CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO OURO FINO

Transcripción

CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO OURO FINO
CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO
OURO FINO
Este Código fue aprobado por el Consejo de Administración de Ouro Fino en reunión realizada el 02 de Mayo de 2016.
ÍNDICE
1.
INTRODUCCIÓN, MISIÓN Y VALORES DEL GRUPO OURO FINO .................................. 3
2.
VALORES PROTEGIDOS POR EL CÓDIGO ............................................................ 4
3.
NORMAS COMPETENCIALES ........................................................................... 5
(i)
Principios Generales De Las Normas De Competencia ............................................ 5
(ii)
Competidores ............................................................................................ 6
(iii)
Conductas Independientes Ilícitas .................................................................... 7
(iv)
Conductas Con Clientes, Proveedores O Distribuidores .......................................... 7
(v)
Adquisiciones, reestructuraciones societarias y asociaciones. .................................. 8
4.
REGLAS ANTICORRUPCIÓN ............................................................................ 8
5.
COLABORADORES ..................................................................................... 10
6.
CLIENTES ............................................................................................... 10
7.
PROVEEDORES ......................................................................................... 11
8.
COMPETIDORES ....................................................................................... 11
9.
COMUNIDAD............................................................................................ 11
10.
MEDIO AMBIENTE ..................................................................................... 11
11.
COMUNICACIÓN EXTERNA ........................................................................... 12
12.
BIENES Y RECURSOS .................................................................................. 12
13.
PROPIEDAD DE LOS DOCUMENTOS ................................................................ 13
14.
REGISTROS FINANCIEROS E CONTÁBILES ......................................................... 13
15.
VIOLACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA .......................................................... 14
1.
INTRODUCCIÓN, MISIÓN Y VALORES DEL GRUPO OURO FINO
Fundado en 1987, el Grupo Ouro Fino se dedica a la producción y comercialización de productos
farmacéuticos hacia la sanidad animal y defensivos agrícolas.
Cada año Ouro Fino gaña mayor
destaque en el agro negocio brasileño.
El presente Código de Conducta («Código») tiene como propósito orientar la conducta de los
colaboradores que componen el Grupo Ouro Fino. El Código de Conducta no tiene la pretensión de ser
exhaustivo ni de sustituir las leyes, normas y otras reglas aplicables a los colaboradores y a los negocios
del Grupo Ouro Fino.
Su objetivo es garantizar que la relación entre colaboradores y clientes, proveedores, órganos y
funcionarios públicos, prensa, medio ambiente y comunidad y otros sean enmarcadas de acuerdo con
los principios éticos y morales que guían las actividades del Grupo Ouro Fino desde su fundación:
honestidad y respeto a las leyes, adoptando prácticas responsables con la sociedad y que tienen como
objetivo el bienestar de todos y la protección al medio ambiente.
La directoria de Ouro Fino, enterada del deber de asegurar el pleno cumplimiento de la legislación anti
corrupción y de la competencia, desarrolló y apoya integralmente este Código. ,
Es la responsabilidad de cada colaborador conocer y esforzarse por diseminar y cumplir este Código.
Solamente poniendo en práctica los principios y las reglas indicadas en este Código, Ouro Fino podrá
cumplir su MISIÓN Y VISIÓN, y efectivamente experimentar sus VALORES cuales sean:
MISIÓN:
•
Ofrecer al mercado las mejores soluciones agro ganaderas en calidad y valor.
VISIÓN:
•
Ser la más completa empresa brasileña de productos para el Agro negocio, comprometida
con la cualidad de vida de la humanidad y el medio ambiente.
VALORES:
•
•
•
•
Respeto.
Honestidad e integridad.
Humildad y coraje.
Compromiso con la cualidad.
•
•
•
Responsabilidad.
Claridad y precisión en la divulgación de informaciones.
Preservación y Sostenibilidad.
Atentamente,
Jardel Massari
Dolivar Coraucci Neto
Presidente del Consejo de Administración
[Presidente Ejecutivo/CEO]
* A los efectos de este Código, el término "colaborador" significa los directores, colaboradores, agentes, abogados,
representantes de ventas, distribuidores, contratistas, subcontratados y otros proveedores o compradores de bienes o servicios
de Ouro Fino.
2.
VALORES PROTEGIDOS POR EL CÓDIGO
Sin perjuicio de la Misión, Visión y Valores del Grupo Ouro Fino, como se mencionó anteriormente, los
principales valores protegidos por el presente Código son:
•
El cumplimiento de las leyes, normas y reglamentos.
•
Conducta ética y honesta en las relaciones personales y profesionales.
•
El respeto a la diversidad y el rechazo de cualquier forma de discriminación de raza,
color, credo, origen nacional, nacimiento, política, opinión, condición física, condición
social o económica.
•
Divulgación de documentos conteniendo informaciones claras, correctas, precisas y
adecuadas, siempre sujetos al deber de confidencialidad acerca de la información
confidencial del Grupo Ouro Fino.
•
Llevar en consideración, en sus actividades y negocios, los intereses de sus
colaboradores, colaboradores, clientes, proveedores, competidores, accionistas,
gobierno, comunidades vecinas de las unidades operacionales y el medio ambiente.
•
Construcción y preservación de la imagen institucional de Ouro Fino por todos los
colaboradores, trabajando juntos.
•
Responsabilidad en la utilización de los bienes integrantes del patrimonio del Grupo Ouro
Fino.
•
Compromiso con la administración del riesgo socio ambiental y la cualidad de los
productos proveídos y servicios prestados.
•
Preservación de medio ambiente y Sostenibilidad, refrenando el mal uso y la destrucción
de recursos ambientales (atmósfera, suelo, subterráneo, fauna, flora, aguas superficiales
y subterráneas).
•
Rechazo al trabajo infantil o cualquier otra forma de trabajo obligatorio por parte de
Ouro Fino, sus proveedores y clientes.
Los valores mencionados arriba deben ser preservados y practicados por todos los Colaboradores.
Pequeños pasos en falso pueden arruinar en poquísimo tiempo la buena reputación e la marca
construidas durante décadas.
Cuando hubiere dudas en cuanto a las políticas y prácticas de este Código, el colaborador debe ponerse
en contacto con su superior inmediato. Si, todavía, su duda persiste, se debe buscar un miembro del
Comité de Ética, formado por representantes de los Recursos Humanos, Auditoria Interna y legal.
Situaciones de incumplimiento de las normas y políticas de este Código deberán ser informadas por
medio del Canal de Denuncias de Ouro Fino disponible por el teléfono gratuito 0800 941 5517 y por el
correo electrónico «[email protected]». Todas las informaciones recibidas por el Canal de
Denuncias serán tratadas de manera seria y confidencial, de acuerdo al establecido en las leyes
vigentes.
Así, esté seguro que Ouro Fino controla permanentemente la aplicación de este Código y siempre
evalúa medidas para su perfeccionamiento. Así que, son realizadas revisiones periódicas de este
Código, con las adaptaciones necesarias para incrementar la prevención de los riesgos observados y
actualizar los procedimientos para perfeccionar la detección y sanción de violaciones.
3.
NORMAS COMPETENCIALES
Los colaboradores deben cumplir las normas de protección a la competencia que tienen como
principales objetivos promover el libre mercado, lograr la eficiencia y contribuir para el crecimiento y
el desarrollo económico.
La comprensión de las reglas de competencia es importante para la libre competencia, fundamental
para que Ouro Fino continúe logrando éxito en una economía competitiva en ámbito global.
Otra razón para obedecer a dichas reglas es la imposición de severas penalidades para los que
comenten infracción. No solamente la empresa (entidad jurídica), pero los directores y colaboradores
(personas físicas) que violen las normas de protección a la competencia pueden ser punidos con multas
(debidas el doble en caso de reincidencia), además de otras penalidades como:
−
−
Multas:
•
Empresas: 0,1% al 20% de la facturación en bruto en el area de actividad empresarial en
que ocurrió la infracción.
•
Administradores: 1% al 20% de la multa aplicada a la empresa.
•
Otros colaboradores y asociaciones de clase: R$ 50.000,00 (cincuenta mil reais) a R$
2.000.000.000,00 (dos billones de reais).
Otras penalidades:
•
Prohibición de celebrar contrato con instituciones financieras oficiales y participar de
licitaciones públicas por plazo no inferior a 5 años.
•
Prohibición de cotizar los tributos adeudados por el infractor.
•
Prohibición de ejercer comercio en nombre propio o como representante por cinco años.
Algunas conductas contrarias a las leyes de competencia son consideradas crimen, punibles con
pena de reclusión que puede llegar a cinco años.
(i)
Principios Generales De Las Normas De Competencia
Este Código trata de los principios generales de la legislación de competencia e indica las principales
prácticas consideradas ilícitas. Caso haya dudas, el colaborador debe ponerse en contacto con su
superior inmediato para discutir la cuestión. Si su duda persiste, se debe buscar un miembro del
Comité de Ética, formado por representantes de los Recursos Humanos, Auditoria Interna y legal.
Para cumplimiento de las normas de competencia, es imprescindible que el Grupo Ouro Fino (a) actúe con independencia en la determinación de sus estrategias (incluyendo comerciales y de
producción) así como en las decisiones acerca de precios, niveles de producción, métodos de
distribución, financiación, entre otros temas; y B- permita que sus competidores, clientes,
distribuidores y proveedores también actúen de manera independiente.
(ii)
Competidores
Son prohibidos los acuerdos con competidores para fijación de precios, división del mercado o
clientes o para cualquier decisión estratégica.
Competidor debe ser comprendido en el sentido más ancho posible, abarcando, en el caso del Grupo
Ouro Fino, cualquier empresa que actúe en la producción y en la comercialización de productos
farmacéuticos orientados a sanidad animal y de defensivos agrícolas, así como sus respectivos
colaboradores.
Ningún colaborador participará de cualquier reunión, sea formal o informal, inclusive en asociaciones
de clase, en la cual acuerdos o entendimientos con competidores estén siendo hechos, o en la cual
informaciones competitivas sensibles estén siendo cambiadas o discutidas con competidores.
Algunos temas que nunca deben ser discutidos con competidores:
•
Precios y condiciones comerciales, inclusive descuentos.
•
Estrategias de producción, de venta o de marketing del Grupo Ouro Fino o de sus otros
competidores.
•
Mark-ups y márgenes de beneficio.
•
Informaciones acerca de clientes.
•
Boicot a una empresa por sus prácticas de precio o distribución.
•
Restricciones a la competencia en general
•
Reparto de clientes o territorios.
•
Limitación/control de volumen de producción o venta.
•
Participación y estrategias en licitaciones.
Recordatorios importantes:
•
El colaborador no debe aceptar las informaciones anteriormente citadas de un
competidor.
•
El colaborador no debe proveer dichas informaciones a un competidor.
•
En caso de algún competidor transmitir al colaborador ese tipo de información, el
colaborador debe inmediatamente dejar claro que este Código y la política comercial del
Grupo Ouro Fino lo impide de recibir ese tipo de información.
•
El colaborador no debe obtener tales informaciones a partir de amenazas, cambios de
favores u otros medios, y no debe pedir a cualquier colaborador para hacerlo.
•
Caso esté autorizado a participar de alguna reunión que incluya el competidor, el
colaborador debe: (a) - examinar previamente la pauta, (b)- salir inmediatamente de la
reunión caso sean tratados temas ilegales y (c) - exigir que sea labrada una acta con el
resumo de los temas discutidos, y dar a conocer la acta al Departamento Jurídico tras la
reunión. El colaborador debe negarse a firmar actas caso en ellas sea hecha referencia a
cualquier de los temas prohibidos, sin perjuicio de dejar la reunión, en los términos ya
referidos. Cuando sea necesario abandonar la reunión el colaborador debe, siempre que
posible, hacer con que los otros participantes sepan de la razón de su actitud. El
colaborador puede decir, por ejemplo: “La discusión de precios con competidores es
contraria a la política del Grupo Ouro Fino. Solicito que se haga constar en acta que me
he retirado de la sala antes de esa discusión iniciarse”. El colaborador debe todavía
abstenerse de participar de reuniones informales o "extraoficiales" con competidores, ni
debe "bajar la guardia" simplemente por estar en un evento social o en un intervalo de
una reunión de trabajo.
•
(iii)
En sus comunicaciones y documentos escritos, el colaborador debe utilizar lenguaje
comedido y evitar el uso de expresiones que puedan, inadvertidamente, crear impresión
o interpretación errada acerca de sus actividades comerciales cuanto al incumplimiento
de las leyes competitivas.
Expresiones como "dominar el mercado" "destruir la
competencia" o similares son expresamente prohibidas.
Conductas Independientes Ilícitas
Una empresa o un individuo actuando sólo pueden también violar normas competitivas. Algunos
ejemplos:
(iv)
•
Negación de venta: negación de contratar o negación de venta en condiciones
comerciales normales de manera injustificada. Justificativas plausibles para una recusa
de venta serian, por ejemplo, cantidades adquiridas, asiduidad, regularidad, puntualidad
en el pago, número de distribuidores con contractos formales involucrando productos de
Ouro Fino, que ya actúan en una determinada región, eficiencia de la asociación con el
Grupo Ouro Fino, cualidad del equipo de venta, sanidad financiera de la empresa, stock,
etc. Si la razón para la recusa de venta es el aumento de participación de mercado o
eliminación de la competencia, la recusa será considerada ilegal.
•
Venta Subordinada: es la subordinación de la venta de un producto a la compra de otro
o a la utilización de un servicio. También puede existir por medio de descuentos
conjuntos que hagan poco interesante la compra del producto vendido separadamente.
•
Precios predatorios: predación es la fijación de precio abajo del costo con el objetivo de
eliminar la competencia y alcanzar el monopolio.
Conductas Con Clientes, Proveedores O Distribuidores
Determinadas restricciones impostas a clientes, proveedores o distribuidores pueden violar normas de
competencia. Algunos ejemplos:
•
Precio de reventa: productor fija el precio por el cual el distribuidor de sus productos
irá revenderlos o fija un precio mínimo de reventa. Los distribuidores deben tener
libertad para estipular sus propios precios y el Grupo Ouro Fino no puede determinar el
precio de reventa, pero puede hacer recomendaciones desde que dé observancia
facultativa por los distribuidores. Además, los distribuidores deben ser libres para
escoger sus clientes, no pudiendo el Grupo Ouro Fino coordinar estrategias con sus
distribuidores como, por ejemplo, "invasiones" a bases de clientes de competidores.
•
(v)
Prácticas discriminatorias: discriminación entre distribuidores o entre proveedores es
práctica anti competitiva, excepto si hay una justificativa comercial para esa
diferenciación. Entre las razones tenidas como "justificadas" están cantidades adquiridas,
histórico de puntualidad de pago, innovaciones estratégicas introducidas o sugeridas por
el distribuidor en los últimos años, calidad del equipo de venta, sanidad financiera de la
empresa, calidad de la gestión del negocio en general, número de puntos de venta
servidos, tasa de crecimiento alcanzada en los últimos años, eficiencia cuanto al envío
diario de informaciones etc. En síntesis: Ouro Fino no puede ofrecer condiciones
distintas a distribuidores que se encuentren en condición equivalente, excepto si
exista una razón objetiva, tales como las ejemplificadas arriba.
Adquisiciones, reestructuraciones societarias y asociaciones.
La realización de negocios que resultan en adquisiciones, fusiones, escisiones, joint-ventures y otras
asociaciones es parte de la realidad empresarial. Dichas operaciones pueden generar problemas de
competencia, y deben ser realizadas con la máxima diligencia.
Así que, Ouro fino se preocupa en verificar, durante la evaluación de operaciones como esas, el
histórico y situación de las empresas con quien negocia, para identificar riesgos que imposibiliten el
negocio de ser realizado.
4.
REGLAS ANTICORRUPCIÓN
Ouro Fino está comprometida a conducir sus negocios sin recurrir a la práctica de cualquier
conducta ilícita u obtención de ventajas indebidas.
Los Colaboradores de Ouro Fino:
•
No deben ser persuadidos o persuadir otros a actuar de manera sabida impropia o ilegal en
nombre del Grupo Ouro Fino.
•
No deben ofrecer o prometer cualquier pago, propina o beneficio en nombre del Grupo Ouro
Fino.
•
No deben aceptar propinas, pagos o beneficios.
•
No deben beneficiarse de informaciones del Grupo Ouro Fino, sus colaboradores y proveedores
para obtener ventajas personales, ni tampoco aprovecharse de oportunidad o prospección de
negocios que ha sido identificada por las empresas del Grupo Ouro fino para obtener beneficio.
•
No deben autorizar o incentivar cualquier asociado, distribuidor, consultor o agente de negocios
a hacer cualquier pago indebido en nombre del Grupo Ouro Fino.
•
Deben monitorear con frecuencia la conducta de los proveedores, clientes, consultores,
distribuidores, agentes de negocios o terceros relacionados a Ouro Fino, informando posibles
conductas indicadas arriba.
−
Específicamente cuanto a la relación con el Poder Público y funcionarios públicos, además de
las prohibiciones arriba, el Colaborador está prohibido de:
• Prometer, ofrecer o dar, directa o indirectamente, ventaja indebida en nombre del Grupo Ouro
Fino.
• Dar dinero, Bienes muebles o inmuebles, o cualquier otra ventaja económica en concepto de
gratificación, comisión, premio, donación, porcentaje o regalo.
• Prestar favor o ayuda de cualquier especie, sea por la posición o función ocupada, sea por la
existencia de relación personal.
• Financiar, costear, patrocinar o de cualquier manera,
ilícitos.
−
subvencionar la práctica de actos
En relación a la participación en licitaciones, los colaboradores no deben:
• Frustrar o defraudar, por cualquier medio, el carácter competitivo de la competencia.
• Impedir, perturbar o defraudar la realización de cualquier acto de la licitación, tampoco
alejar los competentes de participar en el certamen.
• Obtener ventaja indebida derivada de alteración fraudulenta en el acto convocante de la
licitación pública o en los respectivos instrumentos contractuales.
• Manipular o defraudar el equilibrio económico-financiero de los contractos celebrados con la
Administración Pública.
−
Específicamente cuanto a los competentes, proveedores, clientes y terceros que (directa
o indirectamente) puedan influenciar los negocios y beneficiar el Grupo Ouro Fino, además de
las prohibiciones arriba, el colaborador está prohibido de:
•
Solicitar o suministrar cualquier ventaja económica o patrimonial en nombre de Ouro Fino
con el objetivo de interferir en las decisiones de negocios.
•
Subvencionar cualquier actividad de ocio y entretenimiento, excepto cuando
expresamente permitido por el Código de Conducta o aprobado por el Comité de Ética
para casos en que no haya prohibición legal.
•
Aceptar cualquier favor, préstamo de dinero, bienes muebles o inmuebles, aún que para
uso personal, prestación de servicios personalizados o gratuitos (o con valor inferior al de
mercado), bien como pago de gastos para esposo(a), familiares o conocidos del
colaborador.
Las reglas arriba no impiden que los colaboradores eventualmente: (a) -paguen o acepten
pago de comidas, cuando en reunión con proveedores, clientes y terceros con quien
pretendan establecer una relación comercial, desde que el valor de tales gastos sea
razonable, a criterio del Comité de Ética; (b)- reciban regalos perecederos o artículos de
uso profesional, desde que su valor no sea superior a R$100,00 y que sean ofrecidos como
gesto de amistad, gentileza o como celebración por motivo especial; y (c) - reciban u
ofrezcan regalos promocionales o corporativos (como agendas, calendarios y otros regalos
similares) desde que no exclusivos y sin valor comercial. También no están incluidas
prohibiciones arriba o ofrecimiento de premios en eventuales campañas promocionales y
de marketing desde que realizadas en los exactos términos aprobados por la Directoria
Ejecutiva del Grupo Ouro Fino y que respeten la legislación y reglamentación aplicables.
En caso de dudas, el colaborador debe buscar el Comité de Ética para discutir la cuestión.
Caso reciba regalo que no respete la orientación arriba, inmediatamente encaminarlo a
su superior jerárquico, para devolución o donación a una institución de caridad a ser
indicada
por
el
Comité
de
Ética.
−
Específicamente cuanto a contractos incluyendo amigos o parientes de Colaboradores (padres,
esposo/esposa, hijos, hermanos, nietos, abuelos, cuñados y primos de primer grado) que estén
directamente relacionados a su área de competencia y responsabilidad, (a) - la celebración de
tales contractos (incluso del contrato de trabajo/ empleo) está condicionada a la aprobación
previa de la Directoria Ejecutiva de la respectiva área y del Comité de Ética, aprobación esa que
de manera ninguna será dada caso la contratación no sea realizada en condiciones de mercado,
(b) - el colaborador debe expresamente informar su superior jerárquico sobre la existencia de tal
vinculo de amistad o parentesco antes de la contratación y (c) - no habrá contratación de
parientes de colaboradores caso haya entre ellos relación directa o subordinación, o caso las
actividades a ser por ellos ejercidas sean interdependientes.
−
En cuanto a los contratos concluidos con los asociados de la empresa, como proveedores,
prestadores de servicios, agentes o asociados, Ouro Fino puede, de acuerdo con el cada caso,
adoptar procedimientos internos con el objetivo de identificar y prevenir riesgos.
5.
COLABORADORES
Ouro Fino da gran importancia a un ambiente de trabajo en el cual todos, independientemente del
nivel jerárquico, deben ser tratados con respeto y educación.
El colaborador no podrá usar su posición para pedir favores o servicios personales de subordinados,
ofender otros colaboradores o provocar/ involucrarse en confrontación física. Cualquier tipo de acoso
sexual o moral es estrictamente prohibido.
Las relaciones entre el Grupo Ouro Fino y sus Colaboradores deben ser siempre transparentes. Dicha
transparencia es lograda por medio de la política de comunicación interna y externa del Grupo Ouro
Fino que informa los colaboradores cuanto a los negocios y la actuación de la empresa, y también
acerca de acciones del sector de Recursos Humanos.
Ouro Fino está comprometida en garantizar un ambiente de trabajo adecuado para sus Colaboradores,
especialmente cuanto a la sanidad e integridad física. Así que es fundamental que los colaboradores
sigan las normas y procedimientos de seguridad, seguridad del trabajo y salud laboral que son
adoptadas por el Grupo Ouro Fino y previstas en la legislación vigente.
Por tratarse de una prioridad para la empresa, serán realizados entrenamientos periódicos con todos
los colaboradores de Ouro Fino, para asegurar que todos conozcan y trabajen para la diseminación y en
el cumplimiento de este Código.
6.
CLIENTES
El Grupo Ouro Fino, en cualquier procedimiento que incluya sus clientes, debe garantizar:
•
La cualidad y gestión de riesgo socio ambiental de los productos y servicios ofrecidos.
•
El correcto registro de los precios y descuentos ofrecidos.
•
Adecuadas condiciones de comercialización de acuerdo a la política establecida por el
departamento responsable.
•
Adecuado control sobre los procesos de industrialización, preservación y seguridad.
•
Acceso restricto por el cliente a cualquier información recibida de los clientes en relación
a la compra de productos y servicios.
Ver artículo “4. Normas de Competencia" para otras informaciones importantes sobre la relación
con clientes.
7.
PROVEEDORES
El Grupo Ouro Fino espera que sus proveedores respeten integralmente las reglas constituyentes en
los respectivos contractos y leyes (incluyendo el respeto a la legislación ambiental), resguardándose
la confidencialidad de las informaciones recibidas y las condiciones comerciales establecidas.
Con el fin de aclarar, orientar y favorecer la transparencia de las acciones de sus proveedores, el
Grupo Ouro Fino ofrece canales directos de comunicación por medio del Canal de Denuncias Ouro
Fino, disponible por medio del teléfono gratuito 0800 941 5517 y del e-mail
[email protected].
Ver artículo “4. Normas de Competencia" para otras informaciones importantes sobre la relación con
proveedores.
8.
COMPETIDORES
El Grupo Ouro Fino aprecia el respeto por la imagen de sus competidores. El colaborador se queda
prohibido de hacer cualquier comentario difamatorio sobre sus competidores o respectivos productos.
Ver artículo “4. Normas de Competencia " para otras informaciones importantes sobre la relación con
competidores.
9.
COMUNIDAD
El Grupo Ouro Fino invierte en el bienestar de sus colaboradores y de las comunidades en las
cuales está inserido actuando en asociación con órganos gubernamentales, grupos o programas
sociales con el fin de desarrollar tales comunidades, proporcionando oportunidades de trabajo y mayor
participación social.
Al participar de actividades con el fin de desarrollar las comunidades en las cuales están inseridos, los
colaboradores deben respetar los valores que orientan la actividad del Grupo Ouro Fino.
Excepto si aprobado por su Dirección Ejecutiva, el Grupo Ouro Fino no apoya o estimula pedidos de
donaciones de cualquier naturaleza a proveedores y/o prestadores de servicio, con fin de
suministrar recursos financieros o materiales para la realización de promociones, eventos, campañas o
acciones de carácter social a terceros.
El Grupo Ouro Fino no realiza donaciones o apoya representantes o militantes políticos, excepto en
los exactos términos de la legislación electoral vigente, y confiriendo transparencia a esas
donaciones.
10.
MEDIO AMBIENTE
Ouro Fino desarrolla sus actividades siempre de acuerdo con la legislación ambiental, estableciendo
políticas internas que reflejan sus acciones a favor de la preservación del medio ambiente. Las
políticas internas del Grupo Ouro Fino constituyen estándar de gestión que considera, de manera
integrada, las dimensiones económica, social y ambiental de sus actividades, promoviendo un futuro
económico, social y ambiental sustentable para las presentes y las futuras generaciones.
Así, el Grupo Ouro Fino tiene como base los siguientes principios:
11.
•
Actuar de acuerdo con la legislación y normas ambientales en vigor, incluyendo, entre
otros, la debida obtención de todas las licencias y certificaciones ambientales para el
ejercicio de sus actividades, la correcta disposición final de residuos y la conservación de
Áreas de Preservación Permanente («APP») y otras áreas protegidas.
•
Perfeccionar procesos e incorporar nuevas tecnologías con fin de continuamente
perfeccionar el desempeño ambiental.
•
Incentivar prácticas, acciones y programas de preservación de los recursos ambientales
(agua, ar, suelo y vegetación).
•
Identificar, evaluar, monitorear y mitigar el riesgo socio ambiental presente en las
actividades del Grupo Ouro Fino, especialmente para actividades de mayor impacto
ambiental.
•
Evaluar previamente los impactos socio ambientales de nuevas modalidades de productos y
servicios, incluso en relación al eventual riesgo de imagen y reputación.
•
Promover la educación ambiental de sus colaboradores, abarcando de manera sistémica la
sociedad.
•
Realizar la gestión integrada y global de sus residuos de manera sinérgica con los
eslabones de la cadena (proveedores, sociedad, consumidor).
•
Atender, en sus aspectos principales las más importantes normas internacionales de
certificación.
COMUNICACIÓN EXTERNA
Todo contacto profesional con cualquier órgano de prensa deberá, de manera obligatoria, ser
autorizado previamente por el Área de Comunicación del Grupo Ouro Fino.
No es permitido a ningún Colaborador, acerca de temas relacionados a Ouro Fino, dar cualquier tipo de
entrevista o consentir que se lo tomen su imagen o de su sitio de trabajo, sea en vídeo, fotografía o
cualquier otra manera de registro visual, sin autorización previa del Área de Comunicación.
12.
BIENES Y RECURSOS
Los Colaboradores son responsables por el uso y manutención y por la protección del patrimonio del
Grupo Ouro Fino, así como de sus dependencias y equipamientos.
Es responsabilidad de los gestores establecer y comunicar a sus Colaboradores las políticas y
procedimientos necesarios para la preservación adecuada de los recursos materiales y financieros del
Grupo Ouro Fino.
Los bienes y recursos de Ouro Fino no pueden ser apropiados por los colaboradores para fines de
utilización en beneficio propio o de cualquier otro interés personal o de tercero. La remoción o
utilización no autorizada de material, activo o equipamiento perteneciente al Grupo Ouro Fino es
prohibida y es pasible de sanciones.
Los recursos y equipamientos de comunicación electrónica son bienes de Ouro Fino y para su uso
exclusivo en el ámbito de la realización de actividades de interés del Grupo.
El Grupo Ouro Fino se reserva el derecho de controlar y monitorear el acceso a la Internet, correo
electrónico y todos los aplicativos de comunicación como Messenger, SKYPE, de todos los
equipamientos interconectados a su sistema de tecnología de información, en los términos de la
ley.
En ninguna hipótesis, los accesos a la internet y todos las aplicaciones de comunicación como
Messenger, SKYPE, entre otros, podrán ser usados para enviar, recibir o acceder contenidos
discriminatorios, ofensivos, de naturaleza pornográfica u obscena.
El colaborador también no podrá instalar softwares sin la aprobación del departamento de Tecnología
de la Información o que no respeten los derechos autorales y económicos de su criador.
13.
PROPIEDAD DE LOS DOCUMENTOS
Los documentos creados o utilizados por el Colaborador en el ejercicio de sus actividades (como por
ejemplo: contractos, proyectos, investigaciones de mercado, registros financieros y contables,
informes de cualquier naturaleza, planes comerciales y de marketing, y programas de gestión de las
informaciones) son de propiedad de Ouro Fino e no pueden ser utilizados fuera de la empresa o ser
divulgados a terceros, excepto cuando haya autorización expresa de la respectiva Directoria para
esto.
Todos los programas, planes y proyectos desarrollados o creados por los colaboradores durante su
tiempo de actividad en la empresa son de propiedad del Grupo Ouro Fino, conforme previsto en ley.
Es obligación de los colaboradores velar para que las informaciones de propiedad del Grupo Ouro Fino
se queden debidamente protegidas y no puedan ser accedidas por personas no autorizadas. No deje
materiales confidenciales sobre mesas, equipamientos de fax o copiadoras. Al final del expediente,
guardar los documentos en cajones o archivos. Los colaboradores deben proteger el sigilo de las señas
de acceso a los sistemas y dependencias del Grupo Ouro Fino.
14.
REGISTROS FINANCIEROS Y CONTÁBLES
Ouro Fino emplea total transparencia y honestidad cuanto a las informaciones divulgadas a sus
accionistas y a los órganos de control y fiscalización.
Para tanto, Ouro Fino adopta al largo de los años una serie de procedimientos para asegurar la
confiabilidad de los registros financieros y contables de la empresa. Además de la realización
periódica de auditorías internas, desde 2005, Ouro Fino es auditada por empresa de auditoria externa
de prestigio. El 2010, Ouro Fino pasó a seguir las normas internacionales de contabilidad (IFRS)
publicadas y revisadas por International Accounting Standards Board (IASB).
Además, desde del 2013 Ouro Fino elabora formularios de informaciones trimestrales (ITR) y en enero
del 2014 fue implantado un nuevo sistema de gestión integrado (ERP) para la Empresa, el SAP, con
objetivo a una mejor tecnología de información y mayor control en los procesos internos.
Así, es obligación de los Colaboradores seguir los procedimientos específicos y celar por la honestidad
de los registros de operaciones realizadas por la empresa, como forma de asegurar la confiabilidad de
las informaciones.
15.
VIOLACIÓN DEL CÓDIGO DE CONDUCTA
Es responsabilidad del Colaborador el conocimiento de las políticas y prácticas expresas en el presente
Código. Cualquier violación a las normas u orientaciones en ellas establecidas resultará en medidas
disciplinares apropiadas de acuerdo con la criticidad de la conducta.
Entre las medidas
disciplinares apropiadas están la advertencia, suspensión temporaria, y el despido del Colaborador
del Grupo Ouro Fino, incluso por justa causa.
Todos los colaboradores tienen el deber de informar inmediatamente cualquier violación o
sospecha de violación de este Código bajo pena de sufrir acciones disciplinares. La omisión ante de
posibles violaciones será igualmente considerada conducta anti ética y también sujetará el infractor a
sanciones.
Cuando identificada una acción irregular, Ouro Fino tomará todas las providencias apropiadas para su
inmediata interrupción.
Confidencialidad: Toda información referente a posibles violaciones éticas o actividades ilegales que
incluyan colaboradores será recibida y tratada confidencialmente. El Grupo Ouro Fino se compromete
a mantener sigilo acerca de la identidad de aquellos que informen o participen de la investigación
acerca de la violación del presente Código.
Conforme mencionado arriba, en las situaciones de duda en cuanto a las políticas y prácticas de
este Código, el colaborador debe ponerse en contacto con su superior inmediato. Si, todavía, su
duda persiste, se debe buscar un miembro del Comité de Ética, formado por representantes del área
de Recursos Humanos, Auditoria Interna y legal. Situaciones de incumplimiento de las normas y
políticas de este Código deberán ser informadas por medio del Canal de Denuncias de Ouro Fino
disponible por el teléfono gratuito 0800 941 5517.
***
ADHESIÓN AL CÓDIGO DE CONDUCTA DEL GRUPO OURO FINO
Doy fe de que he recibido una copia y he leído atentamente, he comprendido y me comprometo a
cumplir integralmente el Código de Conducta de Ouro Fino.
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Nombre:
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