DOCUMENTACION A PRESENTAR: PROCEDIMIENTO

Transcripción

DOCUMENTACION A PRESENTAR: PROCEDIMIENTO
LPS
Ley N° 25.922
Instructivo para cumplimiento de lo dispuesto por Resolución 177/2010 respecto
del pago para la realización de las tareas de auditoría.
DOCUMENTACION A PRESENTAR:
I.
Comprobante de transferencia bancaria firmado por el representante legal de la empresa.
II. Formulario “Comprobante de pago por Verificación y Control”. Tiene carácter de
declaración jurada y debe estar firmado por el representante legal de la empresa
III. F. 931 junto con el “Borrador de la Declaración Jurada” y comprobante de pago firmados por el
representante legal de la empresa.
IV. DDJJ del Impuesto a las Ganancias F. 713 junto con el comprobante de pago firmado por
el representante legal de la empresa
PROCEDIMIENTO
Las empresas inscriptas en el Régimen de Promoción de la Industria de Software y Servicios
Informáticos deberán generar un usuario en el Sistema Unificado de Registro de Empresas de la
Secretaría de Industria y Comercio (S.U.R.), en caso de no estar registrada.
Podrán acceder desde la siguiente dirección: http://sistemas.indcompyme.gov.ar/sur/registro.
En ese link aparecerá el Formulario de Registro que deberán completar. A su vez, en la parte inferior
de la página se encuentra una ayuda sobre aquellos campos que requieren una mayor atención por
parte del usuario. Al finalizar la carga de todos los campos obligatorios deberá hacer clic en “Enviar”.
Luego, la empresa recibirá el siguiente e-mail en la casilla declarada:
“Se ha completado la etapa de carga de datos generales de la Empresa con CUIT xx-xxxxxxx-x A
fin de continuar con la carga de datos para la inscripción a los diversos programas de la
SECRETARIA DE INDUSTRIA y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se deberá ingresar a
http://sistemas.indcompyme.gov.ar y completar los datos requeridos para luego hacer la impresión
correspondiente para presentar la misma ante la mencionada Secretaría conjuntamente con la
documentación requerida por la normativa vigente.
A tal punto le informamos que su datos para acceder son los siguientes:
Código Identificatorio:
Tipo y Número de Documento:
Contraseña:
Por favor acceda a http://sistemas.indcompyme.gov.ar
ACCESO AL SISTEMA
Al ingresar los datos recibidos en el mail, podrá acceder al módulo de carga de la información referida
al cumplimiento de la Resolución N° 177 del Ministerio de Industria.
En dicho módulo deberán ingresar en LPS / Ingresar Declaraciones Juradas y cargar el formulario
“Comprobante de pago por Verificación y Control”, para cada uno de los períodos informados,
del cual surgirá el monto a abonar por el 7% de los beneficios otorgados por los artículos 8° y 9° de
la Ley 25.922. A su vez, deberán adjuntar el comprobante de la transferencia bancaria. El importe
que surge del formulario debe ser coincidente con el monto de la transferencia bancaria.
Luego se deberá realizar una transferencia bancaria al número de CBU 01105995-20000053479367
de la cuenta dispuesta por la Delegación II de la Dirección General de Administración de la
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL
Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, destacada en la sede
de la SECRETARIA DE INDUSTRIA y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, cuyo CUIT es: 3071081745-2, con el pago por el 7% del beneficio otorgado en concepto de lo dispuesto por el Artículo
8° de la Ley N° 25.922 durante el presente año, dicho monto no incluye el costo de la comisión
bancaria. Contará con 5 (CINCO) días corridos a partir del vencimiento del pago del Régimen Nacional
de la Seguridad Social por el período devengado, para presentar ante la
Secretaría de Industria y Comercio el comprobante de transferencia junto con el
Formulario “Comprobante de pago por Verificación y Control” y los F. 931 y los borradores de
la Declaración Jurada de los meses correspondientes.
Los mismos pueden ser impresos desde el sistema LPS / Ver e Imprimir Declaraciones Juradas.
Posteriormente, deberá abonar en forma mensual el 7 % del beneficio otorgado en concepto de lo
dispuesto por el Artículo 8° de la Ley N° 25.922, dicho monto no incluye el costo de la comisión
bancaria. Contará con 5 (CINCO) días corridos a partir del vencimiento del pago del Régimen Nacional
de la Seguridad Social por el período devengado correspondiente, para presentar ante la Secretaría
de Industria y Comercio el comprobante de transferencia junto con el Formulario “Comprobante
de pago por Verificación y Control”, el F. 931 y el borrador de la Declaración Jurada del período
correspondiente.
Asimismo, deberá ingresar en forma anual el 7 % del beneficio otorgado en concepto de lo dispuesto
por el Artículo 9° de la Ley N° 25.922, dicho monto no incluye el costo de la comisión bancaria.
Contará con 5 (CINCO) días corridos a partir del vencimiento del pago del Impuesto a las Ganancias
para presentar ante la Secretaría de Industria y Comercio el comprobante de transferencia junto con
el F. 713 del Impuesto a las Ganancias del período correspondiente.
IMPORTANTE
En caso de rectificarse una Declaración Jurada que modifique el monto de los beneficios recibidos,
deberá presentar nuevamente el Formulario “Comprobante de pago por Verificación y Control”
en el cual deberá ingresar los datos de la nueva DDJJ con el comprobante de transferencia y la
documentación respaldatoria respectiva, pero deberá abonar solamente la diferencia que pueda
surgir en el pago del 7% estipulado por la Resolución 177/10 del ex Ministerio de Industria y Turismo,
dicho monto no incluye el costo de la comisión bancaria.
FORMULARIO
“Comprobante de Pago por Verificación y Control”
En el punto referente a las contribuciones patronales promovidas deberá:
1. Indicar tipo de Declaración, ya sea Original o Rectificada Nº XX
2. Deberán ingresar el monto del bono de crédito fiscal otorgado por la AFIP para el mes
declarado.
3. Ingresar el importe de pago de la transferencia bancaria.
4. Indicar el mes correspondiente al período devengado por el que se informa el pago.
5. Indicar la fecha de vencimiento para el ingreso del pago ante la AFIP (Administración Federal
de Ingresos Públicos) según lo determine su número de CUIT.
En el punto referente al Impuesto a las Ganancias deberá:
1. Indicar tipo de Declaración, ya sea Original o Rectificada Nº XX
2. Deberán ingresar el monto de desgravación del 60 % sobre el impuesto determinado que
surge de las actividades promovidas.
3. Indicar el año correspondiente al período devengado por el que se informa el pago.
4. Indicar el mes de cierre de ejercicio de la empresa.
5. Indicar la fecha de vencimiento para el ingreso del pago del Impuesto a las Ganancias ante
la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos).

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