MEJORAS Y NECESIDADES ADAPTACIÓN SIFCO A RAE

Transcripción

MEJORAS Y NECESIDADES ADAPTACIÓN SIFCO A RAE
MEJORAS Y NECESIDADES ADAPTACIÓN SIFCO A RAE-CMBD
Marcadas en verde las modificaciones que habría que hacer en SIFCO
A. VARIABLES INCLUIDAS EN SIFCO
Variables incluidas en
SIFCO
DATOS
IDENTIFICACIÓN
PACIENTE
(Comunes a formulario de
solicitud de asistencia y
formulario de asistencia
realizada)
Nombre (obligatorio)
Apellido 1 (obligatorio)
Apellido 2
Nacionalidad
País de origen (sólo
extranjeros)
Provincia de residencia
(obligatorio)
Variables incluidas en
RAE-CMBD
(RD 69/2015)
6) País de nacimiento
(anexo I.6 RD 69/2015)
(código ISO, anexo II.d
RD 69/2015)
Adaptación
a RAECMBD
(SI/NO)
NO
Otras
modificaciones
en SIFCO
distintas a
RAE-CMBD
(SI/NO)
NO
NO
NO
SI
SI
ALCANCE:
Tipo de modificación o
incorporación de variable a
SIFCO
Observaciones
Mantener:
- Nacionalidad
Modificar el nombre de la
variable en SIFCO, poner:
- País de aseguramiento
(código ISO, anexo II.d RD
69/2015)
Mantener:
Provincia de residencia
Añadir:
CA emisora de la TSI (CIPAUT)
1
Fecha de nacimiento
(obligatorio)
Sexo (obligatorio)
TSI (obligatoria)
NIF
Pasaporte
4) Fecha de nacimiento
(anexo I.4 RD 69/2015)
5) Sexo (anexo I.4 RD
69/2015):
1. Hombre
2. Mujer
9. No especificado
1) Tipo de código de
identificación personal
(anexo I.1 RD 69/2015)
SI
(código INE, anexo II.c RD
69/2015)
Igual RAE-CMBD
SI
Igual RAE-CMBD
NO
2) CIP paciente (anexo
I.2 RD 69/2015):
ID CA Destino (se recoge
sólo en formulario
asistencia realizada)
SI
Modificar el nombre de la
variable en SIFCO, en lugar
de TSI poner:
- CIP-AUT (obligatorio): se
refiere al Código de
Identificación Personal
autonómico que la CA
comunica a Tarjeta Sanitaria
del SNS.
Es imprescindible la conexión del
aplicativo SIFCO a TSI.
Añadir:
- CIP-SNS (obligatorio): es el
Código de Identificación
Personal del Sistema Nacional
de Salud, formato
BBBBBBBBQR648597 (RD
702/2013)
Aseguramiento
(obligatorio en formulario
atención realizada):
1. Seguridad Social
2. Corporaciones
locales/Cabildos insulares
3. Mutuas de asistencia
9) Régimen de
financiación (anexo I.9
RD 69/2015):
1. SNS
2. Reglamentos europeos
y convenios bilaterales
3. MUFACE, ISFAS y
SI
Mantener:
- NIF
- Pasaporte
- ID CA Destino
Hacerlo campo obligatorio en
formulario solicitud asistencia
y en formulario atención
realizada, pero dejar que pueda
variarse entre la solicitud y la
realización.
Tener en cuenta que el valor de la
variable puede variar en el
periodo que va desde la solicitud
hasta la realización.
2
sanitaria
4. Accidente de trabajo
5. Accidente de tráfico
6. Privado
7. Financiación mixta
8. Otros
9. Desconocido
MUGEJU
4. Mutuas colaboradoras
con Seguridad Social,
incluye mutuas
accidentes trabajo y
enfermedades
profesionales de SS
5. Accidentes tráfico
6. Financiación privada
directa (personas físicas)
7. Financiación a través
aseguramiento privado
(compañías seguro
sanitario): seguros
obligatorios, excluido
vehículos de motor;
convenios o conciertos
con otros organismos o
entidades
8. Asistencia Sanitaria
Transfronteriza
9. Otros y desconocido
Mantener el nombre de la
variable en SIFCO:
- Aseguramiento
Valores variable: igual RAECMBD
Neonato con TSI madre
SI
Peso neonato gramos
NO
Ingresado en origen
Acompañante
Otros datos paciente
- Teléfono
- Teléfono 2
- Dirección
- Municipio (campo de
14) Procedencia (anexo
I.14 RD 69/2015)
NO
NO
7) Código postal del
domicilio habitual del
paciente (anexo I.7 RD
69/2015):
- Residentes en España:
SI
NO
SI
En el caso de que el neonato
no tenga CIP, recoger los de
la madre:
CIP-SNS (obligatorio)
CIP-AUT (obligatorio)
El peso que se debe recoger es el
del RN en el momento del
nacimiento.
Mantener:
- Teléfono 1 (obligatorio)
- Teléfono 2
- Dirección
3
texto)
- Código postal
DATOS DE
IDENTIFICACIÓN DEL
SOLICITANTE
(Formulario de solicitud
de asistencia)
Autonomía que solicita la
asistencia
(código INE, anexo II.c RD
69/2015)
Solicitud
Persona autorizada
código postal o, si se
desconoce, dos cifras
provincia (código INE) +
000
- Residentes en países
extranjeros: 53+código
ISO, si es desconocido
53000
8) Municipio del
domicilio habitual del
paciente (anexo I.8 RD
69/2015):
- Residentes en España:
código INE municipio o,
si se desconoce, dos
cifras provincia (código
INE) + 000
- Residentes en países
extranjeros: 53+código
ISO, si es desconocido
53000
Nombre variable y
codificación igual RAECMBD:
- Código postal (obligatorio)
- Municipio del domicilio
habitual del paciente
(obligatorio) (código INE)
Añadir:
- e-mail
NO
Esta variable la genera
automáticamente la aplicación.
NO
Esta variable la genera
automáticamente la aplicación.
En los casos en que no es el
centro sanitario que propone un
traslado el que lo tramita y
autoriza, se debe diferenciar el
centro sanitario que propone la
solicitud y la persona y Unidad
SI
Mantener:
Persona autorizada
Añadir:
- Unidad administrativa de
tramitación solicitante
4
administrativa que lo autoriza.
La Unidad administrativa de
tramitación solicitante (no
obligatorio), sólo para cuando lo
requiera la comunidad autónoma
solicitante.
Se puede mantener la codificación
actual en SIFCO para estas
Unidades.
Centro solicitante:
(obligatorio)
(Listado Catálogo Nacional
de Hospitales de la CA que
solicita + Unidades
administrativas de
tramitación)
Servicio solicitante:
- Servicio solicitante
(listado servicios CMBD)
- Facultativo solicitante
nombre
- Facultativo solicitante
apellido1
- Facultativo solicitante
apellido2
- Facultativo solicitante
correo electrónico
- Teléfono
SI
SI
Modificar nombre y
codificación de la variable:
- Centro sanitario solicitante
(obligatorio):
Código Nacional establecido
en el registro de centros,
REGCESS, de acuerdo al RD
1277/2003: 10 caracteres
Suprimir del listado de centros
sanitarios las unidades
administrativas de tramitación,
que se recogerán como otra
variable y que no se
contemplan en REGCESS
Modificar codificación de la
variable:
- Servicio solicitante: Código
y listado Oferta Asistencial
registrada en REGCESS, de
acuerdo al RD 1277/2003:
código 4 caracteres
Estas variables se refieren al
servicio sanitario y profesional
que propone la solicitud de
traslado.
Mantener el resto de las
variables
5
- Observaciones
Observaciones generales
(pestaña): Observaciones
solicitud (campo habilitado
en formulario solicitud
asistencia)
Informe clínico
(obligatorio si en tipo de
asistencia se selecciona AIII)
ASISTENCIA
SOLICITADA
(Formulario de solicitud
de asistencia)
Prioridad: (obligatorio)
- N: normal
- A: alta
Revisión
NO
El Informe clínico debe incluir:
- un breve resumen de la historia
clínica del paciente relacionada
con el motivo de la derivación,
recogiendo la razón clínica por la
que se solicita la derivación.
- Procedimientos diagnósticos y
terapéuticos realizados
relacionados con el motivo de la
derivación.
- Otros datos que se considere
oportuno reseñar.
NO
NO
SI
Hacerlo campo obligatorio en
formulario solicitud asistencia.
Se traslada este campo del
apartado datos del paciente a
este apartado.
Tipo de asistencia:
(obligatorio)
- Procedimientos
hospitalarios (Anexo I)
- Procedimientos
ambulatorios (Anexo II)
- Servicios o Unidades de
NO
6
referencia (Anexo III)
- Otros no incluidos en
Fondo de cohesión
Técnicas (pestaña)
(obligatorio si en tipo de
asistencia se selecciona AII o A-III):
- Si en tipo de asistencia se
selecciona A-II, aquí se
despliega listado
procedimientos
ambulatorios A-II
- Si en tipo de asistencia se
selecciona A-III, aquí se
despliega listado PTTP A-III
Listado procedimientos
ambulatorios CSUR (AIII)
Diagnósticos y
procedimientos
(obligatorio en todos los
tipos de asistencia rellenar
al menos un diagnóstico):
- Diagnósticos:
- Principal
- Otros (2, 3, …)
NO
SI
23) Diagnóstico
principal (anexo I.23 RD
69/2015)
CIE 10MC (CIE10ESdiagnósticos)
25) Diagnósticos
secundarios (anexo I.25
RD 69/2015)
SI
Añadir:
- Listado procedimientos
ambulatorios CSUR
Pendiente determinar
codificación y conceptos de
esta variable
Modificar codificación, igual
RAE-CMBD:
- Diagnóstico principal
(obligatorio en solicitud)
- Diagnósticos secundarios
- Procedimientos realizados
en el centro (principal y
otros)
Si en tipo de asistencia se
selecciona A-III, tras marcar una
de las PTTP A-III, si el episodio
que se solicita no corresponde a
priori a un ingreso hospitalario
será preciso marcar uno de los
procedimientos ambulatorios
CSUR.
Todas las demás variables,
incluidas las variables referidas a
diagnósticos y procedimientos, se
cumplimentarán del mismo modo
que si se tratara de un episodio
con ingreso hospitalario.
Se va a disponer de dos
clasificaciones:
- La Clasificación general de
Diagnósticos y procedimientos de
la CIE-10MC, que incluye los
códigos E y V.
7
- Procedimientos:
- Principal
- Otros (2, 3, …)
- Neoplasias (códigos M):
- Principal
- Otros (2)
- Observaciones asistencia
solicitada
HOSPITAL/CENTRO
DE ESPECIALIDADES
DONDE SE SOLICITA
ASISTENCIA
(Formulario de solicitud
de asistencia)
CCAA solicitada
(obligatorio)
(código INE, anexo II.c RD
69/2015)
CIE 10MC (CIE10ESdiagnósticos)
27) Procedimientos
realizados en el centro
(anexo I.27 RD 69/2015)
CIE 10PCS (CIE10ESprocedimientos)
28) Procedimientos
realizados en otros
centros (anexo I.28 RD
69/2015)
CIE 10PCS (CIE10ESprocedimientos)
29) Códigos de
morfología de las
neoplasias (anexo I.29
RD 69/2015)
Versión en vigor de la
Clasificación
Internacional de
Enfermedades para
Oncología (CIEO)
- La Clasificación Internacional
- Procedimientos realizados
de Enfermedades para Oncología
en otros centros
(CIEO).
- Códigos de morfología de
las neoplasias (Clasificación
Internacional de Enfermedades
para Oncología (CIEO)
Mantener:
- Observaciones asistencia
solicitada
NO
8
Hospital (obligatorio):
Si en tipo de asistencia se
selecciona A-I o A-II:
listado Catálogo Nacional
de Hospitales de la CA
seleccionada
Si en tipo de asistencia se
selecciona A-III y en
Técnicas una PTTP A-III:
listado CSUR designados
para la PTTP
SI
Centro de especialidades
(campo de texto)
Servicio solicitado:
- Servicio solicitado: listado
servicios CMBD
- Facultativo solicitado
nombre
- Facultativo solicitado
apellido1
- Facultativo solicitado
apellido2
- Observaciones
COMUNIDAD
AUTÓNOMA
PRESTADORA
(Formulario de asistencia
prestada)
- Comunidad Autónoma
prestadora (obligatorio)
(código INE, anexo II.c RD
69/2015)
SI
Suprimir Centro de
especialidades
SI
Modificar codificación de la
variable:
- Servicio solicitado: Código y
listado Oferta Asistencial
registrada en REGCESS, de
acuerdo al RD 1277/2003:
código 4 caracteres
- Solicitud: Nº
Modificar nombre y
codificación de la variable:
- Centro sanitario solicitado
(obligatorio):
Código Nacional establecido
en el registro de centros,
REGCESS, de acuerdo al RD
1277/2003: 10 caracteres
En esta variable se incluirían los
hospitales y los centros de
especialidades, es decir cualquier
centro sanitario siempre que esté
registrado en el REGCESS. Por
ello se suprime la variable “centro
de especialidades”.
Las alianzas de centros se pueden
agrupar en el código REGCESS
correspondiente a C.1.90. Otros
centros con internamiento,
mientras se actualiza el anexo I
del RD 1277/2003.
Mantener el resto de las
variables
31) Comunidad
Autónoma del centro
sanitario (anexo I.23 RD
69/2015) (código INE,
anexo II.c RD 69/2015)
NO
NO
Se refiere a la CA que realiza la
asistencia.
NO
Esta variable la genera
automáticamente la aplicación.
9
PERSONA
AUTORIZADA QUE
CUMPLIMENTA EL
FORMULARIO
(Formulario de asistencia
prestada)
Persona autorizada
Centro
NO
SI
Sustituir nombre variable
por:
- Unidad administrativa de
tramitación prestadora
La Unidad administrativa de
tramitación prestadora (no
obligatorio), sólo para cuando lo
requiera la comunidad autónoma
solicitante.
Se puede mantener la codificación
actual en SIFCO para estas
Unidades.
Observaciones generales:
Observaciones asistencia
prestada
HOSPITAL/CENTRO
DE ESPECIALIDADES
DONDE SE PRESTA LA
ASISTENCIA
(Formulario de asistencia
prestada)
Hospital:
(Listado Catálogo Nacional
de Hospitales de la CA que
presta la asistencia)
NO
30) Centro sanitario
(anexo I.30 RD 69/2015)
- Hospitales: código
Catálogo Nacional de
Hospitales
- Resto centros sanitarios
especializados:
REGCESS
NO
SI
Modificar nombre y
codificación:
- Centro sanitario
(obligatorio):
Código Nacional establecido
en el registro de centros,
REGCESS, de acuerdo al RD
1277/2003: 10 caracteres
En esta variable se incluirían los
hospitales y los centros de
especialidades, es decir cualquier
centro sanitario siempre que esté
registrado en el REGCESS. Por
ello se suprime la variable “centro
de especialidades”.
Las alianzas de centros se pueden
agrupar en el código REGCESS
correspondiente a C.1.90. Otros
centros con internamiento,
mientras se actualiza el anexo I
10
del RD 1277/2003.
Centro de especialidades
Servicio responsable de la
asistencia:
- Servicio responsable:
listado servicios CMBD
- Facultativo responsable
nombre
- Facultativo responsable
apellido1
- Facultativo responsable
apellido2
- Facultativo responsable
correo electrónico
- Teléfono
- Observaciones
ASISTENCIA
REALIZADA
(Formulario de asistencia
prestada)
Fecha ingreso
(obligatorio)
Fecha intervención
Fecha alta (obligatorio)
SI
16) Servicio responsable
de la atención
(códigos y descripción
anexo II.b RD 69/2015)
SI
Mantener el resto de las
variables
11) Fecha y hora de la
orden de ingreso (anexo
I.11 RD 69/2015)
20) Fecha y hora de
intervención (anexo I.20
RD 69/2015)
17) Fecha y hora de
finalización de la
atención (anexo I.17 RD
NO
NO
No es necesario añadir la hora.
NO
NO
No es necesario añadir la hora.
SI
Sustituir el nombre de la
variable por:
-Fecha de finalización de la
atención (obligatorio)
69/2015)
Tipo de asistencia:
(obligatorio)
- Procedimientos
hospitalarios (Anexo I)
- Procedimientos
ambulatorios (Anexo II)
- Servicios o Unidades de
Suprimir variable Centro de
especialidades
Modificar codificación de la
variable:
- Servicio responsable de la
asistencia: Código y listado
Oferta Asistencial registrada
en REGCESS, de acuerdo al
RD 1277/2003: código 4
caracteres
No es necesario añadir la hora.
NO
11
referencia (Anexo III)
- Otros no incluidos en
Fondo de cohesión ¿?
Tipo alta (obligatorio):
Técnicas (pestaña):
(obligatorio si en tipo de
asistencia se selecciona AII o A-III)
- Si en tipo de asistencia se
selecciona A-II, aquí se
despliega listado
procedimientos
ambulatorios A-II
- Si en tipo de asistencia se
selecciona A-III, aquí
aparecerá la PTTP
seleccionada al solicitar la
asistencia
Listado procedimientos
ambulatorios CSUR (AIII)
18) Tipo de alta (anexo
SI
I.18 RD 69/2015):
1. Domicilio
2. Traslado a otro hospital
3. Alta voluntaria
4. Exitus
5. Traslado a centro
sociosanitario
8. Otros
9. Desconocido
Codificación de la variable:
igual RAE-CMBD
NO
SI
Añadir:
- Listado procedimientos
ambulatorios CSUR
Pendiente determinar
codificación y conceptos de
esta variable
Si en tipo de asistencia se
selecciona A-III, tras marcar una
de las PTTP A-III, si el episodio
realizado no corresponde a un
ingreso hospitalario (fecha de
ingreso = fecha de alta) será
preciso marcar uno de los
procedimientos ambulatorios
CSUR.
Todas las demás variables,
12
Diagnósticos y
procedimientos:
(obligatorio en todos los
tipos de asistencia rellenar
al menos un diagnóstico)
- Diagnósticos:
- Principal
- Otros (2, 3, …)
- Procedimientos:
- Principal
- Otros (2, 3, …)
- Neoplasias (códigos M):
- Principal
- Otros (2)
- Observaciones asistencia
realizada
23) Diagnóstico
principal (anexo I.23 RD
69/2015)
CIE 10MC (CIE10ESdiagnósticos)
24) Marcador POA1 del
diagnóstico principal
(anexo I.24 RD 69/2015):
S. Si: presente en el
momento del ingreso
N. No: No presente en el
momento del ingreso
D. Desconocido
I. Indeterminado
clínicamente
E. Exento de asignación
de marcador POA
25) Diagnósticos
secundarios (anexo I.25
RD 69/2015)
CIE 10MC (CIE10ESdiagnósticos)
26) Marcador POA2 de
los diagnósticos
secundarios (anexo I.26
RD 69/2015):
S. Si: presente en el
momento del ingreso
N. No: No presente en el
momento del ingreso
D. Desconocido
I. Indeterminado
clínicamente
SI
Hacer obligatorio en todos
los tipos de asistencia
rellenar el diagnóstico
principal y el procedimiento
principal.
Modificar codificación de las
variables igual RAE-CMBD:
- Diagnóstico principal
(obligatorio)
- Diagnósticos secundarios,
incluye códigos E (lesiones y
envenenamientos)
- Procedimientos realizados
en el centro: principal
(obligatorio) y otros
- Procedimientos realizados
en otros centros
- Códigos de morfología de
las neoplasias (Clasificación
Internacional de Enfermedades
para Oncología (CIEO)
incluidas las variables referidas a
diagnósticos y procedimientos, se
cumplimentarán del mismo modo
que si se tratara de un episodio
con ingreso hospitalario.
Aunque no se haga obligatorio
para obtener el GRD correcto es
deseable que se rellenen los
diagnósticos secundarios,
procedimientos, neoplasias y
marcador POA2.
Se va a disponer de dos
clasificaciones:
- La Clasificación general de
Diagnósticos y Procedimientos de
la CIE-10MC, que incluye los
códigos E y V.
- La Clasificación Internacional
de Enfermedades para Oncología
(CIEO).
Añadir las variables:
- Marcador POA1 del
diagnóstico principal
(obligatorio)
- Marcador POA2 de los
diagnósticos secundarios
Mantener:
- Observaciones asistencia
solicitada
13
E. Exento de asignación
de marcador POA
27) Procedimientos
realizados en el centro
(anexo I.27 RD 69/2015)
CIE 10PCS (CIE10ESprocedimientos)
28) procedimientos
realizados en otros
centros (anexo I.28 RD
69/2015)
CIE 10PCS (CIE10ESprocedimientos)
29) Códigos de
morfología de las
neoplasias (anexo I.29
RD 69/2015)
Versión en vigor de la
Clasificación
Internacional de
Enfermedades para
Oncología (CIEO)
Informe de alta (pestaña)
(ahora obligatorio si en
tipo de asistencia se
selecciona A-III)
SI
Hacerlo obligatorio en todos
los episodios que impliquen
hospitalización: Anexo I y III
El informe clínico al alta: incluirá
un breve resumen de la asistencia
realizada al paciente, de los
resultados
de
las
pruebas
diagnósticas
y
terapéuticas
realizadas y del tratamiento y las
recomendaciones que debe seguir
en su Comunidad Autónoma de
origen.
Se indicarán las revisiones (si
fuera necesario) y en qué plazos
deben realizarse.
14
B. VARIABLES NUEVAS
Variables incluidas en
RAE-CMBD
(RD 69/2015) NO en
SIFCO
3) Número de Historia
Clínica (anexo I.3 RD
69/2015)
10) Fecha y hora de
inicio de la atención
(anexo I.10 RD 69/2015)
12) Tipo de contacto
(anexo I.12 RD 69/2015):
1. Hospitalización
2. Hospitalización a
domicilio
3. Hospital de día médico
4. Cirugía ambulatoria
5. Procedimiento
ambulatorio de especial
complejidad
6. Urgencia
13) Tipo de visita
(referida a modalidad
asistencial de hospital de
día médico):
1. Contacto inicial
2. Contacto sucesivo
9. Desconocido
15) Circunstancias de la
atención:
1. No programado
2. Programado
9. Desconocido
19) Dispositivo de
Adaptación
a RAECMBD
(SI/NO)
Otras
modificaciones
en SIFCO
distintas a
RAE-CMBD
(SI/NO)
ALCANCE:
Tipo de modificación o
incorporación de variable a
SIFCO
Observaciones
NO
NO
SI
Igual RAE-CMBD
Añadir a los valores de la
variable:
7. Consultas externas
8. Otros
SI
Añadir:
Tipo de visita, pero referida a
Hospital de día médico y
consultas externas
Añadir esta variable en el
formulario de asistencia
sanitaria prestada.
Añadir esta variable en el
formulario de asistencia
sanitaria prestada.
Codificación de la variable
igual RAE-CMBD
NO
SI
Igual RAE-CMBD
Añadir esta variable en el
15
continuidad asistencial:
1. No precisa
2. Ingreso en
hospitalización en el
propio hospital
3. Hospitalización a
domicilio
4. Hospital de día médico
5. Urgencias
6. Consultas
8. Otros
9. Desconocido
21) Ingreso en UCI:
1. Sí; 2. No
22) Días de estancia en
UCI
formulario de asistencia
sanitaria prestada
SI
Igual RAE-CMBD
SI
Igual RAE-CMBD
Añadir esta variable en el
formulario de asistencia
sanitaria prestada
Añadir esta variable en el
formulario de asistencia
sanitaria prestada
16

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