preparación de certificados de operación.

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preparación de certificados de operación.
MANUAL DEL INSPECTOR DE AERONAVEGABILIDAD
CAPÍTULO 5. PREPARACIÓN DE CERTIFICADOS DE
OPERACIÓN
1.
FORMULARIOS A UTILIZARSE.
El Formulario DGAC 8430.18 debe ser utilizado para la emisión de un
Certificado de Operador Aéreo.
El Formulario DGAC 8000-4 (08/99) debe ser utilizado para la emisión de un
Certificado de Organización de Mantenimiento.
3.
INFORMACIÓN REQUERIDA.
La siguiente información debe ser introducida en el formulario al momento de
preparar el certificado para su emisión, pero se debe tener en cuenta que la
información contenida en este capítulo de la Guía es general. Como la emisión de
los certificados de Operador Aéreo es tarea del Área de Operaciones, entonces,
para mayor detalle y propósitos de uniformidad, se debe consultar el Manual del
Inspector de Operaciones, Volumen 2, Capítulo 2, Sección 5, párrafo 137.
También es posible ver un ejemplo de certificado OA en el CD del Manual,
carpeta de formularios.
A.
B.
VOL. I
Razón Social. (Nombre legal) La Razón Social del titular del certificado
debe ser mencionada inmediatamente debajo del las palabras, "Se certifica
que". Otras denominaciones comerciales adicionales se indicarán en el
certificado a continuación de la razón social.
(1)
Toda denominación comercial adicional será precedida por la sigla
h/n/c, que significa “haciendo negocios como”
(2)
El titular del certificado debe demostrar que todas las
denominaciones comerciales han sido autorizadas por la autoridad
competente.
(3)
La AAC no restringirá el número de nombres comerciales usados
por el titular del certificado. Si no existe suficiente espacio en el
certificado para enumerar y acomodar, todos los nombres
comerciales y la dirección, se hará una referencia a una carta
adjunta donde se listan los nombres de todas las razones
comerciales.
Domicilio Legal. (Dirección de la Base Principal) La dirección de la
base principal de operaciones del titular debe indicarse a continuación el
nombre del titular del certificado. Una casilla postal no será aceptable, a
menos que refleje la localización física del domicilio legal.
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MANUAL DEL INSPECTOR DE AERONAVEGABILIDAD
5.
C.
Certificación de la AAC. La certificación de la AAC, pre-impresa en el
Formulario para Transportador Aéreo no puede ser modificada. Sin
embargo, debe ser complementada especificando, ya sea, "Helicóptero para
Operación de Carga Externa", "Operación de Aeronave Agrícola Privada" o
"AMO de Aeronave para Operación Agrícola Comercial", según el caso y en
el sitio indicado.
D.
Número de Certificado. El número de certificado se otorgará en forma
correlativa de acuerdo al archivo de emisión de certificados, y será indicado
en el sitio previsto del formulario.
E.
Fecha Real de Emisión. La fecha, en la cual se han completado todos
los requerimientos para la certificación, debe ser registrada en el espacio
previsto para la fecha real de certificación. Si un certificado debe ser
enmendado por causa de un cambio de dirección o de un cambio de la
Unidad encargada de la emisión del certificado, la fecha de emisión
original se mantendrá en el certificado enmendado.
F.
RESERVADO
G.
Firma. Certificados de operación expedidos a operadores aéreos y
certificados de Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas (AMO) según
el RAB145, deben ser firmados por el Director de la AAC o persona con
autoridad delegada para ello, y Jefe de la Unidad aplicable, en el sitio
previsto. Cuando el Director de la AAC o delegado haya firmado el
certificado, el número de certificación, debe ser inscrito en el espacio
denominado "Número”.
CAMBIO DE RAZON SOCIAL (Cambio de Nombre).
El cambio de razón social debe ser encarado con precaución, Cualquiera que sea
la complejidad del cambio de razón social, éste implica una nueva certificación,
por lo tanto, deben emitirse un nuevo certificado y un nuevo número de
certificado. Esto no se aplica al cambio de siglas, sino solo a la razón social
A.
Autorización Legal. El titular del certificado debe presentar pruebas
que el cambio de razón social ha sido autorizado por la autoridad
competente, si es aplicable. El inspector debe cerciorarse de que el cambio
de razón social no obedece a fines de obviar requerimientos iniciales de
certificación.
B.
Empresa Unipersonal. Si una empresa unipersonal se constituye, de
acuerdo a ley, no se considera como un simple cambio de razón social. Esta
"nueva" persona debe cumplir todos los requisitos iniciales de certificación
de los RAB’s, para efectos de la obtención de un certificado de operación.
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Sin embargo, el procedimiento de certificación, en este caso, no será
necesariamente tan estricto como de costumbre.
VOL. I
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PAGINA INTENCIONALMENTE
DEJADA EN BLANCO
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