Convocatoria Viola Tutti - Orquesta Sinfónica Nacional de Colombia

Transcripción

Convocatoria Viola Tutti - Orquesta Sinfónica Nacional de Colombia
ASOCIACIÓN NACIONAL DE MÚSICA SINFÓNICA
ORQUESTA SINFÓNICA NACIONAL DE COLOMBIA
Convocatoria 002- 2016
Para la provisión de un cargo de planta en la Orquesta Sinfónica
Nacional de Colombia
Instrumento: Viola
Cargo: Viola Tutti
La Asociación Nacional de Música Sinfónica (ANMS) abre la convocatoria para contratar a un
músico de planta para ocupar el cargo de Violista Tutti, e invita a todos los interesados a
participar en el proceso de selección, de acuerdo con las siguientes condiciones:
PROCESO DE SELECCIÓN
1. PERFIL DE LOS CANDIDATOS- REQUISITOS
Músicos que hayan cursado sus estudios musicales en Colombia o en el extranjero, con
experiencia mínima de dos (2) años como integrante de una orquesta de tipo profesional o
estudiantil. Serán consideradas aquellas personas que tengan título profesional en música o
aquellos que acrediten mediante documento idóneo, haber cursado como mínimo tres (3)
años de estudios musicales en una institución educativa formal, quienes de igual manera
deberán contar con la experiencia mínima requerida.
2. ETAPAS DE LA CONVOCATORIA
El proceso de selección estará divido en cinco etapas:
a. Inscripción, recibo de Hoja de Vida y recibo de videos (para todos los candidatos).
b. Revisión de inscripciones y documentos.
c. Revisión de videos.
d. Audición en vivo.
e. Semana/s de Prueba.
a. Inscripción, recibo Hoja de Vida y recibo de videos hasta el domingo
7 de febrero de 2016, hasta las 12:00 a.m., hora local de Colombia:
Para tal efecto, antes de la fecha y hora mencionadas el interesado, deberá:
1) Llenar el Formulario
https://goo.gl/4SeV08
de
Inscripción
en
el
siguiente
link:
2) Enviar al correo [email protected] bajo el asunto de
CONVOCATORIA OSNC VIOLA TUTTI en formatos pdf o jpg los siguientes documentos
(no serán admitidas fotos de los documentos solicitados):

La Hoja de Vida

La fotocopia de la cédula o pasaporte

Fotocopia del diploma y/o acta de grado o documento que certifique que la
persona ha cursado por lo menos tres (3) años de estudios musicales en una
institución educativa formal.

Certificaciones que acrediten el haberse desempeñado o estarse
desempeñando como violista, por lo menos durante dos años indicando las
fechas exactas de participación, como integrante de una orquesta, ya sea se
tipo profesional o estudiantil. No se tendrán en cuenta: programas de mano,
certificados de notas, certificados de participación en clases magistrales, en
festivales u otro tipo de soportes académicos no relacionados con el área
musical.

El link del video con el repertorio exigido (por medio de WeTransfer o Youtube).
Para la realización del video, tenga en cuenta lo siguiente:
Especificaciones del Video
a) Se debe grabar la totalidad del repertorio descrito en esta convocatoria. En la obra
preparada, el video no debe tener cortes ni ser editado. Sí puede haber corte entre la obra
preparada y los extractos orquestales. Es obligatorio anexar al video, en formato pdf o
Word, un listado con las obras y extractos interpretados y una referencia con el punto (en
minutos) en que cada pieza aparece en el video.
b) La totalidad del video debe ser grabado en la misma locación.
c) La obra preparada debe ser grabada con acompañamiento de piano. Si bien no es
necesario el uso de un piano de cola para el segmento acompañado, asegúrese de que el
instrumento que use esté afinado.
d) Grabe en un espacio bien iluminado y asegúrese de que haya más luz de frente a usted
que por detrás. Coloque la cámara para que usted, su instrumento y su gama completa
de movimiento esté de frente y en el marco en todo momento. La distancia media debe
mostrar el mayor detalle posible al tiempo que permita que la imagen se enmarque como
se describió anteriormente.
e) No deben producirse distorsiones en el sonido de los pasajes más altos de los extractos,
de tal forma que las partes más suaves también puedan ser escuchadas. En lo posible use
un micrófono externo conectado a la cámara para grabar el audio.
REPERTORIO PARA EL VIDEO Y LA AUDICIÓN EN VIVO
Repertorio para el Video
1. OBRA PREPARADA:
Primer movimiento de un concierto clásico sin cadencia, seleccionado por el aspirante
entre los siguientes: HOFFMEISTER o STAMITZ
Primer movimiento de un concierto sin cadencia, seleccionado por el aspirante entre los
siguientes: BARTOK (concierto), HINDEMITH (Der Schwanendrehehr), WALTON
(concierto)
2. EXTRACTOS ORQUESTALES



STRAUSS- Don Juan, principio hasta la letra D
MENDELSSOHN- Scherzo (primera página)
SMETANA- La novia vendida- Obertura (primera página)
Repertorio para la Audición en Vivo
1. OBRA PREPARADA:
Primer movimiento de un concierto clásico con cadencia, seleccionado por el aspirante
entre los siguientes: HOFFMEISTER o STAMITZ
Primer movimiento de un concierto seleccionado por el aspirante entre los siguientes:
BARTOK (concierto), HINDEMITH (Der Schwanendrehehr), WALTON (concierto)
2. EXTRACTOS ORQUESTALES






COPLAND- Primavera en los Apalaches- Desde el número 6 al número 9 y del
número 11 al número 14
SMETANA- La novia vendida- Obertura (primera página)
BRAHMS- Variaciones sobre un tema de Haydn: No. V y No. VII
PROKOFIEV- Sinfonía Clásica- Primer movimiento, desde el principio hasta el
número 15
Cuarto movimiento, desde el número 52 hasta un compás después del número 56
y desde número 69 hasta un compás después del número 73
STRAUSS- Don Juan, hasta la letra D
MENDELSSOHN- Scherzo- Primera página
NOTA: Se recomienda hacer uso de las partituras que aparecen en la página web.
b. Revisión de inscripciones y documentos:
1) La ANMS mediante el jurado que designe efectuará la revisión de las
inscripciones y documentos aportados.
2) Los datos contenidos en la Hoja de Vida, podrán ser verificados por la ANMS,
que quedará facultada para pedir las aclaraciones o complementaciones a
que haya lugar. La ANMS realizará un análisis de antecedentes a todos los aspirantes.
3) La ANMS se abstendrá de considerar las hojas de vida de los aspirantes que contengan
inconsistencias en la información reportada.
4) IMPORTANTE: Posterior a la revisión de los documentos aportados, el día miércoles
17 de febrero de 2016, la ANMS, mediante comunicado en la página web de la
entidad, informará a aquellas personas que no cumplen con los requisitos exigidos
para que en un término de 8 días hábiles, presenten los documentos faltantes. Dicho
plazo finalizará el día lunes 29 de febrero de 2016 a las 12:00 a.m. (hora local de
Colombia). La ANMS se reserva el derecho de verificar la información remitida por
instituciones o entidades extranjeras.
c. Revisión de videos durante los días lunes 7 al viernes 11 de marzo de 2016
El jurado podrá descalificar a los participantes cuyo video no permita apreciar la calidad
interpretativa o la autenticidad de quien interpreta. De la misma forma procederá respecto de
los videos que presenten alteraciones o ediciones en su contenido.
Los resultados de las personas seleccionadas para participar en la siguiente etapa (audición en
vivo), se publicarán el día lunes 14 de marzo de 2016.
d. Audición en vivo: en la semana del lunes 4 al viernes 8 de abril de 2016
Lugar: Bogotá, Colombia
Los candidatos que lleguen a esta etapa deberán presentar la totalidad del repertorio exigido en
la presente convocatoria. La fecha y el lugar de la audición en vivo se indicarán oportunamente
por medio de correo electrónico.
Para la audición en vivo, la ANMS tendrá a su disposición el pianista de la OSNC, sin embargo,
aquellos candidatos que así lo deseen podrán presentarse con su pianista acompañante. Cada
candidato tendrá derecho a 20 minutos de ensayo con el pianista de la OSNC en los horarios
establecidos por la Administración de la ANMS y las partituras deberán ser aportadas por los
participantes. Cabe anotar que los resultados de dicho proceso no estarán sujetos al desempeño
del pianista.
La audición en vivo se evaluará de acuerdo con los criterios de técnica, afinación, interpretación
y ritmo.
Superado este momento, el jurado evaluador determinará el o los candidato/s que pasan a la
siguiente etapa (semana de prueba con la Orquesta). Los resultados se publicarán en la página
web y serán enviados a los correos aportados por los participantes.
e. Semana(s) de prueba con la Orquesta: desde el lunes 18 de abril de
2016
Los aspirantes que lleguen a esta etapa celebrarán un contrato de prestación
de servicios y recibirán por esta semana de trabajo con la OSNC, honorarios
equivalentes a los días que presten sus servicios, por valor de $114.233 COP
diarios. Para la semana de Prueba, la ANMS no se hace responsable de los
costos de pasajes, hospedaje ni transporte en la ciudad u otro gasto adicional,
los cuales deberán ser sufragados por los participantes.
De llegarse a seleccionar candidatos que sean contratistas de la ANMS, el valor diario de la
semana de prueba estará sujeto a lo estipulado dentro del contrato que ya han firmado y que los
vincula con la entidad.
La ANMS determinará la(s) Semana(s) de Prueba para cada candidato en concordancia con la
programación. En caso tal que el candidato no pueda asistir para la fecha programada, se
entenderá que desiste de su participación en la convocatoria.
Durante la(s) Semana(s) con la Orquesta, todos deberán presentar una entrevista que será
atendida por la o las personas designadas por la ANMS.
La/s semanas de prueba se evaluará/n de acuerdo con los criterios de capacidad de trabajo en
equipo, habilidad para relacionarse con el grupo y efectividad en el seguimiento de instrucciones.
La administración constituirá una lista de elegibles integrada por uno o más candidatos. Es
facultativo de la ANMS llamar al siguiente en la lista de elegibles en caso de que el primero en la
lista no pueda ocupar el cargo.
Los resultados finales se anunciarán por los mismos medios expuestos en la etapa anterior. El
aspirante que ocupe el primer lugar será notificado por escrito.
Previo a la firma del contrato, la persona elegida deberá someterse a la realización de exámenes
psicotécnicos y médicos. Si pasados tres meses desde la notificación de la persona elegida, no
se ha firmado el contrato por causas no imputables a la ANMS, se entiende que la persona desiste
de la convocatoria.
NOTA: Con el propósito de proteger la salud del aspirante y la de terceros, así como evitar que
la salud del aspirante se vea disminuida o afectada por el desempeño de las labores que le serían
asignadas, la ANMS, excepcionalmente, se abstendrá de vincular o contratar al aspirante cuyo
estado de salud físico, mental o social esté claro demostrado con la evaluación médica preocupacional o de pre-ingreso como incompatible e insuperable con el desempeño de las funciones
del cargo al que se aspira.
1. CONDICIONES DE CONTRATACIÓN: Con el músico seleccionado se celebrará un contrato
laboral a término fijo inferior a un año, con periodo de prueba de acuerdo con la ley y según
las siguientes condiciones:
A. OBJETO: contrato laboral como MÚSICO VIOLISTA TUTTI
B. DURACIÓN: un año prorrogable de acuerdo con las normas laborales colombianas.
C. LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO: EL EMPLEADO desempeñará
sus actividades en la ciudad de Bogotá, pero EL EMPLEADOR puede
determinar que se ejecute en un lugar diferente, caso en el cual, EL
EMPLEADOR correrá con todos los gastos que tal desplazamiento
implique, incluyendo costos de transporte, alimentación y alojamiento.
D. OBLIGACIONES:
Son obligaciones especiales del TRABAJADOR:
a) Poner al servicio del EMPLEADOR toda su capacidad de trabajo en el desempeño de las funciones
como VIOLISTA TUTTI de la Orquesta Sinfónica Nacional de Colombia. EL EMPLEADOR puede
disponer si los servicios se prestarán en la Orquesta Sinfónica Nacional de Colombia y/o en grupos
de cámara y/o en las labores anexas y/o complementarias, de conformidad con las órdenes que le
impartan el EMPLEADOR o su representante, sus jefes inmediatos y superiores.
b) Respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución, las Leyes, Reglamento Interno de Trabajo,
Manuales de Funciones, Manuales de Procedimiento, Manual de Comportamiento, Resoluciones,
Circulares Internas y demás instrucciones que imparta EL EMPLEADOR, los cuales hacen parte
integral del presente contrato de trabajo.
c) Asumir sus funciones de músico VIOLISTA TUTTI como actividad de dedicación prioritaria y
exclusiva. No obstante, EL EMPLEADO podrá, desarrollar actividades por cuenta propia, en el mismo
oficio, siempre y cuando no afecten el cumplimiento del objeto de este contrato en la forma y
términos previstos en este documento y, en especial, no deberán interferir con los horarios de los
ensayos, presentaciones, reuniones y demás actividades previstas por el EMPLEADOR, lo anterior
previa autorización escrita por parte de EL EMPLEADOR, la autorización para realizar actividades
complementarias se deberá solicitar en los términos establecidos en la Circular No. 004 de 2014 y
sus modificaciones. El presente literal no obliga a EL EMPLEADOR a otorgar dicha autorización, por
tal razón la ANMS se podrá negar sin que por ello requiera razones diferentes a que el contrato que
mediante este documento se suscribe implica dedicación prioritaria y exclusiva.
d) EL TRABAJADOR tiene la obligación de solicitar y obtener autorización del EMPLEADOR para
desarrollar actividades por cuenta propia. EL TRABAJADOR informará a la Asociación las actividades
complementarias que desarrolla de manera regular, de llegar a tenerlas, por escrito. En todo caso,
dicha información debe actualizarse en cada oportunidad que haya una modificación, según lo
estipulado en la circular No. 004 de 2014.
e)Desempeñar el objeto de este contrato con un instrumento de su propiedad (VIOLA) de cualidades
profesionales adecuadas y suficientes para tal fin, el cual portará consigo y usará en los ensayos,
conciertos y demás eventos que se determine por parte del EMPLEADOR.
f) Conservar y restituir en buen estado, salvo el deterioro natural, los instrumentos y útiles que le
hayan sido suministrados por parte de EL EMPLEADOR o quien para estos efectos lo represente, así
como la instalaciones de la ANMS y los demás escenarios en los que realice por instrucciones de EL
EMPLEADOR las labores objeto del presente contrato.
g) EL TRABAJADOR se compromete a mantener y mejorar su nivel artístico musical e interpretativo
instrumental, aspectos que fueron el motivo de su selección y contratación como VIOLISTA TUTTI
de la Orquesta Sinfónica Nacional de Colombia.
h) Laborar la jornada ordinaria de trabajo en los horarios programados por EL
EMPLEADOR, los que se ajustarán de acuerdo a las exigencias del desarrollo mismo,
de las actividades o programación de la Orquesta y a los requerimientos de la
Coordinación Artística y Musical de la Asociación o de la Administración.
i) Seguir las indicaciones de los Directores de la Orquesta, el Concertino, el jefe de
grupo y en general respetar y acatar las jerarquías establecidas en el Reglamento
Interno de Trabajo y velar porque éstas sean transmitidas al resto de su sección.
j) Cumplir con las funciones impartidas por los Directores Musicales de EL EMPLEADOR, sean éstos
directores de la Orquesta o invitados por la misma, las cuales se enumeran a continuación:
1. Estudiar e interpretar las partituras correspondientes o las que especialmente le sean asignadas
en las obras para llevarlas debidamente preparadas a ensayos, conciertos y demás actuaciones.
2. Asistir puntualmente y actuar en los ensayos, conciertos y actividades establecidas por la
Orquesta.
3. Interpretar primeras, segundas y terceras u otras partes, cuando el Director de la Orquesta, el
jefe de grupo o quien haga sus veces lo considere oportuno o cuando las obras musicales lo
requieran.
4. Realizar estudio individual para la preparación de las obras y el continuo perfeccionamiento
musical.
5. Dedicar el tiempo respectivo a:
a) Trabajar con los músicos de la sección, con el objeto de perfeccionar la interpretación del
instrumento y del grupo en general.
b) Realizar prácticas de música de cámara, con el objeto de participar en conjuntos de este
tipo, que se conformen dentro de la Orquesta.
c) Preparar las obras que se vayan a ejecutar posteriormente. Lo anterior cuando no participe
en ensayos, conciertos u otro de actuación de la Orquesta por no requerirlo así la obra u
obras que se interpreten, o cuando así lo indique en Director de la orquesta.
6. Realizar los ensayos parciales que se requieran a solicitud de sus superiores.
7. Desempeñar las funciones relacionadas con la naturaleza del cargo y el área de desempeño.
k)
Asistir a las reuniones, citaciones, requerimientos y demás diligencias en las que EL EMPLEADOR
requiera su presencia.
l)
Realizarse cualquier tipo de prueba o examen que pretenda determinar si el trabajador se
encuentra bajo la influencia de bebidas alcohólicas, narcóticos o drogas enervantes, de acuerdo
con la reglamentación que a tal efecto emita la ANMS.
m) Las demás funciones que se le asignen de acuerdo a la naturaleza del empleo.
n)
Las demás consagradas en el artículo 58 del Código Sustantivo de Trabajo.
E. REMUNERACIÓN Y FORMA DE PAGO:
LA ASOCIACIÓN se compromete a pagar a quien resulte elegido en el marco de la convocatoria,
una remuneración mensual de TRES MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL CON DOS
PESOS MONEDA CORRIENTE ($3.427.002 M/CTE), pagadera dentro de los
últimos días de cada mes.
Por la naturaleza de este contrato, la Asociación se obliga a afiliar al empleado al
sistema de seguridad social integral según lo estipulado en la ley laboral
colombiana.
F. DERECHOS CONEXOS DE INTÉRPRETE:
EL EMPLEADO como titular de los derechos conexos de intérprete, declara que cede al EMPLEADOR,
sus derechos de intérprete originados del objeto del contrato, en este sentido EL EMPLEADO, autoriza
expresamente al EMPLEADOR a grabar las ejecuciones y/o presentaciones que se realicen,
transmitirlas por los canales y/o medios que se destinen para este fin y por el número de veces que
determine el EMPLEADOR. De igual modo, EL EMPLEADO autoriza realizar la edición, la inclusión en
película cinematográfica, video-grama, cinta video, fonograma, o cualquier otra forma de fijación, y
la comunicación al público, por cualquier procedimiento o medios tales como: la ejecución, la
representación, la recitación o la declamación; la radiodifusión sonora o audiovisual; la difusión por
parlantes, telefonía con o sin cables, o mediante el uso de fonogramas, equipos de sonido o
grabación y aparatos análogos, la utilización pública por cualquier otro medio de comunicación o
reproducción, conocido o por conocerse. Los derechos de disposición o uso de su interpretación, por
cualquier medio conocido o por conocerse, se ceden con exclusividad al EMPLEADOR, en el territorio
de Colombia y en cualquier otra parte del mundo.
G. USO DE IMAGEN:
EL EMPLEADOR podrá utilizar la fisonomía, nombre e imagen del EMPLEADO, a efectos que estos
sean incluidos en todo tipo de publicidad, programas de mano, publicaciones y demás material de
apoyo que EL EMPLEADOR considere pertinente para la difusión y promoción de las actividades de
la ASOCIACIÓN NACIONAL DE MÚSICA SINFÓNICA y de la ORQUESTA SINFÓNICA NACIONAL DE
COLOMBIA que se distribuya o publique en el país o en el extranjero por cualquier medio ya sea
impreso, electrónico o cualquier otro.
H. USO DE INFORMACIÓN PERSONAL Y HABEAS DATA:
Las partes se comprometen a respetar las políticas de uso del correo electrónico y protección de
datos personales.
I.
VISA DE TRABAJO (en caso de ser ciudadano extranjero)
El participante que resulte seleccionado para el cargo de que trata esta convocatoria, deberá
gestionar a su costo, todos los trámites requeridos para la obtención de la visa de trabajo, según los
lineamientos que al respecto indique el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
Nota: Toda modificación que se haga a esta convocatoria será comunicada a los interesados a través
de la página web de la ANMS.

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