Seminario Interactivo Virtual – SIV N° 3 Casos de
Transcripción
Seminario Interactivo Virtual – SIV N° 3 Casos de
Seminario Interactivo Virtual – SIV N° 3 Casos de Impuesto a la Renta Le damos la cordial bienvenida a esta nuevo Seminario Interactivo Virtual – SIV "Casos de Impuesto a la Renta". En esta ocasión, de acuerdo al enfoque del tema, tiene que realizar las siguientes actividades previas al SIV: 1. Estudiar los CASOS PROPUESTOS , preparados por el Profesor José del Castillo Simón que se presentan en la página siguiente, y que serán desarrollados en vivo en el SIV. 2. Revisar y resolver los CASOS DESARROLLADOS que continúan a los casos propuestos. 3. Revisar el MATERIAL COMPLEMENTARIO como base del tema y de los casos a desarrollar. ENVÍO DE PREGUNTAS Las indicaciones que debe de seguir en cuanto al envío de sus preguntas son: - Los alumnos deben enviar sus consultas con relación a los casos a través de la opción MI BUZÓN indicando en el ASUNTO: PREGUNTA PARA SIV IMPUESTO A LA RENTA. - La fecha límite de envío de las evaluaciones es hasta 12 horas antes del SIV - El número máximo de preguntas por alumno es 3. * Las preguntas se responderán en vivo según el orden de envío. Diplomado en Tributación – TRB Curso 4: Imposición a la Renta 1) CASOS PROPUESTOS Los casos que se presentan a continuación serán desarrollados en vivo por el profesor el día del SIV. Es muy importante que los estudie a profundidad y con anticipación para que aproveche al máximo el SIV. CASO 1 Determine el Impuesto a la Renta que le corresponde en el año 2013 al Sr. Pedro Pablo Pérez Panizo, propietario de un inmueble ubicado en la Av. Arequipa Nº 1050 – Lima. Durante el ejercicio 2013 el Sr. Pérez Panizo percibió las siguientes rentas: a) Marzo de 2013: S/. 60,000 por el alquiler del referido inmueble que le pagó la empresa domiciliada en el Perú UNITAS S.R.L. Dicho pago corresponde al arrendamiento de los meses de octubre de 2012 a marzo de 2013. El monto del arrendamiento mensual es de S/. 10,000. b) Abril de 2013: S/. 180,000, percibidos de la empresa mexicana Láminas S.A.C.V., por la suma de S/. 15,000 mensuales. El contrato de arrendamiento es por un año y el arrendamiento mensual es de S/. 15,000. En el mes de abril de 2013 la empresa no domiciliada pagó por adelantado todo el arrendamiento. c) Octubre 2013: S/. 5,000 que le devolvió la SUNAT por concepto de Impuesto a la Renta del ejercicio 2012. CASO 2 La Sra. Micaela Moscoso, de nacionalidad peruana, regresó al Perú en el mes de marzo de 2012, luego de haber residido 15 años en Nueva Zelanda. En el mes de octubre de 2013, un amigo residente en dicho país le remite, vía el Banco HSBC, la suma de US$ 5,000, con el fin de devolverle los US$ 4,500 que la Sra. Moscoso le había prestado en el año 2012 más US$ 500 por concepto de intereses. En cuanto a este caso se le pregunta: La percibida por la Sra. Moscoso ¿es renta de fuente peruana o de renta extranjera? ¿Qué categoría de renta le corresponde? ¿A cuanto asciende el Impuesto a la Renta de la Sra. Moscoso si esta es la única renta que percibirá en el año 2013? CASO 3 El Sr. Andrés Levi, de nacionalidad israelí, se encuentra trabajando en el Perú desde el año 2010 en la empresa “Humus y Falafel S.A.C.”, en la cual desempeña el cargo de gerente general. El sueldo mensual de este trabajador es de S/. 15,000. Considerando el hecho que durante todos los meses del año 2013 el Sr. Levi percibirá US 1,000 por el alquiler de un departamento que tiene en el puerto de Haifa – Israel (Tipo de cambio 1 US$ = S/. 2.50) y que desde el mes de marzo de 2013 percibe un arrendamiento mensual de S/. 5,000 por el alquiler de un terreno agrícola localizado en Majes – Arequipa, y que en el mes de julio vendió una casa ubicada en la Urbanización Mariscal Gamarra en la Diplomado en Tributación – TRB Curso 4: Imposición a la Renta ciudad del Cusco por S/. 500,000 (El Sr. Levi compró la casa en enero de 2012 a S/. 400,000), determine el Impuesto a la Renta que corresponde al Sr. Levi durante el ejercicio 2013. CASO 4 El Sr. Nadim Fatule, de nacionalidad libanesa, se encuentra trabajando en el Perú desde el mes de agosto del año 2013 en el cargo de gerente financiero de la empresa “Javivi E.I.R.L.” , percibiendo un sueldo mensual de S/. 10,000.00. Considerando que el Sr. Fatule percibió en los meses de enero a julio del año 2013 un ingreso mensual de US$ 2,000 (tipo de cambio 1 US$ = S/. 2.50) por su desempeño como administrador de una empresa en la ciudad de Damasco (Siria), indique cuáles son las rentas por las que debe pagar el Sr. Fatule Impuesto a la Renta en el Perú y a cuánto asciende el monto del tributo resultante. CASO 5 La Srta. Thalía Rubio, ciudadana argentina, residente en el Perú desde el 30 de junio del año 2012, trabaja para la compañía Acordes Musicales S.A.A., como ingeniero de sonido, labor por la que percibe la suma mensual de S/. 7,500. Asimismo, en virtud a la última Junta General de Accionistas del mes de marzo de año en curso, ha sido designada como directora de la empresa, por lo que desde el mes de abril de este año adicionalmente percibe mensualmente por concepto de dietas de directorio la suma de S/. 1,000. De otro lado, en tanto la Srta. Rubio es profesora de piano, ha sido contratada por la Universidad Marcelino Champagnat para que dicte durante el año 2013 los cursos piano I y piano II, labor por la cual recibirá un sueldo mensual de S/ 2,000. Asimismo, ha sido contratada como profesional independiente, por la Escuela Superior de Bellas Artes, para que se encargue de uno de los proyectos de dicha institución, a la que emite los correspondientes recibos por honorarios por la suma mensual de S/. 2,500. Por último, cabe indicar que la compañía Acordes Musicales S.A.A. acaba de celebrar un contrato con la Srta. Rubio para que, como profesional independiente, asesore a la empresa en temas de “ritmos musicales”, labor por la que percibirá la suma mensual de S/. 3,000. Considerando lo anterior, determine el tipo de rentas que percibe la Srta. Rubio e indique si por dichas rentas ella deberá efectuar pagos directos o le será retenido el Impuesto a la Renta correspondiente (en este último caso debe indicar quien realizará la retención). CASO 6 La Sra. Pierina Malpartida, nacida en la ciudad de Puerto Maldonado y por tanto peruana de nacimiento, regresó al país en el mes de enero del presente año después de haber vivido en Brasil por 15 años. Diplomado en Tributación – TRB Curso 4: Imposición a la Renta Ni bien llegó al país compró, en su ciudad natal, una casa en la cual podrían vivir ella y su familia, y en el mes de febrero todos ellos se mudaron al referido inmueble. En tanto a los Malpartida les fue difícil encontrar trabajo para todos en la ciudad de Puerto Maldonado, en el mes de octubre se mudaron para la ciudad de Cusco, por lo que tuvieron que vender el inmueble antes referido a efecto comprarse uno nuevo para vivir. Considerando lo anterior, señale indique si las rentas ha percibido la Sra. Malpartida se encuentran afectas al Impuesto a la Renta. De ser afirmativa la respuesta, indique cuál es la renta bruta, cómo se determina la renta neta y cual es la tasa del Impuesto a la Renta aplicable al presente caso. Caso 7 El Sr. Juan Carlos Oliva, ciudadano colombiano, llegó al Perú en el mes de mayo del año en curso, para trabajar como gerente general de la empresa “Café y más S.A.”. Por el ejercicio de dicha función el Sr. Oliva percibirá un sueldo mensual de S/. 8,000. A efecto que se le practique la retención correspondiente del Impuesto a la Renta el Sr. Oliva le ha informado a su empleador que durante los meses de enero a abril del año en curso prestó servicios como trabajador dependiente en el “Hard Rock Café” de la ciudad de Bogotá por un sueldo mensual de US$ 3,000 y que también obtuvo rentas como profesional independiente por US$ 500 mensuales. Considerando que el tipo de cambio es de 1 US$ = S/. 2.50, determine el Impuesto a la Renta del Sr. Oliva y el monto al cual ascenderían las retenciones que debe practicar mensualmente la empresa “Café y más S.A.” Caso 8 Durante el presente año el Sr. Pedro Zavala ha percibido los siguientes ingresos por parte de la empresa “El Manjar S.R.L.”: a) Durante el año 2013 su remuneración mensual asciende a S/. 10,000 b) Marzo: S/. 25,000 por concepto de distribución de utilidades la suma de S/. 25,000 (es accionista de la empresa). c) Marzo: S/. 15,000 por concepto de distribución de la participación de utilidades que le corresponde a los trabajadores de la empresa. d) Abril, julio, setiembre y diciembre: S/. 2,500 por dietas del directorio. Considerando lo anterior, determine el Impuesto a la Renta a cargo del Sr. Zavala y señale los montos que debe retener la empresa “El Manjar S.R.L.” Diplomado en Tributación – TRB Curso 4: Imposición a la Renta 2) CASOS DESARROLLADOS Casuística resuelta que deberá ser revisada y resuelta previamente a la sesión interactiva. CASO 9 ¿Cuál cuál es el tratamiento tributario por el arrendamiento devengado en los meses de noviembre y diciembre 2012, que es percibida por el arrendador en durante el año 2013? Respuesta • • • Conforme se ha visto las rentas de primera categoría se imputan según el criterio del devengado. De acuerdo con lo anterior, para efectos tributarios no importa que el arrendatario no haya cumplido con su obligación de pagar el arrendamiento al arrendador dentro de los plazos convenidos. El arrendador deberá pagar el Impuesto a la Renta de primera categoría a su cargo, dentro de los plazos de vencimiento de las obligaciones tributarias correspondientes a los períodos noviembre de 2012 (vencimiento en diciembre de 2012) y diciembre de 2012 (vencimiento en enero de 2013), de acuerdo con último dígito de RUC, aunque el arrendatario atrasado en el pago. CASO 10 ¿A cuánto ascenderá la renta gravada de un bien inmueble cuyo valor de autoavalúo asciende a S/. 350,000?. Dato: El arrendamiento mensual (ene-dic) asciende a la suma de S/. 5,000. Respuesta • • • • Se determina la renta real bruta: S/. 5,000 x 12= 60,000 Se determina la renta real presunta: S/. 350,000 X 6% = 21,000 Se compara y se elige el monto mayor La renta gravada asciende a S/. 60,000 CASO 11 ¿Las mejoras, forman parte de la renta imponible de 1era Cat.? Datos: Predio ubicado en la Av. Arequipa – San Isidro. Alquilado desde mayo 2008 en S/. 5,000 mensuales. El inquilino previo acuerdo con el propietario construyó una piscina valuada en S/. 50,000; monto no reembolsable por el propietario. Desocupa el inmueble el 23 de junio de 2009. Diplomado en Tributación – TRB Curso 4: Imposición a la Renta Valor de autoavalúo es de S/. 750,000. Respuesta El valor de las mejoras no reembolsables constituye renta afecta que se declara en el ejercicio en que el inquilino desocupa el predio. Renta bruta real: 5,000 x 8 = 40,000 Renta Mínima: 6% de 750,000/12 x 8 = 30,000 Renta a considerar: 40,000 (+) valor de mejoras 50,000 Total renta bruta 80,000 CASO 12 Una persona natural prestó en el año 2012 una determinada suma de dinero a una empresa domiciliada en el Perú, por lo cual percibe todos los meses una cantidad “X” de nuevos soles por concepto de intereses. ¿Cuál es el tratamiento tributario de los intereses devengados en el mes de diciembre del 2012, los cuales fueron pagados en el mes de enero del 2013?. Respuesta • • Las rentas de segunda categoría se imputan según el criterio del percibido. Por lo mismo, los intereses devengados en el ejercicio 2012, que fuesen pagados en el ejercicio 2013 tributarán en este último ejercicio gravable con una tasa efectiva del 5%. CASO 13 Una persona natural domiciliada en el Perú adquirió un inmueble en el año 2004 y lo transfirió en el mes de diciembre de 2012. Sin embargo, la percepción del precio de venta se efectúa recién en el mes de enero del 2013. ¿En qué ejercicio fiscal debe imputarse la ganancia de capital obtenida?. Respuesta • En aplicación del principio de percibido aplicable el contribuyente deberá abonará con carácter de pago definitivo el monto que resulte de aplicar la tasa del 5% sobre el importe de la renta bruta (se considera renta del ejercicio 2013). El pago a realizar se calcula de la siguiente manera: Costo de adquisición x factor publicado por el MEF. Precio de venta – costo computable = Renta (ganancia de capital). Ganancia de capital x 5% = Impuesto a pagar. Diplomado en Tributación – TRB Curso 4: Imposición a la Renta CASO 14 Durante el ejercicio gravable una persona natural domiciliada en el Perú obtiene las siguientes rentas: 1. S/. 250,000 por concepto de regalías de la Empresa “El Timonel S.A.”, por la cesión de uso temporal de una marca para conservas de pescado. 2. S/. 240,000 por la cesión definitiva de otra marca de conservas de pescado a la empresa “Mares Abiertos S.A.” 3. S/. 15,000 por intereses pagados por la empresa “El Volante S.A.” en razón a un préstamo que se le otorgó. 4. S/. 3,000 por intereses del Banco de Crédito por depósitos de ahorro en moneda nacional. 5. S/. 15,000 por renta vitalicia de una compañía de seguros. 6. S/. 35,000 por dividendos distribuidos por la “Llantas y más S.A.”. 7. S/. 30,000 por acciones recibidas por capitalización de utilidades de la empresa “El Coche S.A.”. Respuesta Concepto Regalías por cesión de uso temporal de marca Venta de marca comercial Gravado 250,000 Intereses por préstamo 15,000 Renta Vitalicia 15,000 Intereses por ahorros Dividendos (tasa: 4.1%) Acciones de Capitalización No Gravado 240,000 3,000 35,000 30,000 CASO 15 Determinar las oportunidades en que un profesional independiente debe presentar las declaraciones juradas por los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta. Un abogado emitió durante el año 2009, los siguientes Recibos por Honorarios: – N° 001-0001 por S/. 1,500 (emitido el 01.03.2013 y cancelado el 13.03.2013). – N° 001-0002 por S/. 22,500 (emitido el 14.04.2013 y cancelado el 13.05.2013). – N° 001-0003 por S/ 31,500 (emitido el 14.05.2013 y cancelado el 12.06.2013). Le retuvieron S/. 3,150 por el recibo N° 001-003. Diplomado en Tributación – TRB Curso 4: Imposición a la Renta Percibió dietas como director una empresa mayo 2013 por S/. 20,000 (13-05-099) y le retuvieron S/. 2,000. Respuesta • Debe presentar DDJJ mensual del mes de mayo de 2013 (declara las rentas percibidas por el ejercicio profesional independiente). No debe presentar DDJJ mensual en el mes de marzo puesto que el ingreso del mes no supera los S/. 2,698. No debe presentar DDJJ del mes de junio puesto que le retuvieron la totalidad del monto a pagar. • • CASO 16 Una persona natural domiciliada en el Perú percibe en el año 2013, por parte de su empleador, las siguientes sumas de dinero por los conceptos que se indican: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Sueldos Comisiones Gratificación Extraordinaria CTS Indem. x vacaciones no gozadas Indem. x por despido injustificado S/. 75,200 S/. 6,000 S/. 5,000 S/. 6,000 S/. 3,500 S/. 36,000 Respuesta Concepto Sueldos Comisiones Gratificación Extraordinaria CTS Indem. x vacaciones no gozadas Indem. x despido injustificado Diplomado en Tributación – TRB Gravado No Gravado 75,200 6,000 5,000 6,000 3,500 36,500 Curso 4: Imposición a la Renta 3) MATERIAL COMPLEMENTARIO Adjuntamos a través de los siguientes enlaces las cartillas de orientación del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2012 preparados por la SUNAT: - Cartilla de Instrucciones - PDT N° 681: Renta De Personas Naturales http://med.utrivium.com/cursos/atc-2010/cartilla_sunat_renta_ppnn_15feb2013.pdf - Cartilla de Instrucciones - PDT N° 682: Renta Tercera Categoría http://med.utrivium.com/cursos/atc-2010/cartilla_sunat_tercera_2012_15feb2013.pdf Adicionalmente, un interesante Material Preparado por Pwc, que incluye Casos Prácticos: - Guía para la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de Personas Naturales http://med.utrivium.com/cursos/atc-2010/guia_pwc_dj_pn_2012.pdf * En caso algún enlace no funcione cópielo y péguelo en su navegador Diplomado en Tributación – TRB Curso 4: Imposición a la Renta