22-01-2015 Proceso de evaluación alumnos FP dual y ciclos
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22-01-2015 Proceso de evaluación alumnos FP dual y ciclos
c/ Hacienda de Pavones, 5 28030 – Madrid Tel.: 91 328 80 07 Fax: 91 328 80 05 www.ecmadrid.org Escuelas Católicas de Madrid agrupa a las organizaciones Federación Española de Religiosos de la Enseñanza - Titulares de Centro Católicos (FERE-CECA-MADRID) y Asociación Educación y Gestión de Madrid Madrid, a 22 de enero de 2015 A los Representantes de las Entidades Titulares y Directores/as Administradores de las ESCUELAS CATÓLICAS DE MADRID. Dpto. Jurídico – Ordenación Académica (EC.:07282) PROCESO DE EVALUACIÓN ALUMNOS EN PROGRAMAS DE FP DUAL Y EN CICLOS FORMATIVOS CON FCT AMPLIADA Querido/a amigo/a: La Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación publicó en su página web en diciembre de 2014, la Resolución de 2 de diciembre de 2014, por la que se dictan Instrucciones relativas al proceso de evaluación de los alumnos en programas autorizados de Formación Profesional Dual y en Ciclos Formativos de Grado Medio con FCT ampliada, en centros docentes privados de la CM, y se establece un modelo básico orientativo de convenio con empresas para la Formación Dual, la cual te adjunto (EC.:07283). Mediante la presente circular te destaco los aspectos más relevantes de la Resolución, que también será aplicable en los proyectos propios autorizados a centros privados que supongan la alternancia de periodos de formación entre el centro educativo y la empresa. 1-. ORGANIZACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS 1.1. Organización. El programa de formación de cada centro determinará cuáles son los contenidos de cada módulo profesional que se impartirá en el centro y cuáles se completarán en la empresa, hasta cubrir el horario mínimo de cada módulo según el currículo oficial vigente. Sólo podrán ser objeto de convalidación los módulos impartidos íntegramente en el centro educativo. El módulo de FCT será objeto de evaluación y calificación al finalizar el Ciclo Formativo, tomando como referencia la actividad desarrollada y la valoración que haya efectuado el responsable de la formación en la empresa. El módulo de Proyecto incorporado a los CFGS derivados de la LOE, podrá realizarse por los alumnos a la vez que inicien el segundo curso, y podrá estar relacionado con la actividad desarrollada por el alumno en la empresa en la que se encuentre incorporado. La evaluación y calificación del mismo se realizará a la vez que el módulo de FCT. __________________________________ @ecatolicmadrid Página 1 ___________________________________________ www.facebook.com/pages/Escuelas Católicas de Madrid c/ Hacienda de Pavones, 5 28030 – Madrid Tel.: 91 328 80 07 Fax: 91 328 80 05 www.ecmadrid.org Escuelas Católicas de Madrid agrupa a las organizaciones Federación Española de Religiosos de la Enseñanza - Titulares de Centro Católicos (FERE-CECA-MADRID) y Asociación Educación y Gestión de Madrid 1.2. Evaluación. Cada módulo profesional tendrá asignado un profesor en el centro educativo, que se responsabilizará de su evaluación y calificación. Para ello ser tomarán como referencia los criterios definidos para el régimen presencial ordinario y los que se determinen en las programaciones didácticas para cada uno de ellos. La programación didáctica del módulo profesional que se imparta en la empresa (art. 24.3 de la Orden 2694/2009, de 9 de junio), se elaborará con la participación del responsable de formación de la empresa, e incorporará los instrumentos y procedimientos de recogida de información de la actividad realizada por el alumno. Los centros podrán incluir en las programaciones didácticas una prueba de evaluación final, en cuyo caso, determinarán la proporción en que será tenida en cuenta para calcular la calificación definitiva del módulo profesional. En relación a los documentos de evaluación será aplicable lo establecido para el régimen presencial. 2-. PROCESO DE EVALUACIÓN 2.1. Sesiones de evaluación. Las sesiones de evaluación serán las establecidas en el artículo 25 de la Orden 2694/2009, de 9 de junio. Al menos una de las sesiones se realizará antes de la incorporación de los alumnos a las empresas, al objeto de decidir qué alumnos podrán incorporarse a la empresa, y cuáles deberán continuar su formación en el centro. En el caso de los alumnos de CFGM con FCT ampliada, se estará a lo especificado en la instrucción 9ª de las presentes Instrucciones cuando el centro haya programado el inicio del período de FCT antes de la finalización de todos los módulos formativos en el centro educativo, y por tanto, el alumno no reúna en ese momento los requisitos previstos en el artículo 23 de la Orden 2694/2009 para acceder al módulo de FCT. Los centros deben establecer en sus programaciones las posibles vías para los alumnos que no se puedan incorporar a la empresa y tengan que continuar su formación en el centro (recuperación y posterior incorporación a la empresa o reincorporación a la enseñanza ordinaria). 2.2. Fechas de evaluación y convocatorias. Con carácter general, las convocatorias y fechas de evaluación final del primer y del segundo curso, serán las establecidas en el artículo 28 de la Orden 2694/2009, de 9 de junio. __________________________________ @ecatolicmadrid Página 2 ___________________________________________ www.facebook.com/pages/Escuelas Católicas de Madrid Escuelas Católicas de Madrid agrupa a las organizaciones Federación Española de Religiosos de la Enseñanza - Titulares de Centro Católicos (FERE-CECA-MADRID) y Asociación Educación y Gestión de Madrid c/ Hacienda de Pavones, 5 28030 – Madrid Tel.: 91 328 80 07 Fax: 91 328 80 05 www.ecmadrid.org El centro podrá realizar las sesiones de evaluación final ordinaria y extraordinaria del primer curso, en cualquier momento anterior al inicio de las actividades lectivas del segundo curso, en función de la distribución de tiempos de formación en el centro educativo y en la empresa. También se podrán adaptar las fechas de las evaluaciones del segundo curso, en función de las características del proyecto que el centro tenga autorizado. Los módulos evaluables y las decisiones que puede adoptar el centro en función de los resultados obtenidos por el alumno en cada evaluación, se determinan en la instrucción 5ª, apartados 2.1 y ss. de las Instrucciones. El alumno dispondrá de un máximo de cuatro convocatorias para la superación de cada ciclo profesional (art. 19 Orden 2694/2009, 9 de junio). Para no agotar dicho límite de convocatorias, los alumnos o sus representantes legales, podrán renunciar a la evaluación y calificación de una/dos convocatorias del curso de todos o alguno de los módulos cuya formación se imparta íntegramente en el centro educativo, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2.6 de la instrucción 5ª de las Instrucciones. Las calificaciones otorgadas y las decisiones adoptadas en las sesiones de evaluación final ordinaria y extraordinaria del 1º curso y final ordinaria del 2º serán incorporadas al modelo de Acta del Anexo I, y las correspondientes a la calificación final ordinaria y extraordinaria del ciclo, en el modelo de Acta recogido en el Anexo II. 3-. ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN SUPERADA El alumno que haya sido propuesto para la obtención del correspondiente título, por haber superado la totalidad de los módulos profesionales, podrá solicitar la expedición del mismo. Asimismo, podrá solicitar la Certificación Académica Oficial de Estudios Completos correspondiente, que se emitirá conforme al modelo del Anexo III de las Instrucciones. Los alumnos que sólo superen parcialmente la formación conducente a alguno de los títulos, podrán solicitar la Certificación Académica Oficial de Estudios Incompletos, conforme al modelo del Anexo IV de las Instrucciones. 4-. CUMPLIMENTACIÓN DE LOS ANEXOS I, II, III Y IV En la Instrucción 7º de las Instrucciones se especifica cómo cumplimentar los diferentes Anexos, para hacer constar si el alumno ha cursando las enseñanzas en el marco de un Proyecto de FP Dual, de FP con ampliación de FCT o de FP en alternancia con la Empresa, y qué Orden autorizó dicho Proyecto. Te facilito el siguiente enlace con los anexos: anexos en formato word __________________________________ @ecatolicmadrid Página 3 ___________________________________________ www.facebook.com/pages/Escuelas Católicas de Madrid c/ Hacienda de Pavones, 5 28030 – Madrid Tel.: 91 328 80 07 Fax: 91 328 80 05 www.ecmadrid.org Escuelas Católicas de Madrid agrupa a las organizaciones Federación Española de Religiosos de la Enseñanza - Titulares de Centro Católicos (FERE-CECA-MADRID) y Asociación Educación y Gestión de Madrid 5-. CONVENIO ENTRE LOS CENTROS DOCENTES Y LAS EMPRESAS PARA LA FP DUAL En el Anexo V de las Instrucciones se facilita un modelo, básico y orientativo, de convenio de colaboración entre los centros docentes privados que desarrollen programas de formación profesional dual autorizados y las empresas colaboradoras donde los alumnos completen su formación. Los convenios firmados tendrán validez por un período de dos años, prorrogable mediante adendas. Al convenio se añadirán los documentos que se especifican en el apartado tercero de la instrucción 8ª. La tramitación administrativa se realizará en los mismos términos que los convenios de FCT de los ciclos formativos ordinarios autorizados en centros privados. Los centros que se desarrollen con el modelo de FCT ampliada seguirán utilizando el convenio de colaboración ordinario para las FCT. Te facilito el siguiente enlace para que puedas acceder a dicho modelo y a los anexos correspondientes: http://www.madrid.org/fp/fct/fctGESTION_CPFIV.htm Como siempre, tienes a la Asesoría Jurídica a tu disposición en caso de duda. Sin otro particular, recibe un cordial saludo, Emilio Díaz Muñoz Secretario Regional @emilio_daz [email protected] __________________________________ @ecatolicmadrid Página 4 ___________________________________________ www.facebook.com/pages/Escuelas Católicas de Madrid