informe de comisión de constitución del senado 01 de julio del 2014

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informe de comisión de constitución del senado 01 de julio del 2014
INFORME DE COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN DEL SENADO 01 DE JULIO DEL 2014
Senadores asistentes: Harboe, Araya, De Urresti y Larraín.
Se aprobó en particular el proyecto de reforma constitucional iniciada en moción que establece la
obligación de las autoridades del Congreso Nacional de rendir una cuenta pública anual, primer trámite
constitucional, segundo informe. Boletín Nº 8624-07. Proyecto de reforma constitucional pasa a Sala.
Asistió el Secretario General del Senado, quien afirmó que se está trabajando para establecer una
plataforma virtual donde cada Senador tenga su página y cuente con la siguiente información:
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Asistencia a sesiones de Sala y Comisiones.
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Votaciones en proyectos de ley.
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Proyectos de ley presentados.
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Proyectos de acuerdos presentados.
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Mociones declaradas inadmisibles.
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Indicaciones presentadas.
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Intervenciones en Sala.
El Senador Hernán Larraín celebró la entrega de esta información, ya que el objetivo de la norma es
reglamentar el sentido de la cuenta pública, que debe ser el presentar lo realizado de manera clara y
concreta.
El Senador De Urresti insistió que estas cuentas deben hacerse con un parámetro uniforme, ya que los
medios de comunicación realizan una constante medición de la actividad parlamentaria, pero sólo
enfocado en la asistencia e intervenciones, siendo que el trabajo legislativo es infinitamente más
complejo. Propuso que las corporaciones deban hacer un informe objetivo, con los datos que el
Secretario señaló que estarán en la página, y en base a esa información cada congresista agregue
información de su trabajo territorial.
El Senador Harboe sostuvo que debería quedar explícito el mes en que los congresistas realizarán sus
cuentas anuales.
Para mejorar la técnica legislativa, la Secretaría de la Comisión sugirió que la norma de reforma
constitucional sea lo más simple posible y que todos los detalles conversados queden explicitados en el
Reglamento de cada Cámara. Por tanto, el proyecto se aprobó en los siguientes términos:
“Artículo 1°: Agrégase el siguiente artículo 56 bis, nuevo, a la Constitución Política de la República:
“Artículo 56 bis: El 4 de julio de cada año, el Presidente del Senado y el Presidente de la Cámara de
Diputados darán cuenta pública al país, en sesión del Congreso Pleno, de las actividades realizadas por
las Corporaciones que presiden.
El Reglamento del Congreso Nacional determinará el contenido de dicha cuenta y regulará la forma de
cumplir esta obligación.”.
PROMOVER PRÁCTICAS DE TRANSPARENCIA Y PROBIDAD EN INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS DE LA SOCIEDAD CHILENA
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“Artículo 2°: Incorpórase el siguiente artículo 62 bis, nuevo, a la Constitución Política de la República:
“Artículo 62 bis: Los diputados y senadores darán cuenta pública anual de las labores realizadas en el
ejercicio de sus funciones, de conformidad al reglamento de cada Cámara, en alguna de las comunas que
componen la circunscripción o distrito que representan.”.
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