Indique qué créditos pueden computarse incobrables

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Indique qué créditos pueden computarse incobrables
EJERCICIO N° 18
D EUDORES I NCOBRABLES
Indique qué créditos pueden computarse incobrables y cuáles se consideran recuperos
reintegrables al balance fiscal a efectos de determinar el Impuesto a las Ganancias
correspondiente al ejercicio 2013, cerrado el 31 de diciembre de dicho año.
A) Río Chicho S.A., empresa dedicada a la fabricación de productos plásticos, ha adoptado
en su balance impositivo el sistema de cargo directo a resultados y ha tenido durante el año
2013 los casos de incobrabilidad que a continuación se detallan:
1. Con motivo de importantes atrasos en los pagos registrados en las cuentas corrientes de
algunos clientes por $ 4.670, se encargó la tarea de cobro a un empleado de la firma, quien
luego de efectuadas las gestiones correspondientes se fugó con lo recaudado.
2. El cliente Embalex S.A., por hallarse en virtual estado de cesación de pagos, reunió a
sus acreedores con quienes convino efectuar una quita del 20% en su deuda y cancelar el
resto en 4 semestres consecutivos. Su cuenta corriente arrojaba un saldo deudor de $ 4.270.
3. En diciembre de 2012 se entregó un adelanto de $ 4.600 al principal proveedor de
materias primas, para congelar precio y asegurar el suministro de las mismas durante los dos
primeros meses del ejercicio en curso. El proveedor desapareció en 2013, siendo infructuosa
su búsqueda.
4. Recupero de $ 800, adeudados por un préstamo personal otorgado en mayo de 2012 a
un ex-empleado de la firma. Como el mismo había desaparecido, se lo declaró incobrable en el
balance comercial cerrado el 31/12/2012. En el balance impositivo a esa fecha no se había
efectuado ajuste alguno.
5. Se recuperan $ 950, de una deuda que un cliente mantenía con la empresa y que en
2012, con motivo de declararse su quiebra, había sido considerado impositivamente como
incobrable.
B) Determinar el monto deducible por créditos incobrables en el balance impositivo al 31 de
diciembre de los años 2011, 2012 y 2013, de Andeb S.A., que hasta el ejercicio fiscal 2010
inclusive, utilizaba el sistema de cargo directo a resultados. A partir del año 2011 decide
implantar el sistema de previsión impositiva y contable. En el año 2013, previa autorización de
la A.F.I.P., abandona este sistema y vuelve a deducir los incobrables reales.
Ejercicio Fiscal
Saldo de Créditos al
inicio
Incobrables del
ejercicio
Cargo a Resultado
2009
14.800,00 (1)
560,00
520,00 (2)
2010
16.200,00
870,00
870,00
2011
18.500,00
1.050,00
1.600,00 (3)
2012
42.700,00
2.810,00
3.500,00 (3)
2013
59.300,00
3.260,00
-.-
(1) Incluye $ 600, de un préstamo otorgado a un gerente de área de la empresa.
(2) El cargo a resultado de $ 520, resulta de haber computado un recupero de $ 40,
considerados contablemente como incobrables en el año 2007. El crédito se había originado en
un préstamo efectuado a un ex-director de la empresa.
(3)En los años 2011 y 2012 incide en el cargo a resultados la constitución de la previsión
contable para deudores incobrables.

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