Proyecto INTER/SUR PARA LA ECOCIUDADANÍA Asunto “IKEA”

Transcripción

Proyecto INTER/SUR PARA LA ECOCIUDADANÍA Asunto “IKEA”
Proyecto INTER/SUR PARA LA ECOCIUDADANÍA
OBSERVATORIOS ECOCIUDADANOS DE INICIATIVA Y CONTROL
www.proyectointersur.org
[email protected]
Soporte ConSUMIR
Para un consumo saludable, útil, moderado, inteligente y responsable
Soporte PrevenIRLOS
Para la prevención integral de riesgos laborales y la observancia de la seguridad
Asunto “IKEA”
¿PASOTA O IMPLICADO?
Material didáctico relacionado con los soportes ConSUMIR y PrevenIRLOS
MODELO DE ESCRITO DIRIGIDO A LOS DEFENSORES DEL PUEBLO
ESTATAL Y AUTONÓMICOS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
EN LAS QUE ESTÁ IMPLANTADA LA EMPRESA IKEA
Enero de 2010
Luis de la Rasilla Sánchez-Arjona, con DNI 28379058W y domicilio a efectos de comunicaciones en c/ Nueva, 80, 21590 Villablanca (Huelva), en nombre propio y como promotor de los Observatorios ecociudadanos de iniciativa y control, pone en conocimiento de
V.E. el resultado de algunas actividades de observación relativas a la inseguridad potencial
para los clientes de todos los establecimientos comerciales en España de la multinacional
“IKEA”.
Obviamente, ni corresponde a este Observatorio de iniciativa y control, ni a la institución que V.E. preside, llevar a cabo una inspección sobre las eventuales deficiencias en materia de seguridad que pudiesen estar afectando a consumidores y empleados de tales establecimientos comerciales. Sin embargo, dadas las que se señalan en este texto y los riesgos
de accidentes que pueden ocasionar a los consumidores, sí parece procedente que esa institución:
PRIMERO: Verifique si la Administración autonómica competentes en materia de concesión de las correspondientes licencias a la multinacional IKEA para la apertura al público
de sus centros comerciales en España han actuado de estricta conformidad con la legislación vigente en la materia.
SEGUNDO: Proponga al órgano legislativo del que es mandatario las modificaciones legales pertinentes en defensa de la seguridad de los consumidores, en el supuesto de que
éstas y otras situaciones de riesgo pudiesen estar toleradas por la actual normativa.
Cómo es sabido el peculiar estilo de compra ofrecido por esta cadena de establecimientos comerciales consiste en recorrer unas amplias galerías de exhibición en las que
se pueden observar los productos a la venta, identificados con un nombre, un código y su
emplazamiento en un gran almacén. Una vez decidida la compra, el cliente se dirige al
mismo donde, personalmente, tiene que localizar el producto desarmado y embalado en
cajas de cartón, cargarlo en un carro disponible al efecto y transportarlo hasta la caja y,
tras el pago correspondiente, a su propio vehículo estacionado en un aparcamiento provisto por la propia empresa o la autoridad municipal correspondiente. Y todo ello, como
reza la publicidad de IKEA, para “ofrecer el ahorro de costes a nuestros clientes”.
ALGUNOS HECHOS OBSERVADOS
Primero: El almacén al que nos referimos es una nave de grandes dimensiones, con altas
estanterías metálicas, de no menos de 10 ó 12 metros de altura, en las que se apilan las
cajas que contienen los diversos componentes de los artículos -generalmente mueblesque los clientes deben recoger.
Segundo: Tales componentes se encuentran envasados en cajas de cartón que: a) no indican su peso que, puede llegar a superar los 50 kilogramos; b) no disponen de ningún
sistema para facilitar su manipulación, lo que dado el peso y tamaño -que puede alcanzar
dimensiones de dos o más metros- resultan especialmente resbaladizos y, por tanto, difícilmente asibles con las manos desnudas.
Tercero: Los carros disponibles para el transporte de tales cajas carecen de sistema de
bloqueo o freno que permita inmovilizarlos. Esta imposibilidad de bloqueo plantea, al menos, dos situaciones de riesgo. En efecto, la combinación de peso, tamaño e inexperiencia del cliente no habituado a ese tipo de manipulaciones, puede hacer que el carro se
desplace con suma facilidad, en las operaciones de carga y descarga y de transporte dentro del almacén, pero también en el exterior, cuando el cliente debe conducir el carro
hasta su propio vehículo y el recorrido, como sucede, por ejemplo, en el centro comercial
de IKEA en San Sebastián de los Reyes (Madrid), tiene pendiente, un firme irregular que
presenta múltiples obstáculos a las pequeñas ruedas y todo ello debe realizarse entre
vehículos en circulación. Tales operaciones de carga en el almacén, transporte y descarga
para colocar los bultos en el vehículo particular, en las condiciones narradas, pueden provocar daños físicos, tanto a quiénes los manipulan, como al cliente -adulto o menor- que
pasa al lado sin reparar en los posibles riesgos accidentales.
Cuarto: La circulación por el interior del almacén y las operaciones de carga y transporte
debe realizarlas el cliente sin utilizar ninguno de los medios de protección (casco, guantes, calzado, etc.) que la legislación actual de seguridad y previsión de riesgos laborales
exigiría a cualquier trabajador habituado que llevase a cabo las mismas operaciones en
una nave similar, situada en cualquier polo industrial. Como hecho curioso, puede comentarse que a la pregunta dirigida a una empleada de IKEA del servicio de atención al
cliente, en el citado centro comercial de San Sebastián de los Reyes, sobre si la empresa
disponía de cascos de protección para los clientes que accedían al almacén, esta respondió (“Tenemos para los empleados, pero no para los clientes”). Respuesta esta última
que nos hizo reparar en este otro hecho relevante.
Quinto: Los trabajadores de IKEA que realizan trabajos de manipulación de cajas, en horario de apertura al público, en el mismo almacén en el que “laboran” los clientes (reposición de elementos agotados, etc. etc.) también emplean los mismos carros sin posibilidad de bloqueo y trabajan sin casco de protección en evidente infracción de la normativa vigente en materia de seguridad y previsión de riesgos laborales.
Qué duda cabe que “ofrecer el ahorro de costes a nuestros clientes” es una iniciativa loable de IKEA, máxime en los tiempos que corren. Sin embargo, del mismo modo
que resultaría inaceptable que una cadena de establecimientos de comida rápida, con la
finalidad de abaratar sus productos alimenticios, permitiera a sus clientes intervenir en
las tareas de pelado de las patatas, preparación de los ingredientes de las ensaladas,
corte de la carne, limpieza del pescado o cualquier otra actividad culinaria, sin que éstos
cumpliesen los requisitos sanitarios exigidos para la manipulación de alimentos, tampoco
IKEA puede privar a sus sufridos clientes de los sistemas de seguridad legalmente exigibles a quienes realizan profesionalmente tareas idénticas.
Se hace constar que esta iniciativa se lleva a cabo en el ámbito de un proyecto de
investigación no gubernamental, de ingeniería política y social, autónomo, plural, sin ánimo
de lucro que, desde 1996, desarrolla un amplio conjunto de actividades para el diseño y la
implementación de un nuevo modelo de intervención ecociudadana en los asuntos públicos:
el modelo de participación fraccionada(MPF). Este escrito, la respuesta de VE y las acciones
que pudieran derivarse de la misma formarán parte de los ejercicios de observatorio de iniciativa y control de los Soportes CONSUMIR y PREVENIRLOS a desarrollar en las diversas
Plataformas 3.0 para la Autoformación y la Acción Ecociudadanas que promueve actualmente
la Agencia PAUTA/e 3.0 del Proyecto INTER/SUR.
En Madrid, a…enero de 2010
P.D. Para más información sobre el modelo de participación fraccionada (MPF), los observatorios ecociudadanos
de iniciativa y control y las plataformas 3.0 para la autoformación y la acción ecocoiudadanas, Vid. Rasilla, L. La
participación fraccionada. Una técnica asociativo-decisional de nueva generación para la autoformación y la
acción políticas en el horizonte de una ciudadanía mundial; Publicacionesintersurdelibre@cceso, 01.2010.
Disponible en www.proyectointersur.org

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