Descargar - CITES Chile
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COLABORACIÓN DE DOI-ITAP EN EL MARCO DE LOS DENP PROCEDIMIENTOS PARA LA EMISIÓN DE DICTÁMENES DE EXTRACCIÓN NO PERJUDICIAL PARA ESPECIES DE TIBURONES Y RAYAS DEL APENDICE II DE LA CITES EN LOS PAISES DEL SISTEMA DE INTEGRACION CENTROAMERICANA (SICA) Fátima H. Vanegas Zuniga Coordinadora de Proyectos para Centro América y República Dominicana Programa de Asistencia Técnica Internacional Departamento del Interior Gobierno de Estados Unidos [email protected] U.S. Department of the Interior International Technical Assistance Program (DOI- ITAP) 1849 C Street NW MS 3530 Washington, DC 20240 www.doi.gov/intl/itap Contexto - El Programa Internacional de Asistencia Técnica del Departamento de Interior (DOI-ITAP) este año cumple dos décadas entregando apoyo experto a países del Globo en diversas iniciativas ambientales. - En el caso de Chile, DOI-ITAP se encuentra trabajando desde enero de 2013 junto al Comité Nacional CITES en tres ámbitos de acción clave para una efectiva aplicación de la Convención: (1) desarrollo de capacidades institucionales; (2) sensibilización y educación pública; (3) apoyo al proceso legislativo para lograr que Chile avance hacia la Categoría 1 de implementación (www.citeschile.cl) - En el caso de Centroamérica (Guatemala, Costa Rica, Honduras, Salvador y Nicaragua) y República Dominicana, desde 2008 DOI-ITAP se encuentra trabajando junto a autoridades nacionales, en la implementación de CITES. Entre otros éxitos, destaca el trabajo realizado para el desarrollo de La Red de Observancia y Aplicación de la Normativa de Vida Silvestre de Centroamérica y República Dominicana (ROAVIS): www.roavis.net Contexto - En el caso particular de los DENP y la implementación del Apéndice II de CITES, entre el año 2010-2014 los países miembros del Sistema de Integración Centro Americano (SICA), con apoyo de DOI-ITAP, han recibido asesoría técnica e intercambio de experiencias en talleres y reuniones técnicas, con la participación de expertos de diversas organizaciones, entre ellas: la Unidad Científica de la Secretaría CITES, FWS, NOAA y OSPESCA. - Destacan los tres talleres regionales para el fortalecimiento de capacidades institucionales para la elaboración de DENP, realizados en República Dominicana (2010); El Salvador, San Salvador (2013) y Guatemala (2014). Estos espacios de trabajo han demostrado, entre otros resultados: Servir como una oportunidad para mejorar la coordinación y la comunicación a nivel nacional y regional; Permitir la sistematización de la información y la elaboración de agendas de trabajo nacionales y regionales para la elaboración de los DENP; Contexto - Como consecuencia del trabajo realizado por DOI-ITAP, se elaboró una propuesta de Protocolo Regional de Procedimientos para la Emisión del Dictamen de Extracción No perjudicial para los tiburones y rayas del Apéndice II de CITES en los países miembros del Sistema de la Integración Centroamericana. - DOI-ITAP, en alianza con las Autoridades CITES y Autoridades de Pesca a través de la Organización del Sector Pesquero y Acuacultura del Istmo (OSPESCA), trabajó en la formulación del protocolo desde agosto de 2014 hasta enero 2015. El proceso de trabajo fue amplio y participativo, incluyendo autoridades CITES y de Pesca de 8 países : Belice, El Salvador, Costa Rica, Honduras, Guatemala, Nicaragua , Republica Dominicana y Panamá. Acciones realizadas en el proceso de elaboración del Protocolo Septiembre 2013 Taller regional de autoridades CITES/PESCA en Guatemala Propósitos del Taller y Resultados: 1. Intercambio de Experiencias entre autoridades de EEUU y la Región sobre metodologías de elaboración de DENP y actualización de procesos para la implementación del apéndice II. 2. Definición de ruta para la aplicación del apéndice II por los países. Acciones realizadas en el proceso de elaboración el Protocolo Marzo 2014 Taller Regional de autoridades de Pesca y CITES Propósitos del Taller y Resultados 1. Valorar y socializar la información nacional sobre tiburones recopilada por los países para identificar los vacíos de información para la formulación de sus dictámenes. 2. Se acuerda que con el apoyo del DOI-ITAP, se facilite una asistencia técnica para elaborar un protocolo regional que sirva de marco de referencia para los países, y que incluya: a. Procedimientos para la emisión de DENP b. Procedimiento para la emisión de los certificados de introducción procedentes del mar c. procedimiento de inspección y comercialización de especies de tiburones de apéndice II Acciones realizadas en el proceso de elaboración del Protocolo Septiembre-octubre 2014 Recopilación de Información Visitas a los 7 países de la región para conocer las medidas administrativas y las regulaciones establecidas para la aplicación del Apéndice II que permitieran elaborar las herramientas Enero 2015 Taller Regional para la presentación del Protocolo de procedimientos para la emisión de DENP y procedimiento de introducción procedente del mar. Finalidad del Protocolo Facilitar a las Autoridades CITES el proceso de implementación del Apéndice II de CITES. Establecer un marco de orientación sobre los procedimientos para la exportación y reexportación de productos (especímenes, productos y subproductos) de especies de tiburón a los países. Facilitar procedimientos sencillos de orden práctico que armonizados apunten hacia la formulación de un DENP para las especies de tiburones del apéndice II. Facilitar un marco de orientación sobre los procedimientos para la emisión de los certificados de Introducción Procedente del Mar para especies incluidas en el Apéndice II de CITES. Consideraciones de aplicación del Protocolo La CITES, NO tiene un modelo estándar para la elaboración de los Dictámenes de Extracción No Perjudiciales – DENP. El procedimiento sobre el DENP propuesto no es una herramienta vinculante sino de referencia y orientativa en: • Evaluaciones basadas en información científica. • Donde la línea de base de información mantiene un equilibrio ecológico. • El volumen de comercio legal e ilegal. • Manejo adaptativo que incluye el monitoreo como elemento principal del DENP. Consideraciones de aplicación del Protocolo Los DENP deben ser dinámico y su actualización será gradual dependiendo de nuevos datos e información con la que se disponga a nivel nacional, regional o por la Organización Regional de Ordenación Pesquera (OROP). •No es necesario disponer de todos los datos indicados en cada paso. •Si hay insuficiencia de datos, se recomienda a las Autoridades científicas aplicar el Principio Precautorio de la FAO. • De preferencia el DENP debería ser anual y diferenciado por especie y no por cada trámite de exportación. TIPOS DE DICTAMENES • DENP positivo, DENP con condiciones, DENP negativo Bibliográfia revisadas • Guía sobre Dictámenes de Extracción No Perjudicial CITES para especies de Tiburones 2a. Versión revisada (Mundy, et all, 2014). • Dictámenes de extracción No Perjudicial en CITES (Rose, M. 2014). • Directrices de UICN 2002 and 2008 • Dictámenes de Extracción No Perjudicial de Caballitos de Mar (Foster y Vincent, 2013). Razones para No emitir un DENP 1. Incertidumbre 2. Limitantes de personal entrenado y recursos dentro de la Autoridad Científica. 3. Insuficiente información científica 4. Dificultad para certificar origen y procedencia legal del producto. 5. Falta de diligencia Estructura y Contenido del DENP 1. Distribución de la especie (mapa) 2. Descripción general de la especie (identificación de la especie y situación en el país (x pesquerías, impacto comercial, impacto económico, etc) 3. Biología y características de la Especie (crecimiento lento, maduración tardía etc.) 4. Estado de la especie a nivel nacional 5. Legislación 6. Manejo de la especie (Plan de Acción Nacional de Tiburones, Plan de Acción Regional de Tiburones, información sobre captura, de comercio, datos de monitoreo, datos de desembarque (Formularios Información sobre Desembarques).,sobre la pesquería, artes, etc) 7. Análisis de riesgos 8. Conclusión y recomendaciones (DENP Positivo, DENP condicionado, DENP negativo) 9. Bibliografía utilizada Preguntas para elaborar un DENP ( Central America and Dominican Republic Central America and Dominican Republic Procedimiento para la introducción procedente del Mar Procedimiento para la exportación Conclusiones 1. En la medida que los países vallan implementando el procedimiento para la emisión de DENP; esta herramienta se puede constituir junto a los otros procedimientos, en un modelo de gestión armonizado que permitirá contribuir a que las exportaciones o movimientos de tiburones en la región estén regulados, y que cumplen con los requerimientos de la Convención CITES y en parte, con el plan de acción regional para la ordenación y conservación de tiburones, elaborado por los países en el marco de OSPESCA . 2. EL protocolo regional establece un marco de acción sencillo y practico para que las autoridades CITES y de Pesca coordinen esfuerzos en la formulación de los DENP. 3. El protocolo también, puede ser un punto de partida para que las autoridades Científicas formulen sus DENP para otras especies acuáticas. Otras cuestiones 1. 2. DOI-ITAP continuara la colaboración con las autoridades CITES y de Pesca en países seleccionados, apoyando la recolección de datos y valorar el impacto de la inclusión de tiburones en el apéndice II de la CITES ( 2016) , en coordinación con la Secretaría CITES y otros socios. Según consulta con los países, 4 países están aplicando el protocolo para la formulación de los DENP.