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MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS Rainiero Martínez Dobón Aurelio Urbán Rubio [email protected] 1 MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS ÍNDICE PÁG. 1. Clases de licencias y permisos de conducción nacionales e internacionales. Normativa reguladora. Características y requisitos....................................... 8 2. Canje de permisos y licencias de conducción: normativa reguladora, convenios bilaterales y características........................................................ 37 3. Flujograma de actuación con permisos de conducción extranjeros.................. 59 4. Placas de matrícula: Normativa reguladora. Clases y características. Matrícula diplomática. Matrícula turística................................................................. 60 5. Matrículas de empresa y particulares.......................................................... 67 6. El Seguro Obligatorio de Automóviles: Carta Verde, el sistema europeo y seguro de fronteras................................................................................. 76 7. Protocolo de actuación por Seguro Obligatorio de Automóviles....................... 81 8. Flujograma de actuación por Seguro Obligatorio de Automóviles………............. 83 9. Inspección técnica de vehículos nacionales y extranjeros.............................. 85 10. Impuestos especiales de aplicación y código aduanero................................. 120 11. Medidas de seguridad que componen un documento................................... 127 12. Sistemas de seguridad básicos en placas de matrícula, permisos de conducción y circulación más habituales..................................................... 135 13. Protocolo de actuación en los Delitos contra la Seguridad Vial: Artículo 384 Código Penal........................................................................................... 165 14. Flujograma de intervención policial artículo 384 Código Penal....................... 168 15. Bibliografía............................................................................................ 169 MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS CLASES DE LICENCIAS Y PERMISOS DE CONDUCCIÓN NACIONALES INTERNACIONALES. NORMATIVA REGULADORA. CARACTERÍSTICAS REQUISITOS E Y AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS PARA CONDUCIR EN ESPAÑA Los Reales Decretos 818/2009 de 8 de mayo y 772/97 de 30 de mayo, por el que se aprueba el nuevo Reglamento General de Conductores y el aún vigente, respectivamente, en su artículo uno estipula que la conducción de vehículos a motor y ciclomotores exigirá haber obtenido previamente el permiso o la licencia de conducción, con el objeto de garantizar la aptitud de los conductores para manejar los vehículos abajo referenciados con el menor riesgo posible, dirigida a verificar que los conductores tengan los requisitos de capacidad, conocimientos y habilidad necesaria para su conducción. La autorización administrativa se concretará en los permisos y licencias de conducción, autorizándose también las autorizaciones provisionales, las cuales surtirán los mismos efectos. Modelos de autorizaciones administrativas para conducir Permiso conducción España: Emisión 02/11/2004-08/12/2009 (tarjeta PNC) Permiso conducción España: Emisión a partir del 08/12/2009 (tarjeta PNC) MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJERO Permiso de conducción nuevo de aplicación a partir 08/12/2009 (RD 818/2009): A2: Motocicletas con una potencia máxima de 35 Kw y una relación potencia/peso máxima de 0,2 Kw/Kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. Edad obtención: 18 años Para obtener este permiso, el aspirante deberá superar las siguientes pruebas: • Prueba de control de conocimientos. • Prueba de control de aptitudes y comportamientos en circuito cerrado. • Prueba de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico general y circuito cerrado Nota: esta autorización también podrá obtenerse si el aspirante es titular del permiso de conducción de la clase A1 con una experiencia mínima de 2 años y supera las pruebas de control siguientes: • Percepción, evaluación y toma de decisiones (toma de reacciones y comportamientos del conductor vinculados al efecto del alcohol, drogas, medicamentos…). Esta prueba podrá sustituirse mediante Orden en los términos que establezca el Mº del Interior. Permiso de conducción en vigor hasta la expiración de la vigencia (antiguo RD 772/97): A: Motocicletas con o sin sidecar, triciclos y cuadriciclos con motor. Edad obtención: - 20 años sin limitación - 18 años potencia inferior a 25 kw o potencia/peso no superior a 0,16 kw/kg Edad obtención: 18 años - Edad obtención: 18 años con MMA de =< 550 kg con permiso A Superior 550 permiso B Permiso de conducción nuevo de aplicación a partir 08/12/2009 (RD 818/2009): A: Motocicletas de cualquier cilindrada y triciclos de motor. Edad obtención: 20 años Edad obtención: 21 años (triciclo potencia >15 Kw) MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS PAÍSES CON AUTORIZACIÓN DE CANJE Nota: todas las imágenes mostradas son especímenes y sólo se muestra un modelo de entre los existentes en los diferentes países. Índice (por orden alfabético): 1. Andorra 7. Corea del Sur 13. Japón 19 República de Serbia 2. Argelia 8. Chile 14. Marruecos 20. Suiza 3. Argentina 9. Croacia 15. Paraguay 21. Uruguay 4. Bolivia 10. Ecuador 16. Perú 22. Venezuela 5. Brasil 11. Filipinas 17. República Dominicana 6. Colombia 12. Guatemala 18. República de El Salvador COLOMBIA TABLA DE EQUIVALENCIAS ENTRE LAS CLASES DE PERMISOS COLOMBIANOS Y ESPAÑOLES Permisos Permisos colombianos españoles 01 02 03 04 05 06 A1 X A X B X B+E BTP X C1 C1+E C X C+E X D1 D1+E D X MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS MATRÍCULAS DE EMPRESA Y PARTICULARES Actuación policial con vehículos con matrícula “V” Nociones básicas: 1. Son vehículos dados de baja por transmisión temporal. 2. Sólo pueden circular amparados con matriculas “V”. 3. Sólo pueden circular para efectuar pruebas con terceros. Documentación a exigir durante su circulación en vías públicas: 1. Permiso de conducir. 2. Seguro obligatorio. 3. Permiso de circulación en vigor. 4. Talonario de pruebas (rellenado). 5. Tarjeta de Inspección Técnica. 6. ITV en vigor. 7. Conductor relación laboral con la empresa a no ser que sea el futuro comprador. Placas de matrícula En las placas de matrícula de vehículos a motor, remolques y semirremolques, se inscribirán tres grupos de caracteres. El primero lo constituirá la letra V (vehículos matriculados); el segundo, un número que irá desde el 0000 al 9999; y, el tercero, tres letras empezando por las letras BBB y terminando por las letras ZZZ, suprimiéndose las cinco vocales, las letras Ñ y la Q y las letras CH y LL. Llevarán igualmente la banda vertical con las mismas características que en los vehículos no matriculados, consignándose en ella el mes y el año en que caducan. Matrícula temporal empresas (vehículos matriculados) Matrícula ciclomotor temporal (Vehículos matriculados) AUTORIZACIONES PARA REALIZAR PRUEBAS O ENSAYOS DE INVESTIGACIÓN EXTRAORDINARIOS Concepto Son autorizaciones que se otorgan a los fabricantes de vehículos o a sus representantes legales, a los carroceros y a los laboratorios oficiales, que sean titulares de permisos temporales de empresa, para realizar con un determinado vehículo pruebas o ensayos de investigación extraordinarios. Estos permisos les permitirán: Realizar excepcionalmente ensayos en autopistas, autovías y demás vías públicas del territorio nacional, para los que sea necesario sobrepasar las limitaciones genéricas de velocidad establecidas para este tipo de vías. Circular por el territorio nacional llevando en el vehículo carga de cualquier tipo y los demás dispositivos o personas necesarios para la realización de ensayos. MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS EL SEGURO OBLIGATORIO DE AUTOMÓVILES: CARTA VERDE, EL SISTEMA EUROPEO Y SEGURO DE FRONTERAS Normativa comunitaria: • Directiva 72/166 de 24 de abril de 1972. • Directiva 84/5 de 30 de diciembre de 1983. • Directiva 90/232 de 14 de mayo de 1990. • Directiva 2000/26 de 16 de mayo de 2000. • Directiva 2005/14 de 11 de mayo de 2005. Normativa estatal: • Ley 50/80 de 8 de octubre, del Contrato del Seguro. • RDL 8/2004 de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos. • Ley 21/2007 de 11 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos. • RD 1507/08 de 12 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil en la Circulación de Vehículos a Motor. Sistema europeo de estacionamiento habitual En caso de accidente se entienden garantizados por su placa de matrícula a efectos de nuestra legislación de Seguro de Responsabilidad de Vehículos a Motor. En consecuencia no es estrictamente necesaria la Carta Verde, aunque sí muy conveniente por lo que en caso de existir deben tomarse sus datos. Características del sistema europeo de estacionamiento habitual D ALEMANIA F FRANCIA N NORUEGA A AUSTRIA GB GRAN BRETAÑA PL POLONIA B BÉLGICA GR GRECIA P PORTUGAL BG BULGARIA NL HOLANDA SK REPÚBLICA ESLOVACA CY CHIPRE H HUNGRÍA CZ REPÚBLICA CHECA HR CROACIA IRL IRLANDA S SUECIA DK DINAMARCA IS ISLANDIA CH SUIZA SLO ESLOVENIA I ITALIA RO RUMANIA E ESPAÑA LT LITUANIA FL LIECHTENSTEIN EST ESTONIA L LUXEMBURGO AND ANDORRA FIN FINLANDIA M MALTA MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS La carta verde es la credencial por excelencia de seguro de vehículos extranjeros en España. Las cartas verdes garantizan el seguro obligatorio del vehículo. Pueden estar mecanografiadas, impresas o incluso haber sido expedidas manualmente. Los 12 países mencionados precisan la Carta Verde para circular por territorio nacional. Anverso Carta Verde: datos a controlar Período de validez: máximo un año “S 756” ha de coincidir la nacionalidad del Estado con el país de matriculación del vehículo y país de la aseguradora (en este caso no coincide pues el código es de Suecia y la matrícula y aseguradora corresponden a Francia) MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS EXTRANJEROS Actuación con ITV caducadas de turismos del ámbito de la UE y EEE Al encontrarnos ante la infracción de no haber pasado la ITV en el plazo debido por parte de vehículos extranjeros, la intervención policial se realizará según las Instrucciones emanadas de la DGT: 1. Denuncia en boletín JPT por infracción al Art. 10.1 del RGV, haciendo constar la Directiva 2009/40CE (que regula el sistema de inspecciones a nivel UE), siendo la cuantía la equivalente a la legislación española (150€). 2. No procederá la retirada del Permiso de Circulación en ningún caso ni la expedición del volante provisional. 3. En caso de no acreditar residencia legal el conductor, deberá abonar la cuantía económica o procederá su inmovilización hasta que efectúe el pago. 4. En caso de observar deficiencias que puedan poner en peligro la seguridad vial, se inmovilizará en base al Art. 70 de la LSV y no podrá circular (aún abonando la cuantía de la infracción del Art 10.1 del RGV). Nota: para otros supuestos que se pudieren originar ante este procedimiento (como ejemplo la desinmovilización o la circulación del vehículo aún sin pasar la ITV después de su denuncia), los autores de este manual desconocen de la existencia de instrucciones emanadas por los órganos competentes que aclaren el procedimiento a seguir, por lo que se recomienda se consulte con cada Jefatura policial respectiva. Índice (por orden alfabético): 1. Alemania 7. Eslovaquia 13. Grecia 19. Liechtenstein 25. Rumania 2. Austria 8. Eslovenia 14. Holanda 20. 3. Bélgica 9. Estonia 15. Hungría 4. Bulgaria 10. Finlandia 16. 5. Chipre 11. Francia Lituania 26. Suecia 21. Luxemburgo 27. Suiza Italia 22. Polonia 17. Irlanda 23. Portugal 6. Dinamarca 12. Gran Bretaña 18. Letonia 24. Rep. Checa Nota: en el siguiente listado se muestran únicamente los períodos de revisión de ITV de turismos MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS© ALEMANIA • • 1ª Revisión ITV y gases: a los 3 años de la matriculación. 2ª Revisión: bienal. ITV (TUV-Plakette) ITV gases (Zulassungsplakette) (Las motocicletas no pasan esta revisión) ITV en matrícula Modelo de Euroviñeta LANDER ( reacción UV) (Tasa para circular por vías de algunos países de la UE) ITV en permiso circulación Distintivo en parabrisas: Zonas de baja emisión contaminante (Low Emission Zone) MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS© BULGARIA • • 1ª Revisión: bienal hasta los 8 años. 2ª revisión: anual. Permiso de circulación Recibo de seguro (en parabrisas) Adhesivo ITV (en parabrisas) Viñetas de circulación (en parabrisas) MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS IMPUESTOS ESPECIALES DE APLICACIÓN Y CÓDIGO ADUANERO Ley 38/92 de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales Impuesto especial sobre determinados medios de transporte Hecho imponible Estarán sujetas al impuesto: La primera matriculación definitiva en España de vehículos, nuevos o usados, provistos de motor para su propulsión, excepto la de los que se citan a continuación: Los vehículos comprendidos en las categorías N1, N2 y N3 establecidas en el texto vigente al día 30 de junio de 2007 del anexo II de la Directiva 70/156/CEE, del Consejo, de 6 de febrero de 1970, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de vehículos a motor y de sus remolques, siempre que, cuando se trate de los comprendidos en la categoría N1, se afecten significativamente al ejercicio de una actividad económica. La afectación a una actividad económica se presumirá significativa cuando, conforme a lo previsto en el artículo 95 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, el sujeto pasivo tuviera derecho a deducirse al menos el 50 % de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas o satisfechas con ocasión de la adquisición o importación del vehículo, sin que a estos efectos sea relevante la aplicación de cualquier otra restricción en el derecho a la deducción derivada de las normas contenidas en dicha Ley. Cuando la matriculación se produzca en Canarias, se presumirá la afectación significativa a una actividad económica cuando no resulten aplicables a las cuotas soportadas del Impuesto General Indirecto Canario en la adquisición o importación del vehículo las exclusiones y restricciones del derecho a deducir previstas en el artículo 30 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, sin que a estos efectos sea relevante la aplicación de cualquier otra restricción en el derecho a la deducción derivada de las normas contenidas en dicha Ley. No obstante, estará sujeta al impuesto la primera matriculación definitiva en España de estos vehículos cuando se acondicionen para ser utilizados como vivienda. Los vehículos comprendidos en las categorías M2 y M3 establecidas en el mismo texto al que se refiere el apartado anterior y los tranvías. Los que, objetivamente considerados, sean de exclusiva aplicación industrial, comercial, agraria, clínica o científica, siempre que sus modelos de serie o los vehículos individualmente hubieran sido debidamente homologados por la Administración Tributaria. A estos efectos, se considerará que tienen exclusivamente alguna de estas aplicaciones los vehículos que dispongan únicamente de dos asientos (para el conductor y el ayudante), en ningún caso posean asientos adicionales ni anclajes que permitan su instalación y el espacio destinado a la carga no goce de visibilidad lateral y sea superior al 50% del volumen interior. Los ciclomotores de dos o tres ruedas Las motocicletas y los ciclomotores de dos y tres ruedas y los cuadriciclos ligeros siempre que, en ambos casos, su cilindrada no exceda de 250 centímetros cúbicos, si se trata de motores de combustión interna, o su potencia máxima neta no exceda de 16 kw, en el resto de motores. Los vehículos para personas con movilidad reducida Los vehículos especiales, siempre que no se trate de los vehículos tipo quad definidos en el epígrafe 4 del artículo 70.1 de esta Ley. MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS MEDIDAS DE SEGURIDAD QUE COMPONEN UN DOCUMENTO DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Nota : sólo se reseñan algunas medidas de seguridad (las medidas de seguridad señaladas en este manual). OVI (Tinta ópticamente variable) Tinta de impresión con pigmentos ópticamente variables que presentan grandes cambios de color (fuertes variaciones de coloración) en función del ángulo de observación o de la iluminación. Hungría: documento de identidad Falsificación Auténtico (obsérvese el cambio de color en el ejemplo a la derecha de la imagen) Sello de tinta o húmedo La transferencia de tinta líquida mediante un sello, como sería para la autenticación de un documento o de una fotografía del titular fijada de manera habitual (por ejemplo, pegada). Sello en seco Impresión en relieve realizada mediante sello o cuño, como sería para la autenticación de un documento o de una fotografía del titular fijada de manera normal (por ejemplo, pegada). Por lo general, la máquina de estampación en seco consiste en una prensa (palanca) y dos planchas (positivo y negativo). Mediante los diferentes espesores de la matriz o molde (plancha impresa en hueco) y de la plancha en relieve (que coincide exactamente con los huecos de la matriz) el material estampado se deforma de modo que la superficie impresa resulta parcialmente en relieve. Sello húmedo Portugal Sello seco Bélgica Sello seco Francia (documento de identidad) MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS SISTEMAS DE SEGURIDAD BÁSICOS EN PLACAS DE MATRÍCULA, PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y CIRCULACIÓN MÁS HABITUALES Logotipos de fabricantes autorizados (Estas imágenes son una simulación de las principales marcas que los fabricantes insertan en las matrículas) ER UT 3M SAM ART HEGO CLAC KL MATRÍCULAS EUROPEAS: CARACTERÍSTICAS MÁS IMPORTANTES Índice (por orden alfabético): 1. Alemania 3. Bulgaria 5. Gran Bretaña 7. 2. Bélgica 4. Francia 6. Holanda Italia 9. Portugal 8. Lituania 10. Rumania ALEMANIA Matrícula ordinaria (trasera) Matrícula ordinaria (delantera) 520 mm • • • • • Distintivo UE De 1 a 3 letras (localidad) De 1 a 2 letras De 1 a 4 números Lander reacción ultravioleta Revisión emisión gases ITV Lander Matrícula exenta del impuesto de circulación Matrícula estacional durante un periodo al año • Usada en semirremolques, remolques y vehículos especiales • Emisión: desde 1995 Autorizado desde mayo hasta octubre • • Vigencia mínima 2 meses, máxima 11 meses Emisión: 01/03/97 MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS FRANCIA Matrículas actuales Última Matrícula Región de matriculación Matrícula provisional • Placas válidas para 30 días, excluyendo sábados y domingos • Las letras centrales son siempre WW, pudiendo ir seguido de otra letra • Emisión: desde 1959 Sustituye a las placas WW1 Nº de departamento • Composición de matrícula: 2 letras, 3 números y 2 letras • Emisión: 15/04/2009 (vehículos nuevos) • Emisión: 15/10/2009 (vehículos usados, cambio de titular, dirección, etc.) • La región de matriculación y el nº de departamento es obligatorio • Peculariedad: La matrícula delantera y trasera fondo blanco Matrícula ordinaria delantera (blanca) • Eurobanda opcional desde 1993 y obligatoria desde 2004 • Compuesta de 6 a 9 dígitos La última cifra indica el departamento de matriculación Matrícula ordinaria trasera (amarilla) MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS MEDIDAS DE SEGURIDAD EN PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y CIRCULACIÓN Nota: todos los documentos aquí mostrados son especímenes; se reseñan algunas medidas de seguridad para la rápida detección a modo orientativo. Sólo se incluyen algunos modelos de cada país. Índice (por orden alfabético): 1. Alemania 3. Bulgaria 5. 2. Bélgica 4. España Estonia 7. Gran Bretaña 6. Francia 8. Holanda 9. Italia 11. Portugal 10. Lituania 12. Rumania ALEMANIA PNC modelo tarjeta actual: Tamaño: 86 x 54 mm. Emisión: 01/01/99 • • Fibrillas color verde Reacción UV: señales en rojo Impresión láser con tinta OVI (de 3 símbolos pasa 6 últimos nº de la licencia) Tinta OVI PNC modelo Tríptico: Tamaño: 210 x 106 mm. Emisión: 01/04/86 al 31/12/98 • • Fibrillas por todo el documento Marcas de agua: águila estilizada Estampación de fondo Permiso de circulación: Tamaño 21 x 10,5 mm. Emisión: 01/12/2005 ITV • • Reacción luz ultravioleta: águila del escudo • Holograma Marcas de agua: águila estilizada MANUAL DE INTERVENCIÓN POLICIAL CON PERMISOS DE CONDUCCIÓN Y VEHÍCULOS EXTRANJEROS RUMANIA PNC modelo tarjeta actual. Tamaño: 86 x 54 mm. Emisión: 2008 • Reacción UV dibujo y microescritura Holograma con microescritura • • Microescritura en diferentes tamaños y formas Foto fantasma en óvalo transparente PNC modelo tarjeta. Tamaño: 86 x 54 mm. Emisión: 1996 A 2008 Tinta OVI escudo Policía Rumania y microescritura “ROMANIA” en el reborde de la fotografía Microescritura: “ROMANIA” Permiso de Circulación Escudo Rumania luz UV ITV