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rErAirEÁBAry ltAr*¡tt @lffiffirx§!ff*m rÁ¡ÑrSIiRro a:t tiüu§I§/l Y§I'GROA sl..-.¡d*trtñt* r 4.....r-r-8¿ CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL sIsrEMA NACIoNAL DE FoRrvllcrón y cApAclrlcróx LABoRAL (srNArocAL) ORGANISMO DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; Y EL VICEMINISTERIO DE MIPYMES DEPEI\DIENTE DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO En la ciudad de Asunción, a los veinte y ocho días del mes de abril del año dos mil cotorce, se reúnen por uno parte, el Sistema Nacional de Formsción y Capacitación Laboral, adelunte SINAFOCAL, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y en Seguridad Sociol, representado en este acto por la Lic. María Victoria Diesel de Coscia, en su carácter de Secretaria Técnica Interino de la mencionada dependencia, nombrada como tal, segúndecreto N" 157 del 2 de setiembre del año 2013, condomicilio legal enlas calles Iturbe N" 175 esq. Eligio Ayala, de la Capital de la República, Y por la otra, el Vice Ministerio de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, en adelante VICEMINISTERIO DE MIPYMES, dependiente del Ministerio de Industria y Comercio, representado en este acto por la Abog. Lorena Méndez de Gustafson, en su carácter de Vice Ministra de MIPYMES, designada como tal según Decreto N" 192/2.013, con domicilio legol en Avda. Mcal. López N" 3.333 esq. Dr. Weiss, de la ciudad de Asunción, a los e.fectos de suscribir el presente Convenio de Cooperación Interinstitucional, conforme a las siguientes clausulas : CLAUSULA PRIMERAz Objeto del Convenio El presente Convenio Interinstitucional, en general, tiene por objeto acordar un marco de cooperación pora que el SINAFOCAL, y el VICEMINISTERIO DE MIPYMES, estoblezcan los mecanismos adecuados en la prestación e intercambio de servicios, en el contexto de Educación, Formación, medios, y en y la Capacitación Laboral de los recursos humqnos de mandos porticular los micros, pequeños, y medianos empresorios de acuerdo a los diferentes niveles ocupacionales del país. Así como, el intercombio y perfeccionamiento del personal docente y técnico de ambas instituciones, en coordinadq de Programas y Proyectos de la implementación formación; y toda coniunta y considerarse de interés para el cumplimiento de los objetivos y fines de !*,*ly*ní T¿lnica lnterina mie'¡sslslNAFocAL rEraraAsAEY l.tal{,Mt @lm:#'lrh'i*ffi !¡a¡-.¡d6a / Q..a..¡- ¡ f.ü¡{ r-¡i CLAUSULA SEGUNDAz Finalidad del Convenio El presente Convenio Marco Interinstitucional de Asistencia y Cooperación, tiene como /inolidad, ofrecer de manera conjunta, los cursos de formación y capacitación laboral, dirigidos a la población en general, y en particular al micro, pequeño y mediano empresario, para su dignificación en el sector de mandos medios, efectiva inserción laboral e y y en la búsqueda de su mejorar su competitividad productiva instalando la cultura mpr e nde dor a pr inc ip al me nt e. CLAUSULA TERCERAI Obligaciones de las partes El SINAFOCAL se compromete: a) Desarrollar programos de formación y capacitoción, para la creación de mano de obra cali/icada en el marco del trabajo decente. b) a los funcionarios del SINAFOCAL, que tendrán como funciones mantener uno comunicación permanente con el VICEMINISTERIO DE MIPYMES, Designar para gorantizar la buena marcha de los proyectos y el cumplimiento de los objetivos trazados. EL WCEMINISTERIO DE MIPYMES se compromete: a) Cooperar y colaborar, afin de que las dependencias a su corgo, estén abocados a generar las condiciones para que las micro, pequeñas y medianas empresas instaladas en el país apunten a la incorporoción y generen mono de obra para los compatriotas que están siendo capacitados y entrenados por el SINAFOCAL. a los funcionarios del VICEMINISTERIO DE MIPYMES, que tendrán a su cargo mantener una comunicación permanente con el SINAFOCAL, para b) Designar garantizar la buena morcha de los proyectos y el cumplimiento de los objetivos trazados. c) Las capacitaciones y asistencias técnicas serán programadas y planificadas por el DE MIPYMES en forma conjunta con el SINAFOCAL, o cqrgo del VICEMINISTERIO DE MIPYMES la provisión de VICEMINISTERIO quedando combustible y vehículos para el traslado de la comitivq 'ional formada hasta los sitios donde serán desarrolladas las menci, I W I SINAFOCAL TETAMBAEAl'Otr HA}*M¡.' @|ffi:fi?,h!b?*m aú-.¡d-¡ i +.ra.d- ,¡rRr:ItR,o ct IIDITSIXIA YqERC¡O tñh - r.r. CLAUSULA CUARTAz Del compromiso de las partes. Las instituciones firmantes de este Convenio se comprometen a cooperar en las tareas de capacitación, investigación, desaruollo de cursos, ajustes de las mallos curriculares requeridas, aJin de responder a las necesidades de mano de obra en oficios y técnicas que demande el mercado laboral, en virtud de esta Cooperación Interinstitucional. CLAUSULA QUINTAz De las actas complementarias. Cuolquier aspecto referente a las funciones, obligaciones y/o responsabilidades entre las partes, que no esté conlemplado en el presente Convenio Interinstitucional, así como dudas de cualquier tipo o diferencias, serán definidos a través de Enmiendas a ser suscriptas \- por las partes en el marco del presente Convenio que pasarán a formar parte integral del mismo. CLAUSULA SÉXt^l: De la no exclusividad, y firmas complementarias a este acuerdo. El presente convenio no implica ningún tipo de exclusividad y las partes podrán libremente firmar acuerdos y convenios bilaterales y/o multilaterales entre las Instituciones que forman parte del mismo y otros organismos públicos, privados, de la sociedad, nacionales o internacionales, para la realización de actividades similares y/o complementarias a este acuerdo. CLAUSULA SEPTIMAz Comisión El de Seguimiento. VICEMINISTERIO DE MIPYMES y el SINAFOCAL, designarán una Comisión de Seguimiento del Convenio que estará integrada por 2 (dos) miembros de cada una de las lo suscriben. Esta Comisión supervisará las actividades y realizará un y evaluación de su ejecución, reuniéndose, al menos, en forma trimestral, entidades que seguimiento hasta la extinción de la vigencia del Convenio La ejecución de las acciones se hará a través de acuerdos específicos o anexos suscritos y aprobados por escrito por los titulares o representantes del SINAFOCAL con las partes involucradas. Cada acuerdo específico nombrará representante suplente, quienes oJiciarán o un representante titulor y o de nexo entre las instituciones para la planificació, y la coordinación de las actividades a ser desamolladas y del presente Convenio. un hrw que _ssg!. obieto Diesel de Coscia lácnica lnterina i SINAFOCAL MrNt§?ERtO Ot TETAilB.TBAFOtr IBABAJO, E iPtEO llAr*áit, Y §EGURIDAD§OCIAL x\Du§mA rÁrutSfañr0 r¡d-.id¡¡ I Q..a..¡- YOtrCRÉ¡O -lñ¡c L&i CLAUSULA OCTAVA: Plazo de vigencia El presente Convenio tendrá una duración de 2 (dos) años desde la fecha de su suscripción, lo cual podrá ser ampliado por voluntad de las partes, mediante el intercambio de notas ratificatorias oficializadas con uno antelación de treinta días corridos previos a la expiración de dicho periodo. Asimismo, podró ser rescindido por cualquiera de las partes, aún sin expresión de causa ni obligación alguna, previa comunicación a las partes por escrito, con anticipación de treinta días, sin perjuicio de las actividades en ejecución, que deberán ser concluidas conforme a lo convenido. CLAUSULA NOVENAz Solución de Controversias En caso de conflictos que pudieran surgir con la respectiva firma del convenio, las partes tratarán de resolver previamente y de forma amistosa cuantas discrepancias pudieran surgir en la ejecución e interpretación del presente Convenio. Para todos los efectos legales emergentes de este Convenio, las Partes constituyen domicilio en los lugares mencionados al inicio y se someten a la Jurisdicción y Competencia de los Juzgados y Tribunales de la capital de la República del Paraguay. PoT eI VICEMINISTERIO DE MIPYMES, @ út Abog. Lorena Méndez de Gustafson Viceministra de MIPYMES Por el SINAFOCAL Diesel de Coscia 'ia Técnica Interina SINAFOCAL