Nº 70 establece que los responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión, siendo dicha tarea remunerada, prestando, a la vez, colaboración a quien legítimamente le suceda en el cargo; Que por Decreto Nº 1.000/1999, se aprobó la reglamentación de la Ley Nº 70; Que en el artículo 14 del citado decreto, reglamentario del artículo 25 de la Ley, se establece que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaban; Que por la referida actuación, el Lic. Guillermo Javier Dietrich, D.N.I. Nº 20.618.038, C.U.I.L. Nº 20-20618038-3, presentó el Informe Final de Gestión (IF-2016-00321090SECTRANS), con motivo de habérsele aceptado mediante Decreto Nº 3/2016, su renuncia al cargo de Subsecretario de la entonces Subsecretaría de Transporte, a partir del 10/12/2015; Que, por lo expuesto, y con la aprobación del suscripto a dicho informe, corresponde abonar al Lic. Guillermo Javier Dietrich, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70. Por ello, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE: Artículo 1º.- Abonar al Lic. Guillermo Javier Dietrich, D.N.I. Nº 20.618.038, C.U.I.L. Nº 20-20618038-3, la tarea establecida en el artículo 25 de la Ley Nº 70, con motivo de habérsele aceptado a partir del 10/12/2015, la renuncia al cargo de Subsecretario de la entonces Subsecretaría de Transporte, cuya retribución será la que detentaba al 09/12/2015 y por el término de un (1) mes. Página 31 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese a las Direcciones Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y Liquidación de Haberes, dependientes del Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento, notificación del interesado y demás fines, remítase a la Secretaría de Transporte. Cumplido, archívese. Moccia RESOLUCIÓN N.° 6/MDUYTGC/16 Buenos Aires, 8 de enero de 2016 VISTO: Los términos del Decreto 67/10, la Ley N° 5.460, los Decretos Nros. 67/10 y 3/16 y el Expediente Nº 91.425-DGTALMDUYT-2016 CONSIDERANDO: Que dicha norma establece la necesidad de designar responsables de la administración y rendición de los fondos que se asignen a las diferentes Unidades de Organización; Que la Ley 5.460 incluyó entre los Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Ministerio de Desarrollo Urbano por Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte; Que por Decreto Nº 3/16 se designó al Dr. Juan Sebastián Serra DNI: 17.366.903 CUIL: 20-17366903-9 como Director General Técnico Administrativo y Legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y se aceptó la renuncia del Cdor. Jorge Fernando Codino como titular de dicha Dirección General; Que de acuerdo con lo establecido en el Art. 12 del Decreto Nº 67/10, corresponde designar a los responsables de los fondos que en concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad se otorguen a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Por ello, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE RESUELVE Artículo 1º.- Dese de baja al Cdor. Fernando Jorge Codino DNI: 14.526.389 CUIL: 2014526389-2 como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y de Movilidad de la Dirección General de Técnica Administrativa y Legal. Artículo 2º. - Desígnase a la Gerente Operativo de Compras y Contrataciones Graciela Ester Agüeros DNI: 11.399.481, CUIL 27-11399481-4; y ratifíquese al Director General de la Dirección GeneralTécnica Administrativa y Legal, Dr. Juan Sebastián Serra DNI: 17.366.903, CUIL 20-17366903-9, y a la Gerente Operativo Oficina de Gestión Sectorial, Sra. María Laura Darriba DNI: 16.763.959 CUIL 27-16763959-9, como responsables de la administración y posterior rendición de los fondos que en concepto de caja chica común y gastos de movilidad se asignen a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Página 32 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 3º. - La Dirección General Técnica Administrativa y Legal de este Ministerio, mantiene el número de Beneficiario Nº 2185 en el Sistema SIGAF, la cuenta corriente Nº 9060/3 Sucursal Nº 12 Banco Ciudad y el Institucional de Patrimonio 1.30.0.1.110.0.0 en el Sistema SIGAF WEB. Artículo 4º.- Publíquese, comuníquese a las Gerencia Operativas de Oficina de Gestión Sectorial y de Recursos Humanos de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal; para su conocimiento y demás fines remítase a la Contaduría General (Departamento Responsables) y a la Tesorería General. Cumplido, archívese. Moccia Página 33 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Ambiente y Espacio Público RESOLUCIÓN N.° 3/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 8 de enero de 2016 VISTO: El Expediente Electrónico N° 18166487/MGEYA-DGLIM/2014, las Disposiciones N° 235-DGLIM/2014 y N° 224-DGLIM/2015, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración por la empresa CLIBA INGENIERIA URBANA S.A., contra los términos de la Disposición N° 235-DGLIM/14; Que por la mentada Disposición se aplicó a la empresa una multa por los incumplimientos detallados en el Informe de Penalidades N° 10-2014, Zona Dos, falta tipificada en el artículo 58 FALTAS LEVES, apartado 2°, del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 997/2013, aplicable al servicio de recolección domiciliaria, siendo dicho acto administrativo notificado a la contratista el día 01 de diciembre del 2014; Que con fecha 16 de diciembre de 2015 la empresa interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contemplado en los artículos 103 y 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que mediante Disposición N° 224-DGLIM/15 se desestimó el recurso de reconsideración, sosteniendo la misma que teniendo en cuenta la documentación aportada y los informes producidos, el procedimiento seguido fue llevado a cabo de acuerdo con los términos del Pliego, no habiendo aportado la recurrente elementos de hecho ni de derecho tendientes a rever el acto impugnado; concluyendo que al momento del dictado de la resolución recurrida, se analizó la cuestión en lo que hace a sus antecedentes, normativa aplicable y descargo de la prestataria; siendo dicho acto notificado a la prestataria el día 18 de agosto del 2015; Que posteriormente, remitidas las actuaciones a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio en fecha 07 de septiembre del 2015, se le notificó a la recurrente su posibilidad de mejorar o ampliar los fundamentos del recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración, de conformidad con lo previsto en el artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que habiendo vencido el plazo fijado por ley, la recurrente no hizo uso de su derecho, por lo que corresponde resolver el recurso jerárquico que opera en subsidio con los elementos oportunamente aportados; Que en este contexto, corresponde señalar que fueron examinados los elementos obrantes en las actuaciones, los informes producidos, y los argumentos expuestos por la recurrente, observándose que el acto recurrido cuenta con los requisitos formales del acto administrativo toda vez que se han consignado en sus considerandos los hechos y el derecho aplicable en virtud del cual se dispuso la aplicación de la penalidad correspondiente; Que sobre la base de lo expuesto, es menester concluir que se han consignado acabadamente los motivos por los que se procedió a dictar el acto recurrido, no Página 34 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires habiendo agregado el recurrente en el recurso sometido a estudio, elementos de convicción para rever la medida adoptada; Que por lo expuesto, corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración por la empresa CLIBA INGENIERIA URBANA S.A, contra los términos de la Disposición N° 235-DGLIM/14; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, emitiendo el Informe N° IF-2015-38291220-DGRECO, en virtud de lo normado por la Ley N° 1.218. Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración incoado por la empresa CLIBA INGENIERIA URBANA S.A, contra los términos de la Disposición N° 235-DGLIM/14. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General de Limpieza. Notifíquese en forma fehaciente a la recurrente de los términos de la presente resolución, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio que contra la misma podrá interponer el recurso de reconsideración previsto en el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Macchiavelli RESOLUCIÓN N.° 4/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 12 de enero de 2016 VISTO: La Ley Nº1218, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97, las Disposiciones Nº 234-DGLIM/14 y Nº225-DGLIM/15, el Expediente Electrónico Nº 18.140.986/DGLIMMGEYA/2014 y, CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración por la empresa CLIBA INGENIERIA URBANA S.A, contra los términos de la Disposición N° 234-DGLIM/14; Que por la mentada Disposición se aplicó a la empresa, una multa por los incumplimientos detallados en el Informe de Penalidades Nº 09-2014, Zona Dos, falta tipificada en el artículo 58 FALTAS LEVES, apartado 2º del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional Nº 997/2013, aplicable al Servicio de Recolección Domiciliaria; Que con fecha 16 de diciembre de 2014, la empresa interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contemplado en los artículos 103 y 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Página 35 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que mediante Disposición N° 225-DGLIM-2015, se desestimó el recurso de reconsideración, toda vez que teniendo en cuenta la documentación aportada y los informes producidos, cabe señalar que el procedimiento seguido se ha llevado a cabo de acuerdo con los términos del Pliego, no habiendo aportado la recurrente elementos de hecho ni de derecho tendientes a rever el acto impugnado; concluyendo que al momento del dictado de la resolución recurrida, se analizó la cuestión en lo que hace a sus antecedentes, normativa aplicable y descargo de la prestataria, conforme surge de los considerando del acto, en cumplimiento del artículo 7 del Decreto Nº 1510-GCBA97; Que dicho acto administrativo fue notificado a la recurrente el día 18 de agosto del 2015; Que con fecha 09 de septiembre del 2015, la prestataria fue notificada de su posibilidad de mejorar o ampliar los fundamentos del recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración, de conformidad con lo previsto en el artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que habiendo vencido el plazo fijado por ley, la recurrente no hizo uso de su derecho, por lo que corresponde resolver el recurso jerárquico que opera en subsidio con los elementos oportunamente aportados; Que corresponde señalar que examinados, los elementos obrantes en las actuaciones, los informes producidos por la Dirección General Limpieza, y los argumentos vertidos por la recurrente, se observa que el acto administrativo atacado, ha sido producto de un exhaustivo análisis, habiéndose consignado acabadamente los motivos por los que se precedió a su dictado, configurándose además las circunstancias de hecho y derecho que lo justifican, no habiendo agregado la recurrente en el recurso sometido a estudio, elementos nuevos para rever la medida adoptada; Que por lo expuesto, corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración por la firma CLIBA INGENIERIA URBANA S.A, contra los términos de la Disposición N° 234-DGLIM/14; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete mediante el IF-2015-38366418-DGRECO -2015, en virtud de lo normado por la Ley N° 1.218. Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración incoado por la empresa CLIBA INGENIERIA URBANA S.A, contra la Disposición N° 234-DGLIM/14. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Limpieza. Notifíquese en forma fehaciente a la recurrente de los términos de la presente resolución, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio que contra la misma podrá interponer el recurso de reconsideración previsto en el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Macchiavelli Página 36 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 5/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 12 de enero de 2016 VISTO: Las Leyes No. 471 y No. 5460 y su Decreto Reglamentario N° 363/15, los Decretos No. 3360/68 y 184/10, el Expediente Electrónico N° 13454901/DGCEM/2014, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la denuncia presentada por la Sra. Maria del Carmen Merzario, a cargo del Departamento Administrativo y Mortuorio del Cementerio de la Recoleta, en relación al faltante de elementos pertenecientes al inventario de esa repartición que se encontraban guardados en un cuarto lindero a la bóveda ubicada a en la Sección 8 - Tablón N° 52 Sepulturas 1 y 2 del Cementerio mencionado; Que como antecedente del caso, al tomar posesión del cargo la Gerente Operativa del Cementerio de Recoleta, Sra. Sonia del Papa Ferraro, y firmar la recepción del inventario de esa repartición, tomó conocimiento que gran parte de los bienes en desuso, que estaban en estado inutilizado y de destrucción, estaban desaparecidos, y que los bienes que allí se encontraban estaban a la espera de ser enviados al Departamento de Bienes en desuso, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones, desde el año 2009, fecha del último envío a rezago; Que de acuerdo al listado de bienes faltantes y a las planillas que se acompañaron al inventario, el valor total patrimonial de dichos bienes implica un total de $3.461.45 (Pesos Tres Mil Cuatrocientos Sesenta y Uno con Cuarenta y Cinco Centavos); Que por su parte, mediante el informe N° 13463616-DGCEM/14 se adjuntó la denuncia efectuada por la Sra. Merzario, la cual fuera realizada el día 18 de septiembre de 2014 por ante la Comisaría 19 de la Policía Federal Argentina, tomando intervención la Fiscalía en lo Correccional N° 2, Secretaría 1, en la cual manifestó que el día 17 de septiembre del mismo año se constató que autores desconocidos habrían sustraído un (1) pendrive de 16 GB roto, tres (3) sillones de cuerina rotos, un (1) mueble alto de madera con puertas corredizas roto, tres (3) proyectores MH 150 con equipo y lampara rotos, dos (2) proyectores MH equipo y lámpara EZ7 roto, un (1) proyector NA con equipo y lámpara NA rotos, una (1) escalera doble rota, una (1) caña para destapar cañerías rota, una (1) pala de punta rota, dos (2) horquillas rotas, dos (2) tijeras de podar rotas, un (1) juego de ruedas ( dos giratorias y dos fijas) rotas, tres (3) palas anchas rotas, una (1) llave francesa de 10 pulgadas rota, un (1) pico de loro de 230 milímetros roto, una (1) pinza universal de 7 pulgadas rota, once (11) patas para barreras orden Nº 7150 rota, tres (3) carritos porta ataúd con llantas de goma cuatro ruedas roto, cuatro (4) radioconvectores rotos, tres (3) pantallas infrarrojas roto, un (1) matafuego de polvo ABC Triglace por 5 kilos roto, un (1) matafuego tipo ABC por 2.5 KG a base de gases extinción halogenados bajo presión (halatron), tres (3) matafuegos de polvo ABC por 5 kilos roto, elementos inventariados en el Cementerio de la Recoleta, y que dichas actuaciones se caratularon como "Hurto" bajo el sumario N° 3526; Página 37 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que a través del informe Nº 18239631-DGAPEN-2015 del 25/6/2015, la Dirección General de Asuntos Penales de la Procuración General manifestó que le fue informado en la mesa de entradas de la Fiscalía Correccional Nº 2, que la causa que trataba por esos actuados tramitó con el número C-02-44190 con intervención del Juzgado Correccional Nº 7, Secretaría Nº 56 y que la misma fue remitida al archivo con fecha 25 de febrero de 2015 por no contar con elementos para continuar con la investigación; Que por último, la Dirección General Sumarios señaló en el informe N° 39261010DGSUM/15, que resulta necesario, en el marco de la investigación sumarial, ahondar sobre la vigilancia que posee el lugar y las medidas de seguridad efectuadas al respecto, para determinar si vulneraron los deberes impuestos por el Art. 10 inc. g) de la ley 471; Que en virtud de lo expuesto, corresponde iniciar una investigación sumarial a fin indagar sobre la real ocurrencia del hecho en cuestión, y el deslinde de las responsabilidades disciplinarias si las hubiera; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete, mediante el informe N° 39302282-DGSUM/15. Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 5.460 y el Decreto N° 363/15, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE ARTÍCULO 1°.- Instrúyase sumario administrativo a los fines de investigar los hechos relacionados a la denuncia presentada por la Sra. Maria del Carmen Merzario, a cargo del Departamento Administrativo y Mortuorio del Cementerio de la Recoleta, en relación al faltante de elementos pertenecientes al inventario de esa repartición que se encontraban guardados en un cuarto lindero a la bóveda ubicada a en la Sección 8 Tablón N° 52 Sepulturas 1 y 2 del Cementerio mencionado. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Cementerios y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Macchiavelli RESOLUCIÓN N.° 6/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 12 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 70, los Decretos N° 1000/99 y N° 195/13, la Disposición N° 24/DGODPP/11, los Expedientes Electrónicos N° 2015-38826093-MGEYA-MAYEPGC y N° 201539003867-MGEYA-DGTNT y, CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto tramita el Informe Final de Gestión presentado por el Ing. Thierry Decoud, DNI N° 29.076.449, C.U.I.L. N° 20-17735449-0, de conformidad con lo previsto por el artículo 25 de la Ley N° 70 y el artículo 14 de su Decreto Reglamentario N° 1000/99; Página 38 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el artículo 25 de la Ley N° 70 establece que “...Los/las responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión. Dicha presentación no puede demorar más de un mes, debiendo recibir la colaboración de quienes fueron sus asistentes y presentándola a quien legítimamente lo/la suceda. La tarea es remunerada“; Que el artículo 14 del Decreto N° 1000/99, dispone “...que los funcionarios responsables de Programas y Proyectos que se alejen de sus cargos, los cuales gozarán, por el plazo fijado en la Ley, de una remuneración equivalente a la del cargo que ocupaban“; Que mediante la Disposición N° 24/DGODPP/11 se aprobó la reglamentación aplicable para la presentación del informe final de gestión que, (...) deben presentar los/las responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos al alejarse de sus cargos; Que asimismo, establece que la Sindicatura General de la Ciudad así como el funcionario que suceda en el cargo, deberán recibir copia del Informe Final de Gestión que por aquí tramita; Que, por Decreto N° 195/13, se designó al Ing. Thierry Decoud DNI 29.076.449, CUIT 20-29076449-2, como Director General de la Dirección General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías de la Subsecretaria de Higiene Urbana dependiente de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que mediante Expediente Electrónico N° 38826093/15-MAYEPGC tramita la renuncia del Ing. Thierry Decoud DNI 29.076.449, al cargo de Dirección General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías De la Subsecretaria de Higiene Urbana de este Organismo; Que conforme surge de la actuación citada en el visto, el informe de marras ha sido presentado en tiempo y forma. Por ello en uso de facultades que le son propias, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el informe final de gestión presentado por el al Ing. Thierry Decoud DNI 29.076.449 como Director General de Tratamiento y Nuevas Tecnologías de la Subsecretaria de Higiene Urbana dependiente de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público que como Anexo IF-2015-38210763-DGTNT forma parte integrante del presente. Artículo 2°.-Reconócese al Ing. Thierry Decoud DNI 29.076.449, CUIT 20-29076449-2 según lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 70, que por el término de un (1) mes, mantendrá la retribución que detentaba en virtud del cargo al que se le aceptó la renuncia. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda; y a la Gerencia Operativa Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, para conocimiento, notificación del agente, remisión de copia del informe de gestión a la Sindicatura General de la Ciudad y al funcionario que suceda en el cargo, y demás efectos, remítase a la Sub-Gerencia Mesa de Entradas de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Macchiavelli ANEXO Página 39 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 7/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 12 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 70, los Decretos N° 1000/99 y N° 32/2014, la Disposición N° 24/DGODPP/11, los Expedientes Electrónicos N° 2015-38452709-MGEYA-MAYEPGC y N° 2015-38221453-MGEYA-SSHU, y, CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto tramita el Informe Final de Gestión presentado por el ingeniero Mariano Daniel Campos, DNI N° 27.643.154, CUIL 20-27643154-5, de conformidad con lo previsto por el artículo 25 de la Ley N° 70 y el artículo 14 de su Decreto Reglamentario N° 1000/99; Que el artículo 25 de la Ley N° 70 establece que “...Los/las responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión. Dicha presentación no puede demorar más de un mes, debiendo recibir la colaboración de quienes fueron sus asistentes y presentándola a quien legítimamente lo/la suceda. La tarea es remunerada“; Que el artículo 14 del Decreto N° 1000/99, dispone “...que los funcionarios responsables de Programas y Proyectos que se alejen de sus cargos, los cuales gozarán, por el plazo fijado en la Ley, de una remuneración equivalente a la del cargo que ocupaban“; Que mediante la Disposición N° 24/DGODPP/11 se aprobó la reglamentación aplicable para la presentación del informe final de gestión que, (...) deben presentar los/las responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos al alejarse de sus cargos; Que asimismo, establece que la Sindicatura General de la Ciudad así como el funcionario que suceda en el cargo, deberán recibir copia del Informe Final de Gestión que por aquí tramita; Que, por Decreto N° 32/2014, fue designado el Ing. Mariano Daniel Campos, DNI N° 27.643.154, como Subsecretario de la Subsecretaría de Higiene Urbana dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Expediente Electrónico N° 38452709-MAYEPGC/15 tramita la renuncia del Ing. Mariano Daniel Campos (DNI N° 27.643.154) al cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Higiene Urbana de este Organismo; Que conforme surge de la actuación citada en el visto, el informe de marras ha sido presentado en tiempo y forma. Por ello en uso de facultades que le son propias, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el informe final de gestión presentado por el Ing. Mariano Daniel Campos (DNI N° 27.643.154) como Subsecretario de la Subsecretaría de Higiene Urbana dependiente de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público que como Anexo IF- IF-2015-38505493-SSHU forma parte integrante del presente. Página 40 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2°.- Reconócese al Ing. Mariano Daniel Campos, DNI N° 27.643.154, CUIL 2027643154-5, según lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 70, que por el término de un (1) mes, mantendrá la retribución que detentaba en virtud del cargo al que se le aceptó la renuncia. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda; y a la Gerencia Operativa Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, para conocimiento, notificación del agente, remisión de copia del informe de gestión a la Sindicatura General de la Ciudad y al funcionario que suceda en el cargo, y demás efectos, remítase a la Sub-Gerencia Mesa de Entradas de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público.Cumplido, archívese. Macchiavelli ANEXO RESOLUCIÓN N.° 8/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 12 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 70, los Decretos N° 1000/99 y N° 73/14, la Disposición N° 24/DGODPP/11, los Expedientes Electrónicos N° 38825093-MAYEPGC/15 y EX-2015-39000431MGEYA-DGLIM y, CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto tramita el Informe Final de Gestión presentado por el señor Mauro Ezequiel Canoves, D.N.I. 30.138.572, CUIL. 20-30138572-3, de conformidad con lo previsto por el artículo 25 de la Ley N° 70 y el artículo 14 de su Decreto Reglamentario N° 1000/99; Que el artículo 25 de la Ley N° 70 establece que “...Los/las responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión. Dicha presentación no puede demorar más de un mes, debiendo recibir la colaboración de quienes fueron sus asistentes y presentándola a quien legítimamente lo/la suceda. La tarea es remunerada“; Que el artículo 14 del Decreto N° 1000/99, dispone “...que los funcionarios responsables de Programas y Proyectos que se alejen de sus cargos, los cuales gozarán, por el plazo fijado en la Ley, de una remuneración equivalente a la del cargo que ocupaban“; Que mediante la Disposición N° 24/DGODPP/11 se aprobó la reglamentación aplicable para la presentación del informe final de gestión que, (...) deben presentar los/las responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos al alejarse de sus cargos; Página 41 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que asimismo, establece que la Sindicatura General de la Ciudad así como el funcionario que suceda en el cargo, deberán recibir copia del Informe Final de Gestión que por aquí tramita; Que, por Decreto Nº 73/14, el Sr. Mauro Ezequiel Canoves, D.N.I. 30.138.572, CUIL. 20-30138572-3, fue designado como Director General de Limpieza de la Subsecretaria de Higiene Urbana dependiente de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que mediante expediente electrónico N° 38825093-MAYEPGC/15 tramita la renuncia del Sr. Mauro Ezequiel Canoves, (D.N.I. 30.138.572) al cargo de la Dirección General de Limpieza de este Organismo; Que conforme surge de la actuación citada en el visto, el informe de marras ha sido presentado en tiempo y forma. Por ello en uso de facultades que le son propias, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el informe final de gestión presentado por el Sr. Mauro Ezequiel Canoves, (D.N.I. 30.138.572) como Director General de Limpieza de la Subsecretaria de Higiene Urbana dependiente de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público que como Anexo IF-2015-38181649-DGLIM forma parte integrante del presente. Artículo 2°.-Reconócese al Sr. Mauro Ezequiel Canoves, D.N.I. 30.138.572, CUIL. 2030138572-3, según lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 70, que por el término de un (1) mes, mantendrá la retribución que detentaba en virtud del cargo al que se le aceptó la renuncia. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda; y a la Gerencia Operativa Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, para conocimiento, notificación del agente, remisión de copia del informe de gestión a la Sindicatura General de la Ciudad y al funcionario que suceda en el cargo, y demás efectos, remítase a la Sub-Gerencia Mesa de Entradas de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Macchiavelli ANEXO RESOLUCIÓN N.° 9/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 12 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 70, los Decretos N° 1000/99 y N° 26/12, la Disposición N° 24/DGODPP/11, los Expedientes Electrónicos N° 38918509-MAYEPGC/15 y N° 38983082/DGMYT-15 y, Página 42 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto tramita el Informe Final de Gestión presentado por el Sr. Maximiliano Luis Vallejos, DNI N° 18.109.323, N° CUIL N° 20-18109323-5, de conformidad con lo previsto por el artículo 25 de la Ley N° 70 y el artículo 14 de su Decreto Reglamentario N° 1000/99; Que el artículo 25 de la Ley N° 70 establece que “...Los/las responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión. Dicha presentación no puede demorar más de un mes, debiendo recibir la colaboración de quienes fueron sus asistentes y presentándola a quien legítimamente lo/la suceda. La tarea es remunerada“; Que el artículo 14 del Decreto N° 1000/99, dispone “...que los funcionarios responsables de Programas y Proyectos que se alejen de sus cargos, los cuales gozarán, por el plazo fijado en la Ley, de una remuneración equivalente a la del cargo que ocupaban“; Que mediante la Disposición N° 24/DGODPP/11 se aprobó la reglamentación aplicable para la presentación del informe final de gestión que, (...) deben presentar los/las responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos al alejarse de sus cargos; Que asimismo, establece que la Sindicatura General de la Ciudad así como el funcionario que suceda en el cargo, deberán recibir copia del Informe Final de Gestión que por aquí tramita; Que, por Decreto 26/12, se designó al señor Maximiliano Luís Vallejos, DNI N° 18.109.323, N° CUIL N° 20-18109323-5 como Director General de la Dirección General de Mantenimiento y Talleres de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público dependiente de este Ministerio; Que mediante el Expediente Electrónico N° 38918509-MAYEPGC/15 tramita la renuncia del Sr. Maximiliano Luis Vallejos (DNI N° 18.109.323) al cargo de la Dirección General de Mantenimiento y Talleres de este Organismo; Que conforme surge de la actuación citada en el visto, el informe de marras ha sido presentado en tiempo y forma. Por ello en uso de facultades que le son propias, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el informe final de gestión presentado por el Sr. Maximiliano Luis Vallejos (DNI N° 18.109.323) como Director General de la Dirección General de Mantenimiento y Talleres de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público dependiente de este Ministerio que como Anexo IF-2015-38979985-DGMYT forman parte integrante del presente. Artículo 2°.-Reconócese al Sr. Maximiliano Luis Vallejos, DNI N° 18.109.323, N° CUIL N° 20-18109323-5, según lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 70, que por el término de un (1) mes, mantendrá la retribución que detentaba en virtud del cargo al que se le aceptó la renuncia. Página 43 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología, y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda; y a la Gerencia Operativa Recursos Humanos de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio. Cumplido, para conocimiento, notificación del agente, remisión de copia del informe de gestión a la Sindicatura General de la Ciudad y al funcionario que suceda en el cargo y demás efectos remítase a la Sub-Gerencia Mesa de Entradas de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Macchiavelli ANEXO RESOLUCIÓN N.° 10/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 12 de enero de 2016 VISTO: La Ley 5460, el Decreto de Necesidad y Urgencia No. 1510/97, y el Decretos No 363/15, las Resoluciones No. 198-SSMEP/14, No. 292-SSMEP/15, el Expediente Electrónico N° 12763620/MGEYA/2014, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración por la señora Patricia Edith Waks contra los términos de la Resolución N° 198-SSMEP/14; Que en su oportunidad, la Sra. Waks, en su carácter de administradora judicial en los autos caratulados "Waks Gregorio Miguel Benjamín s/ Sucesión Testamentaria", solicitó resarcimiento económico por los daños que habría sufrido su vehículo marca Fiat, modelo Palio, dominio DSZ 928, por una caída en un pozo en la Av. Gral. Paz a la altura aproximada del 100, de esta Ciudad, el día 17 de agosto de 2014; Que con fecha 3 de febrero de 2015 se presentó el Sr. Ariel Asct a prestar declaración testimonial del suceso denunciado; Que por el mentado acto administrativo se hizo lugar a la petición efectuada por la interesada, ordenando abonar a la Sra. Waks la suma de Pesos Veinticinco Mil Ochocientos Ochenta ($25.880) en concepto de indemnización, depositándose en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Tribunales, a la orden del Juzgado Nacional en lo Civil N° 11, Secretaría Única, en los autos caratulados "Waks, Gregorio Miguel Benjamín s/ Sucesión Testamentaria"; Que habiendo sido notificada de dicho acto administrativo, la peticionante interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, de conformidad con los artículos 103 y 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aceptando y prestando conformidad con los artículos 1°, 3°, 4° y 5° de la mentada Resolución, agraviándose solamente respecto al depósito del dinero en el Banco de la Nación Argentina a nombre del juicio sucesorio; Página 44 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que dicho recurso de reconsideración fue rechazado por Resolución N° 292SSEMP/15, toda vez que no se advierte que se hayan aportado elementos conducentes a desvirtuar lo dispuesto en el acto impugnado; Dicho acto administrativo fue notificado a la solicitante el día 13 de agosto de 2015; Que la interesada presentó a ampliar los fundamentos del recurso jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración presentado, en los términos del artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos, manifestando que la negativa a depositar en cuenta propia el dinero otorgado en concepto de indemnización, ocasiona un grave perjuicio, imposibilitando el cobro inmediato y desvalorizándose el valor del mismo como consecuencia del proceso judicial; Que atento a la existencia de un juicio sucesorio en trámite y que la peticionante no dio estricto cumplimiento con los requerimientos efectuados por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires oportunamente, en especial acerca de la denuncia del siniestro del automotor que integra el acervo hereditario, se consideró conveniente depositar dicha suma en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Tribunales, a la orden del Juzgado interviniente, en los autos referenciados con anterioridad; Que cabe destacar que atento a la existencia del juicio sucesorio se ratifica lo sustentado en la Resolución que se recurre, correspondiendo que se haga efectivo el pago conforme lo dispuesto en el artículo 2° de la misma; Que de la lectura de la presentación en estudio, no se advierte que se hayan aportado nuevos elementos conducentes a desvirtuar lo dispuesto mediante el acto impugnado; Que en consecuencia, y toda vez que el acto administrativo se encuentra fundado y ajustado a derecho, corresponde desestimar el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración; Que la Procuración General ha tomado la intervención que le compete emitiendo el informe Nº 35077734-DGEMPP/15. Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 5.460 y el Decreto N° 363/15, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1º.-Desestímase el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración por la señora Patricia Edith Waks contra los términos de la Resolución N° 198-SSMEP/14. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese fehacientemente al recurrente de los términos de la presente Resolución haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y que sólo es susceptible del recurso previsto en el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del plazo de diez (10) días hábiles. Comuníquese a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público. Cumplido archívese. Macchiavelli RESOLUCIÓN N.° 11/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 12 de enero de 2016 VISTO: La Ley No. 5.460, su Decreto Reglamentario N°363/15, la Ley N° 1540, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97, el Expediente Electrónico Nº 32137420/DGTALMAEP/2015, y Página 45 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita el recurso de reconsideración interpuesto por la firma Metrovías S.A. contra la Resolución Nº 1209-MAYEPGC/15, en los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad; Que como antecedente del caso, es dable mencionar que mediante Disposición N° 632-DGCONT/11 se procedió a intimar a la empresa Metrovías S.A. (Estación Callao de la Línea de Subterráneo "B") a que en el plazo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, arbitre los medios y medidas necesarias a fin de evitar la trascendencia de ruidos molestos a fincas linderas, de acuerdo con la Ley 1540 y su decreto reglamentario N° 740/07, en base a las Actas de Comprobación Serie 3 N° 115373 y 115374 oportunamente labradas en fecha 10 de marzo de 2011; Que dicho acto administrativo fue notificado a la interesada el día 13 de abril de 2011, y habiendo solicitado vista de las actuaciones, ésta hizo uso de su derecho el día 26 de mayo de 2011; Que en base a ello, la empresa Metrovías S.A. presentó recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio impugnando de nulidad absoluta e insanable a las mencionadas actas de comprobación, al no contar las mismas con todos los requisitos establecidos en la Ley 1540 y reglamentación para realizar las inspecciones pertinentes y labrar las actas correspondientes; Que mediante Disposición N° 1519-DGCONT/2011, la Dirección General de Control rechazó las pretensiones contenidas en dicho recurso, toda vez que los argumentos utilizados por la firma interesada no cuentan con sustento factico, no acreditando la ilegitimidad del acto que pretende atacar; Que el mencionado acto administrativo se notificó a la firma recurrente el día 17 de agosto de 2011; Que siguiendo el procedimiento fijado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, y notificada la empresa Metrovías el día 9 de noviembre de 2011 de su derecho de mejorar o ampliar fundamentos para el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración, en los términos del artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, la firma realizó una presentación por la cual reiteró sus dichos y manifestó que se estaría violando el principio "non bis in ídem" al intimarla a presentarse en la Dirección General de Control, en razón de las actas de comprobación oportunamente labradas, por las que supuestamente se abrieron las presentes actuaciones; Que mediante Resolución 306/APRA/2014, la Agencia de Protección Ambiental de esta Ciudad desestimó el recurso interpuesto por la firma recurrente, haciendo lugar sólo parcialmente a los agravios vinculados con el Acta de Comprobación N° 115373, ya que la Unidad Administrativa de Atención de Faltas Especiales declaró la validez del Acta de Comprobación Serie 3 N° 115374, y dispuso el archivo del Acta de Comprobación Serie 3 N° 115373, por inexistencia de falta, no logrando el recurrente desvirtuar la legitimidad del Acta de Comprobación No. 115374; Que habiéndose notificado en fecha 17 de julio de 2014, la firma Metrovías S.A. interpuso contra dicha Resolución recurso de alzada, en los términos del art. 113 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, reiterando los fundamentos esgrimidos en sus presentaciones anteriores; Página 46 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que en razón de ello, se dictó la Resolución 1209-MAYEPGC/15, la cual desestimó el recurso de alzada interpuesto por la recurrente en los términos del artículo 113 de la Ley de Procedimientos Administrativos; Que dicho acto administrativo se notificó a empresa Metrovías S.A. en fecha 9 de octubre de 2015; Que el día 26 de octubre de 2015, la interesada presentó recurso de reconsideración contra la Resolución citada en el párrafo anterior, reiterando los fundamentos esgrimidos oportunamente respecto a la validez del Acta de Comprobación Serie 3 No. 115374, la violación al principio non bis in ídem, y exceso en el plazo para el dictado de la resolución en crisis; Que en relación al escrito en análisis, se advierte a primera vista que la recurrente repite, en idénticas consideraciones, las que oportunamente formulara en sus anteriores presentaciones recursivas, centradas en impugnar la validez el Acta de Comprobación Serie 3 N° 115374, valiendo aclarar que dichos agravios fueron materia de oportuno tratamiento mediante el dictado de la Resolución en crisis; Que no obstante ello, respecto a la impugnación referida al Acta de Comprobación Serie 3 No. 115374, surge de las constancias agregadas en autos que se llevó a cabo un procedimiento en la Estación Callao de Subterráneos de la Línea B, constatándose que la inmisión de ruidos en ambiente interior (medición 63,5 dBA) superaba el límite máximo permisible establecido por la Ley 1540 y su decreto reglamentario, para el Área de Sensibilidad Acústica Tipo VII de Zonificación Comercial, uso del Recinto Habitable (dormitorio perteneciente a la finca del vecino denunciante), en horario diurno, cuyos límites máximos permisibles para dicha zonificación entre las 7.01 y las 20.00 horas, son de 55 dBA, razón por la cual se labro el acta `por superar los límites máximos permitidos provocados por el sistema de ventilación Ley 1540", circunstancia que dio motivo al dictado de la Disposición No. 632-DGCONT/11; Que en referencia a la impugnación vinculada al procedimiento anteriormente descripto, cabe remitirse a los considerandos de la Disposición No. 1519-DGCONT/12; Que entre otras consideraciones, se observó que la Dirección General Administración de Infracciones con la agregación de copia de la resolución definitiva n° 19.007/UAAFE/2011, recaída en el Legajo N° 31925/UAAFE/2011, se acreditó que con fecha 6 de diciembre de 2011 se declaró la validez del Acta de Comprobación Serie 3 No. 115374 “Por superar los límites máximos permitidos provocado por sistema de ventilación Ley 1540“, sancionando al infractor con multa de UF 1000 (Mil Unidades Fijas), circunstancia que justificó plenamente la intimación cursada por la Autoridad de Aplicación a Metrovías S.A., a los efectos de que la misma arbitre los medios necesarios para evitar la trascendencia de ruidos de carácter molesto a las fincas linderas de la Estación Callao del Subte B; Que por otra parte, la recurrente jamás arrimó a las presentes actuaciones probanza alguna acerca de la supuesta impugnación de la decisión recaída en el ámbito de Dirección General Administración de Infracciones, en virtud de la cual la misma no habría adquirido firmeza, razón por la cual tampoco se advierte una eventual conculcación del principio “non bis in idem“; Que en virtud del análisis que antecede, no cabe sino desestimar sin más trámite el recurso de reconsideración incoado por la empresa Metrovías S.A. contra la resolución 1209-MAYEPGC/15, en los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha tomado la intervención que le compete mediante informe N° 38478870 -DGAINST/15. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, Página 47 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1º.- Desestímese el recurso de reconsideración en los términos del artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires interpuesto por la firma Metrovías S.A. contra la Resolución Nº 1209-MAYEPGC/15. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Agencia de Protección Ambiental. Notifíquese en forma fehaciente a la recurrente de los términos de la presente Resolución, haciéndole saber que la misma no es pasible de recurso alguno. Cumplido archívese. Macchiavelli RESOLUCIÓN N° 12/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 12 de enero de 2016 VISTO: Las Leyes N° 5.238 y N° 2.634, los Decretos N° 238-GCBA/08, N° 117-GCBA/15, el D.N.U. N° 1.510/GCBA/97, la Disposición N° 228-DGFVP/15, el Expediente Electrónico N° 20762188-DGFVP/2015, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración por la firma Agua y Saneamiento Argentino S.A., contra la liquidación efectuada por la Dirección General de Fiscalización en la Vía Publica, en el marco de lo establecido por el Código Fiscal (Decreto N° 117-GCBA/15), la Ley Tarifaria N° 5238 y la Ley de Aperturas en la Vía Publica N° 2634; Que por la mentada liquidación, se reclamó el pago de Pesos Seis Millones Quinientos Quince Mil Diecinueve con 25/00 ($6.515.019,25) en concepto de costo de cierre en calzadas de acuerdo con lo establecido por el artículo 17 del Decreto N° 238GCBA/08, y el en concepto de permisos de apertura en la vía pública de acuerdo a lo normado por la Ley N° 5238, que oportunamente fue notificada a la recurrente con fecha 04 de Agosto de 2015; Que con fecha 10 de Agosto de 2015 la empresa interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contemplado en los artículos 103 y 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, planteando la improcedencia de la liquidación efectuada; Que mediante Disposición N° 228-DGFVP/15 se hizo lugar parcialmente al recurso de reconsideración interpuesto por la empresa, en lo relativo a los artículos 42 y 47 de la Ley N° 5238, rechazándose en lo atinente al costo de cierre de calzada y al artículo 44 de la mentada Ley. Dicho acto administrativo fue notificado el día 02 de septiembre de 2015; Que en respuesta a ello, la recurrente amplió los fundamentos del recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración, argumentando la nulidad del acto por falta de motivación y de causa. Asimismo, advirtó la improcedencia de la liquidación alegando que se desconoce la normativa nacional que regula su actividad que la exime de abonar los montos liquidados de acuerdo a la Ley N° 5238; Página 48 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que en cuanto a la nulidad del acto en crisis por carecer de causa y motivación, cabe destacar que reúne todos los elementos probatorios necesarios y suficientes que otorgan sustento factico y jurídico al decisorio impugnado. En tal sentido, puede observarse que el emisor del acto ha dado motivos suficientes de los antecedentes del caso y el criterio que lo llevo a decidir del modo en que lo hizo, como así también en cuanto al derecho aplicado, exponiendo en forma detallada la causa del reclamo. Asimismo, de la lectura del acto se observa el cumplimiento de cada uno de los requisitos formales y sustanciales que debe contener el acto administrativo para ser considerado como válido, encontrándose debidamente motivado, explicándose las razones de hecho y de derecho que dieron lugar a la liquidación notificada; Que con relación al argumento de la quejosa de que la Tasa de Estudio, Revisión e Inspección de Obras en la Vía Publica y/o Espacios de Dominio Público (TERI) tiene por objeto retribuir el uso del espacio público no es aceptable. En este sentido fundamenta que lo que cobra el GCBA en concepto de TERI supone en realidad el cobro de un gravamen por la ocupación del subsuelo, alegando que de acuerdo al régimen federal se establece la libre ocupación del espacio para desarrollo de su actividad tanto en lo que se refiere a las instalaciones propias de la concesión, como también a la incidencia del uso del espacio a través de controles; Que al respecto, el hecho de que la tasa que aquí se discute se encuentre dentro del Título VIII del Código Fiscal no la hace un gravamen. Por el contrario, El TERI es una tasa y responde a un servicio efectivamente prestado, que fuera el de Inspección y revisión de obras en la vía pública. El GCBA desarrolla una actividad y la aludida tasa tiende a recuperar el costo de esos servicios, siendo esta la naturaleza jurídica de la tasa cuya característica principal es la prestación de un servicio público individualizado hacia el sujeto pasivo obligado al pago. Cabe recordar que, la naturaleza del tributo que se trate tiene en común con todos los exigidos en virtud del poder de imperio del Estado, naciendo de la ley y no en la voluntad de las partes; Que en tal supuesto, la TERI implica revisión e inspección de las obras para determinar si ellas fueron efectuadas conforme el plan de trabajo y las reglas del arte de la construcción, siendo que de esta manera no se trata de un gravamen por el uso del espacio público, sino del costo de un servicio que desarrolla el GCBA en ejercicio de su poder de policía, costo que se encuentra fijado en la Ley Tarifaria en articulo 44; Que en este sentido, tampoco el poder de inspección del GCBA entra en juego con las normas federales, ello así, toda vez que la TERI es una tasa retributiva, razón por la cual queda expresamente excluida de la exención que establece este artículo, y aun cuando se tratare de un gravamen, tendría que demostrarse la interferencia a la que la norma condiciona su aplicación; Que por otra parte, la recurrente sostiene que el Pacto para el Empleo, la Producción y el Crecimiento es directamente operativo e importa la derogación de cualquier tipo de gravamen, incluido la tasa que se discute en estas actuaciones, siendo nada más alejado de la realidad, toda vez que esa interpretación contraria el espíritu del pacto en cuestión, pues lo aquí cuestionado es una tasa y no un gravamen; Que cabe mencionar que tampoco es aceptable el argumento de la quejosa de que la tasa local constituiría un avance sobre la regulación del Gobierno Nacional ha hecho en materia delegada por las provincias a la nación que importaría una vulneración del artículo 75, incs. 30, 13 y 18 de la Constitución Nacional, pues las tasas retributivas de servicios quedaron siempre excluidas de toda exención, resultando inequívoca su regulación por los fiscos locales; Que por lo expuesto, cabe poner en resalto que el pago de la tasa de que se trata, no impide el desarrollo de las tareas de la contribuyente, ni frustra la concreción de los objetivos previstos por el Estado Nacional, resultando la tasa objetada una derivación directa del poder tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Página 49 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que en este contexto, corresponde señalar que fueron examinados los elementos obrantes en las actuaciones, los informes producidos, y los argumentos expuestos por la recurrente, observándose que el acto recurrido cuenta con los requisitos formales del acto administrativo toda vez que se han consignado en sus considerandos los hechos y el derecho aplicable en virtud del cual se dispuso la liquidación correspondiente; Que sobre la base de lo expuesto, es menester concluir que se han consignado acabadamente los motivos por los que se procedió a dictar el acto recurrido, pues como se indica en el Informe N° 22154737-DGFVP/15, Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA) omitió el pago anticipado correspondiente al cierre definitivo de calzada correspondiente al mes de mayo de 2015, el cual debe ser pagado conjuntamente con la solicitud de permiso de apertura, conforme lo establece el artículo 17 del Decreto 238/GCBA/2008; Que por lo expuesto, corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración por Agua y Saneamiento Argentinos S.A. (AySa)., contra la liquidación efectuada por la Dirección General de Fiscalización en la Vía Publica, en el marco de lo establecido por el Código Fiscal (Decreto N° 117-GCBA/15), la Ley Tarifaria N° 5238 y la Ley de Aperturas en la Vía Publica N° 2634; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete, emitiendo el Informe N° 2015-36536641-PG, en virtud de lo normado por la Ley N° 1.218. Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración por la empresa Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA), contra la liquidación efectuada por la Dirección General de Fiscalización en la Vía Publica, en el marco de lo establecido por el Código Fiscal (Decreto N° 117-GCBA/15), la Ley Tarifaria N° 5238 y la Ley de Aperturas en la Vía Publica N° 2634. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Fiscalización de la Vía Pública. Notifíquese en forma fehaciente a la recurrente de los términos de la presente resolución, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio que contra la misma podrá interponer el recurso de reconsideración previsto en el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. Macchiavelli RESOLUCIÓN N.° 13/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 12 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 5460 y su Decreto Reglamentario N° 363/15, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97, la Resolución N° 380-SSMEP/15, el Expediente Electrónico N° 4843141/UAC1/2014, y Página 50 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita el recurso jerárquico incoado por la señora Jesica Gabriela Alves contra los términos de la Resolución N° 380-SSMEP/15; Que en su oportunidad, la Sra. Alves, en representación de su hijo Thomas Benjamín Alves, solicitó un resarcimiento económico por los daños y perjuicios que habría sufrido el menor, por la supuesta caída en un pozo en la calle Bartolomé Mitre a la altura del 1.550, de esta Ciudad, el día 14 de febrero de; Que por el mentado acto administrativo se rechazó la petición efectuada por la interesada, por resultar improcedente, toda vez que la responsabilidad por todos los daños que habría sufrido el menor Thomas Benjamín Alves sería de la empresa a cargo del mantenimiento de la red pluvial y obras complementarias del área donde se habría pronunciado el siniestro descripto; Que habiendo sido notificada el día 14 de octubre de 2015 de dicho acto, la Sra. Alves interpuso recurso jerárquico, de conformidad con el artículo 108 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, alegando que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires debe responder por los hechos dañosos ocurridos en su jurisdicción, y que el acto administrativo mediante el cual se rechaza su petición carece de suficiente causa y motivación, violando el derecho de defensa en juicio y el principio de congruencia; Que la recurrente se agravia porque entiende que la Administración debió acoger favorablemente la pretensión indemnizatoria por daños y perjuicios, esgrimiendo “ausencia de causa y motivación”, requiriendo la revocación de la Resolución en crisis; Que al respecto, es dable aclarar que el artículo 7 inciso e) de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires establece que el acto administrativo “deberá ser motivado, expresándose en forma concreta la razones que inducen a emitir el acto...“; Que en ese contexto, el Dr. Tomás Hutchinson sostiene que “... Como el fin de la motivación es el esclarecimiento del dictado del acto, debe ser clara, coherente y completa. Debe contener las razones de la no aceptación de los argumentos previos aducidos por el interesado...“ (Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, Ed. Astrea, Buenos Aires, año 2003, pág. 43); Que por otra parte, no se advierte que el acto administrativo impugnado se encuentre viciado, toda vez que las razones que motivaron su dictado han sido oportunamente expresadas en forma clara y concreta, toda vez que la Providencia N° 22355799DGSPLU/15 manifiesta que a la fecha del siniestro denunciado la empresa “SOLUCIONES QUÍMICAS S.A., OSCAR J. LÓPEZ S.A., MANTELECTRIC I.C.I.S.A. UTE, se encontraba a cargo del mantenimiento de la red pluvial y obras complementarias del área donde se habría producido el siniestro descripto; Que en consecuencia, la responsabilidad por los perjuicios que pudieran haberse ocasionado a la peticionante sería de la empresa citada, la cual debió velar por el resguardo ante cualquier daño que eventualmente pudiera producirse, asumiendo por tanto la responsabilidad por todos los daños que en forma directa e indirecta causaran la ejecución de tales obras a terceros y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que por último, si la peticionante entiende que la normativa aplicada a su caso afecta alguno de sus derechos o garantías constitucionalmente protegidos, no es ésta la instancia adecuada para obtener una decisión que así lo declare; Que en ese sentido, corresponde al Poder Judicial de la Ciudad el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo establecido en su art. 106; Página 51 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que Germán Bidart Campos, en su obra Derecho Constitucional (t. 1, pág. 270, Ediar, Buenos Aires, 1963), opina que en el régimen argentino de contralor judicial, la facultad de declarar la conformidad o disconformidad de una ley, decreto reglamento u ordenanza con la Constitución, es privativa del Poder Judicial, conforme lo dispuesto por la Constitución al consagrar el principio de la división tripartita de poderes. Es ese el criterio adoptado por la jurisprudencia en el caso “Pollano, Armando T.” (C.N.A.T., sentencia del 19/02/1959; ob. cit., t. 1, pág. 270); Que asimismo, en la causa “Mill de Pereyra, Rita Aurora y Otros C/ Estado de la Provincia de Corrientes S/ Demanda Contencioso Administrativa” (Fallo Cita Online Pagina 3/5 AR/JUR/615/2001), la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha pronunciado en sentido concordante, al expresar “... La declaración de inconstitucionalidad sin que medie petición de parte no implica un avasallamiento del Poder Judicial sobre los demás ya que dicha tarea es de la esencia de aquél, una de cuyas funciones específicas es la de controlar la constitucionalidad de la actividad desarrollada por los poderes Ejecutivo y Legislativo a fin de mantener la supremacía de la Constitución Nacional (art. 31)“. Voto del Dr. Boggiano, en concordancia con los Considerandos 1º al 8º del voto de la mayoría; Que en consecuencia, y toda vez que el acto administrativo se encuentra fundado y ajustado a derecho, y teniendo en cuenta que los agravios expresados por la recurrente no resultan suficientes para desvirtuar los términos del mismo, corresponde desestimar el recurso jerárquico incoado; Que la Procuración General ha tomado la intervención que le compete emitiendo el Informe Nº 37417200-DGEMPP/15. Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 5.460 y el Decreto N° 363/15, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1º.-Desestímase el recurso jerárquico incoado por la señora Jesica Gabriela Alves contra los términos de la Resolución N° 380-SSMEP/15. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese fehacientemente al recurrente de los términos de la presente Resolución haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y que sólo es susceptible del recurso previsto en el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del plazo de diez (10) días hábiles. Comuníquese a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público. Cumplido archívese. Macchiavelli RESOLUCIÓN N.° 14/MAYEPGC/16 Buenos Aires, 12 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 5460 y su Decreto Reglamentario N° 363/15, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97, las resoluciones N° 186-SSMEP/14 y N° 255-SSMEP/15, el Expediente Electrónico N° 9434788/AJG/2014, y Página 52 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración por la señora Sofía Schweizer contra los términos de la Resolución N° 186-SSMEP/14; Que en su oportunidad, la Sra. Scweizer solicitó resarcimiento económico por los daños que habría sufrido por una supuesta caída en la vereda lateral, mano derecha, que une la Av. Santa Fe con la calle Florida, cruzando la Plaza San Martin, de esta Ciudad, el día 17 de julio de 2014; Que por el mentado acto administrativo se rechazó la petición efectuada por la interesada, por resultar improcedente, toda vez que el hecho denunciado no se encontraba acreditado en autos; Que habiendo sido notificada el día 4 de junio de 2015 de dicho acto, la Sra. Shweizer interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio, de conformidad con los artículos 103 y 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, alegando que las pruebas presentadas por ella en el expediente fueron ignoradas; Que dicho recurso de reconsideración fue rechazado por Resolución N° 255SSMEP/15, entendiendo que a efectos de poder tomar una decisión adecuada, habría que contar con elementos probatorios eficaces, obtenidos de manera absolutamente imparcial, y que ello resulta casi imposible en la práctica administrativa, ya que únicamente se evalúan medidas probatorias arrimadas por el propio interesado; Dicho acto administrativo fue notificado a la solicitante el día 27 de julio de 2015; Que con fecha 14 de agosto de 2015 se procedió a notificar a la interesada de su derecho de ampliar o mejorar fundamentos del recurso jerárquico que opera en subsidio del de reconsideración presentado, sin haberse presentado a hacer uso de su derecho en el plazo otorgado por ley; Que en tal sentido, es oportuno destacar que, en relación a la reclamación de daños y perjuicios al Estado por responsabilidad extracontractual en sede administrativa, la doctrina entiende que "...la administración carece de una organización adecuada para la justipreciación de la prueba que supone evaluar los daños y perjuicios producidos extracontractualmente y por ello no puede realmente asumir en forma fácil la tramitación y resolución en tiempo oportuno de estas cuestiones; la dilucidación del asunto directamente en sede judicial es más conveniente tanto a la administración como al particular" (Gordillo, Agustín, Tratado de Derecho Administrativo, T° IV "El Procedimiento Administrativo", Capitulo XII "Reclamación de Daños y Perjuicios al Estado", 9° Edición, Buenos Aires, FDA, 2006); Que en consecuencia, y toda vez que el acto administrativo recurrido se encuentra fundado y ajustado a derecho, corresponde desestimar el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración; Que la Procuración General ha tomado la intervención que le compete emitiendo el informe Nº 32364486-DGEMPP/15. Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 5.460 y el Decreto N° 363/15, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1º.-Desestímase el recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración por la señora Sofía Schweizer contra los términos de la Resolución N° 186-SSMEP/14. Página 53 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese fehacientemente al recurrente de los términos de la presente Resolución haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y que sólo es susceptible del recurso previsto en el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del plazo de diez (10) días hábiles. Comuníquese a la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público. Cumplido archívese. Macchiavelli Página 54 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Agencia Gubernamental de Control RESOLUCIÓN N.° 26/AGC/15 Buenos Aires, 16 de enero de 2015 VISTO: LA LEY Nº 2.624, EL DECRETO Nº 224/13, LA RESOLUCIÓN Nº 3-SECLYT/11 Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 00574732/MGEYA/AGC/15, Y CONSIDERANDO: Que por la Expediente Electrónico citado en el VISTO tramita la solicitud de contratación de las personas detalladas en el Anexo Nº IF-2015-00557973-AGC, para desarrollar tareas en la Gerencia Operativa Control Inspectivo dependiente de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), por los montos y períodos referidos en el mismo; Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto Nº 224/13, y sus complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de locación de servicios y obras, dejándose constancia que todos los requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el legajo personal de cada locador; Que la mencionada normativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos treinta mil ($ 30.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias; Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución Nº 3-SECLYT/11 establecen que la contratación bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-; Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y conforme surge del Anexo de la presente se ha originado un expediente electrónico por cada persona a contratar; Que por su parte, el titular de la Unidad de Coordinación Administrativa (UCA) ha informado que no resulta de aplicación la autorización requerida en el Decreto Nº 353/14, la Resolución Nº 70/MHGC/14, y el Decreto modificatorio Nº 539/14; Que en virtud de todo lo expuesto corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente; Que, asimismo, el artículo 7º inciso h) de la Ley de creación de esta Agencia Gubernamental de Control N° 2.624 faculta al Director Ejecutivo de la AGC a contratar personal para la realización de tareas por tiempo determinado; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 7º inciso h) de la Ley Nº 2.624, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE Artículo 1.- Autorizase la contratación de las personas que se detallan en el Anexo Nº IF-2015-00557973-AGC, el cual forma parte integrante de la presente, por los períodos Página 55 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y montos allí consignados, bajo la modalidad de locación de servicios, para desarrollar tareas en la Gerencia Operativa Control Inspectivo de esta AGC. Artículo 2.- Facúltase al titular de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC a suscribir los contratos correspondientes. Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a incluir los importes mensuales en una orden de pago. Artículo 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Modernización y a la Gerencia Operativa Control Inspectivo, y para su conocimiento y demás efectos, remítanse a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC. Cumplido, archívese. Padilla p/p ANEXO RESOLUCIÓN N.° 126/AGC/15 Buenos Aires, 13 de marzo de 2015 VISTO: LA LEY Nº 2.624, EL DECRETO Nº 224/13, LA RESOLUCIÓN Nº 3-SECLYT/11 Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 04045867/MGEYA/AGC/15, Y CONSIDERANDO: Que por el Expediente Electrónico citado en el VISTO tramita la solicitud efectuada por la Unidad de Coordinación Administrativa (UCA) para la contratación de las personas detalladas en el Anexo Nº IF-2015-03583694-AGC, para desarrollar tareas en diversas áreas dependientes de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC), por los montos y períodos referidos en el mismo; Que se ha dado cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto Nº 224/13, y sus complementarios, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de locación de servicios y obra, dejándose constancia que todos los requisitos exigidos por la normativa vigente han sido cumplimentados y constan en el legajo personal de cada locador; Que la mencionada normativa faculta a efectuar contrataciones a personas físicas bajo los regímenes de locación de servicios y de obra hasta un monto máximo de pesos treinta mil ($ 30.000) mensuales por contrato, dentro de sus disponibilidades presupuestarias; Que tanto el mencionado decreto, como la Resolución Nº 3-SECLYT/11 establecen que la contratación bajo el régimen de Locación de Obra y Servicios deberá tramitar por Expediente Electrónico, utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-; Que se ha dado cumplimiento con lo establecido por la mencionada resolución y conforme surge del Anexo de la presente se ha originado un expediente electrónico por cada persona a contratar; Página 56 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por su parte la UCA informó que no resultan de aplicación al presente caso las previsiones del Decreto Nº 353/14 prorrogado por el Decreto Nº 539/14, y de la Resolución Conjunta Nº 2/MJGGC/15; Que, asimismo, el artículo 7º inciso h) de la Ley de creación de esta Agencia Gubernamental de Control N° 2.624 faculta al Director Ejecutivo de la AGC a contratar personal para la realización de tareas por tiempo determinado; Que en virtud de todo lo expuesto corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 7º inciso h) de la Ley Nº 2.624, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE Artículo 1.- Autorizase la contratación de las personas que se detallan en el Anexo Nº IF-2015-03583694-AGC, el cual forma parte integrante de la presente, por los períodos y montos allí consignados, bajo la modalidad de locación de servicios, para desarrollar tareas en diversas áreas dependientes de esta AGC. Artículo 2.- Facúltase al titular de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC a suscribir los contratos correspondientes. Artículo 3.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda a incluir los importes mensuales en una orden de pago. Artículo 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos perteneciente al Ministerio de Modernización, a la Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos y a la Unidad de Gestión de la Información y Coordinación Operativa de la AGC, y para su conocimiento y demás efectos, remítanse a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión ANEXO RESOLUCIÓN N.° 481/AGC/15 Buenos Aires, 11 de agosto de 2015 VISTO: LA LEY 2.624, LA RESOLUCIÓN Nº 194/AGC/15, EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 20506409/MGEYA/AGC/15, Y CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Nº 194/AGC/15, se autorizó la contratación de la Sra. Mirta Teresita Genoni (CUIT 27-13813659-6), bajo la modalidad de locación de servicios, para prestar servicios en la Dirección General de Fiscalización y Control (DGFyC) de esta Agencia Gubernamental de Control (AGC); Página 57 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que tal lo que surge de las presentes actuaciones, la Sra. Genoni ha presentado su renuncia al contrato de locación de servicios suscripto oportunamente con la AGC a partir del 4 de agosto del 2015; Que por lo expuesto, deviene pertinente rescindir el contrato de locación de servicios suscripto; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 7º inciso e) de la Ley Nº 2.624, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE Artículo 1°.- Rescíndese a partir del 4 de agosto de 2015, el contrato de locación de servicios suscripto entre la AGC y la Sra. Mirta Teresita Genoni (CUIT 27-138136596), en virtud de la renuncia formulada. Artículo 2°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Dirección General de Fiscalización y Control, y pase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos de la Unidad de Coordinación Administrativa, quien deberá notificar a la interesada. Cumplido, archívese. Gómez Centurión RESOLUCIÓN N.° 7/AGC/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: La Ley Nº 2624, el Decreto N° 363/15, la Resolución N° 47/AGC/2014, y el Expediente Electrónico N° 00461494/MGEYA/AGC/16, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 2.624, se creó esta Agencia Gubernamental de Control (AGC) como ente autárquico, dentro del ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Artículo 5° de la citada norma se aprobó la estructura organizativa de la AGC hasta el nivel de Director General conforme el anexo aprobado al efecto, encontrándose entre dichas reparticiones la Unidad de Auditoría Interna; Que por su parte, a través de la Resolución N° 47/AGC/2014 se designó, a partir del día 15 de enero de 2014, a la Cdora. Leonora Alejandra Carnazzoli (CUIT 2725960592-5), a cargo de la precitada Unidad, haciendo expresa reserva de su partida presupuestaria de planta permanente N° 0801.0000 correspondiente a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires; Que corresponde la ratificación en el cargo de la Cdora Carnazzoli mediante el dictado del acto administrativo pertinente; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia. Página 58 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE Artículo 1°.- Ratifícase a partir del 10 de diciembre de 2015, a la Cdora. Leonora Alejandra Carnazzoli (CUIT 27-25960592-5), a cargo de la Unidad de Auditoría Interna de esta Agencia Gubernamental de Control, conforme los términos de la Resolución N° 47/AGC/2014. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC, a la Sindicatura General de la Ciudad, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependientes del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Álvarez Dorrego RESOLUCIÓN N.° 8/AGC/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: La Ley Nº 2624, las Resoluciones N° 138/AGC/09 y N° 411/AGC/13, el Expediente Electrónico N° 00431873/MGEYA/AGC/16, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 2.624, se creó esta Agencia Gubernamental de Control (AGC) como ente autárquico, dentro del ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 66/AGC/13 y sus modificatorias, se aprobó la estructura orgánico funcional de la AGC, en cuya órbita funciona la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria; Que a través de la Resolución N° 138/AGC/09 se designó transitoriamente a partir del día 20 de marzo de 2009, al Sr. Ignacio José Parera (CUIL 20-26844697-5), a cargo de la precitada Dirección General; Que conforme surge del Expediente Electrónico citado en el VISTO, el Sr. Parera ha presentado su renuncia al mencionado cargo, a partir del día 08 de enero de 2016, propiciándose la designación del Sr. Tomás Schonamsgruber (CUIL 20-31666234-0), a partir del 09 de enero de 2016 en su reemplazo; Que por su parte, mediante la Resolución N° 411/AGC/13 se designó al Sr. Schonamsgruber como titular a cargo de la Sugerencia Operativa Registro de Establecimientos Productivos y Productos Alimenticios, dependiente de la Gerencia Operativa de Planificación y Tecnología Alimentaria de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de esta AGC; Que teniendo en cuenta que se propicia la designación del Sr. Schonamsgruber al cargo de Director General de Higiene y Seguridad Alimentaria, corresponde otorgarle licencia sin percepción de haberes mientras dure dicha designación transitoria; Página 59 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha expedido en una cuestión análoga a la presente a través del Informe IF-2014-02608414-PG no encontrando obstáculos de orden jurídico para que se efectúe la retención del cargo durante el lapso que dure la designación en un cargo superior; Que en el mismo sentido se ha expedido la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a través del Informe IF-2014-11881438-DGALP, entendiendo que resulta viable la retención del cargo y la designación efectuada con carácter transitorio; Que en virtud de lo expuesto, corresponde aceptar la renuncia del Sr. Ignacio José Parera al cargo de Director General, y designar transitoriamente al Sr. Tomás Schonamsgruber a cargo de la mencionada Dirección General, por reunir las condiciones de idoneidad necesarias, reteniendo el cargo titular de Subgerente Operativo Registro de Establecimientos Productivos y Productos Alimenticios, otorgándole licencia sin percepción de haberes mientras dure dicha designación; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE Artículo 1°.- Acéptase la renuncia del Sr. Ignacio José Parera (CUIL 20-26844697-5) a partir del día 08 de enero de 2016, a cargo de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria. Artículo 2°.- Otórgase licencia extraordinaria sin goce de haberes al Sr. Tomás Schonamsgruber (CUIL 20-31666234-0) para cubrir un cargo de mayor jerarquía, a partir del día 08 de enero de 2016. Artículo 3°.- Aclárase que el plazo máximo de la licencia extraordinaria otorgada se corresponde con el plazo quinquenal de designación en el cargo dispuesto por el Concurso Público Abierto de Oposición y Antecedentes. Artículo 4°.- Desígnase transitoriamente a partir del día 09 de enero de 2016, a cargo de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de esta AGC, al Sr. Tomás Schonamsgruber (CUIL 20-31666234-0). Artículo 5º.- Atiéndase el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida con los créditos asignados en el presupuesto vigente de la AGC. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda, y remítase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa, a fin de notificar a los interesados. Cumplido, archívese. Álvarez Dorrego RESOLUCIÓN N.° 9/AGC/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: La Ley Nº 2624, El Decreto N° 383/AJG/15, La Resolución N° 583/AGC/13, El Expediente Electrónico N° 38999525/MGEYA/MDUYTGC/15, y Página 60 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 2.624, se creó esta Agencia Gubernamental de Control (AGC) como ente autárquico, dentro del ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el artículo 7° de la misma, se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia respecto a su estructura orgánico-funcional para los niveles inferiores a los aprobados por esa normativa, organizativos, operativos y de administración de los recursos humanos; Que a través de la Resolución N° 583/AGC/2013 se designó a partir del día 22 de noviembre de 2013, al Sr. Sebastián Ariel Uberti (CUIL 20-24497056-8) como titular a cargo de la Gerencia Operativa de Fiscalización y Control de Obras, dependiente de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de esta AGC; Que conforme surge del Expediente Electrónico citado en el Visto, el Sr. Uberti solicita licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, en virtud de haber sido designado a partir del día 10 de diciembre de 2015, mediante el Decreto N° 383/AJG/15 como Director General de la Dirección General Registro de Obras y Catastro, dependiente de la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte; Que por su parte, se propicia la designación de la Sra. María Daniela Grassi (CUIL 2721921161-4), a partir del día 10 de diciembre de 2015, en su reemplazo; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires se ha expedido en una cuestión análoga a la presente a través del Informe IF-2014-02608414-PG no encontrando obstáculos de orden jurídico para que se efectúe la retención del cargo durante el lapso que dure la designación en un cargo superior; Que en el mismo sentido se ha expedido la Dirección General Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a través del Informe IF-2014-11881438-DGALP, entendiendo que resulta viable la retención del cargo y la designación efectuada con carácter transitorio; Que atento lo expuesto corresponde proceder a dictar el acto administrativo que otorgue la licencia extraordinaria sin goce de haberes requerida por el Sr. Sebastián Ariel Uberti y designar transitoriamente a la Sra. María Daniela Grassi, por reunir las condiciones de idoneidad requeridas, en su reemplazo; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el artículo 12 inciso e) de la Ley Nº 2.624, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE Artículo 1°.- Otórgase licencia extraordinaria sin goce de haberes al Sr. Sebastián Ariel Uberti, (CUIL 20-24497056-8) para cubrir un cargo de mayor jerarquía, a partir del día 10 de diciembre de 2015. Artículo 2°.- Aclárase que el plazo máximo de la licencia extraordinaria otorgada se corresponde con el plazo quinquenal de designación en el cargo dispuesto por el Concurso Público Abierto de Oposición y Antecedentes. Página 61 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 3º.- Desígnase transitoriamente a partir del día 10 de diciembre de 2015, a la Sra. María Daniela Grassi (CUIL 27-21921161-4), a cargo de la Gerencia Operativa de Fiscalización y Control de Obras, dependiente de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras de esta AGC. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacieda, y remítase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos, dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa, a fin de notificar al interesado. Cumplido, archívese. Álvarez Dorrego RESOLUCIÓN N.° 10/AGC/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 2.624, Las Resoluciones Nº 66/AGC/13 y Nº 413/AGC/14, El Expediente Electrónico Nº 00456188/MGEYA/AGC/16, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley N° 2.624, se creó la Agencia Gubernamental de Control, en adelante (AGC), entidad autárquica, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se determinó su organización y competencia; Que por Resolución N° 66/AGC/13 y sus modificatorias, se aprobó la estructura orgánico funcional de la AGC, en cuya órbita funciona la Unidad de Coordinación General; Que mediante la Resolución Nº 413/AGC/14, se designó en forma transitoria, a cargo de la Unidad de Coordinación General de esta AGC, al Sr. Santiago Víctor Lucero Torres (CUIL 20-22675489-0); Que conforme surge del Expediente Electrónico citado en el VISTO, el Sr. Lucero Torres ha presentado su renuncia al mencionado cargo, a partir del día 31 de diciembre de 2015; Que por su parte, se propicia la designación de la Sra. Verónica Lopreite (CUIL 2720893260-3), a partir del 01 de enero de 2016 en su reemplazo; Que en virtud de lo expuesto, corresponde aceptar la renuncia del Sr. Lucero Torres y designar transitoriamente a la Sra. Verónica Lopreite, por reunir las condiciones de idoneidad necesarias; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 12, inciso e) de la Ley Nº 2.624, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE Artículo 1°.- Acéptase la renuncia del Sr. Santiago Víctor Lucero Torres (CUIL 2022675489-0), a partir del día 31 de diciembre de 2015, a cargo de la Unidad de Coordinación General de esta AGC. Página 62 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2°.- Desígnase transitoriamente a partir del día 01 de enero de 2016, como titular a cargo de la Unidad de Coordinación General de esta AGC, a la Sra. Verónica Lopreite (CUIL 27-20893260-3). Artículo 3°.- Atiéndase el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida con los créditos asignados en el presupuesto vigente de la AGC. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese electrónicamente a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC y a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda, y pase a la Gerencia Operativa de Recursos Humanos dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC para su notificación a los interesados. Cumplido, archívese. Álvarez Dorrego RESOLUCIÓN N.° 11/AGC/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: La Ley N° 2.624, la Resolución N° 296/AGC/08 y modificatorias, el Expediente N° 2016-00882775-MGEYA-AGC, y CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 2.624, se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC) como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de controlar, fiscalizar y regular -en las condiciones que lo reglamente el Sr. Jefe de Gobierno- en el marco del ejercicio del poder de policía en lo que respecta a la seguridad, salubridad e higiene alimentaria de los establecimientos públicos y privados, a las habilitaciones de todas aquellas actividades comprendidas en el código respectivo como así también el otorgamiento de permisos para ciertas actividades y a las obras civiles, públicas y privadas, comprendidas por el Código de la Edificación; Que de acuerdo al artículo 4° de la misma Ley, modificado por el artículo 4° de la Ley N° 4.340, se transfirieron al ámbito de este ente autárquico las responsabilidades primarias, objetivos y acciones, presupuesto y recursos humanos en sus respectivos niveles y grados escalafonarios vigentes de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos con excepción de la Dirección Permisos en la Vía Pública, la Dirección General de Fiscalización y Control con las excepciones establecidas en el artículo 6° inciso f) de esa Ley, la Dirección General Adjunta de Eventos Masivos, la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, y la Gerencia Operativa de Registro Público de Lugares Bailables; Que mediante el Artículo 5° de la citada norma se conformó la estructura organizativa de la AGC hasta el nivel de Director General conforme el anexo aprobado al efecto; Que asimismo, en cumplimiento de la Cláusula Transitoria Primera de la Ley N° 2.624, se aprobó la estructura de esta entidad autárquica, en los niveles inferiores a los previstos en el considerando anterior, mediante el dictado de la Resolución N° 296/AGC/08; Página 63 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por su parte, a través de la Resolución N° 66/AGC/2013 y sus modificatorias, se estableció la actual estructura organizativa de esta AGC; Que dentro de las competencias asignadas al Director Ejecutivo por el Artículo 7° de la Ley N° 2.624 se encuentra la de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia respecto a su estructura orgánico-funcional para los niveles inferiores a los aprobados por esa normativa; Que, por razones de eficiencia funcional y organizativa, se estima conveniente modificar la actual estructura orgánico funcional de la AGC, transfiriendo bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete a la Gerencia Operativa Control Inspectivo y bajo la órbita de la Unidad de Coordinación General dependiente de la Jefatura de Gabinete a la Unidad de Sistemas Informáticos y Procesos, a las Direcciones Generales de Fiscalización y Control, de Fiscalización y Control de Obras, de Higiene y Seguridad Alimentaria y de Habilitaciones y Permisos, y a la Gerencia Operativa Coordinación de Enlace de Faltas Especiales; Que, en consecuencia, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo que recepte dicha decisión; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta Agencia Gubernamental de Control ha tomado la intervención de su competencia. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por los artículos 7° inciso e) y 12 inciso e) de la Ley N° 2.624. EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE Artículo 1°.- Transfiérense, a partir del 11/01/2016, las distintas áreas de esta Agencia Gubernamental de Control, de conformidad con el Anexo I (IF N°-2016-00928734AGC) que forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Modifícase la estructura orgánico funcional de la Agencia Gubernamental de Control, a partir del 11/01/2016, conforme al organigrama previsto en el Anexo II (IF N°-2016-00928716-AGC) que forma parte integrante de la presente. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Modernización, a todas las Direcciones Generales y Unidades de esta AGC, a la Gerencia Operativa de Control Inspectivo y a la Gerencia Operativa Coordinación de Enlace de Faltas Especiales. Cumplido, archívese. Álvarez Dorrego ANEXO Página 64 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 60/SSASS/15 Buenos Aires, 25 de noviembre de 2015 VISTO: La Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764, el Decreto Reglamentario N° 95GCBA/14, el Decreto N° 1.353-GCBA/08, su modificatorio N° 481-GCBA/10, 372GCBA/14, el Decreto N° 593-GCBA/11, N° 660-GCBA/11, N° 395-GCBA/14 y 488GCBA/14, las Resoluciones N° 01-UOAC/08, N° 232/UPEUOAC/09 y sus modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 4.236.319-MGEYA-DGCYC/14, y CONSIDERANDO: Que mediante Expediente Electrónico N° 4.236.319/MGEYA-DGCYC/14 se tramitó la Adquisición de Antibiótico Antifúngico Anfotericina, con destino a Hospitales y Centros de Salud, dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Resolución N° 1071-MSGC/14 fue aprobada la Licitación Pública N° 869-SIGAF/14, efectuada al amparo de lo establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y el Decreto Reglamentario N° 95-GCBA/14 y se adjudicó y emitió, entre otras, la Orden de Compra N° 36.931-SIGAF/14 – Renglón N° 2, a favor de la firma GADOR S.A.; Que atento a la necesidad de contar con stock de los Insumos correspondientes a la Orden de Compra mencionada, se recomienda aumentar en un veinte por ciento (20%) el monto total adjudicado, de conformidad con lo establecido en el art. 117 Inc. I) de la Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764 y el Decreto Reglamentario N° 95GCBA/14; Que en este marco la Gerente Operativa Soporte de Compras de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) comunicó a la empresa GADOR S.A., la tramitación de dicha ampliación; Que mediante nota suscripta por el representante legal la empresa GADOR S.A., manifiesta su conformidad a la ampliación del veinte por ciento (20%) del total del monto adjudicado de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Que por esta actuación y al solo efecto de garantizar el correcto y oportuno abastecimiento, este Directorio entiende que resulta conveniente hacer lugar a la ampliación del Renglón N° 2 correspondiente a la Orden de Compra N° 36.931SIGAF/14; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos para hacer frente a la erogación en cuestión; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento; Que por Decreto N° 1.353-GCBA/08 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los Página 65 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Directores Médicos de dichos efectores; Que el Decreto N° 481-GCBA/10, modificatorio del Decreto N° 1353-GCBA/08, suprimió la figura del Director Ejecutivo de la UPE-UOAC, delegando sus funciones al Coordinador General de la misma; Que el Decreto N° 593-GCBA/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto N° 1353GCBA/08, estableciendo que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio, personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Que por Decreto N° 660-GCBA/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Director General, y por Decreto N° 395/GCBA/14 se modificó parcialmente el Decreto antes mencionado, aprobándose la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, modificándose asimismo la estructura de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, cambiando la entonces Dirección de Soporte Técnico, la que a partir de la emisión del mencionado Decreto deberá denominarse Gerencia Operativa Soporte Técnico; Que el Decreto N° 372-GCBA/14 modificó el artículo 3° del Decreto N° 1.353-GCBA/08 estableciendo que, el Directorio de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) estará conformado por el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, el Subsecretario de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Hacienda, un Director General designado por el Ministro de Salud y un representante designado por el Ministro de Hacienda; Que por Resolución N° 232/UPE-UOAC/09 y sus modificatorios se estableció el nuevo listado de Medicamentos, Insumos y Productos Biomédicos de adquisición centralizada indicando los lineamientos a llevarse a cabo en las licitaciones públicas que se realizan en el ámbito de la UPE-UOAC, en un todo de acuerdo a los arts. 4 y 6 del Decreto N° 1.353-GCBA/08. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4764 y el Decreto Reglamentario N° 95-GCBA/14, EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el aumento de un veinte por ciento (20%) del monto total adjudicado correspondiente a la Orden de Compra N° 36.931-SIGAF/14 – Renglón N° 2, a favor de la firma GADOR S.A. por la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 77/100 ($ 2.769.956,77), correspondiente a la Adquisición de Antibiótico Antifúngico Anfotericina con destino a Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con el artículo 117 inciso I) de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14. Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio 2015. Artículo 3°.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial del Organismo Fuera de Nivel Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) por el término de un (1) día. Página 66 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 4°.- Autorizase al Titular o a la Gerente Operativa Soporte de Compras del Organismo Fuera de Nivel Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) a suscribir la respectiva Orden de Compra ajustada al proyecto obrante en estos actuados. Artículo 5°.- Notifíquese a la empresa oferente, haciéndosele saber que deberá presentar copia de la presente Resolución Firma Conjunta al momento de la entrega y dar cumplimiento al artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Artículo 6°.- Notifíquese a la Gerencia Operativa de Distribución y Logística del Organismo Fuera de Nivel Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud. Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a los demás interesados. Mura - Butera - Napolitano - Guevara RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 61/SSASS/15 Buenos Aires, 4 de diciembre de 2015 VISTO: La Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764, el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, el Decreto N° 1.353/GCBA/08, su modificatorio N° 481/GCBA/10, 372/GCBA/14, el Decreto N° 593/GCBA/11, N° 660/GCBA/11, N° 395/GCBA/14 y 488/GCBA/14, las Resoluciones N° 01/UOAC/08, N° 232/UOAC/09 y sus modificatorios, y el Expediente Electrónico N° 13.314.497/MGEYA-DGCYC/14, y CONSIDERANDO: Que mediante Expediente Electrónico N° 13.314.497/MGEYA-DGCYC/14 se tramitó la Adquisición de Hemocultivos, con destino a Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Resolución Firma Conjunta N° 15/SSASS/14 fue aprobada la Licitación Pública N° 214/SIGAF/15, efectuada al amparo de lo establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 y se adjudicaron y emitieron las Órdenes de Compra N° 25.336/SIGAF/15 - Renglones N° 1, 2, 3, 4, 5 y 10 a favor de la firma QUIMICA EROVNE S.A. y N° 25.337/SIGAF/15 - Renglones N° 6, 7, 8, 9 y 11, a favor de la firma BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L.; Que atento a la necesidad de contar con stock de los Insumos correspondientes a las Órdenes de Compra mencionadas, se recomienda aumentar en un cincuenta por ciento (50%) el monto total adjudicado, de conformidad con lo establecido en el art. 117 Inc. I) de la Ley N° 2095, su modificatoria Ley N° 4764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14; Que en este marco la Gerente Operativa Soporte de Compras de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) comunicó a las empresas QUIMICA EROVNE S.A. y BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L., la tramitación de dichas ampliaciones; Página 67 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que mediante nota suscripta por el representante legal la empresa QUIMICA EROVNE S.A., manifiesta su conformidad a la ampliación del cincuenta por ciento (50%) del total del monto adjudicado y la empresa BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L. informa que es imposible aceptar la ampliación del 50% solicitado, accediendo a ampliar el veinte por ciento (20%) del total del monto adjudicado de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Que por esta actuación y al solo efecto de garantizar el correcto y oportuno abastecimiento, este Directorio entiende que resulta conveniente hacer lugar a la ampliación de los Renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5 y N° 10 correspondiente a la Orden de Compra N° 25.336/SIGAF/15 y de los Renglones N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 11 correspondiente a la Orden de Compra N° 25.337/SIGAF/15; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos para hacer frente a la erogación en cuestión; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento; Que por Decreto N° 1.353/GCBA/08 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los Directores Médicos de dichos efectores; Que el Decreto N° 481/GCBA/10, modificatorio del Decreto N° 1353/GCBA/08, suprimió la figura del Director Ejecutivo de la UPE-UOAC, delegando sus funciones al Coordinador General de la misma; Que el Decreto N° 593/GCBA/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto N° 1353/GCBA/08, estableciendo que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio, personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Que por Decreto N° 660/GCBA/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Director General, y por Decreto N° 395/GCBA/14 se modificó parcialmente el Decreto antes mencionado, aprobándose la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, modificándose asimismo la estructura de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, cambiando la entonces Dirección de Soporte Técnico, la que a partir de la emisión del mencionado Decreto deberá denominarse Gerencia Operativa Soporte Técnico; Que el Decreto N° 372/GCBA/14 modificó el artículo 3° del Decreto N° 1.353/GCBA/08 estableciendo que, el Directorio de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) estará conformado por el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, el Subsecretario de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Hacienda, un Director General designado por el Ministro de Salud y un representante designado por el Ministro de Hacienda; Que por Resolución N° 232/UPE-UOAC/09 y sus modificatorios se estableció el nuevo listado de Medicamentos, Insumos y Productos Biomédicos de adquisición centralizada indicando los lineamientos a llevarse a cabo en las licitaciones públicas que se realizan en el ámbito de la UPE-UOAC, en un todo de acuerdo a los arts. 4 y 6 del Decreto N° 1.353/GCBA/08; Página 68 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el aumento de un cincuenta por ciento (50%) del monto total adjudicado correspondiente a la Orden de Compra N° 25.336/SIGAF/15, a favor de la firma QUIMICA EROVNE S.A. - Renglones N° 1, 2, 3, 4, 5 y 10 por la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS ($ 3.197.700.-) y el aumento de un diecinueve con noventa y siete por ciento (19,97%) del monto total adjudicado correspondiente a la Orden de Compra N° 25.337/SIGAF/15, a favor de la firma BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L. - Renglones N° 6, 7, 8, 9 y 11 por la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECISIETE ($ 329.817.-), con destino a Hospitales y Centros de Salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con el artículo 117 inciso I) de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14. Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio 2015. Artículo 3°.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial del Organismo Fuera de Nivel Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) por el término de un (1) día. Artículo 4°.- Autorizase al Titular o a la Gerente Operativa Soporte de Compras del Organismo Fuera de Nivel Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) a suscribir las respectivas Órdenes de Compra ajustadas a los proyectos obrantes en estos actuados. Artículo 5°.- Notifíquese a las empresas oferentes, haciéndoseles saber que deberán presentar copia de la presente Resolución Firma Conjunta al momento de la entrega. Artículo 6°.- Notifíquese a la Gerencia Operativa de Distribución y Logística del Organismo Fuera de Nivel Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud. Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a los demás interesados. Mura - Butera - Napolitano - Guevara RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 62/SSASS/15 Buenos Aires, 4 de diciembre de 2015 VISTO: La Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764, el Decreto N° 95/GCBA/14, el Decreto N° 1.145/GCBA/09, el Decreto N° 1353/GCBA/08, su modificatorio N° 481/GCBA/10, 372/GCBA/14, el Decreto N° 593/GCBA/11, N° 660/GCBA/11, el Decreto N° 395/GCBA/14, el Decreto N° 488/GCBA/14, las Resoluciones N° 01/UOAC/08, N° 232/UPE-UOAC/09 y sus modificatorios, la Disposición N° 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico N° 4.338.794/MGEYA-UCAS/14, y Página 69 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que mediante la actuación citada en el Visto, se tramitó la Adquisición de Reactivos para Diagnóstico y Seguimiento de VIH y HPV, con destino al Programa SIDA, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General de Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ello a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que mediante RESFC-2014-59-SSASS fue aprobada la Licitación Pública N° 4010237-LPU14, efectuada al amparo de lo establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 y se adjudicó y emitió entre otras, la Orden de Compra N° 401-2256-OC14 a favor de la firma PRO MED INTERNACIONAL S.A. - Renglón N° 1; Que atento la necesidad de contar con stock de los insumos correspondientes a la Orden de Compra mencionada en el párrafo anterior, se recomienda aumentar en un cincuenta por ciento (50%) el monto total adjudicado, de conformidad con lo establecido en el art. 117 Inc. 1) de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764 y el Decreto N° 95/GCBA/14; Que se solicitó la conformidad a la firma PRO MED INTERNACIONAL S.A., para la tramitación de dicha ampliación, quien mediante el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones BAC manifiesta su conformidad a la ampliación de mención; Que por esta actuación y al solo efecto de garantizar el correcto y oportuno abastecimiento, este Directorio entiende que resulta conveniente hacer lugar a la ampliación del Renglón N° 1 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2256OC14; Que por Decreto N° 1.353/GCBA/08 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los Directores Médicos de dichos efectores; Que el Decreto N° 481/GCBA/10, modificatorio del Decreto N° 1353/GCBA/08, suprimió la figura del Director Ejecutivo de la UPE-UOAC, delegando sus funciones al Coordinador General de la misma; Que el Decreto N° 593/GCBA/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto N° 1353/GCBA/08, estableciendo que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio, personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Que por Decreto N° 660/GCBA/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Director General, y por Decreto N° 260/GCBA/12 se modificó parcialmente el Decreto antes mencionado, aprobándose la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, modificándose asimismo la estructura de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, cambiando la entonces Dirección de Soporte Técnico, la que a partir de la emisión del mencionado Decreto deberá denominarse Gerencia Operativa Soporte Técnico; Página 70 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el Decreto N° 372/GCBA/14 modificó el artículo 3° del Decreto N° 1.353/GCBA/08 estableciendo que, el Directorio de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) estará conformado por el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, el Subsecretario de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Hacienda, un Director General designado por el Ministro de Salud y un representante designado por el Ministro de Hacienda; Que por Resolución N° 232/UPE-UOAC/09 y sus modificatorios se estableció el nuevo listado de Medicamentos, Insumos y Productos Biomédicos de adquisición centralizada indicando los lineamientos a llevarse a cabo en las licitaciones públicas que se realizan en el ámbito de la UPE-UOAC, en un todo de acuerdo a los arts. 4 y 6 del Decreto N° 1.353/GCBA/08; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos para hacer frente a la erogación en cuestión; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4764, reglamentado por el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el aumento de un cincuenta por ciento (50%) del Renglón N° 1 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2256-OC14 a favor de la firma PRO MED INTERNACIONAL S.A. por la suma de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO VEINTE ($ 861.120.-), para la Adquisición de Reactivos para Diagnóstico y Seguimiento de VIH y HPV, con destino al Programa SIDA, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General de Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con el art. 117 inciso I) de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14. Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio 2015. Artículo 3°.- Déjase constancia que el adjudicatario será notificado electrónicamente mediante el sistema BAC. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el portal Buenos Aires Compras (BAC) y notifíquense a la empresa oferente y demás interesados, de acuerdo con los términos establecidos en los artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCBA/97 aprobado por Resolución N° 41/LCABA/98. Mura - Butera - Napolitano - Guevara RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 63/SSASS/15 Buenos Aires, 4 de diciembre de 2015 VISTO: La Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764, el Decreto N° 95/GCBA/14, el Decreto N° 1.145/GCBA/09, el Decreto N° 1.353/GCBA/08, su modificatorio N° 481/GCBA/10, Página 71 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 372/GCBA/14, el Decreto N° 593/GCBA/11, N° 660/GCBA/11, el Decreto N° 395/GCBA/14, el Decreto N° 488/GCBA/14, las Resoluciones N° 01/UOAC/08, N° 232/UOAC/09 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 4.189.321/MGEYAUCAS/14, y CONSIDERANDO: Que mediante la actuación citada en el Visto, se tramitó la Adquisición de Consumibles y Descartables para VIH, con destino al Programa VIH, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General de Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ello a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que mediante RESFC-2014-46-SSASS fue aprobada la Contratación Menor N° 4010022-CME14, efectuada al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 y se adjudicó y emitió, entre otras, la Orden de Compra N° 401-2308-OC14 a favor de la firma BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L. - Renglón N° 1; Que atento la necesidad de contar con stock de los insumos correspondientes a la Orden de Compra mencionada en el párrafo anterior, se recomienda aumentar en un cincuenta por ciento (50%) el monto total adjudicado, de conformidad con lo establecido en el art. 117 Inc. 1) de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764 y el Decreto N° 95/GCBA/14; Que se solicitó la conformidad a la firma BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L., para la tramitación de dicha ampliación, quien mediante el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones BAC manifiesta su conformidad a la ampliación de mención; Que por esta actuación y al solo efecto de garantizar el correcto y oportuno abastecimiento, este Directorio entiende que resulta conveniente hacer lugar a la ampliación del Renglón N° 1 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2308OC14; Que por Decreto N° 1.353/GCBA/08 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los Directores Médicos de dichos efectores; Que el Decreto N° 481/GCBA/10, modificatorio del Decreto N° 1.353/GCBA/08, suprimió la figura del Director Ejecutivo de la UPE-UOAC, delegando sus funciones al Coordinador General de la misma; Que el Decreto N° 593/GCBA/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto N° 1.353/GCBA/08, estableciendo que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio, personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Página 72 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por Decreto N° 660/GCBA/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Director General, y por Decreto N° 260/GCBA/12 se modificó parcialmente el Decreto antes mencionado, aprobándose la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, modificándose asimismo la estructura de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, cambiando la entonces Dirección de Soporte Técnico, la que a partir de la emisión del mencionado Decreto deberá denominarse Gerencia Operativa Soporte Técnico; Que el Decreto N° 372/GCBA/14 modificó el artículo 3° del Decreto N° 1.353/GCBA/08 estableciendo que, el Directorio de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) estará conformado por el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, el Subsecretario de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Hacienda, un Director General designado por el Ministro de Salud y un representante designado por el Ministro de Hacienda; Que por Resolución N° 232/UOAC/09 y sus modificatorios se estableció el nuevo listado de Medicamentos, Insumos y Productos Biomédicos de adquisición centralizada indicando los lineamientos a llevarse a cabo en las licitaciones públicas que se realizan en el ámbito de la UPE-UOAC, en un todo de acuerdo a los arts. 4 y 6 del Decreto N° 1.353/GCBA/08; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos para hacer frente a la erogación en cuestión; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764, reglamentado por el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el aumento de un cuarenta y cinco con cuarenta y cinco por ciento (45,45%) del Renglón N° 1 correspondiente a la Orden de Compra N° 4012308-OC14, a favor de la firma BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L., por la suma de PESOS diez mil doscientos ochenta y cinco ($ 10.285.-), para la adquisición de Consumibles y Descartables para VIH, con destino al Programa VIH, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General de Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con el art. 117 inciso I) de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14. Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio 2015. Artículo 3°.- Déjase constancia que el adjudicatario será notificado electrónicamente mediante el sistema BAC. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el portal Buenos Aires Compras (BAC) y notifíquese a la empresa oferente y demás interesados, de acuerdo con los términos establecidos en los artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCBA/97 aprobado por Resolución N° 41/LCABA/98. Mura - Butera - Napolitano - Guevara Página 73 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 64/SSASS/15 Buenos Aires, 4 de diciembre de 2015 VISTO: La Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764, el Decreto N° 95/GCBA/14, el Decreto N° 1.145/GCBA/09, el Decreto N° 1353/GCBA/08, su modificatorio N° 481/GCBA/10, 372/GCBA/14, el Decreto N° 593/GCBA/11, N° 660/GCBA/11, el Decreto N° 395/GCBA/14, el Decreto N° 488/GCBA/14, las Resoluciones N° 01/UOAC/08, N° 232/UOAC/09 y sus modificatorios, la Disposición N° 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico N° 4.512.565/MGEYA-UCAS/14, y CONSIDERANDO: Que mediante la actuación citada en el Visto, se tramitó la Adquisición de Reactivos, Soluciones e Insumos para Testeo de VIH, con destino al Programa VIH, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General de Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ello a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que mediante RESFC-2014-60-SSASS fue aprobada la Licitación Pública N° 4010240-LPU14, efectuada al amparo de lo establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 y se adjudicó y emitió entre otras, la Orden de Compra N° 401-2647-OC14 a favor de la firma DROFAST S.R.L. - Renglón N° 8; Que atento la necesidad de contar con stock de los insumos correspondientes a la Orden de Compra mencionada en el párrafo anterior, se recomienda aumentar en un cincuenta por ciento (50%) el monto total adjudicado, de conformidad con lo establecido en el art. 117 Inc. 1) de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764 y el Decreto N° 95/GCBA/14; Que se solicitó la conformidad a la firma DROFAST S.R.L., para la tramitación de dicha ampliación, quien mediante el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones BAC manifiesta su conformidad a la ampliación de mención; Que por esta actuación y al solo efecto de garantizar el correcto y oportuno abastecimiento, este Directorio entiende que resulta conveniente hacer lugar a la ampliación del Renglón N° 8 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2647OC14; Que por Decreto N° 1.353/GCBA/08 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los Directores Médicos de dichos efectores; Que el Decreto N° 481/GCBA/10, modificatorio del Decreto N° 1.353/GCBA/08, suprimió la figura del Director Ejecutivo de la UPE-UOAC, delegando sus funciones al Coordinador General de la misma; Página 74 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el Decreto N° 593/GCBA/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto N° 1.353/GCBA/08, estableciendo que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio, personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Que por Decreto N° 660/GCBA/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Director General, y por Decreto N° 260/GCBA/12 se modificó parcialmente el Decreto antes mencionado, aprobándose la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, modificándose asimismo la estructura de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, cambiando la entonces Dirección de Soporte Técnico, la que a partir de la emisión del mencionado Decreto deberá denominarse Gerencia Operativa Soporte Técnico; Que el Decreto N° 372/GCBA/14 modificó el artículo 3° del Decreto N° 1.353/GCBA/08 estableciendo que, el Directorio de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) estará conformado por el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, el Subsecretario de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Hacienda, un Director General designado por el Ministro de Salud y un representante designado por el Ministro de Hacienda; Que por Resolución N° 232/UOAC/09 y sus modificatorios se estableció el nuevo listado de Medicamentos, Insumos y Productos Biomédicos de adquisición centralizada indicando los lineamientos a llevarse a cabo en las licitaciones públicas que se realizan en el ámbito de la UPE-UOAC, en un todo de acuerdo a los arts. 4 y 6 del Decreto N° 1.353/GCBA/08; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos para hacer frente a la erogación en cuestión; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764, reglamentado por el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el aumento de un cincuenta por ciento (50%) del Renglón N° 8 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2647-OC14, a favor de la firma DROFAST S.R.L., por la suma de PESOS ciento sesenta y siete mil trescientos ($ 167.300.-), para la Adquisición de Reactivos, Soluciones e Insumos para Testeo de VIH, con destino al Programa VIH, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General de Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con el art. 117 inciso I) de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14. Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio 2015. Artículo 3°.- Déjase constancia que el adjudicatario será notificado electrónicamente mediante el sistema BAC. Página 75 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el portal Buenos Aires Compras (BAC) y notifíquese a la empresa oferente y demás interesados, de acuerdo con los términos establecidos en los artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCBA/97 aprobado por Resolución N° 41/LCABA/98. Mura - Butera - Napolitano - Guevara RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 65/SSASS/15 Buenos Aires, 4 de diciembre de 2015 VISTO: La Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764, el Decreto N° 95/GCBA/14, el Decreto N° 1.145/GCBA/09, el Decreto N° 1.353/GCBA/08, su modificatorio N° 481/GCBA/10, 372/GCBA/14, el Decreto N° 593/GCBA/11, N° 660/GCBA/11, el Decreto N° 395/GCBA/14, el Decreto N° 488/GCBA/14, las Resoluciones N° 01/UOAC/08, N° 232/UPE-UOAC/09 y sus modificatorios, la Disposición N° 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico N° 4.290.411/MGEYA-UCAS/14, y CONSIDERANDO: Que mediante la actuación citada en el Visto, se tramitó la Adquisición de Reactivos para Carga Viral, Test Rápidos y Confirmatorios para VIH, con destino al Programa VIH, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General de Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ello a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que mediante RESFC-2014-54-SSASS fue aprobada la Licitación Pública N° 401-0228LPU14, efectuada al amparo de lo establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 y se adjudicó y emitió entre otras, la Orden de Compra N° 401-2465OC14 a favor de la firma PRO MED INTERNACIONAL S.A. - Renglón N° 5; Que atento la necesidad de contar con stock de los insumos correspondientes al Renglón N° 5 de la Orden de Compra mencionada en el párrafo anterior, se recomienda aumentar en un cincuenta por ciento (50%) el monto total adjudicado de ese Renglón, de conformidad con lo establecido en el art. 117 Inc. 1) de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764 y el Decreto N° 95/GCBA/14; Que se solicitó la conformidad a la firma PRO MED INTERNACIONAL S.A., para la tramitación de dicha ampliación, quien mediante el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones BAC manifiesta su conformidad a la ampliación de mención; Que por esta actuación y al solo efecto de garantizar el correcto y oportuno abastecimiento, este Directorio entiende que resulta conveniente hacer lugar a la ampliación del Renglón N° 5 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2465OC14; Página 76 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por Decreto N° 1.353/GCBA/08 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los Directores Médicos de dichos efectores; Que el Decreto N° 481/GCBA/10, modificatorio del Decreto N° 1.353/GCBA/08, suprimió la figura del Director Ejecutivo de la UPE-UOAC, delegando sus funciones al Coordinador General de la misma; Que el Decreto N° 593/GCBA/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto N° 1.353/GCBA/08, estableciendo que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio, personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Que por Decreto N° 660/GCBA/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Director General, y por Decreto N° 260/GCBA/12 se modificó parcialmente el Decreto antes mencionado, aprobándose la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, modificándose asimismo la estructura de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, cambiando la entonces Dirección de Soporte Técnico, la que a partir de la emisión del mencionado Decreto deberá denominarse Gerencia Operativa Soporte Técnico; Que el Decreto N° 372/GCBA/14 modificó el artículo 3° del Decreto N° 1.353/GCBA/08 estableciendo que, el Directorio de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) estará conformado por el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, el Subsecretario de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Hacienda, un Director General designado por el Ministro de Salud y un representante designado por el Ministro de Hacienda; Que por Resolución N° 232/UPE-UOAC/09 y sus modificatorios se estableció el nuevo listado de Medicamentos, Insumos y Productos Biomédicos de adquisición centralizada indicando los lineamientos a llevarse a cabo en las licitaciones públicas que se realizan en el ámbito de la UPE-UOAC, en un todo de acuerdo a los arts. 4 y 6 del Decreto N° 1.353/GCBA/08; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos para hacer frente a la erogación en cuestión; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento. Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764, reglamentado por el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el aumento de un cuarenta y cinco con cuarenta y cinco por ciento (45,45%) del Renglón N° 5 correspondiente a la Orden de Compra N° 4012465-OC14 a favor de la firma PRO MED INTERNACIONAL S.A., por la suma de Página 77 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires PESOS CIENTO TRECE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 113.950.-), para la Adquisición de Reactivos para Carga Viral, Test Rápidos y Confirmatorios para VIH, con destino al Programa VIH, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General de Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con el art. 117 inciso I) de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14. Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio 2015. Artículo 3°.- Déjase constancia que el adjudicatario será notificado electrónicamente mediante el sistema BAC. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el portal Buenos Aires Compras (BAC) y notifíquese a la empresa oferente y demás interesados, de acuerdo con los términos establecidos en los artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCBA/97 aprobado por Resolución N° 41/LCABA/98. Mura - Butera - Napolitano - Guevara RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 66/SSASS/15 Buenos Aires, 4 de diciembre de 2015 VISTO: La Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764, el Decreto N° 95/GCBA/14, el Decreto N° 1.145/GCBA/09, el Decreto N° 1.353/GCBA/08, su modificatorio N° 481/GCBA/10, 372/GCBA/14, el Decreto N° 593/GCBA/11, N° 660/GCBA/11, el Decreto N° 395/GCBA/14, el Decreto N° 488/GCBA/14, las Resoluciones N° 01/UOAC/08, N° 232/UOAC/09 y sus modificatorios, la Disposición N° 396/DGCYC/14, el Expediente Electrónico N° 4.290.411/MGEYA-UCAS/14, y CONSIDERANDO: Que mediante la actuación citada en el Visto, se tramitó la Adquisición de Reactivos para Carga Viral, Test Rápidos y Confirmatorios para VIH, con destino al Programa VIH, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General de Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ello a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que mediante RESFC-2014-54-SSASS fue aprobada la Licitación Pública N° 4010228-LPU14, efectuada al amparo de lo establecido en el artículo 31 y primera parte del artículo 32 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14 y se adjudicó y emitió entre otras, la Orden de Compra N° 401-2464-OC14 a favor de la firma DROFAST S.R.L. - Renglones N° 3 y N° 4; Página 78 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que atento la necesidad de contar con stock de los insumos correspondientes al Renglón N° 4 de la Orden de Compra mencionada en el párrafo anterior, se recomienda aumentar en un cincuenta por ciento (50%) el monto total adjudicado del Renglón, de conformidad con lo establecido en el art. 117 Inc. 1) de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4.764 y el Decreto N° 95/GCBA/14; Que se solicitó la conformidad a la firma DROFAST S.R.L., para la tramitación de dicha ampliación, quien mediante el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones BAC manifiesta su conformidad a la ampliación de mención; Que por esta actuación y al solo efecto de garantizar el correcto y oportuno abastecimiento, este Directorio entiende que resulta conveniente hacer lugar a la ampliación del Renglón N° 4 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2464OC14; Que por Decreto N° 1.353/GCBA/08 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), en el ámbito de los Ministerios de Salud y Hacienda, teniendo a su cargo la coordinación, agrupamiento, dirección y gestión de los procesos de contratación centralizados de bienes y servicios que requieran los efectores del sistema de salud a solicitud de los Directores Médicos de dichos efectores; Que el Decreto N° 481/GCBA/10, modificatorio del Decreto N° 1.353/GCBA/08, suprimió la figura del Director Ejecutivo de la UPE-UOAC, delegando sus funciones al Coordinador General de la misma; Que el Decreto N° 593/GCBA/11 modificó el ámbito de actuación de la (UPE) Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC), establecido por el Decreto N° 1.353/GCBA/08, estableciendo que la misma funcionara exclusivamente en el Ministerio de Salud, con rango de Organismo Fuera de Nivel manteniendo su patrimonio, personal y presupuesto y modificándose su denominación por Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS), quien prosigue su funcionamiento como continuadora de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central (UOAC); Que por Decreto N° 660/GCBA/11 se aprobó la estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el nivel de Director General, y por Decreto N° 260/GCBA/12 se modificó parcialmente el Decreto antes mencionado, aprobándose la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del Ministerio de Salud en sus dos niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, modificándose asimismo la estructura de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, cambiando la entonces Dirección de Soporte Técnico, la que a partir de la emisión del mencionado Decreto deberá denominarse Gerencia Operativa Soporte Técnico; Que el Decreto N° 372/GCBA/14 modificó el artículo 3° del Decreto N° 1.353/GCBA/08 estableciendo que, el Directorio de la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud (UCAS) estará conformado por el Subsecretario de Administración del Sistema de Salud del Ministerio de Salud, el Subsecretario de Gestión y Administración Económica del Ministerio de Hacienda, un Director General designado por el Ministro de Salud y un representante designado por el Ministro de Hacienda; Que por Resolución N° 232/UOAC/09 y sus modificatorios se estableció el nuevo listado de Medicamentos, Insumos y Productos Biomédicos de adquisición centralizada indicando los lineamientos a llevarse a cabo en las licitaciones públicas que se realizan en el ámbito de la UPE-UOAC, en un todo de acuerdo a los arts. 4 y 6 del Decreto N° 1.353/GCBA/08; Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos para hacer frente a la erogación en cuestión; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se apruebe y adjudique el presente procedimiento. Página 79 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764, reglamentado por el Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14, EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) RESUELVE Artículo 1°.- Apruébase el aumento de un cincuenta por ciento (50%) del Renglón N° 4 correspondiente a la Orden de Compra N° 401-2464-OC14, a favor de la firma DROFAST S.R.L., por la suma de PESOS ciento sesenta y dos mil setecientos veinte ($ 162.720.-), para la Adquisición de Reactivos para Carga Viral, Test Rápidos y Confirmatorios para VIH, con destino al Programa VIH, dependiente de la Dirección Programas Centrales de la Dirección General de Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con el art. 117 inciso I) de la Ley N° 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario N° 95/GCBA/14. Artículo 2°.- Dicho gasto se imputará a la correspondiente partida presupuestaria del Ejercicio 2015. Artículo 3°.- Déjase constancia que el adjudicatario será notificado electrónicamente mediante el sistema BAC. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de un (1) día, en el portal Buenos Aires Compras (BAC) y notifíquese a la empresa oferente y demás interesados, de acuerdo con los términos establecidos en los artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCBA/97 aprobado por Resolución N° 41/LCABA/98. Mura - Butera - Napolitano - Guevara Página 80 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Disposición Ministerio de Hacienda DISPOSICIÓN N.° 607/DGCYC/15 Buenos Aires, 29 de diciembre de 2015 VISTO: El Decreto Nº 556/10, modificado por Decreto Nº 752/10, y el Expediente Electrónico Nº 36.577.407/MGEYA/DGCyC/2.015, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la prestación del Servicio de remodelación de las Oficinas del Departamento de Bienes en Desuso perteneciente a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Hacienda, sito en Francisco Fernández de la Cruz 1753, brindado por la firma LYMBA S.A.; Que el Decreto Nº 556/GCBA/10, modificado por Decreto Nº 752, en su Artículo 6° faculta a los funcionarios mencionados en el Anexo II del citado Decreto, a aprobar gastos de imprescindible necesidad cuando la operación sea de tracto sucesivo, de acuerdo a los límites establecidos en dicho Anexo; Que en ese sentido, el pago en cuestión reviste el carácter de imprescindible y urgente para el normal desarrollo de esta Dirección General, atento las características del servicio que se propicia aprobar, en un todo de acuerdo a las prerrogativas establecidas en el Artículo 7º del Decreto Nº 556/10, modificado por Decreto Nº 752/10; Que asimismo, se cumplimentó acabadamente con lo establecido en dicho Artículo incisos a) b) y c), tal y como se detalla en el Informe Nº IF 2015/37263884/DGCYC (Orden N° 2) de las presentes actuaciones, por cuanto se detalló el período que se pretende reconocer; Que en ese orden de ideas, esta Dirección General bajo los parámetros de la normativa precedentemente aludida, requirió a la firma LYMBA S.A. la realización del Servicio, el cual fue consignado mediante factura Nº 00000004/2.015; Que la empresa citada se encuentra inscripta en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores; Que en virtud del Cuadro de Competencias establecido en el Anexo II del Decreto Nº 752/10, la que suscribe se encuentra autorizada para aprobar los gastos que demandó dicho servicio, los que ascienden a un monto total de Pesos Doscientos Veintiséis Mil Ciento Diez con Sesenta Centavos ($ 226.110,60.-); Que en consecuencia corresponde dictar el Acto Administrativo que apruebe dicho gasto, imputando la erogación en cuestión a la partida del presupuesto 2.015; Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 556/10, modificado por Decreto Nº 752/10, LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE Artículo 1°.- Apruébase el gasto originado por la contratación de un Servicio de remodelación de las Oficinas del Departamento de Bienes en Desuso perteneciente a Página 81 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires la Dirección General de Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Hacienda, situadas en Francisco Fernández de la Cruz 1753, por la suma de Pesos Doscientos veintiséis mil ciento diez con sesenta centavos ($ 226.110,60.-), a favor de la firma LYMBA S.A.. Artículo 2º.- La presente erogación tiene respaldo presupuestario en las partidas del presupuesto del Ejercicio 2.015. Artículo 3°.- Comuníquese a la Dirección General de Contaduría y a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda. Cumplido. Archívese. Tojo DISPOSICIÓN N.° 9/DGCPUB/16 Buenos Aires, 13 de enero de 2016 VISTO El inciso b) del artículo 85, los artículos 107 y 108 de la Ley Nº 70, el artículo 12 de la Ley Nº 5.495, el Decreto Nº 74-GCBA/09, la Resolución Nº 331-MHGCBA/09, la Resolución N° 91-MHGC/15, el Expediente Nº 1.188.049-DGCPUB/16 y CONSIDERANDO: Que el artículo 107 de la Ley Nº 70 faculta a la Tesorería General a emitir Letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja, hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General; Que la emisión que se dispone está contenida dentro de los límites que al respecto establece el artículo 12 de la Ley Nº 5.495; Que el artículo 12 de la Ley N° 5.495 fija en la suma de PESOS CINCO MIL MILLONES ($ 5.000.000.000.-), el monto máximo en circulación autorizado al Ministerio de Hacienda para hacer uso, transitoriamente, del crédito a corto plazo a que se refieren los artículos 107 y 108 de la Ley 70 o de los adelantos en cuenta corriente para cubrir diferencias estacionales de caja; Que asimismo la mencionada norma faculta al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a emitir Letras del Tesoro a plazos que excedan el ejercicio financiero por un valor nominal de PESOS CINCO MIL MILLONES ($ 5.000.000.000.-), en los términos del inciso b) del artículo 85 de la Ley N° 70 por un plazo máximo de hasta trescientos sesenta y cinco (365) días, contados a partir de la fecha de su emisión. Dicho monto deberá considerarse parte integrante del monto máximo autorizado en el párrafo precedente Que a efectos de la instrumentación en el mercado local de las operaciones referidas anteriormente, se estableció a través del Decreto Nº 74-GCBA/09, el marco normativo al que estarán sujetos dichos instrumentos de financiamiento, especificando características, forma y modo de emisión y colocación de los mismos; Que la presente emisión corresponde al primer tramo del Programa de Emisión de Letras de Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires del ejercicio 2016, y se llevará a cabo de conformidad con los lineamientos y procedimientos de licitación pública y colocación que fueron aplicados en las anteriores emisiones de dichos títulos; Que por el Decreto Nº 74-GCBA/09 se designó al Ministro de Hacienda como Autoridad de Aplicación, quedando facultado para dictar las normas aclaratorias, interpretativas y/o complementarias del mencionado decreto; Página 82 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por la Resolución N° 91-MHGC/15 se facultó indistintamente a la Subsecretaría de Finanzas, a la Dirección General de Crédito Público y/o a la Dirección General de Tesorería, todas dependientes del Ministerio de Hacienda, a dictar las normas que resulten necesarias a fin de aprobar cada emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y asimismo determinar las condiciones particulares; Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 1º de la Resolución N° 91-MHGC/15 y el artículo 3º del Decreto Nº 74-GCBA/09; EL DIRECTOR GENERAL DE CREDITO PUBLICO DEL MINISTERIO DE HACIENDA DISPONE: Artículo 1º.- Dispónese la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en Pesos a 91 días por un monto de VALOR NOMINAL PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO ONCE MIL (V.N. $ 958.111.000.-)., de acuerdo a las siguientes condiciones particulares: a) Denominación: Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en Pesos a 91 días. b) Moneda de emisión y pagos: Pesos. c) Fecha de emisión: 14 de enero de 2016. d) Fecha de la Licitación: 13 de enero 2016. e) Monto total a ser colocado: Por un monto de VALOR NOMINAL PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CIENTO ONCE MIL (V.N. $ 958.111.000.-). f) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Será de VALOR NOMINAL PESOS UNO (VN. $ 1.-). g) Plazo: NOVENTA Y UN (91) días. h) Vencimiento: 14 de abril de 2016. i) Amortización: Íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la amortización no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior. j) Régimen de colocación: Las citadas Letras del Tesoro serán colocadas por licitación pública por hasta los montos emitidos. k) Tipo de Instrumento: Letras a descuento. l) Tipo de Oferta: Oferta Parcial. m) Importe de las ofertas: (i) Tramo Competitivo: el importe mínimo de suscripción será VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $500.000.-) y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS MIL (V.N. $1.000.-) por encima de dicho monto. (ii) Tramo Competitivo o Tramo No Competitivo, a su opción: el importe mínimo de suscripción será de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($1.000.-), y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($1.000.-) por encima de dicho monto, siempre que la oferta sea menor a VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $500.000.-). n) Forma de liquidación: A través del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y del sistema de liquidación del Mercado Abierto Electrónico (MAECLEAR) o de otra entidad compensadora que se designe a tal efecto. o) Fecha de Liquidación: 14 de enero de 2016. p) Negociación: Se solicitará la negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores. q) Titularidad: Las Letras del Tesoro estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores S.A., renunciando los beneficiarios al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Página 83 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires r) Comisiones por terceros: Tendrán derecho a comisión todos los Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será del 0,05% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones. Participantes: Podrán participar de las licitaciones: 1.- Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados a tal efecto. 2.- Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores. Inversores: Todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2. s) Agente de cálculo: Será la Dirección General de Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Finanzas de este Ministerio. t) Atención de los servicios financieros: La cancelación de los servicios financieros se efectuará mediante la transferencia de los fondos correspondientes que realizará el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la Caja de Valores S.A. para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras del Tesoro con derecho al cobro. u) Rescate anticipado: Las letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada. v) Exenciones impositivas: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia. Artículo 2º.- Dispónese la emisión de Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en Pesos a 364 días por un monto de VALOR NOMINAL PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL (V.N. $ 958.500.000.-)., de acuerdo a las siguientes condiciones particulares: a) Denominación: Letras del Tesoro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en Pesos a 364 días. b) Moneda de emisión y pagos: Pesos. c) Fecha de emisión: 14 de enero de 2016. d) Fecha de la Licitación: 13 de enero de 2016. e) Monto total a ser colocado: Por un monto de VALOR NOMINAL PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL (V.N. $ 958.500.000.-). f) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Será de VALOR NOMINAL PESOS UNO (VN. $ 1.-). g) Plazo: TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO (364) días. h) Vencimiento: 12 de enero de 2017. i) Amortización: Íntegramente a su vencimiento. Cuando la fecha de pago de la amortización no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior. j) Interés: j.1) Tasa aplicable: Está compuesta por un componente flotante más un margen fijo resultante de la licitación expresado en porcentaje (%) anual. El componente flotante se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés a plazo fijo de TREINTA (30) a TREINTA Y CINCO (35) días, de montos mayores o iguales a PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-) -BADLAR- promedio banco privados, calculado considerando las tasas publicadas durante el trimestre por el Banco Central de la República Argentina desde los 10 días hábiles anteriores al inicio de cada cupón y hasta los 10 días hábiles anteriores al vencimiento de cada cupón de intereses. j.2) Cálculo de interés: Sobre su valor nominal, desde el día de inicio del período de interés hasta el día previo del comienzo del siguiente período de interés. Página 84 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires j.3) Fecha de pago de intereses: Se pagarán cuatro servicios financieros que operarán los días 14 de abril de 2016, 21 de julio de 2016, 27 de octubre de 2016 y 12 de enero de 2017. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior. j.4) Inicio período de intereses: Desde la fecha de emisión para el primer pago de interés y para los siguientes cupones, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior. j.5) Base para conteo de días: Días reales sobre días reales. k) Régimen de colocación: Las citadas Letras del Tesoro serán colocadas por licitación pública por hasta los montos emitidos. l) Tipo de Oferta: Oferta Parcial. m) Importe de las ofertas: (i) Tramo Competitivo: el importe mínimo de suscripción será VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $500.000.-) y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS MIL (V.N. $1.000.-) por encima de dicho monto. (ii) Tramo Competitivo o Tramo No Competitivo, a su opción: el importe mínimo de suscripción será de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($1.000.-), y múltiplos de VALOR NOMINAL PESOS MIL ($1.000.-) por encima de dicho monto, siempre que la oferta sea menor a VALOR NOMINAL PESOS QUINIENTOS MIL (V.N. $500.000.-). n) Forma de liquidación: A través del Banco de la Ciudad de Buenos Aires y del sistema de liquidación del Mercado Abierto Electrónico (MAECLEAR) o de otra entidad compensadora que se designe a tal efecto. o) Fecha de Liquidación: 14 de enero de 2016. p) Negociación: Se solicitará la negociación en el Mercado Abierto Electrónico S.A. a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores. q) Titularidad: Las Letras del Tesoro estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores S.A., renunciando los beneficiarios al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. r) Comisiones por terceros: Tendrán derecho a comisión todos los Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será del 0,10% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones. Participantes: Podrán participar de las licitaciones: 1.- Agentes del Mercado Abierto Electrónico S.A. autorizados a tal efecto. 2.- Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores. Inversores: Todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, quienes deberán realizar sus propuestas de conformidad a través de las entidades mencionadas en 1 y 2. s) Agente de cálculo: Será la Dirección General de Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Finanzas de este Ministerio. t) Atención de los servicios financieros: La cancelación de los servicios financieros se efectuará mediante la transferencia de los fondos correspondientes que realizará el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la Caja de Valores S.A. para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras del Tesoro con derecho al cobro. u) Rescate anticipado: Las letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada. v) Exenciones impositivas: Gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia. Página 85 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 3º.- Las licitaciones públicas de Letras del Tesoro, cuyas emisiones se disponen en los artículos 1º y 2º de la presente Disposición, se llevarán a cabo en el Mercado Abierto Electrónico S.A. a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con letras, así como las disposiciones contenidas en el Manual de la Aplicación SIOPEL. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería, Técnica Administrativa y Legal, Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Crédito Público. Cumplido, archívese. Rosenfeld Página 86 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Salud DISPOSICIÓN N.° 5/DGADCYP/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: La Ley Nº 2095, modificada por la Ley Nº 4764, los Decretos Reglamentarios Nº 95GCABA/14 y Nº 1145-GCABA/09 y el Expediente Electrónico Nº 26.977.050/MGEYADGADC/15, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Contratación Menor Nº 401-2283CME15 al amparo de lo establecido en el artículo 38 y concordantes de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09, para la "Adquisición de Estanterías con destino al Centro Integral de Evaluación y Orientación de la Discapacidad dependiente de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"; Que mediante Disposición Nº 127-DGADC/15 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego registrado en el Portal de Compras y se llamó a la citada Contratación Menor, por un monto estimado de PESOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS ($ 17.600.-), fijándose fecha límite para la recepción de las ofertas para el día 09 de octubre de 2015 a las 11:00 hs.; Que la convocatoria y los pliegos de aplicación se publicaron en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Portal Buenos Aires Compras y se cursaron las invitaciones a través del Sistema Buenos Aires Compras (BAC), de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2095, modificada por la Ley Nº 4764, su Decreto Reglamentario Nº 95/14 y el Decreto Nº 1145/09; Que, en tal sentido, se cursaron Comunicaciones Oficiales a la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud y a la entonces Subsecretaría de Atención Integrada de Salud, a la Dirección General Contaduría General del Ministerio de Hacienda, y a la antes denominada Dirección General Redes y Programas de Salud; Que, asimismo, el acto administrativo de convocatoria fue publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, juntamente con los pliegos de aplicación; Que se encuentra registrada en el Sistema BAC la adquisición de pliegos de la gestión que nos ocupa por parte de tres (3) firmas interesadas, una de las cuales confirmó su propuesta; Que con fecha 09 de octubre de 2015 a las 11:00 hs. operó la apertura de ofertas, habiéndose presentado una única propuesta por parte de la empresa EQUIPAMIENTO DE EMPRESAS S.A. (CUIT N° 30-67832488-0) por la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL ($ 28.000.-), generándose el Acta de Apertura correspondiente, en cumplimiento de la normativa vigente; Que se requirió a la oferente documentación faltante y aclaración de los términos de su oferta en aspectos técnicos, habiendo cumplido con lo solicitado en tiempo y forma oportunos; Página 87 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que mediante Informe N° IF-2015-35560415-DGRYPS, la entonces Dirección General Redes y Programas de Salud realizó el análisis de la propuesta, en el cual destaca que la misma cumple con las funciones técnicas necesarias para el almacenamiento de archivos en el Centro Integral de Evaluación y Orientación de la Discapacidad; Que el precio ofertado por EQUIPAMIENTO DE EMPRESAS S.A. presenta una gran disparidad con el estimado por la repartición solicitante y con el informado por la Dirección General Compras y Contrataciones; Que, en consecuencia, corresponde declarar fracasado el procedimiento que nos ocupa por resultar excesivo el precio cotizado; Que la entonces Dirección General Redes y Programas de Salud no manifestó la necesidad de efectuar un nuevo procedimiento a los mismos fines, conforme le fuera requerido por esta Unidad Operativa de Adquisiciones mediante Comunicación Oficial Nº NO-2015-35787695- DGADC; Que en base a los antecedentes reseñados, corresponde dictar el acto administrativo que resuelva en definitiva la gestión que nos ocupa; Que por Resolución N° 1937-MSGC/15 se encomendó a la Contadora Emilse Carmen Filippo la firma del despacho de la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, hasta tanto se efectivice su nombramiento como Directora General. Por ello, en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095, modificada por Ley Nº 4764, su Decreto Reglamentario Nº 95/14 y lo dispuesto es la Resolución Nº 1937-MSGC/15, LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y PRESUPUESTO DISPONE Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor N° 401-2283-CME15, al amparo de lo establecido en el artículo 38 y concordantes de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, gestionada bajo el Sistema Buenos Aires Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 83 de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto Reglamentario Nº 1145-GCABA/09, para la "Adquisición de Estanterías con destino al Centro Integral de Evaluación y Orientación de la Discapacidad dependiente de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires". Artículo 2º.- Desestímase la oferta presentada por EQUIPAMIENTO DE EMPRESAS S.A. por precio inconveniente. Artículo 3º.- Declárase fracasada la Contratación Menor Nº 401-2283-CME15 en virtud de lo establecido en el artículo 2º de la presente Disposición. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Buenos Aires Compras y regístrese en el Portal de Compras www.buenosairescompras.gob.ar; notifíquese al oferente en los términos dispuestos por el Decreto Nº 1145/09 y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones y comuníquese a la Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud. Oportunamente, archívese. Filippo Página 88 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Educación DISPOSICIÓN N.° 1491/DGAR/15 Buenos Aires, 4 de diciembre de 2015 VISTO: La Ley N° 2.095, la Ley Nº 4.764, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, el Decreto Nº 1145/GCABA/09, la Resolución Nº 424/GCABA/MHGC/13, la Disposición Nº 396/GCABA/DGCYC/14, el Expediente Electrónico Nº EX-2015-19218945- MGEYA-DGAR, y CONSIDERANDO: Que por el actuado mencionado en el Visto tramitó la solicitud de remises para el personal de conducción de los establecimientos educativos en el marco del Programa Vacaciones en la Escuela Edición INVIERNO 2015, requerido por la Subsecretaría de Equidad Educativa; Que mediante Disposición N° 694/DGAR/15 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y se efectuó el llamado a Contratación Menor Nº 550-1689-CME15 para el día 17 de Julio de 2015 a las 11:00 hs al amparo de lo establecido en el Articulo 38 de la Ley N° 2.095, mediante el sistema de compras del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (BAC); Que en la fecha de apertura se presentaron las ofertas de las firmas TRANS URBAN S.A., Mailcar S.R.L. y Jesica Natalia Gullifa Gonzalez, resultando la más conveniente la de la firma TRANS URBAN S.A.; Que al momento de realizar la afectación definitiva necesaria previo a la suscripción del acto administrativo de adjudicación, la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones informó que por un error en el sistema de compras BAC no se pudo realizar la afectación correspondiente; Que tal circunstancia implicó la imposibilidad de continuar con el proceso de contratación por lo que resulta necesario declarar la presente contratación sin efecto; Que el Artículo N° 82 de la Ley 2095 establece que "Los organismos contratantes pueden dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes", por lo que se estima oportuno proceder en tal sentido debido a los inconvenientes suscitados; Por todo ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 2.095 modificada por la Ley 4764, su Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14, EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS DISPONE Artículo 1.- Dejar sin efecto la Contratación Menor Nº 550-1689-CME15. Artículo 2.- Pase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones a los fines de que notifique a las firmas intervinientes. Artículo 3.- Pase a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial a los fines de que deje sin efecto la solicitud preventiva de gasto. Riobó Página 89 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Agencia Gubernamental de Control DISPOSICIÓN N.° 35/DGFYCO/16 Buenos Aires, 7 de enero de 2016 VISTO: LA RESOLUCION N° 66/AGC/13, LA RESOLUCION N° 643/AGC/2014, LA LEY N° 5494, LA DISPOSICION N° 639/DGFYCO/2015, Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 00554721/2015 y; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 643/GCABA/AGC/2014, en su artículo 6° se aprueba el Plan de Digitalización relativo al funcionamiento del Registro de Fabricantes, Reparadores, Instaladores y Mantenedores de instalaciones fijas contra incendios y Relevamiento de las instalaciones fijas contra incendios existentes en el ejido de la Ciudad; Que la Disposición N° 639/DGFYCO/2015 establece en su ANEXO I (DI-201507749421-DGFYCO), el procedimiento para el registro de instalaciones fijas contra incendios; Que por medio del artículo 152 de la Ley 5494 sobre Ley Tarifaria para el año 2016, se establece el pago de la tasa anual para el servicio de registro de mantenimiento de instalaciones fijas contra incendio, por lo que resulta necesario fijar modalidad y vencimiento del plazo para su cancelación y/o pago por cada instalación fija contra incendio existentes y futuras; Que al respecto debe establecerse la fecha calendario que determine la exigibilidad anual de dicha tasa; Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DISPONE Artículo 1°.- Establécese como plazo de vencimiento el 31 de Marzo de cada año, para el pago de la tasa referida en la Ley Tarifaria vigente, en relación al servicio de registro de mantenimiento de instalaciones fijas contra incendio. Artículo 2°.- Establécese que las futuras instalaciones fijas contra incendio que se instalen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán tener paga la tasa establecida en la Ley Tarifaria vigente, con anterioridad a su puesta en funcionamiento. Artículo 3°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notifíquese dentro del ámbito de la Agencia Gubernamental de Control a la Unidad de Coordinación Administrativa, a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, a la Gerencia Operativa de Mesa de Ayuda y Atención al Público y a las Cámaras de Administradores de Propiedad Horizontal. Alonso Página 90 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires DISPOSICIÓN N.° 36/DGFYCO/16 Buenos Aires, 7 de enero de 2016 VISTO: LA RESOLUCION N° 66/AGC/13, LA RESOLUCION N° 763/AGC/2015, LA LEY N° 5494, LA DISPOSICION N° 1910/DGFYCO/2015, Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO N° 20580535/2015 y; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 763/GCABA/AGC/2015, se aprueba el proyecto de “Registro de Instalaciones Térmicas, aplicable a las instalaciones adosadas a una obra, destinadas a producir vapor y/o agua caliente con el fin industrial de servicio y de aceite caliente para calefacción de procesos” en el ejido de la Ciudad; Que por Disposición N° 1910/DGFYCO/2015 se aprueba el procedimiento para el registro de instalaciones térmicas y la implementación del Libro Digital, establecidos en los ANEXO I y II (DI-2015-38606157-DGFYCO y DI-2015-38606319 respectivamente); Que por medio del artículo 153 de la Ley 5494 sobre Ley Tarifaria para el año 2016, se establece el pago de la tasa anual para el servicio de registro de “Registro de Verificación de las instalaciones destinadas a producir vapor y/o agua caliente”, por lo que resulta necesario fijar modalidad y vencimiento del plazo para su cancelación y/o pago por cada instalación con dichas características existentes y futuras; Que al respecto debe establecerse la fecha calendario que determine la exigibilidad anual de dicha tasa; Por ello, y en uso de las facultades oportunamente conferidas, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DISPONE Artículo 1°.- Establécese como plazo de vencimiento el 31 de Marzo de cada año, para el pago de la tasa referida en la Ley Tarifaria vigente, en relación al servicio de Registro de Verificación de las Instalaciones Térmicas. Artículo 2°.- Establécese que las futuras instalaciones térmicas, que se instalen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán tener paga la tasa establecida en la Ley Tarifaria vigente, con anterioridad a su puesta en funcionamiento. Artículo 3°- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notifíquese dentro del ámbito de la Agencia Gubernamental de Control a la Unidad de Coordinación Administrativa, a la Gerencia Operativa de Mesa de Ayuda y Atención al Público y a las Cámaras de Administradores de Propiedad Horizontal. Alonso Página 91 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 92 Ministerio de Salud DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 360/HGNPE/15 Buenos Aires, 30 de diciembre de 2015 VISTO Los términos del Decreto Nº 556/2010, el Decreto Nº Nº 752/2010, Expediente Electrónico Nº 23202299/2015, la requisitoria presentada por el Jefe de Unidad de Ortopedia, solicitando sistema de fijación de columna vertebral, ayuda médica Pte. Duarte Velazquez Evelyn y, CONSIDERANDO: Que, la adquisición de los insumo de referencia ha sido autorizada por los fundamentos explicitados en el pedido obrante en los presentes actuados. Que, la Dirección autorizó que la presente compra fuera realizada con la firma Crosmed S.A., por haber cotizado con un precio conveniente y dentro de los valores promedio del mercado, habiendo acreditado éstas su inscripción en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores en los términos del Art, 22 de la Ley Nº 2095 (B.O.C.B.A.); Que, por consiguiente se considera la presente tramitación, dentro de los alcances del Decreto Nº 556/2010 Art. 1º Inc.d), al tratarse de una adquisición impostergable que asegura servicios y prestaciones esenciales cuya necesidad de celeridad en la gestión impide someterla a otros procedimientos administrativos; Que, se ha efectuado el ingreso al SIGAF, mediante la Solicitud de Gasto Nº 4987815, Procedimiento Nº 8500/ 15 Que, mediante los remitos consignados en el articulado, se ha efectuado el ingreso de la mercadería, habiéndose dado conformidad de su recepción; Que, este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponde con su original ajustado a normativas vigentes, el cual obra en poder de este efector/a unidad de organización y no contiene tachadura ni enmienda que no hubieran sido debidamente salvadas; Que, por lo expuesto en los párrafos precedentes, se consideran acreditadas las circunstancias establecidas en el Art.2º Inciso b) del Decreto Nº 556/2010, consignándose a continuación los datos del mes en curso; NUMERO DE AUTORIZACIONES DEL MES: ACUMULADO APROBADO: 11 $ 472.254,47 Que sobre la base de la documentación existente, correspondería gestionar su aprobación de acuerdo a las competencias establecidas por Decreto Nº 556/2010; para proceder a su pago por medio de acreditación en cuenta del proveedor por parte de la Tesorería General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Por ello, en virtud de las facultades conferidas por Decreto Nº 556/2010 y lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Nº 392/2010; Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 93 EL SUBDIRECTOR DEL HOSPITAL GRAL. DE NIÑOS DR. PEDRO DE ELIZALDE CONJUNTAMENTE CON EL GERENTE OPERATIVO DE GESTION ADMINISTRATIVO ECONOMICO FINANCIERO DISPONEN: Art. 1°.- Apruébase el gasto correspondiente a la solicitud de adquisición de sistema de fijación de columna vertebral, ayuda médica Pte. Duarte Velazquez Evelyn para el Servicio de Ortopedia, que ha formado parte de este requerimiento a la empresa Crosmed S.A. (Renglón 1) por un monto de pesos: Doscientos cincuenta y cuatro mil doscientos veintiuno con 00/100 ($ 254221,00) según el siguiente detalle: PROVEEDOR CROSMED S.A. TOTAL APROBADO: RENG. 1 IMPORTE $ 254221,00 $ 254221,00 REMITO Nº 0001-00019809 ENTREGA 18/12/2015 Art. 2º. - El monto total del gasto aprobado asciende a la suma de $ 254221,00 (son pesos: Doscientos cincuenta y cuatro mil doscientos veintiuno con 00/100). Art. 3º.- Dejase constancia que el remito vinculado al presente Expediente Electrónico se corresponde con su original ajustado a normativas vigentes, el cual obra en poder de este efector/a unidad de organización y no contiene tachadura ni enmienda que no hubieran sido debidamente salvadas. Art. 4º.- Pase a la Gerencia Operativa Gestión Contable del Ministerio de Salud para efectuar la afectación Definitiva en el sistema SIGAF, cumplido, gírese al Hospital General de Niños Dr. Pedro de Elizalde. Fakih - Bonina DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 1/HGAP/16 Buenos Aires, 8 de enero de 2016 VISTO: El Expediente 2015- 38301625-MGEYA-HGAP, el Expediente N° 2014-3549012MGEYA-DGCYC y el Decreto N° 556-GCABA/2010, y CONSIDERANDO: Que en las presentes actuaciones el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" tramita la aprobación del gasto consistente en las copias excedentes correspondientes al servicio: alquiler y mantenimiento integral de fotocopiadoras; Que por Licitación Pública N° 3/DGCYC/2014 tramito la contratación del servicio de alquiler y mantenimiento integral de fotocopiadora, E.E.N° 20143.549.012/MGEYA/DGCYC (asociado al presente), Orden de Compra 31641/2014 (DOCFI-2014-08325074-DGCYC) a nombre de XEROX ARGENTINA ICSA; Que la Comunicación Oficial NO-2014-09506910- -DGCYC instruyó: "Para aquellas reparticiones que generen excedentes de copiado, deberán tramitar el pago de los mismos a través del procedimiento de reconocimiento de gasto por el valor de la cantidad de copias que superen lo estipulado en los montos fijos de cada equipo, para ello se adjunta un instructivo de cómo realizar dicho trámite en el sistema SIGAF". Que los excedentes correspondientes a Noviembre 2015 fueron los siguientes: R 4 COPIAS EXCEDENTES 35.309 P.U. $ 0,118580 TOTAL $ 4.186,94 $ 4.186,94 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 94 Que corresponde reconocer el gasto a favor de la firma: XEROX ARGENTINA ICSA (Renglón N° 4) por la suma de Pesos: cuatro mil ciento ochenta y seis con noventa y cuatro - $ 4.186,94; Que mediante Remitos: N° 61589-8 se constatan las copias excedentes de Noviembre 2015; Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente expediente electrónico se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas; Que ha sido registrado en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) la respectiva Solicitud de Gasto, para hacer frente a la erogación que demanda el presente gasto; Que la adquisición cuya aprobación se gestiona corresponde a la autorización Nº 1 del mes de Enero de 2016, que acumula, incluido presente, la suma de Pesos: cuatro mil ciento ochenta y seis con noventa y cuatro centavos - $ 4.186,94, no excediendo el monto mensual autorizado de Pesos: quinientos mil - $ 500.000,00, restando la suma de Pesos: cuatrocientos noventa y cinco mil ochocientos trece con seis centavos - $ 495.813,06, para el corriente mes; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 556/2010 y Art. 6° del Decreto N° 392/2010, LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y LA SUB DIRECTORA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION DISPONEN Artículo 1º.- Apruébase el Gasto de imprescindible necesidad a favor de las firma: XEROX ARGENTINA ICSA (Renglón N° 4) correspondiente a las copias excedentes efectuadas durante Noviembre de 2015, por la suma de Pesos: cuatro mil ciento ochenta y seis con noventa y cuatro centavos - $ 4.186,94;, conforme instrucciones recibidas en la NO-2014-09506910- -DGCYC, según el siguiente detalle: R 4 COPIAS EXCEDENTES 35.309 P.U. $ 0,118580 TOTAL $ 4.186,94 $ 4.186,94 Artículo 2°.- Dejase expresa constancia que el remito vinculado al presente expediente electrónico se corresponden con su original ajustado a la normativa vigente, los cuales obran en poder de este efector/o unidad de organización y no contienen tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Artículo 3º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto ejercicio 2015. Artículo 4°.- Notifíquese y gírese a la Sub Gerencia Operativa Registro Presupuestario, cumplido gírese al Hospital Gral. de Agudos ¨Dr. J. M. Penna¨. Dalpiaz - San Martín Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 95 DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 2/HGAP/16 Buenos Aires, 8 de enero de 2016 VISTO: El Expediente 2015- 38967413-MGEYA-HGAP, el Expediente N° 2014-3549012MGEYA-DGCYC y el Decreto N° 556-GCABA/2010, y CONSIDERANDO: Que en las presentes actuaciones el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna" tramita la aprobación del gasto consistente en las copias excedentes correspondientes al servicio: alquiler y mantenimiento integral de fotocopiadoras; Que por Licitación Pública N° 3/DGCYC/2014 tramito la contratación del servicio de alquiler y mantenimiento integral de fotocopiadora, E.E.N° 20143.549.012/MGEYA/DGCYC (asociado al presente), Orden de Compra 31641/2014 (DOCFI-2014-08325074-DGCYC) a nombre de XEROX ARGENTINA ICSA; Que la Comunicación Oficial NO-2014-09506910- -DGCYC instruyó: "Para aquellas reparticiones que generen excedentes de copiado, deberán tramitar el pago de los mismos a través del procedimiento de reconocimiento de gasto por el valor de la cantidad de copias que superen lo estipulado en los montos fijos de cada equipo, para ello se adjunta un instructivo de cómo realizar dicho trámite en el sistema SIGAF". Que los excedentes correspondientes a Diciembre 2015 fueron los siguientes: R 4 COPIAS EXCEDENTES 6.816 P.U. $ 0,118580 TOTAL $ 808,24 $ 808,24 Que corresponde reconocer el gasto a favor de la firma: XEROX ARGENTINA ICSA (Renglón N° 4) por la suma de Pesos: ochocientos ocho con veinticuatro centavos - $ 808,24; Que mediante Remitos: N° 63638-4 se constatan las copias excedentes de Diciembre 2015; Que este nivel deja expresa constancia que el remito vinculado al presente expediente electrónico se corresponde con su original ajustado a la normativa vigente, el cual obra en poder de este efector/o unidad de organización y no contiene tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas; Que ha sido registrado en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) la respectiva Solicitud de Gasto, para hacer frente a la erogación que demanda el presente gasto; Que la adquisición cuya aprobación se gestiona corresponde a la autorización Nº 2 del mes de Enero de 2016, que acumula, incluido presente, la suma de Pesos: cuatro mil novecientos noventa y cinco con dieciocho centavos - $ 4.995,18, no excediendo el monto mensual autorizado de Pesos: quinientos mil - $ 500.000,00, restando la suma de Pesos: cuatrocientos noventa y cinco mil cuatro con ochenta y dos centavos- $ 495.004,82, para el corriente mes; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 556/2010 y Art. 6° del Decreto N° 392/2010, Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 96 LA GERENTE OPERATIVA GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA FINANCIERA Y LA SUB DIRECTORA DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. JOSE M. PENNA", EN CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICION DISPONEN Artículo 1º.- Apruébase el Gasto de imprescindible necesidad a favor de las firma: XEROX ARGENTINA ICSA (Renglón N° 4) correspondiente a las copias excedentes efectuadas durante Diciembre de 2015, por la suma de Pesos: ochocientos ocho con veinticuatro centavos - $ 808,24, conforme instrucciones recibidas en la NO-201409506910- -DGCYC, según el siguiente detalle: R 4 COPIAS EXCEDENTES 6.816 P.U. $ 0,118580 TOTAL $ 808,24 $ 808,24 Artículo 2°.- Dejase expresa constancia que el remito vinculado al presente expediente electrónico se corresponden con su original ajustado a la normativa vigente, los cuales obran en poder de este efector/o unidad de organización y no contienen tachaduras ni enmiendas que no hubieran sido debidamente salvadas. Artículo 3º.- Dicho gasto se imputará a la partida presupuestaria del presupuesto ejercicio 2015. Artículo 4°.- Notifíquese y gírese a la Sub Gerencia Operativa Registro Presupuestario, cumplido gírese al Hospital Gral. de Agudos ¨Dr. J. M. Penna¨. Dalpiaz - San Martín Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Agencia Gubernamental de Control DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 116/DGFYC/15 Buenos Aires, 17 de diciembre de 2015 VISTO: El Expediente N° 1445687/2009 los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución 02/SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11/SSCC/2005 (BOCBA N° 2194), la Resolución N° 12-SSCC/2005 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/2005 (BOCBA N° 2352), la Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA N° 2521), la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07; y CONSIDERANDO: Que, el Señor Federico Weinstein en su carácter de Director de Fishbone S.R.L. ha solicitado la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05, para el local ubicado en la calle Suipacha N° 842 (PB) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que desarrolla actividad con nombre de fantasía LA CAPILLA según solicitud que se adjunta a Fs. 956; Que, el mencionado local posee habilitación otorgada por expediente N° 45.433/2009 para el rubro café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y local de baile clase “C” como actividad complementaria, con una capacidad máxima autorizada para funcionar de doscientas veinte (220) personas conforme constancia obrante a fs. 380 y transferencia de habilitación por expediente N°1604787/12 a favor de Fishbone S.R.L; Que, el establecimiento se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 113/09, mediante Disposición N° 113/ DGHP-DHFYCDGFYCO/2009 de fecha 18 de diciembre de 2009, encontrándose renovada la inscripción por Disposición N° 146/DGHP-DGFyC-DGFyCO/10 de fecha 17 de diciembre de 2010, Disposición N° 144/11 de fecha 19 de diciembre de 2011, Disposición N° 157/12 de fecha 18 de diciembre de 2012, Disposición N°186/13 de fecha 18 de diciembre de 2013 y Disposición N°132/14 de fecha 18 de diciembre de 2014 por el término de un (1) año en cada una de ellas; Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/13; Que, del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/SSCC/05 y sus reglamentaciones, a los fines de proceder a la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005 y por Ley N° 2624/2007, promulgada por Decreto N° 2137/07; Página 97 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN Artículo 1°. Renuévese a partir del 18 de Diciembre de 2015 la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables, creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/2005, al local que opera con nombre de fantasía LA CAPILLA, ubicado en la calle Suipacha N° 842 (PB) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y posee habilitación otorgada por expediente N° 45.433/2009 para el rubro café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, confitería y local de baile clase “C” como actividad complementaria y transferencia de habilitación por expediente 1604787/12 a favor de Fishbone S.R.L., que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de doscientas veinte (220) personas de conformidad con lo normado en Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-SSCC/05, N° 02-SSCC/05 y resoluciones reglamentarias. Artículo 2°. Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Artículo 3°. Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a FISHBONE S.RL. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en el Boletín Oficial y en la página Web oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido resérvese. Iannella - Alonso - Chapar Página 98 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Organos de Control Resolución Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 4/SGCBA/16 Buenos Aires, 8 de enero de 2016 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), los Decretos N° 67/10 (BOCBA N° 3.344), N° 353/14 (BOCBA N° 4.469), N° 539/14 (BOCBA N° 4.551) y N° 297/15 (BOCBA N° 4.734), las Resoluciones N° 51-MHGC/10 (BOCBA N° 3.344), N° 59-MHGC/15 (BOCBA N° 4.564), N° 322-MHGC/15, N° 1.730MHGC/15 y N° 119-SGCBA/15 (BOCBA N° 4.787), la Resolución Conjunta N° 2MHGC-MJGGC/15 (BOCBA N° 4.560), y el Expediente N° 38.398.511MGEYASGCBA/15, y CONSIDERANDO: Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires le otorga a la Sindicatura General de la Ciudad personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera; Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que de la autarquía mencionada se desprenden facultades de administración propias que han sido puestas en cabeza de la Sra. Síndica General, según reza el inciso 8) del artículo 130 de la Ley N° 70, al enunciar: “Administrar su presupuesto, resolviendo y aprobando los gastos del organismo”; Que por Decreto N° 67/10 se aprobó el “Régimen para la Asignación de Fondos” a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación; Que por Resolución N° 51-MHGC/10 se aprobó la reglamentación del mencionado Decreto; Que por Decreto N° 353/14 y sus modificatorios, Decretos N° 539/14 y N° 297/15, se dispuso la implementación de restricciones presupuestarias durante el presente ejercicio en materia de Caja Chica Especial, entre otras, facultando al Ministerio de Hacienda para autorizar excepciones cuando razones debidamente acreditadas así lo justifiquen; Que mediante la Resolución Conjunta N° 2-MHGC-MJGGC/15 se establecieron y definieron los alcances del Decreto N° 353/14; Que por Resolución N° 59-MHGC/15 se determinaron los montos máximos de Caja Chica y los montos máximos por comprobante; Que por la actuación citada en el Visto, esta Sindicatura General de la Ciudad solicitó la excepción prevista en el artículo 6° del Decreto N° 353/14 y sus modificatorios, para la asignación de fondos en concepto de Caja Chica Especial, destinada a solventar los gastos de una Jornada de fin de año para el personal de esta Sindicatura; Página 99 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por Resolución N° 322-MHGC/15, se fijó en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 222.750.-) los montos máximos a asignar por parte de esta Sindicatura General durante el ejercicio en curso, en los términos establecidos en los artículos 7° y 8° del Anexo I del Decreto N° 67/10; Que por Resolución N° 1.730-MHGC/15, se incrementó en la suma de PESOS SETENTA y CINCO MIL ($ 75.000.-), los montos máximos a asignar por parte de la Sindicatura General durante el cuarto trimestre del ejercicio en curso, en los términos establecidos en los artículos 7° y 8° del Anexo I de Decreto N° 67/10; Que por Resolución N° 119-SGCBA/15, se asignó a la Sindicatura General de Ciudad Autónoma de Buenos Aires fondos en concepto de Caja Chica Especial por la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000.-), a hacerse efectiva en una sola entrega y sin límite por comprobante, destinados a solventar los gastos que demande la realización de una Jornada de fin de año; Que por el formulario C42 N° 297.426 se asignaron a esta Sindicatura General los fondos destinados a solventar los gastos de una Jornada de fin de año para el personal de esta Sindicatura; Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en cuestión; Que la Subgerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 334.066SGCBA/16. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 8) de la Ley N° 70, LA SÍNDICA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE: Artículo 1°.- Apruébanse los gastos realizados en concepto de Caja Chica Especial, otorgada por Resolución N° 1.730-MHGC/15 para la Sindicatura General de la Ciudad por la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000.-), destinados a solventar los gastos de una Jornada de fin de año para el personal de esta Sindicatura. Artículo 2°.- Apruébanse las Planillas “Resumen de Comprobantes por Fecha” y “Resumen de Comprobantes por Imputación”, que como “Anexo Firma Conjunta” N° IF 165.515-SGCBA/16 y N° IF 165.573-SGCBA/16, forma parte integrante de la presente. Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la Dirección General de Contaduría General del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido archívese. Freda ANEXO Página 100 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Disposición Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires DISPOSICIÓN N.° 1/DGTALPG/16 Buenos Aires, 8 de enero de 2016 VISTO: El Decreto N° 67/GCABA/2010, las Resoluciones N° 51/MHGC/2010, Nº 59/MHGC/2015 y Nº 74/MHGC/2015, las Disposiciones N° 9/DGCG/2010, Nº 10/DGCG/2010, Nº 183/DGCG/2013, Nº 19/DGCG/2015, N° 36/DGCG/2015, N° 97/DGTALPG/2015 y N° 260/DGCG/2015, el EE N° 398122/PG/2015, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 67/GCABA/2010 se aprobó el régimen para la asignación de fondos a las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución N° 51/MHGC/2010 y su modificatoria, Nº 74/MHGC/2015 se aprobó la reglamentación del citado Decreto; Que por Anexo II de la Resolución N° 59/MHGC/2015 se determinaron los montos de las cajas chicas de las diversas Jurisdicciones y Reparticiones; Que por Disposición N° 9/DGCG/2010 y sus modificatorias, Nº 183/DGCG/2013 y N° 36/DGCG/2015, se establece el procedimiento para la rendición de los fondos entregados a las diferentes Unidades de Organización; Que por Disposición Nº 10/DGCG/2010 se aprobaron las Partidas del Clasificador por Objeto del Gasto vigente para el Ejercicio 2010 alcanzadas por las restricciones del Régimen de Fondos; Que por Disposición Nº 19/DGCG/2015 se ratificaron los términos de la Disposición Nº 10/DGCG/2010, la cual será de aplicación para el ejercicio 2015; Que en virtud de lo expuesto corresponde aprobar los gastos relacionados con la séptima y última rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal que tramita por EE N° 398122/PG/2015; Que todos los gastos se realizaron dentro de las actividades inherentes a esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal; Que por Disposición N° 97/DGTALPG/2015 se efectuó la pertinente aprobación de los gastos incurridos hasta el 1° de diciembre de 2015, inclusive, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° de la Disposición N° 260/DGCG/2015; Que en este orden de ideas, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe los gastos incurridos a partir del 2 de diciembre de 2015 de la séptima y última rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común para el Ejercicio 2015; Por ello, en uso de las facultades que le son propias, LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA PROCURACIÓN GENERAL DISPONE Artículo 1.- Apruébanse los gastos incurridos a partir del 2 de diciembre de 2015, correspondientes a la séptima y última rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común a esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal, según Página 101 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires lo establecido por Decreto Nº 67/GCABA/2010 y Disposición N° 260/DGCG/2015, por la suma de pesos OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA CON 25/100 ($ 8.440,25) y las planillas de resumen de comprobantes por fecha (IF-2016-58025DGTALPG) y resumen de comprobantes por imputación (IF-2016-58056-DGTALPG) que forman parte integrante de la presente. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Rodríguez ANEXO DISPOSICIÓN N.° 2/DGTALPG/16 Buenos Aires, 11 de enero de 2016 VISTO: El Decreto Nº 67/GCABA/2010, las Resoluciones Nº 51/MHGC/2010, N° 35/PG/2015, Nº 74/MHGC/2015, Nº 161/MHGC/2015, Nº 190/MHGC/2015, N° 491/MHGC/2015 y N° 1647/MHGC/2015, las Disposiciones N° 93/DGTALPG/2015 y N° 260/DGCG/2015, el EE Nº 684922/DGTALPG/2015, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 67/GCABA/2010 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Resolución Nº 51/MHGC/2010, modificada por Resolución Nº 74/MHGC/2015, se aprobó la reglamentación del citado Decreto; Que por Resolución N° 161/MHGC/2015, rectificada por su similar N° 190/MHGC/2015, se ha fijado para la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el monto máximo de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 1.880.000,00) a asignar a sus dependencias para su ejecución, durante el ejercicio 2015 en los términos de los artículos 7° y 8° del Anexo I del Decreto Nº 67/GCABA/2010; Que por Resoluciones Nº 491/MHGC/2015 y N° 1647/MHGC/2015, se ha incrementado el referido monto máximo a asignar por el Procurador General en PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($ 1.500.000,00) y PESOS DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 200.000,00) respectivamente; Que por Resolución Nº 35/PG/2015, recaída en el EE Nº 684922/DGTALPG/2015, se asignaron fondos en concepto de Caja Chica Especial sin límite de monto por comprobante a esta Dirección General Técnica Administrativa y Legal, por la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($ 480.000,00), a efectivizarse en cuatro (4) entregas parciales de PESOS CIENTO VEINTE MIL CON 00/100 ($ 120.000,00), destinados a afrontar el pago mensual de las expensas relacionadas con los inmuebles que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ocupa en Avenida Córdoba 1341/1345, 8º piso; Avenida Córdoba 1231/1233, 1er. Piso; y, Avenida Córdoba 1235, Planta Baja, local de negocio; Página 102 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por Disposición N° 93/DGTALPG/2015 se efectuó la pertinente aprobación de los gastos incurridos hasta el 1° de diciembre de 2015, inclusive, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1° de la Disposición N° 260/DGCG/2015; Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe los gastos incurridos a partir del 2 de diciembre de 2015 de la cuarta entrega parcial de recursos mencionada; Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA PROCURACIÓN GENERAL DISPONE Artículo 1.- Apruébanse los gastos incurridos a partir del 2 de diciembre de 2015, correspondientes a la Cuarta Entrega Parcial de la Caja Chica Especial de Expensas otorgada por Resolución Nº 35/PG/2015, según lo establecido por Decreto Nº 67/GCABA/2010 y Disposición Nº 260/DGCG/2015, por la suma de PESOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 30/100 ($ 41.333,30) y las planillas resumen de comprobantes por fecha y resumen de comprobantes por imputación, las cuales como Anexos IF-2015-39009390-DGTALPG e IF-201539009361-DGTALPG forman parte integrante de la presente. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, Archívese. Rodríguez ANEXO Página 103 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 104 Comunicados y Avisos Ministerio de Educación MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN LEGAL E INSTITUCIONAL Comunicados - E.E. N° 35.045.141-MGEYA-DGIES/15 Publicación Registros. Por la presente se solicita la publicación de los Registros que detallan Valores de Terceros en Custodia que tramita por E.E. Nº 35.045.141-MGEYA-DGIES/15, que se mencionan a continuación: IF-2015-36579650-DGIES IF-2015-36580206-DGIES IF-2015-36580712-DGIES IF-2015-36657889-DGIES ANEXO Liliana Mansilla Subgerente Operativa Mesa de Entradas CA 8 Inicia: 14-1-2016 Vence: 19-1-2016 MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA OPERATIVA DE CLASIFICACIÓN Y DISCIPLINA DOCENTE Convocatoria - Comunicado Nº 1 CONVOCATORIA DOCENTES PARA NIVEL INICIAL Listado de Emergencia - Verano 2016 El Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires comunica la Inscripción en Listado de Emergencia Verano 2016, para cobertura de cargos de Maestro de Sección y Maestro Celador del Nivel Inicial, de acuerdo al siguiente Cronograma: Período de Inscripción: Desde el 11/1/16 hasta el 29/1/16. Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 105 Lugar de Inscripción: Esmeralda 55, 4º piso contrafrente. Horario: 10 a 12 y de 14 a 16 hs. Se podrán inscribir: Quienes no se hayan inscripto durante el mes de abril 2015. Quienes accedan al título docente para maestro de sección y/o habilitante para maestro celador. Víctor Defina Gerente Operativo de Clasificación y Disciplina Docente CA 7 Inicia: 11-1-2016 Vence: 15-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 106 Licitaciones Ministerio de Salud MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MATERNO INFANTIL “RAMÓN SARDÁ” Adquisición de útiles menores médicos, quirúrgicos - E.E. N° 38.477.077MGEYA-HMIRS/15 Licitación Pública N° 435-1625-LPU15. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: útiles menores médicos, quirúrgicos y de Laboratorio para Farmacia. Fecha de apertura: 20/1/16, a las 11 horas. Autorizante: Disposición N° 201/HMIRS/15. Valor del pliego: sin valor. Nota: Los Pliegos respectivos serán exhibidos, consultados y solicitados en el portal de BAC (www.buenosairescompras.gob.ar) hasta 72 horas anteriores a la apertura. Lugar de presentación de ofertas: Las ofertas serán presentadas por sistema BAC www.buenosairescompras.gob.ar y solo se recibirán soporte papel, en caso de ser necesario, las Pólizas de Caución si las mismas superan las 100.000 (7,50) unidades de compra. ($ 750.000). Elsa Andina Directora Médica Ignacio De Benedetti Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera OL 54 Inicia: 14-1-2016 Vence: 14-1-2016 MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL MATERNO INFANTIL “RAMÓN SARDÁ” Adquisición suturas - E.E. N° 38.491.495-MGEYA-HMIRS/15 Licitación Pública N° 435-1630-LPU15. Rubro comercial: salud. Objeto de la contratación: adquisición suturas para el servicio de Farmacia. Fecha de apertura: 20/1/16, a las 12 horas. Autorizante: Disposición N° 200/HMIRS/15. Valor del pliego: sin valor. Nota: Los pliegos respectivos serán exhibidos, consultados y solicitados en el portal de BAC (www.buenosairescompras.gob.ar ) hasta 72 horas anteriores a la apertura. Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 107 Lugar de presentación de ofertas: Las ofertas serán presentadas por sistema BAC www.buenosairescompras.gob.ar y solo se recibirán soporte papel, en caso de ser necesario, las Pólizas de Caución si las mismas superan las 100.000 (7,50) unidades de compra. ($ 750.000). Lydia Otheguy Subdirectora Médica Ignacio De Benedetti Gerente Operativo de Gestión Administrativa, Económica y Financiera OL 20 Inicia: 14-1-2016 Vence: 14-1-2016 MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS “DR. RICARDO GUTIÉRREZ” Adquisición de fórmulas lácteas - E.E. Nº 39.405.435-MGEYA-HGNRG/15 Llámase a Licitación Pública Proceso de Compra Nº 420-1649-LPU15 cuya apertura se realizará el día 20/1/16, a las 10 hs., para la adquisición de fórmulas lácteas. Repartición destinataria: Hospital General de Niños “Dr. Ricardo Gutiérrez”, Alimentación. Autorizante: Disposición Nº 3/HGNRG/16. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliego: en División Compras y Contrataciones, Gallo 1330, de lunes a viernes en el horario de 8.30 a 12 hs., en el portal de compras electrónicas BAC y en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar de apertura: el acto de apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar Cristina Galoppo Directora Médica Mirta A Ferrer Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera OL 51 Inicia: 13-1-2016 Vence: 14-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 108 Ministerio de Salud MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. BERNARDINO RIVADAVIA” Adjudicación - E.E. N° 24.636.867-MGEYA-HBR/15 Proceso de Compra N° 431-2138-CME15. Disposición Conjunta N° 230/15, de fecha 15 de diciembre de 2015. Clase: Etapa única. Rubro comercial: Salud. Objeto de la contratación: adquisición de especialidades medicinales y drogas. Firma adjudicada: Raúl Jorge Lalanne Renglón: 2 - cantidad: 240 unid. - precio unitario: $ 70.00 - precio total: $ 16.800.00. Alpha Medical Group S.R.L. Renglón: 3 - cantidad: 400 unid. - precio unitario: $ 38.00 - precio total: $ 15.200.00. Total adjudicación: pesos treinta y dos mil con 00/100 ($ 32.000.00). Lugar de exhibición del acta: Portal www.buenosairescompras.gob.ar y publicado en la página Web. Marta L. Miranda Directora de Atención Médica María del Carmen Maiorano Gerente Operativa de Gestión Administrativa, Económica y Financiera OL 56 Inicia: 14-1-2016 Vence: 14-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 109 Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Ejecución de viviendas en el Bº Barracas - E.E. N° 12.962.133-MGEYA-IVC/14 Se llama a Licitación Pública N° 30/14 para la Ejecución de 128 viviendas, obras exteriores y pavimentos, en la calle Osvaldo Cruz 3351, Sección 26, Manzana 020, Parcela OFRC, Barrio Barracas, Capital Federal. Presupuesto oficial: $ 141.738.766,75. Plazo de ejecución: 18 meses. Fecha de apertura: jueves 11 de febrero de 2016 a las 11 hs. Lugar: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211, 6° piso, Gerencia Coordinación General Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211, 6° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Gonzalo Estivariz Barilati Gerente General CV 44 Inicia: 30-11-2015 Vence: 20-1-2016 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Reabilitación Bº La Boca- 18 viviendas y obras ext. -Olavarría - E.E. N° 2.859.286MGEYA-IVC/15 Se llama a Licitación Pública Nº 6/15 para la Ejecución de 18 viviendas y obras exteriores en la calle Olavarría 240/242/244, Barrio La Boca, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fecha de apertura: 22 de febrero de 2016 a las 11 hs. Lugar: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211, 6° piso, Gerencia Coordinación General Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211, 6° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sandra N. Villar Gerente Operativo de Compras y Contrataciones CV 1 Inicia: 11-1-2016 Vence: 1-2-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 110 Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD Terminación de viviendas y obra de infraestructura en el Bº Pque. Avellaneda E.E. N° 26.732.634-MGEYA-IVC/15 Se llama a Contratación Directa Nº 22/15 para la Terminación de 54 viviendas, obras exteriores, estacionamiento y obra nueva de infraestructura: Red de Gas Media Presión, Red de Agua y Red de Cloaca y Red Pluvial, Lacarra 2049 y Santiago de Compostela Nº 3760, Bº Pque Avellaneda, CABA. Fecha de apertura: 22 de enero de 2016 a las 11 hs. Lugar: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211, 6° piso, Gerencia Coordinación General Técnica Administrativa y Legal. El pliego podrá ser consultado en la página de Internet: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras, y obtenido en forma gratuita en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Carlos Pellegrini 211, 6° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Gonzalo Estivariz Barilati Gerente General CV 46 Inicia: 23-12-2015 Vence: 18-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 111 Banco Ciudad de Buenos Aires BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Actualización de la plataforma, renovación de la suscripción de licencias y soporte técnico de Websense Content Gateway - Carpeta de Compra N° 22.201 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 22.201) con referencia a la actualización de la plataforma, renovación de la suscripción de licencias y soporte técnico por 12 (doce) meses de Websense Content Gateway - (Carpeta de Compra N° 22.201). Consulta de pliego: El pliego de Condiciones podrá ser consultado en la página web del Banco (http://www.bancociudad.com.ar/mas/licitaciones). Fecha de apertura de ofertas: 25/1/16 a las 11 hs., fecha y hora límite de recepción de ofertas. Lugar de apertura de ofertas: Gerencia de Compras sita en Sarmiento 611, 7° piso, Capital Federal. Fecha límite para efectuar consultas respecto del pliego correspondiente: 19/1/16. Nicolás Pepe Gerente BC 5 Inicia: 13-1-2016 Vence: 14-1-2016 BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Provisión de resmas de papel tamaño oficio y carta - Carpeta de Compras N° 22.216 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 22.216) con referencia a la provisión de resmas de papel tamaño oficio y carta, con fecha de apertura el día 29/1/16 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos: sin cargo). Consulta y adquisición de pliegos: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar / licitaciones. Fecha tope de consultas: 26/1/16. Sebastián A. Nicolay Jefe de Equipo Equipo Provisiones Mario A. Selva Coordinador Operativo BC 8 Inicia: 14-1-2016 Vence: 18-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 112 BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Preadjudicación - Carpeta de Compras N° 22.152 Se comunica a los señores Oferentes, la preadjudicación de la Carpeta de Compras N° 22.152 -licitación pública-, que tramita la “Provisión e impresión mensual de Newsletters y Sobres por un período de 4 (cuatro) meses (Renglones 1 y 2)” de acuerdo al siguiente detalle: A la firma Impform S.A. (s/mejora de precios de fecha 8/1/16). Renglón 1: Provisión e impresión de newsletters Cantidad Valor Unitario 210.000 a 230.000 $ 0,80 más I.V.A. 230.001 a 250.000 $ 0,795 más I.V.A. 250.001 a 290.000 $ 0,795 más I.V.A. Renglón 2: Provisión e impresión de sobres Cantidad Valor Unitario 210.000 a 230.000 $ 0,69 más I.V.A. 230.001 a 250.000 $ 0,685 más I.V.A. 250.001 a 290.000 $ 0,68 más I.V.A. Domicilio del preadjudicatario: Av. Australia 2924, C.A.B.A, CP: 1296. Consultas: Gerencia de Compras, sita en Sarmiento 611, 7° piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 15 horas. Sebastián A. Nicolay Jefe de Equipo Equipo Provisiones Mario A. Selva Coordinador Operativo BC 7 Inicia: 14-1-2016 Vence: 14-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Fiscalía General - Ministerio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES FISCALÍA GENERAL COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS Preadjudicación - Licitación Pública Nº 8/15 Dictamen de la Comisión Evaluadora de Ofertas Nº 1/16. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 12 de enero de 2016, siendo las 13 horas, se reúnen los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas para analizar las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública Nº 8/15 de Obra Pública Menor, que tramita por Actuación Interna Nº 30-00011598, cuyo objeto es lograr la contratación de los trabajos tendientes a la readecuación del edificio de Bartolomé Mitre 1725/35 de la C.A.B.A., donde funcionan dependencias del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A. El llamado se aprobó mediante Disposición SCA N° 338/15 (fs. 163/206), que fuera oportunamente publicada en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (207 vta.), en el Boletín Oficial de la C.A.B.A. (226/32) y en la Página Web de este Ministerio Público Fiscal (fs. 213). Asimismo, se modificó la fecha de apertura mediante Disposición UOA N° 48/15 (fs. 239/40), que fuera oportunamente publicada en la cartelera de la Unidad Operativa de Adquisiciones (241 vta.), en el Boletín Oficial de la C.A.B.A. (259/69) y en la Página Web de este Ministerio Público Fiscal (fs. 248). Por otra parte se señala que el presupuesto oficial estimado para el presente trámite asciende a la suma de pesos doscientos doce mil seiscientos setenta y nueve con cuarenta y tres centavos ($212.679,43) IVA, materiales y mano de obra incluidos. El acto de apertura de ofertas se llevó a cabo el día 30 de noviembre a las 11:15 horas, recibiéndose las ofertas de las firmas Adrian Eduardo Francisco Wasersztrom e Infraestructura Básica Aplicada S.A. las cuales obran glosadas a fs. 276/422. Se dio intervención al área requirente a fin de emitir informe técnico sobre las ofertas recibidas (fs. 506/508). En atención a lo dispuesto por la Ley Nacional N° 13.064, la normativa aplicable, el Pliego de Condiciones Generales para la Licitación, Contratación y Ejecución de Obras Menores del Ministerio Público Fiscal de la C.A.B.A., los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y demás anexos que rigen la presente contratación, se procede a analizar las ofertas presentadas en el expediente de referencia. a).- Informe Técnico Previo a emitir dictamen, se dio intervención al área con competencia técnica a efectos de que emita el informe correspondiente con relación a las ofertas presentadas, de conformidad con lo establecido en el punto 18 del PBCP. En ese sentido, se expidió el Departamento de Servicios Generales, dependiente de la Oficina de Infraestructura, señalando que las propuestas de las firmas Adrian Eduardo Francisco Wasersztrom e Infraestructura Básica Aplicada S.A. cumplen con los requerimientos técnicos establecidos en los pliegos aprobados para el presente procedimiento. Página 113 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 114 Por otra parte se señala que las ofertas presentadas superan el presupuesto oficial aprobado para el presente trámite en un 8,10% (Infraestructura Básica Aplicada S.A.) y en un 2,10% (Adrián Eduardo Francisco Wasersztrom), expidiéndose sobre el particular el área técnica conforme surge de fs. 519. b).- Examen de aspectos formales: El oferente da cumplimiento con los aspectos formales y que rigen a los pliegos de la presente contratación, acompañando la siguiente documentación: 1.- Infraestructura Básica Aplicada S.A. a) Escrito denunciando domicilio real y constituyendo domicilio (fs. 279 y 330) b) Formulario original con la cotización respectiva (fs. 279/82) c) DDJJ de juicios pendientes (fs. 328) d) Declaración jurada de débitos y créditos (fs. 329) e) Documentación del firmante (fs. 366/98) f) Garantía de mantenimiento de oferta (fs. 325/26) g) Certificado de visita de obra (fs. 314 y 507) h) Capacidad técnica (fs. 332/35 y 507) i) Designación y antecedentes del representante técnico (fs. 316/23, 431/32 y 507) j) Plan de trabajo (fs. 308/10 y 507) k) Constancia de inscripción en la AFIP y de pago del impuesto a las ganancias, del impuesto al valor agregado y de ingresos brutos del mes anterior a la fecha de presentación de la oferta (339/46). l) Constancia de deudores alimentarios (fs. 510/11) m) Certificado Fiscal AFIP para contratar (fs. 337 y 509) 2.- Adrian Eduardo Francisco Wasersztrom a) Escrito denunciando domicilio real y constituyendo domicilio (fs. 401 y 418) b) Formulario original con la cotización respectiva (fs. 402/5) c) DDJJ de juicios pendientes (fs. 419) d) Declaración jurada de débitos y créditos (fs. 419) e) Garantía de mantenimiento de oferta, (fs. 516/17) f) Certificado de visita de obra (fs. 409 y 507) g) Capacidad técnica (fs. 420/21 y 507) h) Designación y antecedentes del representante técnico (fs. 410/12, 436/503 y 507) i) Plan de trabajo (fs. 413 y 507) j) Constancia de inscripción en la AFIP y de pago del impuesto a las ganancias, del impuesto al valor agregado y de ingresos brutos del mes anterior a la fecha de presentación de la oferta (408). k) Constancia de deudores alimentarios (fs. 414 y 513) l) Certificado Fiscal AFIP para contratar (fs. 407 y 512) c).- Evaluación de las ofertas Orden de Oferente Total mérito 1 ADRIAN EDUARDO FRANCISCO WASERSZTROM $ 217.158,46 2 INFRAESTRUCTURA BASICA APLICADA S.A. $ 229.922,00 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 115 d).- Recomendación sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. En conclusión, esta Comisión recomienda: Preadjudicar la Licitación Pública Nº 8/15 de Obra Pública Menor a la firma Adrián Eduardo Francisco Wasersztrom (CUIT 20-18549038-7) por la suma de pesos doscientos diecisiete mil ciento cincuenta y ocho con cuarenta y seis centavos ($217.158,46) IVA, materiales y mano de obra incluidos. Paola A. Laborato - Federico Compeano - Juan Ignacio Vitali DICTAMEN CEO Nº 1/16. Diego Arduini Comisión Evaluadora de Ofertas OL 59 Inicia: 14-1-2016 Vence: 14-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 116 Edictos Particulares Particular Transferencia de Habilitación - E.E. N° 39.432.290-MGEYA-MGEYA/15 Juan Carlos Huete y Cia. S.R.L. transfiere la habilitación municipal a ACJ S.A., del local ubicado en la calle Olavarría 1902 PU/14 y Herrera 1207 PB ES 1º piso obra constancias de transferencia de habilitación a nombre de Juan Carlos Huete y CIA. S.R.L. para funcionar como (130.001) taller de reparac. de vehículos automotores, (130.021) taller de reparac. de cámaras y cubiertas (gomería) sin vulcanización, (205.021) deposito complementario y oficinas comerciales, por Carpeta 20108/83 mediante Disposición Nº 2198/84, otorgada en fecha 10/02/84. Asimismo para el local sito en la calle Herrera N° 1207 PU/1211-1213 y Olavarria N° 1902 PU/1918 PB EP PI 1°, se registra mediante el Sistema Informático constancia de una ampliación de rubro y superficie a nombre de Juan Carlos Huete y Cia. S.R.L. para funcionar en carácter de: (503.103) taller de alineación y balanceo, (503.104) taller de encendido y electricidad del automóvil, (503.107) taller de partes y accesorios de automóvil, (503.109) taller de reparac. de automóviles excl. chapa, pintura y rectificación de motores, (503.160) reparación de cámaras y cubiertas (gomería) con o sin vulcanización, (603.305) com. minor. accesorios para automotores por Expte. 65436/1998 mediante Disposición 3307/DGVH/01, otorgada en fecha 13/08/01 Superficie Habilitada 1293.81 m2. Observaciones: superficie habilitada 625.92 m2 superficie a ampliar 667.89 m2. superficie total 1293.81 m2. Reclamos de Ley en el mismo local. Carlos Gustavo Presidente Solicitantes: ACJ S.A. EP 8 Inicia: 14-1-2016 Vence: 20-1-2016 Transferencia de Habilitación - E.E. N° 193.774-MGEYA-MGEYA/16 La señora Mónica Martha Sacchinelli transfiere la habilitación municipal a la sociedad Centro de Educación Infantil S.R.L., del local ubicado en la calle Cangallo 46 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que funciona en carácter de Guardería Infantil, Jardín Maternal (700010), por Expediente N°15263/1996, mediante Disposición N° 14293/DGRYCE-1997, otorgada en fecha 29/12/1997, superficie habilitada: 209.21 m2. Observaciones: Cap. 15 Niños p/ turno Jorn. Comp. y 4 cunas. Solicitante: Centro de Educación Infantil S.R.L. EP 15 Inicia: 14-1-2016 Vence: 20-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 117 Transferencia de Habilitación - E.E. N° 176.015-MGEYA-MGEYA/16 Pablo Manuel Rossetti y Maria Josefina Ferradas, con domicilio en Av. Avellaneda 74 CABA, venden ceden y transfieren a Pablo Manuel Rossetti y Gabriela Claudia Barcala la habilitación del local ubicado en la Av. Avellaneda N° 74 PU/76 PB-EP S/PB , 1° EP S/1° Y TZA , obra constancia de Habilitación a nombre de Pablo Manuel Rossetti y Maria Josefina Ferradas, para funcionar en carácter de (700170) establecimiento geriátrico por Expediente N° 61010/1996 mediante Disposición N° 8949/DGRYCE-1996, otorgada en fecha 30/10/1996 Superficie habilitada: 350.92 m2. Observaciones: Capacidad máxima 10 habitaciones y 35 alojados. se aplico Ord. 40905-B.M. 17694 respecto de los patios existentes. Solicitantes: Pablo Manuel Rossetti Gabriela Claudia Barcala EP 16 Inicia: 11-1-2016 Vence: 15-1-2016 Transferencia de Habilitación - E.E. N° 315.889-MGEYA-MGEYA/16 Caudia Calavia S.R.L. con D.N.I. Nº 18.100.377 con domicilio en la calle Arroyo Nº 1000/16, CABA transfiere la habilitación municipal a Jesica Nayla Kessel con D.N.I. 32.757.596, del local ubicado en Defensa Nº 1009 PB, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que funciona como (603070) Com. min. de ropa confección, lencería, blanco, mantel. text. en gral. y pieles, (603080) Com. min. de antigüedades, objetos de arte, (603130) Com. min. relojería y joyería, (603310) Com. min. de artic. personales y para regalos, (603400) Com. min. de artículos para el hogar y afines por Expte. de habilitación 60331/2007, mediante Disp. Nº 13421/DGHP-2006, otorgada En fecha 17/10/2011. Superficie habilitada: 77,71 m2. Domicilio legal y reclamos de Ley en el mismo local. Solicitante: Jesica Nayla Kessel EP 18 Inicia: 14-1-2016 Vence: 20-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 118 Transferencia de Habilitación - E.E. N° 913.055-MGEYA-MGEYA/16 Bande S.A con domicilio Vicente López 1655, CABA. Comunica que transfiere a Vicente López 1655 S.A. con el mismo domicilio; la habilitación municipal sito en Vicente López 1655 PU/1661 PB-UF 3,7 Y 11; CABA que funciona como (601.050) Com. min. de helados (sin elaboración); (602.0009 Restaurante, cantina; (602.010) Casa de lunch; (602.020) Café bar; (602.021) Com.min. bar lácteo; (602.030) despacho de bebidas, wisquería, cervecería; (602.040) Casa de comidas rotisería; (602.050) Com.min. elab. y vta. pizza, fugazza, faina, empan; postres, flanes, churros, grill; (602.060) Parrilla; (602.070) confitería habilitado por expediente numero 586/1997, mediante disposición Nº 7092/DGRYCE-1998, otorgada con fecha 03/06/1998 superficie habilitada: 436,29 m2.- Reclamos de ley en el mismo domicilio. Solicitante: Vicente López 1655 S.A. EP 20 Inicia: 14-1-2016 Vence: 20-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 119 Particular Convocatoria - E.E. N° 88.779-MGEYA-MGEYA/16 COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES LLAMADO A CONCURSO DE OPOSICIÓN Y ANTECEDENTES PARA LA ADJUDICACIÓN DE REGISTROS NOTARIALES Y EVALUACIÓN DE IDONEIDAD PARA POSTULANTES A ADSCRIPCIÓN (Arts. 34 y 46 de la Ley Orgánica Notarial Nº 404, modificada por las Leyes Nros. 1541 y 3933 y artículos 9 y 10 del Decreto Reglamentario Nº 1624/00) Inscripción: 4/1/2016 hasta el 22/2/2016. Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos. Av. Las Heras 1833, de 9.30 a 16 hs. El cierre de la inscripción es improrrogable. Requisitos: Presentación de una nota en la que consten nombres y apellidos completos, documento de identidad, domicilio, teléfono y mail. Debe adjuntarse copia certificada de la partida de nacimiento o carta de ciudadanía y del título de abogado de acuerdo al artículo 8° de la Ley N° 404 CABA. Costo De La Inscripción: $ 2.200. Se abonan en cajas de Av. Las Heras 1833 Planta Baja, de 9:30 a 15 hs. Examen Escrito: 27/4/2016, a las 7 hs., en Av. Chorroarín 751 de CABA. Aprobación: 5 puntos o más Examen Oral: fecha a confirmar por el Jurado, a realizarse en el Colegio de Escribanos de CABA. Aprobación: 5 o más puntos Más información: www.colegio-escribanos.org.ar Santiago J. E. Pano Secretario Solicitante: Colegio de Escribanos EP 13 Inicia: 11-1-2016 Vence: 15-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 120 Convocatoria - E.E. N° 299.553-MGEYA-MGEYA/16 ASOCIACIÓN DE PRÁCTICOS DEL RÍO DE LA PLATA Y ZONAS DEL LITORAL MARÍTIMO ARGENTINO PROTECCIÓN RECIPROCA Buenos Aires, 4 de Enero de 2016. PUBLICACION UN DÍA EN EL BOLETÍN OFICIAL- INSCRIPCIÓN N° 134 CONVOCATORIA De acuerdo a lo establecido en el artículo N° 31 de nuestro Estatuto, se convoca a los Sres/as. Asociados a la Asamblea General Ordinaria a realizarse el día jueves 25 de febrero de 2016 a las 17 horas en primera convocatoria y 17.30 horas en segunda convocatoria, en nuestra sede social de Av. Belgrano 997, 9° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para tratar el siguiente: Orden Del Dia 1°.- Lectura y consideración del Acta de Asamblea Anterior. 2°.- Designación de dos socios para refrendar el Acta. 3°.- Consideración de la Memoria Anual, Balance General y Cuenta de Gastos y Recursos. 4°.- Consideración del Informe de la Junta Fiscalizadora. El abajo firmante fue designado por Asamblea ordinaria de fecha 3 de Julio de 2014, según consta en el libro de Actas de Asambleas. Solicitante: Asociación de Prácticos del Río de la Plata y zonas del Litoral Marítimo Argentino protección reciproca EP 17 Inicia: 11-1-2016 Vence: 15-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 121 Edictos Oficiales Ministerio de Salud MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENRAL DE AGUDOS “BERNARDINO RIVADAVIA” Notificación Nº 8 - Resolución Nº 215/MMGC/14 El Director del Hospital Bernardino Rivadavia, notifica a la agente Cortese, Marcela Ana, y en cumplimiento a la Resolución Nº 215/MMGC/14 (BO Nº 4369) e intímase un plazo de 10 días hábiles, justificar sus inasistencias incurridas a partir del 29/10/15 hasta la fecha continua, caso contrario se dará inicio al trámite de cesantía por hallarse incursa en las causales previstas en el Art. 48, inc. b) de la Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº 471. Marta L. Miranda Directora de Atención Médica EO 22 Inicia: 13-1-2016 Vence: 15-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 122 Ministerio de Ambiente y Espacio Público MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DIRECCIÓN GENERAL DE CEMENTERIOS Intimación - E.E. Nº 38.348.293-MGEYA-DGCEM/15 Se intima a los titulares de arrendamientos, herederos forzosos y/o a quien acredite un interés legítimo en relación a los restos mortales inhumados en las sepulturas ubicadas entre los tablones 31 a 48, de la Sección Niños del Cementerio de Flores, para que dentro del plazo de veinte (20) días computados a partir del vencimiento de la publicación del presente edicto, comparezcan a la necrópolis mencionada, a fin de desocupar dichas sepulturas, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia, de remitir los restos al osario general o al Crematorio de la Ciudad de Buenos Aires, según corresponda, de conformidad a los términos de los artículos 21º y 115 inciso d) de la Ley Nº 4977 (B.O.C.B.A. Nº 4443, 23/07/2014). Eduardo R. Somoza Director General EO 25 Inicia: 14-1-2016 Vence: 20-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Administración Gubernamental de Ingresos Públicos ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Notificación - Expediente Nº 15.226.794-MGEYA/14 La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas notifica al contribuyente Instituto de Psicopatología Nuestra Señora de Luján S.R.L., los términos de la Resolución N° 4/DGR/16, de fecha 6 de enero de 2016, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS RESUELVE Artículo 1°.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente Instituto de Psicopatología Nuestra Señora de Lujan S.R.L. (en concurso preventivo), inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos como contribuyente del Régimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 901-048368-8 (CUIT N° 33-62519795-9), con domicilio fiscal en la calle José A. Cabrera N° 3371, Comuna N° 2, de esta Ciudad (foja 60 del Expediente N° 15.226.794-MGEyA-2014) y domicilio donde se llevó a cabo la inspección en la calle Sanchez de Bustamante N° 1193, Piso 1°, Departamento B, Comuna N° 2, de esta Ciudad (conforme Acta de foja 74 del Expediente N° 2.451.587MGEyA-2014), cuyas actividades sujetas a tributo consisten en “Enseñanza para adultos y servicios de enseñanza ncp” y “Servicios de internación”,, respecto de los períodos fiscales 2011 (1° a 7° y 9° a 12° anticipos mensuales). Artículo 2°.- Determinar de oficio sobre base cierta y carácter parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la responsable por los períodos fiscales 2011 (1° a 7° y 9° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales), 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° anticipo mensual), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Establecer que por los ingresos obtenidos por la contribuyente respecto del rubro “Servicios de internación” le corresponde tributar el impuesto que nos ocupa a la alícuota del 1,1% respecto de los períodos fiscales 2011 (1° a 7° y 9° a 12° anticipos mensuales), 2012 (1° a 12° anticipos mensuales), 2013 (1° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° anticipo mensual), conforme al artículo 63 inciso 8 de la Ley Tarifaria para el año 2014 y concordantes de años anteriores motivo de ajuste. Artículo 4º.- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por las obligaciones emergentes de la presente, al Socio Gerente Raúl Eduardo Abiad D.N.I. 11.120.759 y a la Socia Gerente Gabriela Liliana Susana Gabino D.N.I. 11.635.576, ambos con domicilio especial en la calle José Antonio Cabrera 3314, Comuna N° 2, de ésta Ciudad (foja 17 del Expediente N° 2.451.587-MGEyA-2014 y foja 11 del Expediente N° 15.226.794-MGEyA-2014) ; y/o quien resulte responsable hasta la actualidad, conforme los artículos 11 (incisos 4° y 5º), 12, 14 (inciso 1°) y 110 del Código Fiscal T.O. 2015 y disposiciones concordantes de años, conforme lo expuesto en los Considerandos de la presente. Artículo 5º.- Disponer la verificación judicial del crédito fiscal en el juicio concursal por la suma de pesos quinientos noventa y cinco mil cuatrocientos veintitrés con 95/100 Página 123 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 124 ($595.423,95), que resulta adeudar y que proviene de la diferencias emergentes de esta determinación, la cual incluye los intereses establecidos por el artículo 76 del Código Fiscal T.O. 2015, y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta la fecha de presentación en concurso. Artículo 6º.- Lo expuesto en el artículo anterior, no inhabilita la vía recursiva, pudiendo la contribuyente y/o los responsables solidarios interponer recurso de reconsideración y, eventualmente, recurso jerárquico de acuerdo con las prescripciones de los artículos 150 y 151 del Código Fiscal T.O. 2015, y disposiciones concordantes de años anteriores. Artículo 7º.- Remitir de inmediato copia de la presente y de las actuaciones administrativas a la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de la verificación del crédito antes referido, como así también copia digitalizada de todos los antecedentes a través de la Dirección General de Legal y Técnica. Artículo 8º.- Intimar a Instituto de Psicopatología Nuestra Señora de Lujan S.R.L. (en concurso preventivo), al Socio Gerente Raúl Eduardo Abiad, y a la Socia Gerente Gabriela Liliana Susana Gabino, y/o a quien resulte responsable en la actualidad, para que en el plazo de quince (15) días contados a partir del siguiente al de la notificación de la presente, acrediten en estas actuaciones toda modificación de su empadronamiento o de su situación fiscal, especialmente pagos, acogimientos o cancelación de planes de facilidades, cambio de domicilio fiscal o en definitiva cualquier otro acto o hecho que no se hubiere tenido en cuenta al tiempo del dictado de la presente. Asimismo se los intima a que toda otra modificación de su empadronamiento o situación fiscal sea también comunicada en esta actuación hasta que se produzca el agotamiento de la instancia administrativa, todo ello bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se ha de continuar con el trámite de la actuación según constancias obrantes en la misma, asumiendo la contribuyente y los responsables solidarios, la responsabilidad patrimonial en razón de las consecuencias dañosas que pudieran eventualmente sobrevenir, especialmente las costas judiciales. Artículo 9°.- Regístrese; notifíquese a la contribuyente al domicilio fiscal consignado en el artículo 1°, y a su vez a los responsables solidarios en los domicilios correspondientes en el artículo 4° y en el domicilio fiscal de la firma, y mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal T.O. 2015 y disposiciones concordantes de años anteriores; con copia de la presente, y resérvese. Tujsnaider ANEXO Demián Tujsnaider Director General EO 24 Inicia: 14-1-2016 Vence: 18-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Administración Gubernamental de Ingresos Públicos ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación- - Expediente N° 5.439.565/14 La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma HITSY S.A. inscripción Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 1.245.688-08, CUIT N° 30-71192526-7 con domicilio fiscal en Av. Avellaneda 2729 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que según consta en el Boletín Oficial-Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Nº 4725 de fecha 18/9/15 se comunica el inicio de una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias que la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene potestad de recaudación y control mediante cargo de inspección N° 17.196/14. Que verificados los incumplimientos de cada uno de los puntos intimados oportunamente se comunica que surgen diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de $ 1.079.579,53.- (pesos un millón setenta y nueve quinientos setenta y nueve con 53/100) que se detallan en anexo que se acompaña, según surge del Expediente N° 5.439.565/14. Por tal motivo se intima a que el primer día miércoles hábil posterior a la publicación de este edicto, se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento Externa B, de la Dirección de Fiscalización Integral y Operativos Especiales de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 2º piso, sector Esmeralda, de 9 a 12.30 hs., a los efectos de notificarse de las Diferencias de Verificación de carácter parcial determinadas por los períodos: 11 a 12/2011 por $ 9.687,37.-; 1 a 12 de 2012 por $ 363.364,41.-; 1 a 12 de 2013 por $ 690.134,97.período en el cual se supera la condición objetiva de punibilidad establecida por la Ley Penal Tributaria en su art. 1º y período 1/2014 por $ 16.392,79, como consecuencia de diferencias de ingresos omitidos en base a la información de los precios netos gravados del impuesto al valor agregado s/AFIP y la aplicación del art. 192, inc. 5 del Código Fiscal (t.o 2015), en caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el artículo 76 del Código Fiscal Vigente (t.o. 2015), dentro de los 10 (diez) Página 125 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 126 días posteriores al plazo anteriormente mencionado. En caso de incomparecencia en la fecha, hora y lugar indicados dichas diferencias se considerarán como no conformadas dando lugar al inicio del procedimiento de Determinación de Oficio, la instrucción de sumario y la consecuente inclusión en el Padrón de Riesgo Fiscal según lo establece el artículo 6, inc. 9 de la Resolución Nº 918-AGIP-2013. Diferencias de carácter parcial. ANEXO Claudio Basile Director de Fiscalización Integral y Operativos Especiales EO 23 Inicia: 14-1-2016 Vence: 18-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 127 Junta Comunal 1 JUNTA COMUNAL 1 COMUNA 1 Intimación - E.E. N° 15.060.686-MGEYA-COMUNA1/14 RESOLUCIÓN COMUNAL N° RS-15405578-COMUNA1/14 Intímese a la COMPAÑIA INMOBILIARIA, AGROPECUARIA Y FINANCIERA CINA S.A. y/o quien resulte propietario del inmueble sito en Córdoba 1390 esquina Uruguay 783, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que en el plazo de diez (10) días, de notificada la presente, proceda a realizar la desratización, desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de la ejecución de los trabajos mencionados por la administración y a su costa, conforme lo dispuesto por el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77. A tales fines deberá acreditar en debida forma la realización de la totalidad de las mejoras intimadas y en su caso el cumplimiento de lo establecido en la Ley 11843, es decir la ejecución de tareas de desratización. Debiendo acreditar las mismas en forma fehaciente mediante la presentación ante la Comuna de los certificados correspondientes expedidos por empresa debidamente registrada a tal fin ante el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informando expresamente la metodología, tipo de sustancias, y cantidades utilizadas en dichas tareas. Asimismo deberá presentar un plan de contingencias que asegure el mantenimiento en el tiempo de las mejoras implementadas, así como también, arbitrar todos los recaudos necesarios como para que el inmueble se encuentre en óptimas condiciones de higiene y salubridad. María Cristina Brunet Presidente EO 26 Inicia: 14-1-2016 Vence: 18-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 128 Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS N° 3 Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 39.299.532/MGEYA/2015) Carátula: “ARGAMONTE, MARTIN ALEJANDRO S/ ART. 183, 149 BIS, 150 - C.P.” Sumario 8592, Causa 5945/14 A los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil quince, el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 3 a cargo de la Dra. Carla Cavaliere, Secretaría a cargo del Dr. Alejandro G. Villanueva, sito en Tacuarí n° 138, piso 10°, frente, de esta ciudad, (4014-6863) en el Sumario 8592, Causa 5945/14, caratulado “Argamonte, Martin Alejandro s/ art. 183, 149 bis, 150 – C.P”, cita al causante Martin Alejandro Argamonte - argentino; identificado con DNI 32.473.152, nacido el 06 de agosto de 1986, hijo de Luis Vidal Argamonte y de Jovita Andrade, soltero, desocupado, con último domicilio conocido en la calle Thorne 2587, Río Grande, Tierra del Fuego; de conformidad con lo dispuesto en el art. 63 del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de que el mismo se presente, dentro del quinto día de su última publicación, ante los estrados de este Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 3, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su captura (art. 158 del CPPCABA) FDO: Dra. Carla Cavaliere, Jueza. Ante mí: Dr. Alejandro G. Villanueva, Secretario. Alejandro G. Villanueva Secretario OJ 8 Inicia: 13-1-2016 Vence: 19-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 129 Ministerio Público Fiscal MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL SUDESTE – UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Notificación (Oficio Judicial E.E. Nº 897.164/MGEYA/2016) Carátula: “MARCELO PEREZ JAIME – ART: 128 3 PARR CP” Caso MPF 84434 POSF tengo el agrado de dirigirme a Ud., en mi carácter de Funcionario de la Unidad de Tramitación Común, de la Unidad Fiscal Sudeste, sita en la calle Bartolomé Mitre N° 1735 piso 3° de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (TE 5295-2500 int.2436), en el marco del CASO MPF 84434, caratulado “MARCELO PEREZ, JAIME - Art: 128 3 párr CP”, que tramita por ante la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 17, con el objeto de solicitar que sean publicados Edictos durante 5 días en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de notificar a Marcelo Jaime Pérez, Pasaporte Peruano N°: 1845130, para que dentro de las 72 hrs. de notificado se haga presente en esta Sede Fiscal a fin de tomar vista de las actuaciones, tomar conocimiento de la imputación que se le dirige y designar un letrado defensor de su confianza, bajo apercibimiento de designarle al Defensor Oficial que por turno corresponda (Arts. 28 y 29 del Código Procesal Penal local). FDO.: Lorena San Marco, Fiscal. Abel O. Aranda Secretario OJ 7 Inicia: 13-1-2016 Vence: 19-1-2016 Nº 4800 - 14/01/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 130 BOLETÍN OFICIAL Jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta Secretaría Legal y Técnica Lic. María Leticia Montiel D. G. Coordinación y Consolidación Normativa Dra. Marcela Domínguez Soler Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro Sra. Patricia Bonavena LEY Nº 2.739 La publicación del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires en el sitio web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la forma y condiciones y con las garantías que establecerá la reglamentación, tiene carácter oficial y auténtico, y produce iguales efectos jurídicos que su edición impresa. Colaboradores: Lilian Palacio Rolando Condis Hernan Calvo Leonardo Bernardi Leopoldo Chiesa Diego Gonzalez Silvina Franzante Glenda Roca Walter Medina Horario de Atención: 9:30 a 14:30 hs. 5091-7549 / 5091-7550 E-mail: [email protected] / [email protected]