MANIFESTACION PROYECTO DE DISPENSA CON CARACTER

Transcripción

MANIFESTACION PROYECTO DE DISPENSA CON CARACTER
INTRODUCCION
— El 2 de marzo del 2010 se presento el proyecto de
decreto que elimina las dispensas de los Diputados y
dentro de los considerandos se establece como
justificación que:
— Todos somos iguales ante la ley
— Que no existen clases privilegiadas y,
— Que la situación económica exige que todos sectores
contribuyan a la solución de los problemas financieros.
El Proyecto establece:
— Art 1. Derogar el articulo 1 del decreto 250-2002 de
fecha 17 de enero del 2002 y su reforma contenida en el
decreto 352-2005 que contiene el otorgamiento a los
diputados (as) al congreso nacional de dos (2)
dispensas para importar dos vehículos automotores
libres del pago de impuestos arancelarios durante el
desempeño de sus cargos en el periodo constitucional
para el cual fueron electos.
— Art 2. Queda vigente el art 2 del decreto 250-2002 en
el cual se otorga una dispensa para los miembros de la
Corte Suprema de Justicia de introducción de
vehículos libres de pagos arancelarios a los señores
magistrados.
OBSERVACION 1. TEORIA DE IGUALDAD DE LA
LEY
— En el artículo 1 se deroga una ley que confiere un derecho de
dispensas a los diputados
— En el articulo 2 queda vigente un derecho de dispensa a los
señores magistrados
— Esto nos conduce a afirmar que si una de las causas de
justificación es que todos somos iguales ante la ley, porque
entonces:
— DUDA 1
¿Porque se deja el derecho a los magistrados?
— DUDA 2
¿Porque se quita el derecho a los diputados?
— DUDA 3
¿A caso no refleja esto una desigualdad de la ley?
OBSERVACION 2. TEORIA DE LOS DERECHOS
ADQUIRIDOS
— Según el jurista Merlín el expositor más brillante de la doctrina
de los derechos adquiridos , una ley es retroactiva cuando
destruye o restringe un derecho adquirido bajo el imperio de una
ley anterior
— Ley Anterior: Decreto 250-2002 y 352 -2005
— Derecho: Uso de Dispensa
— Derecho adquirido: desde que comienza vigencia para el periodo por el
cual fueron electos como Diputados, Enero 2010.
— Derechos adquiridos son aquellos que han entrado en nuestro dominio
y en consecuencia forman parte de el y no sernos arrebatados por aquel
de quien los tenemos
— Merlín cita en su tesis, que algunas veces la ley no crea derechos a
nuestro favor, sino que nos concede determinadas facultades legales,
que solo se transforman en derechos adquiridos al ser ejercitadas
— DUDA 4
No es ejercitar un derecho el ir a secretaria del
Congreso a solicitar una constancia de diputado
para el tramite de la dispensa?
— DUDA 5
No es ejercitar un derecho ir a la DEI a tramitar una
dispensa como lo han hecho algunos diputados?
— DUDA 6.
A caso los diputados no fueron electos con la
expectativa de gozar de un derecho otorgado en el
pasado?
— Según la doctrina de Baundry y Fourcade el derecho no deriva de su
ejercicio ni, por consiguiente puede depender de el. Es posible
tener derechos y no ejercitarlos, como también tener
obligaciones y no cumplirlas
— DUDA 7.
Es valida la tesis de que los derechos adquiridos aun
sin ser ejercitados son derechos?
OBSERVACION 3. TEORIA DE LA RETROACTIVIDAD DE
LA LEY
— Según Eduardo García Máynez Una nueva ley no
puede despojar de un derecho sin pecar de ser
retroactiva. Se despojaría de un derecho adquirido
bajo una ley del 2005
— En base a lo anterior no se puede quitar a los
diputados actuales un derecho adquirido para el
desempeño de sus cargos en el periodo 2010-2014 so
pena de ser retroactivo
— Art 7 Del Código Civil dice: Las leyes no pueden tener
efecto retroactivo excepto en materia penal, cuando la
nueva ley sea favorable al delincuente
OBSERVACION 3. TEORIA DE LA RETROACTIVIDAD DE
LA LEY
— Art 96 De la Const.de la Rep. dice: La ley no tiene
efecto retroactivo excepto en materia penal cuando la
nueva ley favorece al delincuente o procesado
— Hay un principio bien conocido A ninguna ley se darán
efectos retroactivos en perjuicio de persona alguna
— Tesis de Planiol: Las leyes son retroactivas cuando vuelven
sobre el pasado, sea para apreciar las condiciones de
legalidad del acto, sea para modificar o suprimir los
derechos.
— Según Roubier hay que distinguir entre retroactividad y
efecto inmediato de la ley
— DUDA 8
El proyecto de ley por discutirse, no seria
retroactivo cuando destruye o restringe un derecho
adquirido bajo el imperio de una ley
anterior?
— DUDA 9
De aplicarse retroactivamente, a caso la ley no
se destruiría a si misma, si aniquilaría la obra que
ha permitido en el pasado, en perjuicio de aquellos
quienes rige ya que entonces nada
estable habría en la vida social
— De aprobarse retroactivamente tendríamos dos disposiciones
legales contemporáneas que ofrecerían una contradicción,
habría una laguna, entonces seria necesario interpretar las
leyes.
— OBSERVACION 4. TEORIA DE LA INTERPRETACION
DE LA LEY
— La interpretación puede ser privada (especialistasdoctrina), judicial (jueces) y autentica (legislativa)
§ Art 205 Constitución de la República. Corresponde
al Congreso Nacional interpretar la Constitución de la
República y demás leyes
— Art 184 Constitución de la República. Las leyes
podrán ser declaradas inconstitucionales por razón de
forma o contenido. A la Corte Suprema de Justicia le
compete el conocimiento y la resolución originaria y
exclusiva en la materia
— DUDA 10
Si a los diputados corresponde
interpretar la ley, valdría la
pena que analizaran si es factible
aplicar una ley con carácter
retroactivo
— DUDA 11
Al sentirse afectado un ciudadano
porque ve la aplicación de una ley
con carácter retroactivo aun en
contra de la Constitución, no
estaría este Congreso expuesto a
que sea la Corte Suprema de
Justicia quien interprete sus
leyes?
HECHOS RECIENTES QUE CONFIRMAN LAS DUDAS AL
APROBARSE EL PROYECTO DE DECRETO CON EFECTO
RETROACTIVO
— El hoy Presidente de Honduras Pepe Lobo fue
candidato a la presidencia de la República en el año
2005, siendo presidente del congreso nacional, aun y
cuando existía una ley en aquel entonces que prohibía
a los presidentes del Congreso Nacional aspirar a la
presidencia.
— Sin embargo Pepe manifestó que la ley no tenía efecto
retroactivo y en base a este principio de ley se le
permitió participar.
HECHOS RECIENTES QUE CONFIRMAN QUE LA CORTE SUPREMA
PUEDE INTERPRETAR UNA LEY CUANDO SE VIOLENTA UN
PRINCIPIO CONSTITUCIONAL ( IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY) Y
DECLARARLA INCONSTITUCIONAL
— El Congreso Nacional aprobó la creación de la figura del
Vicepresidente para el periodo 2006-2010, sin embargo una
interpretación de la Corte Suprema determino que era
inconstitucional, por ello hoy existen nuevamente la figura
de los designados, dejando en precario la imagen de los
que la aprobaron en aquel entonces como diputados.
— De aprobarse con carácter retroactivo una ley, volvería
la Corte Suprema a interpretar las actuaciones del
Congreso y dejaría nuevamente en precario su
imagen.
CONCLUSION
— El jurista Jorge Jellinck habla sobre las garantías
establecidas por el derecho público y establece que una de
ellas son las garantías jurídicas, que establecen el fin
primordial de asegurar la observancia de la ley
1.
Hay que asegurar la observancia de la ley
2.
No podrá alegarse ignorancia de la ley por ninguna
persona. Art 6 del Código Civil.
RENAN INESTROZA
DIPUTADO POR EL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO
MORAZAN

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