contrato 12-2014 kio networks - Autoridad Nacional para la
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contrato 12-2014 kio networks - Autoridad Nacional para la
CONTRATO No. 12-2014 Entre los suscritos a saber: EDUARDO E. JAÉN LIMNIO, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal No. 3-64-1461, ingeniero, vecino de esta ciudad, en su condición de representante legal y Administrador General de la Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental, actuando en nombre y representación del Estado, quien en lo sucesivo se denominará EL ESTADO, debidamente facultado para este acto en virtud de lo establecido en la Ley 65 de 30 de octubre de 2009, y en la Resolución No. 29 de 24 de septiembre de 2013 del Consejo Nacional para la Innovación Gubernamental, y por la otra, SERVICIOS DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN DE MISIÓN CRÍTICA, S.A. (KIO NETWORKS) debidamente inscrita a la Ficha No.729204 Documento 1936986 de la sección de Micropelículas (Mercantil), del Registro Público de Panamá, con domicilio en Parque Internacional de Negocios, Edificio 3890, Calle de Servicio Oeste, Panamá Pacífico, Distrito de Arraijan, representada legalmente por el señor MIGUEL ALEJANDRO CROVARI, con cédula de identidad personal No. E-8-56-929>'chileno, varón, casado y la señora SARA ALICIA WONG, con cédula de identidad personal No. 8-466-239,v mujer, panameña, casada en su condición de Apoderados Especiales actuando de manera conjunta, de la Empresa SERVICIOS DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN DE MISIÓN CRÍTICA, S.A. (KIO NETWORKS), cuyo poder,consta en Escritura Pública No. 11,462 de 7 de diciembre de 2012, igualmente inscrita en la Ficha 729204*4 Documento 2295131 el 11 de diciembre de 2012, en la Sección de Personas del Registro Público de Panamá, en adelante EL CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar el presente contrato, fundamentados en el numeral 1 del Artículo 62 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, y de conformidad con la autorización emitida mediante la Resolución de Gabinete No. 22 de 25 de febrero de 2014 de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO EL CONTRATISTA se obliga con EL ESTADO, mediante el presente contrato, a ejecutar el proyecto como nuevo operador que brindará el Servicio de Data Center en la Red Nacional Multiservicios del Estado (RNMS), con las tarifas indicadas conforme a los términos establecidos en las Especificaciones Técnicas: 1.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - GRP Avanzado 2.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - GRP Avanzado con Mantenimiento 3.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - GRP Avanzado con RH y Planilla 4.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña (MGP) Básico 5.- Software de Inteligencia de Negocios y análisis en tiempo real. - AAAR: Aplicación analítica de alto rendimiento 6.- Plataforma IBM AIX sobre Power7 como Servicio (KIO-PAAS-AIX) ¡¿i 7.- Plataforma ORACLE VM sobre X86 como Servicio (KIO-PAAS-ORACLEVM) W 8.-Plataforma Solaris sobre SPARC T4 como Servicio (KIO-PAAS-SPARC) 9.- Plataforma IBM iSeries sobre Power7 como Servicio (KIO-PAAS- ¡Series) 10. Servicios dentro del Centro de Datos KIO Pág.2 Contrato No. 12 KIO NETWORKS Además de las obligaciones contenidas en el texto de este Contrato, EL CONTRATISTA se compromete a prestar los siguientes servicios detallados: 1.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - GRP Avanzado KioNetworks Marca: Kio-GRP Modelo: GRPBase 30 Costo Mensual por usuario: B/.3,308.50* * Mínimo 30 usuarios KioNetworks Marca: Kio-GRP Modelo: GRPBase 50 Costo Mensual por usuario B/.2,471.61* * Mínimo 50 usuarios KioNetworks Marca: Kio-GRP Modelo: GRPBase 100 Costo Mensual por usuario: B/. 1,604.01* *Mínimo 100 usuarios KioNetworks Marca: Kio-GRP Modelo: GRPBase 150 Costo Mensual por usuario: B/.l,404.07* *Mínimo: 150 usuarios 2.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - GRP Avanzado con Mantenimiento KioNetworks Marca: Kio- GRPyMANTO Modelo: GRPMANTOBase 30 Costo Mensual por usuario: B/.3,924.10* * Mínimo 30 usuarios KioNetworks Marca: Modelo: Kio-GRPyMANTO GRPMANTOBase 50 Costo Mensual por usuario: B/.2,840.97* * Mínimo 50 usuarios KioNetworks Marca: Kio- GRPyMANTO Modelo: GRPMANTOBase 100 Costo Mensual por usuario: B/.l,879.22 *Mínimo 100 usuarios KioNetworks Marca: Kio- GRPyMANTO Modelo: GRPMANTOBase 150 Costo Mensual por usuario:B/.l,527.20 Mínimo 150 usuarios 3.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña: (MGP) - Recursos Humanos y Planilla Kio Networks Marca: Kio-RH-Nomina* Modelo: RHNom tipo 5-500 Pág. 3 Contrato No. 12 KIO NETWORKS Costo Mensual por usuario: B/.21,789.99 Mínimo 5 usuarios y 500 empleados *Servicio base Kio Networks Marca: Kio-RH-Nomina Modelo: RHNom 500 Emp* Costo Mensual: B/.5,509.1 Bloques de 500 usuarios *Servicio adicional Kio Networks Marca: Kio-RH-Nomina Modelo: RHNom 5 Usr* Costo Mensual: B/. 14,332.99 Bloques de 5 usuarios ♦Servicio adicional 4.- Servicio de software denominado Mejora Gubernamental Panameña (MGP) Básico: Kio Networks Marca: Kio-GRPbásico Modelo: GRPbásico tipo 10 Costo Mensual por usuario: B/.l,242.00* *Mínimo 10 usuarios Kio Networks Marca: Kio-GRP Modelo: GRPbásico Implementación 30 Costo Mensual por usuario: B/. 1,102.00* *Mínimo: 30 usuarios Kio Networks Marca: Kio-GRP Modelo: GRPbásico Implementación 50 Costo Mensual por usuario: B/. 775.00* *Mínimo 50 usuarios 5.- Software de Inteligencia de Negocios y análisis en tiempo real. - AAAR: Aplicación analítica de alto rendimiento Kio Networks Marca: Kio-AAAR Modelo: AAAR - AgileDataMart Básico Costo Mensual: B/.58,491.24 Kio Networks Marca: Kio-AAAR Modelo: AAAR - Tableros - Oro Costo Mensual: B/.31,677.68 Kio Networks Marca: Kio-AAAR Modelo: AAAR - Tableros - Súper Costo Mensual: B/.48,191.00 Kio Networks Marca: Kio-AAAR Modelo: BW on AAAR Costo Mensual: B/.66,437.99 6.- Plataforma IBM AIX sobre Power7 como Servicio (KIO-PAAS-AIX) Pág. 4 Contrato No. 12 KIO NETWORKS KIO Networks Marca: KIO-PAAS-AIX Modelo: PAVM-1 Costo Mensual: B/.2,500.00 KIO Networks Marca: K1O-PAAS-AIX Modelo: PAVM-2 Costo Mensual: B/.5,000.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-AIX Modelo: PAVM-3 Costo Mensual: B/.7,500.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-AIX Modelo: PAVM-4 Costo Mensual: B/. 10,000.00 7.- Plataforma ORACLE VM sobre X86 como Servicio (KIO-PAAS-ORACLEVM) KIO Networks Marca: KIO-PAAS-ORACLEVM Modelo: ORVM-1 Costo Mensual: B/.3,000.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-ORACLEVM Modelo: ORVM-2 Costo Mensual: B/.6,000.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-ORACLEVM Modelo: ORVM-3 Costo Mensual: B/.9,000.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-ORACLEVM Modelo: ORVM-4 Costo Mensual: B/.12,000.00 V E F¡ Contrátela Genera de la República Dirección de FisJiflizaclón General/ 1 F 1 C A D a o 6 m n\y RICARDil^fACK P. Jefe de Fiscalización 8.-Plataforma Solaris sobre SPARC T4 como Servicio (KIO-PAAS-SPARC) KIO Networks Marca: KIO-PAAS-SPARC Modelo: T4VM-1 Costo Mensual: B/.3,000.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-SPARC Modelo: T4VM-2 Costo Mensual: B/.6,000.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-SPARC Modelo: T4VM-3 Costo Mensual: B/.9,000.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-SPARC Modelo: T4VM-4 Costo Mensual: B/. 12,000.00 9.- Plataforma IBM iSeries sobre Power7 como Servicio (KIO-PAAS- iSeries) Pág. 5 Contrato No. 12 KIO NETWORKS KIO Networks Marca: KIO-PAAS-iSeries Modelo: PiVM-1 Costo: B/.3,500.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-iSeries Modelo: PiVM-2 B/.7,000.00 Costo: KIO Networks Marca: KIO-PAAS-iSeries Modelo: PiVM-3 Costo Mensual: BA 10,500.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-iSeries Modelo: PiVM-4 Costo Mensual: B/.14,000.00 10. Servicios dentro del Centro de Datos KIO KIO Networks Marca: KIO-PAAS-CROSSX Modelo: KIO-PAAS-CROSSX Costo : B/.700.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-INTERNET Modelo: KIO-PAAS-FWALL Costo: B/.700.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-INTERNET Modelo: KIO-INT-1MBIT Costo Mensual: B/.200.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-MONITOR Modelo: KIO-MON-VM Costo Mensual: BA 160.00 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-STORAGE Modelo: KIO-STO-1GB Costo Mensual: BA 0.80 KIO Networks Marca: KIO-PAAS-BACKUP Modelo: KIO-BKP-1GB Costo Mensual: BA 1.40 SEGUNDA: OBLIGACIONES DE EL CONTRATISTA EL CONTRATISTA ejecutará el proyecto como nuevo operador que brindará el Servicio de Data Center en la Red Nacional Multiservicios del Estado (RNMS), de forma continua, regular y eficiente, en condiciones de normalidad y seguridad conforme a las leyes que regulan la materia y a los términos establecidos en el presente Contrato. EL CONTRATISTA por razón del presente contrato y sujeto a las cotizaciones descritas se compromete a: 1. Garantizar el nivel de calidad y disponibilidad del servicio, objeto de este contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Calidad de Servicio (SLA). ■ve. u ' Pág.6 Contrato No. 12 KIO NETWORKS 2. Asignar un Gerente de Proyectos que sea responsable por la administración, ejecución y seguimiento de las tareas requeridas para la provisión del servicio, objeto de este Contrato, quien deberá mantener una comunicación permanente con EL ESTADO para la ejecución de este Contrato. 3. Definir en la forma prevista en este contrato, la metodología de trabajo para la implementación de los servicios, objeto del mismo, en conjunto con el representante designado por EL ESTADO. 4. Contar con un centro de Operaciones y Servicio que ofrezca sus servicios en un horario 24X7X365 incluyendo días feriados y de fiesta nacional. 5. Prestar el servicio de administración y mantenimiento de los Servicios definidos en este contrato, garantizando la no interrupción de la operación. 6. Administración controlada del soporte técnico y mantenimiento de las aplicaciones, permitiendo el cumplimiento de los niveles de servicio y la continuidad operativa del negocio. TERCERA: OBLIGACIONES DEL ESTADO. EL ESTADO se compromete a: Contrataría General Dirección de Fis RICARDO TACK P. Jefe de Fiscalización 1. Realizar la coordinación interinstitucional que se requiriera para la óptima ejecución del presente Contrato. 2. Designar un responsable técnico para la gestión de las actividades requeridas para la prestación de los servicios, objeto de este Contrato, y que servirá de enlace y comunicación con el Gerente de Proyectos designado por EL CONTRATISTA. 3. Facilitará los perfiles de usuarios e instituciones a las que se les brindará los servicios ofrecidos. 4. EL ESTADO debe proveer la infraestructura de LAN adecuada (idónea y debidamente habilitada) para el correcto funcionamiento del Servicio. CUARTA - VIGENCIA El término de duración de este contrato será contado a partir de la orden de proceder y hasta el 30 de noviembre de 2015. No obstante, podrá prorrogarse por un período adicional de doce (12) meses, sujeto a una revisión de las tarifas. QUINTA: MODIFICACIONES AL CONTRATO. Dentro de la vigencia del Contrato, las Partes podrán realizar mejoras o modificaciones, de acuerdo al interés público, al tenor de lo establecido en el artículo 77 del Texto Único de la Ley 22 de 2006, mediante adenda. En cuanto a las tarifas acordadas, EL ESTADO negociará con EL CONTRATISTA disminuciones de las mismas, conforme al comportamiento del mercado. No obstante, las tarifas originales no podrán ser aumentadas. Pág. 7 Contrato No. 12 KIO NETWORKS SEXTA: ANEXOS QUE INTEGRAN EL CONTRATO Forma parte del presente contrato: Especificaciones Técnicas Anexo No.l SLA Acuerdo de niveles de Servicio de Comunicaciones. Anexo No. 2 SLA Acuerdo de niveles de Servicio para energía y temperatura Anexo No. 3 SLA Acuerdo de niveles de Servicio SAP Anexo No. 4 SLA Acuerdo de niveles de Servicios SÉPTIMA - DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS EL CONTRATISTA brindará los servicios contratados por las entidades del ESTADO, a requerimiento de éstas, de forma continua y eficiente, en base a lo descrito en el presente Contrato. OCTAVA: CONTRATACIÓN Y FACTURACIÓN DE SERVICIOS Los servicios a ser prestados por EL CONTRATISTA, indicados en el objeto del presente Contrato, serán solicitados por las entidades del Estado, a través del portal Panamá Compras, en la cual se listaran los servicios con las respectivas tarifas acordadas. Los servicios serán facturados mes vencido, según las tarifas convenidas, con cargo_ajos^respectivos presupuestos de funcionamiento de las entidades. NOVENA: FORMA DE PAGO 0 6 MAY ¿H RICARDO Lck P Jefe dfi Pi^iiaaca,; EL ESTADO se obliga a pagar los servicios de telecomunicación adquiridos de acuerdoaeste~Coñtrato a EL CONTRATISTA, dentro de los sesenta (60) días calendario, contados a partir de la presentación de la cuenta respectiva, con toda la documentación exigida por las reglamentaciones vigentes. Las partes acuerdan que para efecto de las tarifas de instalación de los diferentes servicios, EL CONTRATISTA realizará la presentación de la cuenta respectiva, previa aceptación de la entidad contratante. Para la aceptación de la instalación de los servicios, EL CONTRATISTA proporcionará un formulario que contendrá la información de los servicios instalados y hará referencia a las pruebas realizadas para comprobar el funcionamiento de los mismos. Este formulario deberá ser aprobado por la persona designada en cada entidad y entregado a EL CONTRATISTA, para que sea aportado con la gestión de cobro. DÉCIMA: RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA queda obligado a cumplir con todas las responsabilidades legales y contractuales que le correspondan por razón del presente Contrato, tales como: indemnizaciones a terceros, liquidaciones , prestaciones laborales y de seguridad social, honorarios, compensaciones, reparaciones, pago de tasas, contribuciones o impuestos, así como cualquier otra responsabilidad de tipo administrativa, civil, laboral o penal, u otra que surja en forma directa o indirecta por razón de la ejecución del presente Contrato. Pág. 8 Contrato No. 12 KIO NETWORKS EL CONTRATISTA libera expresa y totalmente a EL ESTADO, respecto a terceros, de toda responsabilidad civil, laboral, fiscal o de cualquier naturaleza que pudiese surgir con motivo de la ejecución del presente Contrato. DÉCIMA PRIMERA: FIANZA DE CUMPLIMIENTO EL ESTADO declara que EL CONTRATISTA ha presentado la Fianza de Cumplimiento No. 04-02- 19294-0, y el endoso No. 1 a dicha fianza, emitida por Compañía ÓPTIMA COMPAÑÍA DE /• SEGUROS, S.A. por la suma de TRESCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE \ BALBOAS CON CUARENTA Y DOS CENTESIMOS (B/.306,269.42)<a favor de la AUTORIDAD NACIONAL PARA LA INNOVACIÓN GUBERNAMENTAL/CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas y responder por la ejecución completa y satisfactoria de los servicios durante la vigencia del contrato, renovable mediante endosos año a año. Dicha Fianza se mantendrá en vigor por un periodo de un (1) año, después I vi Contraicria Genera/ de la República . de recibido a satisfacción el servicio, para responder por vicios redhibitoncs; / Dirección de F DÉCIMA SEGUNDA: RESOLUCIÓN DE CONTRATO RICARfflO TACK P. Jefe de fiscalización Serán causales de la resolución administrativa del Contrato las contempladas en él artículo 113 del Texto Único de la Ley 22 de 27 de junio de 2006, que regula la contratación pública a saber: 1. El incumplimiento de las cláusulas pactadas. 2. La muerte del contratista, en los casos en que deba producir la extinción del contrato conforme a las reglas del Código Civil, si no se ha previsto que puede continuar con los sucesores del contratista, cuando sea una persona natural. 3. La quiebra o el concurso de acreedores del contratista, o por encontrarse este en estado de suspensión o cesación de pagos, sin que se haya producido la declaratoria de quiebra correspondiente. 4. La incapacidad física permanente del contratista, certificado por médico idóneo, que le imposibilite la realización de la obra, si fuera persona natural. 5. La disolución del contratista, cuando se trate de persona jurídica, o de alguna de las sociedades que integran un consorcio o asociación accidental, salvo que los demás miembros del consorcio o asociación puedan cumplir el contrato. Parágrafo. Las causales de resolución administrativa del contrato se entienden incorporadas a este por ministerio de esta Ley, aun cuando no se hubieran incluido expresamente en el contrato. DÉCIMA TERCERA: RENUNCIA A RECLAMACIÓN DIPLOMÁTICA EL CONTRATISTA renuncia a la reclamación diplomática en todo lo relacionado con el presente Contrato, salvo el caso de denegación de justicia, como bien lo establece el artículo 78 del Texto Único de la Ley 22 del 27 de junio de 2006. Lo anterior es sin perjuicio de lo que establezca la Ley 58 del 12 de diciembre de 2002, sobre medidas de retorsión. Pág. 9 Contrato No. 12 KIO NETWORKS DÉCIMA CUARTA: LEGISLACIÓN APLICABLE Cualquier controversia que se suscite en cuanto a la interpretación y ejecución de los términos y condiciones sobre el presente Contrato, se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Judiciales Nacionales. EL CONTRATISTA se obliga a cumplir fielmente con todas las leyes, decretos, ordenanzas provinciales, acuerdos municipales, disposiciones legales vigentes y asumir todos los gastos que estas establezcan, sin ningún costo adicional para EL ESTADO. DÉCIMA QUINTA: RESERVA DE LA INFORMACIÓN. Durante la vigencia de este contrato y dentro de los cinco (5) años siguientes a su término, EL CONTRATISTA, no podrá revelar información confidencial o de propiedad de EL ESTADO, relacionada con los servicios y/o actividades objeto del presente contrato, sin rnn^ntimiento por escrito •> de EL ESTADO. V Contralcrfa Genei al de la República '/ Dirección de Fis lizaciór, Genera 0 6MA 20 DÉCIMA SEXTA: NULIDADES DE LA CLÁUSULA R1CARD' Jefe de Fi ca'lizació-n Cualquier cláusula contenida en este Contrato que sea considerada total o parcialmente nula o ineficaz, no afectará la validez del resto de las Cláusulas. DECIMA SÉPTIMA: NOTIFICACIONES Las notificaciones o comunicaciones que deban efectuarse entre las Partes, como consecuencia del presente Contrato, se harán por escrito, en idioma español, y serán entregadas personalmente a la otra parte o por medio de correo electrónico. A estos efectos, las Partes señalan las siguientes direcciones: EL ESTADO: La Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental Dirección de Tecnología y Transformación Dirección: Edificio Sucre, Arias y Reyes, Vía Ricardo Arango Calle 61, Obarrio. Teléfono: 5207440/41 EL CONTRATISTA: Servicios de Tecnologías de Información de Misión Crítica, S.A., sociedad debidamente inscrita en el Registro Público, Sección de Micropelícula Mercantil, a Ficha 729204, Documento 1936986 Dirección: Edificio 3890, Calle de servicio oeste Parque internacional de negocios Panamá Pacifico (Antigua Base Aérea de Howard), Arraiján, República de Panamá Teléfono: (507) 380-9600 DÉCIMO OCTAVA: DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO • Contrato • Propuesta • Especificaciones Técnicas • Acuerdo de Calidad de Servicio. (SLA) Pág. 10 Contrato No.12 KIO NETWORKS DÉCIMO NOVENA- DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS EL CONTRATISTA brindará los servicios contratados por las entidades del ESTADO, a requerimiento de éstas, de forma continua y eficiente, en base a lo descrito en los Acuerdos de Calidad del Servicio del presente Contrato. VIGÉSIMA: TIMBRES FISCALES Este contrato está exneto de los timbres fiscales, de acuerdo a lo establecido en el articulo 36 de la Ley No 6 de 2 de febrero de 2005, que modifica el numeral 28 del articulo 973 del Código Fiscal. VIGÉSIMA PRIMERA: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El perfeccionamiento del presente Contrato estará sujeto al refrendo de la Contraloría General de la República. Para constancia se firma este Contrato en la ciudad de Panamá, a los mes de de ( días del 2014. Por EL CONTRATISTA ADO MIGUEL ALEJANDRO CROVARI R. AEN Cédula Nq/E-8-56-929 JG Cédula No. 8-466-239 Contralvrja GenerJ de Is Rsjjbt.cDireccion de Fiscalización Ganar*. REFRENDO: RICARdÓTACK P. Jefe de Piscali.iación CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Fecha de Refrendo: ■§!• ■\ I i . J t * .