Condenados los administradores de una empresa por la muerte de

Transcripción

Condenados los administradores de una empresa por la muerte de
Condenados los administradores de una empresa
por la muerte de un trabajador sin contrato ni alta
en la Seguridad Social
El Juzgado de lo Penal número 1 de Almería ha condenado a sendas penas de seis meses de
prisión a dos administradores de una empresa de maquinaria por la muerte de un trabajador
en 2011, quien se encontraba limpiando una carretilla que permanecía elevada cuando ésta
cayó sobre él.
Los procesados, S.C.M. y A.C.A., que mostraron conformidad durante el juicio, han sido
condenados como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores en relación con
otro delito de homicidio imprudente, a seis meses de prisión e inhabilitación especial para el
ejercicio de la profesión de empresario durante un año y medio, según indica la sentencia,
consultada por Efe.
Los hechos se remontan al 14 de septiembre de 2011, cuando Iván D.N., de 31 años y
nacionalidad búlgara, realizaba funciones de limpieza en un centro de trabajo de la mercantil,
en el polígono industrial de Partaloa.
El hombre, que no tenía contrato de trabajo y no estaba dado de alta en la Seguridad Social,
limpiaba una carretilla que se encontraba elevada junto a un arcón congelador, cuando "ante
la deficiente colocación de esta", cayó sobre el trabajador, ocasionándole así la muerte "por el
aplastamiento torácico surgido".
La sentencia subraya que la causa del accidente se debió a que los procesados,
administradores de derecho de la mercantil, "no adoptaron las medidas de seguridad
necesarias que hubieran evitado el accidente", como la formación adecuada del trabajador,
"que no había recibido ninguna formación". Recalca a su vez la "inadecuada manera de elevar
la carretilla y suspenderla, considerando que estaba sin ruedas y puntos de fijación seguros".
El juez considera que en este caso concurre la atenuante muy cualificada de reparación del
daño como circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal. Asimismo absuelve a una
tercera persona, F.C. quien también fue acusada de un delito contra los derechos de los
trabajadores.
Fuente: El Almería
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