reglamento de tarjeta de debito

Transcripción

reglamento de tarjeta de debito
REGLAMENTO DE TARJETA DE DÉBITO
Fecha:
Canal/Agencia:
Nombres y apellidos del Cliente:
No. De Cedula:
Número de cuenta relacionada a la tarjeta:
Tipo de Cuenta: Corriente
Número de Tarjeta
Ahorro
Segmento: Retail
Nómina
Moneda de la Cuenta: Dólares
Córdobas
Tipo de tarjeta: Titular
Citigold
Euros.
Adicional
1. Tarjeta de Débito: La tarjeta de débito es un plástico emitido por EL BANCO al cuenta-habiente o a los adicionales de éste (en lo sucesivo,
denominados como EL CLIENTE), que sirve para múltiples propósitos: i) como medio de pago para ser utilizado en los puntos de servicio (en cuyo
caso, el monto de las transacciones efectuadas será debitado por EL BANCO de los fondos existentes en la cuenta de depósito bancario relacionada
con la Tarjeta de Débito); ii) como instrumento para disponer de los fondos existentes en la cuenta de depósito bancario a la vista relacionada con la
Tarjeta de Débito (en la forma que se indicará en este Reglamento), o bien, iii) como instrumento para hacer consultas a EL BANCO sobre saldos u
otros operaciones relacionadas con la cuenta de depósito que EL CLIENTE mantiene en EL BANCO. En ningún caso, la Tarjeta de Débito será
utilizada como Tarjeta de Crédito, pues queda expresamente entendido por EL CLIENTE que la presente herramienta no constituye ninguna forma de
crédito, ni autoriza a EL CLIENTE al sobregiro de la cuenta de depósito relacionada con la misma. La presente facilidad únicamente será autorizada
cuando las cuentas de depósito bancario a la vista (de ahorro o en cuenta corriente), tenga a personas naturales como titulares de las mismas.
2 .Propiedad de la Tarjeta de Débito: La tarjeta de débito es propiedad de EL BANCO y se entrega temporalmente a EL CLIENTE o sus adicionales,
para que pueda(n) realizar las transacciones indicadas en el numeral precedente. EL CLIENTE se obliga a entregar la Tarjeta de Débito cuando le sea
requerida por EL BANCO, durante la vigencia del contrato de su cuenta de depósito bancario o a la terminación de éste, por cualquier causa que fuere.
9. Tarjetas Adicionales: EL CLIENTE podrá autorizar la emisión y entrega, a terceras personas, de tarjetas adicionales a su Tarjeta de Débito. En tal
supuesto, los tarjeta-habientes adicionales, podrán realizar todas las transacciones autorizadas en el numeral primero de este Reglamento con las
excepciones y limitaciones que se establecen más adelante en este Reglamento. Cuando la cuenta a ser debitada tuviere varios titulares en régimen
de firma conjunta (“Y”), la autorización para la emisión y entrega de la Tarjeta de Débito (principal y/o adicionales), requerirá la autorización de todos los
titulares de la cuenta. Cada tarjeta-habiente adicional será tenido como firma autorizada para debitar la cuenta de EL CLIENTE señalada bajo el
presente reglamento. Por lo tanto, además de identificarse debidamente, cada tarjeta-habiente adicional tendrá que registrar su firma y hacer constar el
recibido de la tarjeta. Uso Personalísimo de la Tarjeta de Débito: EL CLIENTE se compromete a hacer un uso exclusivo tanto de la tarjeta de débito
como del número de PIN, que le sea asignado para el uso de la Tarjeta de Débito, custodiando debidamente ambos instrumentos. 3. Compras con la
Tarjeta de Débito: EL CLIENTE entiende y acepta que debe estar presente durante la realización de cualquier transacción que realice con su Tarjeta
de Débito. Se exceptúan de la disposición anterior, las tarjetas de débito que inicien con los dígitos 40843XXXXXXX. En tales supuestos, EL CLIENTE
podrá hacer compras por correo electrónico, por Internet y/o por teléfono sin necesidad de estar presente físicamente. La tarjeta de débito Citi VISA,
debido a que no es una tarjeta de relieve, no podrá ser utilizada en ponchadoras, como tampoco para realizar compras de entrega a domicilio. 4. Retiro
de Fondos: Con sujeción a disponibilidad de fondos existentes en la cuenta de depósito relacionada con la tarjeta de débito, EL CLIENTE podrá hacer
uso de la misma para hacer retiros de efectivo en cajeros automáticos de la red VISA y PLUS y/o en puntos de servicios (POS) en los comercios. 5.
Consultas de cuenta de Depósito Bancario: Los tarjeta-habientes adicionales de EL CLIENTE no podrán hacer consultas sobre la cuenta bancaria
vinculada a la tarjeta de débito. Se excepcionan de la disposición anterior, los tarjeta-habientes que sean co-titulares de la cuenta bancaria antes
referida, sean cuantas mancomunadas o indistintas. 8. Disponibilidad de fondos La expedición y entrega de la tarjeta de débito no implicará apertura
de crédito por parte de EL BANCO; en consecuencia, la tarjeta de débito solo permitirá a EL CLIENTE la disposición de los saldos que tenga
depositados en la cuenta bancaria relacionada a su tarjeta de débito, debiendo mantener el saldo mínimo establecido en el Reglamento
correspondiente para el tipo de cuenta bancaria relacionada con su tarjeta de débito. En el evento que EL CLIENTE excediere el monto disponible, EL
BANCO estará facultado para cancelar su tarjeta de débito sin ninguna responsabilidad a su cargo, debiendo EL CLIENTE restituir los fondos utilizados
en exceso y los respectivos intereses. Excepcionalmente, tratándose de cuentas corrientes, EL BANCO podrá autorizar sobregiros con cargo a dichas
cuentas por medio de tarjetas de débito. Sin embargo, para tales efectos, EL CLIENTE deberá haber hecho a EL BANCO su solicitud de crédito y
formalizado previamente el contrato de sobregiro correspondiente. 9. Fraude Electrónico: EL CLIENTE entiende y acepta que el uso de su tarjeta de
débito para realizar transacciones en los que no esté presente físicamente puede exponerle a riesgo de fraude electrónico por parte de terceros. Por lo
anterior, es advertido por EL BANCO que dichas transacciones las realizará por su cuenta y riesgo exclusivos. 10. Límites de Uso: EL BANCO limitará
el número diario de retiro de fondos por medio de cajeros automáticos (ATM). En caso que se excediere del uso diario establecido existirán cargos
para EL CLIENTE. EL BANCO informará el número de veces que la tarjeta de débito puede ser utilizada diariamente sin que genere el pago de
comisiones por medio de su página web o en cualquiera de sus sucursales. 11. Comisiones: Queda entendido que EL BANCO podrá cobrar los
siguientes cargos y comisiones: i) cargos mensuales o anuales de membresía por el uso de esta tarjeta de débito; ii) cargo por reposición de la misma;
iii) cargo por frecuencia de retiro; iv) cargo por uso de la tarjeta de débito en el extranjero. El monto de estas comisiones estará disponible en la página
web de EL BANCO o en cualquiera de sus sucursales. EL BANCO queda facultado para debitar de la cuenta de depósito relacionada con la tarjeta de
débito el monto de las comisiones arriba señaladas. EL BANCO podrá establecer cargos por cualquier otro servicio asociado a las facilidades de uso de
la tarjeta de débito, los cuales se comunicarán a sus clientes con previa anticipación por medio de tablas que exhibirá en sus sucursales, página Web o
en medios de comunicación social escritos de difusión nacional. El uso posterior de la tarjeta de débito presupondrá el consentimiento de EL CLIENTE
para el cobro de las nuevas comisiones establecidas. El uso de una red de cajeros automáticos perteneciente a terceras entidades emisoras, puede
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estar sujeto al pago de una comisión determinada por las empresas propietarias de los mismos y cobradas en el momento de cada transacción. 12.
Autorización de Débitos: EL BANCO queda facultado para debitar, de la cuenta bancaria de EL CLIENTE indicada en este Reglamento, el monto de
las transacciones realizadas con la tarjeta de débito y de las comisiones, presentes o futuras, que causa el presente servicio. 13. Tipo de cambio: EL
BANCO se reserva el derecho a establecer el tipo de cambio aplicable al débito de la cuenta bancaria de EL CLIENTE, en caso que la transacción
efectuada con cargo a la tarjeta de débito hubiere sido realizada con una moneda diferente al de la cuenta a ser debitada. En tal supuesto, el tipo de
cambio aplicable será el establecido por EL BANCO para el día del efectivo débito de la cuenta. 14. Información sobre operaciones efectuadas:
Las operaciones efectuadas por medio de la Tarjeta de Débito serán reflejadas en la Libreta de Ahorro (si la hubiere), en Servicio EnLínea o en
cualquier otro medio de consulta de saldo de la cuenta relacionada a la tarjeta de débito disponible en EL BANCO. 15. Acumulación de Millas: Las
Tarjetas de Débito acumularán millas en la forma establecida por los Reglamentos de las Promociones Multipremios o bajo cualquier otra promoción
especial que, ocasionalmente, realice EL BANCO. Las Tarjetas de Débito en moneda Euro no acumulan millas. De igual forma, lo establecido en dichos
Reglamentos regirán lo relativo al canje, límites de acumulación y cualquier otro aspecto relacionados con las millas. EL CLIENTE puede consultar los
reglamentos respectivos en la página web de EL BANCO o en futuras publicaciones que se hagan de los mismos en los medios de prensa escritos de
circulación nacional. 16. Exención de Responsabilidad: EL CLIENTE entiende y acepta que EL BANCO no asumirá responsabilidad en el caso de
que éste no pueda utilizar la tarjeta de débito por defectos en los cajeros automáticos, por la falta de disponibilidad de efectivo en el momento o
cantidad requerida por EL CLIENTE, por la suspensión del servicio y en general, por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito. 17. Pérdida o robo
de la Tarjeta: En el caso de pérdida, robo, hurto o sustracción de la tarjeta de débito, EL CLIENTE deberá comunicar lo anterior a EL BANCO en forma
inmediata y cumplir con todas las medidas de prevención que se le indiquen; caso contrario, responderá ante EL BANCO y asumirá como deuda todas
las utilizaciones que se hagan con cargo a su tarjeta de débito. Una vez recibida la comunicación, EL BANCO procederá a cancelar la tarjeta. Las
transacciones no autorizadas que se realicen con anterioridad a dicha comunicación, serán de responsabilidad de EL CLIENTE. Si posteriormente, EL
CLIENTE recuperare la tarjeta de débito, deberá abstenerse de usarla puesto que ha sido cancelada. Asimismo, EL CLIENTE responderá de todos los
daños y perjuicios causados por cualquier demora en la notificación o mediante los usos indebidos que se efectúen mediante la utilización de esta
tarjeta de débito durante el tiempo que transcurra entre el extravío, robo o hurto y la debida notificación de tal circunstancia. EL BANCO se obliga a
poner a disposición de EL CLIENTE un número telefónico para el reporte de tarjetas robadas o extraviadas. Dicho servicio, estará disponible las
veinticuatro horas del día, inclusive, en días inhábiles o feriados. 18. Reclamos: EL CLIENTE acepta los plazos establecidos administrativamente por
EL BANCO para la solución de inconvenientes y reclamos que llegare a presentar el uso de su tarjeta de débito, y para la obtención de comprobantes
de ventas, específicamente para aquellos que correspondan a compras efectuadas en el exterior. 19. Enmiendas: EL BANCO podrá, en cualquier
momento, enmendar los términos y condiciones del presente Reglamento, comunicando las enmiendas a EL CLIENTE, sin perjuicio de anunciarlas en
su página web o en sus sucursales. Dicha comunicación se hará con una anticipación no inferior a quince días calendario. El uso posterior de la tarjeta
de débito, por parte de EL CLIENTE, equivaldrá a consentimiento de las enmiendas referidas. 20. Devolución de la Tarjeta de Débito: EL CLIENTE,
en cualquier momento, podrá devolver la tarjeta de débito para que sea cancelada. EL CLIENTE acepta que únicamente a partir de la devolución de su
tarjeta de débito se suspenderán los cargos de la misma, o los que se originen por disposición legal, hasta la fecha inclusive de la devolución de la
tarjeta de débito. 21. Disposiciones supletorias: La tarjeta de débito es un instrumento que presupone la existencia y operatividad de la cuenta de
depósito bancario relacionada con la misma. Por lo anterior, EL CLIENTE entiende y acepta que, de presentarse cualquier situación que afecte la
existencia, operatividad y disponibilidad de fondos de la cuenta bancaria antes referida, EL BANCO se reserva el derecho de suspender el uso de la
tarjeta de débito o, inclusive, de terminar el presente reglamento requiriendo la devolución de la(s) tarjeta(s) de débito previamente emitida(s), sin
ninguna responsabilidad a su cargo. Por la misma razón, serán aplicables supletoriamente a la Tarjeta de Débito las disposiciones contenidas en el
Reglamento de la cuenta de depósito bancario relacionada con la tarjeta de débito, particularmente las relativas a procedimientos de suspensión por
cuenta inactiva, información compartida, sigilo bancario y límite de responsabilidad. 22. Seguro de Freude, Robo y Extravío (Fre Débito) Autorizo a
Banco Citibank de Nicaragua, S.A. a debitar mensualmente de la Cuenta Bancaria relacionada a esta tarjeta, el valor de las mensualidades del seguro
seleccionado en este formato. En caso de reposición de tarjeta o cambio de plan, acepto que el débito se realice a la cuenta bancaria que indique en el
momento. En caso de que decidiere que la prima mensual sea debitada de una cuenta bancaria distinta de la señalada en este documento, me obligo
a notificar a Banco Citibank de Nicaragua. Asimismo, acepto que Banco Citibank de Nicaragua, S.A. no es responsable por la cobertura de la presente
póliza y únicamente brinda un servicio financiero a sus clientes, facilitando el financiamiento y los pagos automáticos a la compañía aseguradora ASSA,
Compañía de Seguros S.A.
Rango Asegurado
Precio/Mes
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US$ 1.25
US$ 1,001 - US$ 3,000
US$ 2.50
US$ 3,001 - US$ 5,000
US$ 3.00
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Firma del Cliente
En señal de aceptación, firmo en dos tantos de un mismo tenor probatorio.
Firma del Cliente
Firma del Funcionario del Banco
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