planteamiento del problema sucesorio: el reino de

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planteamiento del problema sucesorio: el reino de
“Planteamiento del problema sucesorio: El Reino de Valencia en Caspe”. Perspectives
del Compromís de Casp. Lo Rat Penat. Valencia, 2013, pp. 19-66. ISBN: 978-8415102.09-0.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA SUCESORIO:
EL REINO DE VALENCIA EN CASPE
José Vicente Gómez Bayarri
Académico de número de la RACV
Español
Resumen: A la muerte sin descendencia de Martín el Humano, rey de la Corona
de Aragón, se plantea la cuestión sucesoria. Después de establecer en la Concordia de
Alcañiz las condiciones de la elección, se reunirán en la villa de Caspe nueve
representantes; tres designados por Aragón, tres por Cataluña y tres por Valencia para
proclamar a quien en justicia correspondiera. El protagonismo del dominico valenciano
Vicente Ferrer fue determinante para acabar con el problema planteado. En el castillo de
Caspe, hizo una defensa clara de los derechos sucesorios del infante Fernando de Castilla,
que por ser nieto del rey don Pedro el Ceremonioso, padre del fallecido Martín I el
Humano, era el pariente más próximo de legítimo matrimonio. Fernando de Antequera
obtuvo en Caspe, la unanimidad aragonesa, la mayoría valenciana y la minoría catalana.
Palabras clave: Reino Valencia. Problema sucesorio Martín el Humano.
Compromiso de Caspe.
English
Abstract: When Martin the Humane, King of Aragon Crown, died leaving no
children, the problem of inheritance is set out. After establishing in the agreement of
Alcañiz the conditions of the election, nine representatives will meet in the city of Caspe;
three representing Aragón, three representing Catalonia and three representing Valencia
to proclaim who rightly deserves. The importance of the Valencian Dominican Vicente
Ferrer was the deciding factor to settle the problem. In the castle of Caspe, he made a
strong defense of the inheritance rights of the Prince Ferdinand of Castille, who being the
grandson of the king “Don Pedro El Ceremonioso”, father of the deceased Martin I the
Humane, was the closest relative by legitimate marriage. Ferdinand of Antequera had in
Caspe, the unanimity of Aragón, the majority of Valencia and the minority of Catalonia.
Key words: Kingdom of Valencia. Problem of inheritance. Martin the Humane.
Commitment of Caspe.
SUMARIO
1. Planteamiento del problema sucesorio de Martín I el Humano 2. El período de
“Interregno” (1410-1412). La cuestión dinástica 3. ¿Sentencia ajustada a derecho o
prevalecieron otros intereses y circunstancias? 4. Lecturas e interpretaciones de la
sentencia del Compromiso de Caspe 5. Manifestaciones de júbilo en el Reino de Valencia
al tener noticia de la proclamación y posterior visita del monarca Fernando I al Reino de
Valencia 6. Reacción del conde de Urgell y de sus partidarios.
1
I
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA SUCESORIO DE MARTÍN I
EL HUMANO
Una serie de acontecimientos históricos van a determinar el problema sucesorio de rey
Martín I el Humano en el casal de la Corona de Aragón al ir extinguiéndose
paulatinamente su dinastía y plantearse un vacío de poder legal.
El monarca Martín el Humano (1356-1410) era hijo de Pedro el Ceremonioso y de su
tercera mujer Leonor de Sicilia. Heredó el trono al fallecer su hermano el rey Juan I sin
descendientes varones. Casó en primeras nupcias con María de Luna, que había nacido
en Segorbe, con la que tuvo cuatro hijos: Martín el Joven, Jaime, Juan y Margarita; todos
murieron antes que el propio monarca. Solamente don Martín, el primogénito, sobrevivió
a la infancia.
La muerte de su primera esposa, la reina María de Luna, el 28 de diciembre de 1406 en
Villarreal cuando se dirigía a la Cartuja de Vall de Cristi aconsejaron al “Consell de
prohoms” a solicitar al Monarca, a pesar de su delicada salud, que contrajera un nuevo
matrimonio con Margarita de Prades, dama de la corte de la difunta María de Luna, hecho
que aconteció el 17 de septiembre de 1409, sin que esta reina le proporcionara hijos. La
ceremonia la ofició el dominico valenciano Vicente Ferrer y fue bendecida por el papa
aragonés Benedicto XIII. El monarca Martín el Humano faltaría el 31 de mayo de 1410,
a la edad de cincuenta y cuatro años, tras quince de reinado.
La única esperanza de que perseverase la dinastía se la podía haber proporcionado su hijo
Martín el Joven que contrajo matrimonio en 1390 con María de Sicilia. De este enlace
nació un hijo llamado Pedro, pero falleció a temprana edad. En 1400 murió su esposa.
Martín el Joven tuvo un hijo natural con la noble siciliana Tarsia Rizzari que nació en
1407, y consecuentemente era nieto del Rey. Su nombre era Fadrique o Federico de Luna
y fue trasladado a la Corona de Aragón para ser educado, pero no encontró apoyo político
ni jurídico suficiente para ser elegido Soberano de la Corona de Aragón, por ser hijo
ilegítimo. Se quedó solamente en candidato. El mismo monarca Martín I el Humano había
intentado legitimar a su nieto, pero no lo consiguió.
Tumba de Martín I el Humano en el Monasterio de Poblet
2
Claustro gótico de la Catedral de Segorbe. La reina María de Luna, primera esposa de Martín el Humano
había nacido en Segorbe (fotografía año 2012)
Escultura de María de Luna en Segorbe. La inscripción recoge el siguiente texto: “Yo María de Luna,
Señora de Segorbe y Reina de Aragón, en este año de 1401 otorgo a mi ciudad y a perpetuidad los
derechos del agua del río Palancia en la cantidad que pueda pasar por una barchilla” (2012)
3
Restos arquitectónicos de la Cartuja de Vall de Christi en Altura. Capilla de San Martín (2012)
Catedral de Huesca, diócesis de donde era obispo el morellano Domingo Ram, representante por Aragón
en el Compromiso de Caspe (2007)
4
Con fecha de 24 de enero de 1410 el monarca Martín I el Humano dirigió una carta “a
los nobles, amados y fieles vasallos, los diputados del General del Reino de Valencia”
expresando su preocupación por el temor de fallecer sin descendencia, y dispuso que una
Junta constituida por representantes de la Corona de Aragón decidiera, en tal supuesto, la
sucesión de la Monarquía. Después de bastantes vicisitudes e intentos de convocatoria de
los estamentos del Reino de Valencia, la muerte le llegó sin dejar resuelta la cuestión
sucesoria, legando la Corona “a quien correspondiese en justicia”.
El rey Martín I había pretendido elegir por sí sucesor, pero después de escuchar los
dictámenes elaborados por los jurisconsultos nombrados por las Cortes, y estimaran que
era un contrafuero y mostraran su oposición, atendió las consideraciones planteadas,
desistiendo de su propósito. El óbito hizo que se originase el período denominado
“Interregno” que abarca desde el año 1410 al 1412, fecha en que se proclamó la elección
del nuevo Monarca en la Corona de Aragón.
Efigie de Martín I el Humano en los Privilegios de la Cartuja de Vall de Christi, localizada en la población
de Altura (Castellón). Primer tercio del siglo XV. Ilustración de la familia valenciana de los Crespí.
Biblioteca de Cataluña, manuscrito 947
5
Ya en el lecho mortuorio una comisión presidida por el “conseller” de Barcelona Ferrer
de Gualbes se presentó ante el Monarca y, después de solicitarle que exhortara a la paz
entre sus territorios, le formuló la siguiente pregunta: “¿Senyor, plau-vos que la successió
dels dits vostres regnes e terres, après obte vostre, pervinga a aquell que, per justícia,
deurà prevenir, e que'n sia feta carta pública?"1 A dicha pregunta el Monarca respondió
“Hoc”, es decir, sí.
La muerte en el verano de 1409 de su hijo Martín el Joven en Sicilia y la del rey Martín
el Humano el 31 de mayo de 1410, sin descendencia, plantean el problema de su sucesión
en la Corona de Aragón al dejar un vacío del poder legal2.
El Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim anota la noticia de la muerte del rey Martín
en los siguientes términos.
E en l’any de M. CCCC. X., lo darrer dia de mag, a XI hores del dia, mori lo rey don
Marti, pare del rey en Marti de Cecilia; e mori en Barcelona, en lo monestir de
Valdonzela. E la terra e regnes romangueren sens primogenit e sens hereter, e totes les
terres e regnes e gens restaren ab molt gran[s] congoxes e tribulacions e grans
bandositats3.
El 3 de junio de 1410 el Manual de Consells de la ciudad de Valencia constata una
manifestación de duelo por la triste noticia de la muerte del señor rey don Martín.
Com los honorables jurats haguessen reebuda letra d’en Johan Trullols, sindich de la
Ciutat de Valencia en la Cort Reyal, de nova molt cruel de la mort del molt alt senyor
rey en Marti, el qual havia finat sos dies en Barchinona, de la qual mort ells e tota la Ciutat
foren provocats a dolor, plors e gemechs, e no sens rao, veents-se privats de tal rey e
senyor, morint sens fills e hereter (…)4.
El 4 de junio de 1410 el Manual de Consells de la villa de Villarreal registra que se
compren vestidos de luto por la muerte del monarca don Martín.
Fon acordat per lo dit honrat Consell que, com lo molt alt e molt victorios senyor en Marti
rey d’Arago fos passat de aquesta vida present e finis sos dies, que per dol de la mort del
dit senyor fossen vestits de draps de manegues, segons es acostumat vestir per les morts
dels altres reys e senyors passats (…) e que lo dit drap de manegues del que seran vestits
los damunt dits fos comprat e pagat de diners de la universitat de la dita Villa5.
1
A.C.A. Cavallers. Procesos de Corts, 18, fols. 1057vº-1059rº. O bien, Colección de documentos inéditos
del Archivo de la Corona de Aragón, ts. I-III. Cuad, LXI. Documento de 30 de mayo de 1410.
2
Para una semblanza biográfica del monarca Martín I el Humano, cfr. GÓMEZ BAYARRI, J. V., “Martín
I el Humano”. Reyes forales del Reino de Valencia. Valencia, 2000, pp. 223-239 y GARCÍA HERRERO,
Mª C., “Martín I”. Los Reyes de Aragón. Zaragoza. 1993, pp. 135-141.
3
Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D.
CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “De la mor[t] del rey en Marti”, p. 110.
4
A.M.V. Manual de Consells, t.A-24, fol.238. Documento recogido por ROCA TRAVER, F., y FERRER
NAVARRO, R., Historia de la Cultura Valenciana (1401-1499). Documentos para su estudio. Vol. II. Real
Academia de Cultura Valenciana. Valencia, 2004, doc. 1257, p. 475.
5
A.M. de Villareal. Manual de Consells, 6, fol. 9. Documento recogido por ROCA TRAVER, F., y
FERRER NAVARRO, R., op.cit, doc. 1258, p. 475.
6
Códice de vitela conservado en la Catedral de Segorbe. Fechado en 1405. En él se constatan confirmados
los privilegios que tenía la Cartuja de Vall de Christi, siendo Martín el Joven rey de Sicilia. El códice
presenta una miniatura inicial con la figura del rey Martín. Aparece vestido con una túnica y ataviado con
corona, cetro y bola del mundo
Códice fechado en 1404. Carece de miniaturas, aunque presenta algunas iniciales decoradas en rojo, azul
y violeta. Conservado en la Catedral de Segorbe
7
II
EL PERÍODO DE “INTERREGNO” (1410-1412). LA CUESTIÓN
DINÁSTICA
Con la muerte de Martín el Humano sin designar a su sucesor se inicia el período de
“Interregno” y se celebran la Concordia de Alcañiz y el Compromiso de Caspe6.
A. La Concordia de Alcañiz
Desde el castillo de Peñíscola el papa Benedicto XIII remitió una carta a los parlamentos
de los Estados de la Corona de Aragón instándoles a que buscaran una solución al
problema suscitado y propuso que en vez de celebrar un Parlamento General se reunieran
solamente unos cuantos hombres entendidos en leyes para que decidieran por todos. A la
misiva se le adjuntó una bula papal que recogía el nombramiento de un procurador suyo
con facultades ejecutivas que era Francisco de Aranda.
El 15 de febrero de 1412 los representantes de Aragón y Cataluña firman la Concordia de
Alcañiz. En ella se reguló en 28 capítulos el procedimiento a seguir en la elección del
nuevo monarca. Los notables allí convocados deliberaron sobre la personalidad y
derechos de los candidatos, se establecieron los plazos de elección que no debían pasar
de los dos meses a contar del 29 de marzo y la posibilidad de conceder una prórroga.
También decidieron que el lugar de reunión del Compromiso debía ser la villa aragonesa
de Caspe. El mismo día 15 de febrero llegaban a la villa de Alcañiz los representantes
valencianos enviados del parlamento reunido en Vinaròs con las credenciales
correspondientes para ratificar los acuerdos que habían tomados. Un día después, los
embajadores Pedro Puyol, Juan Gascó y Pedro Catalá se adhirieron a lo establecido, sin
que los valencianos hubiesen colaborado en la redacción de las condiciones dispuestas en
la Concordia. También sintieron que no estuvieran presentes los embajadores del
parlamento de Traiguera que se había desplazado para reunirse en Morella. Los
representantes catalanes asumieron la representación de los mallorquines.
La Concordia de Alcañiz constituye un jalón e hito singular en el proceso del desarrollo
de Caspe. Marcó las pautas de las acciones que consideraban eran necesarias para
escuchar los razonamientos de los aspirantes al trono de la Corona de Aragón, se
analizaron los argumentos que argüían cada uno de ellos y se siguieron los pasos del
desarrollo del proceso7.
La voluntad de la unidad de la Corona de Aragón se plasmó en dos documentos esenciales
que determinaron el proceso de la solución de la cuestión sucesoria: la Concordia de
Alcañiz y el Compromiso de Caspe. Ambos documentos plasman las meditadas
negociaciones y la voluntad de entendimiento, y se firmaron sin votos particulares. El
consenso, la concordia y el compromiso de los intervinientes permitieron alcanzar la
6
Cfr. La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el Compromiso de
Caspe. Congreso celebrado en Zaragoza y Alcañiz los días 24,25 y 26 de noviembre de 2010. Director
científico Ángel Selma Muñoz. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011.
7
SELMA MUÑOZ, A., La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el
Compromiso de Caspe. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011, pp. 146-158.
8
mejor solución para el Interregno y definen la voluntad de los compromisarios para cerrar
el problema de la sucesión de Martín el Humano8.
Folios del facsímil de la Concordia de Alcañiz
ADZ (Archivo de la Diputación de Zaragoza). Archivo del Reino de Aragón, ms.669 ff. 316vº 326vº.
Este folio es el 316 vº.9
8
LALIENA CORBERA, C., y MONTERDE ALBIAC C., En el sexto centenario de la Concordia de
Alcañiz y el Compromiso de Caspe. Coordinador J. A. SESMA MUÑOZ. Gobierno de Aragón. Zaragoza,
2012, p. 6.
9
LALIENA CORBERA, C., y MONTERDE ALBIAC C., En el sexto centenario de la Concordia de
Alcañiz y el Compromiso de Caspe. Coordinador J. A. SESMA MUÑOZ. Gobierno de Aragón. Zaragoza,
2012. La publicación recoge una Introducción donde se exponen las “Razones para una conmemoración”.
El bloque 1 lo dedica a la Concordia de Alcañiz. Tiene tres apartados: I. El acuerdo de Alcañiz, II. El
9
ADZ. Archivo del Reino de Aragón, ms.669 ff. 316vº 326vº. Este folio es el 321 rº.
documento y su transcripción y III. Traducción. El bloque 2. Acta del Compromiso de Caspe. También
tiene 3 apartados: I. La unanimidad de una decisión, II. Transcripción del documento y III. Traducción. El
bloque tres. Recoge el Epílogo “Fernando I y el restablecimiento de la línea dinástica de la Casa Real de
Aragón”. El bloque cuatro es una Homenaje a la familia Ram Viu que facilitó el acta original del
Compromiso de Caspe para su trascripción y edición.
10
ADZ. Archivo del Reino de Aragón, ms.669 ff. 316vº 326vº. Este folio es el 326 vº.
11
Gimeno Blay en El Compromiso de Caspe. Diario de un Proceso comenta los 28
capítulos de la Concordia de Alcañiz. Concretamente en el I se recoge lo siguiente:
Los síndicos y procurados de los Parlamentos dan comienzo a la exposición del
articulado de la Concordia con la declaración institucional que con esta o con cualesquiera
otras actuaciones futuras, no se proponen perjudicar o derogar los fueros, constituciones,
usos, costumbres, observancias, “usatges”, privilegios, libertades y otros derechos
competentes al Reino de Aragón y al Principado de Cataluña, a los estados, a los brazos
y a las personas que lo integran. Consienten, además, por los acuerdos alcanzados, que
ninguna de las partes pueda adquirir derecho alguno en perjuicio para la otra parte; se
comprometen, asimismo, a que cada una de las partes se mantenga en sus fueros y
costumbres, los mismos de los que disponía con anterioridad a la firma de los acuerdos;
la elección de una vía procedimental no supone la renuncia expresa a otra, a la cual podrán
volver libremente. Proclaman, finalmente, que el cumplimiento de los capítulos y lo que
en ellos se contiene se regirá según lo acordado en la estipulación quinta de la
Concordia10.
En el capítulo V, entre otras cuestiones, se señala:
Los acuerdos alcanzados en la capitulación quinta resultan de sumo interés y relieve. Los
procuradores representantes de los Parlamentos del Reino de Aragón y del Principado de
Cataluña otorgan, confieren a las Nueve Personas –cuyos números y nombres acordaron
los Parlamentos durante los 20 días siguientes (de quibus dicta Parlamenta concordabunt
infra XX dies a die firme presentium capitulorum in ante continue computandos) la
responsabilidad y potestad para investigar y publicar el nombre del rey, según justicia y
sus conciencias al que los súbditos reconocerán como tal y prestarán fidelidad. Se regula
también el régimen de votación. Y se determina que el resultado alcanzado, fuese por
unanimidad o por mayoría, se presentará y se tendrá por “justo, válido y firme”11.
Los acuerdos tomados y reflejados en la Concordia constituyeron la base esencial del
proceso de elección. En ella se concreta el procedimiento y poderes otorgados a la
comisión de nueve miembros que debían resolver la cuestión jurídica y política de la
cuestión sucesoria, bien por unanimidad - in concordia - o en su defecto por mayoría
cualificada, en tal supuesto se puntualiza: - in quibus sex (…) sit unus de dictis tribus
primis, et alter de dictis tribus secundis, et alter de dictis tribus ultimis -. Lo que suponía
que el monarca electo debía tener al menos un voto de cada uno de los tres territorios
representados en Caspe.
10
GIMENO BLAY, F. M., El Compromiso de Caspe (1412). Diario del Proceso. Fuentes Históricas
aragonesas, 63. Institución “Fernando el Católico” (CSIC). Diputación de Zaragoza, 2012, p. 52.
11
GIMENO BLAY, F. M. op. cit. pp. 53-54. La Concordia de Alcañiz estipula en latín “per justiciam
secumdum Deum et eorum consciencias habere debeant et teneantur”.
12
Por su importancia, ya en 1947, mereció un erudito estudio de M. Dualde Serrano, en el
que se pasa revista a la historiografía sobre el Compromiso de Caspe, desde el siglo XVI
al XX12.
B. El Compromiso de Caspe
El Interregno de dos años y la celebración del Compromiso de Caspe brindaron al
aragonés Papa Luna- Benedicto XIII- la ocasión de volcarse en intentar solucionar las
divisiones entre los partidarios de los aspirantes a ocupar el trono y los problemas
jurídicos que originaron la cuestión sucesoria, sin que su intervención fuera directa y
personal, pero sí pudo ser influyente. A. Selma y C. Laliena han señalado que “es fácil
ser cínico retrospectivamente y sugerir que la elección estuvo condicionada desde el
principio por el bando finalmente vencedor, que estaba detrás del candidato más fuerte;
o por la soterrada apoyatura de Benedicto XIII, que colocó a varios de sus hombres de
confianza entre los compromisarios”13.
El criterio que se siguió para la elección de los compromisarios fue que cumplieran unos
requisitos: expertos en leyes, hombres de sentimiento religioso, y que estuvieran alejados
de ambiciones sociales. Estas condiciones jurídicas, morales y sociales indujeron a los
designados a pensar en elegir al más idóneo aspirante que preservara la unidad de la
Corona de Aragón y que fuera un monarca responsable.
ÁRBOL GENEALÓGICO DE LOS PRETENDIENTES A LA CORONA
12
DUALDE SERRANO, M., La Concordia de Alcañiz. Instituto Nacional de Estudios Jurídicos, Madrid,
1947, pp. 270-284.
13
SELMA MUÑOZ, A., y LALIENA CORBERA, C., Las elites políticas de Aragón durante el Interregno
y el Compromiso de Caspe”. La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y
el Compromiso de Caspe. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011, p. 190.
13
Árbol genealógico de los aspirantes al trono a la muerte de Martín I el Humano.
Recogido en unas Actas de 1848
La Corona de Aragón, expresamente, carecía de ley de sucesión. Al Monarca, ya en las
últimas horas de su vida, le pareció acertada la sugerencia del “conceller” catalán Ferrer
Gualbes, proponiendo que la sucesión de la Corona recayese en el pariente más próximo
que corresponda en derecho14.
14
En un principio los pretendientes con derecho al trono fueron:
1. Luis, duque de Calabria, hijo de Violante, que a su vez fue hija de Juan I y esposa del duque de Anjou,
rey titular de Nápoles.
2. Federico o Frederic de Luna, nieto bastardo del rey Martín I el Humano, por ser hijo natural de su hijo
Martín el Joven de Sicilia.
3. Fernando de Antequera, hijo de Leonor y nieto del rey Pedro IV el Ceremonioso de la Corona de Aragón.
4. Jaime, conde de Urgell, hijo de Pedro de Urgell, casado con Isabel de Aragón y Fortiá, que era hija del
rey Pedro el Ceremonioso.
5. Alfonso, duque de Gandía y conde de Ribagorza y Denia, nieto del rey Jaime II, hijo del infante don
Pedro, conde de Ribagorza y hermano del rey Pedro el Ceremonioso. El duque de Gandía ya había fallecido
el 6 de marzo, y por ello, la carta por la que se le convocaba a Caspe como parte interesada en la sucesión
fue entregada a su hijo Alfonso “el joven”. El testimonio de la entrega de la carta en A.C.A, Cancillería,
Procesos de Cortes, 23, folio 2087r-v. El nuevo duque de Gandía escribe el 18 de marzo a los nueve
compromisarios de Caspe informando haber recibido la carta de convocatoria y presentando a los cinco
mensajeros que envía para defender su candidatura, y que estos mensajeros entregan en Caspe el 18 de abril
(Ibid. folios 2112r-2113r). Consecuentemente, el nuevo duque de Gandía, Alfonso, hijo del anterior duque
de Gandía, sustituyó a su padre y presentó candidatura.
6. Juan, conde de Prades y hermano del primer Alfonso duque de Gandía. Nieto del rey Jaime II, hijo del
infante don Pedro, conde de Ribagorza.7. Isabel de Aragón y de Fortiá, hermana (de padre) del rey Martín
I e hija de Pedro IV el Ceremonioso y de su cuarta esposa Sibila de Fortiá. Su condición femenina hizo que
se le desechara como candidata al trono. Estaba casada con otro aspirante, el conde de Urgel, y presentó
sus derechos independientemente de su cónyuge.
14
Los siete pretendientes que podrían tener alguna aspiración para optar al trono de la
Corona de Aragón, dado el grado de parentesco, pronto se reducirían a cinco: Luis, duque
de Calabria; Fadrique o Federico, conde de Luna; Fernando, infante de Castilla; Jaime,
conde de Urgell; y Alfonso, duque de Gandía. Ante estas alternativas se dilucida que
opción se elige para solucionar el problema: la entronización de Fadrique, nieto bastardo
de don Martín, una vez legitimado; o la solución política, que optaba por la elección del
candidato de mayor derecho.
Las discusiones se centraron en la posibilidad de aceptar o no aceptar que la línea
femenina de la dinastía podía trasmitir los derechos sucesorios. En el primer supuesto, y
teniendo en cuenta el derecho aragonés y de acuerdo con el testamento de Jaime I,
Fernando de Antequera y Luis de Anjou eran candidatos legales. En caso negativo, los
aspirantes mejor posicionados eran Jaime de Urgell y Alfonso duque de Gandía. Los
derechos de Fadrique quedaban descartados por ser hijo ilegítimo.
Mientras se planteaba y resolvía el problema sucesorio el temor a una guerra civil estaba
justificado. La sociedad de los diversos territorios de la Corona de Aragón estaba dividida
en bandos que apoyaban a Fernando de Trastámara o bien al conde de Urgell, llegando a
reunirse en parlamentos opuestos. Los aragoneses, partidarios de los Trastámara, se
reunieron en Alcañiz, mientras que los urgelistas lo hicieron en Mequinenza; los catalanes
se reunieron en Momblach y después en Barcelona, y a fines de 1411 se trasladaron a
Tortosa en busca de la cercanía de los parlamentos de Aragón y de Valencia15.
La iniciativa del obispo Hugo de Lupia y Bagés en Valencia para reunir a los bandos
enemistados resultó infructuosa. Los valencianos no llegaron a un acuerdo en principio,
desdoblándose el Parlamento: el “Parlament de dins” se reunió en el Palacio del Real, y
representaba la autoridad y la justicia; y el “Parlament de fora”, en Paterna, que tenía la
consideración de una junta rebelde, trasladándose posteriormente, el primero, que agrupó
a los Vilaragut, a Vinaròs y el segundo, que reunió a los Centelles, a Traiguera y
posteriormente a Morella16.
Habían renacido los poderosos bandos de los Luna y los Urrea en Aragón; los Centelles
y los Vilaragut en Valencia17. Los sicilianos pretendían proclamar Rey al nieto bastardo
CANELLAS ANOZ, B., “Actas de los parlamentos de Cataluña y Aragón tras la muerte de Martín el
Humano y del Compromiso de Caspe y elección de Fernando de Antequera”. La Corona de Aragón en el
centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el Compromiso de Caspe. Congreso celebrado en
Zaragoza y Alcañiz, los días 24,25 y 26 de noviembre de 2010. Director científico Ángel Selma Muñoz.
Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011, pp. 11-40.
16
Las Cortes se reunían por convocatoria del Monarca o, en su caso, del Lugarteniente. Cuando no se
procedía así y los representantes de los estamentos celebraban asamblea por motivos extraordinarios recibía
el nombre de “Parlamento”.
17
Los conflictos entre familias nobiliarias eran frecuentes en la sociedad medieval. Las rivalidades acaban,
en ocasiones, en enfrentamientos urbanos. En Valencia, las disputas entre los Centelles y los Soler en el
reinado de Martín I el Humano nació de unas diferencias entre Jaime Soler y Gonzalo Díaz, amigo del
linaje de los Centelles. En el año 1403 Gilabert de Centelles hirió de muerte a Jaime Soler. Este hecho hizo
que el bando de los Vilaragut apoyara la causa de los Soler. En el combate de Llombay fue muerto Eimeric
de Centelles. Unos años más tarde, en 1405 el enfrentamiento se produjo en la calle del “Palau” de la ciudad
de Valencia. En 1407 fue muerto el Gobernador Boïl. Estos enfrentamientos obligaron al Monarca y al
dominico Vicente Ferrer a intervenir para apaciguar los ánimos y frenar las “bandositats”. El linaje de los
Vilaragut ganará fuerza y protagonismo, y sustituirá a los Soler en el período de Interregno en las
rivalidades nobiliarias del Reino de Valencia.
15
15
de Martín el Humano, Fadrique de Luna. Mallorca y Cataluña gozaban de una
tranquilidad relativa.
En el Reino de Valencia, los Centelles tenían el apoyo de la nobleza y preferían la opción
del Trastámara, Fernando de Antequera; los Vilaragut, que se sentían respaldados por la
clase popular, mayoritariamente, preferían al conde de Urgell. Ambos bandos
representaban el antagonismo, “grosso modo”, del elemento aristocrático y popular
respectivamente y pretendían proclamar a su pretendiente a cualquier precio 18. Es un
tópico historiográfico mantener que en el Reino de Valencia el pueblo llano, capitaneado
por el bando de los Vilaragut y por el gobernador Arnaldo de Bellera, era plenamente
urgelista.
En el verano de 1411 la guerra entre los dos bandos nobiliarios estaba servida y dificultaba
la elección del rey, vía parlamentaria. El papa Benedicto XIII, el dominico valenciano
Vicente Ferrer y el primer obispo de la diócesis de Valencia en el siglo XV Hugo de
Lupiá y Bagés intervendrán para pacificar a los Centelles y a los Vilaragut y frenar los
enfrentamientos, sin conseguirlo.
El antagonismo originó un enfrentamiento civil, en el que, aparte de los bandos existentes
en la ciudad, intervendrán don Jaime de Urgell y don Fernando de Antequera. Una batalla
decidió la contienda a favor del infante de Antequera. Muerto el gobernador Arnaldo de
Bellera, nombrado por el rey don Martín, que apoyaba la causa del conde de Urgell, el
elemento aristocrático valenciano preparó el terreno para que la fórmula del derecho
confirmase en Caspe la victoria obtenida en los campos de Morvedre el 27 de febrero de
1412.
En lo dit any MCCCCXII disapte, apres mig jorn, a XXVII de febrer, fonch vençuda la
host de Valencia per mossen Bernat de Centelles e cavalls de Castella e de Valencia e
gent de Morvedre, hon mori en Guillem de Bellera, visrey de Valencia, e foren morts mes
de M homens de Valencia e molts presos qui s’agueren a rescatar, la batalla fonch prop
la mar, entre Morvedre e Puçol, al Codolar19.
Tras la derrota de Codolar y la muerte de Guillem de Bellera, gobernador de Valencia, el
bando de los Vilaragut quedó diezmado, y limitada la capacidad de los seguidores del
conde de Urgell en esta confrontación sangrienta.
18
Para un análisis de las rivalidades y enfrentamientos de los bandos en el Reino de Valencia, cfr.
CARRERES I ZACARÉS, S., Notes per a la historia dels bandos de Valencia. 2. Vols. Valencia, 1930, y
el artículo de NARBONA VIZCAINO, R., “Las elites políticas valencianas en el Interregno y el
Compromiso de Caspe” La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el
Compromiso de Caspe. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011, pp. 191-232.
19
Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D.
CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Camp de Morvedre”, p. 112. A. Chabret Fraga describe como
se desarrolló la batalla. “Resentidos los Centelles de que el conde de Urgell se había echado en brazos de
los Vilaragut, se declararon abiertamente por don Fernando de Castilla, y pidiéronle un refuerzo de tropas
(…) Unidos los Centelles con las tropas aragonesas y castellanas, cuyo número ascendía a trescientos
cincuenta caballos, situáronse en los campos de Burriana para impedir el paso de las tropas del de Urgell,
a las que trataba de unirse el gobernador Bellera(…) Trabada la pelea, ambos partidos lucharon con
extraordinario valor, pero las huestes de Valencia fueron arrolladas en toda la línea y muerto el gobernador
Bellera con grandes pérdidas (…) Tal fue la batalla que el 27 de febrero de 1412 llenó de consternación y
de espanto a Valencia, y decidió la victoria del bando que favorecía al infante don Fernando de Antequera”.
CHABRET FRAGA, A., Sagunto. Su Historia y sus monumentos. Tomo. I. Barcelona, 1888, pp. 307-309.
16
La noticia de la derrota y muerte del Gobernador cubrió de luto y desánimo la ciudad de
Valencia por el número de víctimas que perecieron en el combate y por el desenlace que
se preveía en la vida política del Reino. Los Centelles entraron en la ciudad y dominaron
en poco tiempo diversos pueblos, no sin vencer la resistencias de los partidarios de los
Vilaragut que lograron vencer a los Centelles el 24 de abril de 1412, en las cercanías de
Castellón, y tomarse cierta revancha.
Después de la batalla de Morvedre los Centelles convocaron en la ciudad de Valencia una
asamblea que tuvo carácter de Parlamento, al que asistieron vencedores y vencidos, y
representantes de las clases privilegiadas y del estado llano. Allí se dispuso que en el
Reino de Valencia no hubiera dificultades para la declaración de la proclamación del
nuevo rey de la Corona de Aragón.
Descartada la solución política, se limitaron las alternativas a dos pretendientes: Fernando
de Antequera y Jaime de Urgell. Ante el mal cariz que tomaba la situación, tuvo lugar la
Concordia de Alcañiz, con el acuerdo de los parlamentos aragonés y catalán, y la adhesión
del de Valencia. Posteriormente se adoptó el compromiso de reunirse en la villa de Caspe
para elegir el candidato a la Corona. Cada uno de los territorios representados de la
Corona de Aragón debía designar a tres compromisarios plenipotenciarios. El Reino de
Mallorca, el Rosellón y las posesiones feudatarias de Córcega, Cerdeña y Sicilia, por
motivos diferentes, no tuvieron delegación personal en el Compromiso de Caspe. Los
designados fueron: por Aragón, el obispo de Huesca, Domingo Ram, natural de Morella;
Francisco Aranda, religioso de la Cartuja de Porta-Coeli y natural de Teruel y el
jurisconsulto Berenguer de Bardají; por Cataluña, el arzobispo de Tarragona, Pedro de
Sagarriga, el jurista Guillem de Vallseca y el consejero de Barcelona, Bernat de Gualbes,
y por Valencia, el prior de la Cartuja de Porta-Coeli Bonifacio Ferrer, su hermano el
dominico fray Vicente Ferrer y el jurista Giner de Rabasa, que posteriormente sería
sustituido por micer Pedro Beltrán, todos naturales de la ciudad de Valencia.
Las negociaciones para elegir a los compromisarios de Caspe no fueron fáciles. Algunos
pretendientes estimaron que ciertos jueces podían ser parciales. El día 13 de marzo se
produjo la votación para designar a los nueve jueces que tenían que proclamar al nuevo
Monarca. Fueron aceptados por unanimidad los valencianos Vicente Ferrer y Giner de
Rabasa; los catalanes Pedro Sagarriga y Guillem de Villaseca, y el aragonés Pedro de
Aranda. Los otros electos fueron por mayoría, a excepción de Bonifacio Ferrer, pero el
embajador aragonés hizo una defensa de su persona y terminó siendo aceptado.
Se había llegado al acuerdo que los Parlamentos de Aragón, Cataluña y Valencia
nombrasen a las nueve personas que tenían que ser nominadas, con la condición de que
“todas ellas fuesen elegidas por todos los Parlamentos; y cada una por todos”. A los
compromisarios les fueron trasferidos plenos poderes y facultades para obrar en
consecuencia.
Los Parlamentos de los tres territorios representados continuaban reuniéndose mientras
los compromisarios electos celebraban sesiones en la villa de Caspe
17
Los nueve miembros electores del Compromiso de Caspe. De izquierda a derecha: 1. Bonifacio Ferrer,
2. Vicente Ferrer, 3. Francisco de Aranda, 4. Pedro Beltrán, 5. Berenguer de Bardají, 6. Pedro Sagarriga,
7. Bernat de Gualbes, 8. Domingo Ram, 9. Guillem de Vallseca.
En la Concordia de Alcañiz se puso la condición que para que la sentencia tuviera validez
era necesario reunir un mínimo de seis votos a favor y que procediera al menos uno de
cada uno de los tres territorios representados.
El Dietari documenta la permanencia durante 60 días en la villa aragonesa de Caspe de
los nueve compromisarios y el día de la elección del nuevo Monarca.
En lo dit de M. CCCC. XII., foren aquestes dits VIIII diputats e[n] la villa de Casp, e
estagueren LX diez en la eleccio; e digous, a XXVIIII de juny, dia de sent Pere e de sent
Pau, fonch declarat l’infant don Ferrando per rey e per senyor, lo qual hera (sic) germa
del rey de Castella, mort, e honcle del rey regnant de Castella20.
Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D.
CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Vila de Casp”, p. 113.
20
18
Retablo cerámico que representa la figura de Vicente Ferrer intentado pacificar los enfrentamientos entre
los bandos de los Vilaragut y los Centelles. Obra de Jaime de Scals (2012)
Durante dos meses se celebraron reuniones para buscar solución al problema sucesorio.
Las sesiones eran prácticamente diarias, comenzaban al amanecer con asistencia a misa
e invocando la intercesión del Espíritu Santo. Se escuchaban los argumentos expuestos
por los representantes de cada candidato21, se debatían o deliberaban ideas, los
21
Un ejemplo de la labor que hacían los representantes de los candidatos nos lo ofrece la designación del
obispo de Segorbe don Fray Juan de Tahust para defender los derechos sucesorios de don Fadrique o
Federico de Luna. Este obispo rigió el obispado entre 1410 y1427. Poco después de tomar posesión se
desplazó al monasterio de Valdoncellas y ante el monarca don Martín I ya en estado agonizante hace una
19
compromisarios preguntaban a los embajadores las dudas suscitadas sobre la
justificación exhibida para defender a su aspirante. Las sesiones eran secretas.
Posteriormente se pasó a una segunda fase, cuyo objetivo era conocer la opinión y
argumentos de cada uno de los propios compromisarios propuestos para elegir Monarca.
El 24 de junio de 1412, reunidos en sesión secreta en Caspe, tomó la palabra, en primer
lugar, el dominico valenciano Vicente Ferrer. Su protagonismo fue determinante para
acabar con el problema planteado. Su sensatez de juicio y su persona suscitaban un gran
respeto. En el castillo de Caspe hizo una defensa clara de los derechos sucesorios del
infante Fernando de Castilla, que por ser nieto del rey don Pedro el Ceremonioso, padre
del fallecido Martín I el Humano, era el pariente más próximo de matrimonio legítimo. Y
declaró que en justicia y en conciencia, los parlamentos, súbditos y vasallos de la Corona
de Aragón debían prestarle fidelidad.
Su razonamiento a favor del candidato castellano de la dinastía Trastámara fue
compartido por los tres representantes aragoneses, por su hermano, Bonifacio Ferrer y
por el catalán Bernat de Gualbes, que durante el interregno había pertenecido al brazo
real del parlamento, como síndico de la ciudad de Barcelona. Es decir, seis votos a favor
de Fernando de Antequera, pues los otros dos representantes catalanes no se inclinaron
solemne promesa, la de constituirse en curador y protector del huérfano y desvalido don Fadrique o Federico
de Luna, nieto del rey don Martín. Fallecido el Monarca el 31 de mayo de 1410, don Federico fue trasladado
al castillo de Segorbe, bajo la tutela de los tres procuradores que había nombrado el mismo Rey: Fray Juan
de Tahust, Vidal de Blanes y mosén Antonio de Torrelles, tres personajes que habrían de desempeñar un
papel destacado durante el período de interregno. Había conciencia generalizada que de todos los
pretendientes al trono uno de los que menos posibilidades tenía era el nuevo señor de Segorbe, Fadrique o
Federico de Luna. Firmada en Alcañiz la Concordia por los representantes de Aragón y Cataluña el 15 de
febrero de 1412 - el Reino de Valencia se adheriría a ella - por la que se acordaba los nombramientos de
nueve compromisarios para que reunidos en Caspe escucharan durante dos meses los alegatos de los
distintos pretendientes, el propio Parlamento de Cataluña envía una misiva el 24 de febrero de 1412 a don
Fr. Juan de Tahust notificándole los acuerdos adoptados y exhortándole a que defendiese los derechos del
regio infante mediante el nombramiento de abogados y procuradores: “(…) per ço nosaltres exortam vostra
reverend paternitat, en custodia de la qual lo egregi don Frederich, comte de Luna, es o esta, que lo pretes
dret del dit don Frederich en la sucessio dels regnes e terres de la dita real Corona d’Arago prosseguiscats
e prosseguir façats per sufficients procuradors e advocats”. LLORENS RAGA, P.L., Episcopologío de la
diócesis de Segorbe-Castellón. Tomo II. C.S.I.C. Madrid, 1973. Parte Documental. Núm. 46, p. 696.
(Archivo de la Corona de Aragón, Proc. de Cort., V. XIX).El 30 de marzo de 1412 el Manual de Consells
de la ciudad de Valencia recoge que Fadrique de Aragón, nieto bastardo de don Martín, pretendiente a
ocupar el trono de la Corona de Aragón, encarece al Consell de Valencia que le preste ayuda para la defensa
de sus derechos sucesorios en el Compromiso de Caspe: “Mes avant, a ço que demana per letra tramesa a
la Ciutat e Consell per don Frederich d’Arago que li sien administrats advocats e procuradors per demanar
lo dret de la successio de la Corana Reyal (…) e vol, que sobre aço sia scrit a tots los Parlaments dels
Regnes e terres de la Corona”. A.M. de Valencia. Manual de Consells, t. A-25, fol. 10. Documento recogido
por ROCA TRAVER, F., y FERRER NAVARRO, R., Historia de la Cultura Valenciana (1401-1499).
Documentos para su estudio. Vol. II. Real Academia de Cultura Valenciana. Valencia, 2004, doc. 1281, p.
481. De mayo de 1412 es una carta misiva del obispo segobricense don Juan de Tahust a don Bonifacio
Ferrer, prior de la gran Cartuja de Porta-Coeli y uno de los compromisarios en Caspe por el Reino de
Valencia, en la que se alude al egregio señor don Frederich: “Reverendo patri et domino domino
Boniffacio, magno priori ordinis Cartusie. Reverende pater domine et amice carissime, quondam vestram
literam recipi per Raymundum Cardona ad quam respondeo quod licet sit verum quod vos novem insignes
persones feceritis juxta requisita per Egregium Dominum Fredericum quod honeste potuistis (…)”
LLORENS RAGA, P.L., Episcopologio de la diócesis de Segorbe-Castellón. Tomo II. C.S.I.C. Madrid,
1973. Parte Documental. Núm. 47, p. 697. (Del Códice original. Archivo Capitular de Segorbe, Reg. I, 6).
20
por esta opción, y el representante valenciano Pedro de Bertrán, que hubo de sustituir a
Giner Rabasa, alegó que carecía de suficiente información para emitir juicio. Como
afirmó Joan Reglá, Fernando de Antequera obtuvo en Caspe, la unanimidad aragonesa,
la mayoría valenciana y la minoría catalana. Al apoyar la causa del Trastámara, la
burguesía catalana hizo triunfar con la nueva dinastía la formula pactista como derecho
constitucional de la Corona de Aragón, independientemente de los intereses económicos
que vinculaba a los burgueses catalanes con Fernando de Antequera por el negocio de las
lanas castellanas de la Mesta. Al conde de Urgell le faltaron condiciones políticas y fue
perdiendo el apoyo que, en un principio, le habían ofrecido un gran sector de la sociedad
civil de los Estados de la Corona de Aragón22.
Con esta decisión se da fin al interregno y se zanjaron las inquietudes que suscitaba legal
y políticamente el problema de la designación del rey de la Corona de Aragón.
La causa defendida por Vicente Ferrer había triunfado. El 25 de junio del año 1412 se
expuso el acta ante los seis notarios del conclave. En el códice del Compromiso de Caspe
se declaraba, según la traducción de la Sentencia:
(…) Vistos por tanto, el modo y forma de nuestra elección y los poderes que se
nos han otorgado, y los antedichos votos y juramento, y llevadas a cabo la
investigación, instrucción, información, conocimiento y reconocimiento a que
estamos obligados, y dados y comunicados nuestros criterios por justicia según
Dios y nuestras conciencias, y todo lo dicho examinado y considerado, teniendo
sólo a Dios ante los ojos, y a tenor de los poderes, voto y juramento predichos,
decimos y publicamos:
(…) Que los mencionados parlamentos y súbditos y vasallos de la Corona de
Aragón deben y están obligados a prestar tributo de fidelidad al ilustrísimo y
excelentísimo y poderosísimo príncipe y señor don Fernando, infante de Castilla.
Y que deben y vienen obligados a reconocer al propio don Fernando como a su
verdadero rey y señor”23.
22 REGLÁ
CAMPISTOL, J., Historia de la Edad Media. Tomo II. Barcelona, 1971, pp. 323-324.
LLORENS RAGA, P.L., El códice del compromiso de Caspe, existente en el Archivo de la Catedral de
Segorbe. Segorbe, 1968, pp. 115-117. Esta última declaración va subrayada en el códice. J. Zurita señaló
que se redactaron tres ejemplares jurídicos, uno se entregó al Arzobispo de Zaragoza, otro al obispo de
Huesca y otro a don Bonifacio Ferrer, para que cada uno lo guardase en nombre de su “Provincia”. El día
siguiente se notificó a los tres alcaydes del Castillo, pero se conservó en cerrado silencio hasta el día 28 de
junio en que se debía publicar. ZURITA, J., Anales de la Corona de Aragón. Zaragoza, 1562. Libro II, c.
787, fol. 71, col.1. El ejemplar del Archivo de la Catedral de Segorbe procede de la Cartuja de Vall de
Christi, donde Bonifacio Ferrer vivió retirado los últimos años de su vida. El Códice del Compromiso de
Caspe y apéndices conservado en el A.C.A fueron trascritos para su estudio por el medievalista M.
DUALDE SERRANO.
23
21
Acta notarial de la elección de Fernando de Antequera como rey de la Corona de Aragón
el 25 de junio de 1412. En la parte inferior del documento se reflejan las firmas de los infraescritos seis
notarios
Cartuja de Vall de Christi (XIV-XV) Altura (Castellón)
Ruinas. A la izquierda, la iglesia; a la derecha, capilla de San Martín.
El compromisario por Valencia fray Bonifacio Ferrer se retiró a esta cartuja en los últimos años de su
vida. La idea de la fundación fue del infante don Martín, futuro Martín I el Humano, señor de Segorbe
22
Cartuja de Porta-Coeli en la actualidad. Fundada en el año 1272 por el dominico fray Andrés Albalat,
confesor de Jaime I y obispo de Valencia. Fue la primera cartuja construida en el Reino de Valencia. En
ella ingresó Bonifacio Ferrer el 21 de marzo de 1392. El año 1401 fue nombrado Superior General de la
Orden
El texto del códice del Compromiso de Caspe recoge la visita de los embajadores de
Aragón, Valencia y Cataluña a los nueve compromisarios de Caspe y les agradecen la
labor realizada y hacen votos para que Dios les conceda una condigna recompensa.
(…) Estando todavía reunidos los compromisarios en el Aula Magna hicieron
acto de presencia ante ellos en primer lugar los embajadores de los reinos de
Aragón y de Valencia, y a continuación los del Parlamento del Principado de
Cataluña, todos los cuales, manifestando su satisfacción por el trascendental
hecho de la proclamación, expresaron a los nueve su profundo agradecimiento
por los trabajos llevados a cabo y por las grandes fatigas soportadas. Y, en
nombre propio y de todos los Parlamentos, ofrecieron les grandes obsequios;
haciendo votos para que al Dador de todas las gracias les concediera en el
presente y en el futuro una congrua y condigna recompensa24.
También los diputados se congratularon del trabajo realizado y les obsequiaron con toda
clase de presentes.25.
El dominico valenciano fray Vicente Ferrer fue designado para dar a conocer
públicamente el fallo de la sentencia.
24
LLORENS RAGA, P.L., El códice del compromiso de Caspe, existente en el Archivo de la Catedral de
Segorbe. Segorbe, 1968, p. 125.
25
LLORENS RAGA, P.L., op.cit., p.125.
23
El día 28 de junio se dirigieron los compromisarios desde el castillo de la población a la
plaza de la villa. El obispo de Huesca, el morellano Domingo Ram, celebró la misa y
Vicente Ferrer predicó el sermón. Finalmente se leyó la sentencia y se entonó el “Te
Deum”. Después ante la puerta de la iglesia de Santa María, izada la bandera real y
“coram populo”, el Santo valenciano proclamaba solemnemente el veredicto. Sentencia
que causó alegría entre la mayoría, no en todos, pues ciertos sectores acérrimos al conde
de Urgell no la aceptaron de buena gana. El dominico valenciano defendió su apuesta
política y refutó los argumentos de los que discrepaban de ella, y en uno de sus sermones
expresó:
“En aquell punt que yo pronuncii la sentencia de Casp totes les bandositats
cessaren”.
Un clamor de campanas sonaron en todas las iglesias de Caspe, unido a toque de
tambores, trompetas y disparos de bombardas que crearon una atmósfera de fiesta y
regocijo.
Los reinos y ciudades celebraron con públicos regocijos tan aceptada sentencia. En
particular Valencia, donde, como indica J. Teixidor, hubo tan grande alboroto y fiestas
que fue preciso mandar a los oficiales y labradores que volviesen al trabajo y cultivo de
las tierras para que no se perdiesen26.
El carisma personal de Vicente Ferrer y su fácil verbo, expresado en valenciano y en
latín, hizo que triunfara su propuesta, erigiéndose en valedor de la concordia y la paz.
Entrada triunfal del pare Vicent Ferrer en Valencia el año 1412. Retablo cerámico en el exterior de la
iglesia de San Salvador y Santa Mónica. Plaza Santa Mónica.
26
TEIXIDOR, J., (Dominico de la Orden de Predicadores) Vida de San Vicente Ferrer, apóstol de Europa.
Edición preparada por Alfonso Esponera Cerdán. O. P. Valencia, 1999. Tomo I, p. 366.
24
Pocas decisiones han sido tan determinantes para el devenir de la historia de la Corona de
Aragón. El interregno de dos años originado con la muerte de Martín el Humano había
concluido27.
El Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim registra la elección del rey don Fernando
en los siguientes términos.
En lo dit any de M. CCCC. XII., lo regne de Arago e de Valencia e principat de
Catalunya, vehent tants mals e dans, e terres e regnes sens rey e senyor ni
primogenit, de que totes les terres concordant, foren helets VIIII homens molt
notables e bons, diputats, ab poder bastant de helegir rey d’Arago e dar lo [regne]
a qui pertenya per verissima justicia28.
El 28 de junio de 1412, Vicente Ferrer proclama en la puerta de Santa María, “coram populo”,
solemnemente la sentencia del Compromiso de Caspe, acabando con el problema sucesorio suscitado a la
muerte de Martín I el Humano en 1410. Compromiso de Caspe. Oleo pintado en 1867 por Dióscoro
Teófilo Puebla Tolín, conservado en la Cámara del Congreso de Diputados de España
27
La documentación del proceso de los actos desarrollados en el Cónclave de Caspe se halla en la serie de
procesos generales de Cortes del Archivo Real de la Corona de Aragón en Barcelona. (A.C.A). Proceso
de Cortes, 22.
28
Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D.
CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Eleccio de rey”, p. 112.
25
Vicente Ferrer en el Compromiso de Caspe. Pintura mural realizada por Matarana en 1599.
Real Capilla de Corpus Christi (Valencia)
III
¿SENTENCIA AJUSTADA A DERECHO O PREVALECIERON
OTROS INTERESES Y CIRCUNSTANCIAS?
Por el carácter patrimonial de la Monarquía la única ley sucesoria son los testamentos
reales. En su defecto, a la muerte de Martín el Humano hubo que reunir el Compromiso
de Caspe.
Dos argumentos se arguyen esencialmente para defender la tesis de la elección del
aspirante Fernando de Antequera de la dinastía bastarda de los Trastámara: la legitimidad
sucesoria del Príncipe fundamentada en la solución jurídica aragonesa29y la reconocida
valía y experiencia política del candidato.
Nos preguntamos ¿fue una sentencia ajustada a derecho o primaron intereses políticos y
económicos? Cabe recordar que dos compromisarios catalanes que no dieron su voto a
don Fernando de Antequera, Pedro de Sagarriga que era arzobispo de Tarragona y el
jurista Guillem de Vallseca coincidieron en diferenciar entre justicia y utilidad, y aunque
llegaron a considerar que el candidato más idóneo para la acción de gobierno
posiblemente fuera el candidato castellano de la dinastía de los Trastámara no le dieron
su apoyo. Pedro de Sagarriga reflexionó sobre el sentido de su voto, y decidió que no
podía otorgárselo a don Fernando ya que el sistema jurídico catalán excluía la sucesión
por línea materna; consecuentemente la cuestión sucesoria para él se planteaba en elegir
entre el duque de Gandía o el conde de Urgell. Planteamiento al que se adhirió el jurista
UBIETO ARTETA, A., El Compromiso de Caspe. “Alcorces”. Tema aragonés, 11. Zaragoza, 1980, pp.
20-22.
29
26
Guillem de Vallseca, añadiendo que según su entender debía primar el derecho del conde
de Urgell sobre el del duque de Gandía.
Algunos historiadores argumentan que se votó más desde una óptica política que quizás
jurídica. En este plano, la fuerza la tenía el de Antequera. Además, en estos años, Cataluña
se veía afectada por una profunda crisis y dividida por enfrentamientos, mostrándose
débil e irresoluta ante una decisión tan determinante.
Estando reunido el parlamento en Alcañiz el jurista aragonés Berenguer de Bardají
aseveró que si no se ponían de acuerdo para elegir la persona con más derecho, los
aragoneses usarían “de su preeminencia y libertad, como aquellos que eran cabeza” y
elegirán rey. Esta declaración fue hecha el 4 de enero de 141230.
La complejidad de derechos dinásticos de los candidatos y la inclinación porque
prevaleciera la cuestión jurídica aragonesa o la catalana imposibilitaron llegar a un
acuerdo y que se diera un veredicto unánime31.
IV
LECTURAS E INTERPRETACIONES DE LA SENTENCIA DEL
COMPROMISO DE CASPE
La cuestión del Compromiso de Caspe ha apasionado, especialmente, a los historiadores
de la Corona de Aragón. La mayoría han insistido en el análisis jurídico e incidido en los
conceptos de justicia y legitimidad para defender la causa de su candidato y minusvalorar
los derechos de los otros pretendientes.
La interpretación de la sentencia del Compromiso de Caspe ha dividido a la
historiografía32. Unos historiadores han alabado y mantenido que fue una sentencia
ajustada a derecho y la más apropiada para la Corona de Aragón; otros consideran que
fue un veredicto injusto y han criticado el fallo, llegando a sospechar sobre la elección
partidista de los compromisarios. Ya el cronista J. Zurita consideró que fue un gran acierto
y el padre Mariana la calificó de “semejante a milagro”. El vizconde de Rocaberti afirmó
que “aquest fet molt loable et digne de grand memòria no sens ahó resplandirà et
illuminarà per tot lo món universal”. Torras y Bages no dudó en vindicar la posición del
dominico valenciano Vicente Ferrer, indicando el criterio jurídico adoptado por los
compromisarios. Otros historiadores como los catalanes Antonio Bofarull en su Historia
Crítica y Víctor Balaguer en su Historia de Cataluña llegan a tildar el fallo de “criminal
30
UBIETO ARTETA, A., El Compromiso de Caspe, op. cit, p. 9.
Desde un principio se intuyó que la confrontación la generaba dos cuestiones: una, la procedencia del
candidato – uno castellano; otro, catalán- y, otra, la prioridad de la legitimidad. Mientras que los partidarios
del Jaime conde de Urgell querían imponer la legislación de los “Usatges” que daban prioridad a la línea
masculina; los defensores de la solución jurídica aragonesa argüían la legitimidad del vástago de las
mujeres, como tradicionalmente se había implantado en la búsqueda de herederos para rey de Aragón, y en
tal supuesto la preferencia del derecho sucesorio la tenía Fernando de Antequera.
32
NAVARRO ESPINACH, G., “La historiografía moderna del Compromiso de Caspe”. La Corona de
Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el compromiso de Caspe. Congreso
celebrado en Zaragoza y Alcañiz, los días 24,25 y 26 de noviembre de 2010. Colección Actas, 75. Zaragoza,
2011, pp. 41-59.
31
27
injusticia”. Y aún más, el decimonónico historiador catalán Antonio Bofarull acusó al
santo valenciano Vicente Ferrer de “ser el más culpable de los sucesos que lamentamos
como instrumento que fue de Benedicto XIII”33.
Numerosos estudiosos más actuales han valorado en otros términos el veredicto del
Compromiso de Caspe. El historiador M. Dualde que analizó La Concordia de Alcañiz y
El Compromiso de Caspe. Continuidad y legitimidad en la crisis de una Monarquía
considera que la sentencia constituyó una clara muestra de la madurez política de la
Corona de Aragón, y junto con J. Camarena en la obra El Compromiso de Caspe analiza
su bibliografía y documentación y las opiniones favorables o no a la solución del
Compromiso, atribuyendo un peso decisivo en el desenlace a la figura de Vicente Ferrer.
E. Taulet Rodríguez-Lueso, en “EL laudo del Compromiso de Caspe” indica que nada
que pudiera perturbar en el futuro la pacífica y jurídica designación del Monarca escapó
a la clarividencia de los redactores de la Concordia de Alcañiz de 1412. Por su parte, P.
Vilar ve en el fallo de Caspe la réplica aragonesa al anterior triunfo del Ceremonioso
sobre la Unión; J. Vicens Vives, el desplazamiento de la oligarquía feudal catalana,
representada por Jaime de Urgell, por la burguesía barcelonesa en la dirección de la vida
política de Cataluña y afirmó que Fernando no fue elegido por poseer más derechos
jurídicos que otros pretendientes, sino porque se le presentó como el candidato más útil y
el único que tenía fuerza, habilidad y aceptación suficientes para resolver las tensiones
sociales y espirituales que se desencadenaron tras la muerte de Martín I, y A. Ubieto
Arteta subraya que la solución jurídica se impuso en Caspe, ya que lo tratado era
exactamente elegir un “rey de Aragón”, no de la “Corona de Aragón” y señala que en
Aragón podían heredar las mujeres. Personalmente, considero que el veredicto de la
sentencia de Caspe dio una solución pacífica a un intricado problema jurídico sucesorio,
y supuso un impulso a una inercia que favorecerá la preponderancia del Reino de Valencia
en el seno de la Corona de Aragón a lo largo del siglo XV34.
Posicionamientos como los expresados han dado origen a la clasificación de los
historiadores entre castellanistas y catalanistas. Subraya J. L. Martín que los catalanistas
nostálgicos hacen responsables del declive nacional catalán a los compromisarios y a
cuanto rodeó las decisiones de Caspe. Los castellanistas ven en la sentencia de Caspe el
inicio de la integración de Cataluña en España y consideran legitimada la actuación de
los que posibilitaron el nombramiento de Fernando de Antequera. Desde una óptica bien
33
Cfr. LLORENS RAGA, P.L., El códice del compromiso de Caspe, Segorbe, 1968, pp. 8-9. O bien,
CORREDERA GUTIÉRREZ, E., Noticia de los condes de Urgell. Lérida, 1973.
34
Cfr. DUALDE SERRANO, M., La Concordia de Alcañiz. Instituto Nacional de Estudios Jurídicos,
Madrid, 1947 “El Compromiso de Caspe”, Arbor, números 30 a 32. Madrid, 1948. Del mismo autor, “La
elección de los compromisarios de Caspe”. Estudios de Edad Media de la Corona de Aragón. III. Zaragoza,
1949, pp. 355-395. DUALDE SERRANO, M. y CAMARENA J., El Compromiso de Caspe. Institución
Fernando el Católico. Zaragoza, 1971. CANELLAS, A., “La instauración de los Trastámara en Aragón”.
Cuadernos de Historia Jerónimo Zurita, 4-5 (1956). SOLDEVILA, F., El Compromiso de Caspe.
Barcelona, 1965. LLORENS RAGA, P.L., El códice del Compromiso de Caspe, existente en el Archivo de
la Catedral de Segorbe. Segorbe, 1968. UBIETO ARTETA, A., El Compromiso de Caspe. “Alcorces”.
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Zaragoza, 1981. ADLERT NOGUEROL, M., El Compromis de Casp, qüestio juridica. Valencia, 1984.
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VV.AA. La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el Compromiso de
Caspe. Congreso celebrado en Zaragoza y Alcañiz, los días 24,25 y 26 de noviembre de 2010. Director
científico Ángel Selma Muñoz. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011. GIMENO BLAY, F. M., El
Compromiso de Caspe (1412). Diario del Proceso. Estudio introductorio, edición crítica y notas. Fuentes
Históricas Aragonesas 63. Institución “Fernando el Católico” (C.S.I.C). Diputación de Zaragoza. 2012.
28
distinta, F. Soldevila señaló que “lo que para R. Menéndez Pidal constituía un argumento
favorable a la sucesión de Caspe y a sus consecuencias, constituía para mí- Soldevila- un
argumento sustancialmente adverso”35. Ambos historiadores olvidan que lo que decidió
el veredicto dado en Caspe fue la elección de un rey para Aragón, Valencia y Cataluña y
recayó en un castellano de la dinastía de los Trastámara que tenía derechos sucesorios,
pero en ningún momento se planteó la posibilidad en 1412 de unir las coronas de Castilla
y Aragón.
J. Hinojosa asevera al respecto que en la historiografía valenciana, que no destaca por su
nacionalismo, lo que ha predominado siempre ha sido una apología del Compromiso de
Caspe y de la figura de ese gran valenciano que fue San Vicente Ferrer, cuya vida y obra
estaban siempre por encima de cualquier crítica o intento de comprensión
desapasionado36.
J. L. Corral apuntó que en el Compromiso de Caspe reinó la sensatez. Fue elegido el
candidato más poderoso y el que más recursos invirtió. Los compromisarios debieron de
estar presionados para que se inclinaran por el castellano, pero una vez tomada la
decisión, todos los parlamentos obedecieron al monarca Fernando de Antequera y pocos
pusieron en duda su legitimidad como nuevo rey de la Corona de Aragón37.
Atribuir a la sentencia de Caspe y a la dinastía castellana instaurada en la Corona de
Aragón la guerra civil catalana es ignorar los enfrentamientos entre los catalanes, entre la
Busca y la Viga, entre los payeses y los señores, entre los prohombres catalanes y el
Monarca, oposición que se remonta, al menos, a mediados del siglo XIII38. No se debe
interpretar Caspe desde una óptica política del siglo XXI.
V
MANIFESTACIONES DE JÚBILO EN EL REINO DE VALENCIA
AL TENER NOTICIA DE LA PROCLAMACIÓN Y POSTERIOR
VISITA DEL MONARCA FERNANDO I AL REINO DE VALENCIA
La elección de Fernando I como rey de la Corona de Aragón suscitó manifestaciones de
júbilo y algunas peticiones por parte de los jurats y súbditos.
Las Actas del Manual de Consells dels jurats de la ciudad de Valencia y de la villa real
de Alzira testimonian actos de júbilo por la elección y proclamación del nuevo Monarca,
prestándole juramento de fidelidad y prometiéndole serle fieles.
Notificada la sentencia de la proclamación de don Fernando I de Antequera, el Consell
General de la ciudad de Valencia, según recoge el Manual de Consells del Archivo
Municipal de Valencia, acordó patrocinar grandes fiestas e hizo una “crida reyal” en la
que se anunció a los valencianos
35
Cfr. SOLDEVILA, F., El Compromís de Casp (resposta al Sr. Menéndez Pidal). Barcelona, 1965.
HINOJOSA MONTALVO, J., “Compromiso de Caspe”. Diccionario de historia medieval del Reino
de Valencia. Tomo I. Valencia, 2002, p. 629.
37
CORRAL LAFUENTE, J.L., Historia contada de Aragón. Zaragoza, Leyere, 2000, p. 177.
38
MARTÍN J. L., “Fernando de Antequera y el Compromiso de Caspe. ¿Una incorporación a España?”
Espacio, Tiempo y Forma. Serie III, Historia Medieval, t. 13. 2000, p. 175.
36
29
“la loable e tan desijada declaracio feta del alt senyor En Ferrando, rey e senyor
nostre, de que es stada feta festa de professo e grans balls, goigs e alegries en la
dita ciutat e terra e senyoria de dit senyor Rey”.
Y se formó una comitiva en la que figuraba el Justicia, jurados, nobles y prohombres que
acompañaron a la Señera, la cual fue sacada de la casa de la ciudad y la comitiva iba
precedida
“de molts juglars qui ab anaffils, tabals, caramelles, comamuses e altres
struments de boqua e de corda anaven ballant pels carrers”39.
Posteriormente se publicó la sentencia con todos los honores en la Catedral de Valencia.
La ciudad de Valencia invitó a Vicente Ferrer a que viniera a predicar a la población para
sofocar los ánimos de los descontentos y avalar la elección del nuevo Monarca.
En Alzira, “els jurats” de la villa solicitaron al Consell de la ciudad de Valencia los
certificados de la declaración de nuestro príncipe Rey y Señor.
“Els jurats” de la ciudad de Valencia remitieron a los de la villa de Alzira un escrito
fechado en Valencia el día 1 de julio de 1412 y una copia del acta de la declaración o
sentencia dada por los compromisarios de Caspe.
“Als molt honorables e savis senyors los justicia, jurats e prohomens de la villa
de Algezira.
(…) Pues señores, para vuestro consuelo con cordial alegría os hacemos saber
que en el día de ayer, antes del alba, tuvimos noticias ciertas de las nueve
personas que son en Caspe, de la declaración que han hecho del vuestro príncipe,
Rey y señor, esto es, el muy alto y muy excelente príncipe y poderoso señor, el
señor don Ferrando, por la gracia de Dios rey de Aragón, etc”40.
También les trasladan la información que el Parlamento General de este Reino se reunió
en la Seo, donde había sido convocado. Allí el señor obispo, asistiéndoles los presidentes
de dicho general parlamento, en presencia y audiencia de aquel y de gran muchedumbre,
leyó y publicó en el púlpito la dicha declaración. Se entonó el cántico angelical con gran
volteo de campanas “Te Deum laudamus” y después alzada la bandera Real con gran
estallido de trompas y sonidos de toda clase de instrumentos, y fue llevada por toda la
Ciudad, con grandes bailes y danzas, con presencia de barones, nobles, caballeros,
gentiles hombres, ciudadanos y las mujeres de aquellos, y todos los oficios de la dicha
Ciudad, manifestando grandes y corporales y cordiales alegrías41.
Y para que estuvieran más tranquilos los jurados de la villa de Alzira les remitieron copia
de la declaración de sucesión hecha en Caspe por las nueve personas allí reunidas y les
39
CARRERES ZACARÉS, S., Ensayo de una bibliografía de libros de Fiestas celebradas en Valencia y
su Reino. 2 tomos. Valencia, 1926, pp. 58-76.
40
PARRA, J. Mª. , Lo Compromis de Casp e la Vila de Algezira. Alzira 1972, p. 107. La obra recoge el
texto del documento redactado en valenciano y su traducción hecha en castellano.
41
PARRA, J. Mª. , op.cit, pp. 107- 108.
30
dicen que si alguna cosa más pueden hacer por ellos que les sea grato, que les escriban
confiadamente.
Unos días después, en un acta del honorable Consell de la villa de Alzira se recoge el
acuerdo de que se celebre, de manera festiva, el nombramiento de rey don Fernando y
ordenó que se haga procesión y fiesta.
“En apres lo dit honorable consell (…) ordena que solempne processo e festa sia
feta de la dita declaracio de nostre Rey e senyor, faent a Nostre Senyor Deu humils
e devotes oracions e gracies quens ha dat rey e senyor dotat de moltes virtuts, e
qui aura justicia, e posara los pobles en bon e pacifich regimen, pau e tranquilitat,
la gracia de nostre senyor Deu mijançant. E que de continent, partint del dit
consell tots justats anassen a la ecclesia, e lo justicia prengues e portas la bandera
reyal a la ecclesia maior de la dita vila ab sons de trompes e prompetes, on fos
cantat Te Deum laudamus, en señal de gran goig e alegría, e de aqui percesta
(organizada) devota proceso dels clergues e frares de la dita vila, a la ecclesia de
nostra dona Sancta Maria, e feta festa de quatre dies, en los quals continuament
homens e dones ballen per la vila, e cascum dia sien acanyiçats (acañavereados)
bous, e les homens a cavall bornen ( hagan torneos) e juguen a les canyes”42.
Un acta de días después constata que la procesión y fiesta ha sido celebrada por todos los
habitantes de la villa y de los lugares de su general contribución con gran gozo y alegría
en forma antes declarada.
El Consell de la villa de Alzira muestra el reconocimiento del nuevo monarca en los
siguientes términos.
“Item lo dit honorable consell ab humil e subiecta reverencia acepta lo dit molt
alt e excellent senyor don Ferrando, infant de Castella, en rey Darago, e volgue
la dita acceptacio esser ordenada a tota submissio de la vila segons que de humils
e feels vassalls envers son natural rey, princep e senyor se pertany”43.
Asimismo, los miembros del Consell municipal proclamaron el juramento de fidelidad
ofreciéndose ellos y la villa a dicho Príncipe, prometiéndole serle piadosos vasallos y
súbditos, como deben ser los vasallos buenos y fieles.
No pareciéndoles suficiente la declaración de juramento proclamado para con su realeza
que consideran que es menester patentizarla ante la real persona con solemnidad y
prosapia como corresponde a un villa que se tenía “per la perla pus fina de la sua corona”.
Las Actas dels Consells de la villa de Alzira registran que
“Lo dit honorable consell concordant ordena que solempne missatgeria
(embajada) sia feta a nostre senyor lo rey, per fer a aquell aquella humil e
subiecta reverencia que de feels e humils vassalls a son natural Rey, princep e
senyor se pertany, offerinli aquesta vila”44.
42
PARRA, J. Mª. , op.cit, pp. 111-112.
PARRA, J. Mª. , op.cit, p. 113.
44
PARRA, J. Mª. , op.cit, p. 120.
43
31
Y le expliquen al Monarca que esta villa se mostró leal e interesada en guardarla a nuestro
Rey y señor, por lo que ha sostenido grandes dispendios e infinitos trabajos, habiendo
sido amenazada, y los vecinos damnificados en sus personas y bienes. A continuación
solicitaron al Monarca protección y que le preserve de daños y peligros.
En correspondencia a estas atenciones, ofrendas y suplicaciones de la villa, el Consell
recibió una carta Real, dada en el monasterio de Santa María de la Huerta a 20 de julio
del año 1412, dirigida
“Als feels nostres lo justicia, jurats e prohomens de la vila de Algezira”.
En la que les dice que sabida la publicación de nuestra sucesión habéis hecho lo que
vuestra fidelidad y naturaleza os pertenecía. Y que escribiré al lugarteniente de
gobernador para que provea la forma de custodiar la villa. La firma el rey Fernando.
La villa de Morvedre se apresuró a enviarle representantes a la ciudad de Cuenca, donde
se encontraba el monarca Fernando I, para implorarle una reposición al desacato, que
ellos consideraban, que les infirió el rey don Pedro el Ceremonioso a sus preciados
privilegios y libertades de la villa, y solicitaban la anulación del privilegio otorgado a la
ciudad de Valencia en 1364 que suponía la pérdida de la autonomía municipal de
Morvedre. Justifican la solicitud de la abolición del mencionado privilegio y la
recuperación de su autonomía por el incondicional apoyo que habían prestado a su causa
en el Compromiso de Caspe. Reconocimiento concedido a la villa de Morvedre el 5 de
julio de 1412. El Consell Municipal de Valencia protestó al Monarca por tal decisión y le
dijeron que no podía revocarlo sin faltar a las prerrogativas y mercedes que sus
progenitores habían concedido a la ciudad de Valencia45.
El rey Fernando I de la Corona de Aragón celebró cortes aragonesas en 1412, catalanas
en 1413 y después de recibir embajadas para que las celebrara en Valencia accedió a
convocarlas, desde Barcelona, el 19 de abril de 1413. Los jurados de la ciudad de Valencia
y los estamentos eclesiástico, militar y las ciudades y villas reales reprobaron esta
convocatoria arguyendo que las convocaba desde fuera del Reino y que no era habitual la
jura del primogénito por mandato, sino por mera voluntad, hechos que constituían un
contrafuero. Esto originó protestas ante el Lugarteniente del Gobernador General y
aplazamientos de la celebración.
“En lo present Consell fon deduit per los honorables Jurats dessus dits (…)
explicant que com lo molt alt senyor Rey se speras fort proximament venir en
aquesta Ciutat e Regne, specialment per rebre sagradament de lealtat e fer
jurament de furs e privilegis e celebrar Corts als regnicoles e com entre los tres
estaments, ço es, ecclesiastich, militar e de Ciutats e Viles reyals hagues alguns
debats, questions, plets e controverses entrecambiadament, los quals porien dar
turbacio, dilacio o dificultar al benefici del dit Regne (…)”.
45
CHABRET FRAGA, A., Sagunto. Su Historia y sus monumentos. Tomo. I. Barcelona, 1888. pp. 310312. Doc. Archivo Municipal de Sagunto. Libro de privilegios, núm. 20.
32
“Mes avant lo dit Consell ratifica e conferma totes les contradiccions e
protestacions fetes per los dits honrats jurats e sindichs contra la letra de
convocatoria de corts fetes per lo senyor Rey, estant absent del Regne”46.
En noviembre de 1413, desde Lérida, el rey Fernando I envió carta a los “jurats”
valencianos instándoles a designar una representación que asista a los solemnes actos de
su coronación en la ciudad de Zaragoza que se celebrará en enero de 1414.
“Com donchs nos en nom de Nostre Senyor Deu e de la sua gloriosa mare hajam
deliberat axi com ha ordenat sanctament la antiga saviesa coronar-nos e pendre
gloriosament les sanctes uncio e insignes de nostra beneventurada coronacio en
la Ciutat de Saragoça, axi com se deu fer e han acostumat postres predecessors
de gloriosa memoria lo primer digmenge que comptara lo VII jorn del mes de
janer seguent apres festa de Epifania”47.
El 13 de diciembre de 1414 el Llibre de Consells de Castellón constata las fiestas que
celebra la villa de Castellón con motivo de la visita y entrada del rey Fernando I a dicha
población.
“Primerament ordenaren que sie feta gran e solemne festa la ora que.l dit senyor
entrara en la dita Vila e l’endema apres, e aquestes festes sien solempnialment
tengudes e totes ab tota vagacio de cort”48.
El 23 de diciembre de 1414 el monarca Fernando I de la Corona de Aragón visita Valencia
con el propósito de jurar, preceptivamente, “els furs” y los privilegios del Reino. El
Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim registra la fecha de entrada del nuevo
monarca, acompañado de la reina, hijos e hijas, en la noble ciudad de Valencia y relata el
recibimiento que se le dispensó.
“En l’any de M. CCCC. XIIII., a XXIII de deembre, entra lo senyor rey don
Ferrando e senyora reyna, fills e filles, en la noble ciutat de Valencia, hon li fon
feta molt insigne e instimable honor de molts entramesses, e molts bels e soptils,
e tots los hofficis de la ciutat, cascu fent ses maneres de festes en la manera que
pus belament e honorosa podien; e aço durant continuament huit dies, e d’aqui
avant durant e continuant moltes maneres de festes e solaços, en honor del senyor
rey e de sa noble companyia. ¡Oh, Valencia prospera en trihumfe de instimable
honor, esser ennoblida del sant pare, papa Benet, e de cardenals, bisbes e prelats,
de tal e insigne rey, reyna, princeps, duchs, comptes e barons, e de tanta manera
de cavaleria, e de tantes maneres de gens! Be pots dir per cert que est alt en lo
46
Archivo Municipal de Valencia (A.M.V). Manuals de Consells, t..A, fols. 181vº-182r. Documento
recogido por ROCA TRAVER, F., Fernando I, Rey de Valencia. Texto inédito.
47
Esta carta fue dada en la ciutat de Leyda sots nostre sagell menor a XXIIII dies de noembre del any de la
Nativitat de Nostre Senyor MCCCCXIII. (A.M.V) Manuals de Consells, t. A-25, fols 305 vº y 306 rº.
Documento copilado por ROCA TRAVER, F., Fernando I, Rey de Valencia. Texto inédito.
48
Archivo Municipal de Castellón. Llibre de Consells, 7, acort de 13-XII-1414. Documento recogido por
ROCA TRAVER, F., y FERRER NAVARRO, R., Historia de la Cultura Valenciana (1401-1499).
Documentos para su estudio. Vol. II. Real Academia de Cultura Valenciana. Valencia, 2004, doc. 1322, p.
493.
33
sobiran grau de la prospera honor de la roda mundana, segons has fet en tos
entramesses, en la festa de la entrada del senyo[r] rey”49.
Fernando de Antequera. Detalle de un retablo. Museo del Prado
El 1 de enero de 1415 se realizan pregones públicos para que al día siguiente acudiesen a
la Catedral todos los que tenían derechos a concurrir en Cortes. El 9 de enero de 1415 se
presentó el Rey en las Cortes pronunciando un discurso en el que exponía el motivo
primordial de la convocatoria que era jurar los fueros como lo habían hecho sus
antecesores y era preceptivo para ser reconocido como Soberano de los valencianos50.
Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D.
CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Rey en Ferrando entra en Valencia”, p. 115.
50
SIMÓ SANTOJA, V. L., Les Corts Valencianes 1240-1645. Valencia, 1997, pp. 269-276. El Archivo
Municipal de Valencia conserva el proceso de estas Cortes en las que no se promulgó ninguna nueva ley.
49
34
VI
REACCIÓN DEL CONDE DE URGELL Y DE SUS PARTIDARIOS
El cronista aragonés Jerónimo Zurita sintetizó el sentir de la sentencia dada por los
compromisarios de la Corona de Aragón reunidos en Caspe en el siguiente aserto: “Fue
muy celebrada generalmente en Aragón la fiesta de esta declaración, y en Valencia no
tanto y mucho menos en Cataluña”51
La elección de Fernando de Antequera fue mayoritariamente aceptada y produjo una
sensación de alivio político en el seno de la Corona de Aragón. Apuntan A. Selma y C.
Laliena que salvo algunos nostálgicos del pasado, nadie en Aragón, Cataluña y Valencia
se sintió frustrado con el resultado. Los escasos apoyos del conde de Urgell en su rebelión
apuntan a que la sentencia de Caspe gozó de una aprobación general en virtud de la
legitimidad derivada de los procedimientos legales y representativos adoptados52.
Según E. Sarasa el Reino de Aragón, en conjunto, se congratuló y aplaudió la designación
del infante Fernando de Antequera, aunque suscitó también evidentes recelos “por lo que
podía ser la nueva política del recién elegido soberano que al fin y al cabo era extranjero
en el país y en la Corona”. Dictada la sentencia la oposición urgelista “quedó
contrarrestada por el acatamiento general de la nobleza aragonesa, salvo el conocido
caso de Antón de Luna”53.
El dominio político y militar de las oligarquías antiurgelistas llegó a extenderse por todo
el Reino de Valencia, y durante algún tiempo fue mayoritario en la ciudad.
Cuando comenzó el reinado de Fernando, los valencianos, conscientes de que su papel
había sido crucial en la entronización, tenían más motivos que otras elites territoriales
para esperar del Monarca un trato particularmente favorable. Y deseaban, al menos, que
se materializara una de sus viejas aspiraciones políticas: conseguir mayor presencia en
las instituciones centrales de gobierno de la Monarquía54. Aspiración que no se cumplió
como se deduce de las reiteradas peticiones al Rey por parte de los “jurats” de la ciudad
de Valencia55.
51
ZURITA, J., Anales de la Corona de Aragón, XII, cap. I, vol. V, p. 286. Edición de Á. Canellas,
Institución Fernando el Católico, Zaragoza, 9 vols., 1967-1985.
52
SELMA MUÑOZ, A., y LALIENA CORBERA, C., Las elites políticas de Aragón durante el Interregno
y el Compromiso de Caspe”. La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y
el Compromiso de Caspe. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011, p. 190.
53
SARASA SÁNCHEZ, E., Aragón en el reinado de Fernando I (1312-1416). Gobierno y Administración.
Constitución Política. Hacienda Real, Institución Fernando el Católico, Zaragoza, 1986, pp. 9-10 y 17-18.
54
RUBIO VELA, A., “Después de Caspe. El urgelismo y las oligarquías”. La Corona de Aragón en el
centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el Compromiso de Caspe. Colección Actas, 75. Zaragoza,
2011, p. 276.
55
El 12 de agosto de 1412, esto es, apenas un mes y medio después de la declaración de los compromisarios,
los jurats de Valencia escribían a sus embajadores en la corte una carta reveladora al respecto. En ella
mostraban su disconformidad con los nombramientos realizados por el rey como oficiales de su casa: “E,
primerament, a açò que·ns escrivits de la promoció que·l dit senyor ha feta de officials seus, nos
entrenyoram molt, e per que, per peccats e opprobri nostre, Déu ho permeta: que en tota la nominació de
officials creats no y conexem pus de aquesta ciutat e regne sinó mossén Guillem Pujada, qui lo dit senyor
35
Proclamado el veredicto, la reacción por parte de don Jaime, conde de Urgell, fue de
indecisión. No aceptó, que la solución contrariase lo que él consideraba sus legítimos
derechos.
El parlamento catalán le envió embajadas que le recomendaron que pensara bien la
decisión que iba a tomar y le aseguraron que el Parlamento había aconsejado a Fernando
I que tuviera toda clase de consideraciones para con su linaje y su persona.
Fernando como rey de Aragón convocó en Zaragoza a los señores aragoneses para que lo
reconozcan como rey y le juran fidelidad. Jaime de Urgell, que poseía feudos y posesiones
en Aragón, fue convocado y no se presentó. Más tarde, fue invitado a las Cortes a celebrar
en Barcelona y tampoco asistió. Había tomado la decisión de no reconocer al Rey. A
finales de 1412 ciertas escaramuzas presagiaban que una guerra estaba declarada. Jaime
intenta apoderarse de Lérida, pero no lo consigue, y entonces se encierra en Balaguer, 56
esperando que los gastos y molestias que suponía una guerra provocaran el levantamiento
de los ciudadanos en armas contra el Monarca. Después de negociaciones y ante la
situación desesperada y sin apoyos suficientes se entrega a ruegos de la princesa Isabel57
y del duque de Gandía, prometiéndole el Rey respetarle la vida y no sacarle fuera de sus
Estados. La condesa Margarita, todavía, no había perdido la esperanza de ver proclamado
rey a su hijo Jaime de Urgell. Pretendía, vanamente, entablar contactos con Francia,
Inglaterra, Portugal y Castilla para lograr su propósito.
Su rebeldía provocó que se le incoara un proceso y la sentencia fue de condena, siendo
conducido al castillo de Lérida acompañado del duque de Gandía. Los bienes de la familia
condal fueron confiscados, los honores perdidos y la prisión perpetua58.
Posteriormente fue desterrado; sacado de la prisión de Lérida y conducido a Castilla, en
primer lugar al castillo de Ciudad Rodrigo. Ante las revueltas políticas internas de
Castilla, don Jaime fue llevado al castillo de Mora, cerca de Toledo, trasladado al castillo
de Madrid, para pasar después al de Castro Torafe de la Orden de Santiago, próximo a
Zamora. En 1426, Alfonso el Magnánimo consiguió que se le entregara y lo condujo al
castillo de Xàtiva. Fue conducido por Berenguer Mercader, caballero valenciano, “baile”
rey ha fet alguatzir; tot l’als e demés habunda e redunda en cathalans, qui tots temps han vel·lat e obtengut
occupar-se e absorbir la casa dels senyors reys. Sobre aquest punt o article deliberam, e us pregam e
so[p]licam ab gran instància e humilitat suppliquets lo dit senyor rey que sia mercé sua vocar e acollir en
los officis domèstichs e curials de casa e cort sua hòmens de aquest regne, car creem que, si bé és
escodrinyat, en tota facultat e qualitat de officials que s’haja fornir ne trobarà en aquesta ciutat e regne;
no·ns vulla abjectar o metre en oblit e vergonya” Archivo Municipal de Valencia (A.M.V). Lletres
Missives, 11, ff. 77vº-78vº. Recogido por A. Rubio Vela, op. cit., p. 277.
56
En l’any M.CCCC.XIII., a III de nohembre, vench coreu en Valencia com lo senyor rey don Ferando
avia presonat don Jaume, compte de Urgell, a Balaguer. Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos
Medievales, 85. Edición e índices de Mª D. CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Preso del compte de
Urgell”, p. 114.
57
La princesa Isabel de Aragón y Fortiá era hija de Pedro IV el Ceremonioso, hermana del rey Martín el
Humano y esposa de Jaime de Urgell.
58
Para profundizar en la Guerra de Urgell, proceso y condena, destierro y muerte del conde don Jaime en
el castillo de Xàtiva, cfr. CORREDERA GUTIÉRREZ, E., Noticia de los Condes de Urgell. Lérida, 1973.
pp. 217-227.
36
de Valencia y alcaide del castillo de Xàtiva. En la prisión del castillo de esta ciudad pasó
siete años. El conde Jaime de Urgell murió el 1 de junio de 143359.
Prisión de don Jaime de Urgell en el castillo de Xàtiva (2012)
Tumba de Jaime de Urgell en el castillo de Xàtiva (2012)
59
La tumba de Jaime de Urgell en el castillo de Xàtiva registra una inscripción donde se puede leer: “Hic
yacet el molt alt senyor en Jaume d’Aragó, dissortat darrer Compte d’Urgell, fracassat hereu de la Corona
del Reialme aragonés, fallit en la presó d’Estat d’aquest castell de Xàtiva, 1 de juny de l’any MCDXXXIII”.
37
VII
BIBLIOGRAFÍA Y NOTAS
(1) A.C.A. Cavallers. Procesos de Corts, 18, fols. 1057vº-1059rº. O bien, Colección de documentos inéditos
del Archivo de la Corona de Aragón, ts. I-III. Cuad, LXI. Documento de 30 de mayo de 1410.
(2) Para una semblanza biográfica del monarca Martín I el Humano, cfr. GÓMEZ BAYARRI, J. V., “Martín
I el Humano”. Reyes forales del Reino de Valencia. Valencia, 2000, pp. 223-239 y GARCÍA HERRERO,
Mª C., “Martín I”. Los Reyes de Aragón. Zaragoza. 1993, pp. 135-141.
(3) Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D.
CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “De la mor[t] del rey en Marti”, p. 110.
(4) A.M.V. Manual de Consells, t.A-24, fol.238. Documento recogido por ROCA TRAVER, F., y FERRER
NAVARRO, R., Historia de la Cultura Valenciana (1401-1499). Documentos para su estudio. Vol. II. Real
Academia de Cultura Valenciana. Valencia, 2004, doc. 1257, p. 475.
(5) A.M. de Villareal. Manual de Consells, 6, fol. 9. Documento recogido por ROCA TRAVER, F., y
FERRER NAVARRO, R., op.cit, doc. 1258, p. 475.
(6) Cfr. La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el Compromiso de
Caspe. Congreso celebrado en Zaragoza y Alcañiz, los días 24,25 y 26 de noviembre de 2010. Director
científico Ángel Selma Muñoz. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011.
(7) SELMA MUÑOZ, A., La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el
Compromiso de Caspe. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011, pp. 146-158.
(8) LALIENA CORBERA, C., y MONTERDE ALBIAC C., En el sexto centenario de la Concordia de
Alcañiz y el Compromiso de Caspe. Coordinador J. A. SESMA MUÑOZ. Gobierno de Aragón. Zaragoza,
2012, p. 6.
(9) ALIENA CORBERA, C., y MONTERDE ALBIAC C., En el sexto centenario de la Concordia de
Alcañiz y el Compromiso de Caspe. Coordinador J. A. SESMA MUÑOZ. Gobierno de Aragón. Zaragoza,
2012. La publicación recoge una Introducción donde se exponen las “Razones para una conmemoración”.
El bloque 1 lo dedica a la Concordia de Alcañiz. Tiene tres apartados: I. El acuerdo de Alcañiz, II. El
documento y su transcripción y III. Traducción. El bloque 2. Acta del Compromiso de Caspe. También
tiene 3 apartados: I. La unanimidad de una decisión, II. Transcripción del documento y III. Traducción. El
bloque tres. Recoge el Epílogo “Fernando I y el restablecimiento de la línea dinástica de la Casa Real de
Aragón”. El bloque cuatro es una Homenaje a la familia Ram Viu que facilitó el acta original del
Compromiso de Caspe para su trascripción y edición.
(10) GIMENO BLAY, F. M., El Compromiso de Caspe (1412). Diario del Proceso. Fuentes Históricas
aragonesas, 63. Institución “Fernando el Católico” (CSIC). Diputación de Zaragoza, 2012, p. 52.
(11) GIMENO BLAY, F. M. op. cit. pp. 53-54. La Concordia de Alcañiz estipula en latín “per justiciam
secumdum Deum et eorum consciencias habere debeant et teneantur”.
(12) DUALDE SERRANO, M., La Concordia de Alcañiz. Instituto Nacional de Estudios Jurídicos,
Madrid, 1947, pp. 270-284.
(13) SELMA MUÑOZ, A., y LALIENA CORBERA, C., Las elites políticas de Aragón durante el
Interregno y el Compromiso de Caspe”. La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El
Interregno y el Compromiso de Caspe. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011, p. 190.
(14) En un principio los pretendientes con derecho al trono fueron:
1. Luis, duque de Calabria, hijo de Violante, que a su vez fue hija de Juan I y esposa del duque de Anjou,
rey titular de Nápoles.
2. Federico o Frederic de Luna, nieto bastardo del rey Martín I el Humano, por ser hijo natural de su hijo
Martín el Joven de Sicilia.
3. Fernando de Antequera, hijo de Leonor y nieto del rey Pedro IV el Ceremonioso de la Corona de Aragón.
4. Jaime, conde de Urgell, hijo de Pedro de Urgell, casado con Isabel de Aragón y Fortiá, que era hija del
rey Pedro el Ceremonioso.
5. Alfonso, duque de Gandía y conde de Ribagorza y Denia, nieto del rey Jaime II, hijo del infante don
Pedro, conde de Ribagorza y hermano del rey Pedro el Ceremonioso. El duque de Gandía ya había fallecido
el 6 de marzo, y por ello, la carta por la que se le convocaba a Caspe como parte interesada en la sucesión
fue entregada a su hijo Alfonso “el joven”. El testimonio de la entrega de la carta en A.C.A, Cancillería,
Procesos de Cortes, 23, folio 2087r-v. El nuevo duque de Gandía escribe el 18 de marzo a los nueve
compromisarios de Caspe informando haber recibido la carta de convocatoria y presentando a los cinco
mensajeros que envía para defender su candidatura, y que estos mensajeros entregan en Caspe el 18 de abril
38
(Ibid. folios 2112r-2113r). Consecuentemente, el nuevo duque de Gandía, Alfonso, hijo del anterior duque
de Gandía, sustituyó a su padre y presentó candidatura.
6. Juan, conde de Prades y hermano del primer Alfonso duque de Gandía. Nieto del rey Jaime II, hijo del
infante don Pedro, conde de Ribagorza.
7. Isabel de Aragón y de Fortiá, hermana (de padre) del rey Martín I e hija de Pedro IV el Ceremonioso y
de su cuarta esposa Sibila de Fortiá. Su condición femenina hizo que se le desechara como candidata al
trono. Estaba casada con otro aspirante, el conde de Urgel, y presentó sus derechos independientemente de
su cónyuge.
(15) CANELLAS ANOZ, B., “Actas de los parlamentos de Cataluña y Aragón tras la muerte de Martín el
Humano y del Compromiso de Caspe y elección de Fernando de Antequera”. La Corona de Aragón en el
centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el Compromiso de Caspe. Congreso celebrado en
Zaragoza y Alcañiz, los días 24,25 y 26 de noviembre de 2010. Director científico Ángel Selma Muñoz.
Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011, pp. 11-40.
(16) Las Cortes se reunían por convocatoria del Monarca o, en su caso, del Lugarteniente. Cuando no se
procedía así y los representantes de los estamentos celebraban asamblea por motivos extraordinarios recibía
el nombre de “Parlamento”.
(17) Los conflictos entre familias nobiliarias eran frecuentes en la sociedad medieval. Las rivalidades
acaban, en ocasiones, en enfrentamientos urbanos. En Valencia, las disputas entre los Centelles y los Soler
en el reinado de Martín I el Humano nació de unas diferencias entre Jaime Soler y Gonzalo Díaz, amigo
del linaje de los Centelles. En el año 1403 Gilabert de Centelles hirió de muerte a Jaime Soler. Este hecho
hizo que el bando de los Vilaragut apoyara la causa de los Soler. En el combate de Llombay fue muerto
Eimeric de Centelles. Unos años más tarde, en 1405 el enfrentamiento se produjo en la calle del “Palau” de
la ciudad de Valencia. En 1407 fue muerto el Gobernador Boïl. Estos enfrentamientos obligaron al Monarca
y al dominico Vicente Ferrer a intervenir para apaciguar los ánimos y frenar las “bandositats”. El linaje de
los Vilaragut ganará fuerza y protagonismo, y sustituirá a los Soler en el período de Interregno en las
rivalidades nobiliarias del Reino de Valencia.
(18) Para un análisis de las rivalidades y enfrentamientos de los bandos en el Reino de Valencia, cfr.
CARRERES I ZACARÉS, S., Notes per a la historia dels bandos de Valencia. 2. Vols. Valencia, 1930, y
el artículo de NARBONA VIZCAINO, R., “Las elites políticas valencianas en el Interregno y el
Compromiso de Caspe” La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el
Compromiso de Caspe. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011, pp. 191-232.
(19) Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D.
CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Camp de Morvedre”, p. 112. A. Chabret Fraga describe como
se desarrolló la batalla. “Resentidos los Centelles de que el conde de Urgell se había echado en brazos de
los Vilaragut, se declararon abiertamente por don Fernando de Castilla, y pidiéronle un refuerzo de tropas
(…) Unidos los Centelles con las tropas aragonesas y castellanas, cuyo número ascendía a trescientos
cincuenta caballos, situáronse en los campos de Burriana para impedir el paso de las tropas del de Urgell,
a las que trataba de unirse el gobernador Bellera(…) Trabada la pelea, ambos partidos lucharon con
extraordinario valor, pero las huestes de Valencia fueron arrolladas en toda la línea y muerto el gobernador
Bellera con grandes pérdidas (…) Tal fue la batalla que el 27 de febrero de 1412 llenó de consternación y
de espanto a Valencia, y decidió la victoria del bando que favorecía al infante don Fernando de Antequera”.
CHABRET FRAGA, A., Sagunto. Su Historia y sus monumentos. Tomo. I. Barcelona, 1888, pp. 307-309.
(20) Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D.
CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Vila de Casp”, p. 113.
(21) Un ejemplo de la labor que hacían los representantes de los candidatos nos lo ofrece la designación
del obispo de Segorbe don Fray Juan de Tahust para defender los derechos sucesorios de don Fadrique o
Federico de Luna. Este obispo rigió el obispado entre 1410 y1427. Poco después de tomar posesión se
desplazó al monasterio de Valdoncellas y ante el monarca don Martín I ya en estado agonizante hace una
solemne promesa, la de constituirse en curador y protector del huérfano y desvalido don Fadrique o Federico
de Luna, nieto del rey don Martín. Fallecido el Monarca el 31 de mayo de 1410, don Federico fue trasladado
al castillo de Segorbe, bajo la tutela de los tres procuradores que había nombrado el mismo Rey: Fray Juan
de Tahust, Vidal de Blanes y mosén Antonio de Torrelles, tres personajes que habrían de desempeñar un
papel destacado durante el período de interregno. Había conciencia generalizada que de todos los
pretendientes al trono uno de los que menos posibilidades tenía era el nuevo señor de Segorbe, Fadrique o
Federico de Luna. Firmada en Alcañiz la Concordia por los representantes de Aragón y Cataluña el 15 de
febrero de 1412 - el Reino de Valencia se adheriría a ella - por la que se acordaba el nombramientos de
nueve compromisarios para que reunidos en Caspe escucharan durante dos meses los alegatos de los
distintos pretendientes, el propio Parlamento de Cataluña envía una misiva el 24 de febrero de 1412 a don
Fr. Juan de Tahust notificándole los acuerdos adoptados y exhortándole a que defendiese los derechos del
regio infante mediante el nombramiento de abogados y procuradores.
39
(…) per ço nosaltres exortam vostra reverend paternitat, en custodia de la qual lo egregi don Frederich,
comte de Luna, es o esta, que lo pretes dret del dit don Frederich en la sucessio dels regnes e terres de la
dita real Corona d’Arago prosseguiscats e prosseguir façats per sufficients procuradors e advocats.
LLORENS RAGA, P.L., Episcopologío de la diócesis de Segorbe-Castellón. Tomo II. C.S.I.C. Madrid,
1973. Parte Documental. Núm. 46, p. 696. (Archivo de la Corona de Aragón, Proc. de Cort., V. XIX).
El 30 de marzo de 1412 el Manual de Consells de la ciudad de Valencia recoge que Fadrique de Aragón,
nieto bastardo de don Martín, pretendiente a ocupar el trono de la Corona de Aragón, encarece al Consell
de Valencia que le preste ayuda para la defensa de sus derechos sucesorios en el Compromiso de Caspe.
Mes avant, a ço que demana per letra tramesa a la Ciutat e Consell per don Frederich d’Arago que li sien
administrats advocats e procuradors per demanar lo dret de la successio de la Corana Reyal (…) e vol, que
sobre aço sia scrit a tots los Parlaments dels Regnes e terres de la Corona. A.M. de Valencia. Manual de
Consells, t. A-25, fol. 10. Documento recogido por ROCA TRAVER, F., y FERRER NAVARRO, R.,
Historia de la Cultura Valenciana (1401-1499). Documentos para su estudio. Vol. II. Real Academia de
Cultura Valenciana. Valencia, 2004, doc. 1281, p. 481.
De mayo de 1412 es una carta misiva del obispo segobricense don Juan de Tahust a don Bonifacio Ferrer,
prior de la gran Cartuja de Porta-Coeli y uno de los compromisarios en Caspe por el Reino de Valencia, en
la que se alude al egregio señor don Frederich.
Reverendo patri et domino domino Boniffacio, magno priori ordinis Cartusie. Reverende pater domine et
amice carissime, quondam vestram literam recipi per Raymundum Cardona ad quam respondeo quod licet
sit verum quod vos novem insignes persones feceritis juxta requisita per Egregium Dominum Fredericum
quod honeste potuistis (…) LLORENS RAGA, P.L., Episcopologio de la diócesis de Segorbe-Castellón.
Tomo II. C.S.I.C. Madrid, 1973. Parte Documental. Núm. 47, p. 697. (Del Códice original. Archivo
Capitular de Segorbe, Reg. I, 6).
(22) REGLÁ CAMPISTOL, J., Historia de la Edad Media. Tomo II. Barcelona, 1971, pp. 323-324.
(23) LLORENS RAGA, P.L., El códice del compromiso de Caspe, existente en el Archivo de la Catedral
de Segorbe. Segorbe, 1968, pp. 115-117. Esta última declaración va subrayada en el códice. J. Zurita señaló
que se redactaron tres ejemplares jurídicos, uno se entregó al Arzobispo de Zaragoza, otro al obispo de
Huesca y otro a don Bonifacio Ferrer, para que cada uno lo guardase en nombre de su “Provincia”. El día
siguiente se notificó a los tres alcaydes del Castillo, pero se conservó en cerrado silencio hasta el día 28 de
junio en que se debía publicar. ZURITA, J., Anales de la Corona de Aragón. Zaragoza, 1562. Libro II, c.
787, fol. 71, col.1. El ejemplar del Archivo de la Catedral de Segorbe procede de la Cartuja de Vall de
Christi, donde Bonifacio Ferrer vivió retirado los últimos años de su vida. El Códice del Compromiso de
Caspe y apéndices conservado en el A.C.A fueron trascritos para su estudio por el medievalista M.
DUALDE SERRANO.
(24) LLORENS RAGA, P.L., El códice del compromiso de Caspe, existente en el Archivo de la Catedral
de Segorbe. Segorbe, 1968, p. 125.
(25) LLORENS RAGA, P.L., op.cit., p.125.
(26) TEIXIDOR, J., (Dominico de la Orden de Predicadores) Vida de San Vicente Ferrer, apóstol de
Europa. Edición preparada por Alfonso Esponera Cerdán. O. P. Valencia, 1999. Tomo I, p. 366.
(27) La documentación del proceso de los actos desarrollados en el Cónclave de Caspe se halla en la serie
de procesos generales de Cortes del Archivo Real de la Corona de Aragón en Barcelona. (A.C.A). Proceso
de Cortes, 22.
(28) Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D.
CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Eleccio de rey”, p. 112.
(29) UBIETO ARTETA, A., El Compromiso de Caspe. “Alcorces”. Tema aragonés, 11. Zaragoza, 1980,
pp. 20-22.
(
30) UBIETO ARTETA, A., El Compromiso de Caspe, op. cit, p. 9.
(31) Desde un principio se intuyó que la confrontación la generaba dos cuestiones: una, la procedencia del
candidato – uno castellano; otro, catalán- y, otra, la prioridad de la legitimidad. Mientras que los partidarios
del Jaime conde de Urgell querían imponer la legislación de los “Usatges” que daban prioridad a la línea
masculina; los defensores de la solución jurídica aragonesa argüían la legitimidad del vástago de las
mujeres, como tradicionalmente se había implantado en la búsqueda de herederos para rey de Aragón, y en
tal supuesto la preferencia del derecho sucesorio la tenía Fernando de Antequera.
(32) NAVARRO ESPINACH, G., “La historiografía moderna del Compromiso de Caspe”. La Corona de
Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el compromiso de Caspe. Congreso
40
celebrado en Zaragoza y Alcañiz, los días 24,25 y 26 de noviembre de 2010. Colección Actas, 75. Zaragoza,
2011, pp. 41-59.
(33) Cfr. LLORENS RAGA, P.L., El códice del compromiso de Caspe, Segorbe, 1968, pp. 8-9. O bien,
CORREDERA GUTIÉRREZ, E., Noticia de los condes de Urgell. Lérida, 1973.
(34) Cfr. DUALDE SERRANO, M., La Concordia de Alcañiz. Instituto Nacional de Estudios Jurídicos,
Madrid, 1947 “El Compromiso de Caspe”, Arbor, números 30 a 32. Madrid, 1948. Del mismo autor, “La
elección de los compromisarios de Caspe”. Estudios de Edad Media de la Corona de Aragón. III. Zaragoza,
1949, pp. 355-395. DUALDE SERRANO, M. y CAMARENA J., El Compromiso de Caspe. Institución
Fernando el Católico. Zaragoza, 1971. CANELLAS, A., “La instauración de los Trastámara en Aragón”.
Cuadernos de Historia Jerónimo Zurita, 4-5 (1956). SOLDEVILA, F., El Compromiso de Caspe.
Barcelona, 1965. LLORENS RAGA, P.L., El códice del Compromiso de Caspe, existente en el Archivo de
la Catedral de Segorbe. Segorbe, 1968. UBIETO ARTETA, A., El Compromiso de Caspe. “Alcorces”.
Tema aragonés, 11. Zaragoza, 1980. SARASA SÁNCHEZ, E., Aragón y el Compromiso de Caspe.
Zaragoza, 1981. ADLERT NOGUEROL, M., El Compromis de Casp, qüestio juridica. Valencia, 1984.
TAULET RODRÍGUEZ-LUESO. E., “El laudo del Compromiso de Caspe”. Anales de la Real Academia
de Cultura Valenciana. Tomos XLVI-LIII. Año XXXIX-XLVI, 1978-1985, núm. 63. Valencia, 1986.
VV.AA. La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el Compromiso de
Caspe. Congreso celebrado en Zaragoza y Alcañiz, los días 24,25 y 26 de noviembre de 2010. Director
científico Ángel Selma Muñoz. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011. GIMENO BLAY, F. M., El
Compromiso de Caspe (1412). Diario del Proceso. Estudio introductorio, edición crítica y notas. Fuentes
Históricas Aragonesas 63. Institución “Fernando el Católico” (C.S.I.C). Diputación de Zaragoza. 2012.
(35) Cfr. SOLDEVILA, F., El Compromís de Casp (resposta al Sr. Menéndez Pidal). Barcelona, 1965.
(36) HINOJOSA MONTALVO, J., “Compromiso de Caspe”. Diccionario de historia medieval del Reino
de Valencia. Tomo I. Valencia, 2002, p. 629.
(37) CORRAL LAFUENTE, J.L., Historia contada de Aragón. Zaragoza, Leyere, 2000, p. 177.
(38) MARTÍN J. L., “Fernando de Antequera y el Compromiso de Caspe. ¿Una incorporación a
España?” Espacio, Tiempo y Forma. Serie III, Historia Medieval, t. 13. 2000, p. 175.
(39) CARRERES ZACARÉS, S., Ensayo de una bibliografía de libros de Fiestas celebradas en Valencia
y su Reino. 2 tomos. Valencia, 1926, pp. 58-76.
(40) PARRA, J. Mª. , Lo Compromis de Casp e la Vila de Algezira. Alzira 1972, p. 107. La obra recoge el
texto del documento redactado en valenciano y su traducción hecha en castellano.
(41) PARRA, J. Mª. , op.cit, pp. 107- 108.
(42) PARRA, J. Mª. , op. cit, pp. 111- 112.
(43) PARRA, J. Mª. , op.cit, p. 113.
(44) PARRA, J. Mª. , op.cit, p. 120.
(45) CHABRET FRAGA, A., Sagunto. Su Historia y sus monumentos. Tomo. I. Barcelona, 1888. pp.
310-312. Doc. Archivo Municipal de Sagunto. Libro de privilegios, núm. 20.
(46) Archivo Municipal de Valencia (A.M.V). Manuals de Consells, t..A, fols. 181vº-182r. Documento
recogido por ROCA TRAVER, F., Fernando I, Rey de Valencia. Texto inédito.
(47) Esta carta fue dada en la ciutat de Leyda sots nostre sagell menor a XXIIII dies de noembre del any de
la Nativitat de Nostre Senyor MCCCCXIII. (A.M.V) Manuals de Consells, t. A-25, fols 305 vº y 306 rº.
Documento copilado por ROCA TRAVER, F., Fernando I, Rey de Valencia. Texto inédito.
(48) Archivo Municipal de Castellón. Llibre de Consells, 7, acort de 13-XII-1414. Documento recogido
por ROCA TRAVER, F., y FERRER NAVARRO, R., Historia de la Cultura Valenciana (1401-1499).
Documentos para su estudio. Vol. II. Real Academia de Cultura Valenciana. Valencia, 2004, doc. 1322, p.
493.
(49) Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D.
CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Rey en Ferrando entra en Valencia”, p. 115.
(50) SIMÓ SANTOJA, V. L., Les Corts Valencianes 1240-1645. Valencia, 1997, pp. 269-276. El Archivo
Municipal de Valencia conserva el proceso de estas Cortes en las que no se promulgó ninguna nueva ley.
(51) ZURITA, J., Anales de la Corona de Aragón, XII, cap. I, vol. V, p. 286. Edición de Á. Canellas,
Institución Fernando el Católico, Zaragoza, 9 vols., 1967-1985.
(52) SELMA MUÑOZ, A., y LALIENA CORBERA, C., Las elites políticas de Aragón durante el
Interregno y el Compromiso de Caspe”. La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El
Interregno y el Compromiso de Caspe. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011, p. 190.
(53) SARASA SÁNCHEZ, E., Aragón en el reinado de Fernando I (1312-1416). Gobierno y
Administración. Constitución Política. Hacienda Real, Institución Fernando el Católico, Zaragoza, 1986,
pp. 9-10 y 17-18.
41
(54) RUBIO VELA, A., “Después de Caspe. El urgelismo y las oligarquías”. La Corona de Aragón en el
centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el Compromiso de Caspe. Colección Actas, 75. Zaragoza,
2011, p.276.
(55) El 12 de agosto de 1412, esto es, apenas un mes y medio después de la declaración de los
compromisarios, los jurats de Valencia escribían a sus embajadores en la corte una carta reveladora al
respecto. En ella mostraban su disconformidad con los nombramientos realizados por el rey como oficiales
de su casa: “E, primerament, a açò que·ns escrivits de la promoció que·l dit senyor ha feta de officials seus,
nos entrenyoram molt, e per que, per peccats e opprobri nostre, Déu ho permeta: que en tota la nominació
de officials creats no y conexem pus de aquesta ciutat e regne sinó mossén Guillem Pujada, qui lo dit senyor
rey ha fet alguatzir; tot l’als e demés habunda e redunda en cathalans, qui tots temps han vel·lat e obtengut
occupar-se e absorbir la casa dels senyors reys. Sobre aquest punt o article deliberam, e us pregam e
so[p]licam ab gran instància e humilitat suppliquets lo dit senyor rey que sia mercé sua vocar e acollir en
los officis domèstichs e curials de casa e cort sua hòmens de aquest regne, car creem que, si bé és
escodrinyat, en tota facultat e qualitat de officials que s’haja fornir ne trobarà en aquesta ciutat e regne;
no·ns vulla abjectar o metre en oblit e vergonya” Archivo Municipal de Valencia (A.M.V). Lletres
Missives, 11, ff. 77vº-78vº. Recogido por A. Rubio Vela, op. cit, p.277.
(56) En l’any M.CCCC.XIII., a III de nohembre, vench coreu en Valencia com lo senyor rey don Ferando
avia presonat don Jaume, compte de Urgell, a Balaguer. Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos
Medievales, 85. Edición e índices de Mª D. CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Preso del compte de
Urgell”, p. 114.
(57) La princesa Isabel de Aragón y Fortiá era hija de Pedro IV el Ceremonioso, hermana del rey Martín el
Humano y esposa de Jaime de Urgell.
(58) Para profundizar en la Guerra de Urgell, proceso y condena, destierro y muerte del conde don Jaime
en el castillo de Xàtiva, cfr. CORREDERA GUTIÉRREZ, E., Noticia de los Condes de Urgell. Lérida,
1973. pp. 217-227.
(59) La tumba de Jaime de Urgell en el castillo de Xàtiva registra una inscripción donde se puede leer: “Hic
yacet el molt alt senyor en Jaume d’Aragó, dissortat darrer Compte d’Urgell, fracassat hereu de la Corona
del Reialme aragonés, fallit en la presó d’Estat d’aquest castell de Xàtiva, 1 de juny de l’any MCDXXXIII”.
42

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