Sumario - Actualidad Impositiva
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Sumario - Actualidad Impositiva
Primera Sección Buenos Aires, viernes 20 de diciembre de 2013 Año CXXI Número 32.790 Precio $ 4,00 Sumario DECRETOS Pág. DECRETOS #I4511556I# PERSONAL MILITAR Decreto 2237/2013 Ejército. Promociones.................................................................................................................. Decreto 2238/2013 Armada. Promociones.................................................................................................................. PERSONAL MILITAR 1 Decreto 2237/2013 Ejército. Promociones. 3 Bs. As., 19/12/2013 Decreto 2239/2013 Fuerza Aérea. Promociones.......................................................................................................... 4 ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Decreto 2250/2013 Decreto 357/2002. Modificación.................................................................................................. 4 Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Decreto 2244/2013 Acéptase renuncia presentada al cargo de Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias........................................................................................................................ 5 Decreto 2245/2013 Desígnase Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias............................................. 5 Decreto 2246/2013 Desígnase Vicesuperintendente de Entidades Financieras y Cambiarias....................................... 5 Artículo 1° — Promuévese al grado inmediato superior al Personal Militar del EJERCITO que se detalla a continuación: GENERAL DE DIVISION - Al 26 de junio de 2013 D. César Santos Gerardo del Corazón de Jesús MILANI JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2201/2013 Desígnase la Directora Nacional Alterna del Proyecto de Modernización del Estado...................... 5 MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decreto 2211/2013 Designación en la Unidad Ministro............................................................................................... 6 D.N.I. Nº 11.114.169 GENERALES DE BRIGADA - Al 26 de junio de 2013 D. Luis María CARENA MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 2248/2013 Promociones................................................................................................................................ 6 Decreto 2247/2013 Promociones................................................................................................................................ 6 Decreto 2249/2013 Promociones................................................................................................................................ 6 D.N.I. Nº 13.031.574 - Al 31 de diciembre de 2013 D. Victorio Ramón PAOLI VGM D. Ricardo Luis CUNDOM D. Rubén Oscar FERRARI D. Claudio Sergio MONTERO D.N.I. Nº 11.840.657 D.N.I. Nº 12.150.750 D.N.I. Nº 12.179.685 D.N.I. Nº 12.150.717 CORONELES - Al 31 de diciembre de 2012 CUERPO PROFESIONAL - SANIDAD MEDICINA Decreto 2251/2013 Desígnase el Secretario de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los Espacios Marítimos Circundantes en el Atlántico Sur...................................................... 7 Decreto 2252/2013 Desígnase el Subsecretario de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los Espacios Marítimos Circundantes en el Atlántico Sur........................................ 7 Decreto 2253/2013 Desígnase el Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales.................................. 7 Decreto 2254/2013 Desígnase el Subsecretario de Integración Económica Latinoamericana y Mercosur..................... 7 Decreto 2255/2013 Desígnase el Subsecretario de Desarrollo de Inversiones y Promoción Comercial......................... 7 Continúa en página 2 VISTO y CONSIDERANDO lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, el Acuerdo prestado por el HONORABLE SENADO DE LA NACION, lo dispuesto por los artículos 45 y 49 de la Ley Nº 19.101 para el Personal Militar y en uso de las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 13 de la CONSTITUCION NACIONAL. D. Clemente Horacio MAGALLANES PRESIDENCIA DE LA NACION SecretarIa Legal y TEcnica Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial DR. Jorge Eduardo FeijoÓ Director Nacional D.N.I. Nº 11.214.519 www.boletinoficial.gob.ar e-mail: [email protected] Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 4.995.241 Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218–8400 y líneas rotativas Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 DECISIONES ADMINISTRATIVAS ASUETO Decisión Administrativa 85/2013 Otórgase asueto al personal de la Administración Pública Nacional.............................................. PRESUPUESTO Decisión Administrativa 77/2013 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.................................................................................................................................................. Decisión Administrativa 78/2013 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.................................................................................................................................................. Decisión Administrativa 81/2013 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.................................................................................................................................................. SALUD PUBLICA Decisión Administrativa 80/2013 Apruébase el cambio de tecnología a utilizar en la producción privada de antígenos para la vacuna contra la gripe estacional y pandémica................................................................................ MINISTERIO DE DEFENSA Decisión Administrativa 50/2013 Apruébase y Adjudícase Licitación Pública Internacional Nº 53/2013. . ........................................ JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 51/2013 Dase por aprobada contratación en la Dirección de Asuntos Contenciosos................................... Pág. 8 VGM D. Alberto Luciano Mario CORVALAN D. Federico SIDDERS D. Mariano Antonio Arturo CUEVILLAS D. Edgardo Aldo SERAFIN D. Julio Néstor JUNCO VGM D. Juan Adrián CAMPITELLI D. Angel Ramón DELBON BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 D.N.I. Nº 13.839.455 D.N.I. Nº 13.081.162 D.N.I. Nº 13.213.259 D.N.I. Nº 12.719.639 D.N.I. Nº 14.053.391 D.N.I. Nº 12.600.282 D.N.I. Nº 12.923.233 TENIENTES CORONELES - Al 31 de diciembre de 2012 8 CUERPO COMANDO - ARMAS D. Ernesto Claudio BALLOFFET 8 9 9 10 11 RESOLUCIONES D.N.I. Nº 17.224.871 D. Federico Javier TORRES D.N.I. Nº 17.158.399 D. Marcelo Támer YAPUR D.N.I. Nº 16.868.261 D. Miguel Eduardo CACERES D.N.I. Nº 16.976.915 D. Miguel Angel CETTOUR D.N.I. Nº 16.135.371 D. Julio César BERDEN D.N.I. Nº 16.819.368 D. Lucilo Bernabé LOPEZ MEYER D.N.I. Nº 17.329.633 D. Jorge Alejandro DELME D.N.I. Nº 16.695.752 D. Mario Jorge DALLE NOGARE D.N.I. Nº 16.891.527 D. Darío Luis DAL SANTO D.N.I. Nº 16.267.329 D. Roberto Eugenio CACERES D.N.I. Nº 14.605.662 D. Diego Martín CALDERON D.N.I. Nº 17.278.978 D. Guillermo Raúl MONES RUIZ D.N.I. Nº 14.745.571 D. Alejandro Daniel GUGLIELMI D.N.I. Nº 16.364.194 D. Mariano Walter LAIDLAW ROLDAN D.N.I. Nº 14.611.582 D. Javier LAPERUTA D.N.I. Nº 16.894.462 D. Mario Antonio CARO D.N.I. Nº 16.113.760 COMPLEMENTO DE LAS ARMAS D. Fernando Raúl PEREZ D.N.I. Nº 13.198.376 CUERPO PROFESIONAL EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución 29/2013-MAGP Dase por declarado el estado de emergencia agropecuaria en la Provincia de Jujuy..................... 12 TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL Resolución 1568/2013-ST Vehículos de autotransporte de pasajeros. Revisión Técnica Obligatoria....................................... 12 TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS Resolución 1567/2013-ST Servicios Públicos de Transporte Automotor de Pasajeros. Permisos Originarios, Precarios y/o Autorizaciones Provisorias. Prórroga............................................................................................ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Resolución General 3573-AFIP Procedimiento. Agrupaciones de Colaboración, Uniones Transitorias de Empresas y demás Contratos Asociativos no Societarios, Regímenes de registración de operaciones internacionales y sobre importaciones. Su implementación..................................................................................... MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Resolución Conjunta 6/2013-SGCA y 398/2013-SH Incorpóranse unidades al Nomenclador de Funciones Ejecutivas.................................................. VETERINARIOS 13 13 16 18 REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. . ............................................................... 18 Anteriores.................................................................................................................................... 50 CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO - Al 31 de diciembre de 2013 CUERPO DE COMANDO - ARMAS D. Diego Luis SUÑER D. Santiago Julio FERREYRA D. Juan Rodolfo BROCCA D. Alejandro José SCARRAMBERG D. Francisco Javier PEREZ BERBAIN D. Joaquín Mariano ESTRADA VGM D. José Eduardo NAVARRO D. Gustavo Fernando BOOTH D. José Eduardo ARCE D. José Luis YOFRE D. Marcelo Carlos Alberto OCAMPO VGM D. Luis María PUCHETA D.N.I. Nº 12.958.797 D.N.I. Nº 14.558.013 D.N.I. Nº 14.012.184 D.N.I. Nº 13.340.215 D.N.I. Nº 12.997.486 D.N.I. Nº 13.233.519 D.N.I. Nº 14.206.528 D.N.I. Nº 13.034.157 D.N.I. Nº 14.052.800 D.N.I. Nº 14.580.404 D.N.I. Nº 13.839.578 D.N.I. Nº 13.305.453 D.N.I. Nº 11.918.483 D.N.I. Nº 14.014.748 - Al 31 de diciembre de 2013 CUERPO COMANDO - ARMAS AVISOS OFICIALES Nuevos........................................................................................................................................ D. Luis Nicolás GALO D. Gilberto Paulino LERENA 50 D. Julio Eduardo RUARTE D.N.I. Nº 17.232.850 D. Diego CRISTOBAL D.N.I. Nº 17.286.681 D. Gustavo Eduardo KRIEGER D.N.I. Nº 17.329.610 D. Claudio Antonio TESTA D.N.I. Nº 14.619.696 D. Marcelo Julián DELME D.N.I. Nº 17.312.250 D. Carlos Marcelo CARBALLO D.N.I. Nº 17.286.117 D. Horacio Carlos María FAIELLA PIZZUL D.N.I. Nº 18.036.410 D. Gustavo Andrés VILLEGAS D.N.I. Nº 17.030.580 D. Julio Ceferino DELBENE D.N.I. Nº 17.476.856 D. Rubén Alberto GARCIA D.N.I. Nº 16.926.308 D. Alejandro Eduardo AGOGLIA D.N.I. Nº 17.627.715 D. Sergio Antonio CATTANEO D.N.I. Nº 17.158.643 D. Miguel MONTELEONE D.N.I. Nº 17.462.884 D. Christian Héctor BONAVENTURA D.N.I. Nº 17.754.536 D. Miguel Angel COLQUE D.N.I. Nº 17.729.263 D. Fernando José NEVES D.N.I. Nº 16.919.219 D. Carlos Alberto MARTIN D.N.I. Nº 14.901.289 D. Juan Patricio TRAYNOR D.N.I. Nº 16.580.711 D. Alejandro Raúl PERICHON D.N.I. Nº 16.615.213 D. Jorge Ernesto VEGA D.N.I. Nº 17.065.021 D. Osvaldo Fabio ALTAMURA D.N.I. Nº 17.030.436 D. Orlando Rubén INTERLANDI D.N.I. Nº 14.185.592 D. Guillermo Enrique VENIER D.N.I. Nº 16.815.058 D. Alejandro Héctor BERTO D.N.I. Nº 16.580.097 D. Sergio Gustavo PAGANI D.N.I. Nº 16.400.405 D. Martín Marcelo SQUASSINI D.N.I. Nº 14.222.192 D. Guillermo Alfonso FIGUEROA SOLA D.N.I. Nº 17.131.138 D. Domingo Faustino BRITO D.N.I. Nº 16.297.663 D. Sergio José Fabián PIETRAFESA D.N.I. Nº 16.795.814 D. Fernando Arcadio LUCUIX D.N.I. Nº 16.750.677 D. Hugo Edgardo LAGOMARSINO D.N.I. Nº 17.131.956 D. José Humberto FRETTIZ D.N.I. Nº 17.123.426 D. Guillermo Carlos MONTI D.N.I. Nº 16.893.266 D. Walter Horacio RIVERA D.N.I. Nº 16.037.889 D. Guillermo Daniel JUNCO D.N.I. Nº 14.341.551 D. Héctor Osvaldo RIVERO D.N.I. Nº 16.567.565 D. Arnaldo Fabián LUCIONI D.N.I. Nº 17.352.258 D. Florencio Julio MONTIEL D.N.I. Nº 17.058.621 D. Gabriel Vicente LOPEZ D.N.I. Nº 17.396.759 D. Jorge Enrique HEARNE D.N.I. Nº 14.526.038 D. Eugenio Antonio LIZARAZU D.N.I. Nº 16.240.914 D. Diego Rodolfo MUNUCE D.N.I. Nº 14.012.625 2 Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 COMPLEMENTO DE LAS ARMAS D. Manuel ALLER D. Rubén RODRIGUEZ D. José Ramón MATEO D. Carlos Alberto GRAFF D.N.I. Nº 16.178.128 D.N.I. Nº 17.382.431 D.N.I. Nº 16.061.846 D.N.I. Nº 16.221.257 D.N.I. Nº 16.573.971 D.N.I. Nº 17.696.745 D.N.I. Nº 17.044.724 D.N.I. Nº 17.709.966 ARSENALES D. Manuel Humberto GONZALEZ D. Armando Guillermo PERESSI D. Hugo Daniel NAVARRO DIOSQUEZ D. Emilio Oreste PATTINI D. Enrique Agustín LAMAS D. Raúl Edgardo SANCHEZ D.N.I. Nº 16.068.544 D.N.I. Nº 16.388.992 D.N.I. Nº 17.438.353 D.N.I. Nº 13.666.208 D.N.I. Nº 16.447.260 D.N.I. Nº 17.308.360 JUSTICIA D. Walter Horacio FANECO D. Marcelo César GONZALEZ ROBERT D.N.I. Nº 17.327.400 D. N.I. Nº 13.423.061 EDUCACION FISICA D. Tulio Ismael ALEGRE D.N.I. Nº 14.258.941 CUERPO DE COMANDO ESCALAFON NAVAL D. Carlos María ALLIEVI D.N.I. Nº 16.948.799 D. Marcelo Alejandro DALLE NOGARE D.N.I. Nº 17.381.988 D. Claudio Javier VILLAMIDE D.N.I. Nº 16.587.851 D. Gabriel Rodolfo REMOTTI D.N.I. Nº 17.365.371 D. Eduardo Miguel TOURNE D.N.I. Nº 17.030.530 D. Marcelo Cristian TARAPOW D.N.I. Nº 16.995.521 D. Juan Carlos CORE D.N.I. Nº 17.412.266 D. Gabriel GALEAZZI D.N.I. Nº 16.721.511 D. Sergio Gustavo MARTINO D.N.I. Nº 16.948.571 D. Juan Carlos Eduardo FUENTES D.N.I. Nº 17.019.560 D. Ignacio Martín ERRECABORDE D.N.I. Nº 16.902.518 D. Daniel Raúl TRICERRI D.N.I. Nº 16.025.769 D. Carlos Humberto ACUÑA D.N.I. Nº 16.745.411 D. Manuel Alejandro Pablo ESPINOSA D.N.I. Nº 16.521.472 D. Leonardo María CASCALLAR D.N.I. Nº 16.564.490 D. Pablo Fabián CRUZ D.N.I. Nº 17.184.563 D. Héctor Luis TERRADAS D.N.I. Nº 17.499.848 D. Carlos Alberto CAZZANIGA D.N.I. Nº 16.130.568 D. Javier Vicente MARINI D.N.I. Nº 17.312.474 D. Carlos Federico GABO D.N.I. Nº 17.290.875 D. Jorge Fernando MONTICELLI D.N.I. Nº 17.143.244 D. Carlos Cristian Daniel OLMOS D.N.I. Nº 17.156.214 INFANTERIA DE MARINA BANDA D. Sergio José SCARINCHI 3 CAPITANES DE FRAGATA ESPECIALIDADES - INTENDENCIA D. Fernando Juan GARDEÑEZ D. Javier Alberto SUASNABAR D. Luis César BASSO D. Carlos Alberto Fernando GOMEZ BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 D.N.I. Nº 14.455.026 Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Agustín O. Rossi. #F4511556F# #I4511557I# PERSONAL MILITAR D. Guillermo Pablo RIOS D. Ricardo Alberto DIAZ D. Marcelo Adolfo SALANI D. Nelson SAMPIERI D. Adrián Ramón BATTELLINI D. Osvaldo Alfredo TOSCANO D. César Raúl BELLATO D. Daniel Ernesto IRIBARREN D.N.I. Nº 17.143.402 D.N.I. Nº 16.605.329 D.N.I. Nº 17.319.371 D.N.I. Nº 14.998.361 D.N.I. Nº 17.007.781 D.N.I. Nº 17.141.147 D.N.I. Nº 16.948.549 D.N.I. Nº 14.408.034 ESCALAFON EJECUTIVO Decreto 2238/2013 Armada. Promociones. Bs. As., 19/12/2013 VISTO y CONSIDERANDO lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, el Acuerdo prestado por el HONORABLE SENADO DE LA NACION, lo dispuesto por los artículos 45 y 49 de la Ley Nº 19.101 para el Personal Militar y en uso de las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 13 de la CONSTITUCION NACIONAL. D. Marcelo Ricardo FLAMINI D. Miguel Angel ALONSO D. Rubén Carlos STROPPIANA D. Marcelo Jorge CALVETE D. Carlos Alberto FRANK D. Herminio Eduardo BALDI D.N.I. Nº 14.729.956 D.N.I. Nº 16.428.833 D.N.I. Nº 16.880.696 D.N.I. Nº 16.549.053 D.N.I. Nº 16.890.100 D.N.I. Nº 17.500.199 CUERPO PROFESIONAL ESCALAFON INTENDENCIA Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Promuévese al grado inmediato superior, con fecha 26 de junio de 2013 al Contraalmirante D. Gastón Fernando ERICE (D.N.I. Nº 11.889.212). Art. 2° — Promuévese al grado inmediato superior, con fecha 31 de diciembre de 2013, al Personal Militar de la ARMADA que se detalla a continuación: CONTRAALMIRANTES VGM D. Alvaro Manuel GONZALEZ LONZIEME D. Marcelo Eduardo Hipólito SRUR VGM D. Eduardo Jorge URRUTIA D.N.I. Nº 11.928.154 D.N.I. Nº 12.427.815 D.N.I. Nº 11.993.568 CAPITANES DE NAVIO ESCALAFON INGENIERIA D. Sergio Osvaldo BURGOS D. Guillermo Jorge ARIAS D. Martín Antonio MONSALVE D. Claudio Alejandro TORRE D. Juan Martín BERTUZZI D. Aldo Juan ERMENINTO D. Daniel Edgardo CARRARA D. Gustavo Marcelo KLEIN ESCALAFON NAVAL D.N.I. Nº 11.515.492 D.N.I. Nº 12.074.207 D.N.I. Nº 12.041.859 D.N.I. Nº 14.105.982 D.N.I. Nº 14.398.793 D.N.I. Nº 10.905.016 D.N.I. Nº 10.135.873 D.N.I. Nº 13.582.671 ESCALAFON SANIDAD FARMACIA Y BIOQUIMICA D.N.I. Nº 12.676.018 D.N.I. Nº 14.433.242 D.N.I. Nº 11.925.592 D.N.I. Nº 14.406.290 INFANTERIA DE MARINA VGM D. Miguel Angel MASCOLO D. José Luis VILLAN D.N.I. Nº 16.922.240 D.N.I. Nº 16.747.484 D.N.I. Nº 17.050.729 D.N.I. Nº 17.143.231 D.N.I. Nº 16.574.492 ESCALAFON SANIDAD ODONTOLOGIA CUERPO DE COMANDO VGM D. Dalmiro Orlando Diego MIGUEL D. Guillermo TYBUREC D. Guillermo Luis LEZANA D. Germán CIBEIRA D. Fabián Pablo BALBI ROBECCO D. Guillermo Sergio SANCHEZ D. Gustavo Eduardo CIRONI D. Marcelo Daniel MINNIG D. Guillermo César CAVERO Da. Ana María LACROIX Da. Liliana Watfa DIAB ESCALAFON TECNICO D. Néstor Julio GOMEZ D.N.I. Nº 13.437.625 D.N.I. Nº 14.290.507 D.N.I. Nº 11.286.182 ESCALAFON CLERO CASTRENSE D. Alberto Carlos PITA EJECUTIVO D.N.I. Nº 13.681.774 D.N.I. Nº 13.152.818 D.N.I. Nº 8.533.270 ESCALAFON ESPECIAL D. Francisco Javier MEDRANO D.N.I. Nº 14.148.764 D. Antonio Enrique CORNEJO CUERPO PROFESIONAL - CONTABILIDAD D. Ariel Carlos SEGHESSO FLORES D.N.I. Nº 13.214.410 D.N.I. Nº 10.789.173 Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Agustín O. Rossi. #F4511557F# Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 #I4511558I# PERSONAL MILITAR Decreto 2239/2013 Fuerza Aérea. Promociones. Bs. As., 19/12/2013 VISTO y CONSIDERANDO lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, el Acuerdo prestado por el HONORABLE SENADO DE LA NACION, lo dispuesto por los artículos 45 y 49 de la Ley Nº 19.101 para el Personal Militar y en uso de las facultades que le otorga el artículo 99, inciso 13 de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Art. 2° — Promuévese al grado inmediato superior, con las fechas que se indican en cada caso, al Personal Militar de la FUERZA AEREA que se detalla a continuación: BRIGADIERES - Al 31 de diciembre de 2013 D.N.I. Nº 11.745.741 D.N.I. Nº 11.844.137 D.N.I. Nº 11.468.796 COMODOROS - Al 31 de diciembre de 2012 D. Gerardo Rubén BIDEGAIN D. Víctor Antonio PEREZ D.N.I. Nº 12.059.489 D.N.I. Nº 12.833.273 - Al 31 de diciembre de 2013 D. Víctor Raúl BROCCOLI D. Marcelo Adrián ALEJANDRO D. Carlos Norberto FERRO D. Darío Eugenio ALCALDE D. Roberto ANDREASEN D. Andrés Hugo BELLOCQ D. Gustavo Alfredo TESTONI D. José Javier VIDELA D. Guillermo José ALSUA D. Edgardo Italo Daniel BUSETTI D. Arturo Gustavo MOYANO D.N.I. Nº 13.360.824 D.N.I. Nº 13.749.622 D.N.I. Nº 13.983.163 D.N.I. Nº 13.556.106 D.N.I. Nº 14.435.451 D.N.I. Nº 13.493.835 D.N.I. Nº 14.408.770 D.N.I. Nº 14.015.852 L.E. Nº 12.315.302 D.N.I. Nº 13.647.985 D.N.I. Nº 14.217.489 CUERPO DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES D. Arturo Sergio MARTI D. Jorge Omar PEZZIMENTI D. Marcelo Alcides RIVERA D.N.I. Nº 11.747.408 L.E. Nº 7.696.928 VICECOMODOROS - Al 31 de diciembre de 2013 CUERPO DE COMANDO “A” D. Andrés Darío PRE D. Eduardo Horacio GUEVARA D. Walter Humberto BRUN D. Fernando Fabián RUBIO D. José Alberto COPETTI D. Jorge Daniel LESTA D. Carlos Alberto MAVER D. Gabriel Gustavo GARCIA D. Fernando Gabriel CORREA D. Alfredo Fabián IACONO D. Osvaldo José COSTAS D. Víctor Marcelo DE VIRGILIO D. Dante LEONE D. Juan José SOTO D. Gonzalo Rafael MAIZTEGUI MARCO D. Eduardo Noé QUINTEROS D. Sergio Pablo BRUNO D. Oscar Ramón FRANCO D. Néstor Eduardo CEBALLOS D. Fabián Carlos CELOTTO D. Carlos Alejandro MASINO D. Néstor Arnoldo GUAJARDO D. Diego Fabián GARCIA D. Walter Patricio LANNUTTI D. Sergio Osvaldo VICARIO D. Rodolfo GUILLAMONDEGUI D. Alejandro José BISSO D. Mario Sebastián CORREA D. Gustavo Alejandro PEREZ ORTIZ D.N.I. Nº 16.476.528 D.N.I. Nº 16.721.945 D.N.I. Nº 17.075.038 D.N.I. Nº 16.893.278 D.N.I. Nº 17.374.306 D.N.I. Nº 14.747.452 D.N.I. Nº 17.163.719 D.N.I. Nº 17.002.849 D.N.I. Nº 16.906.781 D.N.I. Nº 16.794.447 D.N.I. Nº 17.294.695 D.N.I. Nº 16.368.091 D.N.I. Nº 16.500.548 D.N.I. Nº 16.577.206 D.N.I. Nº 17.615.421 D.N.I. Nº 16.022.921 D.N.I. Nº 16.381.346 D.N.I. Nº 16.166.887 D.N.I. Nº 17.053.719 D.N.I. Nº 17.793.391 D.N.I. Nº 17.154.541 D.N.I. Nº 16.998.598 D.N.I. Nº 17.177.912 D.N.I. Nº 16.640.489 D.N.I. Nº 17.464.054 D.N.I. Nº 17.158.523 D.N.I. Nº 17.363.645 D.N.I. Nº 17.646.520 D.N.I. Nº 17.580.552 D.N.I. Nº 14.578.591 D.N.I. Nº 14.185.725 D.N.I. Nº 14.675.664 CUERPO DE LOS SERVICIOS PROFESIONALES D. Edgardo Edmundo RUBIOLO D. Daniel Juan TARAS D. Luis Emilio FRANZUTTI D. Guillermo CLAVERIE D. Enzo Edgardo DI FABIO D. Daniel Hugo DE CARVALHO D. Edgardo GONZALEZ TROXLER D. Obdulio Omar GOUARNALUSSE D. Pablo Nicanor ROMERO D. Osvaldo Bernabé DIAZ D. Ricardo Silverio QUINTERO D. Mario Jorge GARCIA D. Jorge Luis VILLAMAYOR D. Néstor Raúl MORICONI D. Rubén Angel MORADO D. Marcelo César CARIOLA D.N.I. Nº 10.906.694 D.N.I. Nº 12.015.602 D.N.I. Nº 10.562.320 D.N.I. Nº 12.978.696 D.N.I. Nº 11.920.336 D.N.I. Nº 12.498.177 D.N.I. Nº 12.711.115 D.N.I. Nº 11.662.541 D.N.I. Nº 10.163.535 D.N.I. Nº 11.254.419 D.N.I. Nº 13.537.835 L.E. Nº 7.817.493 D.N.I. Nº 14.566.077 D.N.I. Nº 16.028.875 D.N.I. Nº 16.011.613 D.N.I. Nº 16.507.488 Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Agustín O. Rossi. #F4511558F# #I4511545I# ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Decreto 2250/2013 Decreto 357/2002. Modificación. D. César Eduardo ALFAYA D. Armando Alberto BONADEO D.N.I. Nº 17.371.308 D.N.I. Nº 17.487.512 D.N.I. Nº 17.003.278 D.N.I. Nº 14.797.581 D.N.I. Nº 16.947.051 D.N.I. Nº 16.991.943 D.N.I. Nº 17.068.179 D.N.I. Nº 16.133.269 D.N.I. Nº 17.071.323 D.N.I. Nº 17.066.859 D.N.I. Nº 16.666.294 D.N.I. Nº 17.003.312 D.N.I. Nº 17.581.316 D.N.I. Nº 16.223.618 D.N.I. Nº 16.349.523 CUERPO COMANDO “D” Artículo 1° — Promuévese al grado inmediato superior, con fecha 26 de junio de 2013, al Brigadier Mayor D. Mario Miguel CALLEJO (L.E. Nº 8.588.135). D. Arturo Emilio INFANTE D. Rodolfo Eduardo CENTURION D. Ernesto Osvaldo PARIS D. César GRANDO D. José Antonio DOMINGUEZ D. Marcelo Jorge GALOPPO D. Luis Alberto CATALAN D. Daniel VERA D. Walter Gustavo MEYER D. Carlos ZARAZO GONZALEZ D. Marcelo Martín BELLEZZE D. Patricio Alfredo REMEDI D. Sergio Raúl BLASER D. Juan Carlos ALZUGARAY D. Juan Carlos LEZCANO D. Edgardo Roberto Martín SANCHEZ GONZALEZ D. Alejandro Gabriel GALLIANI MAZZUCHI D. Miguel Angel ENRIQUE 4 Bs. As., 19/12/2013 VISTO el Expediente Nº 51.740/2013 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 sus modificatorios y complementarios, y CONSIDERANDO: Que a través de la ley citada en el Visto se establecieron los ministerios que conforman la organización de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL y sus competencias. Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los objetivos de las unidades organizativas determinadas en dicho organigrama. Que con el objeto de potenciar las acciones nacionales relativas a la defensa de los legítimos derechos de soberanía sobre las Islas Malvinas, Islas Georgias del Sur, Islas Sandwich del Sur y del espacio marítimo circundante, se considera oportuno la creación de la SECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR con competencia específica en la materia. Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SE- CRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que le compete. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL— el Apartado XIII correspondiente al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, de conformidad con el detalle que se aprueba como Planilla Anexa al presente artículo. Art. 2° — Incorpórase al Anexo II al Artículo 2° —Objetivos— del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, en el Apartado XIII, correspondiente al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los objetivos de la SECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR y de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que, como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida. Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Art. 3° — En un plazo de NOVENTA (90) días, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO elevará los objetivos de las aperturas institucionales superiores —a nivel de Secretaría y Subsecretaría— y las aperturas estructurales de primer nivel operativo y adecuará las aperturas estructurales del segundo nivel operativo. Art. 4° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008. Art. 5° — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de la jurisdicción. Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M. Timerman. Planilla Anexa al Artículo 1° XIII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES SUBSECRETARIA DE POLITICA LATINOAMERICANA SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA SECRETARIA DE CULTO SUBSECRETARIA DE CULTO SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES SUBSECRETARIA DE INTEGRACION ECONOMICA LATINOAMERICANA Y MERCOSUR SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE INVERSIONES Y PROMOCION COMERCIAL SUBSECRETARIA DE NEGOCIACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES SECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR SUBSECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR 3.- Diseñar estrategias y coordinar acciones desde el punto de vista de la política exterior en las relaciones con todos los países para la mejor defensa de los derechos e intereses argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur y coordinar con las otras Secretarías del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los diversos aspectos de la política exterior. 4.- Coordinar con la SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES la defensa de los derechos e intereses argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur en el ámbito multilateral. 5.- Entender en la difusión de los derechos argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur. 6.- Entender en el desarrollo de las políticas y acciones que realiza el Consejo Consultivo sobre temas vinculados al Atlántico Sur (CASUR). SUBSECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR. OBJETIVOS: 1.- Realizar las acciones necesarias para implementar las estrategias y políticas nacionales para la mejor defensa de los derechos e intereses argentinos en los temas vinculados a las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur. 2.- Coordinar la implementación de las acciones de carácter bilateral y asistir en las negociaciones bilaterales en el área de su competencia. 3.- Programar los objetivos y las estrategias en los distintos países para la mejor defensa de los derechos de soberanía argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur. 4.- Proponer estrategias y cursos de acción para la defensa de los derechos e intereses argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur en el ámbito multilateral. 5.- Proponer acciones para la difusión de los derechos argentinos sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur. #F4511545F# #I4511543I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Decreto 2244/2013 Acéptase renuncia presentada al cargo de Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias. Planilla Anexa al Artículo 2° SECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR. OBJETIVOS: 1.- Entender en los temas vinculados a las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES en el Atlántico Sur. 2.- Entender en la ejecución de las acciones de carácter bilateral y asistir al Ministro en las negociaciones bilaterales en el área de su competencia, coordinando su acción con las demás unidades competentes de la jurisdicción ministerial o fuera de ella. Bs. As., 19/12/2013 VISTO el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Axel Kicillof. #F4511543F# #I4511544I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Decreto 2245/2013 Desígnase Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias. Bs. As., 19/12/2013 VISTO y CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias. Que el Presidente del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ha formulado la pertinente propuesta. Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL y las facultades conferidas por el artículo 45 de la Carta Orgánica del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA - Ley Nº 24.144 y sus modificatorias. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, al Contador Público D. Cosme Juan Carlos BELMONTE (D.N.I. Nº 14.882.105). Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. #F4511544F# #I4511546I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Decreto 2246/2013 Desígnase Vicesuperintendente de Entidades Financieras y Cambiarias. Bs. As., 19/12/2013 VISTO y CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Vicesuperintendente de Entidades Financieras y Cambiarias. Que el Presidente del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA ha formulado la pertinente propuesta. Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL y las facultades conferidas por el artículo 45 de la Carta Orgánica del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA - Ley Nº 24.144 y sus modificatorias. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Acéptase la renuncia presentada por el Contador Público D. Santiago CARNERO (D.N.I. Nº 16.761.172) al cargo de Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Artículo 1° — Desígnase Vicesuperintendente de Entidades Financieras y Cambiarias del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA al Licenciado Dn. Germán David FELDMAN (D.N.I. Nº 29.543.096). Art. 2° — Agradécense al funcionario renunciante los valiosos servicios prestados en el desempeño de su cargo. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. #F4511546F# 5 #I4511515I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2201/2013 Desígnase la Directora Nacional Alterna del Proyecto de Modernización del Estado. Bs. As., 18/12/2013 VISTO el Expediente de la Nº 0056770/2013 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Presupuesto de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2013, aprobado por la Ley Nº 26.784 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2013, el Decreto Nº 624 de fecha 21 de agosto de 2003 y modificatorios, y el Decreto Nº 1723 de fecha 29 de diciembre de 2005, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 624/03 y modificatorios se procedió a aprobar la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, hasta el primer nivel operativo. Que por el Decreto Nº 1723/05, se creó el cargo extraescalafonario de DIRECTOR NACIONAL ALTERNO DEL PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con una remuneración equivalente al Nivel A Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel I, del entonces SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (aprobado por el Decreto Nº 993/91 - t.o. 1995). Que por la dinámica adquirida por la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL con motivo de la transformación y modernización de sus organizaciones acaecida en estos últimos años, resulta pertinente determinar los lineamientos estratégicos de las políticas de modernización de la gestión pública y reforma del Estado, así como monitorear la ejecución del PLAN NACIONAL DE MODERNIZACION. Que resulta necesario profundizar las actividades desarrolladas por la Jurisdicción en su relación con las distintas áreas de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, tendiendo a la optimización de la gestión de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que con el fin de dar cumplimiento a los objetivos del Proyecto de Modernización del Estado resulta necesario transferir el cargo de DIRECTOR NACIONAL ALTERNO DEL PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO del ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que el artículo 7° de la Ley Nº 26.784, dispone el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros. Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL. Que la Magister Marta Patricia LEONE (DNI Nº 10.830.093), reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el cargo de DIRECTORA NACIONAL ALTERNA DEL PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO. Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABI- Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 NETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.784 y 1° del Decreto Nº 491/02. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Transfiérese el cargo de DIRECTOR NACIONAL ALTERNO DEL PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO, creado por el Artículo 2° del Decreto Nº 1723 del 29 de diciembre de 2005, del ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, manteniendo las facultades otorgadas por el citado Decreto. Art. 2° — Desígnase DIRECTORA NACIONAL ALTERNA DEL PROYECTO DE MODERNIZACION DEL ESTADO a la Magister Marta Patricia LEONE (DNI Nº 10.830.093), como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. #F4511515F# #I4511516I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decreto 2211/2013 Designación en la Unidad Ministro. Bs. As., 18/12/2013 VISTO la Ley de Presupuesto Nº 26.784, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2013, y lo propuesto por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio 2013. Que el artículo 7° de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS. Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.784, se dispuso que las facultades otorgadas por dicha Ley al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL. Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente. Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura de un (1) cargo extraescalafonario con remuneración equivalente a Nivel A Grado 8 del Sistema Nacional de Empleo Público, dependiente de la UNIDAD MINISTRO. Que la licenciada CARAVELLO, Romina Paola, D.N.I. Nº 25.670.244, reúne los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para el referido cargo. Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1° y 7° de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 1° del Decreto Nº 491/02 y los artículos 7° y 10 de la Ley Nº 26.784. Por ello, BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 6 3. D. Ariel FERNANDEZ (D.N.I. Nº 14.569.706) 4. D. Claudio Javier ROZENCWAIG (D.N.I. Nº 16.822.638) 5. Da. Mónica Liliana María Victoria DINUCCI (D.N.I. Nº 10.797.339) 6. D. Fausto Mariano LOPEZ CROZET (D.N.I. Nº 16.995.556) 7. Da. Laura BERNAL (D.N.I. Nº 13.663.218) 8. Da. María Fabiana LOGUZZO (D.N.I. Nº 16.415.567) 9. Da. María Julia RODRÍGUEZ (D.N.I. Nº 16.476.893) 10. D. Roque María BOURDIEU (D.N.I. Nº 12.045.542) 11. Da. María Cristina TOSONOTTI (D.N.I. Nº 14.315.063) 12. D. Daniel Horacio BALEIRON (D.N.I. Nº 10.428.822) 13. D. Luis Alfredo AZPIAZU (D.N.I. Nº 16.335.325) 14. D. Mario Javier Agustín OYARZABAL (D.N.I. Nº 20.331.376) 15. D. Mateo ESTREME (D.N.I. Nº 17.835.203) 16. D. Sebastián SAYUS (D.N.I. Nº 17.546.893) 17. D. Luis Eugenio BELLANDO (D.N.I. Nº 12.888.789) 18. D. Felipe Alejandro GARDELLA (D.N.I. Nº 12.046.882) 19. D. Alberto Antonio ALVAREZ TUFILLO (D.N.I. Nº 10.642.755) 20. D. Gustavo Teodoro GRIPPO (D.N.I. Nº 12.317.560) Art. 2° — Las promociones dispuestas en el orden establecido en el artículo precedente, deben considerarse a partir del 1° de enero de 2014. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman. #F4511548F# #I4511547I# MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 2247/2013 Promociones. Bs. As., 19/12/2013 LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Acuerdos prestados por el HONORABLE SENADO DE LA NACION en su sesión de fecha 18 de diciembre de 2013 y lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. Artículo 1° — Desígnase, a partir del 10 de diciembre de 2013, a la licenciada CARAVELLO, Romina Paola, D.N.I. Nº 25.670.244, en el cargo extraescalafonario con remuneración equivalente a Nivel A - Grado 8 del Sistema Nacional de Empleo Público, dependiente de la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.784. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Promuévese en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a funcionario de la categoría “A”, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, a los siguientes funcionarios de la categoría “B”, Ministro Plenipotenciario de Primera Clase: 1. D. Raúl Ignacio GUASTAVINO (D.N.I. Nº 13.190.440) Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. 2. D. Sergio Alberto BAUR (D.N.I. Nº 13.071.411) Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. — Alicia M. Kirchner. #F4511516F# 5. D. Luis Beltrán MARTÍNEZ THOMAS (D.N.I. Nº 6.560.474) #I4511548I# MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 2248/2013 Promociones. 3. D. Gustavo Eduardo AINCHIL (D.N.I. Nº 12.946.028) 4. Da. Patricia Beatriz SALAS (D.N.I. Nº 13.515.706) Art. 2° — Las promociones dispuestas en el orden establecido en el artículo precedente, deben considerarse a partir del 1º de enero de 2014. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman. #F4511547F# #I4511550I# MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Bs. As., 19/12/2013 Decreto 2249/2013 VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Acuerdos prestados por el HONORABLE SENADO DE LA NACION en su sesión de fecha 18 de diciembre de 2013 y lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. Promociones. Bs. As., 19/12/2013 LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: VISTO lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Acuerdos prestados por el HONORABLE SENADO DE LA NACION en su sesión de fecha 18 de diciembre de 2013 y lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. Artículo 1° — Promuévese en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO a funcionario de la categoría “B”, Ministro Plenipotenciario de Primera Clase, a los siguientes funcionarios de la categoría “C”, Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase: LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: 1. D. Carlos Alejandro POFFO (D.N.I. Nº 17.831.551) 2. D. Marcelo Aldo SALVIOLO (D.N.I. Nº 11.837.497) Artículo 1° — Promuévese en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a funcionario de la categoría “C”, Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase, a los siguientes funcionarios de la categoría “D”, Consejero de Embajada y Cónsul General: Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 1. D. Santiago Adolfo VILLALBA DIAZ (D.N.I. Nº 18.027.805) 2. D. Sebastián ZAVALLA (D.N.I. Nº 21.850.191) 3. D. Nicolás Francisco VIDAL (D.N.I. Nº 21.363.546) 4. Da. Nora Elizabeth CAPELLO (D.N.I. Nº 21.868.875) 5. D. Enrique Luis VACA NARVAJA (D.N.I. Nº 12.560.835) 6. D. Luciano TANTO CLEMENT (D.N.I. Nº 18.565.643) 7. D. Juan Jorge Martín NUÑEZ (D.N.I. Nº 17.029.747) 8. D. Ciro Luciano CILIBERTO INFANTE (D.N.I. Nº 14.729.480) 9. D. Jorge Nicolás ZOBENICA (D.N.I. Nº 14.508.001) 10. D. Emiliano Gabriel WAISELFISZ (D.N.I. Nº 18.739.768) 11. D. Jorge Francisco STEVENS (D.N.I. Nº 23.738.387) 12. D. Gonzalo Javier SABATE (D.N.I. Nº 17.429.864) 13. D. Gustavo Ricardo COPPA (D.N.I. Nº 20.003.997) BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 gias del Sur, Sandwich del Sur y los Espacios Marítimos Circundantes en el Atlántico Sur de la SECRETARIA DE ASUNTOS RELATIVOS A LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SANDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS MARITIMOS CIRCUNDANTES EN EL ATLANTICO SUR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase D. Javier Esteban FIGUEROA (D.N.I. Nº 16.054.006). Art. 2° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. 16. Da. María Josefina MARTINEZ GRAMUGLIA (D.N.I. Nº 22.671.547) Desígnase el Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales. 18. Da. Ana de la Paz TITO (D.N.I. Nº 22.402.146) Bs. As., 19/12/2013 19. D. Andrés Horacio MANGIAROTTI (D.N.I. Nº 18.390.448) VISTO el Expediente Nº 51.732 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Decreto Nº 1536 de fecha 8 de octubre de 2013, y 23. Da. Andrea Rita ROVELLI (D.N.I. Nº 17.968.553) 24. D. Carlos Marcelo SALORD (D.N.I. Nº 11.053.116) 25. Da. Georgina Clotilde FERNANDEZ DESTEFANO (D.N.I. Nº 17.878.414) Art. 2° — Las promociones dispuestas en el orden establecido en el artículo precedente, deben considerarse a partir del 1° de enero de 2014. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman. #F4511550F# #I4511549I# MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO el Atlántico Sur del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Decreto 2251/2013 Art. 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Desígnase el Secretario de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los Espacios Marítimos Circundantes en el Atlántico Sur. Bs. As., 19/12/2013 VISTO los Artículos 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Secretario de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los Espacios Marítimos Circundantes en el Atlántico Sur del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al Licenciado D. Daniel Fernando FILMUS (D.N.I. Nº 12.011.209). Art. 2° — Asígnase la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, conforme lo establece el Artículo 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, al Licenciado D. Daniel Fernando FILMUS (D.N.I. Nº 12.011.209), mientras dure el desempeño de sus funciones como Secretario de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los Espacios Marítimos Circundantes en Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M. Timerman. #F4511549F# #I4511551I# MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 2252/2013 Desígnase el Subsecretario de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los Espacios Marítimos Circundantes en el Atlántico Sur. Bs. As., 19/12/2013 VISTO el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Subsecretario de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Geor- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 2254/2013 Desígnase el Subsecretario de Integración Económica Latinoamericana y Mercosur. VISTO el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. Decreto 2253/2013 22. D. Pablo Lorenzo PROSPERI (D.N.I. Nº 22.080.312) #I4511553I# #I4511552I# 15. D. Marcelo Fabián GILARDONI (D.N.I. Nº 16.667.349) 21. D. Mariano VERGARA (D.N.I. Nº 21.953.499) Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M. Timerman. #F4511552F# Bs. As., 19/12/2013 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO 20. D. Jorge Luis LOPEZ MENARDI (D.N.I. Nº 16.062.419) Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M. Timerman. #F4511551F# 14. Da. Silvia Clara CAO (D.N.I. Nº 14.872.057) 17. D. Adrián Daniel SERRA (D.N.I. Nº 17.504.746) 7 CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 1536/13 se designó Subsecretario de Desarrollo de Inversiones y Promoción Comercial de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO al Licenciado D. Adrián Roberto NADOR. Que resulta necesaria la reasignación de funciones dentro de la órbita de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Que conforme lo determina el Artículo 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, es competencia del PODER EJECUTIVO NACIONAL asignar la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, para la realización de cometidos especiales y concretos, y mientras duren los mismos. Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas por los Artículos 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al Licenciado D. Adrián Roberto NADOR (D.N.I. Nº 23.505.444), dándose por concluidas las funciones asignadas por el Decreto Nº 1536 de fecha 8 de octubre de 2013. Art. 2° — Asígnase la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, conforme lo establece el Artículo 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, al Licenciado D. Adrián Roberto NADOR (D.N.I. Nº 23.505.444), mientras desempeñe las funciones de Subsecretario de Negociaciones Económicas Internacionales de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Subsecretario de Integración Económica Latinoamericana y Mercosur de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Pablo Ariel GRINSPUN (D.N.I. Nº 14.610.377). Art. 2° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M. Timerman. #F4511553F# #I4511554I# MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 2255/2013 Desígnase el Subsecretario de Desarrollo de Inversiones y Promoción Comercial. Bs. As., 19/12/2013 VISTO los Artículos 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL. LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1° — Desígnase Subsecretario de Desarrollo de Inversiones y Promoción Comercial de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al Licenciado D. Agustín WYDLER (D.N.I. Nº 28.383.196). Art. 2° — Asígnase la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, conforme lo establece el Artículo 6° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957, al Licenciado D. Agustín WYDLER (D.N.I. Nº 28.383.196), mientras dure el desempeño de sus funciones como Subsecretario de Desarrollo de Inversiones y Promoción Comercial de la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 3° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M. Timerman. #F4511554F# Viernes 20 de diciembre de 2013 DECISIONES ADMINISTRATIVAS #I4511555I# ASUETO Decisión Administrativa 85/2013 Otórgase asueto al personal de la Administración Pública Nacional. Bs. As., 19/12/2013 VISTO y CONSIDERANDO: Que resulta procedente otorgar asueto administrativo al personal de la Administración Pública Nacional el día 23 de diciembre de 2013 a partir de las 12 horas. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Otórgase asueto administrativo al personal de la Administración Pública Nacional el día 23 de diciembre de 2013, a partir de las 12 horas. Art. 2° — Instrúyese a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias, a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales. Art. 3° — Aclárase que la presente medida no alcanza a las Instituciones Bancarias y Entidades Financieras. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo. #F4511555F# #I4511505I# PRESUPUESTO Decisión Administrativa 77/2013 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013. Bs. As., 18/12/2013 VISTO el Expediente Nº 23.302/2013 del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2013, y CONSIDERANDO: Que es necesario incrementar los créditos vigentes de la DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACION, con el objeto de financiar el inicio del proyecto de ampliación y mejoras de los Centros de Servicios Asistenciales y de Capacitación y la creación del Centro de Estudios y Tratamiento. Que, asimismo, es menester reforzar el Presupuesto vigente de la PROCURACION GENERAL DE LA NACION, a fin de atender la totalidad de los haberes correspondientes al mes de diciembre. Que es preciso adecuar el Presupuesto vigente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION mediante compensación de créditos, para la atención de los gastos operativos. Que resulta necesario reforzar los créditos vigentes de la COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES Primera Sección organismo actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de atender sus planes y programas mediante la incorporación de recursos. Que resulta conveniente compensar los gastos corrientes y de capital del TEATRO NACIONAL CERVANTES organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para la puesta en escena de la obra “El Conventillo de la Paloma” en la Ciudad de Mar del Plata, Provincia de BUENOS AIRES. Que asimismo se prevé reforzar los créditos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS con el objeto de garantizar el cumplimiento de los objetivos de su gestión. Que es necesario modificar los créditos del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE con el objeto de financiar las actividades del sistema bomberil voluntario. Que dicho refuerzo se financia con la incorporación de recursos provenientes de la contribución obligatoria efectuada por las compañías aseguradoras, en el marco de lo establecido por el Artículo 11 de la Ley Nº 25.054 y su modificatoria Nº 25.848. Que, por otra parte, corresponde adecuar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS con el objeto de atender el pago de los beneficios dispuestos por la Ley de Derechos Humanos Nº 25.914. Que es menester reforzar el Presupuesto vigente de la GENDARMERIA NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, a efectos de atender sus gastos operativos. Que con el objeto de financiar el mantenimiento de los equipos de seguridad y la adquisición de equipos informáticos y de seguridad, es necesario reforzar los créditos vigentes de la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD. Que se debe incrementar el Presupuesto del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, a fin de atender parte de las erogaciones de la Campaña Antártica. Que, asimismo, se refuerzan los Gastos en Personal del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO para financiar los incrementos que se generan por aplicación del Decreto Nº 1.186 de fecha 22 de agosto de 2013 a través del cual se fija el valor del adicional remuneratorio por prestaciones de servicios en la Antártida para el Personal Militar. Que resulta necesario asignar un incremento a la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO LOGISTICO DE LA DEFENSA para atender gastos de vestimenta del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO. Que resulta necesario incorporar en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS recursos remanentes de la Fuente de Financiamiento 21 - Crédito Externo, compensándolos con una disminución de las transferencias corrientes. Que es menester modificar el Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA, a efectos de atender gastos correspondientes al sistema de centros de investigación. Que el INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCION TURISTICA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TURISMO, debe contar con los créditos necesarios destinados a financiar la participación de la REPUBLICA ARGENTINA en la realización del “Rally Dakar 2014” y sus acciones promocionales. BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Que, por otra parte, es necesario reforzar el Presupuesto del MINISTERIO DE TURISMO a fin de atender los gastos derivados de la reserva de plazas en las Unidades Turísticas de Embalse y Chapadmalal para alojar al personal de la GENDARMERIA NACIONAL y de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA durante la temporada de verano 2014. 8 Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124 y del Artículo 9° de la Ley Nº 26.784. Por ello, Que el mencionado refuerzo se financia con una reducción en los créditos del MINISTERIO DE SEGURIDAD. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Que corresponde disminuir los créditos de la Fuente de Financiamiento 22 - Crédito Externo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA), organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, atento a que los mismos no podrán ser ejecutados en el presente ejercicio fiscal. Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo. Que, adicionalmente, corresponde efectuar compensaciones de créditos de la Fuente de Financiamiento 12 - Recursos Propios en el Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA a los fines de afrontar requerimientos adicionales para actividades sustantivas de investigación y extensión. Que corresponde adecuar los créditos y recursos de la Fuente de Financiamiento 22 - Crédito Externo del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del citado Ministerio, dado que no se producirán los desembolsos externos previstos. Que la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, requiere de una compensación de créditos a fin de procesar diferencias de cambio en el marco del contrato que el Organismo mantiene con la firma SPACE EXPLORATION TECHNOLOGIES - SPACE X, por la adquisición de DOS (2) lanzadores para la puesta en órbita de los satélites SAOCOM 1A y 1B. Que se modifica el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, con el objeto de financiar los gastos de la aplicación del Plan Argentina Innovadora 2020. Que, además, se prevén asignaciones para el CENTRO NACIONAL DE REEDUCACION SOCIAL, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de afrontar gastos en materia de refacciones edilicias. Que resulta necesario modificar la distribución de los créditos de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, a los efectos de adecuar los créditos de esa Entidad a sus necesidades actuales. Que la modificación propuesta se financia con la incorporación de los recursos propios provenientes de la mayor recaudación y la eliminación de las aplicaciones financieras. Que es menester reforzar los créditos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, a fin de dar continuidad al Plan “Ellas Hacen” en el marco del Programa de Ingreso Social con Trabajo, e incrementar el Programa Seguridad Alimentaria. Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, para permitir la atención de las Transferencias destinadas a la empresa RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO (RTA S.E.) y a la empresa EDUC.AR S.E. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 Ciudad Autónoma de Buenos Aires). #F4511505F# #I4511510I# PRESUPUESTO Decisión Administrativa 78/2013 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013. Bs. As., 18/12/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0250200/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2013, y CONSIDERANDO: Que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la Jurisdicción 20 - PRESIDENCIA DE LA NACION, Sub-Jurisdicción 01 - SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a fin de posibilitar la atención de compromisos contraídos por el ESTADO NACIONAL. Que a los efectos de financiar parcialmente los compromisos de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION es preciso modificar los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO. Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.124. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 Ciudad Autónoma de Buenos Aires). #F4511510F# Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 #I4511513I# PRESUPUESTO Decisión Administrativa 81/2013 Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013. Bs. As., 19/12/2013 VISTO el Expediente MD Nº 23.967/2013 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, la Ley Nº 26.784 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013 y la Decisión Administrativa Nº 1 del 10 de enero de 2013, y CONSIDERANDO: Que es menester modificar la distribución del presupuesto vigente de la JURISDICCION 45 - MINISTERIO DE DEFENSA, así como incorporar mayores recursos propios. Que la SUBJURISDICCION 45.20 - MINISTERIO DE DEFENSA, requiere reestructurar los créditos de los Programas 16 - Conducción y Planificación para la Defensa y 98 - Transferencias Varias con el propósito de adecuar su distribución a los compromisos contractuales en proceso, así como para sustentar los convenios de asistencia técnica con universidades y financiar el aporte pertinente al Centro de Estudios Estratégicos para la Defensa del CONSEJO DE DEFENSA SURAMERICANO de la UNASUR, destinado a las obras de adecuación de la sede en la REPUBLICA ARGENTINA. Que asimismo desde el citado programa 16 Conducción y Planificación para la Defensa, se transfieren créditos a la SUBJURISDICCION 45.21 - ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO, con el objeto de afrontar obligaciones derivadas de la provisión de combustible para el MINISTERIO DE DEFENSA a través del Sistema Visa Flota, el pago de gastos correspondientes al Edificio “Libertador Gral. José de San Martín”, así como también para realizar las refacciones del salón San Martín de dicho edificio. Que asimismo el Programa 18 - Mantenimiento y Producción para la Defensa de dicha Subjurisdicción, recibe créditos con el fin de atender gastos a devengarse en el presente ejercicio correspondientes a los contratos que vinculan a esta Cartera con la Fábrica Argentina de Aviones “Brig. San Martín” S.A. para la prestación de servicios de mantenimiento, modernización y fabricación aeronáuticos. Que es menester ampliar en el referido programa los créditos que permitan registrar la totalidad de los gastos del presente ejercicio, cuyo financiamiento debe asociarse a adelantos a proveedores y contratistas devengados en ejercicios anteriores, así como y en igual medida incorporar la fuente financiera que implica la recuperación del citado adelanto. Que en el marco de redistribución de créditos que se impulsa, se refuerza el Programa 17 - Sanidad Naval de la SUBJURISDICCION 45.22 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, con el propósito de cubrir necesidades en materia de gastos de funcionamiento y mantenimiento de los Hospitales Navales, así como recomponer los créditos del Programa 18 - Formación y Capacitación en orden con los requerimientos financieros del segundo semestre. Que es menester asignar créditos a la Subjurisdicción 45.23 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA con el fin de iniciar el proceso de contrataciones a verificar durante el presente ejercicio para el RALLY DAKAR 2014. Que con el objeto de adecuar los créditos destinados a sustentar la Campaña Antártica de Verano 2013/2014, en la Subjurisdicción 45.24 - ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS se redistribuyen saldos no comprometidos del presupuesto vigente reorientándolos a la atención del alquiler de los medios que requiere la citada operación. Que por otra parte, resulta necesario modificar el cálculo de recursos e incrementar en igual medida los créditos autorizados por la Decisión Administrativa Nº 01/2013 de la ENTIDAD 451 - DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, en función de las mayores recaudaciones por venta de productos explosivos y químicos al sector privado y exportaciones, convenios de aprovisionamiento y servicios de repotenciación de armamento, munición, proyectiles de distintos calibres y chalecos antibala a las Fuerzas Armadas y de Seguridad, Policías Provinciales, prestación de servicios mineros, ventas de equipos y herramientas para la actividad minera, como así también por reparación de material ferroviario. Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida encuadra en las prescripciones que establecen los artículos 100 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, 9° de la Ley Nº 26.784, 94 de la Ley Nº 26.337 incorporado a la Ley Nº 11.672 y 37 de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Modifícase el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo. Art. 2° — Comuníquese, publíquese dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof. — Agustín O. Rossi. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 Ciudad Autónoma de Buenos Aires). #F4511513F# 9 con el fin de satisfacer la demanda del MINISTERIO DE SALUD para las campañas de vacunación por el plazo de DIEZ (10) años. Que por Decisión Administrativa Nº 22 del 3 de febrero de 2010, se aprobó la Licitación Pública Nº 28/09 del MINISTERIO DE SALUD, adjudicándose la misma a SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION. Que por el expediente citado en el Visto, SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION presenta un Plan Estratégico en el cual propone un cambio en la elección de la tecnología para la producción primaria de la vacuna antigripal basada en la utilización de huevos embrionados de gallina, por tecnología basada en cultivo celular. Que fundamenta tal posición en el hecho de que la producción de la vacuna antigripal basada en cultivo celular tiene sobre la anterior numerosas ventajas, tales como: la independencia del suministro de huevos embrionados “controlados” con lo cual se eliminan las dificultades relacionadas con la vulnerabilidad y tiempos largos de planeamiento de la provisión de huevos; que es un proceso de producción más moderno, robusto controlado y presenta un mejor manejo aséptico del producto ya que se maneja en sistema cerrado; que no contiene componentes de huevo ni antibióticos en la vacuna lo cual reduce las reacciones alérgicas, entre otras. Que sometida la propuesta a la Comisión Técnica creada por Resolución Conjunta Nº 109 de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS, Nº 167 de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS y Nº 7 de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS, del MINISTERIO DE SALUD la misma concluye que la tecnología basada en el cultivo celular para la producción primaria de antígenos posee numerosas ventajas comparada con la basada en huevos, ya que se trata de una tecnología superadora, que asegura una mejor calidad y oportunidad en el proceso de producción; aconsejando a la empresa evaluar posibles modificaciones de cronogramas. Que SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION solicita que se apruebe el cambio tecnológico para la adecuación de la planta, la modificación del plazo de cumplimiento de la etapa de producción del antígeno del plan de radicación y construcción de la planta y se extienda el plazo contractual en CINCO (5) años más. Que la Comisión Técnica anteriormente mencionada, mediante Acta de fecha 7 de octubre de 2013, considera adecuado el cronograma presentado para la modificación del plazo de cumplimiento de la etapa de producción de antígeno del plan de radicación y construcción de la planta a la que se refiere el punto 4.2, inc. B) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares respectivo. Que el PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES y la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE SALUD, recomiendan aprobar el cambio tecnológico propuesto y el nuevo cronograma para la Producción de Antígenos en Sustrato Celular. Que también estiman necesario establecer que SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION, debe proveer las cantidades que requiera anualmente el MINISTERIO DE SALUD conforme sus necesidades y que los máximos anuales sólo estarán limitados por las disponibilidades presupuestarias del mencionado ministerio. Que la DIRECCION DE ECONOMIA DE LA SALUD, dependiente de la SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, en su análisis, concluye señalando que a efectos de mantener la ecuación económica del contrato ante la inversión adicional en tecnología y recursos humanos que requiere el cambio tecnológico que se aprueba por la presente Decisión Administrativa, y dentro de los parámetros consultados, sería necesario ampliar de CUATRO (4) a CINCO (5) años el plazo contractual vigente. Que en tal sentido, evaluando la situación planteada a la luz de la información técnica reunida en las actuaciones, se estima razonable la ampliación del plazo contractual hasta el mes de marzo del año 2022, o sea DOS (2) años más al plazo originalmente establecido en DIEZ (10) años. Que constituye una prerrogativa inequívoca e inestimable de la Administración la de poder modificar los términos de un contrato a fin de adecuar sus condiciones a las necesidades públicas que surjan o se presenten a lo largo de su vigencia. Que la modificación del contrato para incorporar una mejora tecnológica constituye una razón de interés público que otorga a la Autoridad Administrativa la prerrogativa de realizarla. Que resulta conveniente autorizar al MINISTERIO DE SALUD para realizar las acciones que se consideren necesarias para la concreción del proyecto con los alcances y límites que se precisan en el presente. Que las modificaciones planteadas no alteran la sustancia o esencia del objeto del contrato, que el cambio resulta de evidente beneficio para la Administración, que no hay modificación alguna al precio pactado originalmente y adjudicado, ni a las condiciones (plazos de entrega, garantías, términos pago, etc.) del referido contrato. Que, atento a ello, corresponde autorizar modificaciones en la contratación derivada de la Licitación Pública Nº 28/09 con SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION. #I4511512I# SALUD PUBLICA Decisión Administrativa 80/2013 Apruébase el cambio de tecnología a utilizar en la producción privada de antígenos para la vacuna contra la gripe estacional y pandémica. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y en el marco de lo dispuesto en el artículo 12, inciso a) del Decreto Nº 1023/01 y sus modificatorios. Por ello, Bs. As., 18/12/2013 VISTO el expediente Nº 1-2002-10582/13-1 del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 1731 del 12 de noviembre de 2009 se declaró de interés público el proyecto de instalación de una planta de elaboración de vacunas antigripales en el país, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Apruébase el cambio de tecnología a utilizar en la producción privada de antígenos para la vacuna contra la gripe estacional y pandémica, reemplazando la tecnología basada en huevos por la basada en el cultivo celular, propuesto por SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION, por los motivos expuestos en los Considerandos que anteceden. Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Art. 2° — Apruébase el cronograma de inversión cuyo detalle obra en ANEXO I que forma parte integrante de la presente medida, extendiendo su plazo hasta el 30 de setiembre de 2017. Art. 3° — Facúltase al MINISTERIO DE SALUD a suscribir con SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION los acuerdos modificatorios que fueren necesarios estableciéndose como plazo máximo de cumplimiento el mes de marzo de 2022, y demás documentación y actos que se estimen necesarios para la instrumentación del proyecto, su seguimiento y acciones derivadas. Art. 4° — Establécese que SINERGIUM BIOTECH CONSORCIO DE COOPERACION deberá proveer las cantidades de productos que requiera anualmente el MINISTERIO DE SALUD, conforme a las necesidades de éste y hasta el máximo permitido por las disponibilidades presupuestarias que prevean cada uno de los ejercicios comprendidos en el contrato. Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Juan L. Manzur. ANEXO I CRONOGRAMA PARA LA PRODUCCION DE ANTIGENOS EN SUSTRATO CELULAR Desarrollo de estrategia del proyecto: adquisición de los conocimientos básicos de Julio 2013 la nueva tecnología y formación del equipo técnico Ad-hoca Diciembre 2014 Inicio del proyecto de ingeniería Marzo 2014 Inicio de la construcción de la Planta Octubre 2014 Inicio de puesta a punto de la producción de la planta y habilitación Diciembre 2016 Inicio de la Producción Septiembre 2017 #F4511512F# #I4510125I# MINISTERIO DE DEFENSA Decisión Administrativa 50/2013 Apruébase y Adjudícase Licitación Pública Internacional Nº 53/2013. Bs. As., 16/12/2013 VISTO el Expediente Nº 16.951/2013 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 185 del 26 de agosto de 2013, se autorizó la Licitación Pública Internacional Nº 53/2013 para la contratación de un “SERVICIO DE ALQUILER DE MEDIOS NAVALES Y AEREOS PARA REALIZAR LA CAMPAÑA ANTARTICA DE VERANO 2013/2014”, conforme a las prescripciones establecidas por el artículo 26, inciso b), del Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y las concordantes del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 893 del 7 de junio de 2012 y su modificatorio. Que se publicó la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Que se difundió la convocatoria en los sitios web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de DEVELOPMENT BUSINESS de la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU). BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 10 Que por nota de fecha 22 de noviembre de 2013, la firma ASSINE S.A. formula planteo en el que indica que se ha vulnerado lo establecido en el artículo 65 del ANEXO al Decreto Nº 893/12 en cuanto a la “Inmodificabilidad de la Oferta” y los Principios Generales de “Transparencia en los Procedimientos” e “Igualdad de tratamiento para interesados y oferentes”. Que la Comisión Evaluadora mediante memorandum DGSLD/CEV/Nº 233/2013 entiende que lo actuado “no implica una modificación de la oferta, que se hayan vulnerado el principio de Transparencia en los Procedimientos o se haya menoscabado la Igualdad de Tratamiento para interesados y oferentes” por las consideraciones allí vertidas. Que mediante Nota de fecha 22 de noviembre de 2013, la DIRECCION GENERAL DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE DEFENSA, certificó la reserva crediticia correspondiente. Que el Servicio Permanente de Asesoramiento Jurídico del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, y de conformidad con los artículos 14, inciso c), y 35, inciso b) y su Anexo, de los Reglamentos aprobados por los Decretos Nros. 893/12 y 1344/07, ambos sustituidos por el Decreto Nº 1039 del 29 de julio de 2013. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Desestímase la impugnación presentada por la firma ASSINE S.A. teniendo en cuenta lo expresado en memorandum DGSLD/CEV/Nº 233/2013, por la Comisión Evaluadora. Art. 2° — Apruébase lo actuado en la Licitación Pública Internacional Nº 53/2013 sustanciada para la contratación de un “SERVICIO DE ALQUILER DE MEDIOS NAVALES Y AEREOS PARA REALIZAR LA CAMPAÑA ANTARTICA DE VERANO 2013/2014” y adjudícase en bloque los renglones 1 y 2 de la misma a favor de la firma ARKADIA PTE. LTD., oferta alternativa 1 y su mejora de oferta por un importe total de DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL (U$S 24.414.000,00) equivalentes a PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA ($ 142.943.970,00) de acuerdo al tipo de cambio vendedor PESOS CINCO CON OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 5,855) del BANCO DE LA NACION ARGENTINA al cierre de las operaciones del día 17 de octubre de 2013, según detalle en Anexo I. Art. 3° — Desestímase al oferente Nº 1 MARINE GEOLOGICAL SURVEY LTD. conforme a lo establecido en el artículo 84, inciso d) del Anexo al Decreto Nº 893/12 por no constituir la garantía de mantenimiento de oferta y al oferente Nº 3 ASSINE S.A. conforme a lo establecido en el artículo 84, inciso j) del Anexo al Decreto Nº 893/12 por condicionar la forma de pago, al considerar solamente el pago anticipado del 100%, condición que no se encuentra prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y que no permite la comparación con las demás ofertas. Art. 4° — Autorízase al ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS a emitir la respectiva Orden de Compra. Art. 5° — El gasto que demande la presente medida deberá imputarse a las partidas presupuestarias pertinentes de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA, Subjurisdicción 45.24 ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS. Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Agustín O. Rossi. ANEXO I Que se cursaron invitaciones a las EMBAJADAS DE CANADA, REINO DE SUECIA, REINO DE NORUEGA, FEDERACION DE RUSIA, REPUBLICA POPULAR CHINA, UCRANIA, JAPON, REINO DE DINAMARCA, REPUBLICA DE SUDAFRICA y REPUBLICA DE FINLANDIA, con la finalidad de que se les diera conocimiento de la convocatoria a empresas de esos países que presten los servicios solicitados. Que se cursó comunicación a la UNION ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO, a la CAMARA ARGENTINA DE COMERCIO y al REGISTRO NACIONAL DE EFECTORES, y se invitó a las firmas comerciales REMOLQUES DEL RIO URUGUAY S.R.L., TRADE BAIRES INTERNATIONAL S.A., BAHIA GRANDE S.A., INCHCAPE SHIPPING SERVICES ARGENTINA S.R.L., TRANSPORT & SERVICES S.A., MARINE LOGISTIC S.A., POWER MARINE S.R.L. y MARITIMA MARUBA S.A. Que el 6 de septiembre de 2013, se recibió Nota SIGEN Nº 4012/2013, en la cual se informa que “...en virtud de lo establecido en el Artículo 3° Inciso e) del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº 122/2010, las compras de bienes y contrataciones de servicios que no respondan a las condiciones de “normalizados o de características homogéneas” o “estandarizados o de uso común”, se encuentran excluidas del Control de Precios Testigo, sin distinción del procedimiento de selección empleado por el contratante”. Que el 18 de octubre de 2013 se efectuó el acto de apertura de ofertas, habiéndose presentado las firmas MARINE GEOLOGICAL SURVEY LTD., ARKADIA PTE. LTD. y ASSINE S.A. Que la Comisión Evaluadora propuso en su Dictamen de Evaluación Nº 122, del 14 de noviembre de 2013, adjudicar a la firma ARKADIA PTE. LTD. en bloque los renglones Nros. 1 y 2, por única oferta admisible, económicamente aceptable y ajustarse técnicamente a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; declarar desestimada a la firma MARINE GEOLOGICAL SURVEY LTD. conforme a lo establecido en el artículo 84, inciso d), del Anexo al Decreto Nº 893/12, por no constituir la Garantía de Mantenimiento de Oferta; y a la firma ASSINE S.A. conforme a lo establecido en el artículo 84, inciso j), del Anexo al Decreto Nº 893/12, por condicionar la forma de pago, al considerar “como única forma de pago, el 100% anticipado”, condición que no se encuentra prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y que no permite la comparación con las demás ofertas. Que el 14 de noviembre de 2013 las firmas oferentes fueron notificadas del mencionado dictamen. #F4510125F# Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección #I4510126I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 51/2013 Dase por aprobada contratación en la Dirección de Asuntos Contenciosos. Bs. As., 16/12/2013 VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0029282/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002, los Decretos Nros. 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, y 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO: Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 30 de abril de 2013, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Marcela Viviana FERNANDEZ (D.N.I. Nº 20.717.881), de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002. Que por el artículo 9° del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo. Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9° del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto. Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias. Que la agente propuesta no cumple con los requisitos a que se alude en el párrafo precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curriculares de la misma, estos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación de la misma como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02. Que la agente en cuestión ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, acompañando la documentación pertinente. Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1° de mayo de 2013, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha. Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios. Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.784. Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2) de la CONSTITUCION NACIONAL, del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto Nº 1.421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y del Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Dáse por aprobado, con efectos al 1° de mayo de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado entre el titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Marcela Viviana FERNANDEZ (D.N.I. Nº 20.717.881), para desempeñar funciones de Asesora Legal en la DIRECCION DE ASUNTOS CONTENCIOSOS de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la citada Secretaría, equiparada al Nivel B - Grado 0, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias. Art. 2° — Autorízase la contratación que se aprueba en el artículo 1° de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto Nº 1.421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo. #F4510126F# BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 11 Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 RESOLUCIONES #I4511542I# Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca EMERGENCIA AGROPECUARIA Resolución 29/2013 Dase por declarado el estado de emergencia agropecuaria en la Provincia de Jujuy. Bs. As., 19/12/2013 VISTO el Expediente Nº S05:0564267/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Ley Nº 26.509 y su Decreto Reglamentario Nº 1.712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión de la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 19 de diciembre de 2013, y CONSIDERANDO: Que la Provincia de JUJUY, a través del dictado del Decreto Nº 2.829 de fecha 29 de mayo de 2013, declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía: en el Departamento Santa Bárbara, a los cultivos afectados de poroto, soja, maní, chía, sorgo, maíz, cítricos, frutas subtropicales y hortalizas y al ganado mayor y menor; en el Departamento Ledesma, al este de la Ruta Nacional Nº 34 hasta el límite con el Departamento Santa Bárbara, a los cultivos afectados de poroto, soja, maní, chía, sorgo, maíz y hortalizas y el ganado mayor y menor y en el mismo departamento, en la Municipalidad de Yuto a los cultivos afectados de cítricos, frutas subtropicales y hortalizas y al ganado mayor y menor; en el Departamento San Pedro a los cultivos afectados de poroto, soja, maní, chía, sorgo, maíz y hortalizas y al ganado mayor, y menor; en el Departamento El Carmen a los cultivos afectados de poroto, soja, maní, chía, sorgo, maíz y hortalizas y al ganado mayor y menor; en el Departamento San Antonio a los cultivos afectados de poroto, soja, maíz y hortalizas y al ganado mayor y menor; en el Departamento Palpalá a los cultivos afectados de poroto, soja, maní, chía, sorgo, maíz y hortalizas y al ganado mayor y menor y en el Departamento Doctor Manuel Belgrano a los cultivos afectados de hortalizas y al ganado mayor y menor. Que el período de vigencia del estado de emergencia y/o desastre agropecuario es desde el 20 de mayo de 2013 hasta el 19 de mayo de 2014 para las producciones afectadas de poroto, soja, maní, chía, sorgo, maíz, frutas subtropicales y hortalizas y desde el 20 de mayo de 2013 hasta el 19 de mayo de 2015 para los producciones afectadas de cítricos y ganado mayor y menor. Que la mencionada Provincia, a través del dictado del Decreto Nº 3.874 de fecha 7 de noviembre de 2013, declara en estado de emergencia y/o desastre agropecuario por sequía y helada, según corresponda, en los Departamentos de Santa Bárbara, Ledesma, San Pedro, El Carmen y Palpalá a la producción de caña de azúcar, desde el 1 de julio de 2013 al 31 de mayo de 2014. Que, asimismo, en el Artículo 2° del mencionado decreto se dispone que la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario comprenda a los Productores de caña de azúcar cuya producción sea igual o menor a DOSCIENTAS HECTAREAS (200 ha), con exclusión expresa de aquellos que participen en el proceso de industrialización de la caña de azúcar o en la integración vertical de la industria azucarera. Que la Provincia de JUJUY presentó ante la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS en la reunión del 19 de diciembre de 2013, la correspondiente solicitud para que se declare, dentro de los términos de la Ley Nº 26.509, la situación de emergencia y/o desastre agropecuario indicada en los considerandos anteriores. Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha analizado la situación ocurrida en las explotaciones provinciales y entiende que es pertinente declarar, según el Decreto Nº 2.829/13, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía a los cultivos de soja, maíz, poroto, hortalizas, maní y cítricos en los departamentos donde correspondan considerados en el citado Decreto, y que también es pertinente declarar, según el Decreto Nº 3.874/13, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía y helada a la producción de caña de azúcar de los Departamentos Santa Bárbara, Ledesma, San Pedro, El Carmen y Palpalá comprendiendo a los productores de caña de azúcar cuya producción sea igual o menor a DOSCIENTAS HECTAREAS (200 ha), con exclusión expresa de aquellos que participen en el proceso de industrialización de la caña de azúcar o en la integración vertical de la industria azucarera, a fin de la aplicación de las medidas previstas en la Ley Nº 26.509 para paliar la situación de los productores y posibilitar la recuperación de las explotaciones afectadas. Que es necesario establecer el período por el cual se extenderán los actuales ciclos productivos de las actividades afectadas a efectos de otorgar los beneficios contemplados en los Artículos 22 y 23 de la Ley Nº 26.509. Que la COMISION NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS ha establecido que la finalización de los ciclos productivos de los cultivos de soja, poroto, maíz, hortalizas y maní será el 19 de mayo de 2014, para los cítricos será el 19 de mayo de 2015 y para la caña de azúcar afectada en la solicitud de la Provincia de JUJUY será el 31 de mayo de 2014 para las zonas indicadas en el primer y tercer considerandos de la presente resolución. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en función de lo previsto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones y el Artículo 9° del Anexo del Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009. Por ello, EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA RESUELVE: Artículo 1° — A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Dase por declarado en la Provincia de JUJUY el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía, a las siguientes actividades: a) en el Departamento Santa Bárbara, a los cultivos afectados de poroto, soja, maní, maíz, cítricos y hortalizas; b) en el Departamento Ledesma, al este de la Ruta Nacional Nº 34 hasta el límite con el Departamento Santa Bárbara, a los cultivos afectados de poroto, soja, maní, maíz y hortalizas y en el mismo departamento, en la Municipalidad de Yuto a los cultivos afectados de cítricos y hortalizas; c) en el Departamento San Pedro a los cultivos afectados de poroto, soja, maní, maíz y hortalizas; d) en el Departamento El Carmen a los cultivos afectados de poroto, soja, maní, maíz y hortalizas; e) en el Departamento San Antonio a los cultivos afectados de poroto, soja, maíz y hortalizas; f) en el Departamento Palpalá a los cultivos afectados de poroto, soja, maní, maíz y hortalizas y g) en el Departamento Doctor Manuel Belgrano a los cultivos afectados de hortalizas. El período de vigencia del estado de emergencia y/o desastre agropecuario será desde el 20 de mayo de 2013 hasta el 19 de mayo de 2014 para las producciones afectadas de poroto, soja, maní, maíz y hortalizas y desde el 20 de mayo de 2013 hasta BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 12 el 19 de mayo de 2015 para los producciones afectadas de cítricos. cado por su similar Nº 123 de fecha 18 de febrero de 2009. Art. 2° — A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509: Dase por declarado en la Provincia de JUJUY el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, por sequía y helada a la producción de caña de azúcar de los Departamentos Santa Bárbara, Ledesma, San Pedro, El Carmen y Palpalá, desde el 1 de julio de 2013 al 31 de mayo de 2014, comprendiendo a los productores de caña de azúcar cuya producción sea igual o menor a DOSCIENTAS HECTAREAS (200 ha), con exclusión expresa de aquellos que participen en el proceso de industrialización de la caña de azúcar o en la integración vertical de la industria azucarera. Que es de destacar que mediante el Decreto modificatorio antes citado, se sustituyó el Inciso b) del artículo 53 del Anexo 1 del Decreto Nº 779/95. Art. 3° — Determínase que el 19 de mayo de 2014 es la fecha de finalización del actual ciclo productivo para la producción de soja, maíz, poroto, hortalizas y maní y el 19 de mayo de 2015 para la producción de cítricos, en todos los casos de las áreas citadas en el Artículo 1° de la presente resolución, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009. Art. 4° — Determínase que el 31 de mayo de 2014 es la fecha de finalización del actual ciclo productivo para la producción de caña de azúcar de las áreas citadas en el Artículo 2° de la presente medida, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto Nº 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009. Art. 5° — A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley Nº 26.509 conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo. Art. 6° — Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley Nº 26.509. Que la norma precedentemente aludida, con el propósito de preservar las exigencias y reglas de seguridad para la prestación del servicio de transporte de pasajeros, facultó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a dictar la normativa que determine las limitaciones a las que deberán sujetarse las unidades de transporte, una vez superados los plazos de antigüedad oportunamente establecidos. Que en razón a los argumentos hasta aquí expuestos y como medida destinada a no resentir los servicios de transporte por automotor de pasajeros, es oportuno y conveniente extender la continuidad de la prestación de las unidades modelo años 2001, 2002 y 2003 que realicen servicios de transporte por automotor de pasajeros de carácter, interjurisdiccional, turismo e internacional. Que así las cosas, se debe tener presente el Decreto Nº 958 de fecha 16 de junio de 1992, modificado por su similar Nº 808 de fecha 21 de noviembre de 1995, aprobó el Régimen Nacional para el Transporte por Automotor de Pasajeros por Carretera que se desarrolle en el ámbito de la Jurisdicción Nacional, con exclusión del que se presta en la Región Metropolitana de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, dentro del cual, independientemente de los Servicios Públicos se contemplaron servicios desregulados encuadrados dentro de las siguientes modalidades: Tráfico Libre, Ejecutivos, y de transporte para el Turismo. Que por su parte, la Resolución Nº 894 de fecha 14 de diciembre de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE; estipuló que los vehículos de autotransporte de pasajeros —que por el presente acto se analizan— modelos años 2000, 2001 y 2002 continuaran prestando servicios hasta el día 31 de diciembre de 2013, siempre que aprueben la Revisión Técnica Obligatoria (R.T.O.), cuyo certificado tendrá una vigencia de CUATRO (4) meses. Art. 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos H. Casamiquela. #F4511542F# Que la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y sus organismos técnicos, se han expedido favorablemente respecto de la medida en análisis. #I4510361I# Secretaría de Transporte Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, ha tomado la intervención de su competencia. TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL Resolución 1568/2013 Vehículos de autotransporte de pasajeros. Revisión Técnica Obligatoria. Bs. As., 16/12/2013 VISTO el Expediente Nº S02:0020688/2012 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y CONSIDERANDO: Que el artículo 53 de la Ley de Tránsito Nº 24.449 establece en su Inciso b) Apartado 1, la prohibición de utilizar unidades con más de DIEZ (10) años de antigüedad para el transporte de pasajeros. Que la presente medida se dicta en virtud de la atribución reglamentaria en su carácter de Autoridad de Aplicación, del artículo 53 de la Ley Nº 24.449 y el Decreto Nº 123 de fecha 18 de febrero de 2009. Por ello, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE: Artículo 1° — Los vehículos de autotransporte de pasajeros de carácter, interjurisdiccional, turismo e internacional modelos años, 2001, 2002 y 2003 podrán continuar prestando servicios hasta el día 31 de diciembre de 2014, siempre que aprueben la Revisión Técnica Obligatoria (R.T.O.), cuyo certificado tendrá una vigencia de CUATRO (4) meses. Que asimismo la norma mencionada prescribe la posibilidad de disponer mayores plazos de antigüedad en tanto se ajusten a limitaciones de uso, tipo y cantidad de carga, velocidad y otras que se les fije en el Reglamento y en la Revisión Técnica Obligatoria. Art. 2° — Las unidades modelos años 2002 y 2003 podrán continuar prestando servicios hasta el vencimiento de la Revisión Técnica Obligatoria (R.T.O.), siempre y cuando esta última haya sido aprobada con anterioridad al día 31 de diciembre de 2014. Que la precitada Ley fue reglamentada por el artículo 53 del Anexo al Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, modifi- Art. 3° — Aquellas unidades alcanzadas por la prórroga dispuesta en el artículo precedente, deberán realizar la Revisión Técnica Obligato- Viernes 20 de diciembre de 2013 ria (R.T.O.) en períodos de CUATRO (4) meses. La certificación extendida al efecto, permitirá la continuidad de las unidades en servicio hasta el vencimiento de la habilitación de la misma, excepto las pertenecientes al modelo año 2001 que caducarán el día 31 de diciembre de 2014. Art. 4° — Comuníquese a las ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS, a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y a GENDARMERIA NACIONAL dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD. Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Ramos. #F4510361F# #I4510363I# Secretaría de Transporte TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS Resolución 1567/2013 Servicios Públicos de Transporte Automotor de Pasajeros. Permisos Originarios, Precarios y/o Autorizaciones Provisorias. Prórroga. Bs. As., 16/12/2013 VISTO el Expediente N°: S02:0121603/2013 del Registro de este Ministerio y CONSIDERANDO: Que el ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE (A.T.I.T.), inscripto como Acuerdo de Alcance Parcial en el marco de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (A.LA.D.I.), conforme con los mecanismos del Tratado de Montevideo de 1980 y puesto en vigencia por el artículo 1° de la Resolución Nº 263 de fecha 16 de noviembre de 1990 de la ex-SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del ex - MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, resulta ser el marco normativo aplicable a los Servicios de Transporte Automotor de Pasajeros de carácter Internacional. Que en lo que concierne al procedimiento de adjudicación, vigencia y renovación de los permisos originarios, el aludido acuerdo internacional prevé la aplicación de la normativa de derecho interno de cada país signatario. Que en cuanto a la normativa que rige en la REPUBLICA ARGENTINA respecto a la cuestión indicada en el considerando anterior, es de señalar que la Resolución Nº 202 de fecha 6 de mayo de 1993 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, aprobó las “NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA EXPLOTACION DEL SERVICIO DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE CARACTER INTERNACIONAL”, cuyo artículo 21 dispone que los Permisos Originarios se otorgan por un lapso de DIEZ (10) años, los cuales son prorrogables por períodos iguales. Que dicho plazo comenzó a regir a partir de la vigencia del Decreto Nº 958 de fecha 16 de junio de 1992, en orden a lo normado por la Resolución Nº 49 de fecha 25 de agosto de 1995 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a los fines de lograr la unificación de todos los segmentos de transporte sobre los que dicho órgano posee competencia. Que por la Resolución Nº 161 de fecha 7 de marzo de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO Primera Sección DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para el llamado a Licitación Pública para el establecimiento de Servicios Públicos de Transporte Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter Internacional que como Anexo I forma parte de la mencionada resolución, y se estableció que dicho Pliego sustituye el texto aprobado por la Resolución Nº 197 de fecha 7 de diciembre de 1995 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. Que por la Resolución Nº 397 de fecha 12 de diciembre de 2002 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCION y por las resoluciones Nros. 167 de fecha 12 de septiembre de 2003, 161 de fecha 15 de marzo de 2004 y 734 de fecha 28 de octubre de 2004, todas ellas del Registro de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se prorrogaron consecutivamente los plazos de vigencia de los Permisos Originarios, Precarios y/o Autorizaciones Provisorias para la prestación de los Servicios de Transporte Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter Internacional hasta el día 31 de diciembre de 2005. Que asimismo, es de destacar que mediante las resoluciones Nros. 1.030 de fecha 29 de diciembre de 2005, 953 de fecha 15 de diciembre de 2006, 14 de fecha 28 de diciembre de 2007, 1.017 de fecha 30 de diciembre de 2008, 45 de fecha 15 de marzo de 2010, 271 de fecha 29 de diciembre de 2010 y 20 de fecha 29 de diciembre de 2011, todas ellas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del entonces MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se prorrogó consecutivamente el plazo de vigencia de los Permisos Originarios, de los Permisos Precarios y/o Autorizaciones Provisorias de Servicios Públicos de Transporte Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter Internacional, cuyos titulares sean personas físicas o jurídicas de origen argentino, autorizados para el tráfico con las REPUBLICAS DE CHILE, DEL PERU, FEDERATIVA DEL BRASIL, ORIENTAL DEL URUGUAY, DEL PARAGUAY, y el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA. Que finalmente la Resolución Nº 895 de fecha 17 de diciembre de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, prorrogó nuevamente el plazo de vigencia de los mismos, hasta el día 31 de diciembre de 2013. Que teniendo en cuenta el próximo vencimiento de la prórroga formalizada en la resolución mencionada en el considerando precedente, corresponde cumplimentar lo dispuesto en el artículo 21 de la Resolución Nº 202/1993 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE que consiste para cada caso, en el otorgamiento de un nuevo plazo de vigencia por un período similar al dado en virtud de la Resolución Nº 49/1995 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE. Que a tal efecto, corresponde establecer un plazo de prórroga que permita al Poder Concedente tramitar la misma condicionando cada caso, al cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 3° de la Resolución Nº 397/2002 y en el artículo 3° de la Resolución Nº 167/2003, ambas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y mantener la prestación de los servicios de los Permisos Originarios Definitivos, extendiendo hasta el día 31 de diciembre de 2014 el plazo de vigencia de los mismos. Que en el mismo sentido resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la vigencia de los Permisos Precarios y/o Autorizaciones Provisorias establecida por el artículo 2° de la Resolución Nº 167/2003 modificada por su similar Nº 895/2012 ambas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, cuyo vencimiento opera el día 31 de diciembre de 2013, toda vez que se halla en curso el proceso licitatorio de adjudicación de cupos de frecuencias asignadas en forma BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 precaria y/o provisoria, dispuesto por Resolución Nº 230 de fecha 20 de marzo de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCION, por lo que corresponde mantener la prestación de los servicios de los cupos de frecuencias asignadas en forma precaria y/o autorizaciones provisorias, prorrogando hasta el día 31 de diciembre de 2014 el plazo de vigencia de los mismos. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 58 del ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE (A.T.I.T.) puesto en vigencia mediante Resolución Nº 263/1990 de la ex - SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del ex - MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, artículo 6° de la Resolución Nº 131 de fecha 1° de octubre de 2002 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCION y el Decreto Nº 874 de fecha 6 de junio de 2012. Por ello, EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE: Artículo 1° — Prorrógase hasta el día 31 de diciembre de 2014, los Permisos Originarios de Servicios Públicos de Transporte Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter Internacional, cuyos titulares sean personas físicas o jurídicas de origen argentino, autorizados para el tráfico con las REPUBLICAS DE CHILE, DEL PERU, FEDERATIVA DEL BRASIL, ORIENTAL DEL URUGUAY, DEL PARAGUAY, y el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, cuyo vencimiento opere al 31 de diciembre de 2013 inclusive. Art. 2° — Prorrógase hasta el día 31 de diciembre de 2014, los Permisos Precarios y/o Autorizaciones Provisorias de Servicios Públicos de Transporte Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter Internacional en vigor, 13 cuyos titulares sean personas físicas o jurídicas de origen argentino, autorizados para el tráfico con las REPUBLICAS DE CHILE, DEL PERU, FEDERATIVA DEL BRASIL, ORIENTAL DEL URUGUAY, DEL PARAGUAY, y el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, cuyo vencimiento opere al 31 de diciembre de 2013 inclusive. Art. 3° — La prórroga a que se refiere el artículo precedente, no modifica los términos de las resoluciones mediante las cuales se han otorgado las autorizaciones de Transporte Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter Internacional otorgadas en forma provisoria y a título precario, cuando éstas se relacionen con medidas judiciales o recursos administrativos, los que prevalecerán sobre el plazo que instituye la presente resolución. Art. 4° — Las prórrogas de los Permisos Originarios, Permisos Precarios y/o Autorizaciones Provisorias que se acuerdan por los artículos 1° y 2° de la presente resolución, revisten carácter precario, y no generan derecho adquirido alguno. Los Permisos Precarios y/o Autorizaciones Provisorias caducarán el día que los adjudicatarios de los procedimientos licitatorios, en su caso, se encuentren en condiciones de iniciar la explotación, siempre que este hecho se verifique con anterioridad a la expiración del plazo de prórroga otorgado por la presente resolución. Art. 5° — Comuníquese por intermedio de la COORDINACION DE GESTION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, a las ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE de este Ministerio y a la DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERIA dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD. Cumplido, vuelvan a la DIRECCION DE TRANSPORTE DE PASAJEROS de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, de este Ministerio, a sus efectos. Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alejandro Ramos. #F4510363F# #I4511458I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS Resolución General 3573 Procedimiento. Agrupaciones de Colaboración, Uniones Transitorias de Empresas y demás Contratos Asociativos no Societarios, Regímenes de registración de operaciones internacionales y sobre importaciones. Su implementación. Bs. As., 16/12/2013 VISTO el Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y CONSIDERANDO: Que las Agrupaciones de Colaboración buscan establecer una organización común con la finalidad de facilitar o desarrollar determinadas fases de la actividad empresarial de sus miembros, perfeccionarla, o incrementar el resultado de tal actividad. Que las Uniones Transitorias de Empresas se constituyen con el propósito de desarrollar o ejecutar una obra, servicio o suministro concreto, prestado a un tercero, dentro o fuera del territorio de la República Argentina. Que existen otros contratos asociativos no societarios que se celebran entre sociedades y/o empresarios individuales, con finalidades similares a las que persiguen los entes aludidos en los considerandos precedentes. Que las Agrupaciones de Colaboración y las Uniones Transitorias de Empresas, así como otros contratos asociativos no societarios, no constituyen sociedades regulares ni son sujetos de derecho, no obstante lo cual actúan en el mercado como operadores económicos. Que las Agrupaciones de Colaboración, las Uniones Transitorias de Empresas y otros contratos asociativos no societarios, son sujetos pasivos del impuesto al valor agregado y respecto de los derechos que gravan las operaciones de importación y exportación, cuando actúan en carácter de importadores y/o exportadores. Que a los fines de optimizar las acciones de control y fiscalización propias de esta Administración Federal, se torna aconsejable establecer sendos regímenes de registración de los respectivos contratos y estados de situación o contables, y de información sobre las operaciones internacionales que los citados entes contractuales no societarios realicen con sujetos del exterior. Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Que asimismo, resulta oportuno establecer un régimen de información sobre las importaciones de bienes efectuadas por los partícipes de las Agrupaciones de Colaboración, Uniones Transitorias de Empresas y demás contratos asociativos no societarios constituidos en el país, cuando tales bienes tengan como destino el aporte a dichos entes. Que en consecuencia, corresponde disponer los requisitos, plazos y demás condiciones que deberán observarse a fin de cumplir los mencionados regímenes. Que para facilitar la lectura e interpretación de las normas, se estima conveniente la utilización de notas aclaratorias y citas de textos legales, con números de referencia que se consignan en un Anexo. Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Sistemas y Telecomunicaciones y de Recaudación, y la Dirección General Impositiva. Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios. Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE: TITULO I AGRUPACIONES DE COLABORACION EMPRESARIA, UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS Y DEMAS CONTRATOS ASOCIATIVOS NO SOCIETARIOS Artículo 1° — Establécense un régimen de registración de datos y un régimen de información de operaciones internacionales, aplicables a las Agrupaciones de Colaboración (1.1.) y las Uniones Transitorias de Empresas (1.2.), comprendidas en el Capítulo III de la Ley Nº 19.550 y sus modificaciones, constituidas en el país, y demás contratos asociativos no societarios que, con finalidades similares a las que persiguen aquellas, celebren sociedades y/o empresas. Art. 2° — Deberán actuar como agentes de información conforme los requisitos, plazos, formas y demás condiciones que se disponen en el presente Título, quienes posean personería suficiente para representar a las Agrupaciones de Colaboración, Uniones Transitorias de Empresas y demás entes resultantes de contratos asociativos no societarios. CAPITULO I - REGIMEN DE REGISTRACION DE DATOS A - CONSTITUCION, MODIFICACIONES O DISOLUCION DE LOS CONTRATOS Art. 3° — Los agentes de información indicados en el Artículo 2°, deberán suministrar a este Organismo: a) El contrato constitutivo del ente asociativo que representen y dictámenes profesionales, de corresponder, b) las modificaciones al mencionado contrato, y BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Cuando alguna de las fechas de vencimiento general indicadas precedentemente coincida con día feriado o inhábil, la misma, así como las posteriores, se trasladarán correlativamente al o a los días hábiles inmediatos siguientes. CAPITULO II - REGIMEN DE INFORMACION SOBRE OPERACIONES INTERNACIONALES A - ALCANCE Art. 7° — El régimen de información a que se refiere el Artículo 1° se denominará “Régimen informativo de operaciones internacionales - Agrupaciones de Colaboración, Uniones Transitorias de Empresas y demás Contratos Asociativos no Societarios”, y comprende las operaciones internacionales realizadas por los entes asociativos no societarios a que se refiere el citado artículo, con cualquier sujeto del exterior —incluidos otros entes asociativos contractuales no societarios—. B - INFORMACION A SUMINISTRAR Art. 8° — Los agentes de información indicados en el Artículo 2°, deberán presentar, por mes calendario, respecto del ente asociativo al cual representan y por las operaciones internacionales que éstos efectúen, el formulario que de acuerdo con la condición del sujeto con quien las realice, se indica a continuación: a) Con sujetos independientes —incluidos entes asociativos contractuales no societarios— constituidos, domiciliados, radicados o ubicados en países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales, considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal: el formulario de declaración jurada F. 2664. b) Con sujetos vinculados —incluidos entes asociativos contractuales no societarios— constituidos, domiciliados, radicados o ubicados en el exterior: el formulario de declaración jurada F. 2665. c) Con sujetos constituidos, domiciliados, radicados o ubicados en países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales, no considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal: el formulario de declaración jurada F. 2665. Art. 9° — A los efectos del presente régimen de información se considerarán “cooperadores a los fines de la transparencia fiscal” aquellos países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales que se encuentren enumerados en la lista elaborada por esta Administración Federal y publicada en su sitio “web” (http://www.afip.gob.ar), conforme a lo dispuesto por el Decreto Nº 589 del 27 de mayo de 2013. Art. 10. — La vinculación referida en el inciso b) del Artículo 8° quedará configurada cuando, al menos uno de los partícipes de la Agrupación de Colaboración Empresaria, de la Unión Transitoria de Empresas, o del ente resultante del Contrato Asociativo no Societario, de que se trate, radicado en la República Argentina y la persona, entidad o establecimiento, domiciliado, constituido o ubicado en el exterior, con quien el ente asociativo de que se trate realice transacciones internacionales, estén sujetos —de manera directa o indirecta— a la dirección o control de las mismas personas físicas o jurídicas, o éstas, sea por su participación en el capital, su grado de acreencias, sus influencias funcionales o de cualquier otra índole, contractuales o no, tengan poder de decisión para orientar o definir la o las actividades de aquellos. Art. 11. — La presentación de la información se efectuará hasta el último día hábil del mes inmediato siguiente al período mensual que se informa. TITULO II c) la documentación que acredite la disolución de los contratos, cuando se produzca la misma. Dichos elementos, cuando las normas vigentes lo exijan, deberán encontrarse debidamente inscriptos ante la Inspección General de Justicia o, en su caso, ante el organismo correspondiente con competencia en materia registral. A efectos del cumplimiento de la citada obligación, confeccionarán y presentarán el formulario de declaración jurada F. 2663, adjuntando la documentación correspondiente, conformando un único archivo en formato “.pdf”, el que deberá contar con “firma digital” (3.1.), conforme al procedimiento que se establece en el Apartado B del Anexo II. Art. 4° — La obligación de registrar la constitución, las modificaciones o la disolución de los contratos constitutivos deberá ser cumplida dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de la fecha de inscripción en la Inspección General de Justicia u organismo correspondiente con competencia en materia registral, o en su caso, de celebración, modificación o disolución del respectivo contrato, cuando no hubiere obligación de inscripción ante alguno de los aludidos organismos. B - ESTADOS DE SITUACION O CONTABLES E INFORME PROFESIONAL Art. 5° — Los sujetos indicados en el Artículo 2º, están obligados a presentar, conforme al procedimiento establecido en el Apartado B del Anexo II, los estados de situación o contables e informes profesionales respectivos, correspondientes a los ejercicios económicos intermedios, anuales, finales y/o de disolución. Dichos elementos serán aquellos exigibles por los organismos de control correspondientes, confeccionados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes y debidamente certificados por contador público independiente con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad en la que dicho profesional se encuentre matriculado. A tales fines, los representantes adjuntarán la mencionada documentación, conformando un único archivo en formato “.pdf”, al formulario de declaración jurada F. 2663 referido en el Artículo 3°. Art. 6° — La presentación de los elementos indicados en este Apartado, deberá efectuarse hasta el día del quinto mes inmediato posterior al cierre del ejercicio económico anual o período intermedio, que para cada caso, se fija a continuación: TERMINACION CUIT 0ó1 2ó3 4ó5 6ó7 8ó9 FECHA DE VENCIMIENTO Hasta el día 3, inclusive Hasta el día 4, inclusive Hasta el día 5, inclusive Hasta el día 6, inclusive Hasta el día 7, inclusive 14 REGIMEN DE INFORMACION SOBRE IMPORTACIONES A - ALCANCE Art. 12. — Establécese un régimen de información sobre las importaciones de bienes efectuadas por los partícipes de las Agrupaciones de Colaboración, Uniones Transitorias de Empresas y demás contratos asociativos no societarios, constituidos en el país, cuando tales bienes se importen para ser aportados a dichos entes. B - SUJETOS OBLIGADOS Art. 13. — Deberán actuar como agentes de información, los partícipes aludidos en el Artículo 12. C - INFORMACION A SUMINISTRAR Art. 14. — Los sujetos obligados a cumplir con el presente régimen, deberán informar mediante la presentación del formulario de declaración jurada F. 2666: a) La Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) del partícipe informante. b) La Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) de la Agrupación de Colaboración, Unión Transitoria de Empresas o demás contratos asociativos no societarios, a la cual se aportan los bienes que se han importado. c) Detalle de los bienes importados que se aportan, valor FOB de los mismos y fecha de oficialización de la importación. d) Valor por el que se realiza el aporte. e) Fecha en que se realizó el aporte. Art. 15. — La presentación de la información se efectuará hasta el último día hábil del mes inmediato siguiente a aquel en que se efectivice el aporte. TITULO III DISPOSICIONES GENERALES Art. 16. — Los agentes de información deberán generar los formularios de declaración jurada F. 2664, F. 2665 y/o F. 2666, utilizando el programa aplicativo denominado “AFIP - DGI - REGIMEN Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 INFORMATIVO DE OPERACIONES INTERNACIONALES - AGRUPACIONES DE COLABORACION, UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS Y DEMAS CONTRATOS ASOCIATIVOS NO SOCIETARIOS - Versión 1.0”, cuyas características, funciones y aspectos técnicos para su uso se especifican en el Anexo III consignando, cuando el sistema lo solicite, los códigos de operación que se detallan en el Anexo IV. El citado programa aplicativo se encuentra disponible en el sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar). Art. 17. — La presentación de los formularios de declaración jurada F. 2663, F. 2664, F. 2665 y F. 2666, se realizará mediante transferencia electrónica de datos, a través del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar) conforme al procedimiento dispuesto por la Resolución General Nº 1.345, sus modificatorias y complementarias, utilizando la respectiva “Clave Fiscal”, obtenida de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución General Nº 2.239, sus modificatorias y complementarias. Como constancia de la presentación realizada, el sistema emitirá un comprobante que tendrá el carácter de acuse de recibo. Art. 18. — Tratándose de la información que debe presentarse con una periodicidad mensual mediante los formularios de declaración jurada F. 2664 y F. 2665, en el supuesto de no registrarse operaciones alcanzadas por el presente régimen en un período mensual determinado, se deberá informar la novedad “SIN MOVIMIENTO”. Art. 19. — El incumplimiento total o parcial de las obligaciones dispuestas por esta resolución general dará lugar a las sanciones previstas por la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Art. 20. — A efectos de la interpretación y aplicación de la presente deberán considerarse, asimismo, las notas aclaratorias y citas de textos legales, con números de referencia, contenidas en el Anexo I. Art. 21. — Apruébanse los formularios de declaración jurada F. 2663, F. 2664, F. 2665 y F. 2666, los Anexos I a IV y el programa aplicativo denominado “AFIP - DGI - REGIMEN INFORMATIVO DE OPERACIONES INTERNACIONALES - AGRUPACIONES DE COLABORACION, UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS Y DEMAS CONTRATOS ASOCIATIVOS NO SOCIETARIOS - Versión 1.0”. Art. 22. — Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación según se indica a continuación: a) Respecto del Capítulo I del Título I: para las Agrupaciones de Colaboración, Uniones Transitorias de Empresas y demás contratos asociativos no societarios vigentes al 3 de enero de 2014 y/o que se constituyan a partir de dicha fecha. b) Respecto del Capítulo II del Título I: para las operaciones internacionales que se realicen a partir del 3 de enero de 2014. c) Respecto del Título II: para los aportes que se efectúen a partir del 3 de enero de 2014. No obstante, aquellas obligaciones cuyos vencimientos se produzcan entre el 3 de enero de 2014 y el 31 de marzo de 2014, inclusive, se considerarán cumplimentadas en término siempre que se efectivicen hasta el 15 de abril de 2014, inclusive. Asimismo, de tratarse de Agrupaciones de Colaboración, Uniones Transitorias de Empresas y demás contratos asociativos no societarios, constituidas con anterioridad al 3 de enero de 2014, los agentes de información indicados en el Artículo 2°, deberán cumplir con las obligaciones del régimen de registración de datos dispuesto en el Apartado A del Título I y la presentación de los estados de situación o contables e informes profesionales respectivos —establecido en el Apartado B del Título I— correspondientes al último ejercicio comercial anual cerrado con anterioridad al 3 de enero de 2014, hasta el día 15 de mayo de 2014, inclusive. Art. 23. — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray. ANEXO I (Artículo 20) NOTAS ACLARATORIAS Y CITAS DE TEXTOS LEGALES Artículo 1° (1.1.) Conforme el Artículo 367 de la Ley Nº 19.550, texto ordenado en 1984 y sus modificaciones, “Las sociedades constituidas en la República y los empresarios individuales domiciliados en ella pueden, mediante un contrato de agrupación, establecer una organización común con la finalidad de facilitar o desarrollar determinadas fases de la actividad empresarial de sus miembros o de perfeccionar o incrementar el resultado de tales actividades. No constituyen sociedades ni son sujetos de derecho. […] Las sociedades constituidas en el extranjero podrán integrar agrupaciones previo cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 118, tercer párrafo.” (1.2.) Conforme el Artículo 377 de la Ley Nº 19.550, texto ordenado en 1984 y sus modificaciones, “Las sociedades constituidas en la República y los empresarios individuales domiciliados en ella podrán, mediante un contrato de unión transitoria, reunirse para el desarrollo o ejecución de una obra, servicio o suministro concreto, dentro o fuera del territorio de la República. Podrán desarrollar o ejecutar las obras y servicios complementarios y accesorios al objeto principal. Las sociedades constituidas en el extranjero podrán participar en tales acuerdos previo cumplimiento del artículo 118, tercer párrafo. No constituyen sociedades ni son sujetos de derecho […]”. Artículo 3° (3.1.) El proceso de firma digital requiere tener el “Certificado Digital” —Nivel 4— emitido por la Autoridad Certificante de esta Administración Federal, de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución General Nº 2.651, y con la autorización correspondiente en los términos de la Resolución General Nº 3.380. La información para la obtención del certificado digital se encuentra disponible en la dirección —URL—: http://acn.afip.gob.ar. Para realizar las autorizaciones de acuerdo al procedimiento previsto en el Anexo de la Resolución General Nº 3.380, se deberá acceder a la página “web” http://www.afip.gov.ar/firmadigital/. 15 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 ANEXO II (Artículos 3°, 5° y 21) FORMULARIO DE DECLARACION JURADA F. 2663. PROCEDIMIENTO PARA SU CONFECCION, FIRMA DIGITAL Y TRANSMISION ELECTRONICA A - GENERALIDADES a) La confección del formulario de declaración jurada F. 2663, requiere tener preinstalado el programa Adobe Reader 9.0 o superior. Dicho formulario será descargado desde el sitio “web” institucional en la ubicación http://www.afip.gob.ar/genéricos/formularios/. b) En caso de utilizarse el proceso de escaneo, deberán observarse las siguientes recomendaciones técnicas: 1. 110 DPI (Dot Per Inch) en blanco y negro. 2. Asegurar que el documento a escanear sea legible. 3. El archivo no debe superar un tamaño máximo total de 5 Mb. c) El archivo a remitir electrónicamente deberá denominarse utilizando el formato “afip. F2663****.pdf”, donde los asteriscos serán reemplazados por la denominación del ente asociativo de que se trate. d) En el supuesto que el archivo que se adjunte tenga un tamaño de 5 Mb o superior y el sujeto obligado a informar se encuentre imposibilitado de remitirlo electrónicamente —debido a limitaciones en su conexión—, en sustitución del procedimiento de presentación vía “Internet”, podrá suministrar la pertinente información en la dependencia de este Organismo que tenga a su cargo el control de las obligaciones fiscales de la Agrupación de Colaboración, Unión Transitoria de Empresas o del ente resultante de contratos asociativos no societarios, según corresponda, mediante la entrega del o los soportes magnéticos u ópticos, que deberán contener el formulario de declaración jurada F. 2663 debidamente firmado digitalmente por los sujetos indicados en el Artículo 2°, al que deberá adjuntarse el o los archivos a que se refieren los Artículos 3° y 5°. Idéntico procedimiento se deberá observar en el caso de inoperatividad del sistema. B - CONTRATO CONSTITUTIVO, MODIFICACIONES O DISOLUCION Y DICTAMENES PROFESIONALES, ESTADOS DE SITUACION O CONTABLES E INFORMES PROFESIONALES RESPECTIVOS A efectos de lo dispuesto en los Apartados A y B del Capítulo I del Título I, el agente de información deberá: a) Completar la información requerida en el formulario de declaración jurada F. 2663. b) Adjuntar a dicho formulario, según corresponda: 1. La versión digitalizada del contrato constitutivo, sus respectivas modificaciones y/o disolución, en un único archivo en formato “pdf.”. 2. Los estados de situación o contables e informes profesionales respectivos en un único archivo en formato “pdf.”: a) Agrupaciones de Colaboración, Uniones Transitorias de Empresas y demás contratos asociativos no societarios, vigentes al 3 de enero de 2014. Correspondientes al último ejercicio comercial anual cerrado con anterioridad al 3 de enero de 2014, debidamente certificados por contador público independiente con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad en la que dicho profesional se encuentre matriculado. b) Agrupaciones de Colaboración, Uniones Transitorias de Empresas y demás contratos asociativos no societarios, vigentes al 3 de enero de 2014 y aquellos que se constituyan a partir de dicha fecha. Correspondientes a los ejercicios económicos intermedios, anuales, finales y/o de disolución, debidamente certificados por contador público independiente con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas o entidad en la que dicho profesional se encuentre matriculado. c) Firmar digitalmente el F. 2663. (Artículo 16) ANEXO III APLICATIVO “AFIP - DGI - REGIMEN INFORMATIVO DE OPERACIONES INTERNACIONALES - AGRUPACIONES DE COLABORACION, UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS Y DEMAS CONTRATOS ASOCIATIVOS NO SOCIETARIOS - Versión 1.0” CARACTERISTICAS, FUNCIONES Y ASPECTOS TECNICOS PARA SU USO La utilización del sistema “AFIP - DGI - REGIMEN INFORMATIVO DE OPERACIONES INTERNACIONALES - AGRUPACIONES DE COLABORACION, UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS Y DEMAS CONTRATOS ASOCIATIVOS NO SOCIETARIOS - Versión 1.0”, requiere: - PC con sistema operativo Windows 98 o superior. - Cantidad de memoria RAM: la recomendada por el sistema operativo. - Disco rígido con un mínimo disponible de 100 MB. - Instalación previa del “S.I.Ap. - Sistema Integrado de Aplicaciones - Versión 3.1 Release 5 o superior”. El sistema permite: 1. Cargar manualmente los datos o por importación de los mismos desde un archivo. 2. Administrar la información por responsable. Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 3. Generar archivos para su transferencia electrónica a través del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar). 4. Imprimir la declaración jurada que genera el programa aplicativo. #I4510358I# Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa y Secretaría de Hacienda 5. Emitir listados con los datos que se graban en los archivos para el control del responsable. MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE 6. Soporte de las impresoras predeterminadas por “Windows”. Resolución Conjunta 6/2013 y 398/2013 7. Generación de soportes de resguardo de la información del contribuyente. Incorpóranse unidades al Nomenclador de Funciones Ejecutivas. Asimismo, el sistema prevé un módulo de “Ayuda” al cual se accede con la tecla F1 o, a través de la barra de menú, que contiene indicaciones para facilitar el uso del programa aplicativo. El usuario deberá contar con una conexión a “Internet” a través de cualquier medio (telefónico, satelital, fibra óptica, cable módem o inalámbrico) con su correspondiente equipamiento de enlace y transmisión digital. Asimismo, deberá disponerse de un navegador (“Browser”) “Internet Explorer”, “Netscape” o similar para leer e interpretar páginas “web” en formatos compatibles. 16 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Bs. As., 12/12/2013 VISTO el Expediente Nº S02:0093723/2013 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE; el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); y la Decisión Administrativa Nº 424 del 10 de julio de 2013; y CONSIDERANDO: En caso de efectuarse una presentación de una declaración jurada rectificativa, se consignarán en ella todos los conceptos contenidos en la originaria, incluso aquellos que no hayan sufrido modificaciones. Que por Decisión Administrativa Nº 424/13, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE GESTION MUNICIPAL, dependiente de la SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE. ANEXO IV (Artículo 16) Que en relación a dicha medida, se requiere ahora proceder a la incorporación de las unidades que la componen al Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la jurisdicción. CODIGOS DE OPERACION Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Función Ejecutiva correspondientes. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete. Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7° de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2013. Por ello, LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN: Artículo 1° — Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades pertenecientes al MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, según el detalle obrante en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Fabiana Sambanca. — Juan C. Pezoa. ANEXO MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE INCORPORACIONES Unidad Nivel SECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES SUBSECRETARIA DE GESTION MUNICIPAL Dirección Nacional de Relación con los Municipios Coordinación Región NEA IV Coordinación Región NOA IV Coordinación Región CENTRO IV Coordinación Región CUYO IV Coordinación Región PATAGONIA NORTE IV Coordinación Región PATAGONIA SUR IV Dirección Nacional de Planificación y Gestión de los Municipios Coordinación Programa Mi Pueblo NOTA: Se publica nuevamente por haberse incurrido en un error de imprenta. #F4511458F# I Dirección Nacional de Capacitación Municipal I IV I #F4510358F# Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 17 Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento AVISOS OFICIALES Nuevos #I4510687I# REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH N° 373/13, se detalla a continuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cualquier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés, puedan oponerse a dichas solicitudes: SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO Documento Denominación BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego Denominación 18 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 10545118 ARIZA JULIO EDGARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36301894 ARIZCUREN GABRIEL RAUL sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 36301894 ARIZCUREN GABRIEL RAUL sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 20934652 AROCA CLAUDIO ANIBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7676928 ARPON JOSE LUIS sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 12498580 ARRESEIGOR DIEGO CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 33567409 ARRIEGADA JUAN ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26991062 ARROYO CESAR ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35730903 ARTEAGA RUGGIERO MATIAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24411541 ASSELBORN DIEGO ALBINO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21806498 ASTETE THOMAS MARCELA RAQUEL A. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16183485 ATENCIO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14570646 AUDICIO WALTER FERNANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 33595303 AUDISIO LUCAS JORGE DAMIAN sobre CARABINA calibre .270 PLG DNI 33595303 AUDISIO LUCAS JORGE DAMIAN sobre FUSIL calibre 7 MM DNI 7685281 AVILES HUGO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23671272 AYALA DIEGO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29583657 AYALA JUAN NAHUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27255560 AYALA MALEN BEATRIZ sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 12494547 AYALA MANUEL CAYETANO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21566237 AYESTARAN DIEGO FRANCISCO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 24350244 BACA PABLO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16096505 BAEZ JAVIER ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 7861180 BAEZ MARIO FEDERICO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25957181 BALBUENA GONZALEZ JUAN MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25957181 BALBUENA GONZALEZ JUAN MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33474031 BALDIVIEZO WALDO RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 36057511 BALMACEDA JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22395473 BALZI GABRIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27414009 BAMMATTER JOSE CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12206669 BARBA PEDRO ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12489109 BARBERIS EVERT ELIDER sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 24278021 BARBERO MARIANO JORGE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30874334 BARISONE NORBERTO EDUARDO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 8437949 BARJA ADOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25157817 BARONE JUAN DIEGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23317155 BARRAGAN ORLANDO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27844186 BARRIENTOS JOSE ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33847353 BARRIOS FEDERICO ALFREDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23791051 ABAD JORGE RUBEN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 4608737 ABATE OSCAR ALBERTO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 8632255 ABRAMOVICH ANDRES EDUARDO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 22512030 ABRATE RUBEN DARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG LE 7396546 ACEDO JUAN ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22248577 ACEVEDO DARIO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22261791 ACOSTA HUGO MANUEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 31509993 ACOSTA JONATAN VLADIMIR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21659956 ACOSTA RODOLFO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 29287335 ACOSTA VICTOR DANIEL sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 13507330 ACTIS MARIO ANSELMO sobre ESCOPETA calibre 24 UAB DNI 17641048 ADRIAZOLA GUIDO ADALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21386846 AGÜERO JOSE LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21860093 AGUILAR LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26480771 AGUIRRE LITTVIK MARIANO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25268966 AGUIRRE MARIO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11816207 AGUSTIN FERNANDO ANGEL C. sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 30787247 ALAGUIBE GASTON RODRIGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28656993 ALAMO DIEGO DAMIAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13705486 ALBACHIARA JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 10435100 ALBORNOZ FRANCISCO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20144826 ALBRECHT CLAUDIO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20144826 ALBRECHT CLAUDIO JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18305481 BARROS CARLOS ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23170690 ALCARAZ GUSTAVO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27846999 BARROZO YILDA VANESA sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 18423823 ALE PABLO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18337006 BARUSSO EDUARDO JAVIER sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 23232446 ALLEN NELSON LEONEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34521130 BASILOFF RUBEN OSCAR sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 17025827 ALLENDE MARIO EMILIO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 30109564 BASSAGA GERMAN MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26428530 ALLOA CASALE JAVIER IGNACIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 24198370 BASUALDO PEDRO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27935438 ALOI MAURICIO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12753438 BATAGLIA HECTOR LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14531427 ALONSO JORGE ANDRES sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 26452316 BATTAGLIA GUILLERMO FEDERICO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 13629985 ALONSO MARCELO HECTOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22817207 BAUMANN CLAUDIO RICARDO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 7813788 ALVAREZ ALEJANDRO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24849112 BAUTISTA FACUNDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30364674 ALVAREZ ARTAZA VICTOR LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10537413 BAVOSO JUAN ALBERTO sobre FUSIL calibre .338 PLG DNI 22449089 ALVAREZ CLAUDIO NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22943916 BEAUVALLET ESTEBAN ROMAN JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14390017 ALVAREZ DANIEL ROQUE JOAQUIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31614961 BECERRA PABLO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 25770690 ALVAREZ DIEGO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10358009 BEE DANIEL MARIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 11287390 ALVAREZ LUIS RAFAEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27293327 BEL JOAQUIN ELISANDRO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 10976924 ALVAREZ OSMAR VICTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12164196 BELAUSTEGUI JUAN PABLO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 17212764 ALVAREZ WALTER OSCAR sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 28716737 BELDAREIN GASTON EDUARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 17212764 ALVAREZ WALTER OSCAR sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 24921531 BELFIORE DANIEL FELIX sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17212764 ALVAREZ WALTER OSCAR sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 7682281 BELLINI CARLOS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 92359646 AMADIO GIAN LUCA sobre FUSIL calibre .338 PLG DNI 37049261 BELLINI PARRA MAURO GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 4543004 AMARILLO ROBERTO OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12414493 BELMONTE PEDRO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10727011 AMATO HECTOR OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24979369 BENEVENTO FERNANDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31843829 AMAYA JUAN PABLO sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 29901334 BENITEZ ALBERTO CESAR sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 5334645 AMEZTOY ERNESTO MANUEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 16327045 BENITEZ GUSTAVO EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17577030 AMOROS JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30019502 BENITEZ JONATAN MARCEL sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 26072956 AMUT SEBASTIAN EDUARDO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 4623927 BERNARDO RODOLFO DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14725077 ANCHORENA MARCOS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 31505797 BERTINI LUQUE JOSE RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14725077 ANCHORENA MARCOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 6322445 BERTOLDI AREALDO DANTE sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 18487407 ANCHORENA SANTIAGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28321209 BERTOTTI PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18106839 ANDELIQUE JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 27040169 BERTUZZI ERNESTO ADRIAN sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 24093579 ANDINO SANDRA NOEMI sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 6228777 BEVEGNI OSCAR BALDOMERO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 33163515 ANDRADE CARLOS OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30590548 BIANCIOTTI LUCAS GONZALO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 4846256 ANDRADE HECTOR sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 28579517 BIANCO NICOLAS ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25233927 ANDREANI MAURO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 24527401 BIASSONI GUILLERMO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16842716 ANDRES CARLOS BELARMINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16989412 BIDAL JORGE LUIS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 26005580 ANDREU MARTIN MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11796221 BILLANI JULIO ARGENTINO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 29405792 ANGELOFF GERMAN AXEL sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 22679853 BISTERFELD SERGIO ARIEL sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 14495342 ANTELO CLAUDIO MARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26472845 BLANCO LEONARDO CEFERINO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27368340 ANTISTA MARIO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 31266847 BLANCO MARCELO SALVADOR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22241067 ANTONA GABRIEL EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28801273 BOADA ORTIZ IGNACIO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16435865 APARICIO EULOGIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27173878 BOCCETTI ALBERTO AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17673567 APUD ORLANDO FELIX sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28530513 BOMBAGGI DAMIAN HORACIO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 20765379 ARANDA DIEGO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14864242 BONEARDI AUDELINO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21932787 ARANDA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31286884 BONET MARIANO JOSE sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 32333832 ARAYA ALEXIS ORLANDO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 26165794 BONETTI ANTONIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32333832 ARAYA ALEXIS ORLANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20059871 BORDA FABIAN DARIO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 7670284 ARDURA FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20059871 BORDA FABIAN DARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16536389 ARGÜELLES ALEJANDRO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20059871 BORDA FABIAN DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22862054 ARGÜERO EMILIANO RAMIRO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 33562474 BORDIGNON BRIAN LEONEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG LE 4595009 ARGÜERO GUILLERMO AUGUSTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8002098 BOREL ERNESTO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21663189 ARIAS CARLOS DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 35674660 BORSATTO LUCAS MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14685268 ARIENTE HORACIO LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21808499 BOTTE CARLOS JOSE MARIA sobre CARABINA calibre .22 PLG Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Documento Denominación 19 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 36450480 BRACAMONTE EDUARDO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 33313889 CHAS JOSE LUIS sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 18036534 BRACCIA MARCELO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 8192004 CHAVEZ RAMON ARISTIDES sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23572265 BRANCATELLI DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22212562 CHEIN JORGE JOSE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 14410769 BRANDENBURG GUSTAVO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 94213265 CHEN XIALIANG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18100284 BRESSI PABLO ALBERTO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 94095068 CHEN YINMING sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22133231 BRIENZA ANTONIO EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25276354 CHEVALIER JOSE MARIA sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 10652163 BRIGNONE JORGE OSCAR sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 28998925 CHIAVASSA MATIAS DANTE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10652163 BRIGNONE JORGE OSCAR sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 21742766 CHICONI SERGIO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30178218 BRITOS CRISTIAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 21742766 CHICONI SERGIO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33707116 BRITOS WALTER DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14375145 CHISTIK GUILLERMO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33707116 BRITOS WALTER DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25121910 CIARLANTINI DIEGO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 22292202 BRIZUELA CESAR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23574085 CICCOLA MARCELO NICOLAS sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 6430767 BROCHERO ADERMO FLORENCIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 20525744 CISNERO RAMON ORFILIO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG LE 7362762 BRUNO ADOLFO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB LE 5538214 CIVALLERO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12813458 BRUNO WALTER CARLOS sobre FUSIL calibre .22 PLG LE 5538214 CIVALLERO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 20864729 BRUSASCO NESTOR MANUEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG LE 5538214 CIVALLERO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 27747421 BRUSCHINI PABLO CESAR sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 20526907 CLAVARINO LUIS FERNANDO sobre CARABINA calibre .32-20 PLG DNI 33916593 BURMEISTER FEDERICO MATIAS sobre FUSIL calibre .243 PLG DNI 24103833 CLAVERAS RICARDO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14529469 BUSSI RENE ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32946392 CLEMENTONI ALDO GONZALO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31529990 BUSTO GARAY BRIAN ELOY sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 6513407 COCCIOLO JOSE BRUNO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 29841843 BUTTIGNOL CRISTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14870644 COCO GUILLERMO ANIBAL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 14104074 BUZATTO ABEL RICARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13727317 COLLI DANIEL ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16654740 CABALLERO NORBERTO DANIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 13727317 COLLI DANIEL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 35035266 CABALLERO WALTER EXEQUIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13727317 COLLI DANIEL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 32785409 CABAÑA GERARDO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24570001 COMBINA JAVIER FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20012306 CABO ADRIANA LAURA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 5660462 COMISARIO LEONCIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 33575307 CABRERA FELIX LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28381420 CONDEMITTE DANTE LIONEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32456983 CABUR ENRIQUE MUSTAFA sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12046483 CONTRERAS FERNANDO JOSE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 32456983 CABUR ENRIQUE MUSTAFA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12046483 CONTRERAS FERNANDO JOSE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 32456983 CABUR ENRIQUE MUSTAFA sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29545903 CONTRERAS GABRIEL FABIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 31195607 CACERES FACUNDO CARLOS sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 18117682 CONTRERAS RAMON LAUIRINDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21532253 CACERES LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 20608925 COPADO MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18604647 CALABRESE JORGE DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33749058 COPETTI MATIAS MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18162852 CALFULEN ABELARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14260702 COPPARI CARLOS LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13920747 CALLIGARIS EDUARDO MARCOS sobre FUSIL calibre .30 PLG DNI 27106767 CORBALAN MARCOS ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30238959 CALLIGARIS PABLO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14820080 CORDERO BIEDMA ALBERTO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 23677009 CALVIELLO DIEGO RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16665705 CORDERO FERNANDO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8350631 CAMPIGLI MARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20398784 CORDERO RAFAEL RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14179464 CAMPO WALTER DANIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 25113528 CORDOBA AMERICO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 16606537 CANALE EDUARDO FABIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 28260341 CORNEJO COLL JOSE RENE sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 20259406 CANAN NESTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14300778 CORONEL MARIO ROBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31934680 CANDIA CHRISTIAN EMMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21582679 CORRADINI WALTER EMILIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 37535844 CANESIN ERITH DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34651248 CORRALES JULIAN ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 34410394 CANTALE JORGE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18360048 CORREA CARLOS OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 5385330 CANTARELLI ORESTE HUGO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 18298191 CORREA EDUARDO RUBEN sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 21418690 CAPDEVILA ROBERTO CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22067411 CORREA JORGE RAUL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 21653312 CAPEL SERGIO RAUL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13831940 CORREA NELIDA DEL VALLE sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 16445108 CAPELLA JUAN ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 11315900 CORREA RICARDO OSCAR sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 27723600 CAPOBIANCO FELIPE DANIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 12579139 CORTESINI RAUL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 4531105 CAPORALETTI DANIEL JORGE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 18218089 CORTI HUGO RAUL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 4531105 CAPORALETTI DANIEL JORGE sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 30125455 CORTOPASSI MARCELO ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 8072848 CAPUANO JUAN ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14119838 COSSAVELLA DANIEL EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16608100 CARABAJAL PEDRO OSCAR sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 22636393 COSTANSI NESTOR DARIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26699733 CARABALLO NICOLAS SEBASTIAN sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 21928638 COSTANZO JUAN ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35137379 CARBALLO LUCAS ALEXIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12313724 COTTONARO JOSE MARIA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12756347 CARBO EDUARDO ROMEO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 17684147 COUTO SANCHEZ PAULINO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27950252 CARDOZO HECTOR RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25336575 CRAVERO CESAR AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12383241 CARDOZO JORGE ABEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25336575 CRAVERO CESAR AUGUSTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12383241 CARDOZO JORGE ABEL sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 18127862 CRUZ JORGE RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26000191 CARIA RAMIRO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26700469 CUCCIOLA ADRIAN ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 24677680 CARMUEGA JULIO CESAR sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 4974980 CUCHI ROBERTO ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 20596152 CARRARA JOSE GERARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23740274 CUELLAR CESAR FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26762424 CARRAZANA JORGE RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26477169 CUELLAR RENE ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 26762424 CARRAZANA JORGE RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16751059 CUELLO ADRIAN CESAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24531178 CARRUTHERS CRISTIAN ARIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 34218934 CUELLO FRANCO EXEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 17011248 CASALI JUAN DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 21845504 CUEVAS FLORENCIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17038099 CASAS ALBERTO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10811598 CUFFARO VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 10443797 CASAS LEDESMA FEDERICO ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 31875633 CUFFI MIGUEL ANGEL sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 31674792 CASELLA SEBASTIAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26260174 CURLETTO DIEGO JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13167018 CASERIO JORGE OMAR sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 23682307 CURONI EDUARDO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21965812 CASIN PABLO SANTIAGO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 32326296 CURTO MARTIN EZEQUIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25224343 CASORLA YALET ROBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 35399721 CURTO SILLAMONI MARTIN sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 33110246 CASTAÑO JONATAN WALTER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11330544 CUSATO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27746655 CASTRO JORGE CARLOS sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 28731322 D'ANDREA RAUL ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 4439174 CASTRO JOSE ANTONIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 31935372 D'ECCCLESIA FERNANDO PABLO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 14188160 CASTRO LUIS CLAUDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18567975 D'ELIA JOSE ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 14188160 CASTRO LUIS CLAUDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24569082 D´ALFONSO LEONARDO PABLO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 30333149 CASTRO MUÑOZ EZEQUIEL D. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28114814 DAER GABRIEL HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18287558 CASTRONUOVO RICARDO MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11253300 DAFFUNCHIO JULIO ANGEL sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 17139184 CATA GUSTAVO HORACIO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 28514473 DAGOSTINO ANGEL ROBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10932242 CATINI RODOLFO LUIS sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 94360963 DAI YAQIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28459981 CATRIMAN MARIO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11994396 DATTERO MARIO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 32390874 CECERI JUAN PABLO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 14498071 DAVICO RUBEN HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21966541 CEREZUELA FERNANDO RAUL sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 28376426 DE BRITO LEAL WALTER ALFREDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 30885992 CERULLO SEBASTIAN MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35981858 DE LA FUENTE GUILLERMO ANDRES D. sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 7650819 CHABAT JORGE ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32396312 DE LOS SANTOS JUAN MANUEL sobre FUSIL calibre 7 MM LE 8012443 CHALCO HUMBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 21643646 DE LUCA FERNANDO MARIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 8329267 CHAMBOULEYRON OSVALDO MARIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 18347348 DE MARCHI CLAUDIO JUAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 28108861 CHAPARRO DIEGO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23780283 DE NOTTA PATRICIO JOSE sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 25390900 CHARRAS WALTER MATIAS sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 11748762 DE SIMONE MARIO EDUARDO sobre REVOLVER calibre .32 PLG Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego Documento BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Denominación 20 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 29765171 DE TRANQUILLI SEBASTIAN ANDRES sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 17615325 FERNANDEZ ANDELINO OBDULIO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 34594163 DECIMA LEONEL FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10871870 FERNANDEZ CARLOS MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27007499 DEERING SEBASTIAN MAXIMILIANO sobre FUSIL DE CAZA calibre .22 PLG DNI 34928682 FERNANDEZ FACUNDO JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23233081 DEFEO MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 31957655 FERNANDEZ FEDERICO NAHUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 31453262 DEFERRARI NICOLAS sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 25952706 FERNANDEZ FERNANDO ISMAEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26057167 DEL DAGO GUILLERMO ARIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 13978552 FERNANDEZ JORGE ABELARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 28227560 DEL FRANCO DAMIAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13978552 FERNANDEZ JORGE ABELARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 11316182 DEL PINO ANTONIO MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14765714 FERNANDEZ JOSE LUIS sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 4555784 DEL YESSO CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 20519143 FERNANDEZ JOSE LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13680279 DELGADO MARIO GABRIEL sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 24649588 FERNANDEZ MARIA ALEJANDRA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14387493 DELGADO PEDRO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 35020154 FERNANDEZ NERIO JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17736597 DELGADO PEDRO ROQUE sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 18432378 FERNANDEZ PABLO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18188516 DENAPOLE JUAN IGNACIO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 7651820 FERNANDEZ REY CARLOS MARIA M. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7630829 DESPRAT JUAN EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11813844 FERNANDEZ RICARDO ENRIQUE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30304939 DESTEFANIS NICOLAS ROBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 4533889 FERNANDEZ RICARDO MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33941574 DEZOTTI DARIO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 4734625 FERNANDEZ ROBERTO JORGE sobre REVOLVER calibre .45 PLG DNI 8189488 DI COCCO DOMINGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20993722 FERNANDEZ RUBEN ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 93788245 DI CONCILIO DE SOUZA JORGE B. M. sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24405223 FERNANDEZ TORNEIRO PEDRO DIEGO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 13384505 DI GIONANTONIO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 17324789 FERRACO ROBERTO EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30954285 DI LENA HORACIO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 31798270 FERRARI GABRIEL IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12605003 DI NUNZIO DANIEL FRANCISCO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 13107386 FERRARI RICARDO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 26151314 DIALE EDGAR OSCAR sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 16055938 FERRAZA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23521101 DIAZ ARIELCARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21943009 FERREIRA MARCELO RUBEN sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 13947469 DIAZ CARLOS EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22540782 FERREIRA WALDEMAR WILFREDO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 5747098 DIAZ COLODRERO JORGE ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 16907945 FERRERO ALEJANDRO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22167811 DIAZ EDUARDO RAMON sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 36423142 FERRERO DE VITA ANTONELLA sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 25393516 DIAZ GASTON JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24152752 FERRERO DIEGO MIGUEL sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 25429739 DIAZ GUILLERMO JAVIER sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 23252290 FERRERO HECTOR MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20220922 DIAZ HUGO CEFERINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25991156 FERRERO JUAN JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23047213 DIAZ IVAN JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10417044 FERRETI OMAR LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24369984 DIAZ JUAN RAUL sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 25887393 FERREYRA ARTURO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16318561 DIAZ LEO WALTER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20179426 FERREYRA JULIO DAMIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29481788 DIAZ MATIAS DEL CARMEN sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 20362858 FERRIN SERGIO ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23867150 DIAZ MELS FLAVIO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27788613 FETTE IVAN MARIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22978089 DIAZ RAMON BENITO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 17010534 FIELD TOMAS GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17589518 DIAZ SANTOS GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25380978 FIERRO PABLO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32262252 DIEGUEZ NICOLAS ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23486067 FIGUEROA ARIEL JULIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21563741 DIODATI PABLO JESUS sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 27987486 FIGUEROA MARCOS GABRIEL sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 10862117 DOLDAN EDGARDO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22005510 FIGUEROA NESTOR ROBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 11380209 DOMINGUEZ JUAN HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32024735 FIGUEROA ROBERTO EMILIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 22717094 DORREGO DIEGO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36478151 FINO MATIAS ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25722808 DOTI DIEGO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4534438 FIORDELISI GUILLERMO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23395540 DOVI FRANCISCO GUILLERMO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 26523241 FITOLITE MAXIMILIANO FEDERICO sobre FUSIL calibre .303 PLG DNI 21388399 DRIGA MARCELO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 26523241 FITOLITE MAXIMILIANO FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31534878 DRINCOVICH MARIANO JEREMIAS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 22255348 FLEITAS ANTONIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26587315 DUARTE DAVID ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14560789 FLORES JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26587315 DUARTE DAVID ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 20080823 FLORES SEGUNDO ARGENTINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22186417 DUBOYS DANIEL DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB LE 5955491 FOLMER ALBINO AGUSTIN sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 25124659 DUPRA CARLOS ALBERTO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 27433941 FONTANA JORGE ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 37253566 DURE LUCAS RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33215165 FONTANETTO FABRICIO DAMIAN sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 25253435 ECHEGARAY LEONARDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25684718 FONTANINI ANDRES EXEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 11255241 ECHEVERRIA JUAN ISIDRO sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 29339430 FORNERIS LEANDRO MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33501062 EDL CRISTIAN EMMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29393753 FOUINE JONATHAN GABRIEL sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 13653823 EMILIOZZI EZIO OSVALDO sobre FUSIL calibre 7,92x57 MM DNI 25898388 FRANCESCHI JUAN PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB LE 4747332 ENGELMANN OSCAR CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30508625 FRANCISCHELLI FRANCO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26315622 ENRIQUES DIEGO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 28512611 FRANCO ARIEL GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30128990 EROLES RODRIGO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 28374167 FRANCUCCI SILVIO RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31138655 ERRO GUILLERMO DAMIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 20685475 FRANZE VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31138655 ERRO GUILLERMO DAMIAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 10777414 FREYTTE ROBERTO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22010752 ESCALADA WALTER CRISTOBAL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 17389527 FRISSON GERARDO LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 35172208 ESCAPA JAVIER FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14313163 FRUSTACI GUSTAVO DANIEL sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 29102833 ESCOBAR MARCIAL OCTAVIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35289087 FRUTOS JAVIER GERMAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24043586 ESPINOSA MARIANO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20893216 FUDIM WALTER DANIEL sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 8406061 ESQUIVEL CARLOS ALBERTO ISAAC sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 5413122 FUENTES OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28419001 ESQUIVEL DAMIAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10198583 FURLONG RICARDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18518130 ESTAYES JORGE DAVID sobre PISTOLA calibre .45 PLG LE 5322300 FUSCONI JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17733661 ESTEVEZ GUSTAVO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14097721 GAGNO MIGUEL ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31981286 ESTEVEZ MARTIN GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12163693 GAGO CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 8298140 ESTEVEZ NORBERTO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28500120 GALARZA SEBASTIAN OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 13804896 ESTIGARRIBIA MARCOS sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 24178817 GALIANO RICARDO SEBASTIAN GUIDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16714986 ETCHEGARAY MARCELO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26061889 GALLINARES CRISTIAN NORBERTO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 35698441 ETCHEVARNE MAXIMILIANO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 22257706 GALLO EXEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11917096 ETEROVICH JORGE CARLOS sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 21401196 GALLO SILVIO MARCELO sobre PISTOLA calibre 7,63 MM DNI 27128855 EULOGIO HECTOR AURELIANO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 21401196 GALLO SILVIO MARCELO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 10650392 FABRIS JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31123694 GALMES TOMAS MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26888234 FACCIA MARCOS RAUL sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 31123694 GALMES TOMAS MIGUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12146535 FACHINETTI EDGARDO DAVID sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 31123694 GALMES TOMAS MIGUEL sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 11946821 FAGIOLI JOSE LUIS NAZARENO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 31123694 GALMES TOMAS MIGUEL sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 22407117 FAHNOE GUSTAVO BENITO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32489350 GAMARRA MIGUEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30011874 FALCIGNO JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24201645 GAMARRA PEDRO JAVIER sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 31311317 FALCON PABLO FEDERICO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27426994 GAMBONE MAURICIO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24898146 FANKHAUSER HERNAN CEFERINO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 13217124 GANDINI CARLOS ENRIQUE sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 14148457 FANNA JORGE MARIO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 13366198 GARABELLO CARLOS ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13132892 FAPPIANO WALTER V. G. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11245310 GARAY JOSE LUIS sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 26025245 FARGETA SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 36202830 GARAY OSCAR ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26025245 FARGETA SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 27627840 GARBACCIO JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35748232 FARIOLI LUIS NASARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32675471 GARCIA BERNARDO ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30685226 FEDELI PAULO JORGE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17342189 GARCIA CENTURION MARCELO R. sobre FUSIL calibre .22-250 PLG DNI 18505656 FERNANDEZ ALBERTO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31144145 GARCIA CESAR ADRIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 12996100 FERNANDEZ ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 29235541 GARCIA CORDOBA LUCAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Documento Denominación 21 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 17290279 GARCIA DANIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17364411 GUEIMUNDE GUILLERMO WALTER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 92917878 GARCIA DE LOS SANTOS NESTOR H. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17364411 GUEIMUNDE GUILLERMO WALTER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22913110 GARCIA GUILLERMO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17364411 GUEIMUNDE GUILLERMO WALTER sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 22103254 GARCIA JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17364411 GUEIMUNDE GUILLERMO WALTER sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 14441593 GARCIA JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 17364411 GUEIMUNDE GUILLERMO WALTER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27188776 GARCIA JUAN MANUEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 17364411 GUEIMUNDE GUILLERMO WALTER sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 4524187 GARCIA JULIO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17364411 GUEIMUNDE GUILLERMO WALTER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 7607832 GARCIA MANSILLA DANIEL EDUARDO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 17364411 GUEIMUNDE GUILLERMO WALTER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17161797 GARCIA RAMON LUCAS sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 16513373 GUERRA MARCELO ORLANDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 16288830 GARCIA RUBEN DAMASO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22496117 GUERRICO FERNANDO JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16989337 GARCIA SILVIA AMELIA sobre CARABINA calibre .44 PLG LE 7680465 GUIÑAZU HUMBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18350446 GARRIDO OSCAR DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33021722 GULLE DIEGO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14239890 GARRONE CLAUDIO FERNANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 93787322 GULLI NICOLAS sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 12823125 GASPARETTI EDUARDO PEDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35651999 GUTIERREZ EZEQUIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 7590538 GASPARINI JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23383089 GUTIERREZ JOSE DEL ROSARIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 28267425 GATICA ALEXIS JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12588733 GUZMAN COLOMBO JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 27117600 GAUCHAT VICTOR ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27163190 GUZMAN PABLO ANDRES sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 27117600 GAUCHAT VICTOR ANDRES sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 13490644 GUZMAN SORIA MARIO GERARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8406123 GAUNA HECTOR ORLANDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 10786836 HAL FAUSTINO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30823541 GAUNA LUCIANO ANDRES sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 24576697 HAPONIUK JOSE JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23440537 GAZQUEZ FERNANDO MARTIN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 32742312 HENDLER YAIR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 36187587 GENTA FRANCO MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11905070 HEREDIA OSCAR EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14256616 GENTILI OSVALDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16654868 HERNANDEZ JOSE MARIA sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 26601054 GENZONE CRISTIAN FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31851602 HERNANDEZ PABLO SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18453476 GEOR ANIBAL FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13131198 HERNANDO SERGIO RUBEN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 27710021 GEREZ JUAN ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4266200 HERRERA HUMBERTO VALENTIN sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 31015028 GEREZ SERGIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23993101 HERRERA ROBERTO FABIAN sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 10139522 GIACCHETTI VICTOR EDUARDO sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 34216815 HERRERO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10139522 GIACCHETTI VICTOR EDUARDO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 28222539 HIDALGO MARTIN ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10139522 GIACCHETTI VICTOR EDUARDO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 24601597 HIGGS MARIANO NICOLAS sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 11564193 GIAMMATTEO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 18347464 HINKELMANN RICARDO ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30686529 GIANGRECO VICENTE sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 18347464 HINKELMANN RICARDO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 18358497 GIANNONE HECTOR ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23414323 HLAVNICKA PABLO FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 6077425 GIGLI ALDO ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27519313 HOFFMAN LEONARDO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25384422 GIGLIO DIEGO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35019676 HOLMAN WALTER RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21011668 GIGLIOTTI MARCELO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23769825 HOSES VERGARA MARIANO MARTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 13155448 GIL FERNANDEZ CARLOS ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 10098873 HOSMANN JULIO MAXIMO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29833669 GILARDONI SUBIRACHS LEON A. sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 95006450 HUANG CHAO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 11968143 GIMENEZ REINALDO ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 94969469 HUANG WEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30456430 GIMENEZ SERGIO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7751615 HUARTE ATILIO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 20575832 GIORDANO GERMAN ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8453849 HUCK FERNANDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 35865959 GIOSCIO VIRGILIO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8453849 HUCK FERNANDO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21830832 GISBERT ADRIAN OSCAR ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 7761557 HUERTAS JOSE MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22372819 GIULIODORI ALEJANDRO ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12516635 HUNGER ROLANDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18117859 GIURA CARLOS EDUARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 30115372 IBAÑEZ ACEVEDO CARLOS ANIBAL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 32059854 GODOY CRISTIAN SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 33279916 IBAÑEZ BARBOZA GERONIMO ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8626747 GOMEZ GERMAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 24751827 IBAÑEZ CLADERA ROLANDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8176848 GOMEZ HECTOR MARIO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 29141431 IBARRA JUAN MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21124522 GOMEZ JORGE RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17999442 IDIART FABIO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 27655506 GOMEZ MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17999442 IDIART FABIO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25443147 GOMEZ RAFAEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22628837 IGLESIAS CARLOS ALBERTO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 30805642 GOMEZ SOLIS JAVIER HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31064720 IMPAGLIAZZO PAOLO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31734415 GOÑI PABLO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 94628328 IRALA DUARTE ILARION sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8483872 GONZALEZ ANTONIO JUAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26925292 ISEA FERNANDO DAVID sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 13834273 GONZALEZ BORGES MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 36707011 ITURBE FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29191173 GONZALEZ CARLOS ALBERTO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 20822519 IZCO MARCELO GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20302448 GONZALEZ CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18224099 IZURRATEGUI NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28976102 GONZALEZ DERMIDIO VICTOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32557941 JAIME ADRIAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24596457 GONZALEZ FERNANDO IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27734103 JAIME CLAUDIO HUMBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12996864 GONZALEZ FRANCISCO RAMON sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 12479447 JAIME RICARDO ANIBAL ABEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18038340 GONZALEZ HECTOR EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34263417 JAUREGUI CARLOS SANTIAGO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 17300297 GONZALEZ JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 27365732 JOSE BARROS RAMON ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16593189 GONZALEZ LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18534951 JUAREZ CARLOS DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 14787763 GONZALEZ LUIS GERARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 24607415 JUAREZ CLAUDIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25461920 GONZALEZ MIGUEL IGNACIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 4550932 JUKELSON JULIO ABEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34527759 GONZALEZ PESCAROLO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29129921 KALMOUKOFF ISMAEL ABRAHAM sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26489691 GONZALEZ SERGIO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18813824 KAO JIH HSIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28597993 GONZALEZ WALTER AMADO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17286470 KENNY SANTIAGO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20561867 GÖRG ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26886108 KLATT ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31351656 GOROSITO BRAIAN DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26886108 KLATT ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21719361 GOROSO MARCELO JAVIER sobre FUSIL calibre .243 PLG DNI 13441818 KLEAR LUIS WALTER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12059342 GOROSTIDI RICARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 25261689 KLOSTER IVAN MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 7645842 GORSD ALBERTO JORGE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27607608 KLUG RUBEN DARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12244654 GRABOVI LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 92151423 KO JUNG SUK sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 16285189 GRAHN BERTIL ANDINO sobre REVOLVER calibre .45 PLG DNI 92151423 KO JUNG SUK sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 13647641 GRAIZZARO JORGE BIENVENIDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 92151423 KO JUNG SUK sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 16024832 GRAND LUIS GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 92151423 KO JUNG SUK sobre CARABINA calibre .44 PLG DNI 20299738 GRILLO JUAN JOSE CEFERINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14610396 KOCHERENGO EDGARDO ALFREDO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 28424749 GRISEK DIEGO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 13816539 KRAWCZYSZYN JULIO ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17467827 GROSSO CARLOS ALFREDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 11807191 KUMICHEL CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32439602 GROSSO GUSTAVO DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26090149 KURZ DOROTEA ELISA sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 13670113 GROSSO ROBERTO OSVALDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13450253 LA GRECA EMILIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17536365 GUAJARDO HUGO DARIO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 29970084 LABOUREAU LEONARDO CESAR sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 35574369 GUALDA ESTEBAN HUGO MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24302868 LAGO FERNANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26441989 GUASCO AGUSTIN HORACIO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 7792701 LAGO MARIO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 16302273 GUDIN MARIA ESTHER sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 18332029 LAMBRUSCHINI PABLO DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 20231274 GUDIN SERGIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31215252 LANDA VENANCIO MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 17364411 GUEIMUNDE GUILLERMO WALTER sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 31706231 LANGE DANILO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17364411 GUEIMUNDE GUILLERMO WALTER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26014937 LARIVEY GABRIEL PABLO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 17364411 GUEIMUNDE GUILLERMO WALTER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 18152875 LARRINZAR FABIAN DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Documento Denominación 22 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 23130652 LAURA DIEGO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 4891742 MARINA FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23578277 LAZAROVITS CRISTIAN PABLO sobre REVOLVER calibre 9 MM DNI 26128093 MARINI DIEGO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26377685 LAZZA MAURICIO RODRIGO sobre FUSIL calibre .270 PLG DNI 34972825 MARMOL EMERSON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16558068 LAZZARINI ADOLFO BARTOLOME CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20734653 MARONESE VIVIANA INES sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 13568332 LEBED NORBERTO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 23762646 MARQUEZ SAUL PLACIDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8488957 LECHNER GERARDO JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17190610 MARQUIEGUI DANTE ENRIQUE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 8488957 LECHNER GERARDO JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29348557 MARTIN LUCAS NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 5508405 LEDER ERNESTO RICARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20097573 MARTIN OMAR CEFERINO sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 20361439 LEDESMA JAVIER ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 20763069 MARTIN ROLANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25010859 LEDESMA VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 5383245 MARTINEZ ANTONIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 11773028 LEGUIZAMON CASTEX JUAN GALO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 25781832 MARTINEZ DANIEL GONZALO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11773028 LEGUIZAMON CASTEX JUAN GALO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23301143 MARTINEZ DARIO EDGARDO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 11773028 LEGUIZAMON CASTEX JUAN GALO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 30621987 MARTINEZ GUSTAVO RAUL sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 11773028 LEGUIZAMON CASTEX JUAN GALO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 26951312 MARTINEZ JAVIER NORBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11773028 LEGUIZAMON CASTEX JUAN GALO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 26860557 MARTINEZ JORGE DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 31385955 LEIGGENER GASTON NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28218374 MARTINEZ LAURA EDITH sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11076434 LEMME FERNANDO JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21670568 MARTINEZ MARCELO CLAUDIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 31411521 LENCIATE CARLOS ENRIQUE sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 22591175 MARTINEZ MARCELO HORACIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29480798 LEON PORTAS CLAUDIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16580961 MARTINEZ MOSQUERA GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23970164 LEOZ MATIAS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 16580961 MARTINEZ MOSQUERA GERMAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 16926028 LETTIERA ENRIQUE ARMANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 14854199 MARTINEZ PABLO JOSE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26194174 LEVY GARCIA SHOCRON MAXIMILIANO JOSE sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 32700295 MARTINEZ RIOS JORGE LUIS sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 11735042 LI ROSI HUMBERTO AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27201156 MARTINEZ SERGIO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 28289656 LIAN FERNANDO AUGUSTO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 31304526 MARTINO SERGIO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18823930 LIN CHENG HUI sobre PISTOLA calibre 7,65 MM DNI 28661724 MASDEU JOSE JORGE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 94033291 LIN CHENGGUANG sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29288053 MASIN FABRICIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 93864190 LIN XIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27136141 MASSACCESI RODRIGO DANIEL M. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21395862 LIPRANDI KEMBER JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32257225 MATA LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26083783 LISTELLO MARIO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20540212 MAYONI GUSTAVO HECTOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23657032 LLORENTE DARIO RUBEN sobre FUSIL calibre .270 PLG DNI 14471756 MAZZEGA ORLANDO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28164500 LOMBARDI GABRIEL AMADEO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 11989027 MAZZITELLI FORTUNATO LUCIANO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 29088618 LONDERO VERGARA DARIO EZEQUIEL sobre CARABINA calibre .270 PLG DNI 11339406 MEHDI GABRIEL ALFREDO sobre PISTOLON calibre 36 UAB DNI 22194705 LOPEZ ALEJANDRO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 36700490 MEJIAS JUAN ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17836412 LOPEZ FERNANDO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27525015 MELIAN NORBERTO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26377367 LOPEZ HUGO NELSON sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31168756 MENCHACA EZEQUIEL HUMBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 33855642 LOPEZ JARA MARIANO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26589164 MENDARO DIEGO HUGO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 27786571 LOPEZ JORGE EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21876271 MENDIETA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22403111 LOPEZ JUAN FERNANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24142667 MENDOZA GABRIEL HECTOR sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 20907511 LOPEZ JUAN GABRIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 35654043 MENEGAZZO JESUAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26456896 LOPEZ JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8524441 MENENDEZ NESTOR HUGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 92761085 LOPEZ MACIA MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27063771 MENICHELLI FEDERICO ROMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32735327 LOPEZ MAXIMILIANO ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31897269 MENNA LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20864479 LOPEZ ORONA JAVIER ADOLFO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31930644 MENOR GRAF DIEGO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33810512 LOPEZ PABLO SANTIAGO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 34987209 MERINO GUSTAVO DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25750122 LOPEZ POMPIGLIO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 32995523 MERLO CHRISTIAN GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25580431 LOPEZ SERGIO ARIEL sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 12613492 MERLOS JOSE NORBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28830113 LOREFICE MARIANO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24811353 MESA FABIO DARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30881908 LORENZATTI ARIEL JORGE sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 4558675 MESSORE CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 32491359 LORENZINO SERGIO ARIEL sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 8502544 MEZA JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29752184 LORIZIO JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11024289 MIGUEZ RODRIGUEZ OSCAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 26506774 LOVAGLIO RAFAEL RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16585646 MINTEGUIA OSCAR ADOLFO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14455095 LUCENTINI GUSTAVO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 13355942 MIRAMONT GUILLERMO MIGUEL sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 23579195 LUCERO ALFREDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13355942 MIRAMONT GUILLERMO MIGUEL sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 16075137 LUCERO RAUL OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 17919535 MIRANDA LUIS HORACIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 11061701 LUCERO ROBERTO MARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12919956 MIRANDA NESTOR ARMANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24822270 LUCHER LEONARDO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25149461 MIRANDA OSCAR ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 17065520 LUGRIN JORGE LUIS sobre CARABINA calibre .270 PLG DNI 13271728 MIRANDA ROJO CARLOS ALBERTO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 8067245 LUJAN ROBERTO JUAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31425647 MIRANDA VILLAGRA HEBER IVAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26369008 LUNA OSCAR FAVIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28576493 MIRETTI MAURICIO HIDELBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 21456355 LUNA PABLO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 23519321 MIRO SERGIO ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25651928 LUQUE DAMIAN DAVID sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 22364390 MIZRAHI DAVID sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 13924837 MACELLARO JORGE CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23420894 MKANNA ENRIQUE RODOLFO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 7356033 MACIAS RITO OSCAR sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 17978847 MOAR GLORIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 34475509 MALDONADO CARLOS CRISTIAN sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 7941981 MOLINA AMADO DAVID sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 24535093 MALDONADO CRISTIAN MARCOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21659100 MOLINA CARLOS GABRIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18515128 MALDONADO MARCELO FABIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 23934537 MOLINA CARLOS RUBEN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 10238652 MALDONADO ORLANDO ALBERTO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 18154559 MOLINA MARIA JOSE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 21899612 MALEK JUSTO PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27962062 MOLINA OSVALDO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 92926136 MAMANI JANCO SANTIAGO F. sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27873963 MOLINAS CLAUDIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 92926136 MAMANI JANCO SANTIAGO F. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20279334 MONDINO MARCELO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 92926136 MAMANI JANCO SANTIAGO F. sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 11899553 MONTANARO DANIEL ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 28689239 MAMANI LUIS ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI 22700064 MONTECINO JUAN SANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 23777970 MANCINI OSCAR ABEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20917971 MONTENEGRO GUALBERTO OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 93264019 MANDADO FARIÑAS MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12854498 MONTENEGRO JOSE ADAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21012091 MANERA WILLINER JULIO CESAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12854498 MONTENEGRO JOSE ADAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14688224 MANGUDO LUIS DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14747227 MONTENEGRO RICARDO CESAR sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 4253205 MANNARA CARLOS sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 22669204 MONTEROS FERNANDO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 6813532 MANRIQUE MARCIAL DOMINGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30938009 MONTES LUCIANO ARTURO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33657315 MANSILLA FRANCO SIMON sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 33725259 MONTU JOEL ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34039700 MANSILLA MATIAS RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32545689 MORALES GASTON OSVALDO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 30716552 MANZANO ARIEL ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 10509268 MORALES JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34379692 MANZUR AGUSTIN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32663717 MORALES LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 31023134 MARAIN LEONARDO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 29631850 MORALES MAXIMILIANO ROMAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 36513092 MARCHIONNI MIGUEL ANGEL sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 23439158 MORALES MONICA GRACIELA sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 14616952 MARCOS CARLOS GUSTAVO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 23439158 MORALES MONICA GRACIELA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12133758 MARCUCCI DOMINGO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21496151 MORAN HERNAN NORBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12133758 MARCUCCI DOMINGO ADRIAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 24793516 MORANDI GERMAN RODOLFO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 8214699 MARDONES HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36655718 MORANDIN EDISON sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 20048842 MAREQUE LEONARDO FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16840567 MORBIDONI ALBERTO ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32019798 MARGUERETTAZ FEDERICO LUCIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13454532 MORENO HORACIO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 7,63 MM Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 23 Documento Denominación DNI 13454532 MORENO HORACIO MIGUEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 10740264 PALMIERI PASCUAL EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 18818446 MORENO JOSE JORGE sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26282102 PALOMEQUE DANIEL GERMAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 25142798 MORENO MARTIN GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM LE 8447157 PANELO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 23278186 MORLEO GUSTAVO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16684334 PANERO RAUL OSCAR sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 13538461 MORRA LEON SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 13712444 PANIAGUA RAUL ROQUE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 7722294 MOSES RODOLFO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17075006 PANNUNZIO ALCIDES ANTONIO ANGEL sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 24743532 MOTA VICENTE MARCELO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 17075006 PANNUNZIO ALCIDES ANTONIO ANGEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 16723060 MOTTA HECTOR FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13336593 PANTO JORGE ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 8474198 MOTTILLO ROBERTO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 20049406 PARDO PABLO HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11053350 MOUDJOUKIAN JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 22948402 PAREDES JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26327649 MOYA JUAN RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29668271 PASARELLI DIEGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14717338 MUNIGHINI AGUSTIN ALCIDES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27082690 PASCUAL RICARDO EZEQUIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34978339 MUÑIZ JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33176488 PASQUARELLA ALEJANDRO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13527420 MUÑOZ DIEGO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 21920210 PASQUARIELLO DIEGO FEDERICO sobre FUSIL calibre .338 PLG DNI 36305552 MUÑOZ LUCAS EMANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 4596555 PASQUETTI RICARDO REMIGIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34030585 MUÑOZ LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24157205 PASTRANA VERONICA NOEMI sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 22372881 MURUA TORRES DARIO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11584357 PATRIARCA EDGARDO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 20007547 MUSITANI FRANCISCO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8430671 PAVON RUBEN CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 35260662 MUSSIN JULIAN RENE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26749757 PAZGON ROBERTO DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 10451442 MUSSO BARRERA FELIX FRANCISCO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 26749757 PAZGON ROBERTO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14281675 MUZIO HECTOR ENRIQUE sobre CARABINA calibre .308 PLG LE 6118855 PEDRAZ JULIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16830221 NAGEL RAUL RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26231306 PEDROTTI JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27403072 NAHUELQUIR ARGENTINO OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23171534 PEDROZO GRISELDA FABIANA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12924613 NARVAJA EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13083010 PEDULLA HORACIO MARCOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12924613 NARVAJA EDGARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 35107724 PELLATI EMANUEL JOSE RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18454344 NASELLO GUSTAVO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 16197308 PELLIZA PEDRO ANTONIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 12670678 NASIFF EDUARDO JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16197308 PELLIZA PEDRO ANTONIO sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 22422218 NASINI MARTIN ENRIQUE sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 23464606 PENAS ALEJANDRO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11851291 NASSIVERA LUIS BERNARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21836889 PERALTA ARIEL GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26291992 NAVAJAS PABLO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16258200 PERALTA HECTOR ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 22664369 NAVARRO CESAR GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17333437 PERANDO GUSTAVO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27827596 NAVARRO JUAN PABLO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 24220400 PERANDONES FERNANDO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28700918 NAZAR JUAN MOISES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 93119798 PERANSI JAIME sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16316057 NETO HUGO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13997666 PERCHIVALE JULIO ALBERTO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 30032371 NICOLA PATRICIO ROMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23599515 PEREDO EDUARDO CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4380531 NICOLAO VICTOR ADOLFO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 25378055 PERELLO MATIAS RICARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30082596 NICOLAU SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28940666 PEREZ FABIAN DANIEL sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 31251936 NOCITO IGNACIO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34299192 PEREZ JUAN JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24462234 NOGUERA JOSE LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13303434 PEREZ LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16246360 NOLASCO ADRIAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 92488573 PEREZ SAEZ HUGO HERNAN sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 11303542 NORVERTO JORGE BRAULIO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 17206947 PEREZ SANDRA RAQUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 11303542 NORVERTO JORGE BRAULIO sobre PISTOLA calibre 7,63 MM DNI 31341308 PEREZ SEBASTIAN ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28467786 NOVARINO JORGE DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 14522106 PEREZ VICTOR CESAR sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 11722095 NOVOA RICARDO ROBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 27413338 PEREZ VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 6046119 NOYA NESTOR OSCAR sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 16161929 PERFETTI ROBERTO ANTONIO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 12938700 NUIN NELSON ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 24 UAB DNI 27471999 PERTICARINI LIZA YANINA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29050252 NUÑEZ NESTOR ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33709951 PERUCCHINI CESAR NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21092475 NUSBAUM CARLOS EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22447680 PETRILLO NORBERTO ADRIAN sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 21071989 NYE MARTIN ANDRES HARVEY sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 18417254 PETRULLO FRANCISCO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 18301936 OHOKA JORGE RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26550197 PETTERSON CRISTIAN ADOLFO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 18301936 OHOKA JORGE RICARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23219382 PIATTONI ALBERTO MARTIN sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 32340641 OJEDA DIEGO EMANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16765386 PICCO CLAUDIO MARINO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 17258734 OJEDA ESTANISLAO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28834663 PICCOLI CRISTIAN ALBERTO sobre CARABINA calibre .357 PLG DNI 16411192 OLEA HUGO NESTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 11794651 PIERINI DANIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23100432 OLIVA GONZALO GERMAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23708132 PIEROTTI CARLOS ARIEL sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 22775813 OLIVA JOSE GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26360483 PIETRANERA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24325189 OLIVERA ANGEL ALBERTO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34272313 PIFARRE GERARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 92396447 OLIVERA NELSON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25116307 PIGLIAPOCO MAURICIO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 27545170 OLIVERA ULISES ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 93212379 PILLOT MARIO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 21757100 OLIVERO RICARDO ALFONSO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 28371520 PINAS CARLOS DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 21757100 OLIVERO RICARDO ALFONSO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 17282502 PINEDA RUBEN DARIO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 12243137 OLMEDO CESAR RAMON sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 17954643 PINO HECTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29992963 OLMOS MAURO FRANCO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12499010 PINTOS EDUARDO GUALBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 25813292 OPIZZO CESAR ALFREDO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 12499010 PINTOS EDUARDO GUALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 33627431 ORDOÑEZ FEDERICO EMANUEL sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 12499010 PINTOS EDUARDO GUALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 31336444 ORDOÑEZ WALTER ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12499010 PINTOS EDUARDO GUALBERTO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 26832853 ORELLANO MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14717941 PIOVERA JORGE LUIS sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 23972798 ORELLANO ROBERTO JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14717941 PIOVERA JORGE LUIS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 21624948 OROZCO JOSE LUIS sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 26528480 PIPKE CLAUDIO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31342589 ORQUERA FEDERICO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25623677 PIRONIO CRISTIAN sobre FUSIL calibre .338 PLG DNI 30323878 ORTIZ JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32786693 PIZARRO MATIAS PABLO sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 22698534 ORUE ELIVIO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 7843924 POCHETTINO MARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 7998152 OTANO OSVALDO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 30996078 POEYLAUT PALENA EMANUEL A. sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 21385669 OTEGUI HERNAN OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16379030 POGGIO DANIEL HORACIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33359734 OTTA EDUARDO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 17238195 POLLIAN ENRIQUE JULIO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 20330768 OZAN RODOLFO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 17132638 POLLIO EDUARDO ARNALDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 21985935 PAAS ALFREDO RODOLFO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 23643540 PONCE FERNANDO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28135501 PACE GUSTAVO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24691291 PONCE RODOLFO CESAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 92758458 PACIFICO SERGIO TABARE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23657723 PRESTTI SERGIO DANIEL sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 26739618 PADILLA SERGIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34524378 PRIETO DARIO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26268439 PADULA CHRISTIAN MARCELO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 21986087 PRINCE HORACIO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26324554 PADULA PABLO ANDRES sobre PISTOLA calibre 7,63 MM DNI 23804432 PROUD CARLOS JOSE ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17426512 PAGLIARUZZA DARIO JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29296433 PUGENER ADRIAN MARTIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 30083284 PAGNONE GABRIEL HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34300937 PUPPO DIEGO NICOLAS sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 34298195 PALACIOS LANDAIDA EDUARDO MARTIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12575242 PUTIGNANO JOSE MARIA sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 18145715 PALACIOS LUCIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 7644319 QUADRELLO IVO VICENTE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 18482231 PALACIOS VICTOR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 10540644 QUAGLIA MONICA BEATRIZ sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 16760865 PALAVECINO LUIS OSVALDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30210186 QUEVEDO JUAN SANTIAGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 30396390 PALLAO LUIS FRANCISCO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 29197996 QUEVEDO MARCOS ADRIAN CESAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16294693 PALMIERI ALFREDO DARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24394901 QUEVEDO VERONICA ANABEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 24 Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Documento Denominación 25 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 13461022 QUICCHI JORGE RAUL sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 14964327 RONCERO SERGIO JOSE sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI 26242515 QUINTEROS ROBERTO NICOLAS A. sobre FUSIL DE CAZA calibre 12 UAB DNI 21689644 ROQUIER CLAUDIO DAVID sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 8089750 QUIROGA ALFREDO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30926290 ROSELLI SERGIO NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8089750 QUIROGA ALFREDO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33581247 ROSSI NICOLAS sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 17112361 RACCA ADALBERTO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33581247 ROSSI NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20660321 RADDUSO MARIO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 21714969 ROTHLISBERGER HUGO RAMON sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 20660321 RADDUSO MARIO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11313005 ROVIRA MIGUEL ANGEL sobre FUSIL calibre .338 PLG DNI 20660321 RADDUSO MARIO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 14027159 RUBIO HUGO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24475381 RAFANIELLO CRISTIAN JUAN ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .338 PLG DNI 14027159 RUBIO HUGO CESAR sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 34655886 RAMIREZ CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23519820 RUFINO RAUL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25185930 RAMIREZ FERNANDEZ RODOLFO OSCAR sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 23410827 RUIZ DIEGO ALFONSO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 34232503 RAMIREZ MAXIMILIANO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30847825 RUIZ EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22245819 RAMIREZ MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32898957 RUIZ FERNANDO PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 93027334 RAMIREZ ORTIZ ISABELINO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 4594603 RUIZ MONTANI CARLOS NORBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 25283647 RAMOS ANTONIO NICOLAS sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 12127358 RUSSO CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 8627011 RANDO CRISTIAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 20761685 RUSSO FABIO GABRIEL sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 23507920 RAPETTI MARTIN MAXIMILIANO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 32828186 SAAVEDRA CHRISTIAN FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29830378 RASGIDO ALFREDO FABIAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 10749783 SAAVEDRA FRANCISCO EDGARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 17974142 RATTI NELSON AMADEO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 29369104 SABATINI BELTRAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 25639753 RE DAVID JOSE MARIA sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 93176746 SABATINO PASCUAL sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 24313029 READ MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26991854 SABIO FACUNDO MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13337024 REBOREDO RUBEN OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26991854 SABIO FACUNDO MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24358879 RECALDE SANDRA FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 11743401 SAEZ ABEL ALBERTO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 25381657 RECH LEONARDO ANDRES sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 31347345 SAITA EMILIANO JULIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30322390 REDONDO EMANUEL FEDERICO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 27033450 SAITTA MARTIN SALVADOR sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 26868485 REGENSBURGER DANIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 22772439 SALA MERCADO JUAN J. sobre FUSIL calibre .243 PLG DNI 22053307 RENTERIA PABLO ANDRES sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 22772439 SALA MERCADO JUAN J. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 26641333 RENZETTI GABRIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 4430713 SALERNO JORGE HORACIO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 30791245 RETAMERO RAMON MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17388086 SALINAS OSVALDO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29686027 REUTEMANN EUGENIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 32918432 SALOMON EMMANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32888830 REVELLI EDUARDO MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25591854 SALVADOR LUIS ENRIQUE E. sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 26085728 REY GUSTAVO FEDERICO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 22491545 SAMPAYO GUSTAVO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24783238 RICCA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22412590 SANCHEZ DIEGO RAUL sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 4300437 RICCIARDOLO ADOLFO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29682351 SANCHEZ HERNAN NICOLAS sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 4300437 RICCIARDOLO ADOLFO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24670138 SANCHEZ HUGO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 4300437 RICCIARDOLO ADOLFO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 24356810 SANCHEZ ISIDRO JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14902298 RICCO RAFAEL ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 24356810 SANCHEZ ISIDRO JAVIER sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 22266979 RICHARD CLAUDIA MARIA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 18410699 SANCHEZ JORGE RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 30487880 RICOTTI CARLOS ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 10940386 SANCHEZ LUIS JORGE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 16838644 RIMOLDI ELIO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23315824 SANCHEZ RAUL ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 4398000 RINALDI CARMELO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 35030838 SANCHEZ RODOLFO JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13920482 RIOS EDGARDO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27964448 SANDIN JUAN ANTONIO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 16934182 RIOS MARTIN DE JESUS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16014182 SANGUEDOLCE CARLOS ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 14240087 RIOS ROLANDO MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12313628 SANGUINETTI RUBEN ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 16134139 RIOS SERGIO OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14709201 SANSBERRO JORGE EDGARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 20196589 RIOSECO RUBEN ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31829025 SANTANA FACUNDO AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25542560 RIVEIRO VICTOR RAUL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 31829025 SANTANA FACUNDO AGUSTIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 25542560 RIVEIRO VICTOR RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 11604759 SANTANA JULIO RUBEN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 20022607 RIVERO JORGE OSCAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 21432374 SANTILLI MARCELO JAVIER sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 17079100 RIVOSECCHI ALEJANDRO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 24756924 SANTILLI SERGIO ANIBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17645974 RIZZI LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30338286 SANTOPIETRO JONATAN MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 32203204 ROCCHELLI PABLO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25387589 SANTORO GASTON OVIDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25966575 RODMAN JUAN CRUZ sobre CARABINA calibre .243 PLG DNI 27262749 SANTORO JUAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 92284252 RODRIGUEZ ALVARO GERMAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16593635 SANTOS JORGE EDUARDO sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 21926294 RODRIGUEZ BENVENUTO CARLOS A. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 20096163 SATLER GUSTAVO FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 27394107 RODRIGUEZ CARLOS PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12188078 SAUCEDO JORGE ALBERTO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 18412755 RODRIGUEZ CLAUDIO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12106766 SAUL EDUARDO RAMON sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 28035398 RODRIGUEZ DAMIAN LEANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32379540 SAUL JESUS MARTIN EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 18321955 RODRIGUEZ DANIEL MARCOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23250032 SAVERINO GUSTAVO FABIAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 21697698 RODRIGUEZ ELBIO VICTOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 8213350 SCAIOLA DOMINGO JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24425037 RODRIGUEZ FIDEL ROGELIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 20289666 SCALISE ALEJANDRO DAVID sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 26391227 RODRIGUEZ GERARDO EMANUEL D. sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 21794432 SCARDINO ANGEL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 13183149 RODRIGUEZ HUGO ALBERTO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG DNI 24299462 SCARPATI LONGO CLAUDIA PAOLA sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 30847840 RODRIGUEZ HUGO DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20860499 SCHENK CLAUDIO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 35432263 RODRIGUEZ JUAN JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23544046 SCHIEL LUIS ERNESTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23435371 RODRIGUEZ JUAN MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 5870431 SCHNEIDER HECTOR JORGE sobre PISTOLA DE CAZA calibre .22 PLG DNI 12271327 RODRIGUEZ JULIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 12895308 SCHOLZ RAUL ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10684623 RODRIGUEZ LEONEL RENE sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16948155 SCHUCK MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22226570 RODRIGUEZ LOZANO MARTIN MIGUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG LE 4536143 SCHUSTER CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22226570 RODRIGUEZ LOZANO MARTIN MIGUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG LE 4536143 SCHUSTER CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12734525 RODRIGUEZ MARIO EMILIO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 17690275 SCHVINDT VICTOR REINALDO sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 26929315 RODRIGUEZ MARIO HERNAN sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 20315600 SCOCCIA CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 10653837 RODRIGUEZ PRILIDIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 13251048 SCOTT TOMAS ROBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32328799 RODRIGUEZ RAMON ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 5097624 SCOTTI RAUL MARIO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 31152929 RODRIGUEZ VULYCHER CARLOS MIGUEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 26127190 SEGOVIA GUSTAVO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22895040 RODRIGUEZ WALTER GABRIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 26732964 SEGOVIA HUGO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 25916405 ROJAS ADRIAN GUIDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18837185 SEGUNDO ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 10386866 ROJAS JOSE WENCESLAO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20822171 SEMINO SERGIO PEDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 36013397 ROJAS WALTER ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 28109458 SEQUEIRA GLADYS MABEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 32650628 ROJAS WALTER SERGIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 13574124 SERRA CARLOS OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24353886 ROLDAN ALEJANDRO MARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13492484 SERRANO ADOLFO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 10028223 ROLDAN JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 32878844 SERRANO CARLOS MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20971160 ROLON GUSTAVO GABRIEL sobre CARABINA calibre .270 PLG DNI 4392070 SERVADEI ROBERTO HORACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30422148 ROLON ROBERTO CLAUDIO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 22584821 SILVA CARLOS PATRICIO sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 24138927 ROMERO DIEGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 22584821 SILVA CARLOS PATRICIO sobre FUSIL calibre .300 PLG DNI 16403786 ROMERO FRANCISCO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 31091948 SILVA ERIC GONZALO sobre CARABINA calibre .22 PLG LE 8176082 ROMERO JORGE ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23435034 SILVA JULIO FLORENCIO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 28384886 ROMERO JUAN JOSE DE DIOS sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 26996384 SILVA RAUL FERNANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 28384886 ROMERO JUAN JOSE DE DIOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21797114 SILVA VICTOR VALENTIN sobre CARABINA calibre .44-40 PLG DNI 5600301 ROMUALDI SILA ELBA sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 26426663 SILVERO HECTOR JAVIER sobre ESCOPETA calibre 16 UAB Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Documento Denominación 26 Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI 35672255 SILVESTRO ARIEL HERNAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 36888070 URIARTE GERMAN DANIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 12425417 SIMEONE GUSTAVO ANTONIO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 26958958 USBERTO IGNACIO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24257859 SIMONELLI CARLOS JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 27943140 UTHURRIAGA EVER ROMEO A. sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 20473842 SINGER NESTOR ENRIQUE sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 12825621 VALDES HERNAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28730552 SIRI NORBERTO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32583840 VALDEZ VICTOR OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 20223274 SISA CARLOS HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12975471 VALDIVIA JOSE LUIS sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 34552406 SMIRCIC ALAN LEANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 24761392 VALDIVIEZO FAUSTO EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24523723 SOBRERO FERNANDO MARTIN sobre FUSIL calibre .243 PLG DNI 17757236 VALENZUELA CLAUDIO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16143055 SOLA MARIO DOMINGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 4984654 VALIENTE HUGO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 16682519 SOLLA LAURA MARIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 31719112 VALLE IGNACIO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12455603 SOLLI ANGEL ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 26328450 VALLEJOS ARIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 29835222 SOQUET GOMEZ GASTON sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14995244 VALLINI CARLOS MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB LE 8431388 SORIA JORGE LUIS sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 31013687 VARALDA EMILIANO NAHUEL Z. sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20602561 SORIA JOSE ANTONIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 16619174 VARAS ANGEL RUBEN sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 12843150 SORIA MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 17565515 VARELA DANIEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 23107340 SOSA WALDO MARCELINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 21604352 VARELLI DARIO JAVIER sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 14607793 SOTTANO GUSTAVO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 37067185 VASULKA GERMAN AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14607793 SOTTANO GUSTAVO ANDRES sobre REVOLVER calibre .32 PLG DNI 36629559 VATT SANTIAGO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 5566480 SOULAS RENE EMILIO A.M.J. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30709077 VAZQUEZ DIEGO MARTIN sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 23928617 SPADONI MAURO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16340751 VAZQUEZ ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 23928617 SPADONI MAURO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 26664738 VAZQUEZ MARTIN NICOLAS sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 26528809 SPESSO WALTER ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 32826751 VEDIA HUGO DIEGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24402821 SPINA DIEGO MARTIN sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 20452020 VELAZCO MARIO RAUL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 18125841 SPIZZO SERGIO JUAN sobre FUSIL calibre 7 MM DNI 35195427 VELIZ LEONARDO GONZALO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 20987858 SPOHN WALTER GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35195427 VELIZ LEONARDO GONZALO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20987858 SPOHN WALTER GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32300978 VENIER JAVIER ALBERTO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 20987858 SPOHN WALTER GERMAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 18502519 VERA FRANCISCO FABIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 20987858 SPOHN WALTER GERMAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 32224744 VERA JOSE EDUARDO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG DNI 20987858 SPOHN WALTER GERMAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 13941528 VERA NELSON sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 31755233 STACCHIOTTI ADRIAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 12732514 VEREN HUGO VICENTE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 16148649 STADELMAN SERGIO RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 93977084 VERGARA EBER FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 18778308 STAUBER JAVIER ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 32941205 VERON VICTOR PEDRO MAXIMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 28978426 STOPPINI SERGIO LUCAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 36417303 VICCIA FRANCO JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12871809 STRADA RENZO CRISTIAN sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 14409717 VIDAL HUMBERTO SILVIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12871809 STRADA RENZO CRISTIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 16227095 VIDAL RICARDO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 4531204 STRATICO CARLOS SALVADOR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 30016353 VIDELA JUAN PABLO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 14511960 STUPENENGO DARIO JOSE sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 29638303 VIEDMA ROMAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 24036593 SUAREZ ARIEL MARCELO sobre CARABINA calibre .45-70 PLG DNI 24530843 VIEGAS BORDEIRA ROBERTO F. sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI 24036593 SUAREZ ARIEL MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 27469756 VIERA VICTOR HUGO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 17022469 SUAREZ FABIAN ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 34685806 VIGNATI HERNAN ROMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16492465 SUAREZ GUSTAVO VICTOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 16361651 VILLAGRA RAMON OMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 12777610 SUAREZ MAXIMO JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre .22 PLG DNI 14417168 VILLALBA ALBERTO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23149046 SUBIETA JORGE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 22112831 VILLALBA PABLO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 29598969 SUPPO GABRIEL EDUARDO sobre FUSIL calibre .223 PLG DNI 29191850 VILLAR SERGIO DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 14038630 TABIERES ROBERTO HUGO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 6149003 VILLARREAL RAMON EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 5408030 TABOADA DE IRIONDO ANTONIO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 23397377 VILLARROEL ARIEL FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30255321 TACKENBERG GUSTAVO JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 23397377 VILLARROEL ARIEL FERNANDO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 22780001 TAJA EDGARDO RAFAEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 27462109 VILLARRUEL FACUNDO LUCAS sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 27497337 TALAMONA DIEGO OSCAR sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI 23189078 VILLARRUEL IVAN GUSTAVO sobre CARABINA calibre .22 PLG LE 6007418 TARABAIN ALI ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23189078 VILLARRUEL IVAN GUSTAVO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16606397 TARAYRE CLAUDIO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 26836891 VILLENA FEDERICO HERNAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 28699731 TAVELLA EMILIANO JOSE sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 7829736 VIOR LUIS RAMON sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 18063806 TECHEIRA ESTEBAN CRISTOBAL sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 25659336 VIRRO GONZALO LIONEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 33904198 TENCA SANTIAGO AGUSTIN sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI 25106517 VITALE CHRISTIAN DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG DNI 6026442 TENENBAUM RUBEN sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 5266089 VITALE ORLANDO CARLOS ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 29345668 TERZAGHI SEBASTIAN ANDRES sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI 5165032 VITALI ALBERTO sobre REVOLVER calibre .44 PLG DNI 28728921 TEVES LUCIANO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 31089157 VIZGARRA LUCAS ALCIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33876738 TIBALDO MAZZOLA IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 34145676 VLADISAUSKAS NICOLAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 18840965 TIRADO ZAMORA FELIX sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24719541 VOGT CLAUDIO ANDRES sobre REVOLVER calibre .22 PLG DNI 23760763 TIRAQUINI FACUNDO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32507746 WALKER CARLOS DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 12065301 TISNADO ABELARDO SEGUNDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 32507746 WALKER CARLOS DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24133039 TISSERA FABIAN MARCOS sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 11326431 WALLISCH WALTER NORBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 12162453 TKACZGK RAUL ALBERTO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG DNI 18380402 WATOREK WALTER GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 25131219 TOCCALINO ALEJANDRO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 94025333 WENG RONGWANG sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 12432493 TOJO RAUL EDUARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 94025333 WENG RONGWANG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 23491862 TOLEDO RAUL APOLINARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 94499585 WENG XIAOQIANG sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 17618223 TOLEDO RUBEN DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 94499585 WENG XIAOQIANG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 20622946 TORANZO MARCELO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 32097324 WERGER LEANDRO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 20622946 TORANZO MARCELO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 17184426 WOSNIUK DAVID JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 27695886 TORANZO WALTER ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 94768143 WU TIANYAO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 92980685 TORO PEZO SABINO IVAN sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 95060571 YAN CHENGJIE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 36490785 TORRE GUSTAVO DOMINGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 35533923 YANTORNO MATIAS DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 33418161 TORRES EDGAR ANDRES sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 16762415 YBARRA RODOLFO OMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16841747 TORRES FEDERICO PATRICIO sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 10010732 YOMA AMIN OSMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 11775947 TORRES MARTIN DIEGO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI 22387170 ZACARIAZ DIEGO MARCELO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 5252754 TORRES NESTOR ISIDORO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI 31928043 ZAHRELBAN RODRIGO LUIS sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 5252754 TORRES NESTOR ISIDORO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 16943412 ZAINA VICENTE FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 22880008 TORRES RAUL ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG DNI 23383635 ZAMUDIO CHRISTIAN ADRIAN A. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 28829591 TOSETTO MARCOS GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 13250426 ZANAZZI CARLOS DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 30233437 TOSI ANGELO PAOLO sobre FUSIL calibre .270 PLG DNI 25545888 ZANOTTI MIGUEL ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 10880799 TOUBES EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 21839287 ZAPATA CRISTIAN JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI 25653619 TRAISE CARLOS JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG DNI 14413250 ZAPATA DANIEL OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 24844804 TRAUT GUILLERMO EDUARDO sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 26371716 ZAPATA RAMON CEFERINO sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 17902027 TRIPPAR DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 33809030 ZARAZAGA TOMAS ALBERTO sobre CARABINA calibre .17 PLG DNI 17902027 TRIPPAR DANIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG DNI 13848941 ZELAYA MIGUEL ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI 23625004 TRONCOSO HECTOR ALFREDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG DNI 94781380 ZHUANG JINQIANG sobre PISTOLA calibre .380 PLG DNI 36910499 TROSSERO FACUNDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 94034044 ZHUANG YI sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 14290017 TRUCCO ENRRI JUAN sobre CARABINA calibre .308 PLG DNI 16077004 ZOTTICO SERGIO DAVID sobre CARABINA calibre .22 PLG DNI 23388664 ULDANI ALDO JAVIER sobre CARABINA calibre .30-30 PLG DNI 28866780 ZUCALO RICARDO HECTOR sobre CARABINA calibre .223 PLG DNI 30632510 UNAMUNO SCHULMEISTER ENRIQUE sobre FUSIL calibre .308 PLG DNI 14449558 ZUÑEGA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 21892053 ABEDINI JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28661546 ACOSTA ANTONIO DAVID ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Documento Denominación 27 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 10358009 BEE DANIEL MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32324096 BEJARANO JUAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5262840 BELIZ HECTOR RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16026982 BENAVIDES RAIMUNDO FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18080525 BENITEZ ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26966037 BENITEZ CRISTIAN MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29465318 BENITEZ SERGIO GERARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12181235 BERGARA CLAUDIO ROQUE ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 29777341 BERNACHEA LEANDRO FEDERICO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 16548792 BERNASCONI GUSTAVO RONALD sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28688470 BERRA PABLO GABRIEL V. ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 5370733 BERTELLI JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6609239 BIANCO MANUEL JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30624207 BIDIZ VICTOR ENZO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13235993 BISCOSSI RAUL DARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23671680 BLANCO JORGE ALBERTO ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210 DNI 31509993 ACOSTA JONATAN VLADIMIR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14759135 ADAMS LUIS DERCY sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17641048 ADRIAZOLA GUIDO ADALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25712343 AGUERO LEONARDO DAVID ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 18088154 AGUIRRE CARLOS TORIBIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11530321 AHEK ALFREDO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22519293 ALANIZ GUSTAVO NORBERTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 27751903 ALBORNOZ JAVIER EUSTAQUIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8571254 ALBORNOZ JUAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21994124 ALCARAZ VICTOR LA CRUZ sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24644115 ALCORTA FABIAN HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7805140 ALEGRE SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13803769 ALI TAKCH HUGO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34177295 ALMIRON LISANDRO FIDEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16340850 BOBADILLA OMAR ISIDORO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11176883 ALMIRON OSVALDO MARCIAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10132576 BOIFFIER EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11864738 ALONSO DANIEL HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12035945 BONZI RODOLFO ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18127608 ALONSO GERMAN RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21527068 BORDON JORGE DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13573159 ALSINA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11827363 BRANDI LUIS EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13560491 ALTAMIRANO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31435331 BRAVO GABRIEL ORLANDO DNI 31064481 ALVAREZ GISELA NOEMI sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30634936439 DNI 17993782 ALVAREZ JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14249753 BRESKA REINALDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12809406 ALVAREZ MARIO GUSTAVO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 17090216 BRITEZ EGIDIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20669362 BRUNI PABLO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10976924 ALVAREZ OSMAR VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10915195 BULATOVICH DANIEL CRISTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33161339 ALVES JOSUE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13010265 BULNES ALBERTO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31717907 ALVEZ DANTE SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18072248 BUR PABLO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI 16105294 AMADO CARLOS RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre LE 5268306 BURGUEÑO RODOLFO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16842716 ANDRES CARLOS BELARMINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21553119 BUSTO ELIO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26292759 ANTUNEZ CARLOS MARIA ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 16654740 CABALLERO NORBERTO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27586262 CABALLERO ORLANDO SEBASTIAN ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 DNI 35035266 CABALLERO WALTER EXEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22225504 CABANES CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14146355 CABAÑEZ MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8603179 CABELLA ALBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26002643 CABRAL HECTOR ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26250290 CABRERA ALFREDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33575307 CABRERA FELIX LEANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21957670 CABRERA HECTOR RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33502517 CABRERA JONATAN EUGENIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24720556 CABRERA JUAN JOSE ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 27725044 CAGNA EMILIANO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12018974 CALANDRA RICARDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18162852 CALFULEN ABELARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29064720 CALVIMONTE MAURICIO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20262937 CAMACHO MARIO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20072987 CAMAÑO CARLOS JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30791609 CAMORS FERNANDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11577679 CAMPOS RAMON FAUSTINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31934680 CANDIA CHRISTIAN EMMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29534603 AQUINO ANTONIO JAVIER ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 17731761 AQUINO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24905334 AQUINO DANIEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28369845 AQUINO SEBASTIAN MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12575967 ARAMAYO LUCIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre LE 8270714 ARAMBURU JORGE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20480213 ARANDA IGNACIO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30527629 ARANDA MAXIMILIANO RAMON ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 21932787 ARANDA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16880748 ARANDA ROQUE CATALINO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 13236663 ARATA SERGIO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10925294 ARDILES MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31933745 ARESTI EMMANUEL RAMON ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 11078302 ARGUEYO OSCAR ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12636282 ARIAS ANTONIO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16090757 ARIAS FIDEL ALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20934652 AROCA CLAUDIO ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16106243 ARRIGHI LEONARDO LUIS ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 17456137 ASSANDRI HUGO OSVALDO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 5610923 CANEDO OSCAR SERGIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 37535844 CANESIN ERITH DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12172168 AVALOS FAUSTINO RITO ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 DNI 27353354 CANO MARIO ALBERTO ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 DNI 14323682 AVALOS MERCEDES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24781094 CANTEROS GABRIEL GUSTAVO DNI 4406186 AXELRAD ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 25780322 BADA MIGUEL ANGEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 14803468 CAPELLA JUAN DOMINGO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 16096505 BAEZ JAVIER ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27723600 CAPOBIANCO FELIPE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre CAPUCHETTI EDUARDO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7861180 BAEZ MARIO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10810745 DNI 20897446 BAIGORRIA ALEJANDRO ARIEL ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 23310404 CARABAJAL EDUARDO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32651517 CARBONARI ALEX DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13869345 BALESTRINI LUIS ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26000191 CARIA RAMIRO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 36057511 BALMACEDA JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30089878 CARNEVALE HERNAN JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16791786 BARRERA ERNESTO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17659368 CARO RAUL ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26962652 BARRIENTOS CRISTIAN FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17366255 CAROD MARCELO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14247751 BARRILARO RODOLFO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11806731 CARRAL HECTOR MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33847353 BARRIOS FEDERICO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16286333 CARRETTONI JORGE AMADEO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18305481 BARROS CARLOS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre LE 8435719 CARRIZO JOSE ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29319796 BARROS OSCAR ALEJANDRO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 17038099 CASAS ALBERTO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8236278 CASEY PATRICIO ABRAHAM sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23609555 CASTELLON HERNAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12444249 CASTIGLIONI JULIO LUCIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22137404 BASABE NELSON FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10851552 BASUALDO JUAN CARLOS ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487 DNI 24198370 BASUALDO PEDRO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27713685 CASTILLO CESAR ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24849112 BAUTISTA FACUNDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre LE 7666710 CASTILLO MIGUEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22026128 BAZAN ADRIAN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5703707 CASTRO ANTONIO REVUSTIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22260651 BAZAN KARINA ANDREA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30333149 CASTRO MUÑOZ EZEQUIEL D. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29852114 BAZAN ULICES MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16801233 CATALDO LUIS ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 13081408 CAVASOTTO OSCAR DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 27780074 CAZAS CHRISTIAN ALBERTO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30634936439 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Documento Denominación 28 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 22407117 FAHNOE GUSTAVO BENITO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14901505 FANDIÑO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18368773 FARFAN CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4955866 FAZIO VICENTE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14682336 FELICES ERNESTO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25806229 CEJAS CLAUDIO RAUL ámbito de SAS LITORAL SEGURIDAD S.A. 30707014845 DNI 26480245 CEJAS GIANNINI ESTEBAN A. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16101068 FERNANDES NOGAL GREGORIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14071708 CEJAS OSCAR ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17703693 FERNANDEZ CARLOS EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 20073283 FERNANDEZ CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17508012 FERNANDEZ DANIEL OSCAR ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 10145086 CHAVEZ CARLOS ANTONIO DNI 14143999 CHIAPPINI HECTOR OSCAR ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 34928682 FERNANDEZ FACUNDO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17062580 CINQUINI CARLOS EUSTAQUIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27743560 FERNANDEZ GUSTAVO MARIO DNI 17228937 CISMONDI PEDRO GUILLERMO ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L. 30708950994 DNI 20483049 FERNANDEZ HECTOR OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30660188 COLELLA AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12076240 FERNANDEZ LUGEA PABLO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11748619 COLELLA HECTOR FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18432378 FERNANDEZ PABLO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25251735 COMES GUILLERMO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23230639 FERNANDEZ RUDY ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5660462 COMISARIO LEONCIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25683011 FERRAIOLO JUAN MARTIN MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14402278 CONDE JOSE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17993334 FERREIRA ERNESTO ANTONIO DNI 25370368 COPO ALFREDO ALEJANDRO ámbito de L Y J SECURITY S.A. 30707996222 ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 12180819 CORES JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17770149 FERREIRA JAVIER ALFREDO DNI 14572686 CORONADO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 93075977 CORONEL CONDE RUBEN CESAR ámbito de KÖNER SEGURIDAD S.A. 30707700285 DNI 24239879 FERREYRA HUGO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17038410 FERREYRO MARIA FERNANDA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33062937 CORONEL DARIO ORLANDO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125 DNI 11618811 FERRON RICARDO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5711166 CORONEL DOMINGO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20286650 FIGUEREDO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5371355 CORONEL OSCAR HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22005510 FIGUEROA NESTOR ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14926653 CORRADI JORGE CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20080823 FLORES SEGUNDO ARGENTINO sobre armas de puño registradas a su nombre FOIS GERMAN GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18360048 CORREA CARLOS OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30883862 DNI 10991696 COSTA ROBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28512611 FRANCO ARIEL GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14051943 CRAVERO EDUARDO ANIBAL R. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7757286 FRANCO RICARDO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34313237 CRUZ PATRICIO JULIO NAHUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 LE 8310810 FRANZINI ROMULO HILARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17229185 FRIGIDI SERGIO FABIAN ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 26719198 FUSARO ALICIA NATALIA ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 26618041 GAGO MARIANA LUJAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16633529 GAITAN JORGE ELISEO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14682797 GALEANO EUGENIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13261554 GALEANO LUCRECIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24867877 GALLO GONZALO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32489350 GAMARRA MIGUEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12756361 GANDOLFO JUAN JOSE ANTONIO ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 36202830 GARAY OSCAR ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24121469 GARCES MIGUEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32675471 GARCIA BERNARDO ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21135523 GARCIA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22103254 GARCIA JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22979956 GARCIA MIGUEL ANGEL ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 16288830 GARCIA RUBEN DAMASO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26602394 GARRIDO PATRICIO ANDRES ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210 LE 7612129 GASSO LONCAN CARLOS MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8406123 GAUNA HECTOR ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8502661 GAUNA MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29680006 GAUNA ROBERTO MIGUEL ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 5217941 CRUZ RENEE NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30920386 CUELLAR DIEGO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16513154 CUENCA EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33639782 CUEVAS ALBERTO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10424519 CUEVAS ROBERTO OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22148099 CUILLIERE JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12987204 DALLA RIVA GABRIEL EUGENIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20417254 DALZOTTO ALCIDES RENE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16348415 DE ARMAS RICARDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11679825 DE GIORGI LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13962421 DE LA CRUZ JULIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12228766 DE LA MANO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10939078 DE RISSIO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17743296 DEL PRETE CARLOS ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31381468 DELLEDONNE LEANDRO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12177833 DI BONO CARLOS DANTE ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 22419113 DI IORIO CRISTIAN DAMIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30954285 DI LENA HORACIO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28145505 DIAZ ANGEL RICARDO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30634936439 DNI 29005914 DIAZ ARIEL GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13947469 DIAZ CARLOS EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8327650 DIAZ EDUARDO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22167811 DIAZ EDUARDO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17589518 DIAZ SANTOS GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10389271 GAVIO ERNESTO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14032107 DIAZ WALTER RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31015028 GEREZ SERGIO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10462925 DIEGUEZ ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12523572 GIAMPAOLI MIGUEL ANGEL DNI 16717072 DOMINGUEZ CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 17557409 DOMINGUEZ PABLO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31675794 GNAZZO GASTON ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20561758 DONNINI FERNANDO RICARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 31993757 GODOY CLAUDIO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8220742 GODOY FELIX RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16891662 DRIOLLET FERNANDO PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14257596 GODOY JULIO ARGENTINO DNI 30361140 DUARTE ARNALDO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 26122029 DUARTE FACUNDO GASTON ORESTES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33682272 GOMEZ ALBERTO OMAR ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 17304442 EL HAIBE MARCELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4609662 GOMEZ CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12520490 ELENA JULIO CESAR ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21614255 GOMEZ GUSTAVO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13133957 ELIAS ATTALA JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12371592 GOMEZ JOSE JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21513691 ESCOBAR CESAR ALBERTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 25260908 GOMEZ NESTOR FRANCISCO ámbito de F.P.I.COMPAÑIA DE SEGURIDAD SA 30709020273 DNI 25362696 ESCUDERO RICARDO MARINO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 14109552 GOMEZ NESTOR RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28633253 GOMEZ ROBERTO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10861001 GOMEZ VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13891076 GONZALEZ GABRIEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18038340 GONZALEZ HECTOR EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27568285 GONZALEZ JUAN AUGUSTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 10900465 GONZALEZ JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23217358 GONZALEZ JULIO CEFERINO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23612476 GONZALEZ MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22409642 GONZALEZ OMAR ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28824136 ESPINDOLA ROMINA NATALIA ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 20355281 ESPINOZA NESTOR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22296297 ESPONDA RUBEN DARIO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 14284918 ESPOSITO MARIO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28419001 ESQUIVEL DAMIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17733661 ESTEVEZ GUSTAVO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26600765 ETCHABE PEDRO SEBASTIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 7829191 FABRIZZI EMILIO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26489691 GONZALEZ SERGIO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4306306 FACCIUTO HECTOR ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17310422 GOROSITO RAFAEL RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 29 Documento Denominación DNI 30617597 GOROSITO SAUL MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11737442 MARTINEZ ALFREDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 7645842 GORSD ALBERTO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14520632 MARTINEZ FELIX RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10527665 GRANADO JOSE ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28018708 MARTINEZ HUGO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13200072 GRAZIANO HORACIO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5610997 MARTINEZ JOSE ELIO sobre armas de puño registradas a su nombre LE 4513838 GRECO ENRIQUE ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28218374 MARTINEZ LAURA EDITH sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7624485 GROMICO PABLO HECTOR ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 34507369 MARTINEZ MARCELO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30983591 MARTINEZ MATIAS CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27389012 MARTINEZ RUBEN OMAR ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 16066531 GUARDIA GUILLERMO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20231274 GUDIN SERGIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16492002 GUGLIELMO FRANCISCO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5707630 MARTINEZ VICTOR FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11157608 GUILLERON MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5912541 MARZO CARLOS LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre LE 7680465 GUIÑAZU HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12000292 MASTELLONE ERNESTO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27038642 GUITIAN ADAN UBALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29839777 MAUREIRA GERMAN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23037882 GUTIERREZ JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26631580 MAURICIO JUAN JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22981742 GUTIERREZ MAURICIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31796774 MAZMUD PEDRO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11273043 GUZMAN OSCAR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23671893 MAZZAFERRI ROMEO OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10526387 HADICKE JOSE ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16803497 MEDINA DOMINGO PACIFICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4371197 HAMZE OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24063878 MEDINA GABRIEL REINALDO DNI 13131198 HERNANDO SERGIO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 12411800 HERRERA TORIBIO FILADELFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34389937 MELCHIORE FABRICIO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32824076 HOURMILOUGUE SOLEDAD AYELEN ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210 DNI 12857494 MELGAR ROBERTO DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17984298 MELO JUAN MANUEL DNI 14966486 HUMACATA GERARDO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 31015019 IDIGORAS FRANCO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31168756 MENCHACA EZEQUIEL HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28585217 INACIO MAXIMILIANO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10698123 MENDEZ RAMON ANASTACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22503042 INCARNATO CLAUDIO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18197949 MERAS DANIEL HECTOR DNI 16103193 INDELANGELO OSCAR SERGIO ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 24987377 MERAVIGLIA ALEJANDRO RAUL DNI 13460399 JAMARDO MARIO JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L. 30706337399 DNI 23444471 JARA ALBERTO FABIÁN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11807858 MERCADE ALFREDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6151391 JASTRZEBSKI RICARDO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7606896 MERCEDES OCTAVIO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31107594 JEREZ LUIS MIGUEL ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579 DNI 12613492 MERLOS JOSE NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17888764 MEZA ENRIQUE VIDAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7786226 MEZA RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre LE 4980603 MIKSA MARIO CELESTIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33086585 JUAREZ ANGEL ANDRES ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 26250056 JUAREZ FERNANDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27398098 MILLA RICARDO EMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20429417 JUAREZ MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27183980 MIRANDA GONZALEZ MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21607210 LABRA MARCELO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32839631 MIRANDA RICARDO MARCOS DNI 18309383 LACOVARA GASPAR sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 12372461 LAFARGUE EUGENIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31425647 MIRANDA VILLAGRA HEBER IVAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17227691 LAGRAÑA HECTOR ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12670339 MISSART REYNOSO AUGUSTO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26752107 LAGRAÑA JOSE LUIS ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817 DNI 17978847 MOAR GLORIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7941981 MOLINA AMADO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17990252 LAMONICO GABRIEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27962062 MOLINA OSVALDO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28963012 LANGE CARLOS EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25866241 MOLL ALEJANDRO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7748439 LANZONI OMAR FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8443085 MONGELOS LORENZO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24227648 LARRONDE GASTON DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22700064 MONTECINO JUAN SANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30792844 LATYN JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11968854 MONTENEGRO LAURIANO ALBERTO DNI 31803048 LEDESMA LEONARDO RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de HAWK SECURITY S.R.L. 30678769890 DNI 8234754 LELLA JORGE HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11275741 MONTENEGRO LUIS FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13272777 LENSINA JOSE DOLORES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22669204 MONTEROS FERNANDO MIGUEL DNI 18369572 LESCANO ISMAEL JESUS RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113 DNI 20993720 LIGUORI LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11629719 MONTI LUIS GERARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8253811 LIMPES OSCAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17058621 MONTIEL FLORENCIO JULIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20054842 LIPPAY JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14452242 MONZON WALTER RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre LE 8604946 LLAMA FIGUEROA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13906924 MORA DAVID ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32433124 LOPEZ MARCOS JAVIER ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 DNI 28095133 MORA DIEGO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32663717 MORALES LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12186542 MORDACINI ORLANDO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14704589 MORENO JORGE LUIS ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 12505754 MORENO JUAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre LE 5600990 MORESI ROBERTO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14590566 MORINIGO MARIO EUSEBIO ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010 DNI 14197037 MORONTA SANTOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18008889 MOSTAFA JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12018967 MOURA ALFREDO AGUSTIN ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 8599889 MOYANO HUGO ARMANDO ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 22269538 MUÑOZ LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34030585 MUÑOZ LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31173378 MUSSARI GONZALEZ PATRICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14305906 NIERE CARLOS RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13978398 NIETO ROBERTO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13407433 NIRO JORGE GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13732290 NOGUERA JUAN ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13536012 NUÑEZ JULIO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30791151 OHSIS ALEJANDRO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24214051 OJEDA LORENZO SERGIO ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 DNI 16411192 OLEA HUGO NESTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26260081 OLGIATI JORGE CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14640220 OMODEI FERNANDO HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16546499 LOPEZ MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14121357 LOPEZ MIGUEL CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27441306 LOPEZ RAMON ALBERTO ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L. 30708950994 DNI 16817182 LOPEZ RUBEN MARCOS ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 DNI 6084503 LORCA JOSE MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6869776 LUCERO GILBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11271285 LUNA VICTOR HUGO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 28593806 LUPIA RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13820080 LUQUE HECTOR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5607473 MALASPINA CESAREO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10260316 MALDONADO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4412007 MALDONADO ROBERTO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13560779 MALNATTI OSCAR JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34025136 MAMANI DOMINGO ELISEO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16741217 MANFREDI HECTOR OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12476336 MANNINO ANGEL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13283888 MANTEL ROBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12872846 MANZANELLI RUBEN HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25743817 MARCHI DIEGO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27464722 MARCORE MAURICIO DAVID ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 23562408 MARIA CRISTIAN GONZALO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32728894 MARIN EMANUEL ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 DNI 12747548 MARRA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13976347 OPERTI JORGE CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10210335 MARTIN FELIX NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26832853 ORELLANO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 30889434 ORTEGA VALDES MARCO ANTONIO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 18264225 ORTELLAO CARLOS ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 5086185 ORTIZ ANACLETO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10387560 ORTIZ ATILIO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30323878 ORTIZ JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22698534 ORUE ELIVIO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22311863 ORUE PEDRO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7611518 PADILLA ROBERTO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25498532 PAEZ CLAUDIO RICARDO ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A. 30660038724 DNI 12207317 PAIVA JOSE DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14774705 PALOPOLI GUSTAVO ARNALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18050676 PAMPALONI FLAVIO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24544963 PANZA CHRISTIAN MAURICIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8263019 PARATS MIGUEL ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22270948 PARRA JORGE MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25370483 PARRADO JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10671516 PATERNO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8430671 PAVON RUBEN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4590695 PAZ RAMON AUGUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10462533 PAZOS DANIEL ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre LE 8076214 PAZZI PLA FEDERICO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25529297 PEDRAZA JUAN JOSE ámbito de BLINSER S.R.L. 30709277444 DNI 21497545 PELAEZ DIEGO ALBERTO ámbito de TRUCK SECURITY SRL 30709509949 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Documento Denominación 30 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 34136068 ROCHELLE JULIO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21054269 RODOLFO GUSTAVO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18321955 RODRIGUEZ DANIEL MARCOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20152373 RODRIGUEZ FABIAN ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7197053 RODRIGUEZ FERNANDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26563742 RODRIGUEZ JUAN ALEJANDRO D. ámbito de TRUCK SECURITY SRL 30709509949 DNI 25764511 RODRIGUEZ MORASCHI CARLOS A. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13822631 RODRIGUEZ RICARDO FELIX sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17258590 ROJAS LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13555844 ROLON CARLOS OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30562239 ROLON LUIS ANGEL ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 25996743 ROMANO LUCAS DAVID ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 21918525 ROMERO DANIEL HORACIO ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L. 30708950994 DNI 13863305 ROMERO EDUARDO ALBERTO ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 DNI 11022802 ROMERO PEDRO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12342383 ROMERO ROQUE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5600301 ROMUALDI SILA ELBA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12498247 ROSALES FRANCISCO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14040542 ROVIGLIONE GERARDO ALBERTO ámbito de MAWE S.A. 30634936439 DNI 22784839 RUIZ DIAZ ORLANDO RENE ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 DNI 10996310 SAETTA RICARDO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17209037 SALGUERO GUSTAVO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14597563 SALVATIERRA ABEL DAVID ámbito de MAWE S.A. 30634936439 DNI 7603387 SAMBUCETI LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18410699 SANCHEZ JORGE RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31192199 SANTARELLI NORBERTO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25933291 SANTORO RAUL LEONARDO ámbito de F.P.I.COMPAÑIA DE SEGURIDAD SA 30709020273 DNI 14081126 SAPPIA JORGE OMAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 10716529 SARAVIA PEDRO ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487 DNI 24378294 SARMIENTO FERNANDO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 35085702 SCARIMBOLO MIANI ADRIAN OSCAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 11562546 PEÑA IÑIGUEZ CARLOS ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21788469 PERALTA CLAUDIO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16258200 PERALTA HECTOR ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21756135 PERALTA MARIA EUGENIA DEL VALLE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11591003 PEREYRA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16036035 PEREZ JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre LE 6084414 PEREZ JUAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10525351 PEREZ TORELLO HECTOR ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27471999 PERTICARINI LIZA YANINA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27374295 PETROLE GABRIEL ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18417254 PETRULLO FRANCISCO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24421319 PIEDRABUENA DIEGO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27216999 PINTOS LUIS ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14679587 SCARVACI HORACIO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30912966 PISARSKI MATIAS IVAN ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 25204988 SCHREYER WALTER RODOLFO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 24896246 PONCE NELSON JAVIER ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 DNI 16285049 SEGUEL CARLOS OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17005055 SENA OSCAR RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10713716 SEREN EDUARDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26466360 SICA JUAN MARIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7629485 SILBER NOE ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13909185 SILVA HUGO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23995801 SIMOES RODOLFO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20278884 SORIA DARIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16654593 SORIA MARCELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11998465 SOSA CARLOS JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27458778 SOSA CLAUDIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22464393 SOSA JUAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24464093 POROLLI FERNANDEZ ORLANDO EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25241796 PRADO JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 34524378 PRIETO DARIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28911378 PROCACCI MARIANO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12964677 PUIS DANIEL NIEVES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8318731 PUTENSONE HORACIO DIONISIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13541041 PUYÓ LUIS ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31776720 QUEREJETA EZEQUIEL DIEGO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29082802 QUERUBIN LUIS ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32295120 QUEVEDO CARLOS FELIX ANDRES ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 31004560 QUINTANA CLAUDIO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047 DNI 12315465 SOSA RAUL RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10313411 SOTILA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25066483 QUINTANA GASTON AVELINO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 24965965 SOTO ANTONIO DANIEL ámbito de SAS LITORAL SEGURIDAD S.A. 30707014845 DNI 12223405 QUINTEROS MIGUEL ANGEL ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907 DNI 12078903 SPECIA CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13872225 QUIROGA CARLOS HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22278483 SPILIMBERGO LUIS ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16103720 QUIROZ HECTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre LE 8443334 SPINACCI ALBERTO RENE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25185524 QUIROZ OSCAR ALCIDES ámbito de MAWE S.A. 30634936439 DNI 20007386 SPINNATO ADRIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29362855 RACEDO NICOLAS JAVIER ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907 DNI 10893311 SQUATRITO RUBEN DARIO ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907 DNI 10601102 RADOMILJAC JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre LE 8076229 STIGLIANO ALBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10423364 RAGGI CARLOS ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28978426 STOPPINI SERGIO LUCAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24945068 RAJOY EDUARDO RAMON ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 18338123 STRATI GABRIEL DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29954533 SUAREZ IVAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29877852 SUAREZ LUIS GUILLERMO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874 DNI 24651152 SVERUK NESTOR BASILIO ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 16707610 TALAVERA SIXTO ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487 DNI 16595739 RAMIREZ CARLOS GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 30201546 RAMIREZ SEBASTIAN AMADO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 18033647 RAMOS LUIS OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24394082 RAPI PABLO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6613886 RAVETTI OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre LE 4754880 REAL PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24686584 TAPIA MARCOS ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27215637 REGNER SEBASTIAN GONZALO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14576373 TAVANO LUIS EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24710951 REIRIZ ROBERTO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre LE 8012823 TEJERINA RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10386078 RESTUCCIA CANAVESE JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16378134 THIELE LUIS ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16875617 RETA CARLOS OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 7828870 TIRAO LUCIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17987068 REYES JESUS EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 23943129 TOCONAS WALTER CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16838644 RIMOLDI ELIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12701852 TOLABA JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31214059 RIOS CARLOS ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17618223 TOLEDO RUBEN DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20051400 RIOS CARLOS VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 33114767 TOLOZA ALICIA ANALIA DNI 22801562 RIOS JUAN ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 32375617 RIOS JUAN FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29939444 TORRES NELSON JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16235080 RIVERO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre LE 5217666 TORRES NESTOR ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre LE 8117078 ROBLES JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18288546 TORRES NICOLAS JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Documento Denominación 31 Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI 11606358 TOTO JOSE ASCENZIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14474609 VILLANUEVA NELSON ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 20832266 TRAMA HERNAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14177013 VILLARREAL LUIS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17516770 TULA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16896827 VILLARROEL NESTOR RICARDO ámbito de MAWE S.A. 30634936439 DNI 25678357 TURCO LEONARDO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12290854 VILLARRUEL ENRIQUE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14018306 TURRI VICENTE ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 27462109 VILLARRUEL FACUNDO LUCAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 17219668 URIBE ANTONIO FELIX sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11397362 VILLARRUEL ROBERTO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12825621 VALDES HERNAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 28379291 VILLEGAS LUIS EZEQUIEL DNI 17757236 VALENZUELA CLAUDIO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L. 30708950994 DNI 21453804 VALENZUELA JULIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 6611110 VILTE AVELINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16994172 VALENZUELA OMAR AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16368975 VIVAR GUSTAVO ALEJANDRO DNI 20538877 VALLEJO JOSE GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 4410690 VALLEJO LIDORO CLODOMIRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31704078 VIZGARRA MARCELO SEABSTIAN ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191 DNI 14847305 VALLEJOS JORGE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 24482430 WASILEWICZ HERNAN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13181975 VALSI GUILLERMO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5592632 WELLENS HAYDEE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 31520533 VASQUEZ DIEGO SEBASTIAN JESUS ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L. 30706337399 LE 7659219 YAPURA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 26130674 YARVI GUSTAVO EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 18489373 ZABALA LUIS EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12661938 ZALAZAR FRANCISCO ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 12793013 ZALOQUI MARIO JOSE ámbito de STAR SERVICIOS EMPRESARIOS S.A. 30669713408 DNI 25634741 ZAMBRANO DANIEL SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 11175669 ZAMBRANO LUIS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16886079 ZAMORA RODOLFO LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21307252 ZANIN JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14413250 ZAPATA DANIEL OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 25694132 ZARAGOZA JUAN ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16820876 ZARANTONELLO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 32461413 ZARRATEA OMAR VICENTE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 16340751 VAZQUEZ ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22820877 VEGA CARLOS PEDRO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 28362326 VELAZQUEZ ARIEL LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14831183 VELAZQUEZ ROQUE DANIEL ámbito de SERV.CTRAL.DE VIGILANCIA S.R.L 30658103837 DNI 16413310 VELTRI ANGEL ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 4594549 VENTURA RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 8537504 VERRILLO JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 10261462 VICAT LUIS ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 13289974 VIDELA EMILIO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 29411659 VILCHES DANIEL EDUARDO ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L. 30706337399 DNI 7596052 VILLALBA JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 21987886 ZAVALA RITO ISMAEL DNI 31340389 VILLALBA MARCOS ARIEL ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L. 30706337399 ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145 DNI 24525378 ZAYAS JORGE VALENTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22112831 VILLALBA PABLO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5268662 ZERDA FRANCISCO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 5470326 VILLALBA RUBEN EUGENIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 22735949 VILLALBA WALTER ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI 14940843 VILLANUEVA JORGE ALBERTO ámbito de G.B.A. SEGURIDAD S.R.L. 30708950994 MATIAS MOLLE, Director Nacional, Registro Nacional de Armas. e. 20/12/2013 N° 104698/13 v. 20/12/2013 #F4510687F# Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 #I4510468I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723; 16-12-2013 Expediente 5143047 Obra Publicada Género: LETRA Título: DESPERTAR Autor: FRANCO BEYER Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L. Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO POLAT 5143048 Obra Publicada Género: MUSICA Título: HOJAS SECAS Editor: EMI MELOGRAF S.A. Editor: PUBLITRACK S.R.L. Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT Autor: FRANCO BEYER 5143049 Obra Publicada Género: LETRA Título: HOJAS SECAS Autor: FRANCO BEYER Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT 5143050 Obra Publicada Género: MUSICA Título: QUE ESTUPIDEZ Autor: FRANCO BEYER Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT 5143051 Obra Publicada Género: LETRA Título: QUE ESTUPIDEZ Autor: FRANCO BEYER Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT 5143052 Obra Publicada Género: MUSICA Título: JUNTO A VOS Autor: FRANCO BEYER Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT 5143053 Obra Publicada Género: LETRA Título: JUNTO A VOS Autor: FRANCO BEYER Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT 5143054 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ME ENAMORE LOCAMENTE Autor: JULIO GERARDO GROS FALLINI Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143055 Obra Publicada Género: LETRA Título: ME ENAMORE LOCAMENTE Autor: JULIO GERARDO GROS FALLINI Autor: JULIO MARTIN GROS BARRERA Autor: MARCELO GROS BARRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143056 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SANGRE DE MI SANGRE Autor: MARCELO GROS BARRERA Autor: JOSE ANTONIO SORGE Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143057 Obra Publicada Género: LETRA Título: SANGRE DE MI SANGRE Autor: MARCELO GROS BARRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143058 Obra Publicada Género: MUSICA Título: PARA EL TIO JOSE Autor: CARLOS ZACARIAS Autor: OMAR AMERICO ALESSO Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143059 Obra Publicada Género: LETRA Título: PARA EL TIO JOSE Autor: CARLOS ZACARIAS Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143060 Obra Publicada Género: MUSICA Título: AL CHAQUEÑO DEL BLANQUIZAL Autor: CARLOS ZACARIAS Autor: OMAR AMERICO ALESSO Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143061 Obra Publicada Género: LETRA Título: AL CHAQUEÑO DEL BLANQUIZAL Autor: CARLOS ZACARIAS Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143062 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ZORRA VENDIDA Autor: FLORENCIA BAGNASCO Autor: MARCELO GROS BARRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143063 Obra Publicada Género: LETRA Título: ZORRA VENDIDA Autor: FLORENCIA BAGNASCO Autor: MARCELO GROS BARRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143064 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SI TE VAS MI AMOR Autor: JOSE ANTONIO SORGE Autor: MARCELO GROS BARRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143065 Obra Publicada Género: LETRA Título: SI TE VAS MI AMOR Autor: JOSE ANTONIO SORGE Autor: MARCELO GROS BARRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143066 Obra Publicada Género: MUSICA Título: CU TE CON Autor: JUAN RAUL ARGAÑARAZ Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT 5143095 Obra Publicada Género: MUSICA Título: OBERTO 10 Autor: NORBERTO ALEXIS CABRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L. Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO POLAT 5143097 Obra Publicada Género: MUSICA Título: OBERTO 9 Autor: NORBERTO ALEXIS CABRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L. Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO POLAT 5143098 Obra Publicada Género: MUSICA Título: OBERTO 8 Autor: NORBERTO ALEXIS CABRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L. Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO POLAT 32 Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 5143099 Obra Publicada Género: MUSICA Título: OBERTO 7 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 Autor: NORBERTO ALEXIS CABRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT 5143100 Obra Publicada Género: MUSICA Título: OBERTO 6 Autor: NORBERTO ALEXIS CABRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO POLAT 5143101 Obra Publicada Género: MUSICA Título: OBERTO 5 Autor: NORBERTO ALEXIS CABRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L. Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT 5143103 Obra Publicada Género: MUSICA Título: OBERTO 4 Autor: NORBERTO ALEXIS CABRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L. Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO POLAT 5143104 Obra Publicada Género: MUSICA Título: OBERTO 3 Autor: NORBERTO ALEXIS CABRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT 5143105 Obra Publicada Género: MUSICA Título: OBERTO 2 Autor: NORBERTO ALEXIS CABRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT 5143106 Obra Publicada Género: MUSICA Título: OBERTO 1 Autor: NORBERTO ALEXIS CABRERA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL Editor: KRISTOF GROUP DE ARIEL MARCELO NACACHE POLAT 5143110 Obra Publicada Género: LETRA Título: INDIO Autor: JUAN MATIAS NERIS 5143111 Obra Publicada Género: LETRA Título: GUERREROS 5143112 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: YAMIL VAL ESPACIO Productor: JORGE REY BRAVO 5143116 Obra Publicada Género: LETRA Título: LUZ DEL CAMINO Autor: JUAN MATIAS NERIS 5143117 Obra Publicada Género: LETRA Título: MALDITA COSTUMBRE 5143118 Obra Publicada Género: LETRA Título: UNA CANCION PARA QUE VUELES 5143119 Obra Publicada Género: LETRA Título: GIZMO 5143120 Obra Publicada Género: LETRA Título: HACIA VOS Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Autor: JUAN MATIAS NERIS Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Autor: JUAN MATIAS NERIS Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Autor: JUAN MATIAS NERIS Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Autor: ALEJANDRO CESAR AIDNAJIAN Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Autor: JUAN MARCELO PEDROZO Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING S.A. Editor: EDICIONES MUSICALES BEL CANTO SRL 5143121 Obra Publicada Género: LETRA Título: ARIEL LA SIRENITA Autor: PABLO ENRIQUE COLL Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING S.A. Editor: EDICIONES MUSICALES BEL CANTO SRL 5143122 Obra Publicada Género: LETRA Título: TSUNAMI Autor: WALTER ARMANDO VELAZQUEZ Editor: UNIVERSAL MUSICAL PUBLISHING S.A. Editor: EDICIONES MUSICALES BEL CANTO SRL 5143123 Obra Publicada Género: MUSICA Título: MULATA DE MI SANTIAGO Autor: VICTOR HUGO FLORES Autor: PABLO JAVIER HUBE Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L. 5143126 Obra Publicada Género: LETRA Título: MULATA DE MI SANTIAGO Autor: VICTOR HUGO FLORES Autor: PABLO JAVIER HUBE Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L. 5143127 Obra Publicada Género: MUSICA Título: AMOR ADOLECENTE Autor: VICTOR HUGO FLORES Autor: PABLO JAVIER HUBE Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L. 5143128 Obra Publicada Género: LETRA Título: AMOR ADOLECENTE Autor: VICTOR HUGO FLORES Autor: PABLO JAVIER HUBE Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143129 Obra Publicada Género: MUSICA Título: COMO HACER PARA OLVIDARTE Autor: HUGO IRINEO RUIZ Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143130 Obra Publicada Género: LETRA Título: COMO HACER PARA OLVIDARTE Autor: MONICA GLADYS GOMEZ Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143131 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SOSPECHA Y ENGAÑO Autor: VICTOR HUGO FLORES Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143132 Obra Publicada Género: LETRA Título: SOSPECHA Y ENGAÑO Autor: ALBERTO RAUL ESPINDOLA Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143133 Obra Publicada Género: MUSICA Título: A MI QUERIDA VIEJITA Autor: VICTOR HUGO FLORES Autor: HUGO IRINEO RUIZ Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143134 Obra Publicada Género: LETRA Título: A MI QUERIDA VIEJITA Autor: VICTOR HUGO FLORES Autor: HUGO IRINEO RUIZ Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143135 Obra Publicada Género: MUSICA Título: MI LINDO TUCUMAN Autor: VICTOR HUGO FLORES Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143136 Obra Publicada Género: LETRA Título: MI LINDO TUCUMAN Autor: VICTOR HUGO FLORES Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 5143137 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SIEMPRE JUNTO A TI Autor: CLAUDIO ROBERTO BLANCO Autor: NICOLAS GABRIEL DOMINI Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK SRL 33 Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 5143138 Obra Publicada Género: LETRA Título: SIEMPRE JUNTO A TI BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 34 Autor: CLAUDIO ROBERTO BLANCO Autor: NICOLAS GABRIEL DOMINI Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L. 5143139 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SIGO ENAMORADO Autor: CLAUDIO ROBERTO BLANCO Autor: NICOLAS GABRIEL DOMINI Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L 5143140 Obra Publicada Género: LETRA Título: SIGO ENAMORADO Autor: CLAUDIO ROBERTO BLANCO Autor: NICOLAS GABRIEL DOMINI Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L 5143141 Obra Publicada Género: MUSICA Título: MOVE IT GIRL Autor: CLAUDIO ROBERTO BLANCO Autor: NICOLAS GABRIEL DOMINI Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L 5143142 Obra Publicada Género: LETRA Título: MOVE IT GIRL Autor: CLAUDIO ROBERTO BLANCO Autor: NICOLAS GABRIEL DOMINI Editor: PUBLISONG EDICIONES Editor: PUBLITRACK S.R.L. 5143143 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: PRESIDENTES ARGENTINOS Autor/Titular: DAMIAN GERARDO VILLA ABRILLE 5143144 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: DERECHOS REALES BS AS Autor/Titular: DAMIAN GERARDO VILLA ABRILLE 5143145 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: DERECHO A LA SALUD Autor/Titular: DAMIAN GERARDO VILLA ABRILLE 5143147 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: CASTELAR-DIGITAL Autor/Titular: GABRIEL ENRIQUE COLONNA 5143150 Obra Publicada Género: INTERNET Título: VUELTA DE REVES Autor/Titular: EDUARDO EMILIO RAPETTI SALIK 5143159 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: TENDENCIEROS Autor/Titular: EZEQUIEL HERSZAGE 5143173 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ¡POR SU CULPA! Autor: LUCIANA SCHWARZMAN Autor: LENI (I) Editor: EDICIONES DE LA TERRAZA DE BARBARA COUTO 5143174 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ¿QUIEN SE LLEVO EL CEPILLO DE SEBASTIAN? Autor: GABRIELA VAZQUEZ Autor: EL ESPERPENTO (I) Editor: EDICIONES DE LA TERRAZA DE BARBARA COUTO 5143175 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CRONICAS DE UN SUPER PAPA Autor: TETI Autor: LUIS ALFREDO PAREDES Editor: EDICIONES DE LA TERRAZA DE BARBARA COUTO 5143192 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: ANDINO Productor: RAMON MARCELO CABALLERO 5143224 Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: CATON DE: HERBOLOGIA SANITARIA Autor: JUAN AMERICO STELLATO ZANINI 5143252 Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: DE JESUS A CRISTO Editor: PRONATURA DE JUAN AMERICO STELLATO ZANINI Autor: RUDOLF STEINER Traductor: MARITA KROMBERG Editor: EDITORIAL CIENTIFICO ESPIRITUAL DE LA OBRA DE RUDOLF STEINER 5143293 Obra Publicada Género: MUSICA Título: QUIERO NOTICIAS CUES Autor: DANTE SAULINO Autor: MARIANO GASTON SAULINO Editor: SI MUSICA 5143294 Obra Publicada Género: MUSICA Título: CINE 2013 Autor: GABRIEL IGNACIO AGUERO Autor: MAURO AGUSTIN GONZALEZ Autor: DALMIRO LACAZE Editor: SI MUSICA 5143295 Obra Publicada Género: MUSICA Título: CHART LARGO Autor: GABRIEL IGNACIO AGUERO Autor: MAURO AGUSTIN GONZALEZ Autor: DALMIRO LACAZE Editor: SI MUSICA 5143296 Obra Publicada Género: MUSICA Título: CIERRE DE TRANSMICION Autor: GABRIEL IGNACIO AGUERO Autor: MAURO AGUSTIN GONZALEZ Autor: DALMIRO LACAZE Editor: SI MUSICA 5143297 Obra Publicada Género: MUSICA Título: MAÑANAS 2013 Autor: GABRIEL IGNACIO AGUERO Autor: MAURO AGUSTIN GONZALEZ Autor: DALMIRO LACAZE Editor: SI MUSICA 5143345 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: RENACIENDO Autor: MIRIAM FERNANDEZ 5143366 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DIALOGOS Y LUGARES ESCENARIOS DE COMEDIA 5143367 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL VALOR DE VIVIR PADRE ALCOHOLICO HIJO ADICTO Editor: GRACIELA MIRIAM LEDESMA Autor: EUGENIO DATTILO Editor: EDITORIAL ALMALUZ SA Autor: PABLO JUNCO Editor: EDITORIAL ALMALUZ SA Dra. GRACIELA H. PEIRETTI, Directora de Coordinación y Asuntos Internacionales en Materia de Propiedad Intelectual, Dirección Nacional del Derecho de Autor. e. 20/12/2013 Nº 104479/13 v. 20/12/2013 #F4510468F# #I4510359I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Resolución Nº 2608/2013 Bs. As., 16/12/2013 VISTO el Expediente Nº S04:0030509/12 del registro de este Ministerio, la LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL Nº 24.156, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 893 del 7 de junio de 2012 y 1039 del 27 de julio de 2013, y CONSIDERANDO: Que el expediente citado en el Visto fue iniciado con el objeto de resolver la adquisición de comidas en cocido, desayunos y meriendas con destino al “HOSPITAL PENITENCIARIO CENTRAL I” del COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL I (EZEIZA) para cubrir sus necesidades durante un período de CUATRO (4) meses, con opción a prórroga. Que con motivo de lograr lo solicitado la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL convocó a la Licitación Pública de Etapa Unica Nacional Nº 61/12, autorizada por Resolución M.J. y D.H. Nº 243 del 11 de marzo de 2013. Que asimismo la mencionada Resolución aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado al efecto. Que en cumplimiento a lo determinado en el Decreto Nº 558 del 24 de mayo de 1996 y la Resolución SIGEN Nº 122 del 6 de septiembre de 2010, se solicitó a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION que brinde el Precio Testigo para el presente llamado, cuya respuesta se incorporó a fojas 864/865. Que efectuado el Acto de Apertura de ofertas el 15 de abril de 2013 se presentó cotizando la firma CODYELA S.A. Que a fojas 858/859 obra agregado el Cuadro Comparativo de la oferta de la firma interviniente en la presente licitación. Que a fojas 878/879 luce glosado el Dictamen de Evaluación Nº 34 del 2 de mayo de 2013, por el cual se propició adjudicar la presente licitación de acuerdo al siguiente detalle: el renglón 1 a la firma CODYELA S.A. por resultar su oferta admisible y conveniente. Que se ha notificado a la firma participante el Dictamen de Evaluación Nº 34/13, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 92 del Anexo al Decreto Nº 893/12. Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE AUDITORIA GENERAL de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 inciso c) del Anexo al Decreto Nº 893/12, según texto sustituido por el artículo 1° del Decreto Nº 1039/13. Por ello, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS RESUELVE: BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 35 DE SANTA ROSA (U.4), INSTITUTO CORRECCIONAL DE MUJERES “NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN” (U.13), INSTITUTO CORRECCIONAL ABIERTO DE GENERAL PICO (U.25) e INSTITUTO DE JOVENES ADULTOS “DR. JULIO ANTONIO ALFONSIN” (U.30) para cubrir sus necesidades durante un período de TRES (3) meses, con opción a prórroga. ARTICULO 2° — Adjudícase la Licitación referida en el artículo 1° de acuerdo al siguiente detalle: a la firma FOOD RUSH S.R.L. el renglón 1 por un importe total de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($ 4.145.889,00) por resultar su oferta admisible y conveniente. ARTICULO 3º — Autorízase a la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL a emitir la respectiva Orden de Compra. ARTICULO 1° — Apruébase la Licitación Pública de Etapa Unica Nacional Nº 61/12, convocada por la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL para resolver la adquisición de comidas en cocido, desayunos y meriendas con destino al “HOSPITAL PENITENCIARIO CENTRAL I” del COMPLEJO PENITENCIARIO FEDERAL I (EZEIZA) para cubrir sus necesidades durante un período de CUATRO (4) meses, con opción a prórroga: ARTICULO 2° — Adjudícase la Licitación referida en el artículo 1° de acuerdo al siguiente detalle: a la firma CODYELA S.A. el renglón 1 por un importe total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO CATORCE ($ 1.843.114,00). ARTICULO 3° — Autorízase a la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL a emitir la respectiva Orden de Compra. ARTICULO 4° — El gasto que demanda la iniciativa, cuyo importe total asciende a la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CIENTO CATORCE ($ 1.843.114,00), se imputará con cargo a la cuenta Administración Central - Servicio Administrativo Financiero 331 - del ejercicio correspondiente. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIO C. ALAK, Ministro de Justicia y Derechos Humanos. e. 20/12/2013 Nº 104370/13 v. 20/12/2013 #F4510359F# #I4511273I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS SECRETARIA DE JUSTICIA Resolución Nº 140/2013 Bs. As., 18/12/2013 VISTO el Expediente Nº S04:0035313/12 del registro de este Ministerio, la LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL Nº 24.156, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001, 893 del 7 de junio de 2012 y 1039 del 29 de julio de 2013, y CONSIDERANDO: Que el expediente citado en el Visto fue iniciado con el objeto de resolver la adquisición de comidas en cocido, desayunos y meriendas con destino a la COLONIA PENAL DE SANTA ROSA (U.4), INSTITUTO CORRECCIONAL DE MUJERES “NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN” (U.13), INSTITUTO CORRECCIONAL ABIERTO DE GENERAL PICO (U.25) e INSTITUTO DE JOVENES ADULTOS “DR. JULIO ANTONIO ALFONSIN’’ (U.30) para cubrir sus necesidades durante un período de TRES (3) meses, con opción a prórroga. Que con motivo de lograr lo solicitado la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL convocó a la Licitación Pública de Etapa Unica Nacional Nº 73/12, autorizada por Resolución M.J. y D.H. Nº 104 del 19 de febrero de 2013. Que asimismo la mencionada Resolución aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado al efecto. Que en cumplimiento a lo determinado en el Decreto Nº 558 del 24 de mayo de 1996 y la Resolución SIGEN Nº 122 del 6 de septiembre de 2010, se solicitó a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION que brinde el Precio Testigo para el presente llamado, cuya respuesta se incorporó a fojas 2139/2140. ARTICULO 4º — El gasto que demanda la presente medida se imputará con cargo a la cuenta Administración Central - Servicio Administrativo Financiero 331 - Ejercicio 2013. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JULIAN ALVAREZ, Secretario de Justicia, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e. 20/12/2013 Nº 105284/13 v. 20/12/2013 #F4511273F# #I4511257I# MINISTERIO DE TURISMO ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES Resolución Nº 222/2013 del Señor Presidente del Directorio Expediente Nº 3015/2013 en DOS (2) Cpos. Bs. As., 13/12/2013 VISTO el Expediente Nº 3015/2013, en DOS (2) cuerpos, del Registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES por el que tramita el descongelamiento de vacantes SINEP, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 por el que se homologó el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) y sus modificatorios, Decretos Nros. 423 del 25 de marzo de 2010 y 1.914 del 7 de diciembre de 2010, la Resolución Nº 39 del 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y su modificatoria, Resolución Nº 467 del 20 de noviembre de 2012, la Decisión Administrativa Nº 1.093/2012 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la Resolución P.D. Nº 216/2013, y CONSIDERANDO: Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1.093 de fecha 2 de noviembre de 2012 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se exceptuó a este Organismo de la prohibición contenida en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de CIENTO CINCUENTA Y CINCO (155) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente en el ámbito del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO. Que mediante la Resolución Nº 39/2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, modificada por la Resolución Nº 467/2012 de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA, se aprobó el Régimen de Selección de Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO. Que por Resolución P.D. Nº 216/2013 se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de CIENTO UNO (101) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de este Organismo, conforme a lo establecido por el Artículo 29 del Anexo I a la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Que los integrantes de los Comités de Selección han definido las Bases de las respectivas Convocatorias. Que las bases mencionadas reúnen las características de claridad y precisión que permiten identificar, sin ambigüedades, las tareas y acciones propias de los diferentes puestos de trabajo, las competencias técnicas y de gestión requeridas para su desempeño, las etapas de evaluación, los factores de puntuación y el cronograma tentativo de implementación. Que efectuado el Acto de Apertura de ofertas el 27 de marzo de 2013 se presentaron cotizando las firmas: HISPAN S.A., FOOD RUSH S.R.L. y COMPAÑIA INTEGRAL DE ALIMENTOS S.A. Que en tal sentido, y conforme al Régimen de Selección de Personal antes mencionado, se ha considerado oportuno organizarlo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 13, inciso b), de dicha normativa. Que a fojas 2109/2110 obra agregado el Cuadro Comparativo de las ofertas de las firmas intervinientes en la presente licitación. Que por lo expuesto, corresponde efectuar la convocatoria y el llamado a inscripción para la cobertura de las vacantes requeridas. Que a fojas 2244/2246 luce glosado el Dictamen de Evaluación Nº 25 del 22 de abril de 2013, por el cual se propició adjudicar la presente licitación de acuerdo al siguiente detalle: el renglón 1 a la firma FOOD RUSH S.R.L. por resultar su oferta admisible y conveniente. Que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 16 del Anexo I a la Resolución Nº 39/10 de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la convocatoria y el llamado a inscripción debe ser publicado por UN (1) día en el BOLETIN OFICIAL DE LA NACION, y por DOS (2) días en DOS (2) diarios de mayor circulación nacional. Que se ha notificado a las firmas participantes el Dictamen de Evaluación Nº 25/13, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 92 del Anexo al Decreto Nº 893/12. Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE AUDITORIA GENERAL de la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 14, incisos a), apartado 2 y c) del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12, según texto sustituido por Decreto Nº 1039/13. Por ello, EL SECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE: ARTICULO 1º — Apruébase la Licitación Pública de Etapa Unica Nacional Nº 73/12, convocada por la DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL para resolver la adquisición de comidas en cocido, desayunos y meriendas con destino a la COLONIA PENAL Que la Dirección de Recursos Humanos y Capacitación ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 24, inciso f), de la Ley Nº 22.351. Por ello, EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES RESUELVE: ARTICULO 1° — Apruébanse las Bases de las Convocatorias definidas por los Comités de Selección Nros. 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, cuyos integrantes fueron designados por Resolución P.D. Nº 216/2013 de fecha 11 de diciembre de 2013. ARTICULO 2° — Convócase al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes, bajo Sistema de Selección Abierto, para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo I, cuyo texto forma parte integrante de la presente. Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 ARTICULO 3° — Convócase al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes, bajo Sistema de Selección General, para la cobertura de los cargos, que se detallan en el Anexo II, cuyo texto forma parte integrante de la presente. ARTICULO 4° — Fíjase como período de preinscripción electrónica desde el día 25 de febrero de 2014 a las 10:00 hs. hasta el día 21 de marzo de 2014 a las 16:00 hs. ARTICULO 5° — Fíjase como período de inscripción documental desde el día 10 de marzo de 2014 a las 10:00 hs. hasta el día 21 de marzo de 2014 a las 16:00 hs. ARTICULO 6° — Establécese como lugar de inscripción, asesoramiento y comunicación de información adicional, el edificio anexo a la Casa Central del Organismo sito en la calle Alsina Nº 1418, piso 5°, oficina 501, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario comprendido entre las 10:00 hs. y las 16:00 hs. Asimismo, dicha información estará disponible en la página WEB del MINISTERIO DE TURISMO DE LA NACION a partir del día 17 de febrero de 2014 aproximadamente. BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 36 ción: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona de $ 3.674,74 (55% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004310-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL CHACO: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional en Gestión Presupuestaria y Contable. Capitán Solari, Provincia de Chaco (3515). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona $ 3.674,74 (55% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004311-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL QUEBRADA DEL CONDORITO: ARTICULO 7° — Tomen conocimiento todas las dependencias del Organismo. Por intermedio de la Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones notifíquese en legal forma a la UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION (U.P.C.N.), a la ASOCIACION DE TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.), al CONSEJO NACIONAL DE LA MUJER y al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Publíquese la presente Resolución por UN (1) día en el BOLETIN OFICIAL DE LA NACION y por DOS (2) días en DOS (2) diarios de mayor circulación nacional. Cumplido, y con las debidas constancias, gírense las actuaciones a la Dirección de Recursos Humanos y Capacitación a sus efectos. UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional en Gestión Presupuestaria y Contable. Resistencia Nº 30, Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba (5152). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47. Suplemento por zona no corresponde. ARTICULO 8° — Comuníquese, publíquese y archívese. — Gpque. CARLOS E. CORVALAN, Presidente del Directorio. UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional en Gestión Presupuestaria y Contable. San Lorenzo s/n°, Calilegua, Provincia de Jujuy (4514). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona de $ 3.006,61 (45% s/asignación básica). ANEXO I CONVOCATORIA ABIERTA Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria, y por el Sistema de Selección Abierto, en el que podrá participar toda persona que reúna los requisitos mínimos exigidos para cubrir los siguientes cargos (la remuneración consignada es la vigente al 1° de agosto de 2013): MINISTERIO DE TURISMO - ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES - DIRECCION NACIONAL DE INTERIOR PARQUE NACIONAL LANIN: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Abogado Dictaminante. Perito Moreno Nº 1006, San Martín de los Andes, Provincia de Neuquén (8370). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona de $ 4.008,81 (60% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004293-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL NAHUEL HUAPI: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Abogado Dictaminante. San Martín Nº 24, San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro (8400). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona $ 3.674,74 (55% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004295-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL LOS ALERCES: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Abogado Dictaminante. Villa Futalaufquen, Provincia de Chubut (9201). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona $ 4.342,88 (65% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004296-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL LOS GLACIARES: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Abogado Dictaminante. Av. Libertador Nº 1302, El Calafate, Provincia de Santa Cruz (9405). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona $ 5.679,15 (85% s/ asignación básica). Código identificatorio: 2013-004297-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL TIERRA DEL FUEGO: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Abogado Dictaminante. Av. San Martín Nº 1395, Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego (9410). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona $ 5.679,15 (85% s/ asignación básica). Código identificatorio: 2013-004298-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL IGUAZU: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Abogado Litigante. Av. Victoria Aguirre Nº 66, Puerto Iguazú, Provincia de Misiones (3370). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona de $ 3.006,61 (45% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004301-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL LOS CARDONES: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional en Gestión Presupuestaria y Contable. Av. San Martín s/n°, Payogasta, Provincia de Salta (4415). Remunera- Código identificatorio: 2013-004312-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL CALILEGUA: Código identificatorio: 2013-004314-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL LANIN: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional en Gestión Presupuestaria y Contable. Perito Moreno Nº 1006, San Martín de los Andes, Provincia de Neuquén (8370). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona de $ 4.008,81 (60% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004316-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL LAGO PUELO: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional en Gestión Presupuestaria y Contable. Av. Lago Puelo, Provincia de Chubut (9211). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por Zona de $ 5.011,01 (75% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004317-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL EL REY: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Arquitecto. España Nº 366, Piso 3°, Salta, Provincia de Salta (4400). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona de $ 3.006,61 (45% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004354-PARQUE-P-SI-X-C PARQUE NACIONAL CAMPOS DE TUYU: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Arquitecto. Bartolomé Mitre Nº 160, Gral. Lavalle, Provincia de Buenos Aires (7103). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004356-PARQUE-P-SI-X-C DIRECCION NACIONAL DE CONSERVACION DE AREAS PROTEGIDAS: DELEGACION REGIONAL PATAGONIA: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Geólogo. Vicealmirante O’connor Nº 1188, San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro (8400). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona de $ 3.674,74 (55% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004388-PARQUE-P-SI-X-C DELEGACION REGIONAL CENTRO: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional en Gestión Presupuestaria y Contable. Av. Ricchieri Nº 2298, Barrio Rogelio Martinez, Provincia de Córdoba (5000). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004313-PARQUE-P-SI-X-C DELEGACION REGIONAL NOROESTE ARGENTINO: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional en Gestión Presupuestaria y Contable. Santa Fe Nº 23, Salta, Provincia de Salta (4400). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona de $ 3.006,61 (45% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004315-PARQUE-P-SI-X-C Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO: DIRECCION GENERAL DE COORDINACION ADMINISTRATIVA COORDINACION REGIONAL PATAGONIA AUSTRAL: DIRECCION DE ADMINISTRACION: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional en Sistemas de Información Geográfica. Av. San Martín Nº 1395, Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego (9410). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35 más el 35% de la asignación básica del nivel correspondiente al Suplemento por agrupamiento Profesional de $ 2.338,47 más Suplemento por zona $ 5.679,15 (85% s/asignación básica). 37 DOS (2) cargos del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel B, Profesional Especializado en Gestión Presupuestaria y Contable. Adolfo Alsina Nº 1418, Piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1088). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 9.744,15. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004392-PARQUE-P-SI-X-B y 2013-004393-PARQUE-P-SI-X-B Código identificatorio: 2013-004389-PARQUE-P-SI-X-C ANEXO II CONVOCATORIA GENERAL Se llama a concurso mediante Convocatoria Extraordinaria, y por el Sistema de Selección General, en el cual podrán participar el personal permanente y no permanente, personal transitorio y contratado bajo la modalidad establecida en el artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional Nº 25.164, para cubrir los siguientes cargos (la remuneración consignada es la vigente al 1° de agosto de 2013): MINISTERIO DE TURISMO - ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES - DIRECCION NACIONAL DE CONSERVACION DE AREAS PROTEGIDAS DOS (2) cargos del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel B, Profesional Especializado en Conservación de la Biodiversidad. Adolfo Alsina Nº 1418, Piso 5°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1088). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 9.744,15. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004308-PARQUE-P-SI-X-B y 2013-004309-PARQUE-P-SI-X-B PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO - DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel B, Abogado Especializado en Derecho Penal. Av. Santa Fe Nº 690, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1059). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 9.744,15. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004304-PARQUE-P-SI-X-B UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel B, Abogado Especializado en Gestión Pública. Av. Santa Fe Nº 690, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1059). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 9.744,15. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004305-PARQUE-P-SI-X-B UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel B, Abogado Especializado en Derecho Privado. Av. Santa Fe Nº 690, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1059). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 9.744,15. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004306-PARQUE-P-SI-X-B DOS (2) cargos del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Abogado Dictaminante. Av. Santa Fe Nº 690, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1059). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004299-PARQUE-P-SI-X-C y 2013-004300-PARQUE-P-SI-X-C DOS (2) cargos del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Abogado Litigante. Av. Santa Fe Nº 690, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1059). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004302-PARQUE-P-SI-X-C y 2013-004303-PARQUE-P-SI-X-C PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Abogado Dictaminante. Av. Santa Fe Nº 690, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1059). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004294-PARQUE-P-SI-X-C PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Instructor Sumariante. Av. Santa Fe Nº 690, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1059). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004307-PARQUE-P-SI-X-C PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional en Gestión Presupuestaria y Contable. Av. Santa Fe Nº 690, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1059). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35. Suplemento por zona no corresponde. UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel B, Profesional Especializado en Gestión de Compras y Contrataciones. Adolfo Alsina Nº 1418, Piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1088). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 9.744,15. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004390-PARQUE-P-SI-X-B DOS (2) cargos del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional en Gestión Presupuestaria y Contable. Adolfo Alsina Nº 1418, Piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1088). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004319-PARQUE-P-SI-X-C y 2013-004320-PARQUE-P-SI-X-C DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y CAPACITACION: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Profesional Administrador de Sistemas Informáticos de Liquidación de Haberes. Adolfo Alsina Nº 1418, Piso 6°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1088). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004391-PARQUE-P-SI-X-C DIRECCION DE OBRAS E INVERSION PUBLICA: UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Tramo General, Nivel C, Arquitecto. Av. Santa Fe Nº 690, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1059). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 6.681,35. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004355-PARQUE-P-SI-X-C DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Y CAPACITACION UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Adolfo Alsina Nº 1418, Piso 5°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (1088). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004387-PARQUE-G-SI-X-D DIRECCION NACIONAL DE INTERIOR: PARQUE NACIONAL LOS CARDONES: UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Av. San Martín s/n°, Payogasta, Provincia de Salta (4415). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 3.192,48 (55% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004359-PARQUE-G-SI-X-D PARQUE NACIONAL MBURUCUYA: UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Belgrano Nº 997, Mburucuyá, Provincia de Corrientes (3427). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 2.031,58 (35% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004360-PARQUE-G-SI-X-D PARQUE NACIONAL CAMPO DE LOS ALISOS: UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Ruta Nacional Nº 65 (sur) entre Av. de las Américas y Ernesto Padilla, Concepción, Provincia de Tucumán (4146). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 1.741,35 (30% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004361-PARQUE-G-SI-X-D PARQUE NACIONAL RIO PILCOMAYO: DOS (2) cargos del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Av. Pueyrredón y Ruta Nacional Nº 86, Laguna Blanca, Provincia de Formosa (3613). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 2.902,25 (50% s/ asignación básica). Código identificatorio: 2013-004318-PARQUE-P-SI-X-C Código identificatorio: 2013-004362-PARQUE-G-SI-X-D y 2013-004363-PARQUE-G-SI-X-D PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO: PARQUE NACIONAL CHACO: DOS (2) cargos del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Av. Santa Fe Nº 690 (1059). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50. Suplemento por zona no corresponde. UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Capitán Solari, Provincia de Chaco (3515). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 3.192,48 (55% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004383-PARQUE-G-SI-X-D y 2013-004384-PARQUE-G-SI-X-D Código identificatorio: 2013-004364-PARQUE-G-SI-X-D COORDINACION REGIONAL PATAGONIA AUSTRAL: PARQUE NACIONAL QUEBRADA DEL CONDORITO: DOS (2) cargos del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Av. San Martín Nº 1395, Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego (9410). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 4.933,83 (85% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004385-PARQUE-G-SI-X-D y 2013-004386-PARQUE-G-SI-X-D UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Resistencia Nº 30, Villa Carlos Paz, Provincia de Córdoba (5152). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004365-PARQUE-G-SI-X-D Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección PARQUE NACIONAL SIERRA DE LAS QUIJADAS: UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Ecuador Nº 735, Barrio San Martín, Provincia de San Luis (5700). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50. Suplemento por zona no corresponde. Código identificatorio: 2013-004366-PARQUE-G-SI-X-D PARQUE NACIONAL COPO: DOS (2) cargos del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Francisco Solano y Ruta Nacional Nº 16, Pampa de los Guanacos, Provincia de Santiago del Estero (3712). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por Zona de $ 3.482,70 (60% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004367-PARQUE-G-SI-X-D y 2013-004368-PARQUE-G-SI-X-D PARQUE NACIONAL TALAMPAYA: UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. San Martín s/n°, Villa Unión, Provincia de La Rioja (5350). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 2.902,25 (50% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004369-PARQUE-G-SI-X-D PARQUE NACIONAL EL REY: UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. España Nº 366, Piso 3°, Salta, Provincia de Salta (4400). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 2.612,03 (45% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004370-PARQUE-G-SI-X-D PARQUE NACIONAL LAGUNA DE LOS POZUELOS BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 38 PARQUE NACIONAL MONTE LEON UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente en el Manejo de Visitantes de Areas Protegidas. San Martín Nº 112, Puerto Santa Cruz, Provincia de Santa Cruz (9300). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 4.933,83 (85% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004358-PARQUE-G-SI-X-D e. 20/12/2013 Nº 105268/13 v. 20/12/2013 #F4511257F# #I4510193I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE ORAN Aduana de Orán, 12/12/2013 Por tratarse de mercaderías cuyos propietarios se desconoce y encontrarse la misma en las condiciones previstas en el artículo 417 de la Ley 22.415, vinculadas a las Denuncias que tramitan por ante la Jurisdicción de la División Aduana de Orán, en los términos de las Leyes 25.603 y 25.986 se procede a anunciar, en las denuncias que a continuación se detallan, la existencia y situación jurídica de la misma durante un (1) día, señalando que el número, marca y envase u otras características suficientes para su individualización se encuentran detalladas y a disposición de los interesados en la División Aduana de Orán, notificándose los mismos por Lista de Despacho. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 2º, 3º, 4º y 5º de la Ley 25.603 y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en la Sede de esta Aduana sita en calle España Nº 144 de la ciudad de Orán (Salta). — Ad. Trib. ANGEL E. DIAZ, Administrador, AFIP – DGA, Dv. Aduana de Orán. DOS (2) cargos del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Macedonio Gras Nº 141, Abra Pampa, Provincia de Jujuy (4640). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 2.902,25 (54% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004376-PARQUE-G-SI-X-D y 2013-004377-PARQUE-G-SI-X-C RESERVA NATURAL EDUCATIVA COLONIA BENITEZ UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Colonia Benitez, Provincia de Chaco (3505). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 3.192,48 (55% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004375-PARQUE-G-SI-X-D RESERVA NATURAL EL NOGALAR DE LOS TOLDOS UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Casilla de Correo Nº 14, Orán, Provincia de Salta (4530). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 2.612.03 (45% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004374-PARQUE-G-SI-X-D RESERVA NATURAL FORMOSA UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Ingeniero Juarez, Provincia de Formosa (3636). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 3.772,93 (65% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004373-PARQUE-G-SI-X-D RESERVA NATURAL PIZARRO DOS (2) cargos del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. 9 de Julio Nº 163, San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta (4530). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 2.612,03 (45% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004371-PARQUE-G-SI-X-D y 2013-004372-PARQUE-G-SI-X-C RESERVA NATURAL SAN ANTONIO UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente en el Manejo de Visitantes de Areas Protegidas. Casilla de Correo Nº 163, San Antonio, Provincia de Misiones (3366). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 2.612.03 (45% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004357-PARQUE-G-SI-X-D MONUMENTO NATURAL BOSQUES PETRIFICADOS DOS (2) cargos del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Colombia Nº 353, Caleta Olivia, Provincia de Santa Cruz (9011). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 4.933,83 (85% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004381-PARQUE-G-SI-X-D y 2013-004382-PARQUE-G-SI-X-D PARQUE NACIONAL LIHUE CALEL DOS (2) cargos del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. Casilla de Correo Nº 53, Lihue Calel, General Acha, Provincia de La Pampa (8200). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 2.321,80 (40% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004378-PARQUE-G-SI-X-D y 2013-004379-PARQUE-G-SI-X-D PARQUE NACIONAL PERITO MORENO UN (1) cargo del Agrupamiento General, Tramo General, Nivel D, Asistente Administrativo. San Martín Nº 882, Gobernador Gregores, Provincia de Santa Cruz (9311). Remuneración: Asignación básica del nivel $ 5.804,50 más Suplemento por zona de $ 3.192,48 (55% s/asignación básica). Código identificatorio: 2013-004380-PARQUE-G-SI-X-D CPN ALBERTO CORONEL, Jefe Secc. Sumarios. e. 20/12/2013 Nº 104204/13 v. 20/12/2013 #F4510193F# #I4510406I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE ORAN Aduana de Orán, 12/11/2013 Por ignorarse el domicilio se cita a las personas que más abajo se detallan, para que dentro de los Diez (10) días hábiles perentorios, comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a los efectos de presentar sus defensas y ofrecer prueba por presunta infracción imputada y penada por el Código Aduanero (Ley 22.415), bajo apercibimiento de Rebeldía (Art. 1005 CA). Deberá en su primera presentación constituir domicilio en el radio urbano de la Aduana (Art. 1001 CA), sita en España Nº 144 Orán (Salta), debiendo tener presente lo prescripto por el Art. 1034 CA., bajo apercibimiento de los Arts. 1004, 1005, y 1013 inc. G) del citado cuerpo legal. La acción penal se extingue por el pago voluntario del mínimo de la multa impuesta (Art. 930/932 C.A.) Fdo. Mario Arguello A/C ADUANA DE ORAN. SUMARIO NRO. 13-444/K 13-488/5 13-500/7 13-511/3 13-457/2 13-464/6 13-437/6 13-443/1 13-526/8 13-536/6 13-543/K 13-516/K 13-523/8 13-514/8 13-541/K 13-531/K 13-524/1 INTERESADO MARTINEZ ALICIA INES ACOSTA SERGIO RENZO COLQUE JUAN JOSE CARDOZO MONTERO NILS Y OTROS CALATAYUD NELSON DAVID BRAVO JUANA INES PEREYRA MARINA ANDREA TIRANO JUAN CARLOS ACOSTA SILVINA ANALIA VILLCA FLORES VALENTIN GERARDO RODRIGUEZ CRUZ PETRONA VILLCA FLORES VALENTIN GERARDO GALLARDO EDUARDO JAVIER ALDERETE REYES FABIAN MORENO DANIEL HECTOR ESCOBAR RICARDO RAMON HERRERA LUCAS MARTIN INFRAC. ART. CA 986 986/987 987 979 986/987 986 986/987 986 986 986 987 986 987 986 987 987 987 IMPORTE MULTA $ 2.120,69 $ 8.356,04 $ 18.082,41 $ 2.583,00 $ 15.134,43 $ 4.082,09 $ 17.746,46 $ 3.419,08 $ 4.894,44 $ 2.603,53 $ 3.350,47 $ 3.522,21 $ 8.920,565 $ 11.595,75 $ 12.970,31 $ 6.640,72 $ 6.690,49 MARIO ARGUELLO, A/C, Aduana de Orán. — CPN ALBERTO CORONEL, Leg. 26179-3, AFIP, DGA, Orán. e. 20/12/2013 Nº 104417/13 v. 20/12/2013 #F4510406F# Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 #I4511041I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS 39 Resolución Nº 19/2013 DIVISION ADUANA DE LA PLATA Bs. As., 18/12/2013 VISTO el estado de las presentes actuaciones respecto de los sumarios que obran en el detalle que a continuación se acompaña, se NOTIFICA que ha recaído RESOLUCION FALLO respecto de los mismos, INTIMANDOSE para que en el término de quince (15) días hábiles administrativos...se ingrese a la cuenta de esta Aduana los importes —especificados en el cuadro que a continuación se expone— dispuestos en los artículos respectivos, bajo apercibimiento de aplicar lo establecido por los arts. 1122 ss. y cc. del Código Aduanero. En su caso procédase por Sección “C” a iniciar el Procedimiento de Ejecución previsto por el art. 1122 y cc. del C.A.”. Nº SUMARIO SC33-09-015 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 #I4511301I# CONSEJO FEDERAL PESQUERO IMPUTADO Curtiembre Argentina Italia INFRACCION Art. 970 MULTA $ 7272,3 SC33-08-127 Belfner Salvador Art. 994 $ 500 SC33-09-194 Pirotto Valdenegro Leonel Art. 986/987 $ 1310,04 TRIBUTOS $ 9986,50 $ 485,04 Lic. SILVIA N. PISANU, Administradora (I), División Aduana de La Plata. e. 20/12/2013 Nº 105052/13 v. 20/12/2013 #F4511041F# VISTO lo dispuesto por el inciso c) del artículo 9° de la Ley Nº 24.922 y CONSIDERANDO: Que a los fines de la conservación, protección y administración de los recursos vivos marinos debe establecerse anualmente la Captura Máxima Permisible para las distintas especies de conformidad con lo establecido en los artículos 9° inciso c) y 18 de la Ley Nº 24.922, a fin de evitar excesos de explotación y asegurar su conservación a largo plazo. Que a partir de la decisión adoptada por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO de someter algunas especies al régimen de administración por Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), es necesario contar con los valores de Captura Máxima Permisible de estas especies, a principios del año próximo, a fin de que la Autoridad de Aplicación proceda a realizar los cálculos de volumen de las CITC correspondientes al próximo período anual. Que por esta razón, deben establecerse los valores de Captura Máxima Permisible de las especies polaca (Micromesistius australis) y merluza negra (Dissostichus eleginoides), a partir de la estimación del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO sobre la captura biológicamente aceptable de cada una de ellas. Que el INIDEP ha remitido los Informes Técnicos Nº 31/2013: #I4511043I# ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS “Estimación de la abundancia y el potencial pesquero de la merluza negra (Dissostichus eleginoides) del Atlántico Sudoccidental. Período 1986-2012. Recomendación de la captura biológicamente aceptable para el año 2014”, y Nº 32/2013: “Evaluación de abundancia de polaca (Micromesistius australis) en el Atlántico Sudoccidental Período 1987-2012”. DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIVISION ADUANA DE LA PLATA CORRASE VISTA de conformidad al Art. 1001 del C.A. por las presuntas infracciones a los arts. 103 del C.A. a las firmas que se detallan en el presente, a quienes se cita y emplaza para que en el perentorio término de DIEZ (10) DIAS estén a derecho, evacuen sus defensas y ofrezcan todas las pruebas conducentes de que intenten valerse en los términos del art. 103 del Código Aduanero bajo apercibimiento que de no hacerlo en el plazo indicado se declare la rebeldía, todo ello de acuerdo a lo prescripto en los Arts. 1101/1105 del C.A. Se deja constancia que en la primera presentación deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana (Art. 1001 C.A.), bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en estos estrados (Arts. 1004 y 1013 inc. g) del C.A.). En caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona, el presentante deberá acreditar personería conforme lo establecen los Arts. 1030 y 1031 de la ley mencionada “ut supra”. A saber: NOMBRE/RAZON SOCIAL “GOLD COAST S.A.” (CUIT 30-70852442-1) “ITALCOR S.A.” (CUIT 30-70700270-7) SUMARIO INFRACCION SIGEA 12651-70-2006/1 Art. 103 C.A. SIGEA 12651-90-2007/1 Art. 103 C.A. Lic. SILVIA N. PISANU, Administradora (I), División Aduana de La Plata. e. 20/12/2013 Nº 105054/13 v. 20/12/2013 #F4511043F# #I4511300I# CONSEJO FEDERAL PESQUERO Resolución Nº 18/2013 Bs. As., 18/12/2013 Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con el artículo 9° incisos c) y f) y artículo 18 de la Ley Nº 24.922 y el artículo 9° del Decreto Nº 748 de fecha 14 de julio de 1999. Por ello, EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO RESUELVE: ARTICULO 1° — Establecer la Captura Máxima Permisible para el año 2014 de las especies cuya nómina figura en la planilla que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución. ARTICULO 2° — La presente resolución podrá ser revisada por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO y, de ser necesario, complementada o modificada, a partir de la información y las recomendaciones del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACION Y DESARROLLO PESQUERO. ARTICULO 3° — La presente resolución entrará en vigencia a partir de la publicación en el Boletín Oficial. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección del Registro Oficial y archívese. — DIEGO L. MARZIONI, Representante de la Provincia de Santa Cruz, Consejo Federal Pesquero. — Dr. GUSTAVO M. CONTRERAS, Representante de la Provincia de Río Negro, Consejo Federal Pesquero. — JUAN C. BOUZAS, Representante de la Provincia del Chubut, Consejo Federal Pesquero. — JUAN A. LOPEZ CAZORLA, Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Consejo Federal Pesquero. — Lic. MARIA S. GIANGIOBBE, Representante Suplente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Consejo Federal Pesquero. — Dr. CARLOS D. LIBERMAN, Suplente del Presidente del Consejo Federal Pesquero. — Dra. VERONICA N. OJEDA, Representante del Poder Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero. — Sr. CARLOS A. CANTU, Representante del Poder Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero. — Dr. LISANDRO A. BELARMINI, Representante Suplente de la Provincia de Buenos Aires, Consejo Federal Pesquero. VISTO lo dispuesto por el artículo 49 del Régimen General de Cuotas Individuales Transferibles de Captura (CITC), aprobado por la Resolución Nº 1, de fecha 24 de enero de 2013, del CONSEJO FEDERAL PESQUERO, y CONSIDERANDO: Que a fin de facilitar la presentación de las solicitudes de justificación de la falta de explotación de CITC, previstas en el artículo 49 del Régimen General de CITC, se estima conveniente prorrogar el plazo para las solicitudes referidas al período anual 2013. Que el CONSEJO FEDERAL PESQUERO es competente para el dictado de la presente de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9° y 27 de la Ley Nº 24.922. ANEXO I - RESOLUCION CFP Nº 19/2013 AÑO 2014 ESPECIE POLACA (Micromesistius australis) MERLUZA NEGRA (Dissostichus eleginoides) C.M.P. en toneladas 33.000 3.950 e. 20/12/2013 Nº 105312/13 v. 20/12/2013 #F4511301F# #I4510469I# MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Por ello, EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO RESUELVE: ARTICULO 1° — Prorrógase el plazo previsto en el artículo 49 del Régimen General de CITC aprobado por Resolución Nº 1, de fecha 24 de enero de 2013, para solicitar la justificación de la falta de explotación de la CITC correspondiente al período anual 2013, hasta el día 20 de enero de 2014. ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DIEGO L. MARZIONI, Representante de la Provincia de Santa Cruz, Consejo Federal Pesquero. — Dr. GUSTAVO M. CONTRERAS, Representante de la Provincia de Río Negro, Consejo Federal Pesquero. — JUAN C. BOUZAS, Representante de la Provincia del Chubut, Consejo Federal Pesquero. — JUAN A. LOPEZ CAZORLA, Representante de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Consejo Federal Pesquero. — Lic. MARIA S. GIANGIOBBE, Representante Suplente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Consejo Federal Pesquero. — Dr. CARLOS D. LIBERMAN, Suplente del Presidente del Consejo Federal Pesquero. — Dra. VERONICA N. OJEDA, Representante del Poder Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero. — Sr. CARLOS A. CANTU, Representante del Poder Ejecutivo Nacional, Consejo Federal Pesquero. — Dr. LISANDRO A. BELARMINI, Representante Suplente de la Provincia de Buenos Aires, Consejo Federal Pesquero. e. 20/12/2013 Nº 105311/13 v. 20/12/2013 #F4511300F# DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES Disposición Nº 4166/2013 Bs. As., 16/12/2013 VISTO el Expediente Nº S02:0001090/2011 y su agregado Nº S02:0002314/2011, ambos del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, lo dispuesto en el Decreto Nº 1177 del 22 de agosto de 2013, las Disposiciones DNM Nº 1070 del 20 de abril de 2011 y Nº 2980 de fecha 27 de septiembre de 2013, y CONSIDERANDO: Que en virtud del dictado del Decreto Nº 1177/13, el personal de GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA está siendo trasladado para cumplimentar nuevas funciones, lo que ha determinado la necesidad de que la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES reasuma el control migratorio delegado en esa Policía Migratoria Auxiliar en distintos pasos de frontera. Que, asimismo, a partir del 2 de octubre de 2013 se estableció la reasunción de las funciones de control migratorio en forma progresiva por parte de esta Dirección Nacional, a través del dictado de la Disposición DNM Nº 2980/13 en los pasos fronterizos por ella enumerados. Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Que ello determinó la incorporación, capacitación y puesta en funciones de una importante dotación de personal en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, para ejercer la función de control migratorio en los diferentes pasos de frontera. Que en virtud de lo expuesto, las Delegaciones con jurisdicción en los pasos fronterizos que correspondan, deberán proceder al retiro de los juegos de sellos migratorios entregados oportunamente a la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA. Que, paralelamente y con el fin de cumplir con dicha función, al personal incorporado se le deberá asignar un juego de sellos oficiales de Entrada y Salida. Que por Disposición DNM Nº 1070/11, se aprobaron los modelos de sellos para el control de ingresos y egresos que se están utilizando en la actualidad. Que conforme el Anexo I de dicho acto dispositivo, se verifica que la impronta de los sellos oficiales para el control de ingresos y egresos, tiene un código alfanumérico que comprende UNA (1) letra y DOS (2) números y la tinta que se utiliza es de color azul oscuro al agua con componentes de glicerina. Que de acuerdo a lo informado por la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO, los sellos oficiales a entregar no resultan suficientes en cantidad en la modalidad alfanumérica actual. Que por lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario ampliar el código de dichos sellos, a doble letra, conservando la numeración que corresponda. Que la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO informa que existe carencia de los modelos de armazones actualmente en uso con tinta azul, por lo que resulta necesario utilizarlos con tinta de similares características de color negro, en los sellos que abarcaría a partir de la Letra “U” Nº 65 a la “Z” Nº 99, y los que correspondan al modelo de la doble letra. Que la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO y el AREA DE ANALISIS DOCUMENTAL han tomado la intervención que les compete. Que la DIRECCION GENERAL TECNICA - JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 25.871 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 616 del 3 de mayo de 2010, por el artículo 29 de la Ley Nº 25.565 y el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996. Por ello, BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 40 #I4510355I# MINISTERIO DE INDUSTRIA Resolución Nº 265/2013 Bs. As., 4/12/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0322306/2012 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 se creó el “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario” con el objetivo de financiar obras de infraestructura intra y extramuros, facilitando la radicación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas en Parques Industriales Públicos. Que el Artículo 3° del citado decreto designó al ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO actual MINISTERIO DE INDUSTRIA como Autoridad de Aplicación del mencionado Programa. Que por la Resolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA se reglamentó el citado Programa Nacional. Que conforme lo dispuesto por el Artículo 6° del Anexo al Decreto Nº 915/10, los Municipios y/o Provincias donde se encuentren radicados los Parques Industriales Públicos que cumplan con el procedimiento y requisitos impuestos por el Programa, podrán acceder a Aportes No Reintegrables (ANRs) otorgados por el ESTADO NACIONAL para el financiamiento de obras de infraestructura intramuros. Que el Artículo 5° del Decreto Nº 915/10 sustituido por el Artículo 1° del Decreto Nº 778 de fecha 23 de mayo de 2012 estableció en PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES ($ 75.000.000) el límite máximo de Aportes No Reintegrables (ANRs) a otorgar en el marco del Programa Nacional, mientras que el Artículo 5° del Anexo al Decreto Nº 915/10 sustituido por el Artículo 5° Decreto Nº 778/12 fijó un monto de hasta PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) por solicitud. Que para acceder a este beneficio, el Parque Industrial solicitante, debe estar inscripto previamente en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), actuante en el ámbito de la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL) del MINISTERIO DE INDUSTRIA, creado por el Artículo 2° del Decreto Nº 915/10 y aportar recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, equivalentes al VEINTE POR CIENTO (20%), como mínimo, del monto del subsidio peticionado. Que a fojas 3 del expediente citado en el Visto, la MUNICIPALIDAD DE CHAJARI de la Provincia de ENTRE RIOS solicita un Aporte No Reintegrable (ANR) por la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) con el objeto de realizar la obra intramuros correspondiente a la construcción de cloacas en el AREA INDUSTRIAL CHAJARI. EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES DISPONE: ARTICULO 1° — Convalídanse los DIECISEIS (16) conjuntos de sellos de Entrada y Salida que se utilizan con tinta negra, conforme al detalle que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Autorízase la utilización de tinta negra para los sellos oficiales utilizados en el control de ingresos y egresos desde la letra “U” Nº 65 hasta la letra “Z” Nº 99 y los que se asignen con el código de Doble letra y con la numeración correspondiente. ARTICULO 3° — El control, administración, uso, eventual reposición, distribución y entrega de los nuevos sellos, se regirá conforme lo establecido en la Disposición Nº 1070/11. ARTICULO 4° — Por intermedio de las Delegaciones, reténganse los sellos oficiales de control de ingresos y egresos utilizados en los pasos fronterizos que estaban a cargo de la GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA, en los que esta Dirección Nacional reasuma la función de control migratorio, los que deberán ser girados al Area de Coordinación Operativa de la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO. ARTICULO 5° — Pase a la DIRECCION GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO para su notificación y respectivo diligenciamiento. ARTICULO 6° — Por el Departamento de Despacho y Resoluciones, notifíquese a todas las Direcciones Generales, Direcciones, Departamentos, Areas, y a las Delegaciones de este organismo. ARTICULO 7° — Por la DIRECCION DE GESTION, comuníquese al MINISTERIO DE SEGURIDAD, al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a la DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERIA, a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, a la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, a la COMISION INTERMINISTERIAL DE FACILITACION DE TRANSPORTE AEREO (FAL), al CENTRO DE NAVEGACION TRANSATLANTICA, al CENTRO DE DESPACHANTES MARITIMOS y a los JUZGADOS. ARTICULO 8° — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MARTIN A. ARIAS DUVAL, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Transporte. ANEXO I SELLOS OFICIALES DE CONTROL DE INGRESO Y EGRESO DE PERSONAS Que el presupuesto presentado por la Municipalidad mencionada en el considerando precedente, obrante a fojas 90/91 totaliza la suma de PESOS OCHOCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS SEIS CON SIETE CENTAVOS ($ 813.606,07), comprometiéndose la Municipalidad a aportar recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, por la suma de PESOS DOSCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS SEIS CON SIETE CENTAVOS ($ 213.606,07) de conformidad con lo normado por el Artículo 7° del Anexo al Decreto Nº 915/10. Que conforme surge del proyecto presentado, las obras a las que se destinará el Aporte No Reintegrable (ANR) tendrán un impacto positivo para el AREA INDUSTRIAL CHAJARI, en tanto la realización de la obra permitirá proveer el servicio cloacal para los desechos de las empresas radicadas en el área, facilitando su eliminación y tratamiento. Que a fojas 140, obra la Constancia de Inscripción de fecha 26 de febrero de 2013 del AREA INDUSTRIAL CHAJARI en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), de conformidad con lo prescripto en los Artículos 4° y siguientes del Anexo a la Resolución Nº 40/10 del MINISTERIO DE INDUSTRIA. Que la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL) ha verificado el cumplimiento integral de los restantes requisitos formales y evaluado la factibilidad técnica del proyecto de conformidad con el Informe obrante a fojas 146/150, recomendando la aprobación de la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DE CHAJARI de la Provincia de ENTRE RIOS. Que de acuerdo a las conclusiones elaboradas por la mencionada Unidad en el Informe citado precedentemente, la obra contribuirá al desarrollo y consolidación del AREA INDUSTRIAL CHAJARI. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8° del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 3° del Decreto Nº 915/10 y su modificatorio. Por ello, LA MINISTRA DE INDUSTRIA RESUELVE: ARTICULO 1° — Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE CHAJARI de la Provincia de ENTRE RIOS un Aporte No Reintegrable (ANR) de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000). ARTICULO 2° — El Aporte No Reintegrable (ANR) dispuesto en el artículo precedente, tendrá como objeto la construcción de cloacas en el AREA INDUSTRIAL CHAJARI, siendo ésta reconocida por la Provincia de ENTRE RIOS mediante la Resolución Nº 01 de fecha 11 de noviembre de 2010 de la Dirección de Parques y Areas Industriales del Ministerio de Producción. ARTICULO 3° — El monto consignado en el Artículo 1° de la presente medida deberá ser depositado a nombre de la MUNICIPALIDAD DE CHAJARI de la Provincia de ENTRE RIOS, C.U.I.T. Nº 30-99903567-8, en la Cuenta Corriente Nº 22800079/78 del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, Sucursal 1.420. e. 20/12/2013 Nº 104480/13 v. 20/12/2013 #F4510469F# ARTICULO 4° — La MUNICIPALIDAD DE CHAJARI de la Provincia de ENTRE RIOS se compromete a dar estricto cumplimiento a lo estipulado por el Artículo 17 inciso d) del Anexo a la Resolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el citado artículo y consecuentes de la mencionada norma. Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección ARTICULO 5° — En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas al beneficiario conforme los términos de los Artículos 16, párrafo segundo, y 18 del Anexo al Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010, se dispondrá, previa constitución en mora y fijación de un plazo razonable para su cumplimiento, la caducidad del beneficio otorgado con la consecuente obligación de restituir la suma percibida. ARTICULO 6° — Dispónese que los aportes de recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, comprometidos por la MUNICIPALIDAD DE CHAJARI de la Provincia de ENTRE RIOS, quedarán sujetos a las verificaciones y controles por parte de la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL), al momento de realizar la rendición de cuentas. ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. DEBORA GIORGI, Ministra de Industria. e. 20/12/2013 Nº 104366/13 v. 20/12/2013 #F4510355F# #I4510343I# MINISTERIO DE INDUSTRIA Resolución Nº 272/2013 Bs. As., 12/12/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0106096/2013 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 se creó el “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario” con el objetivo de financiar obras de infraestructura intra y extramuros, facilitando la radicación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas en Parques Industriales Públicos. Que el Artículo 3° del citado decreto designó al ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO actual MINISTERIO DE INDUSTRIA como Autoridad de Aplicación del mencionado Programa. Que por la Resolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA se reglamentó el citado Programa Nacional. Que conforme lo dispuesto por el Artículo 6° del Anexo al Decreto Nº 915/10, los Municipios y/o Provincias donde se encuentren radicados los Parques Industriales Públicos que cumplan con el procedimiento y requisitos impuestos por el Programa, podrán acceder a Aportes No Reintegrables (ANRs) otorgados por el ESTADO NACIONAL para el financiamiento de obras de infraestructura intramuros. Que el Artículo 5° del Decreto Nº 915/10 sustituido por el artículo 1° del Decreto Nº 778 de fecha 23 de mayo de 2012 estableció en PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES ($ 75.000.000) el límite máximo de Aportes No Reintegrables (ANRs) a otorgar en el marco del Programa Nacional, mientras que el Artículo 5° del Anexo al Decreto Nº 915/10 sustituido por el artículo 5° del Decreto Nº 778/12 fijó un monto de hasta PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) por solicitud. Que para acceder a este beneficio, el Parque Industrial solicitante, debe estar inscripto previamente en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), actuante en el ámbito de la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL) del MINISTERIO DE INDUSTRIA, creado por el Artículo 2° del Decreto Nº 915/10 y aportar recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, equivalentes al VEINTE POR CIENTO (20%), como mínimo, del monto del subsidio peticionado. Que a fojas 42 del expediente citado en el Visto, la MUNICIPALIDAD DE GENERAL DEHEZA de la Provincia de CORDOBA solicita un Aporte No Reintegrable (ANR) por la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) con el objeto de realizar la obra intramuros correspondiente a la construcción de calles internas (pavimento ingreso) y cerco perimetral en el PARQUE INDUSTRIAL ADRIAN PASCUAL URQUIA. Que el presupuesto presentado por la Municipalidad mencionada en el considerando precedente, obrante a fojas 60/62 totaliza la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE MIL ($ 720.000), comprometiéndose la Municipalidad a aportar recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, por la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000) de conformidad con lo normado por el Artículo 7° del Anexo al Decreto Nº 915/10. BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 41 Por ello, LA MINISTRA DE INDUSTRIA RESUELVE: ARTICULO 1° — Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE GENERAL DEHEZA de la Provincia de CORDOBA un Aporte No Reintegrable (ANR) de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000). ARTICULO 2° — El Aporte No Reintegrable (ANR) dispuesto en el artículo precedente, tendrá como objeto la construcción de calles internas (pavimento ingreso) y cerco perimetral en el PARQUE INDUSTRIAL ADRIAN PASCUAL URQUIA, siendo éste creado mediante la Ordenanza Municipal Nº 1.364/2005. ARTICULO 3° — El monto consignado en el Artículo 1° de la presente medida deberá ser depositado a nombre de la MUNICIPALIDAD DE GENERAL DEHEZA, C.U.I.T. Nº 30-99905136-3, en la Cuenta Bancaria Nº 26900339/00 del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, Sucursal 1.860. ARTICULO 4° — La MUNICIPALIDAD DE GENERAL DEHEZA de la Provincia de CORDOBA se compromete a dar estricto cumplimiento a lo estipulado por el Artículo 17 inciso d) del Anexo a la Resolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el citado artículo y consecuentes de la mencionada norma. ARTICULO 5° — En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas al beneficiario conforme los términos de los Artículos 16, párrafo segundo, y 18 del Anexo al Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010, se dispondrá, previa constitución en mora y fijación de un plazo razonable para su cumplimiento, la caducidad del beneficio otorgado con la consecuente obligación de restituir la suma percibida. ARTICULO 6° — Dispónese que los aportes de recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, comprometidos por la MUNICIPALIDAD DE GENERAL DEHEZA de la Provincia de CORDOBA, quedarán sujetos a las verificaciones y controles por parte de la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL), al momento de realizar la rendición de cuentas. ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. DEBORA GIORGI, Ministra de Industria. e. 20/12/2013 Nº 104354/13 v. 20/12/2013 #F4510343F# #I4510344I# MINISTERIO DE INDUSTRIA Resolución Nº 278/2013 Bs. As., 12/12/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0047443/2013 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 se creó el “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario” con el objetivo de financiar obras de infraestructura intra y extramuros, facilitando la radicación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas en Parques Industriales Públicos. Que el Artículo 3° del citado decreto designó al ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO actual MINISTERIO DE INDUSTRIA como Autoridad de Aplicación del mencionado Programa. Que por la Resolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA se reglamentó el citado Programa Nacional. Que conforme lo dispuesto por el Artículo 6° del Anexo al Decreto Nº 915/10, los Municipios y/o Provincias donde se encuentren radicados los Parques Industriales Públicos que cumplan con el procedimiento y requisitos impuestos por el Programa, podrán acceder a Aportes No Reintegrables (ANRs) otorgados por el ESTADO NACIONAL para el financiamiento de obras de infraestructura intramuros. Que el Artículo 5° del Decreto Nº 915/10 sustituido por el Artículo 1° del Decreto Nº 778 de fecha 23 de mayo de 2012 estableció en PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES ($ 75.000.000) el límite máximo de Aportes No Reintegrables (ANRs) a otorgar en el marco del Programa Nacional, mientras que el Artículo 5° del Anexo al Decreto Nº 915/10 sustituido por el Artículo 5° del Decreto Nº 778/12 fijó un monto de hasta PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) por solicitud. Que conforme surge del proyecto presentado, las obras a las que se destinará el Aporte No Reintegrable (ANR) tendrán un impacto positivo para el PARQUE INDUSTRIAL ADRIAN PASCUAL URQUIA, en tanto la realización de la obra cerco perimetral garantizará el control de ingreso de personas y vehículos, y brindará seguridad a las empresas radicadas en el parque. En cuanto a la obra de calles internas (pavimento ingreso), la misma garantizará el acceso de cualquier tipo de vehículos hacia las empresas que están en el parque. Que para acceder a este beneficio, el Parque Industrial solicitante debe estar inscripto previamente en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), actuante en el ámbito de la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL) del MINISTERIO DE INDUSTRIA, creado por el Artículo 2° del Decreto Nº 915/10 y aportar recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, equivalentes al VEINTE POR CIENTO (20%), como mínimo, del monto del subsidio peticionado. Que a fojas 38, obra la Constancia de Inscripción de fecha 28 de enero de 2011 del PARQUE INDUSTRIAL ADRIAN PASCUAL URQUIA en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), de conformidad con lo prescripto en los Artículos 4° y siguientes del Anexo a la Resolución Nº 40/10 del MINISTERIO DE INDUSTRIA. Que a fojas 37 del expediente citado en el Visto, la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA-PIGÜE de la Provincia de BUENOS AIRES solicita un Aporte No Reintegrable (ANR) por la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) con el objeto de realizar la obra intramuros correspondiente a la construcción de calles internas (cordón cuneta), cerco perimetral, cloacas, red interna de electricidad (iluminación pública en el acceso doble y simple) y la garita de acceso en el SECTOR INDUSTRIAL PLANIFICADO de PIGÜE. Que la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL) ha verificado el cumplimiento integral de los restantes requisitos formales y evaluado la factibilidad técnica del proyecto de conformidad con el Informe obrante a fojas 69/75, recomendando la aprobación de la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DE GENERAL DEHEZA de la Provincia de CORDOBA. Que de acuerdo a las conclusiones elaboradas por la mencionada Unidad en el Informe citado precedentemente, la obra contribuirá al desarrollo y consolidación del PARQUE INDUSTRIAL ADRIAN PASCUAL URQUIA. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8° del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 3° del Decreto Nº 915/10 y su modificatorio. Que el presupuesto presentado por la Municipalidad mencionada en el considerando precedente, obrante a fojas 131/133 totaliza la suma de PESOS SETECIENTOS VEINTE MIL ($ 720.000), comprometiéndose la Municipalidad a aportar recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, por la suma de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000) de conformidad con lo normado por el Artículo 7° del Anexo al Decreto Nº 915/10. Que conforme surge del proyecto presentado, las obras a las que se destinará el Aporte No Reintegrable (ANR) tendrán un impacto positivo para el SECTOR INDUSTRIAL PLANIFICADO de PIGÜE, en tanto la realización de la obra de calles internas (cordón cuneta) mejorará la infraestructura del sector industrial preparando las calles para el futuro asfaltado y garantizará la rápida evacuación de las aguas de lluvia, la obra de cerco perimetral permitirá una delimitación otorgando mayor seguridad a las empresas radicadas, la obra de cloacas dotará de los servicios de saneamiento a través de los desagües cloacales, la obra de red interna de electricidad (iluminación pública en el acceso doble y simple) mejorará la infraestructura del sector de acceso, otorgando mayor seguridad a las empresas radicadas y por último, la obra de la garita de acceso preservará Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección la seguridad de las industrias radicadas y las futuras empresas a través de un lugar físico de control específico ordenando el acceso al SECTOR INDUSTRIAL PLANIFICADO de PIGÜE. Que a fojas 101, obra la Constancia de Inscripción de fecha 24 de junio de 2013 del SECTOR INDUSTRIAL PLANIFICADO de PIGÜE en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), de conformidad con lo prescripto en los Artículos 4° y siguientes del Anexo a la Resolución Nº 40/10 del MINISTERIO DE INDUSTRIA. Que la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL) ha verificado el cumplimiento integral de los restantes requisitos formales y evaluado la factibilidad técnica del proyecto de conformidad con el Informe obrante a fojas 135/152, recomendando la aprobación de la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA-PIGÜE de la Provincia de BUENOS AIRES. Que de acuerdo a las conclusiones elaboradas por la mencionada Unidad en el Informe citado precedentemente, la obra contribuirá al desarrollo y consolidación del SECTOR INDUSTRIAL PLANIFICADO de PIGÜE. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8° del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 3° del Decreto Nº 915/10 y su modificatorio. Por ello, BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 42 creado por el Artículo 2° del Decreto Nº 915/10 y aportar recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, equivalentes al VEINTE POR CIENTO (20%), como mínimo, del monto del subsidio peticionado. Que a fojas 113 del expediente citado en el Visto, la MUNICIPALIDAD DE RIO COLORADO de la Provincia de RIO NEGRO solicita un Aporte No Reintegrable (ANR) por la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) con el objeto de realizar la obra intramuros correspondiente a la construcción de calles internas y cerco perimetral en el PARQUE INDUSTRIAL DE LA LOCALIDAD DE RIO COLORADO. Que el presupuesto presentado por la Municipalidad mencionada en el considerando precedente, obrante a fojas 147, totaliza la suma de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 784.737,68), comprometiéndose la Municipalidad a aportar recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 184.737,68) de conformidad con lo normado por el Artículo 7° del Anexo al Decreto Nº 915/10. Que conforme surge del proyecto presentado, las obras a las que se destinará el Aporte No Reintegrable (ANR) tendrán un impacto positivo para el PARQUE INDUSTRIAL DE LA LOCALIDAD DE RIO COLORADO, en tanto la realización de las obras de calles internas y la construcción del cerco perimetral permitirán delimitar el predio destinado al proyecto, mejorar su seguridad y comenzar a promocionarlo a futuras empresas. Que a fojas 136, obra la Constancia de Inscripción de fecha 17 de diciembre de 2012 del PARQUE INDUSTRIAL DE LA LOCALIDAD DE RIO COLORADO en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), de conformidad con lo prescripto en los Artículos 4° y siguientes del Anexo a la Resolución Nº 40/10 del MINISTERIO DE INDUSTRIA. LA MINISTRA DE INDUSTRIA RESUELVE: ARTICULO 1° — Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA-PIGÜE de la Provincia de BUENOS AIRES un Aporte No Reintegrable (ANR) de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000). ARTICULO 2° — El Aporte No Reintegrable (ANR) dispuesto en el artículo precedente, tendrá como objeto la construcción de calles internas (cordón cuneta), cerco perimetral, cloacas, red interna de electricidad (iluminación pública en el acceso doble y simple) y la garita de acceso en el SECTOR INDUSTRIAL PLANIFICADO de PIGÜE, siendo ésta reconocida por la Provincia de BUENOS AIRES mediante el Decreto Nº 2.956 de fecha 5 de junio de 1985 y su existencia ratificada por la Ley Provincial Nº 13.744. ARTICULO 3° — El monto consignado en el Artículo 1° de la presente medida deberá ser depositado a nombre de la MUNICIPALIDAD DEL PARTIDO DE SAAVEDRA-PIGÜE, C.U.I.T. Nº 30-99903642-9, en la Cuenta Corriente Nº 40014340/68 del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, Sucursal 2.710. ARTICULO 4° — La MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA-PIGÜE de la Provincia de BUENOS AIRES se compromete a dar estricto cumplimiento a lo estipulado por el Artículo 17 inciso d) del Anexo a la Resolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el citado artículo y consecuentes de la mencionada norma. ARTICULO 5° — En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas al beneficiario conforme los términos de los Artículos 16, párrafo segundo, y 18 del Anexo al Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010, se dispondrá, previa constitución en mora y fijación de un plazo razonable para su cumplimiento, la caducidad del beneficio otorgado con la consecuente obligación de restituir la suma percibida. ARTICULO 6° — Dispónese que los aportes de recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, comprometidos por la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA-PIGÜE de la Provincia de BUENOS AIRES, quedarán sujetos a las verificaciones y controles por parte de la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL), al momento de realizar la rendición de cuentas. ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. DEBORA GIORGI, Ministra de Industria. e. 20/12/2013 Nº 104355/13 v. 20/12/2013 #F4510344F# #I4510357I# MINISTERIO DE INDUSTRIA Resolución Nº 287/2013 Bs. As., 16/12/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0038573/2012 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010 se creó el “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario” con el objetivo de financiar obras de infraestructura intra y extramuros, facilitando la radicación y desarrollo de pequeñas y medianas empresas en Parques Industriales Públicos. Que el Artículo 3° del citado decreto designó al ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO actual MINISTERIO DE INDUSTRIA como Autoridad de Aplicación del mencionado Programa. Que la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL) ha verificado el cumplimiento integral de los restantes requisitos formales y evaluado la factibilidad técnica del proyecto de conformidad con el Informe obrante a fojas 150/158, recomendando la aprobación de la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD DE RIO COLORADO de la Provincia de RIO NEGRO. Que de acuerdo a las conclusiones elaboradas por la mencionada Unidad en el Informe citado precedentemente, la obra contribuirá al desarrollo y consolidación del PARQUE INDUSTRIAL DE LA LOCALIDAD DE RIO COLORADO. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8° del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 3° del Decreto Nº 915/10 y su modificatorio. Por ello, LA MINISTRA DE INDUSTRIA RESUELVE: ARTICULO 1° — Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE RIO COLORADO de la Provincia de RIO NEGRO un Aporte No Reintegrable (ANR) de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000). ARTICULO 2° — El Aporte No Reintegrable (ANR) dispuesto en el artículo precedente, tendrá como objeto la construcción de calles internas y cerco perimetral en el PARQUE INDUSTRIAL DE LA LOCALIDAD DE RIO COLORADO, siendo éste declarado parque industrial mediante la Resolución Nº 92 de fecha 17 de octubre de 2012 del MINISTERIO DE PRODUCCION de la Provincia de RIO NEGRO. ARTICULO 3° — El monto consignado en el Artículo 1° de la presente medida deberá ser depositado a nombre de la MUNICIPALIDAD DE RIO COLORADO, C.U.I.T. Nº 33-99914325-9, en la Cuenta Corriente Nº 43100045/85 del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, Sucursal 2.920. ARTICULO 4° — La MUNICIPALIDAD DE RIO COLORADO de la Provincia de RIO NEGRO se compromete a dar estricto cumplimiento a lo estipulado por el Artículo 17 inciso d) del Anexo a la Resolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el citado artículo y consecuentes de la mencionada norma. ARTICULO 5° — En caso de incumplimiento de las obligaciones impuestas al beneficiario conforme los términos de los Artículos 16, párrafo segundo, y 18 del Anexo al Decreto Nº 915 de fecha 28 de junio de 2010, se dispondrá, previa constitución en mora y fijación de un plazo razonable para su cumplimiento, la caducidad del beneficio otorgado con la consecuente obligación de restituir la suma percibida. ARTICULO 6° — Dispónese que los aportes de recursos adicionales, en concepto de contrapartida local, comprometidos por la MUNICIPALIDAD DE RIO COLORADO de la Provincia de RIO NEGRO, quedarán sujetos a las verificaciones y controles por parte de la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL), al momento de realizar la rendición de cuentas. ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. DEBORA GIORGI, Ministra de Industria. e. 20/12/2013 Nº 104368/13 v. 20/12/2013 #F4510357F# Que por la Resolución Nº 40 de fecha 17 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE INDUSTRIA se reglamentó el citado Programa Nacional. #I4511194I# Que conforme lo dispuesto por el Artículo 6° del Anexo al Decreto Nº 915/10, los Municipios y/o Provincias donde se encuentren radicados los Parques Industriales Públicos que cumplan con el procedimiento y requisitos impuestos por el Programa, podrán acceder a Aportes No Reintegrables (ANRs) otorgados por el ESTADO NACIONAL para el financiamiento de obras de infraestructura intramuros. MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Que el Artículo 5° del Decreto Nº 915/10 sustituido por el Artículo 1° del Decreto Nº 778 de fecha 23 de mayo de 2012 estableció en PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES ($ 75.000.000) el límite máximo de Aportes No Reintegrables (ANRs) a otorgar en el marco del Programa Nacional, mientras que el Artículo 5° del Anexo al Decreto Nº 915/10 sustituido por el Artículo 5° del Decreto Nº 778/12 fijó un monto de hasta PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) por solicitud. Bs. As., 18/12/2013 Que para acceder a este beneficio, el Parque Industrial solicitante, debe estar inscripto previamente en el Registro Nacional de Parques Industriales (RENPI), actuante en el ámbito de la UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL (UDIL) del MINISTERIO DE INDUSTRIA, Resolución Nº 1489/2013 VISTO el Expediente Nº S01:0277562/2013 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO: Que el 2 de diciembre de 2013 se suscribió un Convenio Marco entre la Provincia DEL NEUQUEN, la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, la SECRETARIA DE ENERGIA, la SUBSECRETARIA DE RE- Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección CURSOS HIDRICOS, la SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA, todas de este MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la SECRETARIA DE FINANZAS, y la UNIDAD DE COORDINACION DE FIDEICOMISOS DE INFRAESTRUCTURA (UCOFIN), ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, Organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE. ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, NACION FIDEICOMISOS SOCIEDAD ANONIMA y la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA, (CAMMESA), con el fin de que todas las partes firmantes brinden su aporte, en el ámbito de su competencia, para llevar adelante el proceso licitatorio y la ejecución de la obra denominada “APROVECHAMIENTO MULTIPROPOSITO CHIHUIDO I”. Que la envergadura del emprendimiento y su complejidad, como así también la tecnología, maquinaria y equipamiento necesario para la construcción de la obra referida, hacen necesario disponer el carácter nacional e internacional de la convocatoria al proceso licitatorio, conforme lo expresado en el Informe Técnico obrante en los actuados del Visto. Que la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS desarrollará el proceso licitatorio de las obras mencionadas, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Nº 98 de fecha 11 de septiembre de 2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, contando para ello con la colaboración de todas las áreas dependientes de este Ministerio que, en función de sus respectivas competencias, les sea requerida. BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. — NORBERTO BERNER, Secretario de Comunicaciones, Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. ANEXO Numeración que se asigna: TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. SERVICIO DE TELEFONIA LOCAL LOCALIDAD CONCEPCION DEL URUGUAY CONCEPCION DEL URUGUAY GONZALEZ CATAN GONZALEZ CATAN GONZALEZ CATAN INDICATIVO INTERURBANO 3442 3442 2202 2202 2202 Que el suscripto resulta competente para el dictado de la presente medida en orden a lo dispuesto por el Artículo 8 de la Ley Nº 18.875 y por el Decreto Nº 238 del 19 de junio de 2003. EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS RESUELVE: ARTICULO 1° — Dispóngase el carácter de Licitación Pública Nacional e Internacional para la obra “APROVECHAMIENTO MULTIPROPOSITO CHIHUIDO I”, a ejecutarse en la Provincia DEL NEUQUEN. ARTICULO 2° — Encomiéndese a la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a efectuar el llamado y llevar adelante el procedimiento de la Licitación Pública Nacional e Internacional para la contratación de la obra descripta en el artículo 1° de la presente medida, en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 98 de fecha 11 de septiembre de 2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 13.064 y el Decreto Nº 1.381 del 1° de noviembre de 2001, ratificado por la Ley Nº 26.181, y a realizar la totalidad de actos conducentes para llevar adelante el proceso licitatorio. ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Arq. JULIO M. DE VIDO, Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. e. 20/12/2013 Nº 105205/13 v. 20/12/2013 #F4511194F# NUMERO LOCAL 598hij 599hij 505hij 506hij 507hij CANTIDAD DE NUMEROS 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 e. 20/12/2013 Nº 104341/13 v. 20/12/2013 #F4510330F# Que la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS y la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS han tomado la intervención de su competencia. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia. 43 #I4510233I# MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE ENERGIA SUBSECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA Se comunica a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) que ENERGIA ARGENTINA SA (ENARSA) solicita su ingreso al MEM en carácter de Agente Generador para su Central Eólica Puerto Madryn de 220 MW, compuesta por las Centrales Eólicas Puerto Madryn I, Puerto Madryn II, Puerto Madryn Norte y Puerto Madryn Sur, con potencias totales de 50 MW cada una de ellas y por la Central Eólica Puerto Madryn Oeste, con una potencia total de 20 MW. La Central Eólica Puerto Madryn se encuentra instalada en la Ruta Provincial Nº 4, aproximadamente a 10 km de la Ruta Nacional Nº 3, en las cercanías de la Ciudad de Puerto Madryn, Provincia del Chubut. La vinculación de la Central Eólica Puerto Madryn 220 MW al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXION (SADI) se efectivizará en dos Etapas. En la Etapa 1 se conectará provisoriamente la Central Eólica Puerto Madryn I, de 50 MW, a la ET Puerto Madryn 330/132 kV, jurisdicción de TRANSPA SA. En la Etapa 2 se conectará la totalidad de la Central Eólica en barras de 132 kV de la ET Puerto Madryn 500/132 kV, jurisdicción de TRANSENER SA. NOTA: Se hace saber a los interesados que el expediente EXP-S01: 0003676/2009 se encuentra disponible para tomar vista en Av. Paseo Colón 171, 4°, Piso, oficina 401, de Lunes a Viernes de 10 a 12 y 15 a 17 hs, durante 10 (diez) días corridos a partir de la fecha de la presente publicación. Ing. LUIS A. BEURET, Subsecretario de Energía Eléctrica. e. 20/12/2013 Nº 104244/13 v. 20/12/2013 #F4510233F# #I4510330I# MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS SECRETARIA DE COMUNICACIONES Resolución Nº 27/2013 Bs. As., 17/12/2013 VISTO el Expediente Nº 7.968/2010, del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional. Que TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado numeración para el Servicio de Telefonía Local para ser utilizada en las Localidades de GONZALEZ CATAN y CONCEPCION DEL URUGUAY, pertenecientes a la provincia de BUENOS AIRES y ENTRE RIOS, respectivamente. Que han tomado debida intervención las Areas Técnicas específicas de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, y habiendo analizado las cantidades que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dichas localidades, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considerado procedente la asignación peticionada. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 23 del Anexo II del Decreto Nº 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y el Decreto Nº 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003. Por ello, EL SECRETARIO DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTICULO 1° — Asígnase a TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA la numeración geográfica según se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolución. #I4510195I# MINISTERIO DE EDUCACION SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS Resolución Nº 3915/2013 Bs. As., 9/12/2013 VISTO el Expediente Nº 14205/13 del Registro de este Ministerio y el PLAN ESTRATEGICO DE FORMACION DE INGENIEROS 2012-2016 (PEFI 2016), y CONSIDERANDO: Que, en el marco del PLAN ESTRATEGICO DE FORMACION DE INGENIEROS 2012-2016 (PEFI 2016), lanzado por la Señora Presidenta de la Nación, Dra. Cristina FERNANDEZ de KIRCHNER en noviembre de 2012, se propone la puesta en marcha del “PROYECTO DE ESTIMULO A LA GRADUACION DE ESTUDIANTES DE CARRERAS DE INGENIERIA” (ΔG). Que, en ese sentido, la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS, lleva a cabo acciones, conjuntamente con el sistema nacional de formación de ingenieros, a fin de lograr los objetivos del PEFI 2016. Que, el Eje Estratégico A, denominado “Mejoramiento de Indicadores Académicos”, plantea en su objetivo específico A.4. “Incrementar la graduación de estudiantes avanzados”. Que, en el año 2011, luego de las acciones que la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS viene realizando, se logró mejorar los indicadores de resultados de las carreras de Ingeniería, alcanzándose un total de TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE (32.487) estudiantes cursando carreras de Ingeniería que habían aprobado más de 26 materias (86% de crecimiento con respecto a 2003), y sin embargo la graduación fue de sólo CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO (5.475) ingenieros (33% de crecimiento con respecto a 2003). Que, de acuerdo a relevamientos parciales realizados por las Universidades, más del OCHENTA POR CIENTO (80%) de los estudiantes avanzados se encuentran insertos laboralmente, la mayoría en actividades relacionadas con su profesión y en relación de dependencia. Que, a fin de incrementar la graduación de estudiantes avanzados, es pertinente considerar especialmente la situación de los estudiantes avanzados que trabajan y que, por ello, cuentan con potencialidad de cumplimentar parte de las actividades académicas necesarias para recibirse, a partir de competencias adquiridas en el ámbito laboral. Que, a fin de operativizar el objetivo planteado en el Eje estratégico A, “Mejoramiento de Indicadores Académicos” y en el Eje Estratégico B, “Aporte al Desarrollo Territorial”, la SECRETARIA Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 DE POLITICAS UNIVERSITARIAS ha diseñado la presente convocatoria para que las Universidades Nacionales y Universidades Privadas que cuenten con carreras de Ingeniería, presenten proyectos para mejorar la tasa de graduación en esas carreras, teniendo a la vista la necesidad de considerar la situación de aquellos alumnos que trabajan y estudian. Que el Proyecto prevé el estímulo a la graduación, a través de un aporte económico de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) a cada alumno, previéndose alcanzar a DOS MIL (2000) estudiantes avanzados laboralmente activos. Que, asimismo, es prioridad de esta Secretaría fomentar y patrocinar proyectos de fin de carrera que relacionen los requerimientos académicos con las necesidades de innovación del territorio, en particular en el caso de los alumnos que trabajan, en su propio ámbito laboral. Que, a fin de lograr los objetivos propuestos, se convocará a Universidades Públicas y Privadas a participar en la Convocatoria denominada “PROYECTO DE ESTIMULO A LA GRADUACION DE ESTUDIANTES DE CARRERAS DE INGENIERIA” de acuerdo con los lineamientos generales y las bases específicas. Que corresponde dictar el acto administrativo de aprobación de los lineamientos citados y asignar los recursos presupuestarios destinados a su financiamiento. Que la presente medida se dicta conforme a las facultades asignadas a esta Secretaría en el Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios. Por ello, BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 44 Por ello la presente convocatoria está dirigida a las Instituciones Universitarias, ya que las mismas serán co-responsables, en el marco de sus propias normativas internas, del cumplimiento del plan de trabajo propuesto para cada estudiante. II. PROPUESTAS ELEGIBLES Este sistema de estímulo se otorgará sobre la base de las propuestas que las Instituciones Universitarias realicen en el marco de la presente convocatoria y que se ajusten a la misma. La presentación deberá contener todos los datos previstos en la presente convocatoria en referencia a cada estudiante, teniendo en cuenta los siguientes criterios de elegibilidad: Criterios de Elegibilidad: 1. Podrán participar las Instituciones Universitarias de gestión pública o privada. 2. Las Instituciones Universitarias podrán proponer como beneficiarios a estudiantes que cursen carreras de Ingeniería y Agronomía, que se encuentren insertos laboralmente en relación de dependencia o de modo independiente, que hayan discontinuado o retrasado su carrera y que adeuden cuatro o menos actividades académicas. 3. Las Instituciones Universitarias deberán presentar planes de trabajo por cada beneficiario. Los mismos deberán tener una duración máxima de UN (1) año contados a partir del 1° de Abril de 2014 y hasta el 31 de Marzo de 2015, lapso en el cual los estudiantes deberán graduarse. 4. El plan de trabajo presentado por la Institución Universitaria deberá tener el acuerdo firmado del postulante y si fuera necesario por el empleador, cuando las actividades a desarrollar se realicen en el ámbito de la empresa. EL SECRETARIO DE POLITICAS UNIVERSITARIAS RESUELVE: ARTICULO 1° — Aprobar los lineamientos generales y las bases de la Convocatoria del “PROYECTO DE ESTIMULO A LA GRADUACION DE ESTUDIANTES DE CARRERAS DE INGENIERIA (ΔG)” que como Anexo I se incorpora a la presente resolución. ARTICULO 2° — Aprobar los modelos de Convenio Programa a suscribir entre la SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS y las Universidades Nacionales y Privadas cuyo proyecto resulte aprobado y que como ANEXO II y III se incorporan a la presente resolución. ARTICULO 3° — La asignación presupuestaria correspondiente al “PROYECTO DE ESTIMULO A LA GRADUACION DE ESTUDIANTES DE CARRERAS DE INGENIERIA (ΔG)” será de hasta la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES ($ 50.000.000) y destinados a asignar hasta DOS MIL (2.000) estímulos de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) por estudiante avanzado de carreras de Ingeniería, del presupuesto aprobado para el ejercicio 2014. ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, cumplido, archívese. — Abg. MARTIN R. GILL, Secretario de Políticas Universitarias. ANEXO I Lineamientos Generales y Bases de la Convocatoria Proyecto: Estímulo a la Graduación de Estudiantes de Carreras de Ingeniería (ΔG) La Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) del MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION, en el marco del Plan Estratégico de Formación de Ingenieros 2012-2016, Eje Estratégico A: “Proyectos de Mejoramiento de Indicadores Académicos”, Objetivo A.4.: “Incrementar la graduación de estudiantes avanzados”, convoca a las Instituciones Universitarias de gestión pública y privada, a la presentación de propuestas para la adjudicación de cupos de estímulo a la graduación a estudiantes avanzados de carreras de Ingeniería. I. OBJETIVOS DEL PROGRAMA 5. La Unidad Académica deberá definir mediante Resolución de la autoridad que corresponda, la metodología por la cual se realizará el orden de mérito y que formará parte de la presentación. Deberán tenerse en cuenta, al menos los siguientes factores: a. Avance en la Carrera ordenado por actividades académicas adeudadas. b. Fecha de realización de la última actividad académica, donde deberá priorizarse a estudiantes que hayan perdido su regularidad y no hayan tenido actividad académica reciente. c. Apoyo del empleador para la graduación. 6. Entre todos los postulantes la Unidad Académica realizará el orden de mérito, el cual deberá ser aprobado por Resolución oficial de la autoridad que corresponda. 7. A cada estudiante se le asignará un tutor el que será co-responsable junto a la institución universitaria del cumplimiento del plan de trabajo previsto. En caso de que corresponda se deberá designar, además, un tutor por parte de la empresa donde se desempeñe el estudiante. 8. Las solicitudes deben ser presentadas por las Instituciones Universitarias en tiempo y forma y tener completa la información requerida en el formulario de presentación. 9. La SPU declarará una propuesta No Elegible cuando la presentación no cumpla estrictamente con todos los puntos consignados precedentemente. 10. Teniendo en cuenta que el estudiante deberá graduarse en un lapso máximo de UN (1) año, las Unidades Académicas deberán seleccionar estudiantes que adeuden CUATRO (4) o menos actividades académicas obligatorias para obtener el título. III. APERTURA Y CIERRE DE LA CONVOCATORIA La convocatoria 2014 cerrará el 15 de marzo de 2014, fecha límite para la presentación de propuestas por parte de las universidades. La misma se publicará en el Boletín Oficial. La presente convocatoria tiene como objetivo general apoyar el incremento de la graduación de estudiantes avanzados que han discontinuado o retrasado la finalización de su carrera y que se encuentren insertos laboralmente. El proyecto debe estar acompañado por una nota de elevación del Sr. Rector de la Institución Universitaria. Asimismo toda información deberá ser enviada a la SPU, con la firma o inicial, según corresponda, del Rector o equivalente de la Institución Universitaria en cada de una de las hojas de la presentación. Luego de la convocatoria de Becas a Estudiantes Avanzados de Carreras de Ingeniería, realizada en el marco del Programa Nacional de Becas Bicentenario, dirigidas especialmente a estudiantes que cursan regularmente la carrera, la SPU en función de los datos estadísticos de estudiantes avanzados de carreras de ingeniería relevados en el año 2012 en el marco del proyecto de Mejora de Indicadores Académicos, considera que se debe poner en marcha un Proyecto de rescate académico para los estudiantes que han discontinuado o retrasado la finalización de su carrera y que se encuentren insertos laboralmente. Debe adjuntarse el documento que contemple la orden de mérito establecido por la Institución Universitaria para la selección de los candidatos. El nivel de complejidad para la graduación de estos estudiantes, obedece a múltiples factores, entre los que se pueden mencionar la incompatibilidad entre carga horaria laboral y la requerida para abocarse a finalizar los estudios; la imposibilidad de acreditar competencias laborales como créditos académicos; la dificultad para realizar proyectos en la .empresa que puedan ser considerados como el trabajo final de la carrera o tesina de grado; la indiferencia de empleadores de contar con profesionales en sus plantas; los compromisos y responsabilidades personales que asume el estudiante al lograr su independencia económica, entre otros. Por lo expuesto, si bien existen situaciones regionales y disciplinares particulares en la potencialidad de la graduación de los estudiantes avanzados, y en el marco del propio Plan Estratégico en su Eje dedicado al “Aporte al Desarrollo Territorial Sostenible”, se considera que la mejor forma de superar los condicionamientos existentes actualmente es avanzar fuertemente en diálogos y acuerdos entre Estudiante, Unidad Académica y Empleador que permita un beneficio asociado, en el caso de quienes trabajan en relación de dependencia y que permita reducir gradualmente las incompatibilidades entre trabajo y estudio, a través de la realización de proyectos consensuados que sean de utilidad en el trabajo y completen las actividades académicas necesarias para la graduación. Si bien de acuerdo al relevamiento realizado, la cantidad de estudiantes que trabajan de forma independiente es sensiblemente menor a los que lo hacen en relación de dependencia, también se debe considerar esta posibilidad, y en este caso se considera conveniente que la Unidad Académica, además de impulsar su graduación, apoye al estudiante en la consolidación de su propio emprendimiento productivo. Por lo expuesto, para llevar adelante esta propuesta, es de vital importancia el compromiso y la participación de las Instituciones Universitarias, de manera que se asegure la inserción institucional y académica de la tarea del estudiante para obtener su graduación, así como los acuerdos con empleadores para definir un plan de trabajo que culmine con la graduación del estudiante. Forma de Presentación: se deberá presentar por correo electrónico y por correo postal: • Por correo electrónico a: [email protected] • Por correo postal a: Programa de Calidad Universitaria, Pizzurno 935, 2º Piso, Of. 205 - C1020ACA - Ciudad Autónoma de Buenos Aires (con la fecha de envío correspondiente dentro de la fecha tope del plazo estipulado). En caso de entregarlo personalmente, remitirse a la Dirección de Despacho, Departamento de Mesa de Entrada sito en Pizzurno 935 1° Piso, Of. 43 (sector Marcelo T. de Alvear). IV. FINANCIAMIENTO Monto del estímulo a cargo de la SPU El monto estímulo a financiar por la SPU para la presente convocatoria será de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000) por estudiante, los cuales se pagarán en función del cumplimiento, en tiempo y forma, de los planes de trabajo propuestos. Es decir, se otorgará el estímulo una vez que los beneficiarios se gradúen. Para ello las Instituciones Universitarias deberán informar a la SPU el cumplimiento de la última actividad académica prevista en el plan de trabajo (acta de examen, certificado de fin de carrera, etc.), mediante el acta administrativa correspondiente. Las becas que se otorguen serán de carácter personal e intransferible y resultan incompatibles con otros beneficios de carácter similar. Contrapartida de la Institución Beneficiaria Este Programa no requiere de contrapartes financieras. No obstante, se solicita como compromiso de las Instituciones Universitarias: • El indispensable soporte académico y la utilización de este fondo estímulo como una herramienta de apoyo en la política general de la Unidad Académica de incrementar los índices de graduación de sus carreras. • Entrega de un Informe Final, avalado por la autoridad correspondiente de la Universidad Nacional o Instituto Universitario, donde conste el cumplimiento del plan de trabajo propuesto de cada uno de los alumnos beneficiados. Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 45 V. SELECCION DE LOS BENEFICIARIOS El PROGRAMA DE CALIDAD UNIVERSITARIA de la SPU tendrá a su cargo la designación de una Comisión ad-hoc que evaluará las presentaciones y recomendará las que considere con mérito suficiente para su financiamiento, la cual estará integrada por SIETE (7) miembros, a saber: TRES (3) por la SPU, UNO (1) por el Consejo Federal de Decanos de Ingeniería (CONFEDI), UNO (1) por la Asociación Universitaria de Educación Agropecuaria Superior (AUDEAS), UNO (1) por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y UNO (1) por el Consejo de Rectores de Universidades Privadas (CRUP). VI. ADJUDICACION En base a las recomendaciones formuladas por la Comisión ad-hoc, el Secretario de Políticas Universitarias tomará la decisión final y mediante el acto administrativo correspondiente, resolverá la adjudicación de los cupos a las instituciones que resulten beneficiarias. VII. EJECUCION DE LOS FONDOS Para la implementación se suscribirá un Convenio-Programa entre la SPU y cada una de las instituciones que resulten beneficiarias, a las cuales se les realizará la transferencia de fondos. Las Instituciones Beneficiarias deberán prever los mecanismos necesarios, en el marco de su normativa, para realizar el pago correspondiente a cada beneficiario. VIII. SEGUIMIENTO, MONITOREO Y EVALUACION DEL PROGRAMA Las Instituciones Beneficiarias deberán remitir a la SPU un Informe Final dando cuenta del desarrollo del Programa y el desempeño académico de los beneficiarios durante el periodo lectivo. El mismo implicará un insumo para el análisis del impacto de su implementación, para definir el llamado a una segunda convocatoria. ESTIMULO A LA GRADUACION DE ESTUDIANTES DE CARRERAS DE INGENIERIA (ΔG) DESCRIPCION DEL PROYECTO ANEXO II MODELO DE NOTA DE ELEVACION DEL RECTOR CONVENIO - PROGRAMA ENTRE LA SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL…………… La SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACION, por una parte, representada en este acto por su titular,……………, en adelante “LA SECRETARIA” y la UNIVERSIDAD NACIONAL……………, por la otra parte, representada en este acto por el/ la señor/a Rector/a ……………, en adelante “LAS PARTES” suscriben el siguiente ConvenioPrograma de UN (1) año de ejecución, el que se sujetará a las cláusulas que se detallan a continuación: PRIMERA: OBJETIVOS “LAS PARTES” reconocen como objetivos generales y específicos del Convenio-Programa, los estipulados en el Proyecto presentado por “LA UNIVERSIDAD” en el marco del “Proyecto de estímulo a la graduación de estudiantes de carreras de Ingeniería (ΔG)” aprobado por Resolución SPU N°…………… y que obra como ANEXO al presente Convenio. SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA SECRETARIA “LA SECRETARIA” asume los siguientes compromisos: Estímulo a la Graduación de Estudiantes de Carreras de Ingeniería (ΔG) Formulario para la presentación de proyectos a) Cooperar con “LA UNIVERSIDAD” con el fin de contribuir al logro de sus objetivos dentro del marco de la normativa vigente y de lo acordado en el presente Convenio-Programa. b) Autorizar el desembolso de los fondos previstos para “LA UNIVERSIDAD” correspondiente al “Proyecto de estímulo a la graduación de estudiantes de carreras de ingeniería (ΔG)”, de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias, y sujetos a la aprobación de los informes que se requieran en la Cláusula Cuarta. TERCERA: OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD “LA UNIVERSIDAD” asume los siguientes compromisos: a) Cumplir con la ejecución del proyecto presentado ante “LA SECRETARIA” y que fuera aprobado por ésta, que consta en el ANEXO. b) Facilitar en todo momento a “LA SECRETARIA” la información necesaria para el seguimiento y la evaluación del presente Convenio-Programa. c) Aplicar los fondos asignados al proyecto con el destino allí establecido. d) Declara conocer y aceptar en todos sus términos la Resolución SPU Nº ….. CUARTA: SEGUIMIENTO DEL CONVENIO-PROGRAMA “LA UNIVERSIDAD” deberá presentar a “LA SECRETARIA” un Informe Final a la fecha de conclusión de la ejecución del mismo. “LA SECRETARIA” proveerá los formularios y los instructivos que deberán ser cumplimentados por “LA UNIVERSIDAD” con este fin. QUINTA: FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO El monto aprobado para la ejecución del proyecto asciende a la suma de PESOS…………… ($……………-). SEXTA: FISCALIZACION “LA SECRETARIA” fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo de “LA UNIVERSIDAD”. En particular, verificará si los fondos transferidos en virtud del presente Convenio-Programa se han aplicado estrictamente a la ejecución de las actividades aprobadas. A esos efectos “LA SECRETARIA” podrá requerir la información que considere pertinente o bien disponer la realización de auditorías. SEPTIMA: INCUMPLIMIENTOS El incumplimiento injustificado por parte de “LA UNIVERSIDAD” de cualquiera de las obligaciones a su cargo facultará a “LA SECRETARIA” a: A) suspender la ejecución de las obligaciones a su cargo hasta tanto “LA UNIVERSIDAD” cumpla con las obligaciones asumidas en el presente; B) rescindir el presente Convenio. Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 OCTAVA: REDUCCIONES PRESUPUESTARIAS Y/O REDUCCION DE LA CUOTA FINANCIERA En el supuesto de que con anterioridad a la transferencia efectiva de los fondos se produjera alguna reducción o disminución de cuota financiera por parte de la SECRETARIA DE HACIENDA DE LA NACION, o alguna alteración del presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION en lo referente a transferencias a las Universidades Nacionales, “LA SECRETARIA” deberá convocar a “LA UNIVERSIDAD” a los fines de readecuar los términos y obligaciones del presente Convenio-Programa a la nueva situación. En el caso de que alguna de “LAS PARTES” no pudiera efectuar esta readecuación, “LA SECRETARIA” podrá rescindir el Convenio-Programa con el solo requisito de la notificación por medio fehaciente. “LA UNIVERSIDAD” no tendrá derecho a indemnización alguna por la extinción del vínculo. En tal caso, la situación de “LA UNIVERSIDAD” será motivo de consideración especial por “LA SECRETARIA” en la ejecución de los próximos ejercicios presupuestarios. NOVENA: RESPONSABILIDAD DE LA UNIVERSIDAD “LA UNIVERSIDAD” es la responsable única y exclusiva de la ejecución del proyecto, y se ajustará a las disposiciones de la Resolución SPU Nº ….., y a las cláusulas del presente Convenio. DECIMA: RENDICION DE CUENTAS “LA UNIVERSIDAD” deberá presentar a “LA SECRETARIA” la rendición de cuentas documentada de los recursos a los que alude la Cláusula Quinta del presente convenio, de acuerdo con las disposiciones de la Resolución SPU Nº 2260/10 de fecha 21 de diciembre de 2010. UNDECIMA: CONTROVERSIAS. CONSTITUCION DE DOMICILIO “LAS PARTES” acuerdan que para cualquier cuestión suscitada respecto del presente acuerdo se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales con asiento en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y constituyen domicilio en los lugares que se detallan a continuación: “LA SECRETARIA” en la calle Pizzurno Nº 935, Piso 2, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y LA UNIVERSIDAD en la calle ……………, de la Ciudad de……………, Provincia de …………… En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los……………días del mes de …………… de…………… ……..…………………. Por LA UNIVERSIDAD ……..…………………. Por LA SECRETARIA ANEXO III CONVENIO - PROGRAMA ENTRE LA SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS Y LA UNIVERSIDAD…………… BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 SEPTIMA: INCUMPLIMIENTOS El incumplimiento injustificado por parte de “LA UNIVERSIDAD” de cualquiera de las obligaciones a su cargo facultará a “LA SECRETARIA” a: A) suspender la ejecución de las obligaciones a su cargo hasta tanto “LA UNIVERSIDAD” cumpla con las obligaciones asumidas en el presente; B) rescindir el presente Convenio. OCTAVA: REDUCCIONES PRESUPUESTARIAS Y/O REDUCCION DE LA CUOTA FINANCIERA En el supuesto de que con anterioridad a la transferencia efectiva de los fondos se produjera alguna reducción o disminución de cuota financiera por parte de la SECRETARIA DE HACIENDA DE LA NACION, o alguna alteración del presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION en lo referente a transferencias a las Universidades Privadas, “LA SECRETARIA” deberá convocar a “LA UNIVERSIDAD” a los fines de readecuar los términos y obligaciones del presente ConvenioPrograma a la nueva situación. En el caso de que alguna de “LAS PARTES” no pudiera efectuar esta readecuación, “LA SECRETARIA” podrá rescindir el Convenio-Programa con el solo requisito de la notificación por medio fehaciente. “LA UNIVERSIDAD” no tendrá derecho a indemnización alguna por la extinción del vínculo. En tal caso, la situación de “LA UNIVERSIDAD” será motivo de consideración especial por “LA SECRETARIA” en la ejecución de los próximos ejercicios presupuestarios. NOVENA: RESPONSABILIDAD DE LA UNIVERSIDAD “LA UNIVERSIDAD” es la responsable única y exclusiva de la ejecución del proyecto, y se ajustará a las disposiciones de la Resolución SPU N°……, y a las cláusulas del presente Convenio. DECIMA: RENDICION DE CUENTAS “LA UNIVERSIDAD” deberá presentar a “LA SECRETARIA” la rendición de cuentas documentada de los recursos a los que alude la Cláusula Quinta del presente convenio, de acuerdo con las disposiciones de la Resolución SPU Nº 2260/10 de fecha 21 de diciembre de 2010. En el caso de destinar fondos para la compra de combustibles y pasajes aéreos, deberán respetarse las previsiones de los Decretos Nros. 1189 y 1191 de fecha 17 de julio de 2012. UNDECIMA: CONTROVERSIAS. CONSTITUCION DE DOMICILIO “LAS PARTES” acuerdan que para cualquier cuestión suscitada respecto del presente acuerdo se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales con asiento en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y constituyen domicilio en los lugares que se detallan a continuación: “LA SECRETARIA” en la calle Pizzurno Nº 935, Piso 2, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y LA UNIVERSIDAD en la calle ……………, de la Ciudad de ……………, Provincia de …………… En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los …………… días del mes de ……………de …………… La SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS del MINISTERIO DE EDUCACION, por una parte, representada en este acto por su titular, ……………, en adelante “LA SECRETARIA” y la UNIVERSIDAD. ……………, por la otra parte, representada en este acto por el/la señor/a Rector/a ……………, en adelante “LAS PARTES” suscriben el siguiente Convenio-Programa de UN (1) año de ejecución, el que se sujetará a las cláusulas que se detallan a continuación: ……..…………………. Por LA UNIVERSIDAD SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA SECRETARIA “LA SECRETARIA” asume los siguientes compromisos: c) Cooperar con “LA UNIVERSIDAD” con el fin de contribuir al logro de sus objetivos dentro del marco de la normativa vigente y de lo acordado en el presente Convenio-Programa. d) Autorizar el desembolso de los fondos previstos para “LA UNIVERSIDAD” correspondiente al “Proyecto de estímulo a la graduación de estudiantes de carreras de ingeniería” (ΔG), de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias, y sujetos a la aprobación de los informes que se requieran en la Cláusula Cuarta. TERCERA: OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD “LA UNIVERSIDAD” asume los siguientes compromisos: e) Cumplir con la ejecución del proyecto presentado ante “LA SECRETARIA” y que fuera aprobado por ésta, que consta en el ANEXO. f) Facilitar en todo momento a “LA SECRETARIA” la información necesaria para el seguimiento y la evaluación del presente Convenio-Programa. g) Aplicar los fondos asignados al proyecto con el destino allí establecido. h) Declara conocer y aceptar en todos sus términos la Resolución SPU Nº ….. CUARTA: SEGUIMIENTO DEL CONVENIO-PROGRAMA “LA UNIVERSIDAD” deberá presentar a “LA SECRETARIA” un Informe Final a la fecha de conclusión de la ejecución del mismo. “LA SECRETARIA” proveerá los formularios y los instructivos que deberán ser cumplimentados por “LA UNIVERSIDAD” con este fin. QUINTA: FINANCIAMIENTO DEL PROYECTO El monto aprobado para la ejecución del proyecto asciende a la suma de PESOS …………… ($ ……………-). SEXTA: FISCALIZACION “LA SECRETARIA” fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo de “LA UNIVERSIDAD”. En particular, verificará si los fondos transferidos en virtud del presente Convenio-Programa se han aplicado estrictamente a la ejecución de las actividades aprobadas. A esos efectos “LA SECRETARIA” podrá requerir la información que considere pertinente. ……..…………………. Por LA SECRETARIA e. 20/12/2013 Nº 104206/13 v. 20/12/2013 #F4510195F# PRIMERA: OBJETIVOS “LAS PARTES” reconocen como objetivos generales y específicos del Convenio-Programa, los estipulados en el Proyecto presentado por “LA UNIVERSIDAD” en el marco del “Proyecto de estímulo a la graduación de estudiantes de carreras de ingeniería (ΔG)” aprobado por Resolución SPU N°….. y que obra como ANEXO al presente Convenio. 46 #I4510197I# MINISTERIO DE EDUCACION INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA Resolución Nº 1018/2013 Bs. As., 10/12/2013 VISTO el expediente Nº 5.268/13, la Ley. Nº 22.317 relativa al Régimen de Crédito Fiscal, sus modificatorias Leyes Nº 23.653, Nº 24.624, Nº 25.300, la Ley Nº 26.784 y la Resolución INET Nº 178 del 18 de abril de 2013; y CONSIDERANDO: Que ha culminado el proceso de evaluación de los proyectos que se presentaron a los fines del acceso al Régimen de Crédito Fiscal del corriente año, realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES LABORALES DEL CONICET (CEIL - CONICET). Que el proceso de evaluación distinguió como proyectos aprobados aquellos que tuvieran 70 puntos o más. Que el monto total solicitado por las instituciones educativas durante el presente año excede el cupo establecido en la Ley 26.784. Que en función del puntaje obtenido por cada proyecto se ha confeccionado un orden de mérito. Que se ha realizado la distribución jurisdiccional fijada en el punto 1.4 del procedimiento aprobado. Que posteriormente se elaboró el orden de asignación teniendo en cuenta la distribución jurisdiccional mencionada y el orden de mérito. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por los Decretos Nº 143/00 y su modificatorio Nº 1895/02. Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA RESUELVE: ARTICULO 1° — Aprobar la evaluación realizada por el CENTRO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES LABORALES DEL CONICET (CEIL - CONICET). Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección ARTICULO 2° — Asignar a los fines de la aplicación de las Leyes Nº 22.317, Nº 23.653, Nº 24.624, Nº 25.300 y Nº 26.784, los proyectos Educación - Trabajo presentados por los establecimientos educativos comprendidos en el Anexo I que forma parte de la presente Resolución. ARTICULO 3° — Determinar que, si existiera liberación de cupo resultante de la no ejecución de los proyectos del Anexo I, se asignará para incrementar el monto de los proyectos aprobados generados por posibles variaciones en los costos de los mismos o podrán acceder al Régimen en función del orden de mérito aquellos proyectos aprobados que no hubieran accedido a otras fuentes de financiamiento. ARTICULO 4° — Asignar el cupo resultante de la no ejecución de los proyectos correspondientes a los expedientes 7202/10, 7320/10, 7334/10, 7336/10, 7478/10, 7481/10, 7632/10, 7633/10, 7637/10, 7803/10, 8104/10, 8134/10, 8166/10, 8277/10 y 8283/10 en función de lo establecido en el punto 3.3 del procedimiento aprobado por la Resolución INET Nº 210/12, a los proyectos Educación - Trabajo presentados por los establecimientos educativos comprendidos en el Anexo II que forma parte de la presente Resolución. ARTICULO 5° — Autorizar el otorgamiento del correspondiente certificado de crédito fiscal a las empresas que patrocinan los proyectos mencionados en los Anexos I y II, con los límites establecidos en el artículo 2° de la Ley Nº 22.317 y en la medida del cumplimiento de los requisitos de la Resolución INET Nº 178 del 18 de abril de 2013. ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Prof. EDUARDO ARAGUNDI, Director Ejecutivo, Instituto Nacional de Educación Tecnológica, Ministerio de Educación. ANEXO I BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 47 Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 48 Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 ANEXO II e. 20/12/2013 Nº 104208/13 v. 20/12/2013 #F4510197F# #I4510273I# MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 38.028 DEL 16 DIC. 2013 EXPEDIENTE Nº 59.435 - PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. SR. BENTOSO JUAN ANTONIO (MATRICULA Nº 29.007) A LAS LEYES Nº 22.400 Y 20.091. VISTO... Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION RESUELVE: ARTICULO 1° — Levantar las medidas adoptadas respecto del productor asesor de seguros Sr. Juan Antonio BENTOSO (matrícula Nº 29.007), por los Artículos primero y segundo de la Resolución Nº 37.877 del 24 de octubre de 2013, obrante a fs. 15 y 16. ARTICULO 2° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará nota de lo dispuesto en el Artículo anterior. ARTICULO 3° — Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en SALGUERO 1697 PISO 2 DEPTO 11 (C.P. 1425) - C.A.B.A., y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación. NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires. e. 20/12/2013 Nº 104284/13 v. 20/12/2013 #F4510273F# #I4510267I# MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 38.029 DEL 16 DIC. 2013 EXPEDIENTE Nº 59.433 - PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. Sr. NOVELLO NICOLAS (matrícula Nº 27.663) A LAS LEYES Nº 22.400 Y 20.091. SINTESIS: VISTO... Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACION RESUELVE: ARTICULO 1° — Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº 59.433. ARTICULO 2° — Disponer la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. Nicolas NOVELLO (matrícula Nº 27.663), hasta tanto comparezca a estar a derecho munido de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma. ARTICULO 3° — La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de las medidas dispuestas en los artículos precedentes. ARTICULO 4° — Regístrese, notifíquese al domicilio comercial constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en SANCHEZ DE BUSTAMANTE Nº 2278 3° “A” (C.P. 1425) C.A.B.A., y publíquese en el Boletín Oficial. — Lic. JUAN A. BONTEMPO, Superintendente de Seguros de la Nación. NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires. e. 20/12/2013 Nº 104278/13 v. 20/12/2013 #F4510267F# BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 49 Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 50 plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto. AVISOS OFICIALES Anteriores ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. #I4508034I# BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina, notifica en el Sumario Nº 3570, Expediente Nº 28.718/02 caratulado “SIMON GABRIEL NIMES Y OTROS” al señor SIMON GABRIEL NIMES, las siguientes resoluciones, que en sus partes pertinentes dicen: “Buenos Aires 18/09/2013 VISTO: (...) SE RESUELVE: I.- Abrir a prueba el presente Sumario Nº 3570, Expediente Nº 28.718/02, por el término de 20 (veinte) días hábiles bancarios. II.- (...) IX.- Notifíquese. Fdo. Verónica Favale, Jefe de la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario” y “Buenos Aires, 28/10/2013. VISTO: (...) SE RESUELVE: I.- Tener presente la renuncia del Dr. Víctor Roque Moya al patrocinio del señor Simón Gabriel Nimes. II.- (...) III.- Intimar al señor SIMON GABRIEL NIMES a que, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del presente, constituya domicilio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en esta dependencia. IV.- (...). V.- Notifíquese. Fdo. Verónica Favale, Jefe de la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — MARIA G. BRAVO, Analista Sr. Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. e. 16/12/2013 Nº 102045/13 v. 20/12/2013 #F4508034F# ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO Expediente N° 1.567.763/13 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA ARGENTINA C/ CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL CINE Y VIDEO PUBLICITARIO FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/06/2013 01/10/2013 BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO $ 3.974,78 $ 4.400,65 $ 11.924,34 $ 13.201,95 - Tope personal mensualizado CCT N° 235/75 Expediente N° 1.567.763/13 CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO #I4486858I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 1278/2013 Tope N° 529/2013 Bs. As., 18/9/2013 VISTO el Expediente N° 1.567.763/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 907 del 31 de julio de 2013, y CONSIDERANDO: Que a fojas 4/5 del Expediente N° 1.567.763/13, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL CINE Y VIDEO PUBLICITARIO, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 235/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 907/13 y registrado bajo el N° 770/13, conforme surge de fojas 76/78 y 81, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 90/93, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 907 del 31 de julio de 2013 y registrado bajo el N° 770/13 suscripto entre el SINDICATO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA ARGENTINA, por el sector sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DEL CINE Y VIDEO PUBLICITARIO, por el sector empleador, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum- Buenos Aires, 20 de Septiembre de 2013 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1278/13, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 529/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T. #F4486858F# #I4486860I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 1279/2013 Tope N° 531/2013 Bs. As., 18/9/2013 VISTO el Expediente N° 1.564.069/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1076 del 27 de agosto de 2013, y CONSIDERANDO: Que a fojas 4 y 6 del Expediente N° 1.654.069/13, obran las escalas salariales pactadas entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA), por el sector sindical y el CASINO DE ROSARIO SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1127/10 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1076/13 y registrado bajo el N° 909/13, conforme surge de fojas 125/128 y 131, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 139/145, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1076 del 27 de agosto de 2013 y registrado bajo el N° 909/13 suscripto entre la UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (UTHGRA), por el sector sindical y el CASINO DE ROSARIO SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 51 ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto. ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO ANEXO Expediente N° 1.564.069/13 Expediente N° 1.553.446/13 PARTES SIGNATARIAS UNION DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONOMICOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ CASINO DE ROSARIO SOCIEDAD ANONIMA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/04/2013 01/01/2014 BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO $ 9.137,69 $ 9.931,86 $ 27.413,07 $ 29.795,58 PARTES SIGNATARIAS UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES C/ FEDERACION ARGENTINA DE CLUBES DE CAMPO CCT N° 1127/10 “E” Expediente N° 1.564.069/13 FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/01/2013 01/07/2013 01/09/2013 BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO $ 6.115,14 $ 6.661,35 $ 6.988,86 $ 18.345,42 $ 19.984,05 $ 20.966,58 CCT N° 581/10 Buenos Aires, 20 de Septiembre de 2013 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1279/13, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 531/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación – D.N.R.T. #F4486860F# #I4486861I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 1280/2013 Tope N° 528/2013 Bs. As., 18/9/2013 VISTO el Expediente N° 1.553.446/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 983 del 13 de agosto de 2013, y CONSIDERANDO: Que a fojas 4 del Expediente N° 1.553.446/13, obran las escalas salariales pactadas entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES por el sector sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE CLUBES DE CAMPO por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 581/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 983/13 y registrado bajo el N° 818/13, conforme surge de fojas 28/30 y 33, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 42/46, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 983 del 13 de agosto de 2013 y registrado bajo el N° 818/13 suscripto entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES por el sector sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE CLUBES DE CAMPO por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. Expediente N° 1.553.446/13 Buenos Aires, 20 de Septiembre de 2013 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1280/13, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 528/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T. #F4486861F# #I4486862I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 1281/2013 Tope N° 526/2013 Bs. As., 18/9/2013 VISTO el Expediente N° 1.541.209/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1034 del 21 de agosto de 2013, y CONSIDERANDO: Que a fojas 10 del Expediente N° 1.541.209/12, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO ARGENTINO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LA ENSEÑANZA PRIVADA, por el sector gremial, y la ASOCIACION DE INSTITUTOS DE ENSEÑANZA PRIVADA (A.D.I.D.E.P) y el CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACION CATOLICA, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 88/90, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 1034/13 y registrado bajo el N° 874/13, conforme surge de fojas 58/60 y 63, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 70/72, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1034 del 21 de agosto de 2013 y registrado bajo el N° 874/13 suscripto entre el SINDICATO ARGENTINO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LA ENSEÑANZA PRIVADA, por el sector gremial, Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 y la ASOCIACION DE INSTITUTOS DE ENSEÑANZA PRIVADA (A.D.I.D.E.P.) y el CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACION CATOLICA, por el sector empleador, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto. ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 N° 937 del 5 de agosto de 2013 y registrado bajo el N° 788/13 suscripto entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES-BENZ ARGENTINA, por el sector gremial, y la empresa MERCEDES-BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto. ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO Expediente N° 1.541.209/12 PARTES SIGNATARIAS SINDICATO ARGENTINO DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LA ENSEÑANZA PRIVADA C/ ASOCIACION DE INSTITUTOS DE ENSEÑANZA PRIVADA (A.D.I.D.E.P.), CONSEJO SUPERIOR DE EDUCACION CATOLICA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/03/2013 BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO $ 5.488,40 $ 16.465,20 52 Expediente N° 1.545.835/12 PARTES SIGNATARIAS ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES-BENZ ARGENTINA C/ MERCEDES-BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/11/2012 BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO $ 14.073,50 $ 42.220,50 CCT N° 224/97 “E” CCT N° 88/90 Expediente N° 1.541.209/12 Expediente N° 1.545.835/12 Buenos Aires, 20 de Septiembre de 2013 Buenos Aires, 20 de Septiembre de 2013 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1281/13, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 526/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T. #F4486862F# De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1282/13, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 533/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T. #F4486870F# #I4486870I# #I4486871I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1282/2013 Resolución Nº 1283/2013 Tope Nº 533/2013 Tope Nº 532/2013 Bs. As., 18/9/2013 Bs. As., 18/9/2013 VISTO el Expediente N° 1.545.835/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 937 del 5 de agosto de 2013, y VISTO el Expediente N° 1.522.886/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 941 del 5 de agosto de 2013, y CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que a fojas 11 del Expediente N° 1.545.835/12, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES-BENZ ARGENTINA, por el sector gremial, y la empresa MERCEDES-BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 224/97 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que a fojas 78/79 del Expediente N° 1.522.886/12, obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION ARGENTINA DE ACTORES (CULTURAL - GREMIAL - MUTUAL), por el sector sindical, y la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES, por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 307/73, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 937/13 y registrado bajo el N° 788/13, conforme surge de fojas 39/41 y 44, respectivamente. Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 941/13 y registrado bajo el N° 787/13, conforme surge de fojas 94/96 y 99, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 51/53, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que a fojas 107/112, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Por ello, Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 N° 941 del 5 de agosto de 2013 y registrado bajo el N° 787/13 suscripto entre la ASOCIACION ARGENTINA DE ACTORES (CULTURAL - GREMIAL - MUTUAL), por el sector sindical, y la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES, por el sector empleador, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto. ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO Expediente N° 1.522.886/12 PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 53 Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 912 del 1 de agosto de 2013 y registrado bajo el N° 771/13 suscripto entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, por el sector sindical y la ASOCIACION DE FABRICANTES DE CELULOSA Y PAPEL, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto. ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. ASOCIACION ARGENTINA DE ACTORES (CULTURAL - GREMIAL - MUTUAL) C/ ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS TEATRALES ANEXO Expediente N° 1.557.751/13 PARTES SIGNATARIAS - Tope General 01/09/2012 01/05/2013 $ 7.041,67 $ 7.323,11 $ 21.125,01 $ 21.969,33 - Tope Salas menores a 200 localidades 01/09/2012 01/05/2013 $ 5.901,67 $ 6.137,89 $ 17.705,01 $ 18.413,67 CCT N° 307/73 Expediente N° 1.522.886/12 FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS C/ ASOCIACION DE FABRICANTES DE CELULOSA Y PAPEL BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO $ 4.322,26 $ 4.777,60 $ 12.966,78 $ 14.332,80 CCT N° 588/10 Expediente N° 1.557.751/13 Buenos Aires, 20 de Septiembre de 2013 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1283/13, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 532/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T. #F4486871F# FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/04/2013 01/01/2014 Buenos Aires, 20 de Septiembre de 2013 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1284/13, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 530/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T. #F4486872F# #I4486872I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1284/2013 Tope Nº 530/2013 Bs. As., 18/9/2013 VISTO el Expediente N° 1.557.751/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 912 del 1 de agosto de 2013, y CONSIDERANDO: #I4486875I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1286/2013 Tope Nº 543/2013 Bs. As., 20/9/2013 VISTO el Expediente N° 1.558.459/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 934 del 5 de agosto de 2013, y CONSIDERANDO: Que a fojas 2 del Expediente N° 1.557.751/13, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS, por el sector sindical y la ASOCIACION DE FABRICANTES DE CELULOSA Y PAPEL, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 588/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 912/13 y registrado bajo el N° 771/13, conforme surge de fojas 75/77 y 80, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo. Que a fojas 18/25 del Expediente N° 1.572.389/13, agregado como fojas 17 al Expediente N° 1.558.459/13, obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS, por el sector sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE ACUMULADORES ELECTRICOS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 78/89, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 934/13 y registrado bajo el N° 798/13, conforme surge de fojas 42/44 y 47, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 86/89, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que a fojas 85/90, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. Primera Sección Viernes 20 de diciembre de 2013 Por ello, BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 54 Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 934 del 5 de agosto de 2013 y registrado bajo el N° 798/13 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS y la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE ACUMULADORES ELECTRICOS, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto. ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 621 del 9 de agosto de 2013 y registrado bajo el N° 812/13 suscripto entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (SATSAID), por el sector sindical y la ASOCIACION ARGENTINA DE TELEVISION POR CABLE (ATVC), por el sector empleador, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto. ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. ANEXO Expediente N° 1.558.459/13 PARTES SIGNATARIAS FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS C/ CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE ACUMULADORES ELECTRICOS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA 01/04/2013 01/07/2013 01/09/2013 01/01/2014 BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO $ 4.657,81 $ 4.827,89 $ 5.039,39 $ 5.272,00 $ 13.973,43 $ 14.483,67 $ 15.118,17 $ 15.816,00 Expediente N° 1.573.071/13 PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO 01/07/2013 01/10/2013 $ 6.168,44 $ 6.567,97 $ 18.505,32 $ 19.703,91 01/01/2014 $ 6.823,08 $ 20.469,24 01/07/2013 01/10/2013 $ 6.168,44 $ 6.567,97 $ 18.505,32 $ 19.703,91 01/04/2014 $ 6.823,08 $ 20.469,24 SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (SATSAID) C/ ASOCIACION ARGENTINA DE TELEVISION POR CABLE (ATVC) CCT N° 78/89 Expediente N° 1.558.459/13 Buenos Aires, 25 de Septiembre de 2013 - TOPE GENERAL De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1286/13, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 543/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T. #F4486875F# - TOPE RED INTERCABLE #I4486877I# CCT N° 223/75 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Expediente N° 1.573.071/13 SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1287/2013 Buenos Aires, 25 de Septiembre de 2013 Bs. As., 20/9/2013 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1287/13, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 542/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T. #F4486877F# VISTO el Expediente N° 1.573.071/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 621 del 9 de agosto de 2013, y MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Tope Nº 542/2013 CONSIDERANDO: Que a fojas 14/17 del Expediente N° 1.573.071/13, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO ARGENTINO DE TELEVISION, SERVICIOS AUDIOVISUALES, INTERACTIVOS Y DE DATOS (SATSAID), por el sector sindical y la ASOCIACION ARGENTINA DE TELEVISION POR CABLE (ATVC), por el sector empleador, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 223/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. N° 621/13 y registrado bajo el N° 812/13, conforme surge de fojas 38/40 y 42, respectivamente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 50/58, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. #I4486902I# SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 1318/2013 Tope Nº 544/2013 Bs. As., 23/9/2013 VISTO el Expediente N° 1.479.941/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 436 del 4 de abril de 2012, N° 439 del 4 de abril de 2012 y N° 229 del 1° de marzo de 2013, y CONSIDERANDO: Que a fojas 2 y 4 del Expediente N° 1.479.941/11 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por la parte sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 855/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004). Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. N° 229/13 y registrado bajo el N° 224/13, conforme surge de fojas 46/48 y 51, respectivamente. Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 436 del 4 de abril de 2012 se fijó el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de noviembre de 2011, correspondiente al Acuerdo N° 1190/11, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1047 del 30 de agosto de 2011. Que atento a que las partes en el Acuerdo N° 224/13 han establecido los nuevos valores correspondientes a los salarios básicos vigentes a partir del 1° de octubre de 2011, deviene necesario Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 actualizar los montos de la base promedio y del tope indemnizatorio anteriormente fijados, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo II de la presente. Que, cabe destacar que la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 436 del 4 de abril de 2012 conserva su eficacia y demás efectos en lo no modificado por el presente acto. Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 439 del 4 de abril de 2012 se fijó el tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de enero de 2012, correspondiente al Acuerdo N° 39/12, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 73 del 28 de diciembre de 2011. Que atento a que las partes en el Acuerdo N° 224/13 han establecido los nuevos valores correspondientes a los salarios básicos vigentes a partir del 1° de octubre de 2011, deviene necesario actualizar los montos de la base promedio y del tope indemnizatorio anteriormente fijados, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo III de la presente. Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo. Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados. Que a fojas 69/75, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad. Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares N° 628 y N° 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente. ANEXO I Expediente N° 1.479.941/11 PARTES SIGNATARIAS - Acuerdo N° 224/13 ARTICULO 2° — Déjase sin efecto los importes de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de enero de 2012, fijados por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 439 del 4 de abril de 2012, correspondiente al Acuerdo N° 39/12, suscripto entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por la parte sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora. ARTICULO 3° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 229 del 1° de marzo de 2013 y registrado bajo el N° 224/10 suscripto entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por la parte sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 4° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1047 del 30 de agosto de 2011 y registrado bajo el N° 1190/11 suscripto entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por la parte sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 5° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 73 del 28 de diciembre de 2011 y registrado bajo el N° 39/12 suscripto entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por la parte sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA, conforme al detalle que, como ANEXO III, forma parte integrante de la presente. ARTICULO 6° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación con el tope indemnizatorio fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 436 del 4 de abril de 2012, correspondiente al Acuerdo registrado bajo el N° 1190/11 y homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 1047 del 30 de agosto de 2011 y con el tope indemnizatorio fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 439 del 4 de abril de 2012, correspondiente al Acuerdo registrado bajo el N° 39/12 y homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 73 del 28 de diciembre de 2011 y registre los importes promedios de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios fijados por este acto. ARTICULO 7° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión. ARTICULO 8° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo. ARTICULO 9° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo. BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO 01/10/2011 $ 11.102,87 $ 33.308,61 CCT N° 855/07 “E” ANEXO II Expediente N° 1.479.941/11 PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO 01/11/2011 $ 11.557,54 $ 34.672,62 ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA C/ EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA - Acuerdo N° 1190/11 ARTICULO 1° — Déjase sin efecto los importes de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio con vigencia desde el 1° de noviembre de 2011, fijados por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 436 del 4 de abril de 2012, correspondiente al Acuerdo N° 1190/11, suscripto entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por la parte sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora. FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA C/ EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA Por ello, LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE: 55 CCT N° 855/07 “E” ANEXO III Expediente N° 1.479.941/11 PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO 01/01/2012 $ 11.821,47 $ 35.464,41 ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA C/ EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANONIMA - Acuerdo N° 39/12 CCT N° 855/07 “E” Expediente N° 1.479.941/11 Buenos Aires, 24 de Septiembre de 2013 De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1318/13, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 544/13 T. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T. #F4486902F# Viernes 20 de diciembre de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.790 56