Descargar - CITES Chile

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Descargar - CITES Chile
COLABORACIÓN DE DOI-ITAP EN EL MARCO DE LOS DENP
PROCEDIMIENTOS PARA LA EMISIÓN DE DICTÁMENES DE EXTRACCIÓN NO
PERJUDICIAL PARA ESPECIES DE TIBURONES Y RAYAS DEL APENDICE II DE LA
CITES EN LOS PAISES DEL SISTEMA DE INTEGRACION CENTROAMERICANA (SICA)
Fátima H. Vanegas Zuniga
Coordinadora de Proyectos para Centro América y
República Dominicana
Programa de Asistencia Técnica Internacional
Departamento del Interior
Gobierno de Estados Unidos
[email protected]
U.S. Department of the Interior
International Technical
Assistance Program (DOI- ITAP)
1849 C Street NW MS 3530
Washington, DC 20240
www.doi.gov/intl/itap
Contexto
- El Programa Internacional de Asistencia Técnica del Departamento de
Interior (DOI-ITAP) este año cumple dos décadas entregando apoyo experto
a países del Globo en diversas iniciativas ambientales.
- En el caso de Chile, DOI-ITAP se encuentra trabajando desde enero de 2013
junto al Comité Nacional CITES en tres ámbitos de acción clave para una
efectiva aplicación de la Convención: (1) desarrollo de capacidades
institucionales; (2) sensibilización y educación pública; (3) apoyo al proceso
legislativo para lograr que Chile avance hacia la Categoría 1 de
implementación (www.citeschile.cl)
- En el caso de Centroamérica (Guatemala, Costa Rica, Honduras, Salvador y
Nicaragua) y República Dominicana, desde 2008 DOI-ITAP se encuentra
trabajando junto a autoridades nacionales, en la implementación de CITES.
Entre otros éxitos, destaca el trabajo realizado para el desarrollo de La Red
de Observancia y Aplicación de la Normativa de Vida Silvestre de
Centroamérica y República Dominicana (ROAVIS): www.roavis.net
Contexto
- En el caso particular de los DENP y la implementación del Apéndice II de
CITES, entre el año 2010-2014 los países miembros del Sistema de
Integración Centro Americano (SICA), con apoyo de DOI-ITAP, han recibido
asesoría técnica e intercambio de experiencias en talleres y reuniones
técnicas, con la participación de expertos de diversas organizaciones, entre
ellas: la Unidad Científica de la Secretaría CITES, FWS, NOAA y OSPESCA.
- Destacan los tres talleres regionales para el fortalecimiento de capacidades
institucionales para la elaboración de DENP, realizados en República
Dominicana (2010); El Salvador, San Salvador (2013) y Guatemala (2014).
Estos espacios de trabajo han demostrado, entre otros resultados:
 Servir como una oportunidad para mejorar la coordinación y la
comunicación a nivel nacional y regional;
 Permitir la sistematización de la información y la elaboración de agendas
de trabajo nacionales y regionales para la elaboración de los DENP;
Contexto
- Como consecuencia del trabajo realizado por DOI-ITAP, se elaboró una
propuesta de Protocolo Regional de Procedimientos para la Emisión del
Dictamen de Extracción No perjudicial para los tiburones y rayas del
Apéndice II de CITES en los países miembros del Sistema de la
Integración Centroamericana.
- DOI-ITAP, en alianza con las Autoridades CITES y Autoridades de Pesca a
través de la Organización del Sector Pesquero y Acuacultura del Istmo
(OSPESCA), trabajó en la formulación del protocolo desde agosto de
2014 hasta enero 2015. El proceso de trabajo fue amplio y participativo,
incluyendo autoridades CITES y de Pesca de 8 países : Belice, El Salvador,
Costa Rica, Honduras, Guatemala, Nicaragua , Republica Dominicana y
Panamá.
Acciones realizadas en el proceso
de elaboración del Protocolo
Septiembre 2013
Taller regional de autoridades CITES/PESCA en Guatemala
Propósitos del Taller y Resultados:
1. Intercambio de Experiencias entre autoridades de EEUU y
la Región sobre metodologías de elaboración de DENP y
actualización de procesos para la implementación del
apéndice II.
2. Definición de ruta para la aplicación del apéndice II por los
países.
Acciones realizadas en el proceso
de elaboración el Protocolo
Marzo 2014
Taller Regional de autoridades de Pesca y CITES
Propósitos del Taller y Resultados
1. Valorar y socializar la información nacional sobre tiburones
recopilada por los países para identificar los vacíos de información
para la formulación de sus dictámenes.
2. Se acuerda que con el apoyo del DOI-ITAP, se facilite una
asistencia técnica para elaborar un protocolo regional que sirva de
marco de referencia para los países, y que incluya:
a. Procedimientos para la emisión de DENP
b. Procedimiento para la emisión de los certificados de introducción
procedentes del mar
c. procedimiento de inspección y comercialización de especies de
tiburones de apéndice II
Acciones realizadas en el proceso
de elaboración del Protocolo
Septiembre-octubre 2014
Recopilación de Información
Visitas a los 7 países de la región para conocer las
medidas administrativas y las regulaciones
establecidas para la aplicación del Apéndice II que
permitieran elaborar las herramientas
Enero 2015
Taller Regional para la presentación del Protocolo de
procedimientos para la emisión de DENP y
procedimiento de introducción procedente del mar.
Finalidad del Protocolo
Facilitar a las Autoridades CITES el proceso de implementación del
Apéndice II de CITES.
Establecer un marco de orientación sobre los procedimientos para
la exportación y reexportación de productos (especímenes, productos
y subproductos) de especies de tiburón a los países.
Facilitar procedimientos sencillos de orden práctico que
armonizados apunten hacia la formulación de un DENP para las
especies de tiburones del apéndice II.
Facilitar un marco de orientación sobre los procedimientos para la
emisión de los certificados de Introducción Procedente del Mar para
especies incluidas en el Apéndice II de CITES.
Consideraciones de
aplicación del Protocolo
La CITES, NO tiene un modelo estándar para la elaboración de los
Dictámenes de Extracción No Perjudiciales – DENP.
El procedimiento sobre el DENP propuesto no es una herramienta
vinculante sino de referencia y orientativa en:
• Evaluaciones basadas en información científica.
• Donde la línea de base de información mantiene un equilibrio
ecológico.
• El volumen de comercio legal e ilegal.
• Manejo adaptativo que incluye el monitoreo como elemento
principal del DENP.
Consideraciones de
aplicación del Protocolo
Los DENP deben ser dinámico y su actualización será gradual
dependiendo de nuevos datos e información con la que se disponga a
nivel nacional, regional o por la Organización Regional de Ordenación
Pesquera (OROP).
•No es necesario disponer de todos los datos indicados en cada paso.
•Si hay insuficiencia de datos, se recomienda a las Autoridades científicas
aplicar el Principio Precautorio de la FAO.
• De preferencia el DENP debería ser anual y diferenciado por especie y
no por cada trámite de exportación.
TIPOS DE DICTAMENES
•
DENP positivo,
DENP con condiciones,
DENP negativo
Bibliográfia revisadas
• Guía sobre Dictámenes de Extracción No
Perjudicial CITES para especies de
Tiburones 2a. Versión revisada (Mundy, et
all, 2014).
• Dictámenes de extracción No Perjudicial en
CITES (Rose, M. 2014).
• Directrices de UICN 2002 and 2008
• Dictámenes de Extracción No Perjudicial de
Caballitos de Mar (Foster y Vincent, 2013).
Razones para No emitir un DENP
1. Incertidumbre
2. Limitantes de personal entrenado y recursos
dentro de la Autoridad Científica.
3. Insuficiente información científica
4. Dificultad para certificar origen y procedencia
legal del producto.
5. Falta de diligencia
Estructura y Contenido del DENP
1. Distribución de la especie (mapa)
2. Descripción general de la especie (identificación de la especie y
situación en el país (x pesquerías, impacto comercial, impacto
económico, etc)
3. Biología y características de la Especie (crecimiento lento, maduración
tardía etc.)
4. Estado de la especie a nivel nacional
5. Legislación
6. Manejo de la especie (Plan de Acción Nacional de Tiburones, Plan de
Acción Regional de Tiburones, información sobre captura, de comercio,
datos de monitoreo, datos de desembarque (Formularios Información
sobre Desembarques).,sobre la pesquería, artes, etc)
7. Análisis de riesgos
8. Conclusión y recomendaciones (DENP Positivo, DENP condicionado,
DENP negativo)
9. Bibliografía utilizada
Preguntas para elaborar un DENP (
Central America and Dominican
Republic
Central America and Dominican
Republic
Procedimiento para la introducción
procedente del Mar
Procedimiento para la exportación
Conclusiones
1. En la medida que los países vallan implementando el procedimiento
para la emisión de DENP; esta herramienta se puede constituir junto
a los otros procedimientos, en un modelo de gestión armonizado que
permitirá contribuir a que las exportaciones o movimientos de
tiburones en la región estén regulados, y que cumplen con los
requerimientos de la Convención CITES y en parte, con el plan de
acción regional para la ordenación y conservación de tiburones,
elaborado por los países en el marco de OSPESCA .
2. EL protocolo regional establece un marco de acción sencillo y practico
para que las autoridades CITES y de Pesca coordinen esfuerzos en la
formulación de los DENP.
3. El protocolo también, puede ser un punto de partida para que las
autoridades Científicas formulen sus DENP para otras especies
acuáticas.
Otras cuestiones
1.
2.
DOI-ITAP continuara la colaboración con las autoridades CITES y de
Pesca en países seleccionados, apoyando la recolección de datos y
valorar el impacto de la inclusión de tiburones en el apéndice II de la
CITES ( 2016) , en coordinación con la Secretaría CITES y otros socios.
Según consulta con los países, 4 países están aplicando el protocolo
para la formulación de los DENP.

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