misas binadas y trinadas - Arquidiócesis de San Juan

Transcripción

misas binadas y trinadas - Arquidiócesis de San Juan
MISAS BINADAS Y TRINADAS
De la Carta Circular 2 de fecha 17 de noviembre de 1983 de S.E.R Luis Cardenal Aponte Martínez, Arzobispo de San Juan
Ofrendas por la intención de la Misa
Norma: Recíbase tan sólo una ofrenda por la intención de la Misa, que ha de cumplirse en la hora y el día en que se pide sea ofrecida. Al que celebra la Misa la Iglesia le confiere el derecho, a no ser que sea su segunda o tercera Misa, de disponer de dicha ofrenda.
Comentarios al respecto
b) Las ofrendas de varias personas para que en una Misa se pida por sus intenciones no pueden considerarse lo que antes se llamaba “estipendio”.
Bajo ningún aspecto pueden considerarse como aportación u ofrenda destinada a la persona del que celebra.
c) No va contra derecho el que además de la una y única intención de la Misa, se reciban aportaciones voluntarias de los fieles. Estas aportaciones
deben ser destinadas a los fondos comunes de la parroquia.
g) A la luz del derecho general se establece que el sacerdote puede percibir, como parte de su sustento, la ofrenda correspondiente a una sola Misa
por día (cf. canon 951). Si un sacerdote celebrara otras Misas y recibiere alguna ofrenda a tal fin deberá destinarla al fin indicado por el Obispo. No
se trata de que el celebrante se desprenda de lo que se ha recibido, sino que la Iglesia le otorga, de lo que el fiel entrega a la Iglesia, una cantidad
para su sustento.
h) Adviértase que la obligación de celebrar por una determinada intención depende de aceptar la ofrenda a tal fin, sea cual sea la cuantía. El hecho
de la aceptación de la ofrenda, aunque sea inferior a lo acostumbrado, obliga en justicia, como obliga la circunstancia de tiempo y lugar aceptada con
la ofrenda.
i) Cuando se encomiende a otros la celebración de una Misa, se debe entregar INTEGRA la ofrenda que para aquella Misa se hubiera recibido (cf.
canon 955).
j) Como hemos señalado en la hoja informativa que nos han de entregar en el plazo de diez días, en todas las parroquias, iglesias o lugares piadosos
en los que se reciban ofrendas para Misas, debe existir un libro donde se anote el número de Misas, la intención, la ofrenda, el cumplimiento. Cuando
el cumplimiento se encomiende a otro, debe constar en el libro el nombre de aquél a quien se encargó y la cantidad entregada (ver canon 958).
Para cumplir con lo anterior, se ha de seguir este procedimiento:
1. Mantener un libro de Misas donde se anote el número de Misas con la fecha y hora, la intención, la ofrenda recibida, el cumplimiento de su celebración y el nombre del celebrante (cf. párrafo j, arriba).
2. Exceptuando las Misas plurintencionales o colectivas (ver procedimiento y formulario aparte), las Misas Pro populo (que cada
párroco está obligado a celebrar cada domingo o día de precepto y por las cuales el sacerdote que la celebra no puede recibir
estipendio) y las Misas concelebradas (por las cuales el sacerdote que concelebra no puede recibir estipendio), para una Misa
sólo se reciben intenciones de un único fiel que solicita que sea celebrada por sus intenciones y la separa por medio de una
ofrenda que se considera estipendio (cf. Norma, arriba).
3. Exceptuando las Misas colectivas (que admiten múltiples intenciones de diversos fieles), una vez separada una Misa y establecida la intención por la que se ofrece (incluso Pro populo), cualquier otra intención solicitada por otro fiel para ese día y hora se
podrá aceptar únicamente si la persona accede a que dicha intención se mencione sólo en la Oración de los fieles y no como
“intención de la Misa” ni camuflada junto a esta (cf. párrafo h, arriba). Si la persona no está de acuerdo con esto no se puede
aceptar ni la intención ni la ofrenda. Si la persona está de acuerdo con esto, se anota la intención adicional en el libro de Misas
junto con la ofrenda dada por el fiel, si alguna. Esta anotación se hará de manera que quede claro en el libro, de entre todas las
intenciones para una Misa particular, cual es aquella por la que se ofrece la Misa y cuales las que se incluyen como parte de la
Oración de los fieles. Igualmente claro debe quedar esto a los fieles que asisten a la Misa.
4. El estipendio de la primera Misa celebrada por un sacerdote en un día en adición a la Pro populo le corresponde íntegramente
al sacerdote celebrante, esté adscrito a la parroquia o no (cf. párrafo i, arriba). Si la Misa es colectiva le corresponden $5.00, que
es lo estipulado actualmente en la Arquidiócesis de San Juan como estipendio de Misa (ver procedimiento y formulario aparte).
5. El estipendio de las Misas binadas y trinadas (de aquellas celebradas por un sacerdote en un día en adición a la primera y la
Pro populo) se envían al Arzobispado de San Juan mensualmente junto con el informe provisto al dorso, el cual se llena a base
de la información anotada en el libro de Misas. Si la Misa es colectiva se envía como estipendio de la Misa binada o trinada lo
establecido en la diócesis como estipendio de Misa (que actualmente son $5.00) y, además, se reporta la Misa en el informe de
Misas colectivas, siguiendo las instrucciones dadas en dicho formulario. Los párrocos y vicarios, al igual que los sacerdotes no
adscritos a una parroquia llenarán mensualmente el informe de Misas binadas y trinadas y lo enviarán al Arzobispado de San
Juan junto con el correspondiente importe. Si la Misa binada o trinada se ofreció «A intención del Ordinario» la misma se informa
pero no se envía estipendio. Si se ofreció «A intención particular de los fieles» se envía íntegro el estipendio recibido del fiel o lo
establecido en la diócesis como estipendio de Misa (que actualmente son $5.00), lo que sea mayor, tomándose lo que sea necesario del Fondo Común de la parroquia, bajo el concepto «Funciones parroquiales-Misas» (cf. párrafo g, arriba).
6. Las ofrendas recibidas por intenciones mencionadas en la Oración de los fieles son ingreso del Fondo Común de la parroquia,
y deben contabilizarse bajo el concepto «Funciones parroquiales-Misas» (cf. párrafos b y c, arriba).
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INFORME DE MISAS BINADAS Y TRINADAS
Para el mes de _________________
DEBE PRESENTARSE A LA VICARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS DENTRO DE LOS 10 DÍAS SIGUIENTES AL FIN DEL MES QUE SE REPORTA.
Nombre del sacerdote (en letra de molde) ________________________________________________________
Parroquia o institución (si aplica) (en letra de molde) _______________________________________________
Ciudad __________________________________
Ofrecidas
«A intención del Ordinario»
Día del
mes
Número de identificación en Arzobispado _________
Ofrecidas «A intención particular de los fieles»
Día del
mes
Hora
1
1
2
2
3
3
4
4
5
5
6
6
7
7
8
8
9
9
10
10
11
11
12
12
13
13
14
14
15
15
16
16
17
17
18
18
19
19
20
20
Número de Misas:
Número de Misas:
Hora
Misa colectiva
(si = )
Importe total:
Firma del sacerdote ________________________________________
Estipendio
$
Fecha _____________________
Formulario VAE-019 Rev. 2006-08

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