acuerdo n° 0015-2015 acuerdo de respaldo al presidente de la
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acuerdo n° 0015-2015 acuerdo de respaldo al presidente de la
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO CARABOBO CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO CARABOBO ACUERDO N° 0015-2015 De conformidad con lo acordado en Sesión Ordinaria del Consejo Legislativo del Estado Carabobo, celebrada en fecha 03 de marzo del año 2015 CONSIDERANDO Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 1 consagra que la República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador, en concordancia con el artículo 13 constitucional, el cual prevé que los Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional sólo podrán adquirir inmuebles para sedes de sus representaciones diplomáticas o consulares dentro del área que se determine y mediante garantías de reciprocidad, con las limitaciones que establezca la ley y en dicho caso quedará siempre a salvo la soberanía nacional. CONSIDERANDO Que el Imperio Norteamericano continúa con su intención de consolidar sus planes golpistas en contra del Gobierno Constitucional de la República Bolivariana de Venezuela, presidido por el Ciudadano NICOLÁS MADURO MOROS, atentando de esta forma contra los principios internacionales de soberanía y libre autodeterminación de los pueblos. CONSIDERANDO Que el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, presidido por el Ciudadano NICOLÁS MADURO MOROS, con la intención de salvaguardar la Soberanía del Estado Venezolano, adoptó a través de Resoluciones dictadas por los Ministerios del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, conjuntamente con el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, publicadas en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.177 Extraordinario, de fecha veintiocho (28) de febrero de 2015; políticas y medidas diplomáticas en materia migratoria dirigidas a ciudadanos Norteamericanos, dentro de las cuales se encuentran la prohibición del otorgamiento de cualquier tipo de visado y en consecuencia el ingreso al Territorio de la República Bolivariana de Venezuela a un grupo de Ciudadanos presuntamente vinculados con actos de terrorismo internacional a través de los cuales han violentado derechos humanos irrenunciables. CONSIDERANDO Que con fundamento a las garantías de reciprocidad que deben existir en las relaciones diplomáticas entre los diferentes Estados que conforman la comunidad internacional, el Gobierno Nacional de la República Bolivariana de Venezuela excluyó a los Estados Unidos de Norteamérica del listado de países beneficiados de supresión de visas de No Migrantes (Turistas) en Pasaportes Ordinarios, así como la reducción de funcionarios adscritos a la embajada de Estados Unidos de Norteamérica en la República Bolivariana de Venezuela. ACUERDA PRIMERO: Respaldar las acciones ejecutadas por el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Ciudadano NICOLÁS MADURO MOROS, referentes al establecimiento del visado para cualquier Ciudadano nativo de los Estados Unidos de Norteamérica que pretenda ingresar a territorio venezolano, así como la prohibición de ingreso al país, del listado de Ciudadanos indicados en la Resolución publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.177 Extraordinario, de fecha veintiocho (28) de febrero de 2015, todo ello en defensa de la soberanía patria y en rechazo de las manifestaciones de injerencia y manipulación del Pentágono Norteamericano en los asuntos internos de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Rechazar cualquier acción por parte del Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica hacia la República Bolivariana de Venezuela que atente contra el principio de independencia, soberanía y libre autodeterminación de los pueblos, consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en tratados suscritos por el Estado Venezolano con los demás países de la Comunidad Internacional. TERCERO: Repudiar la actitud de los Gobiernos de los Estados Unidos de Norteamérica, quienes en el transcurso de los años se han negado a suscribir o ratificar tratados internacionales en resguardo y defensa de los derechos humanos, derechos de los niños, niñas y adolescentes y de la igualdad e integridad de las mujeres, lo cual deja claro su condición nugatoria de derechos inherentes a los seres humanos. CUARTO: Hacer público el presente acuerdo y remitirlo a la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela. Cúmplase, Dado en Valencia, a los tres (03) días del mes de marzo del año dos mil quince (2015). Año 204º de la Independencia, 156º de la Federación y 16º de la Revolución Bolivariana. LEG. FLOR MARÍA GARCIA Presidenta del Consejo Legislativo del Estado Carabobo NADEZDHA ACOSTA Secretaria