boletín informativo prl 3/2011

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BOLETÍN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD
Boletín
Número 3
Junio de 2011
Las Fichas de Datos de Seguridad (FDS) de las sustancias y productos, al igual que el
Etiquetado, dan información de los riesgos y las medidas de seguridad que debemos
emplear en el uso de cada producto, sustancia o mezcla, pero, en este formato se dispondrá
información mucho más detallada y ampliada.
Una ficha de datos de seguridad es un documento que incluye información efectiva y suficiente de
la peligrosidad del producto en cuestión, para la salud, la seguridad y el medio ambiente.
La información sobre la peligrosidad de los
productos químicos, ya sean sustancias o
preparados (mezcla de dos o más sustancias), es
imprescindible para conocer el riesgo que su
manipulación presenta y en consecuencia saber
adoptar los métodos de trabajo adecuados para la
protección de la salud y el medio ambiente, y
aprender a gestionar los riesgos debidos a la
presencia de agentes químicos en los puestos de
trabajo.
Las fichas de datos de seguridad de los productos
químicos constituyen una herramienta fundamental que aporta información no solamente sobre la
peligrosidad de los productos sino sobre aspectos tales como la gestión de residuos, primeros
auxilios o datos fisicoquímicos de gran ayuda en la manipulación de los mismos.
En base al Reglamento 1272/2008 de clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y
mezclas, las fichas de datos de seguridad al igual que el etiquetado de los productos deben
ser actualizadas según requisitos de CLP (de aplicación obligatoria a las sustancias a partir
del 1 de diciembre de 2010, y a las mezclas a partir del 1 de junio de 2015, con las
excepciones previstas)
¿Qué contiene una ficha de datos de seguridad?
La normativa no especifica un formato estándar obligatorio para la ficha de datos de seguridad, ya
sea de un preparado o de una sustancia peligrosa, pero sí establece un tipo de información que
debe ser incluida en la misma de forma obligatoria y que se recoge a continuación:
1. Identificación de la sustancia o la mezcla y de la sociedad o la empresa.
2. Identificación de los peligros.
3. Composición/ Información sobre los componentes.
4. Primeros auxilios.
5. Medidas de lucha contra incendios.
6. Medidas en caso de liberación accidental.
7. Manipulación y almacenamiento.
8. Control de exposición/protección individual.
9. Propiedades físicas y químicas.
10. Estabilidad y reactividad.
11. Informaciones toxicológicas.
12. Informaciones ecológicas.
13. Consideraciones relativas a la eliminación.
14. Informaciones relativas al transporte.
15. Informaciones reglamentarias.
16. Otras informaciones.
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FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD
Boletín
Número 3
Junio de 2011
1. Identificación de la sustancia o la mezcla y de la sociedad o la empresa
Debe aparecer la denominación empleada para la identificación del producto
(nombre comercial, código del producto). Si la sustancia o mezcla está sometida a
registro, deberá indicarse además el número de registro. Esta información, deberá
ser idéntica a la que figura en la etiqueta del producto comprado.
También debe aparecer:
- Usos de la sustancia o de la mezcla pertinente y usos desaconsejados.
- La identificación de la sociedad o empresa: Identificación del responsable de
la comercialización establecido, ya sea el fabricante, el importador o el
distribuidor.
- Dirección completa, número de teléfono y dirección electrónica de este responsable.
- Teléfono de urgencias.
2. Identificación de peligros
Se indican de forma clara y brevemente los peligros principales, especialmente los peligros
esenciales que presenta la sustancia o la mezcla para el hombre y el medio ambiente, así como su
clasificación.
3. Composición/información sobre los componentes
Esta información debe permitirle identificar sin dificultad los peligros que presentan los diferentes
componentes que lleva la mezcla. Además, deberán indicarse todas las sustancias peligrosas que
lo compongan, añadiendo la siguiente información:
- Nombre
- Números de identificación (CAS, CE)
- Concentración (%) en el preparado
- Clasificación (Frases H)
- Pictogramas de peligro
- Si la sustancia es tóxica, persistente y bioacumulativa (PBT) o si tiene límite comunitario de
exposición en el lugar
- Número de registro
4. Primeros auxilios
En este apartado se describen los primeros auxilios y recomendaciones
generales, así como de si se precisa o no de atención médica o de algún
tratamiento especial inmediato.
La información sobre primeros auxilios será breve y fácil de entender por el
accidentado, los allí presentes y los socorristas. Se describirá brevemente los
síntomas y los efectos que se sufrirán, instrucciones de lo que se ha de hacer
sobre el terreno en caso de accidente y si son previsibles efectos retardados tras
una exposición.
Si fuera necesario se indicarán las explicaciones según las distintas vías de
exposición, es decir, inhalación, contacto con la piel, con los ojos e ingestión.
5. Medidas de lucha contra incendios
En este punto se recogen las normas de lucha contra un incendio provocado por el producto y
originado en sus proximidades haciendo referencia a los medios de extinción adecuados, los
medios de extinción que no deben utilizarse por razones de seguridad, los riesgos especiales
particulares que resulten de la exposición al producto en cuestión, a los productos de combustión o
gases producidos y el equipo de protección especial para el personal de lucha contra incendios.
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6. Medidas a tomar en caso de vertido accidental
Según cuál sea la sustancia o el preparado de que se trate, se informará sobre:
• Precauciones individuales: Si se necesita alejamiento de las fuentes de
inflamación, si es necesario especial ventilación/protección respiratoria, si
es necesario evitar contacto con la piel los ojos, etc…
• Precauciones para la protección del medio ambiente: Se indicarán si
puede provocar contaminación de desagües, aguas superficiales y
subterráneas así como del suelo; eventual alerta al vecindario.
• Métodos de limpieza: Si es necesario el uso de materiales absorbentes por ejemplo:
arena, tierra de diatomeas, aglomerante universal, etc., eliminación de los gases/humos
con protección de agua, dilución. Se suele utilizar siempre indicaciones tipo: no utilice
nunca..., neutralice con...
7. Manipulación y almacenamiento
• Manipulación: En este punto se hará referencia a las precauciones a tomar para
garantizar una manipulación sin peligro incluyendo medidas de orden técnico tales como la
ventilación necesaria, las medidas que impidan la creación de partículas en suspensión y
polvo, las medidas necesarias para prevenir incendios y cualquier otra exigencia o norma
específica relativa a la sustancia o el preparado (por ejemplo, equipo y procedimientos de
empleo recomendados o prohibidos) proporcionando si es preciso una breve descripción.
• Almacenamiento: En este punto se hace referencia a las condiciones necesarias para un
almacenamiento seguro, si es necesario un diseño especial de locales o depósitos de
almacenamiento con características especiales de paredes de protección y ventilación,
materias incompatibles, condiciones de almacenamiento (temperatura y límite intervalo de
humedad, luz, gases inertes, etc.). Equipo eléctrico especial y prevención de la
acumulación de la electricidad estática. Tipo de material utilizado en el envase contenedor
de la sustancia o preparado y si fuera necesario, se indicarán las cantidades límites que
pueden almacenarse.
8. Controles de exposición/protección personal
Este punto es de especial importancia porque en es donde se hace mención a
si es necesaria la utilización o no de equipos de protección individual en la
manipulación del producto.
Ya que se debe en primer lugar adoptar medidas de orden técnico antes de
recurrir a los equipos de protección personal, conviene en primer lugar atender
si aparece información sobre la concepción del sistema, por ejemplo, recintos
de confinamiento.
También aparecerá aquí indicado todo parámetro específico de control con su
referencia, como valores límite o normas biológicas y proveerá información
sobre los procedimientos de vigilancia recomendados e indicará la referencia.
La información que aparece en este apartado es complementaria de la
proporcionada en el anterior punto 7.
En los casos en los que la protección personal sea necesaria, especificará el tipo de
equipo que proporcione una protección adecuada y cuando proceda se hará referencia a
las normas CEN pertinentes:
• Protección respiratoria: Si se trata de gases, vapores o polvos peligrosos se indicará el
equipo de protección apropiado, como aparatos respiratorios autónomos, máscaras y
filtros adecuados.
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• Protección de las manos: Si fuera necesario el uso de estos equipos, especificará el tipo
de guantes que deben usarse para la manipulación de la sustancia o del preparado. Si se
precisara, también vendrá indicado otras medidas complementarias de protección de las
manos y de la piel.
• Protección de los ojos: Especificará el tipo de protección ocular que se necesita: gafas
de seguridad, gafas protectoras, pantalla, etc.
• Protección cutánea: Si se trata de proteger una parte del cuerpo distinta de las manos,
especificará el tipo de equipo de protección que se necesita: mono, delantal, botas. Si es
preciso, indicará también las medidas de higiene particulares.
9. Propiedades físicas y químicas
Este epígrafe debe contener información de la sustancia o del preparado, tal como el aspecto que
presenta, olor, color, PH, densidad, punto de ebullición, punto de inflamación, solubilidad, etc.
10. Estabilidad y reactividad
Aquí se indica la estabilidad del producto y la posibilidad de sufrir reacciones peligrosas bajo
ciertas condiciones. Se hará mención a las condiciones y materias que deben evitarse y los
productos de descomposición peligrosos que pueden generar.
11. Información toxicológica
En este apartado se recoge de forma concisa, completa y comprensible, los
diferentes efectos tóxicos que se pueden observar cuando el usuario entra en
contacto con el producto.
Si procede, aparecerán incluidos los efectos peligrosos para la salud debidos a una
exposición a la sustancia o el preparado, tanto sí estos efectos están basados en
casos reales como en conclusiones de experimentos científicos. Incluirá también
información sobre las diferentes vías de exposición (inhalación, ingestión, contacto
con la piel y los ojos), y describirán los síntomas relacionados con las propiedades
físicas, químicas y toxicológicas. Indicarán además los efectos retardados e
inmediatos conocidos así como los efectos crónicos producidos por una exposición a
corto y largo plazo: por ejemplo, sensibilización, efectos carcinógenos, mutagénicos, la toxicidad
para la reproducción, efectos teratogénicos, y la narcosis.
12. Informaciones ecológicas
Recoge los efectos, comportamiento y destino final debidos a la naturaleza
de la sustancia o el preparado y sus usos previsibles. Facilita información del
mismo tipo acerca de los productos peligrosos resultantes de la degradación
de sustancias y preparados.
También facilita información ambiental pertinente en otras secciones de la
ficha de datos de seguridad, en particular, asesoramiento sobre el vertido
controlado, medidas en caso de vertido accidental y consideraciones sobre
la eliminación en los anteriores puntos explicados 6, 7, 13 y 15.
13. Consideraciones sobre la eliminación
Si la eliminación de la sustancia o el preparado (excedentes o residuos resultantes de su
utilización previsible) presentan un peligro, aparecerá aquí una descripción de estos residuos así
como información sobre la manera de manipularlos sin peligro. Indicará los métodos apropiados
de eliminación del producto en cuestión como de los envases contaminados que lo contiene
(incineración, reciclado, vertido controlado, etc.).
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14. Información relativa al transporte
Indicará todas las precauciones especiales que se han de conocer y tener en
cuenta para el transporte dentro y fuera de las instalaciones.
A modo de información complementaria, podrá también facilitar datos relativos al
transporte y envasado de mercancías peligrosas de conformidad con la
recomendación de las Naciones Unidas y otros acuerdos internacionales.
15. Información reglamentaria
Dará la información que figura en la etiqueta con arreglo a las directivas relativas a la
clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos.
Si la sustancia o el preparado a que se refiere la ficha de seguridad ha sido objeto de
disposiciones particulares en materia de protección del hombre y el medio ambiente en el ámbito
comunitario (por ejemplo, limitación de empleo, limitación de comercialización, valores límites de
exposición en el lugar de trabajo), éstas se citarán en la medida de lo posible.
También aparecerá recogido la existencia de leyes nacionales que aplican dichas disposiciones
y se recuerda que se deben cumplir cualquier otra disposición nacional de aplicación.
16. Otras informaciones
Indicará toda información que pueda ser importante para la seguridad y la salud, así
como para la protección del medio ambiente, por ejemplo: Fecha de emisión de la
ficha, consejos relativos a la formación, usos recomendados y restricciones,
referencias escritas, fuentes de los principales datos, punto de contacto técnico, etc.
Obligaciones del empresario
Al ser la principal fuente de información que tiene el empresario para averiguar las propiedades
peligrosas de los productos y agentes, con objeto de realizar la evaluación de los riesgos
derivados de su utilización, es importante que se disponga de las fichas de datos de seguridad
de cada uno de los productos que se utilizan en las tareas laborales de la empresa.
Ya que los trabajadores tienen el derecho a tener copia de las fichas de datos de seguridad de
los productos que manipulan en la jornada laboral, habrá que facilitárselas a ellos directamente o
a sus representantes, en la forma adecuada, y teniendo en cuenta su volumen y complejidad,
información sobre los agentes químicos peligrosos presentes en el lugar de trabajo, tales como
su denominación, los riesgos para la seguridad y la salud, los valores límite de exposición
profesional y otros requisitos legales que les sean de aplicación.
¿Cómo conseguir las fichas de datos de seguridad?
De acuerdo con la normativa sobre comercialización de productos químicos
peligrosos, el responsable de la comercialización de un agente químico debe
emitir la correspondiente ficha de seguridad.
El fabricante, el importador o proveedor de los productos químicos debe
obligatoriamente entregar a la empresa usuaria las fichas de datos de
seguridad en el momento de la primera entrega de los productos e incluso
antes (y siempre que la empresa lo solicite), para que pueda tomar las
medidas necesarias encaminadas a prevenir posibles riesgos en su utilización.
La entrega de las fichas por parte del distribuidor pueden ser sobre papel o en forma electrónica
y debe hacer participe al destinatario de cualquier nueva información pertinente sobre el
producto.
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