1. Información para la suscripción 2. Bienes asegurados 3

Transcripción

1. Información para la suscripción 2. Bienes asegurados 3
Robo o Hurto - Viviendas particulares
1. Información para la suscripción
- Datos del Cliente (razón social, dirección, localidad, código postal, provincia, tipo y
número de documento, CUIT/CUIL, situación frente al IVA).
- Ubicación del riesgo.
- Medidas de Seguridad.
- Sumas aseguradas.
2. Bienes asegurados
Bienes muebles en:
- Viviendas o departamentos de uso particular de ocupación permanente.
3. Cobertura
Robo, Hurto o tentativa
4. Bienes no asegurados
Quedan excluidos del seguro, salvo pacto en contrario, los siguientes bienes: Moneda (Papel
o metálico), oro, plata y otros metales preciosos (excepto alhajas), perlas y piedras preciosas
no engarzadas, manuscritos, documentos, papeles de comercio, títulos, acciones, bonos y
otros valores mobiliarios, patrones, clisés, matrices y moldes, croquis, dibujos y planos
técnicos, colecciones filatélicas o numismáticas, vehículos que requieren licencia para
circular y/o sus partes componentes y/o accesorios, animales vivos y plantas y los objetos
asegurados específicamente con coberturas que comprenden el riesgo de robo y/o hurto.
5. Bienes con valor limitado
La cobertura global correspondiente al "mobiliario" se limitará hasta los siguientes
porcentajes de la suma asegurada indicada en las Condiciones Particulares:
- Hasta un 20% por objeto, cuando se trate de cada uno de los siguientes bienes, sin que
en su conjunto se pueda exceder del 50%: Relojes: pulsera, colgante o de bolsillo;
encendedores, lapiceras y similares, máquinas fotográficas, filmadoras, proyectores,
grabadores y aparatos electrónicos en general, instrumentos científicos, de precisión o
de óptica, joyas, alhajas, pieles y objetos de arte.
- Hasta un 10% en conjunto cuando se trate de huéspedes del Asegurado.
La indemnización por los daños en el edificio, que se ocasionen para cometer el delito,
queda limitada al 15% a primer riesgo absoluto de la suma asegurada en forma global,
indicada en las condiciones particulares y dentro de dicha suma límite.
Página 1 de 3
6. Exclusiones de cobertura
El asegurador no indemnizará la pérdida o daños cuando:
- Los bienes se hallen en construcción separada de la vivienda con acceso propio que no
reúna las condiciones de seguridad de aquélla, o en corredores, patios y terrazas al aire
libre.
- La vivienda permanezca deshabitada o sin custodia por un período mayor de cuarenta
y cinco días consecutivos o ciento veinte días en total, durante un período de un año de
vigencia de la póliza.
- La vivienda esté total o parcialmente ocupada por terceros, excepto huéspedes.
- Provengan de hurto, si en la vivienda se desarrollan en forma accesoria, actividades
comerciales, industriales o civiles en general, que permitan el acceso de personas en
relación con las mismas.
- Se trate de daños a cristales o configuren incendio o explosión que afecten al edificio o
a los bienes asegurados, aunque hayan sido provocados para cometer el delito o su
tentativa.
No constituyen hurto y por lo tanto quedan excluidas de la cobertura, las pérdidas que sean a
consecuencia de extravío, de faltantes constatadas con motivo de la realización de inventarios o
de estafas, extorsiones, defraudaciones, abusos de confianza o actos de infidelidad (salvo, en
cuanto a estos últimos, los cometidos por el personal de servicio doméstico.
7. Modalidad de la cobertura
Hay tres alternativas de las que puede optar el asegurado:
- A prorrata: Indemniza en forma proporcional teniendo en cuenta la suma asegurada
con el valor a riesgo al momento del siniestro.
Siniestro
X
Suma asegurada
Valor a riesgo al momento del siniestro
- A primera pérdida absoluta: Indemniza el monto del daño hasta la suma asegurada
sin tener en cuenta la relación entre el valor a riesgo y suma asegurada hasta el momento del
siniestro.
- A primera pérdida relativa: La indemnización está condicionada a la relación entre el
valor declarado y el valor a riesgo al momento del siniestro.
Siniestro X Valor a riesgo declarado % Suma asegurada
Valor a riesgo al momento del siniestro
Página 2 de 3
8. Suma máxima asegurable (Tope cobertura automática)
-
$ 100.000
9. Tasas de primas
Consultar a la Unidad de Negocios de su dependencia.
10. Recargos totales
Cantidad
Cuotas
5
8
Total Recargos
Con IVA
Con IVA
21%
Acrecent.
81,62 %
96,10 %
86,88 %
101,78 %
Con IVA
Percepción
88,52 %
93,98 %
11. Prima Mínima
$ 20,00.
12. Formularios a cumplimentar
F. 7/8 Propuesta.
Página 3 de 3

Documentos relacionados