normativa airsoft barcelona

Transcripción

normativa airsoft barcelona
NORMATIVA AIRSOFT BARCELONA
(VERSIÓN OCTUBRE 2007)
NORMATIVA AIRSOFT BARCELONA
ÍNDICE
1/2
INTRODUCCIÓN
Definición del Airsoft, antecedentes y objetivos de la Normativa …………………………………...
Pág. 3
Puntos de la Normativa Airsoft Barcelona:
1. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN PARTIDAS JUGADAS
BAJO LA NORMATIVA AIRSOFT BARCELONA ……………………………………………………….. Pág. 4
2. MEDIDAS PERSONALES DE SEGURIDAD ……………………………………………………………….Pág. 4
3. DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA …………………………………………………………………………. Pág. 4
4. LÍMITES DE VELOCIDAD (POTENCIA) Y DISTANCIAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD
4.1. Límites de Velocidad y Distancias mínimas
para réplicas que usen bolas de 6mm …………………………………………….. Pág. 5
4.2. Límites de Velocidad y Distancias mínimas
para réplicas que usen bolas de 8mm ……………………………………………… Pág. 5
5. NORMAS DE CONDUCTA
5.1. Normas de Conducta Fuera del campo de juego …………………………….. Pág. 6
5.2. Normas de Conducta en el campo de juego ……………………………………. Pág. 7
5.3. Juego Limpio y Ética Deportiva ………………………………………………………… Pág. 8
5.4. Interrupciones del Juego ………………………………………………………………….. Pág. 8
6. RESTRICCIONES ……………………………………………………………………………………………………. Pág. 9
7. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CAMPOS DE JUEGO …………………………….. Pág. 10
8. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ORGANIZADORES
DE PARTIDAS REGIDAS POR ESTA NORMATIVA …………………………………………………..Pág. 14
9. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS GRUPOS O ASOCIACIONES
PARA ACOGERSE A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA …………………………… Pág. 15
10. ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN, CONVOCATORIAS Y PLAZOS DE REUNIÓN,
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y SISTEMA DE VOTACIONES
10.1. Órganos de Representación …………………………………..……………………….. Pág. 16
10.2. Convocatorias y Plazos de Reunión …………..……………………………………. Pág. 16
10.3. Presentación de Propuestas
10.3.1. Presentación de propuestas que no impliquen una
modificación de la Normativa y que no vayan a ser
incluidas en el orden del día de una reunión …………………. Pág. 16
10.3.2. Presentación de propuestas que no impliquen una
modificación de la Normativa y que se pretenden
incluir en el orden del día de una reunión ……………………… Pág. 17
10.3.3. Presentación de propuestas que impliquen una
modificación de la Normativa .………………………………………… Pág. 17
10.4. Sistema de Votaciones …..……………………………………………………………….. Pág. 18
11. ASOCIACIONES ACOGIDAS A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA ………….. Pág. 18
12. GRUPOS ACOGIDOS A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA ……………………… Pág. 19
1
ÍNDICE
2/2
ANEXOS A LA NORMATIVA AIRSOFT BARCELONA:
ANEXO I
NORMAS DE JUEGO BÁSICAS EN UNA PARTIDA DE AIRSOFT.
ANEXO II
TIPOS DE PARTIDAS.
ANEXO III
ETIQUETA IDENTIFICATIVA PARA COLOCAR EN CAJAS O FUNDAS PARA EL
TRANSPORTE DE RÉPLICAS DE AIRSOFT.
a) Etiqueta para pegar en fundas rigidas
b) Etiqueta para colocar en la cremallera de las fundas “blandas”.
ANEXO IV
TARJETA DE IDENTIFICACIÓN PARA JUGADORES DE AIRSOFT ASOCIADOS.
ANEXO V
SEÑALIZACIÓN PARA LOS ACCESOS A LOS CAMPOS DE JUEGO.
ANEXO VI
REQUISITOS A CUMPLIR POR LAS RÉPLICAS PARA SER CONSIDERADAS COMO
“RÉPLICA DE APOYO” O “RÉPLICA DE FRANCOTIRADOR”.
ANEXO VII PASOS A SEGUIR PARA CONSTITUIR UNA ASOCIACIÓN.
ANEXO VIII MODELOS DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE RÉPLICAS DE ARMAS
DESTINADAS A LA PRÁCTICA DEL AIRSOFT.
ANEXO IX
SEÑALIZACIÓN DE LOS LÍMITES DEL TERRENO DE JUEGO (JUGADORES).
ANEXO X
SEÑALIZACIÓN DE LA ZONA DE SEGURIDAD.
ANEXO XI
MODELO DE COMUNICACIÓN DE ACTIVIDAD (SE DEBE USAR EN EL CASO DE
QUE EL TERRENO DONDE SE CELEBRE EL EVENTO/CONCENTRACIÓN CUENTE
CON PERMISO DE ACTIVIDADES Y POR TANTO ESTÉ AUTORIZADO A
CELEBRAR ACTIVIDADES DE ESE TIPO)
ANEXO XII MODELO DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDAD (SE DEBE USAR
EN EL CASO DE QUE EL TERRENO DONDE SE CELEBRE EL
EVENTO/CONCENTRACIÓN NO CUENTE CON PERMISO DE ACTIVIDADES)
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INTRODUCCIÓN
El Airsoft es un juego de estrategia y simulación. Es una actividad lúdica y deportiva
de ámbito competitivo o simplemente recreativo. Para practicarlo los jugadores
utilizan réplicas de armas a escala 1:1 que lanzan bolas de materiales biodegradables
a menos de 3 Julios de potencia. Su práctica no implica ninguna vinculación política,
religiosa, excluyente o ilícita.
La Normativa Airsoft Barcelona es un conjunto de reglas creado con el objetivo de
conseguir un juego más regulado y seguro. La Normativa recibe su nombre del portal
de Internet Airsoft Barcelona, www.airsoftbarcelona.com, puesto que fue en este
portal donde se gestó en un primer momento y donde actualmente está alojado el
Foro de Representantes de los grupos acogidos a la misma.
La Normativa de Airsoft Barcelona está abierta a cuantos grupos quieran aceptarla
como suya y, de forma voluntaria, formar parte a través de sus representantes de los
órganos de gestión de la misma, así como, en un futuro, de la Federación de
Asociaciones que se constituya a partir de ella. Lo reflejado en esta Normativa es de
obligado cumplimiento para los grupos que voluntariamente se han acogido a ella, y
solo podrán tener acceso al Foro de Representantes y a las Reuniones que se
convoquen, y por tanto derecho a voto, los grupos que la acepten y por tanto la
cumplan en su totalidad.
Los puntos recogidos en esta Normativa han sido redactados por los representantes
de los grupos presentes en las reuniones que se han ido celebrando a lo largo del
tiempo, y se han aprobado a través de votaciones por el sistema de mayoría simple.
El respeto y la honradez entre jugadores es la primera norma y la más importante
para que este juego se desarrolle con normalidad y todos podamos disfrutar de él, de
igual forma, el respeto a las decisiones tomadas por mayoría en las reuniones o en el
Foro de Representantes es indispensable para el correcto funcionamiento de la
Normativa y de los órganos de representación que de ella puedan derivar.
El Airsoft, por su naturaleza de juego de simulación, puede fácilmente crear una
imagen equivocada en la sociedad y las autoridades, que pueden considerar nuestra
actividad como violenta y peligrosa. Es responsabilidad de los practicantes de Airsoft
a través de nuestro comportamiento y de nuestra capacidad para autorregular
nuestra actividad el cambiar esa imagen equivocada.
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1. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN PARTIDAS JUGADAS BAJO LA NORMATIVA
AIRSOFT BARCELONA.
Los jugadores de Airsoft deberán cumplir los siguientes requisitos para participar en las
partidas jugadas bajo la presente Normativa, el incumplimiento de alguno de los requisitos
supondrá la expulsión inmediata de la partida:
-
Ser mayor de edad.
-
Cumplir la Normativa en su totalidad.
2. MEDIDAS PERSONALES DE SEGURIDAD
Con el objetivo de practicar el airsoft de una forma segura, es obligatorio cumplir las
siguientes medidas personales de seguridad:
-
Es obligatorio el uso de gafas de protección que cumplan la norma Europea EPI89/686/CEE (EN166) o el estándar americano ANSI Z87.1 y que impidan el paso de
bolas hacia los ojos. Las gafas se deberán llevar puestas en todo momento, salvo
en las zonas de seguridad habilitadas.
-
Se evitará portar elementos que puedan resultar peligrosos en caso de caída (palas,
cuchillos, etc…) (ver Punto 6)
-
A criterio de la organización, las Medidas Personales de Seguridad podrán
ampliarse, obligando por ejemplo al uso de máscaras o ropa gruesa en partidas
CQB (ver Anexo II), pero nunca podrán reducirse.
-
No se permitirá participar en partidas jugadas cumpliendo la Normativa de Airsoft
Barcelona a las personas que muestres síntomas claros de embriaguez, anomalía
psíquica aparente o que se encuentren bajo la influencia notoria de sustancias
estupefacientes.
3. DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA
Los miembros de las asociaciones o grupos acogidos a esta Normativa deben llevar consigo la
siguiente documentación cuando participen en un evento o partida:
-
Documento Nacional de Identidad o equivalente (Carné de Conducir , Pasaporte,
Tarjeta de Residencia)
-
Factura de compra o documento acreditativo de la propiedad de la réplica o réplicas
que porte.
-
Tarjeta de identificación que acredite al jugador como miembro de una asociación
acogida a la Normativa, en caso de ser miembro. (ver Anexo IV)
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4. LÍMITES DE VELOCIDAD (POTENCIA) Y DISTANCIAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD.
Para la práctica de este juego, se permite el uso de réplicas eléctricas, de gas o de muelle, de
tiro simple, semiautomático o automático, preparadas para el uso de bolas destinadas a la
práctica del airsoft de 6mm o 8mm. Quedan prohibidas las bolas metálicas y las explosivas. El
uso de las bolas de pintura queda a criterio de la organización.
4.1. Límites de Velocidad y Distancias mínimas para réplicas que usen bolas de
6mm.
TIPO DE RÉPLICA
PISTOLA
ESCOPETA
SUBFUSIL
FUSIL
AMETRALLADORA APOYO
FRANCOTIRADOR SEMIAUTO
FRANCOTIRADOR CERROJO
CAL.
6 mm
6 mm
6 mm
6 mm
6 mm
6 mm
6 mm
VEL. MÁXIMA
FPS
M/S
330
100,58
350
106,68
350
106,68
350
106,68
400
121,92
450
137,16
550
167,64
DISTANCIA MÍNIMA DE SEGURIDAD
5 metros
5 metros
5 metros
5 metros
15 metros
20 metros
30 metros
Todas las réplicas pasarán la prueba del Cronógrafo para medir su velocidad antes de
comenzar la partida, con bolas de 6mm de 0,20 gramos y el Hop-Up regulado al mínimo.
Para las réplicas que puedan tirar a más de 350 fps (Ametralladoras de Apoyo y Francotirador
Semi o Cerrojo), se recomienda llevar una réplica secundaria (Pistola, Escopeta, Subfusil o
Fusil), que permita disparar a distancias más reducidas, que nunca podrán ser inferiores a 5
metros.
Para consultar los requisitos que una réplica debe cumplir para ser considerada de
Apoyo o de Francotirador, consultar el Anexo VI.
4.2. Límites de Velocidad y Distancias mínimas para réplicas que usen bolas de
8mm. (PROVISIONAL – EN ESTUDIO)
TIPO DE RÉPLICA
PISTOLA
ESCOPETA
SUBFUSIL
FUSIL
AMETRALLADORA APOYO
FRANCOTIRADOR SEMIAUTO
FRANCOTIRADOR CERROJO
CAL.
8 mm
8 mm
8 mm
8 mm
8 mm
8 mm
8 mm
VEL. MÁXIMA
FPS
M/S
194
59,13
206
62,79
206
62,79
206
62,79
235
71,63
265
80,77
323
98,45
DISTANCIA MÍNIMA DE SEGURIDAD
5 metros
5 metros
5 metros
5 metros
15 metros
20 metros
30 metros
Todas las réplicas pasarán la prueba del Cronógrafo para medir su velocidad antes de
comenzar la partida, con bolas de 8mm de 0,34 gramos y el Hop-Up regulado al mínimo.
Para las réplicas que puedan tirar a más de 206 fps (Ametralladoras de Apoyo y Francotirador
Semi o Cerrojo), se recomienda llevar una réplica secundaria (Pistola, Escopeta, Subfusil o
Fusil), que permita disparar a distancias más reducidas, que nunca podrán ser inferiores a 5
metros.
Para consultar los requisitos que una réplica debe cumplir para ser considerada de
Apoyo o de Francotirador, consultar el Anexo VI.
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5. NORMAS DE CONDUCTA
En vistas a conseguir un juego fluido y una buena convivencia entre jugadores, así como con
el resto de la sociedad y autoridades, se deberán seguir las siguientes Normas Básicas de
Conducta:
5.1. Normas de Conducta Fuera del campo de juego:
-
Se evitará vestir uniforme militar completo, así como vestir chalecos tácticos,
pistoleras, cananas, o cualquier otra prenda que pueda provocar confusión o pueda
intimidar a personas que desconozcan nuestra actividad.
-
No se permite exhibir las réplicas fuera del campo de juego, incluyendo el interior
de los vehículos que se encuentren estacionados o circulen por la vía pública.
-
Llevaremos con nosotros la documentación reflejada en el Punto 3 de esta
Normativa.
-
El transporte de las réplicas al campo de juego se realizará de la siguiente
forma:

En su caja original, o en una funda adecuada donde se indique
claramente que es una réplica de Airsoft. (ver Anexo III)

En el interior de la caja o funda, la réplica deberá:
o
o
o
o

Tener el seguro puesto.
Tener colocado en la punta del cañón un distintivo o
tapón rojo.
Tener la batería desconectada
Llevar el cargador de bolas vacío y por separado de la
réplica.
En el interior de la caja o funda, se deberá llevar junto a la réplica:
o
o
Factura o contrato de compra venta, o cualquier otra
documentación que nos acredite como propietarios de
la misma.
Una muestra de bolas

Si el transporte se realiza en coche, las réplicas deberán colocarse en
el maletero del vehículo cumpliendo con todos los puntos reflejados
anteriormente.

No son aptas para el transporte de réplicas las fundas de guitarra o
similares, puesto que puede entenderse que hay ánimo de ocultación
al transportar las réplicas en dichas fundas.
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<Continúa 5.1. Normas de Conducta Fuera del campo de juego>
-
En caso de ser requeridos por las autoridades.
En caso de que un agente de la autoridad nos solicite que nos identifiquemos y que
mostremos el contenido de la caja o funda donde transportamos nuestra réplica, o
del maletero del vehículo donde nos trasladamos, actuaremos de la siguiente
forma:

Nos identificaremos como miembros de una asociación destinada a la
práctica del airsoft legalmente constituida. Le entregaremos nuestro
D.N.I. (o documento equivalente), y le entregaremos también
cualquier documento que nos acredite como miembros de una
asociación destinada a la práctica del airsoft. (Ver Anexo IV)

En caso de que nos solicite que abramos el maletero si viajamos en
coche, o que mostremos el contenido de la funda o caja donde
transportemos la réplica, le informaremos de antemano del contenido
del maletero si es que viajamos en coche, o del contenido de la funda
o caja donde transportemos nuestra réplica. Le indicaremos que nos
dirigimos a jugar una partida o que volvemos de jugarla (indicando
de donde venimos y el lugar a donde vamos), a continuación le
mostraremos el contenido.

Si el agente de la autoridad decide requisar las réplicas, le
solicitaremos una copia del acta de intervención en la que figuren
nuestros datos, el material requisado, el lugar, fecha y hora y el
motivo de la actuación, y nos informaremos de donde deberemos
acudir posteriormente a recogerlas o a presentar la documentación
que nos requieran. En ningún caso nos enfrentaremos al agente ni
perderemos los nervios.
5.2. Normas de Conducta en el campo de juego:
-
Respetaremos las zonas de seguridad y los límites del campo de juego, así como los
horarios y normas específicas establecidos por los organizadores de la partida.
-
Respetaremos los límites de potencia y distancias de seguridad reflejados en el
Punto 4 de esta Normativa.
-
Seremos honestos y al recibir un impacto levantaremos los brazos y gritaremos
“VALE” (o actuaremos de la forma indicada por los organizadores de la partida).
-
Si resultamos eliminados guardaremos silencio y evitaremos actitudes que puedan
descubrir al rival que nos ha eliminado, salvo que las normas específicas de la
partida indiquen lo contrario.
-
En la trayectoria de una bola de airsoft pueden influir muchos factores, nunca
podemos estar seguros al cien por cien de si impactamos o no en otro jugador. Si
pese a esto tenemos cualquier discrepancia sobre este u otro punto con otro
jugador, se canalizará a través de los representantes de grupo y de los
organizadores de la partida.
-
Mientras estemos eliminados o a la espera de incorporarnos a una partida en curso,
evitaremos hablar en voz alta y disparar nuestras réplicas. Estas actitudes pueden
confundir a los jugadores que continúan activos en la partida.
7
<Continúa 5.2. Normas de Conducta en el campo de juego >
-
Evita los disparos a cortas distancias (5 metros o menos). Para eliminar a estas
distancias basta con tocar al contrincante o apuntarle y decirle “ELIMINADO”,
siempre que se encuentre en una posición que no le permita reaccionar. En caso de
duda los dos jugadores están eliminados.
-
No se puede “eliminar por voz” (tal como se indica en el texto anterior) a un
jugador que se encuentre a más de 5 metros de nosotros.
-
Deben evitarse, en la medida de lo posible, los disparos a la cabeza.
-
Queda terminantemente prohibido molestar a ningún animal que se encuentre en el
campo de juego.
-
Queda terminantemente prohibido disparar contra personas que no estén jugando
la partida.
-
El campo de juego debe ser respetado, debe evitarse arrojar desperdicios o causar
destrozos en el campo.
-
Queda prohibido encender fuegos en el campo de juego, así como el uso de
hornillos o artefactos similares en épocas de riesgo de incendio. En épocas en que
no haya riesgo de incendio el uso o no de este tipo de elementos deberá ser
autorizado por el dueño del campo.
-
Si acceden a la zona de juego personas ajenas o no a la partida que no lleven la
protección ocular indicada en el Punto 2 de esta Normativa, informaremos de este
punto al resto de jugadores y a la organización y pararemos inmediatamente la
partida.
-
Se evitará practicar el airsoft en campos que no cumplan lo reflejado en el Punto 7
de esta Normativa.
5.3. Juego Limpio y Ética Deportiva:
Los jugadores deben:
-
Respetar y tratar con dignidad a los compañeros de equipo, rivales, árbitros
organizadores y otros participantes.
-
Acatar las decisiones de los árbitros y/o organizadores.
-
No instigar, fomentar o participar en discusiones ni actitudes violentas.
-
Cumplir los Puntos de esta Normativa en su totalidad.
5.4 Interrupciones del Juego
Debe interrumpirse una partida o evento de Airsoft de manera inmediata cuando:
-
Aparezcan en el terreno de juego personas ajenas a la actividad. Los jugadores y/o
la organización deben informar a los foráneos de la actividad que se está llevando a
cabo e indicarles la necesidad de protección ocular adecuada.
-
Aparezcan en el terreno de juego autoridades policiales. Los jugadores deben
interrumpir inmediatamente la actividad, deben colgarse la réplica a la espalda y
permanecer en el lugar en que se encuentren. Un miembro de la organización, o un
representante de los jugadores, se acercará a los agentes para informarles de la
actividad y atender a sus requerimientos.
-
Se produzca una emergencia o una situación de peligro para la integridad física de
cualquiera de los participantes.
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6. RESTRICCIONES
Con el objetivo de evitar accidentes, así como malentendidos que puedan perjudicar la imagen
de nuestra afición, se imponen las siguientes restricciones:
-
No se permite ningún tipo de simbología política.
-
No se permiten símbolos racistas o excluyentes, así como las actitudes antisociales
y/o violentas.
-
No se permite portar banderas, estandartes, símbolos o emblemas no recogidos por
la Constitución Española, así como las prohibidas expresamente por Ley.
Exceptuando:

Las banderas en uso por otros países y que estén recogidas por sus
respectivas Constituciones.

Los Emblemas, Símbolos o Banderas propios de cada Grupo o
Asociación, siempre que estos no incumplan la Ley.

En partidas Históricas, las banderas, estandartes, símbolos o
emblemas aprobados previamente por la organización de la partida.
-
No se permite portar emblemas o distintivos de Rango o Unidad en uso por las
Fuerzas Armadas o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, a no ser que el
portador esté autorizado por su profesión.
-
No se permite llevar ningún tipo de arma no simulada, ni para el juego ni como
elemento decorativo, quedando así prohibida la entrada a la partida a jugadores con
armas blancas, pistolas detonadoras o de señales, armas de balines o perdigones,
artefactos pirotécnicos, etc... Se permitirá llevar multiusos o multiherramientas,
siempre que sea en lugar no visible y de forma segura, y solo se podrán usar en la
zona de seguridad.
-
Se prohibe expresamente el uso de artefactos que puedan conllevar riesgo de
incendio o riesgo para la integridad física de los jugadores. (botes de humo,
petardos, etc…)
-
Se prohibe disparar en automático las réplicas asimiladas como Francotirador
Semiautomático, y que por tanto pasen de 350 fps.
9
7. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CAMPOS DE JUEGO
Se podrá practicar el airsoft en propiedades privadas o de titularidad pública que cumplan los
siguientes requisitos:
-
Terrenos de propiedad privada en los que se pueda impedir el acceso de
personas ajenas a la partida, por estar estos vallados, y en los que desde el
exterior de la propiedad no se pueda observar las actividades que se
desarrollen en su interior:
Se deberán cumplir las siguientes condiciones:
-

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el
desarrollo de la actividad.

Disponer una zona de seguridad a la que no se pueda acceder
durante el juego, y que discurra a lo largo del perímetro del campo,
dejando la distancia suficiente, o tomando las medidas oportunas,
para evitar que las bolas disparadas puedan superar el límite de la
propiedad, y para evitar que los jugadores se acerquen demasiado al
límite del campo y puedan ser vistos desde el exterior.

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad
donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así
como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las
comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.
Terrenos de propiedad privada en los que no se pueda impedir el acceso de
personas ajenas a la partida, por no estar estos vallados, pero en los que
desde el exterior de la propiedad no se pueda observar las actividades que
se desarrollen en su interior:
Se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el
desarrollo de la actividad.

Disponer una zona de seguridad a la que no se pueda acceder
durante el juego, y que discurra a lo largo del perímetro del campo,
dejando la distancia suficiente, o tomando las medidas oportunas,
para evitar que las bolas disparadas puedan superar el límite de la
propiedad, y para evitar que los jugadores se acerquen demasiado al
límite del campo y puedan ser vistos desde el exterior.

Señalizar los accesos al campo con carteles en los que se informe de
la actividad que se desarrolla en su interior y de que puede resultar
peligroso acceder a la zona de juego sin la protección ocular
adecuada. (Ver Anexo V)

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad
donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así
como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las
comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.
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<Continúa 7. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CAMPOS DE JUEGO >
-
Terrenos de propiedad privada en los que se pueda impedir el acceso de
personas ajenas a la partida, por estar estos vallados, pero en los que
desde el exterior de la propiedad se pueda observar las actividades que se
desarrollen en su interior:
Se deberán cumplir las siguientes condiciones:
-

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el
desarrollo de la actividad.

Informar a las autoridades de la zona de la celebración de la
actividad, por escrito y con antelación suficiente a criterio de la
autoridad competente.

Disponer una zona de seguridad a la que no se pueda acceder
durante el juego, y que discurra a lo largo del perímetro del campo,
dejando la distancia suficiente, o tomando las medidas oportunas,
para evitar que las bolas disparadas puedan superar el límite de la
propiedad.

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad
donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así
como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las
comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.
Terrenos de propiedad privada en los que no se pueda impedir el acceso de
personas ajenas a la partida, por no estar estos vallados, y en los que
desde el exterior de la propiedad se pueda observar las actividades que se
desarrollen en su interior:
Se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el
desarrollo de la actividad.

Informar a las autoridades de la zona de la celebración de la
actividad, por escrito y con antelación suficiente a criterio de la
autoridad competente.

Disponer una zona de seguridad a la que no se pueda acceder
durante el juego, y que discurra a lo largo del perímetro del campo,
dejando la distancia suficiente, o tomando las medidas oportunas,
para evitar que las bolas disparadas puedan superar el límite de la
propiedad.

Señalizar los accesos al campo con carteles en los que se informe de
la actividad que se desarrolla en su interior y de que puede resultar
peligroso acceder a la zona de juego sin la protección ocular
adecuada. (Ver Anexo V)

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad
donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así
como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las
comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.
11
<Continúa 7. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CAMPOS DE JUEGO >
-
Edificaciones de propiedad privada en las que desde el exterior de la
propiedad no se pueda observar las actividades que se desarrollen en su
interior, y que se encuentren aisladas de otras edificaciones habitadas:
Se deberán cumplir las siguientes condiciones:
-

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el
desarrollo de la actividad.

Se entiende que siendo una edificación de propiedad privada, esta no
será de libre acceso a personas ajenas al juego, pero si hubiera
riesgo de entrada de terceras personas, se deberán señalizar los
accesos con carteles en los que se informe de la actividad que se
desarrolla en su interior y de que puede resultar peligroso acceder a
la zona de juego sin la protección ocular adecuada. (Ver Anexo V)

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad
donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así
como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las
comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.
Edificaciones de propiedad privada en las que desde el exterior de la
propiedad no se pueda observar las actividades que se desarrollen en su
interior, y que se encuentren en la cercanía de otras edificaciones
habitadas:
Se deberán cumplir las siguientes condiciones:

Contar con permiso expreso del dueño de la propiedad para el
desarrollo de la actividad.

Informar a las autoridades de la zona de la celebración de la
actividad, por escrito y con antelación suficiente a criterio de la
autoridad competente.

Se entiende que siendo una edificación de propiedad privada, esta no
será de libre acceso a personas ajenas al juego, pero si hubiera
riesgo de entrada de terceras personas, se deberán señalizar los
accesos con carteles en los que se informe de la actividad que se
desarrolla en su interior y de que puede resultar peligroso acceder a
la zona de juego sin la protección ocular adecuada. (Ver Anexo V)

Disponer de una zona de seguridad en el interior de la propiedad
donde los jugadores puedan cambiarse y preparar sus réplicas, así
como de una zona de pruebas donde se puedan hacer las
comprobaciones y eventuales reparaciones necesarias en las mismas.
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<Continúa 7. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS CAMPOS DE JUEGO >
-
Edificaciones o Terrenos propiedad de Instituciones Públicas
Se deberán cumplir las condiciones reflejadas en los puntos anteriores, dependiendo
de las características de cada terreno o edificación, además de contar con:

Permiso expreso de la Institución propietaria del terreno o la
edificación.

Permiso expreso del Ayuntamiento de la localidad donde esté ubicada
la propiedad.
En todos los terrenos o edificaciones se deberá realizar una inspección por parte de
los organizadores de la partida, en la que se deberán acotar y señalizar las zonas
que puedan suponer un peligro para la integridad física de los jugadores. Se
prohibirá el paso de jugadores a dichas zonas.
Los campos de juego deben contar con las siguientes zonas delimitadas:
-
Zona de juego.
Por “zona de juego” se entiende la zona delimitada del terreno donde se desarrolle
la partida, incluyendo la zona o zonas de eliminados. En la zona de juego es
obligatorio en todo momento el uso de protección ocular adecuada.
-
Zona de pruebas.
Por “zona de pruebas” se entiende la zona delimitada del terreno donde se realice la
prueba de cronógrafo, así como los ajustes de la réplica que requieran realizar
disparos (ajuste del hop-up, comprobación de baterías, ajuste de elementos de
puntería, etc…). En la zona de pruebas es obligatorio en todo momento el uso de
protección ocular adecuada.
-
Zona de seguridad.
Por “zona de seguridad” se entiende cualquier zona delimitada del terreno donde los
jugadores puedan despojarse de la protección ocular sin riesgo. En la zona de
seguridad está terminantemente prohibido disparar. Se considerarán
obligatoriamente como “zona de seguridad” las zonas designadas como
aparcamiento de vehículos y zonas para cambiarse, dependiendo del tipo y duración
de la partida pueden considerarse también como zona de seguridad las zonas de
acampada, zonas de descanso, zonas destinadas al personal de organización, etc…
La “zona de seguridad” debe estar situada en una zona lo suficientemente alejada
de la zona de juego, o contar con los medios suficientes, para evitar el paso de
bolas disparadas al interior de la misma.
En caso de ser necesario realizar reparaciones en la réplica, o ajustes que requieran
su desmontaje, se realizarán obligatoriamente en la zona de seguridad.
13
8. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS ORGANIZADORES DE PARTIDAS REGIDAS
POR ESTA NORMATIVA
Los grupos o asociaciones acogidos a esta Normativa y que pretendan organizar partidas
regidas por el mismo deberán cumplir los siguientes requisitos:
-
Deberán contar obligatoriamente con los medios suficientes para garantizar el
cumplimiento de lo reflejado en los Puntos 2 y 4 de esta Normativa, es decir:

Cronógrafo para poder medir la velocidad de las replicas a usar en la
partida.

Gafas de protección de reserva para poder solventar los problemas de
roturas, o protección inadecuada de los participantes.

Si se exigen por parte de la organización medidas personales de
seguridad superiores a las reflejadas en el Punto 2 de esta Normativa,
y que conlleven la utilización de otros elementos a parte de las gafas
(máscaras, cascos, etc…), se deberá contar con unidades de reserva
de los mismos.
-
Deberán contar también obligatoriamente con, al menos, un botiquín de primeros
auxilios, así como medios para contactar con servicios de emergencia en el caso de
ser necesaria la evacuación de algún participante.
-
Se ha de dar notificación escrita a las autoridades locales competentes (cuerpos de
seguridad, Bomberos y ayuntamiento obligatoriamente, y Protección Civil y Hospital
General más cercano de forma voluntaria) informando de la celebración de la
partida.
-
Se recomienda que cuenten con réplicas de reserva para sustituir a las que
sobrepasen los límites establecidos en el Punto 4. Se prohibe el uso de bocachas
reductoras, puesto que solo son efectivas en réplicas que funcionen tiro a tiro,
perdiendo efectividad en réplicas que disparen a ráfaga.
-
Deberán contar con un campo de juego que cumpla lo reflejado en el Punto 7 de
esta Normativa.
-
Deberán disponer una zona de seguridad en la que no se permita disparar, en el
interior o contigua a la zona de juego.
-
Si el campo de juego no cuenta con un Seguro de Responsabilidad Civil, es
obligatoria la contratación de uno que cubra a los participantes durante las fechas
de celebración de la partida.
14
9. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS GRUPOS O ASOCIACIONES PARA
ACOGERSE A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA.
El objetivo de esta Normativa es unificar criterios entre los grupos en vistas a conseguir en un
futuro cercano la constitución de una Federación de Asociaciones de Airsoft en Catalunya. Para
poder cumplir este objetivo es necesario que los grupos acogidos a la Normativa se
constituyan como asociaciones, inscribiéndose en el Departament de Justicia de la Generalitat
de Catalunya.
Temporalmente, y hasta el 31 de diciembre de 2007, se permitirá la asistencia con voz y
voto a las reuniones de los representantes de los grupos que aún no estén constituidos como
Asociaciones, si bien una vez cumplido este plazo solo tendrán voto en las reuniones las
Asociaciones, pudiendo acudir los grupos no constituidos como tales con voz pero sin voto.
Los requisitos a cumplir por los grupos son los siguientes:
-
Deben estar formados por al menos tres personas, puesto que es el mínimo legal
requerido para formar asociación.
-
Deben constituirse como asociación o tener presentados los papeles antes de la
fecha límite marcada en el Punto 9 de esta Normativa.
-
Todos sus miembros deben cumplir en su totalidad lo reflejado en esta Normativa,
recayendo la responsabilidad de velar por el cumplimiento de la misma, por parte
de sus miembros, en la dirección de cada grupo.
-
Las propuestas y las discusiones sobre las mismas deben canalizarse a través del
Foro de Representantes de Airsoft Barcelona (www.airsoftbarcelona.com), o en las
reuniones que se convoquen a través de él. Se evitará iniciar discusiones en público
que pongan en entredicho el trabajo realizado por todos, tenemos herramientas
para comunicarnos de forma eficiente sin necesidad de hacerlo en público,
usémoslas.
-
Para que se le facilite el acceso al Foro de Representantes a un solicitante, se
deberán facilitar obligatoriamente al administrador del foro en un plazo de dos
semanas los siguientes datos:
- Nombre del Grupo
- Nick del representante
- Datos personales del representante
- En caso de formar parte de una asociación legalmente constituida se deberá facilitar el nombre
de la asociación y el número de registro en la Direcció General de Dret i Entitats Jurídiques del
Departament de Justicia de la Generalitat de Catalunya.
- Número de miembros del grupo
- Página web (en caso de disponer de ella)
- Email del grupo
-
Los grupos acogidos a la Normativa Airsoft Barcelona están obligados a designar un
representante que sea su voz en el Foro de Representantes y en las reuniones,
pudiendo ser sustituido por otro miembro del grupo cuando este no pueda
desempeñar sus funciones como representante o cuando le sea imposible acudir a
las reuniones. Tanto el representante designado en primer termino como los
posibles suplentes de este, deberán estar autorizados por la Junta Directiva del
grupo o asociación representado.
-
Ningún grupo esta obligado a acogerse a la Normativa de Airsoft Barcelona, él que
lo hace lo hace por voluntad propia, y por tanto se compromete de forma voluntaria
a cumplir punto por punto con lo reflejado en esta Normativa. El incumplimiento por
parte de un grupo de los puntos reflejados en la Normativa debe suponer por tanto
la expulsión de dicho grupo de los órganos de representación de la misma.
15
10. ÓRGANOS DE REPRESENTACIÓN, CONVOCATORIAS Y PLAZOS DE REUNIÓN,
PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y SISTEMA DE VOTACIONES.
10.1. Órganos de Representación.
Hasta la constitución de una Federación de Asociaciones de Airsoft en Catalunya, el órgano de
representación, así como el foro de discusión, de los grupos acogidos a la Normativa de Airsoft
Barcelona, es el Foro de Representantes de Airsoft Barcelona.
Se concederá acceso al Foro de Representantes de Airsoft Barcelona a una persona
por grupo, siempre y cuando el grupo que solicite el acceso cumpla lo reflejado en el
punto 9 de esta Normativa. Esa persona deberá cumplir con los siguientes requisitos:
-
Ser mayor de edad.
-
Estar autorizado por la Junta Directiva del Grupo o Asociación al que se representa.
Puesto que el Foro de Representantes de Airsoft Barcelona es, por ahora, el órgano de
representación de los grupos y asociaciones acogidos a la Normativa de Airsoft Barcelona, así
como una herramienta de discusión y votación de los mismos, se hace necesario revocar el
acceso a los representantes de grupos no acogidos a la Normativa de Airsoft Barcelona que a
febrero de 2007 cuentan con él. En lo sucesivo no se dará acceso al foro de Representantes a
personas que no cumplan los requisitos reflejados en el segundo párrafo de este mismo punto.
10.2. Convocatorias y Plazos de Reunión.
Hasta la constitución de una Federación de Asociaciones de Airsoft en Catalunya que pueda
convocar asambleas tanto ordinarias como extraordinarias, se celebrará un mínimo de una
reunión anual de representantes de los grupos y asociaciones acogidos a la Normativa Airsoft
Barcelona.
Las reuniones de representantes se convocarán a través del Foro de Representantes de Airsoft
Barcelona con, al menos, un mes de antelación sobre la fecha de celebración de la reunión.
Se abrirá un plazo de presentación de puntos para el orden del día de la reunión, no siendo
este en ningún caso inferior a 15 días contando siempre a partir de la fecha en la que se
publique la convocatoria de reunión. El plazo de presentación de puntos para el orden del día
finalizará como máximo 10 días antes del la fecha en la que se celebre la reunión.
10.3. Presentación de propuestas.
Los representantes de los grupos acogidos a la Normativa de Airsoft Barcelona pueden
presentar propuestas a través del Foro de Representantes de Airsoft Barcelona.
10.3.1. Presentación de propuestas que no impliquen una modificación de la
Normativa y que no vayan a ser incluidas en el orden del día de una
reunión.
Si las propuestas presentadas no implican una modificación de la Normativa y no
hay una reunión prevista, se podrán votar directamente a través del Foro de
Representantes. Para poder realizar la votación, el representante de grupo que
presente la propuesta deberá abrir un post en el Foro de Representantes con el
título de la propuesta que presenta precedido del texto “PROPUESTA:”, en el
cuerpo del mensaje realizará una exposición de la propuesta.
16
<Continúa 10.3.1. Presentación de propuestas que no impliquen una modificación de la Normativa y que no vayan a ser incluidas en el orden
del día de una reunión.>
Por ejemplo:
Si el representante de la Asociación X quiere presentar una propuesta para, por
ejemplo, realizar un reportaje con un medio de comunicación local, actuará de la
forma siguiente:
Abrirá un post con el título:
PROPUESTA: Reportaje en medio de comunicación local
Y en el cuerpo del mensaje explicará la propuesta, por ejemplo:
En la Asociación X hemos recibido un email del medio de
comunicación local XXXX en el que nos brindan la posibilidad de
realizar un reportaje sobre nuestra actividad. Desde la Asociación
X consideramos que puede ser beneficioso para dar a conocer el
Airsoft en la zona y para la imagen de los grupos y asociaciones
acogidos a la Normativa de Airsoft Barcelona, es por eso que
abrimos este post para votar sobre el tema antes de dar una
respuesta.
Una vez abierto el post, cada representante de grupo podrá votar a favor o en
contra argumentando su voto, durante un periodo de tiempo prudencial (que
puede variar dependiendo de la complejidad del tema a votar).
10.3.2. Presentación de propuestas que no impliquen una modificación de la
Normativa y que se pretenden incluir en el orden del día de una reunión.
Si hay una reunión prevista, las propuestas que no requieran una modificación de
la Normativa podrán ser incluidas en el orden del día siempre y cuando no se
manifiesten en contra de dicha inclusión un mínimo de un tercio más uno del total
de los representantes de grupo registrados en el Foro de Representantes.
El sistema a seguir para incluir una propuesta que no suponga una modificación
de la Normativa en el orden del día de una reunión es idéntico al explicado en el
punto 10.3.1 de esta Normativa, con la salvedad que una vez abierto el post solo
se pronunciarán los representantes que estén en contra de la inclusión de la
propuesta en el orden del día. Si finalizado el plazo de presentación de puntos
para el orden del día no se han pronunciado en contra un numero suficiente de
representantes, la propuesta será incluida como punto en el orden del día de la
reunión.
10.3.3. Presentación de propuestas que impliquen una modificación de la
Normativa.
Si la propuesta presentada implica una modificación de la Normativa, se deberá
votar obligatoriamente en una reunión.
Deberá incluirse en el orden del día de la primera reunión que se celebre a partir
de la fecha en que se presente la propuesta, por tanto deberá cumplir lo indicado
en el punto 10.3.2 de esta Normativa en lo referente a la inclusión de puntos en
el orden del día de las reuniones.
Para aprobar una propuesta que implique una modificación de la Normativa, esta
deberá ser aprobada por dos tercios de los representantes de grupo presente en
la reunión en que se celebre la votación.
Este punto no afectará a la aceptación de nuevos grupos o asociaciones que
expresen su deseo de acogerse a la Normativa de Airsoft Barcelona, y a la
consiguiente modificación de los listados de los puntos 11 y 12 de la Normativa
para incluir dichos grupos o asociaciones. Esta modificación podrá hacerse sin
necesidad de votación, siempre y cuando los solicitantes cumplan lo estipulado en
el punto 9 de esta Normativa.
17
10.4. Sistema de Votaciones.
Las propuestas presentadas por los representantes de los grupos se votarán, dependiendo de
su complejidad, en las reuniones o a través del Foro de Representantes por el sistema de
mayoría simple, siempre y cuando en la votación no se decida una modificación de la
Normativa vigente, en cuyo caso se actuará tal y como se indica en el punto 10.3.3.
Tanto si la votación se realiza a través del Foro de Representantes, como si se realiza en una
Reunión, se cumplirá lo reflejado en el segundo párrafo del punto 9, y en el punto 10 de esta
Normativa.
En las votaciones realizadas a través del Foro de Representantes podrán votar todos los
Representantes de Grupo registrados en el foro, si un Representante de Grupo no ejerce su
derecho a voto se contabilizará como abstención.
En las reuniones solo tendrán derecho a voto los Representantes de Grupo que acudan a la
reunión, no se permite delegar votos en otros representantes. En caso de que el
Representante de Grupo registrado en el Foro de Representantes no pueda acudir a la reunión,
se permitirá que sea sustituido por otro miembro de la Junta Directiva de su grupo o
asociación.
11. ASOCIACIONES ACOGIDAS A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA
(ordenadas por identificador).
0001
0002
0003
0004
0005
0006
0007
0008
0009
0010
Associació Airsoft Barcelona (29.480)
Associació d’ Esports d’ Aventura ODYSA (32.217)
Associació Red Dragons Airsoft Squad (32.689)
Associació Akkadios Airsoft Club (33.101)
Associació Corbera Corbs Airsoft (33.368)
Associació Lúdica Esportiva d’ Airsoft CGG (33.468)
Associació d’ Airsoft del Maresme (33.488)
Associació Lúdica pel Foment de l’ Airsoft (33.546)
Associació Catalana de Jocs d'Estrategia i Aventura (33.337)
Asociación de Airsoft del Vallés (32.681)
18
12. GRUPOS ACOGIDOS A LA NORMATIVA DE AIRSOFT BARCELONA.
(por orden alfabético)
Advanced Soldiers
Airsoft Guerrilla (Associació Lúdica Esportiva d’ Airsoft CGG)
Airsoft Hunting Club
Akkadios Airsoft Club (Associació Akkadios Airsoft Club)
ALFA Airsoft Club (Associació Lúdica pel Foment de l’ Airsoft)
Barcelona Rangers
Batallón de Castigo (Associació Lúdica Esportiva d’ Airsoft CGG)
Bulldogs Airsoft Team
Célula Nimrod
Clan Cobrety
Clan DOG Tactical Airsoft Team
Comando de Asalto Tiger (Associació Airsoft del Vallés)
Comando CAT Comando Airsoft Táctico
Compañía Barcelonesa de Airsoft Táctico COM.B.A.T. (Associació Airsoft Barcelona)
Corbera Corbs Airsoft Group (Associació Corbera Corbs Airsoft)
Corsarios Barcelona
Delta Frikis Airsoft Clan
Desviaos
Gearbox Division (Associació Lúdica Esportiva d’ Airsoft CGG)
Odysa Forces (Associació d’ Esports d’ Aventura ODYSA)
Plastic Warriors
R.A.T.S. Recon Airsoft Team of Spain (Associació d’ Airsoft del Maresme)
RSM Recon-Sentinels MilSim
Red Dragons Airsoft Squad (Associació Red Dragons Airsoft Squad)
Red Devils Airsoft
Renegados (Asociación de Airsoft del Vallés)
S.E.T.A.S.
S.F.S. Saturday Fear squad
Sección 8
Spartans BCN (Associació Catalana de Jocs d'Estrategia i Aventura)
Spartans TARRACO (Associació Catalana de Jocs d'Estrategia i Aventura)
Tigers L.P.D.M. / Det Alpha 9th Platoon SEAL Team Two
UAT Airsoft
Viernes 13
19
ANEXO I
NORMAS DE JUEGO BÁSICAS EN UNA PARTIDA DE AIRSOFT
Las partidas se organizarán y se jugarán cumpliendo en todo momento lo indicado
en la Normativa de Airsoft Barcelona.
Antes de empezar cualquier tipo de partidas, debe medirse la velocidad de salida de las
réplicas que se van a utilizar mediante cronógrafo (Ver Punto 4 de la Normativa). Acto seguido debe
acordarse el tipo de juego, su duración y la forma de finalización, así como los límites físicos
del terreno de juego y la zona de eliminados.
Cualquier jugador que llegue a la zona de juego después de que la partida haya empezado
tendrá que esperar a la siguiente partida para incorporarse (en la zona de eliminados),
dejando este punto siempre al criterio de los organizadores.
En ningún momento se podrá abandonar el terreno de juego, dando al jugador que lo
incumpla por eliminado.
Como norma general, la partida da inicio con un pitido y finaliza con tres pitidos, o cuando
finalice el tiempo de duración, o cuando se cumpla un objetivo pactado de antemano. Estas
condiciones pueden ser cambiadas por la organización.
Eliminación
Como norma general, y a no ser que la organización establezca otras condiciones, un impacto
equivale la eliminación del jugador, incluso si el disparo ha sido efectuado por un jugador del
mismo bando. Se considera impacto de eliminación el que se produce sobre cualquier parte
del jugador, incluso réplicas y equipamiento, excepto los rebotes sobre superficies duras.
20
< Continúa ANEXO I >
No se considerarán rebotes las bolas que pasan a través de hojas o arbustos, así como las
bolas que al tocar en un objeto situado entre los dos jugadores cambien ligeramente de
trayectoria pero no inviertan el sentido en que han sido disparadas.
Al recibir un impacto, el eliminado gritará "VALE", alzará los brazos y la réplica, y en silencio
saldrá de la zona de juego, dirigiéndose a la zona de eliminados.
Una vez eliminado de la partida no puede comunicarse con el resto de jugadores, ni continuar
en el área de juego.
No se permite simular la eliminación.
Si te dan no lo dudes, di que estas eliminado. En ningún caso el jugador eliminado
debe quitarse las gafas o máscara de seguridad.
Si la eliminación se produce de “forma silenciosa” mediante contacto físico (un jugador toca
con la mano a otro). El jugador eliminado debe quedarse en el sitio quieto y callado hasta que
el oponente se aleje; en este momento anunciará su eliminación y se dirigirá a la zona de
eliminados.
Ante la duda, estás eliminado. Si crees que te ha dado una ráfaga pero no has sentido
nada, date por eliminado: es probable que haya impactado en el chaleco, rodilleras, bota,
gafas, o que las bolas iban con tan poca fuerza que no sientes el impacto.
Si crees que has dado a alguien pero no estás seguro, no digas nada ni acuses a esa persona
de hacer trampas, posiblemente no hayas impactado. Si la situación se repite en más de una
ocasión con la misma persona, coméntaselo a la organización o al responsable de tu grupo.
Como norma general, los eliminados no pueden prestar equipamiento o réplicas de armas,
aunque la organización puede decidir modificar este punto.
Se prestará especial atención a lo indicado en los puntos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la
Normativa de Airsoft Barcelona.
21
ANEXO II
TIPOS DE PARTIDAS
Por sus características, existen tipos de partidas que pueden regirse por normas especiales.
Los tipos recogidos en esta Normativa son:
PARTIDAS “CQB”
Se entiende por CQB (Close Quarters Battle) la partida que se realice en el interior de
edificaciones o en poblado. En este tipo de partidas, debido a la habitual cercanía física de los
jugadores, se reduce la distancia de seguridad de 5 a 0 metros para las réplicas de PISTOLA,
ESCOPETA, SUBFUSIL y FUSIL.
Para evitar lesiones físicas, es de uso obligado la protección fijada por la organización a parte
de las gafas. (máscara, ropa gruesa, etc.)
La organización de la partida decidirá en última instancia si la protección que porta el jugador
es adecuada o no, y por tanto le permitirá o no jugar.
PARTIDAS CON GUIÓN
Se entiende por partida “CON GUIÓN” aquella en la que se utilice un guión de juego, que
exponga unos objetivos y condiciones de victoria para los bandos enfrentados.
En una partida con guión pueden utilizarse objetos o puede existir personajes que
interaccionen con el resto de jugadores y que supongan la realización de misiones específicas
que decanten el resultado final de la partida. La utilización de dichos objetos, así como la
participación de dichos personajes será reglamentada por la organización de la partida.
PARTIDAS “HISTÓRICAS”
Se entiende por partida “HISTÓRICA” la que se juegue recreando un conflicto bélico pasado, y
que para jugarla se exijan unas normas concretas de uniformidad y equipamiento.
Las Normas de uniformidad, el equipamiento y las réplicas permitidas, así como otros puntos
que tengan que ver con la ambientación histórica de la partida quedan a criterio de la
organización de la misma, aunque siempre teniendo en cuenta la legislación vigente.
PARTIDAS “MIL-SIM”
Se entiende por partida “MIL-SIM” aquella que se juegue con un guión de juego que incluya
simulación de operaciones reales, que por su duración permita adoptar iniciativas al margen
del guión inicial, que no altere su desarrollo por inclemencias meteorológicas, y que incluya la
utilización de roles de juego concretos, como pueden ser sanitarios, mandos, comunicaciones,
etc…
A criterio de la organización queda el sistema de sanitarios a utilizar, los roles de mando, la
limitación o no de bolas por jugador, los requisitos en materia de equipamiento y réplicas a
utilizar, así como la utilización de vehículos y la interacción de estos con el resto de jugadores.
22
ANEXO III
ETIQUETA IDENTIFICATIVA PARA COLOCAR
TRANSPORTE DE RÉPLICAS DE AIRSOFT.
EN
CAJAS
O
FUNDAS
PARA
EL
La etiqueta debe colocarse sobre la caja o funda donde se transporte la réplica.
a) Etiqueta para pegar en cajas o fundas rígidas
b) Etiqueta para el cierre o cremallera de las fundas “blandas”. (ANVERSO Y REVERSO)
23
ANEXO IV
TARJETA DE IDENTIFICACIÓN PARA JUGADORES DE AIRSOFT ASOCIADOS.
Tarjeta que acredita a su titular como miembro de una Asociación para la práctica del Airsoft
legalmente constituida.
Medidas: 86 x 54 mm (incluyendo el plastificado)
Datos reflejados y características:
ANVERSO
- Fondo azul (#5D6A94).
- Leyenda en la parte superior derecha:
JUGADOR DE AIRSOFT ASOCIADO (en blanco resaltado en negro).
JUGADOR D’ AIRSOFT ASSOCIAT (en gris resaltado en negro).
- Fotografía en color del titular en la parte superior izquierda.
- Bajo la leyenda, dos recuadros con fondo blanco rotulados como:
“DATOS DEL JUGADOR / DADES DEL JUGADOR” (el primero (superior)).
“DATOS DE LA ASOCIACIÓN / DADES DE LA ASSOCIACIÓ” (el segundo (inferior)).
El primero indica los siguientes datos del titular:
-
Nombre (Verdana - Regular - 24pt - Fuerte - Color Negro)
Apellidos (Verdana - Regular - 24pt - Fuerte - Color Negro)
N.I.F. (Verdana - Regular - 17pt - Fuerte - Color Negro)
Identificador de Jugador* (Verdana - Regular - 24pt - Fuerte - Color Negro)
* El identificador lo forman 8 dígitos separados en dos cifras de 4 dígitos cada una por una barra inclinada.
La primera cifra corresponde al identificador de la Asociación (ver Punto 11 de la Normativa Airsoft
Barcelona). El segundo corresponde al número de asociado del titular en la asociación a la que pertenece.
El segundo indica los siguientes datos correspondientes a la asociación a la que
pertenece el titular:
- Nombre de la Asociación (Verdana - Negrita - 17pt - Fuerte - Color Negro)
- Número de Registro en la DGDEJ del Departament de Justicia de la
Generalitat de Catalunya (Verdana - Negrita - 24pt - Fuerte - Color Negro)
- Dirección de la Sede Social (Verdana - Regular - 17pt - Fuerte - Color Negro)
- Bajo la fotografía aparece el logotipo de la Asociación a la que pertenece el titular.
24
<continúa Anexo IV>
REVERSO
- Fondo azul (#5D6A94).
- Se puede leer el siguiente texto:
“Esta tarjeta identificativa acredita a su titular como miembro de una
asociación para la práctica del Airsoft legalmente constituida. Esta tarjeta es
propiedad de la asociación que la expide, y en caso de darse de baja de la
misma será obligatorio devolverla.
Aquesta targeta identificativa acredita al seu titular com a membre d' una
associació per a la pràctica de l' airsoft legalment contituïda. Aquesta targeta
es propietat de l' associació que l' ha expedit, i en cas de donar-se de baixa
de la mateixa serà obligatori retornar-la.
TARJETA INTRANSFERIBLE / TARGETA INTRANSFERIBLE
Se ruega a quien la encuentre que contacte con:
Es prega a qui la trobi que contacti amb:”
- Bajo el texto se indican los siguientes datos:
- Nombre de la Asociación (Verdana - Negrita - 17pt - Fuerte - Color # B7C1E5)
- Dirección de la Sede Social (Verdana - Regular - 17pt - Fuerte - Color # B7C1E5)
- Dirección de correo electrónico (Verdana - Regular - 17pt - Fuerte - Color # B7C1E5)
Las tarjetas deben estar termo-plastificadas en funda rígida. Quedando las medidas
de la mismas en 86x54mm una vez plastificadas.
25
ANEXO V
SEÑALIZACIÓN PARA LOS ACCESOS A LOS CAMPOS DE JUEGO.
Debe colocarse en los accesos a los campos que, por sus características, así lo requieran.
26
ANEXO VI
REQUISITOS A CUMPLIR POR LAS RÉPLICAS PARA SER CONSIDERADAS COMO
“RÉPLICA DE APOYO” O “RÉPLICA DE FRANCOTIRADOR”.
Se considerarán de APOYO las siguientes réplicas:
-
Las que hayan sido concebidas por el fabricante como Réplicas de Ametralladoras
de Apoyo, y por tanto no necesiten ninguna modificación. (M249 Minimi, M60,
MG42, etc…)
-
Las que hayan evolucionado a partir de un kit que incluya obligatoriamente bípode,
cargador de gran capacidad y cañón largo. (M16 mod.742, RPK47/74, MG36, L74
LSW, etc…)
Para ser considerada como réplica de apoyo, obligatoriamente debe ser réplica de un modelo
de arma que exista y que tenga esa categoría. No se considerarán réplicas de apoyo las
réplicas que no se correspondan con un modelo de arma real.
Una vez considerada una réplica como RÉPLICA DE APOYO, podrá superar los 350 fps sin
sobrepasar nunca los 400 fps. A partir del momento en que supere los 350 fps, la distancia
mínima para disparar esa réplica será de 15 metros, es decir, las réplicas consideradas “DE
APOYO” tendrán una distancia mínima de seguridad de 15 metros a partir de 351 fps.
Se considerarán de FRANCOTIRADOR SEMIAUTO las siguientes réplicas:
-
Las que hayan sido concebidas por el fabricante como Réplicas de Rifles de
Francotirador semiautomáticos, así como las réplicas de Fusiles de Tirador Selecto
de Pelotón, y por tanto no necesiten ninguna modificación. (PSG-1, Dragunov, G3
SG1, SR-25, SL-9, etc…)
-
Las que hayan evolucionado a partir de un kit que incluya obligatoriamente bípode,
cañón largo y culata específica.
Para ser considerada como réplica de francotirador semiautomática, obligatoriamente debe ser
réplica de un modelo de arma que exista y que tenga esa categoría. No se considerarán
réplicas de francotirador semiautomáticas las réplicas que no se correspondan con un modelo
de arma real.
Una vez considerada una réplica como RÉPLICA DE FRANCOTIRADOR SEMIAUTOMÁTICA,
podrá superar los 350 fps sin sobrepasar nunca los 450 fps. A partir del momento en que
supere los 350 fps, la distancia mínima para disparar esa réplica será de 20 metros, es decir,
las réplicas consideradas “DE FRANCOTIRADOR SEMIAUTOMÁTICA” tendrán una distancia
mínima de seguridad de 20 metros a partir de 351 fps.
Las réplicas de francotirador semiautomáticas no podrán ser usadas en tiro
automático, aunque cuenten con esa opción. El incumplimiento de este punto
supondrá la expulsión inmediata de la partida.
27
< Continúa ANEXO VI >
Se considerarán de FRANCOTIRADOR CERROJO las siguientes réplicas:
Todas las réplicas que se correspondan con modelos de armas de francotirador o tirador
selecto de pelotón, y que necesiten ser amartilladas manualmente para efectuar cada disparo,
ya sea a través de un cerrojo o a través de la palanca de carga de la réplica. No podrán
incluirse en esta categoría las réplicas que utilicen un sistema eléctrico para ser amartilladas.
Una vez considerada una réplica como RÉPLICA DE FRANCOTIRADOR DE CERROJO, podrá
superar los 350 fps sin sobrepasar nunca los 550 fps. A partir del momento en que supere los
350 fps, la distancia mínima para disparar esa réplica será de 30 metros, es decir, las réplicas
consideradas “FRANCOTIRADOR DE CERROJO” tendrán una distancia mínima de seguridad de
30 metros a partir de 351 fps.
28
ANEXO VII
PASOS A SEGUIR PARA CONSTITUIR UNA ASOCIACIÓN.
La documentación necesaria, así como los trámites a realizar para convertir un grupo, club o
clan de Airsoft en una Asociación legalmente constituida en Catalunya pueden encontrarse en
la web del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya: www.gencat.net/justicia
Los trámites pueden consultarse en
www.gencat.net/justicia/serveis/tramits/informa/index.html#assoc
Los formularios necesarios pueden descargarse de
www.gencat.net/justicia/serveis/tramits/formularis/index.html
solo necesitaremos los siguientes formularios:
-
Sol·licitud d’ inscripció de la constitució d’ una associació
Solicitud de inscripción de la constitución de una asociación
www.gencat.net/justicia/doc/doc/_31378180_1.pdf
Es un formulario en formato .pdf, para activar el formulario debe introducirse el NIF del
solicitante.
Una vez activado, se nos asignará un número de solicitud y podremos rellenar el
formulario con los datos que nos soliciten:
Datos de identificación personal del solicitante
- Nombre y Apellidos
- Tipo de documento identificativo y número del mismo
- Cargo que ocupa en la entidad
(DNI, NIF, etc...)
Datos relativos a las notificaciones
- Dirección de correo electrónico
- Dirección de correo ordinario
Datos de identificación de la Entidad
- Tipo de Entidad Jurídica (en nuestro caso Asociación)
- Nombre (en el nombre es conveniente evitar palabras que
puedan inducir a errores o
que puedan ser políticamente incorrectas, y que pueden provocar que nuestra solicitud de
asociación sea denegada)
Dirección de la Entidad
-
Dirección
Teléfono
Dirección de correo electrónico
URL Web
Las últimas hojas del formulario corresponden a la hoja de liquidación de la tasa por
la inscripción de la constitución de una asociación. Podemos realizar el pago on-line
con un importante descuento, o realizar el pago en cualquier entidad bancaria
presentando la hoja de liquidación. Sea cual sea la forma de pago que escojamos,
deberemos imprimir este formulario, ya que nos será de utilidad cuando tengamos
que realizar los trámites con la Agencia Tributaria.
(*) Para poder realizar el pago on-line es necesario inscribirse en la web de la Generalitat de Catalunya
www.gencat.net, nos facilitarán a través de correo ordinario un usuario y una clave de acceso. Entre el
momento de la inscripción como usuarios en la web y el momento en que recibamos el usuario y la clave
pueden pasar de 15 a 30 días.
29
< Continúa ANEXO VII >
-
Acta fundacional de l’ associació
Acta fundacional de la asociación
www.gencat.net/justicia/doc/doc/_22147312_1.dot
Documento en formato .dot, puede abrirse con la mayoría de programas de tratamiento
de texto.
Deberemos reflejar la fecha, hora y lugar en que se ha celebrado la reunión para
constituir la Asociación, así como los datos personales de los participantes (Nombre, NIF,
dirección), y los acuerdos alcanzados en la misma (Constitución de la Asociación, Aprobación de los
Estatutos y elección y composición de la Junta Directiva).
Los miembros de la Junta Directiva deben ser mayores de edad, y el documento debe
estar firmado por la totalidad de los participantes en la reunión.
-
Model d’ Estatuts d’ una Associació
Modelo de Estatutos de una Asociación
www.gencat.net/justicia/doc/doc/_40361723_1.dot
Formulario en formato .dot, puede abrirse con la mayoría de programas de tratamiento
de texto.
Deberemos modificar lo mínimo imprescindible para evitar problemas a la hora de que
nuestra solicitud sea aceptada. Nos limitaremos a indicar:
-
Denominación de la Asociación
Fines de la Asociación (debe hacerse constar que queda excluido el ánimo de lucro)
Domicilio de la Asociación
Edad mínima para acceder a la asociación
Periodo de ejercicio de la Junta Directiva
Periodicidad de las Asambleas
El resto de Artículos de los Estatutos quedarán tal cual se encuentran en el modelo
original que podemos descargar en el enlace arriba indicado.
Los Estatutos deben firmarse por la totalidad de los socios fundadores
(todos los que
aparecen en el Acta de Constitución).
Una vez cumplimentada la documentación podemos optar por entregarla físicamente o, en el
caso de que hayamos presentado la solicitud on-line, enviarla por correo certificado a:
Direcció General de Dret i Entitats Jurídiques
Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya
C/ Pau Clarís, 81 (Casal Sant Jordi)
08010 Barcelona
en el caso de enviarla por correo, también podemos hacerlo al
Apartado de Correos 31036, código postal 08010 de Barcelona
En un plazo máximo de 3 meses recibiremos respuesta sobre nuestra solicitud.
30
< Continúa ANEXO VII >
El horario de atención al público, así como el teléfono y fax de la Direcció General de Dret i
Entitats Jurídiques son:
Horarios de atención al público:
Lunes a jueves:
Del 11/1 al 30/6 y del 1/10 al 14/12
Del 1/7 al 30/9
Del 15/12 al 10/1
de 8:30 a 17:00 horas
de 8:00 a 14:30 horas
de 8:00 a 14:30 horas
Viernes:
Todos los viernes
de 8:30 a 14:30 horas
Teléfonos de contacto:
933164123 y 933164124
Fax:
933164126
Información complementaria:
Atención telefónica:
Servei d’ atenció ciutadana de la Generalitat de Catalunya
012
Información on-line:
www.gencat.net y www.cat365.cat
31
ANEXO VIII
MODELO DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE RÉPLICAS DE ARMAS DESTINADAS A
LA PRÁCTICA DEL AIRSOFT.
En ……………………………., a ……. de ………………………… de 200….
REUNIDOS:
Por una parte y como VENDEDOR, D. ………………………………………………………………, con
D.N.I. nº …………………………., con domicilio en ………………………………………………………, C/ …………………
………………….. nº ……….
Y de otra parte y como COMPRADOR, D. ……………………………………………………………, con
D.N.I. nº …………………………., con domicilio en ………………………………………………………, C/ …………………
………………….. nº ……….
INTERVINIENDO:
Ambas partes en su propio nombre y representación, reconociéndose mutuamente la
capacidad legal plena para poder actuar y así poder otorgar el presente contrato de compraventa por el que
MANIFIESTAN:
Que D. ………………………………………………………………………. es dueño de una réplica de …………
…………………(fusil/subfusil/rifle/escopeta/pistola/revolver/ametralladora) destinada a la práctica del Airsoft, de tipo ……
……..(AEG/AEP/ECM/GBB/GNBB/Spring), marca …………………………, modelo ………………………………………, con nº de
serie ………………………….
La propiedad detallada se vende funcionando correctamente, acompañada de los
siguientes accesorios: …………………………………………………………………………………………………
ESTIPULAN:
D. ……………………………..……………………………………………….. vende la propiedad antes descrita
a D. …………………………………………..………………………………….., quien la compra y adquiere.
El precio de venta es de (en letra mayúscula) ………………………………………………….. Euros
que recibe la parte vendedora en este acto, sirviendo de recibo de pago la firma de este
contrato.
Todos los gastos e impuestos que se originen por esta transmisión, serán por cuenta de
la parte compradora.
Y para que conste y a los efectos oportunos, se firma el presente contrato por
duplicado y a un sólo efecto, en el lugar y fecha al principio consignados.
LA PARTE VENDEDORA
LA PARTE COMPRADORA
Fdo. D. ……………………………………….
Fdo. D. ……………………………………….
32
ANEXO IX
SEÑALIZACIÓN DE LOS LÍMITES DEL TERRENO DE JUEGO (JUGADORES).
DEBE SER VISIBLE TANTO A LA LUZ DEL DÍA COMO DE NOCHE.
33
ANEXO X
SEÑALIZACIÓN DE LA ZONA DE SEGURIDAD.
34
ANEXO XI
MODELO DE COMUNICACIÓN DE ACTIVIDAD
35
ANEXO XII
MODELO DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDAD
36

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