22-01-2015 Proceso de evaluación alumnos FP dual y ciclos

Transcripción

22-01-2015 Proceso de evaluación alumnos FP dual y ciclos
c/ Hacienda de Pavones, 5
28030 – Madrid
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Escuelas Católicas de Madrid agrupa a las organizaciones Federación Española de Religiosos de la Enseñanza - Titulares de Centro Católicos (FERE-CECA-MADRID) y Asociación Educación y Gestión de Madrid
Madrid, a 22 de enero de 2015
A los Representantes de las Entidades Titulares y Directores/as
Administradores de las ESCUELAS CATÓLICAS DE MADRID.
Dpto. Jurídico – Ordenación Académica
(EC.:07282)
PROCESO DE EVALUACIÓN ALUMNOS EN PROGRAMAS DE FP DUAL
Y EN CICLOS FORMATIVOS CON FCT AMPLIADA
Querido/a amigo/a:
La Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación publicó en su página web en diciembre
de 2014, la Resolución de 2 de diciembre de 2014, por la que se dictan Instrucciones relativas al
proceso de evaluación de los alumnos en programas autorizados de Formación Profesional Dual y en
Ciclos Formativos de Grado Medio con FCT ampliada, en centros docentes privados de la CM, y se
establece un modelo básico orientativo de convenio con empresas para la Formación Dual, la cual te
adjunto (EC.:07283).
Mediante la presente circular te destaco los aspectos más relevantes de la Resolución, que
también será aplicable en los proyectos propios autorizados a centros privados que supongan la
alternancia de periodos de formación entre el centro educativo y la empresa.
1-.
ORGANIZACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS
1.1.
Organización.
El programa de formación de cada centro determinará cuáles son los contenidos de cada
módulo profesional que se impartirá en el centro y cuáles se completarán en la empresa, hasta cubrir
el horario mínimo de cada módulo según el currículo oficial vigente.
Sólo podrán ser objeto de convalidación los módulos impartidos íntegramente en el centro
educativo.
El módulo de FCT será objeto de evaluación y calificación al finalizar el Ciclo Formativo,
tomando como referencia la actividad desarrollada y la valoración que haya efectuado el responsable
de la formación en la empresa.
El módulo de Proyecto incorporado a los CFGS derivados de la LOE, podrá realizarse por los
alumnos a la vez que inicien el segundo curso, y podrá estar relacionado con la actividad desarrollada
por el alumno en la empresa en la que se encuentre incorporado. La evaluación y calificación del
mismo se realizará a la vez que el módulo de FCT.
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1.2.
Evaluación.
Cada módulo profesional tendrá asignado un profesor en el centro educativo, que se
responsabilizará de su evaluación y calificación. Para ello ser tomarán como referencia los criterios
definidos para el régimen presencial ordinario y los que se determinen en las programaciones
didácticas para cada uno de ellos.
La programación didáctica del módulo profesional que se imparta en la empresa (art. 24.3 de
la Orden 2694/2009, de 9 de junio), se elaborará con la participación del responsable de formación de
la empresa, e incorporará los instrumentos y procedimientos de recogida de información de la
actividad realizada por el alumno. Los centros podrán incluir en las programaciones didácticas una
prueba de evaluación final, en cuyo caso, determinarán la proporción en que será tenida en cuenta
para calcular la calificación definitiva del módulo profesional.
En relación a los documentos de evaluación será aplicable lo establecido para el régimen
presencial.
2-.
PROCESO DE EVALUACIÓN
2.1.
Sesiones de evaluación.
Las sesiones de evaluación serán las establecidas en el artículo 25 de la Orden 2694/2009, de 9
de junio.
Al menos una de las sesiones se realizará antes de la incorporación de los alumnos a las
empresas, al objeto de decidir qué alumnos podrán incorporarse a la empresa, y cuáles deberán
continuar su formación en el centro.
En el caso de los alumnos de CFGM con FCT ampliada, se estará a lo especificado en la
instrucción 9ª de las presentes Instrucciones cuando el centro haya programado el inicio del período
de FCT antes de la finalización de todos los módulos formativos en el centro educativo, y por tanto, el
alumno no reúna en ese momento los requisitos previstos en el artículo 23 de la Orden 2694/2009
para acceder al módulo de FCT.
Los centros deben establecer en sus programaciones las posibles vías para los alumnos que no
se puedan incorporar a la empresa y tengan que continuar su formación en el centro (recuperación y
posterior incorporación a la empresa o reincorporación a la enseñanza ordinaria).
2.2.
Fechas de evaluación y convocatorias.
Con carácter general, las convocatorias y fechas de evaluación final del primer y del segundo
curso, serán las establecidas en el artículo 28 de la Orden 2694/2009, de 9 de junio.
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El centro podrá realizar las sesiones de evaluación final ordinaria y extraordinaria del primer
curso, en cualquier momento anterior al inicio de las actividades lectivas del segundo curso, en función
de la distribución de tiempos de formación en el centro educativo y en la empresa. También se podrán
adaptar las fechas de las evaluaciones del segundo curso, en función de las características del proyecto
que el centro tenga autorizado.
Los módulos evaluables y las decisiones que puede adoptar el centro en función de los
resultados obtenidos por el alumno en cada evaluación, se determinan en la instrucción 5ª, apartados
2.1 y ss. de las Instrucciones.
El alumno dispondrá de un máximo de cuatro convocatorias para la superación de cada ciclo
profesional (art. 19 Orden 2694/2009, 9 de junio). Para no agotar dicho límite de convocatorias, los
alumnos o sus representantes legales, podrán renunciar a la evaluación y calificación de una/dos
convocatorias del curso de todos o alguno de los módulos cuya formación se imparta íntegramente en
el centro educativo, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2.6 de la
instrucción 5ª de las Instrucciones.
Las calificaciones otorgadas y las decisiones adoptadas en las sesiones de evaluación final
ordinaria y extraordinaria del 1º curso y final ordinaria del 2º serán incorporadas al modelo de Acta del
Anexo I, y las correspondientes a la calificación final ordinaria y extraordinaria del ciclo, en el modelo
de Acta recogido en el Anexo II.
3-.
ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN SUPERADA
El alumno que haya sido propuesto para la obtención del correspondiente título, por haber
superado la totalidad de los módulos profesionales, podrá solicitar la expedición del mismo. Asimismo,
podrá solicitar la Certificación Académica Oficial de Estudios Completos correspondiente, que se
emitirá conforme al modelo del Anexo III de las Instrucciones.
Los alumnos que sólo superen parcialmente la formación conducente a alguno de los títulos,
podrán solicitar la Certificación Académica Oficial de Estudios Incompletos, conforme al modelo del
Anexo IV de las Instrucciones.
4-.
CUMPLIMENTACIÓN DE LOS ANEXOS I, II, III Y IV
En la Instrucción 7º de las Instrucciones se especifica cómo cumplimentar los diferentes
Anexos, para hacer constar si el alumno ha cursando las enseñanzas en el marco de un Proyecto de FP
Dual, de FP con ampliación de FCT o de FP en alternancia con la Empresa, y qué Orden autorizó dicho
Proyecto.
Te facilito el siguiente enlace con los anexos: anexos en formato word
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5-.
CONVENIO ENTRE LOS CENTROS DOCENTES Y LAS EMPRESAS PARA LA FP DUAL
En el Anexo V de las Instrucciones se facilita un modelo, básico y orientativo, de convenio de
colaboración entre los centros docentes privados que desarrollen programas de formación profesional
dual autorizados y las empresas colaboradoras donde los alumnos completen su formación.
Los convenios firmados tendrán validez por un período de dos años, prorrogable mediante
adendas.
Al convenio se añadirán los documentos que se especifican en el apartado tercero de la
instrucción 8ª.
La tramitación administrativa se realizará en los mismos términos que los convenios de FCT de
los ciclos formativos ordinarios autorizados en centros privados.
Los centros que se desarrollen con el modelo de FCT ampliada seguirán utilizando el convenio
de colaboración ordinario para las FCT. Te facilito el siguiente enlace para que puedas acceder a dicho
modelo y a los anexos correspondientes: http://www.madrid.org/fp/fct/fctGESTION_CPFIV.htm
Como siempre, tienes a la Asesoría Jurídica a tu disposición en caso de duda.
Sin otro particular, recibe un cordial saludo,
Emilio Díaz Muñoz
Secretario Regional
@emilio_daz
[email protected]
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