la construcción del estado liberal

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la construcción del estado liberal
TEMA 10: La construcción del Estado liberal
LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO
LIBERAL1833-1868
SELECTIVIDAD
10.1. La oposición al sistema liberal: Las guerras carlistas. La cuestión foral. J-04, S-07 S-05
10.2. Isabel II: La organización del régimen liberal. J-06 J-07
10.3. Sexenio democrático (1868-1874): El reinado de Amadeo I y la Primera
República. J-03 S-06
10.4. Evolución económica y cambio social. El arranque del movimiento obrero
(1833-1875)
ISABEL II (1833-1868)
Las regencias (1833-43):
Mª Cristina (1833-40)
Guerra Carlista
Evolución política
Espartero (1841-43)
El reinado (1843-68):
Década Moderada (1843-53)
Bienio Progresista (1854-56)
Unión Liberal (1858-63)
Final del reinado (1863-68)
1. La oposición al sistema liberal: Las guerras
carlistas. La cuestión foral
CAUSAS:
Cuestión sucesoria
Inicio de la Guerra:
• Muerte de Fernando VII el 29 de septiembre de 1833
Belén Santos. 1
TEMA 10: La construcción del Estado liberal
•
El 1 de octubre Don Carlos Maria Isidro proclama desde Portugal sus derechos dinásticos
{Manifiesto de Abrantes)
• 3 primera proclamación de Don Carlos, en Talavera
• 5 reconocido como Rey en Bilbao y Álava
• Surgen partidas carlistas por todo el país---7 años de guerra civil
Enfrentamiento ideológico:
Carlistas: absolutistas “Dios, Patria y Rey”, luego + fueros
• Tradicionalismo católico y defensa de los intereses de la Iglesia
• Antiguo Régimen: absolutismo: monarquía de origen divino
• Fueros y privilegios: son los derechos y/o privilegios adquiridos durante la
Edad Media y Moderna en el País Vasco. No tenían que cumplir el
servicio militar y si había guerra sólo lo cumplían cuando las hostilidades
se producían en su territorio. Los Austrias, en el siglo XVI, le habían
concedido el no tener que pagar impuestos a cambio de abonar una
determinada cantidad (el “cupo vasco” que continúa en la actualidad). La
administración la ejercían las Juntas Generales, compuestas por delegados de cada municipio de
cualquier estamento (la de Vizcaya se reunía en torno al “roble de Guernica”). Las competencias
de las Juntas eran muy amplias: cobro de impuestos, nombramiento de jueces y policía… Podían
incluso vetar leyes basándose en la aplicación del fuero “pase foral” (“obedecer pero no cumplir”
y “retrasar pero no
suspender”). El centralismo liberal chocaba contra los fueros, que eran defendidos por el
carlismo.
• Oposición radical a las reformas liberales. Inmovilismo
Isabelinos o cristinos: liberales:
• Sectores reformistas del absolutismo (Cea Bermúdez)
• Liberales moderados y progresistas
• Revolucionarios (recién llegados del exilio)
• Libertades económica, política y social
• Laicización
• Uniformidad territorial
APOYOS:
CARLISTAS
Se oponían a la revolución liberal: pequeños nobles rurales, parte del bajo clero y muchos
campesinos para los que el liberalismo suponía simplemente un aumento de impuestos.
País Vasco, Navarra, Norte Cataluña y Maestrazgo
En zonas rurales
Austria, Prusia, Rusia, Nápoles y Estados Pontificios (simpatía, no apoyo)
LIBERALES
Grandes ciudades (incluso en País Vasco): capacidades: intelectuales, profesores, abogados,
médicos, etc., burguesía comercia, industrial y financiera y trabajadores
Campesinado del Sur peninsular
Alta nobleza y jerarquía eclesiástica
Mayor parte ejército
Francia, Portugal y R. Unido firmaron la Cuádruple Alianza
Belén Santos. 2
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ETAPAS:
1. Formación del foco de
insurrección (1833-35)
Intentaron
insurrección
general
Focos reprimidos
excepto en P.
Vasco y Navarra
General
Zumalacárregui:
crea un ejército a
partir de cuadrillas
guerrilleras
No tomaron las
ciudades:
Zumalacárregui
muere en el asedio
a Bilbao (1835)
2. Expediciones nacionales (1835-37):
Momento más revolucionario y crítico en el bando cristino (Constitución de 1837)
Incursiones carlistas fuera de sus territorios: Gómez (36) y E. Real (37). Sin respaldo entre la
población (Madrid estuvo a punto de ser tomada por los carlistas, pero Don Carlos dudó antes de
atacar e intentó un pacto con la regente)
Fracasa nuevo intento de tomar Bilbao: Batalla de Luchana
(Espartero)
3. Iniciativa de cristinos (1837-39):
Ofensiva isabelina
Convenio o Abrazo de Vergara (Maroto y Espartero)
Pg17
Admisión de oficiales carlistas en ejército isabelino con su
grado
Se remite la cuestión foral a Cortes*
Exilio se Carlos Mª Isidro en Francia
*1841 se aprobaron varias leyes:
Navarra:
o pierde: aduanas, privilegios fiscales, exenciones militares e instituciones de autogobierno
o gana: cupo contributivo único anual (ventajoso)
P. Vasco:
o pierde: “pase foral”
o mantiene exclusión servicio militar
o 1846: “conciertos económicos”
4. Final en el Maestrazgo (1849-40): G. Cabrera no aceptó el Convenio
• Fin: Espartero tomó Morella
• Carlistas cruzan los Pirineos
CONSECUENCIAS:
Victoria de cristinos por:
o Superioridad material
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Poco apoyo popular a la causa carlista al sur del Ebro
Nulo respaldo material y diplomático exterior que tuvo Don Carlos
Guerra = descalabro humano y económico (mayor retraso en el desarrollo del país)
o
o
LA PERVIVENCIA DEL CARLISMO.
La segunda Guerra Carlista (1846-49): desencadenada por el fracaso del enlace entre Isabel II y
Carlos VI, hijo de Carlos Mª Isidro, es conocida como guerra dels matiners (madrugadores). Tiene
como escenario Cataluña y Levante e interviene Cabrera. El carlismo es derrotado.
Continuaron sublevaciones carlistas, como el frustrado pronunciamiento de Carlos
VI en San Carlos de la Rápita (Castellón) en 1860.
La tercera Guerra Carlista (1872-76): la inició Carlos VII, nieto de Carlos Mª
Isidro. Tras la revolución del 68 habían querido convertirse en una alternativa para
las clases conservadoras frente al régimen democrático y moderó sus formas y
lenguaje. Nació un partido: la Comunión Católico-Monárquica. Pero la elección de
un rey extranjero, Amadeo I, les lanzó a la guerra cuyo escenario fue el País Vasco,
Navarra y Cataluña. Don Carlos logró victorias, como Eraul, Montejurra y
Abárzuza pero no consiguió ocupar Bilbao. Creó una estructura estatal en Estella
(Navarra), emitiendo moneda. Su derrota por Martínez Campos, en la Restauración de Alfonso XII,
supuso la supresión de los fueros e instituciones del País Vasco (1876), aunque conservó la
autonomía fiscal por los conciertos económicos (1878).
2. ISABEL II: LA ORGANIZACIÓN DEL
RÉGIMEN LIBERAL
1. LAS REGENCIAS (1833-43)
A) Mª CRISTINA (1833-40)
a) MODERADOS
Protagonistas: monárquicos reformistas (Cea Bermúdez, J. de Burgos) y liberales moderados (M. de la Rosa):
combinar Antiguo Régimen y Liberalismo:
Suprimir normas económicas del A. R.
Reformas políticas: sólo las imprescindibles
Texto jurídico: ESTATUTO REAL (1834): carta otorgada para regular las
Cortes
Carácter consultivo: no aprobar leyes, sí peticiones a Reina
Dos Cámaras:
Estamento de Próceres (C. Alta):
Grandes de España: miembros natos y hereditarios
Designados por Corona entre títulos de Castilla, altos cargos
eclesiásticos, ricos propietarios…
Estamento de Procuradores (C. Baja): electivo
Sufragio estrictamente censitario (0,15% población)
indirecto
Renta superior a 12.000 reales
OBJETIVO: congregar a hombres pudientes en torno a Isabel II a
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cambio de reformas
Fracasó por:
Debilidad de la Corona
Extensión de la Guerra Carlista
Frustración de liberales representados en Cortes: peticiones:
Reorganización de Milicia, ayuntamientos y diputaciones
Supresión de impuestos señoriales
Revalidación de empleos y tierras vendidas en Trienio Liberal
Divide a liberales en: moderados - progresistas o exaltados
Liberales progresistas
Limitación del poder de la Corona
Ampliación de libertades
Defensores de reformas radicales como la desamortización.
Ampliación del cuerpo electoral.
Elección popular de alcaldes y concejales.
Liberalismo económico y reducción de la protección arancelaria.
Constitución de un cuerpo armado, la Milicia Nacional.
- Solo estuvieron en el poder breves períodos (1835-1844 y 1854-56) Constitución de
1837.
- Apoyo social en las clases medias urbanas: artesanos, tenderos, empleados...
- Principales dirigentes: Espartero, Mendizábal, Madoz, Olózaga y Prim.
Liberales moderados
Orden y autoridad fuerte: fortalecimiento del poder del rey y restricción de las libertades.
Rechazo de las reformas que pusieran en cuestión sus propiedades
Sufragio censitario restringido.
Designación de los ayuntamientos por el gobierno central.
Supresión de la Milicia Nacional.
- Constitución de 1845, Ley de Ayuntamientos de 1845 y Ley Electoral de 1846.
- Apoyo social en las clases altas: terratenientes, grandes industriales, burguesía financiera
y comercial.
- Principales dirigentes: Martínez de la Rosa, el general Narváez y Alejandro Mon.
Algunas reformas:
• División territorial en provincias (J. Burgos) 1833
• Liberalización: comercio, industria, transportes, imprenta (censura previa)
• Milicia Nacional
Fracasó:
• Intento reconciliar absolutismo-liberalismo (utopía)
• Guerra Carlista
• Progresistas: querían liberalismo popular --- juntas locales para cambios radicales --- revueltas
populares (verano 1835): Andalucía, Barcelona, Madrid…
b) PROGRESISTAS
Septiembre 35: gobierno a Mendizabal (progresista): pretende
reformas, pero obstaculizado por el entorno real sustituido por
Istúriz, moderado (mayo 36)
13-8-1836: Motín (Sargentada) de la Granja: cambio político en
manos liberales (agosto 36-finales 37)
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Regente obligada a jurar Constitución 1812
1. Desmantelar instituciones del Antiguo Régimen --- régimen liberal, constitucional y de monarquía
parlamentaria
2. Mendizábal: ministro Hacienda --- DESAMORTIZACIÓN 1836 Pg 18
• Dos disposiciones:
o Supresión de órdenes religiosas y nacionalizaba sus bienes
o Sistema de venta: pública subasta y se podía pagar o en efectivo o
mediante Deuda Pública.
• Motivaciones
o Política (atraerse al liberalismo a una masa importante de compradores)
o Económica:
Recursos para guerra carlista
Recuperar vales de la Deuda (déficit presupuestario)
Otras medidas para liberalizar la economía:
• Disolución del régimen señorial: campesinos=arrendatarios
• Desvinculación : propietarios pueden vender las tierras
• Abolición privilegios de la Mesta
• Libertad arrendamientos agrarios, precios…
• Libre comercio interior
• Libertad de industria : abolición de gremios
3. Cortes: revisión y elaboración de una nueva Constitución: COSTITUCIÓN 1937
Soberanía nacional.
División de poderes:
Cortes bicamerales: (Todas las leyes aprobadas por ambas
cámaras)
Senado: designa el rey entre una terna
Congreso de los Diputados: sufragio directo censitario
masculino
Poder ejecutivo: el Rey.
Otros poderes del monarca:
Iniciativa legislativa.
Veto ilimitado
El rey designaba a senadores y nombramiento de
ministros.
En caso de desacuerdo, el rey podía adoptar la disolución
de las Cortes.
Se recogían diferentes derechos individuales y libertad de
imprenta.
No se prohibían otras religiones. El Estado se comprometía a
subvencionar al clero expropiado con las desamortizaciones.
En 1837: ley electoral --- voto censitario masculino:
• Mayores contribuyentes
• Varones de determinado nivel intelectual: miembros de las
Reales Academias, profesores de la enseñanza pública,
doctores, licenciados, curas párrocos (“capacidades”)
• 240.000 varones de más de 25 años 1/58 de la población aún así, el fraude electoral era la norma
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c) EL FINAL DE LA REGENCIA
Septiembre 37: mayoría a moderados
Fin G. Carlista: ofensiva para recuperar el proceso contrarrevolucionario
Control de ayuntamientos: nueva ley de ayuntamientos: más poder ejecutivo, menos participación
popular.
Proponen reestablecimiento del diezmo, nueva ley de imprenta y electoral, restauración del Consejo de
Estado, depuración de Milicia...
Nuevo héroe: Espartero contrario a Ley de Ayuntamientos: enfrentado con Mª Cristina: derrotada --insurrección ciudadana progresista y radical en verano 1840.
Octubre: Mª Cristina se exilia a Francia.
B) ESPARTERO (1840-43)
Militares alcanzan poder político: general vencedor y con carisma --- las
Cortes le eligen como regente
Instaura un liberalismo autoritario apoyado en el ejército: oposición de
progresistas dentro del ejército: Prim, Serrano, Narváez
Mal político --- tendencia a la dictadura --- conflictos:
Moderados (41): Diego de León asalta Palacio Real
Progresistas: se dividen en esparteristas y puros (política civil)
Radicales: surgen demócratas y republicanos (“guardianes de la
revolución”)
Insurrección Barcelona (nov. 42) por librecambismo con Reino Unido
Final: coalición nacional frente a Espartero: revuelta 43:
Reconocimiento de Isabel II.
Defensa legalidad constitucional.
“Unión familia liberal”
Narváez: pronunciamiento y Espartero exiliado a G. B.
Nov. 42: Isabel II mayor de edad.
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EL REINADO (1843-68)
1. DÉCADA MODERADA (1843-53) NARVAEZ
Gobiernan la mayor parte del reinado, la reina les encarga formar gobierno:
progresistas:
Retraimiento político (no participan elecciones)
Pronunciamientos o insurrecciones
Sistema
Autoritario y excluyente
Oligárquico
Centralista
Respaldo:
Oficiales más importantes
Élites sociales: burguesía terrateniente---orden y propiedad
Reina
Ideología:
Reformas liberales: concluidas
Temerosos del carlismo y de la revolución de las clases populares
LIBERALISMO DOCTRINARIO
antidemocrático restringido, conservador
a) LAS PRIMERAS REFORMAS MODERADAS:
Preocupación: hacer compatible orden y libertad
Centralismo y uniformización
Empieza imponiendo orden público:
- Suprime Milicia Nacional (1843)
- Creación de la Guardia Civil (1844): policía rural. Duque de Ahumada:
• Orden público
• Seguridad de personas
• Defensa de propiedades
• Lucha contra bandolerismo
• Represión de revueltas sociales
- Control de la prensa desde el gobierno (censura)
- Nueva Ley Ayuntamientos (1845): control de vida municipal: nombramiento gubernamental de
alcaldes (+2.000 habitantes) y los gobernadores nombran a alcaldes de pueblos
- Cuestión Foral (1844): para atraer sectores del carlismo:
• Mantienen ayuntamientos forales y Juntas Generales
vascas y Navarra
• Aduanas definitivamente en los Pirineos
b) CONSTITUCIÓN DEL 45
•
•
•
Monarquía constitucional conservadora
Soberanía compartida: Rey y Cortes
Refuerza el poder de la Corona:
Iniciativa legislativa
Nombra ministros
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Disolución de Cortes
Derecho de veto
Corona y Gobierno controlan al Parlamento
Cortes= cámaras de representación de oligarcas
Senado: número ilimitado nombrado por la Reina
Congreso: elegidos (directo, censitario) 1%
Religión católica; mantenimiento del culto y clero
Ayuntamientos y diputaciones bajo Administración central
Supresión Milicia Nacional
Derechos del 37 regulados por leyes posteriores muy restrictivas
•
•
•
•
•
•
Modificación de la legislación electoral: se duplicó la cantidad exigida en pago de impuestos: se reducen
los electores a 97.000 (1,1%). Intervención sistemática del gobierno en las elecciones (corrupción
electoral)
c) LA SEGUNDA GUERRA CARLISTA (1846-49)
O Guerra dels Matiners (de los madrugadores)
Pretendiente: Carlos VI (hijo de Carlos Mª Isidro)
Causa: la posible boda con Isabel
Escasa repercusión, sólo en el norte de Cataluña
d) EL CLERICALISMO DE LOS MODERADOS: EL CONCORDATO DE 1851 pg 19
Gobierno:
Paralizar ventas y subastas desamortización
Regreso a Península de órdenes religiosas suprimidas
Clero controla educación
Santa Sede:
Aceptó venta de bienes desamortizados
Acepta patronato regio
e) LAS REFORMAS DE LA ADMINISTRACIÓN
Objetivos:
• Ordenamiento jurídico unitario
• Administración centralizada
• Hacienda con impuestos únicos
Código Penal 1851: recopila y racionaliza leyes anteriores.
Reforma del sistema fiscal: (1845) Ley Mon-Santillan
Objetivos: aumentar impuestos, reducir déficit, costear infraestructuras y servicios públicos
Impuestos:
Directos: actividades industriales y comerciales, propiedades urbanas y rústicas (25%)
Indirectos: aduanas, herencia, “consumos”…
Falta de personal para recaudar --- distribución y reparto territorial: cada localidad un cupo y los
ayuntamientos distribuyen la carga fiscal y fija cuotas personales
Distribución de gastos: 33% ejército, 25% intereses Deuda, 15% obras públicas, 8% clero, 7%
salarios funcionarios, 2% familia real, 1,5% educación
Reducción déficit estatal (1851): conversión de la Deuda (Bravo Murillo): el Gobierno rebajó
unilateralmente intereses y valor de Títulos (perjuicio a compradores)
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Enseñanza primaria pública y gratuita (1857): de 6 a 9 años (Ley Moyano) --- no se aplicó por falta
de recursos.
Unificación pesos y medidas: sistema métrico decimal.
f) FIN DE LOS MODERADOS
Moderados: “camarillas”, no políticos---desgaste de la vida política (Bravo Murillo)
• Manipulación electoral: no es posible la oposición política o parlamentaria
1849: Partido Demócrata (escindido de progresistas): soberanía nacional, sufragio universal
masculino, tolerancia religiosa, juicios por jurados… Prometen reforma social, no sólo política.
Pequeña burguesía y clases populares urbanas.
1854: gobierno es partidario de reformar la Constitución
(fortalecer al ejecutivo frente al Parlamento)--levantamiento en Vicálvaro: “Manifiesto de Manzanares”
2. BIENIO PROGRESISTA (1854-56)
a) REVOLUCIÓN DEL 54 pg 19
Tensión política y descontento social:
Alza precios
Desempleo
Corrupción y enriquecimiento ilegal (ministros y miembros de la Familia Real)
Alzamiento:
Pronunciamiento militar en Vicálvaro (O´Donnell)
Levantamientos populares: alborotos, barricadas
“Manifiesto del Manzanares” Canovas del Castillo
•
Respeto al Trono (sin camarilla)
•
Reivindica la legalidad constitucional
•
Rebaja impuestos
•
Ampliación censo
•
Milicia Nacional
•
Formación de Juntas de oposición al Gobierno
Gobierno progresista encabezado por Espartero (O´Donnell Mº
Guerra)
b) PRÁCTICA POLÍTICA
Primer objetivo: restaurar orden público, desarmar juntas revolucionarias,
acabar con reivindicaciones extremas---hostilidad de demócratas,
republicanos y sectores populares.
Constitución del 56: “non nata”
Soberanía nacional
Legislativo: Cortes con Rey
Diputados por 3 años
Senado: mitad nombrados por rey, mitad elegidos
Amplios derechos individuales
Tolerancia religiosa en culto privado
Legislación económica:
Desamortización de Madoz (55): pg 19
- Especialmente a tierras de ayuntamientos (propios y comunes)
- Volumen en venta: mayor que con Mendizábal.
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-
Objetivos: recursos para Hacienda e inversiones en el ferrocarril.
Consecuencias:
- Arruinó a muchos ayuntamientos (tierras de propios: alquiladas).
- Perjudicó a vecinos más pobres (no usan tierras de comunes): emigran a ciudades.
- No solucionó el problema de la deuda pública.
Ley General de Ferrocarriles (55):
- Contenido:
• Rentabilidad mínima
• Ayudas públicas a las empresas
• Se comprometió a construir infraestructuras
• Garantizaba el capital en caso de guerra
• Otorgó las concesiones
• Suprimió los aranceles a la importación de materiales ferroviarios durante 10 años (18551865) entrando gran cantidad de capital extranjero.
- La construcción muy rápida, pero con material y capital extranjero, hasta 1865 no hubo demanda
de siderurgia nacional.
- Consecuencias beneficiosas:
• Integración del mercado nacional
• El transporte se facilitó y se abarató.
Leyes bancarias (56) que originaron el Banco de España y agilizaron la concesión de créditos.
Cuestión social: el desarrollo económico---reivindicaciones sociales
Carestía vida
Condiciones laborales
Desempleo
Incidentes luditas
Ocupación de tierras
Huelgas: Barcelona 1855: abolición de los “consumos” y las “quintas”, reducción de la jornada
laboral
1856: levantamientos campesinos y urbanos: asaltos a depósitos de grano, fábricas harina…
duramente reprimidos
c) CRISIS
Conflictividad política y social
Hostilidad de Corona y moderados
Se funda el Partido Demócrata pg 19
Heterogeneidad de gobernantes: quiebra del progresismo
Pacto de Gobierno roto por enfrentamiento O´Donnell-Escosura por la Milicia: dimisión Espartero.
O´Donnell declaró el “estado de sitio” y reprimió duramente las revueltas que estallaron en Madrid y
Barcelona.
3. LA VUELTA DE LOS MODERADOS (1856-58)
Vuelve Narváez 1856---incapaz de resolver la situación
Nuevo partido: Unión Liberal (O´Donnell): partido de centro:
Moderados más progresistas
Progresistas más moderados
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TEMA 10: La construcción del Estado liberal
3.1. LA UNIÓN LIBERAL (1858-63) O´Donnell
Cánovas del Castillo, Alonso Martínez, Serrano, Topete, Ríos Rosas…
Hacer frente a:
Aislar a reaccionarios del Bienio Progresista
Ofrecer vías legales de participación a progresistas
Estabilizar el régimen:
Constitución 1845
Anula legislación progresista del Bienio
Prosperidad económica: desarrollismo
Inversiones en obras públicas---expansión del ferrocarril: se multiplica por diez de 1855 a 1865: de 440
Km a 4.310 Km
Desarrollo industrial: en Asturias, P. Vasco y zonas de Andalucía y Cataluña
Entrada de empresas y capital extranjero
Ley Moyano de educación (1857-9
Política exterior: (imperialismo en Europa)
Intervención en la Conchinchina (Indochina): expedición de castigo
por el asesinato de misioneros españoles. Indemnización: 2 millones de
dólares.
Intervención en México: gobierno revolucionario de Juárez.
Intervención en Santo Domingo: gobierno solicita la reincorporación a
España. Empiezan acciones guerrilleras antiespañolas y las tropas
fueron evacuadas.
Campaña de Marruecos 1859
Ataques de tribus rifeñas a Ceuta
Oleada de patriotismo y euforia colectiva.
Popularidad de Juan Prim
Gran coste económico y en vidas (6.000 h. mayoría de cólera)
España obtuvo Ifni, ampliación del perímetro de Ceuta y 100
millones de pesetas
3.2. FINAL DEL REINADO (1863-68)
Crisis de la Unión Liberal:
Marcha de muchos fundadores: R. Rosas, Prim…
Hostilidad de demócratas y republicanos
Posiciones de derecha son marginadas
Dimisión de O´Donnell
Desde 1863 gobiernos inestables según voluntad de la Corona que se imponen mediante la represión--crisis política:
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TEMA 10: La construcción del Estado liberal
Gobiernos en manos de los moderados, acusados de corrupción,
Incapaces de solucionar los problemas de España
No aceptaron una alternancia en el poder con los progresistas
despotismo e inmoralidad.
Crisis agraria y financiera de 1866:
Financiera: baja rentabilidad del ferrocarril---quiebra de bancos (de 21 bancos, cerraron 6).
Endeudamiento del Estado---aumentar la presión fiscal
Crisis textil catalana (G. de Secesión en USA)
Crisis de subsistencia
Conspiraciones contra gobierno y reina:
Noche de San Daniel: (10 abril 1865) el Ministro de Educación, Orovio, expulsa de sus cátedras a Sanz
del Río, Salmerón, Castelar… por teorizar en contra del dogma católico y de la monarquía. Protestas
estudiantiles: 9 muertos, 200 heridos.
Sargentos de Cuartel de San Gil: (22 junio 1866) Prim al frente desde el exilio. Los sargentos--levantamiento contra Isabel II (preludio de la Revolución de 1868).
Pacto de Ostende (1866): fuerzas de oposición al Régimen + U. L. Objetivos pg 20
Derrocamiento de la reina
Establecimiento del sufragio universal.
La forma de gobierno - monarquía o república- la decidirían las Cortes posteriormente.
LA NOCHE SE SAN DANIEL*
“La serenata (…) fue negra anoche a última
hora, cuando ya Madrid entero se había citado en
la calle de Santa Clara (…), más de diez mil
jóvenes iban dispuestos a saludar al rector y no a
encontrarse con un ejército. (…) El ejército
desaguaba como un río por todas las esquinas,
los caballos pisaban a los jóvenes indefensos,
centelleaban los sables, se oían voces de alarma
y la confusión reinaba en todas partes (…).
Conceder esta serenata, negarla a última hora;
ocupar militarmente las pacíficas calles
adyacentes al teatro de la Ópera, salir el
gobernador civil a la cabeza de sus huestes, (…)
ocupar toda la infantería la Puerta del Sol, bajar
la caballería por la calle de la Montera, dar
cargas en la Carrera de San Jerónimo y en la
calle del Príncipe. (…) ¿Necesitará el General
Narváez declarar a España en estado de sitio y
deportar la mitad de los españoles a Filipinas
para despojar de su cátedra a un catedrático?
La Democracia, 10 de abril de 1865.
Dedicatoria de la traducción española de El ideal de la
humanidad de K.Ch. F. Krause (Barcelona, 1875)
*El rector de la Universidad Central fue depuesto por no presentarse a un expediente contra Castelar. Los estudiantes le brindaron un homenaje, que desembocó en
los sucesos de la Noche de San Daniel.
Belén Santos. 13
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3. SEXENIO REVOLUCIONARIO (1868-74)
LA GLORIOSA REVOLUCIÓN (1868)
GOBIERNO PROVISIONAL (1868-70)
o REGENCIA DE SERRANO
(1869-70)
AMADEO I DE SABOYA (1870-73)
PRIMERA REPÚBLICA (1873-74)
o FIGUERAS
o PI Y MARGALL
o SALMERON
o CASTELAR
GOBIERNO AUTORITARIO DE
SERRANO (1874)
1. LA GLORIOSA REVOLUCIÓN (1868) pg 20
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Juntas Revolucionarias (Progresistas y Demócratas) y militares golpistas, preparan el levantamiento
18 de septiembre: Generales Prim y Serrano y Almirante Topete inician el levantamiento.
El Almirante Topete se pronuncia en Cádiz
Las Juntas Revolucionarias se hacen con el poder en principales ciudades y convocan elecciones.
El Ejército leal a la Reina presenta batalla a los alzados en Alcolea pero es derrotado.
La Reina huye a Francia.
2. GOBIERNO PROVISIONAL (1868-70)
Poder en las juntas revolucionarias que reclamaron:
Democratización política (sufragio universal, libertad de expresión de
reunión, de asociación y de culto)
Reformas sociales (desamortización, abolición de las quintas y de los
consumos)
9 de octubre: Gobierno Provisional con ministros progresistas (Sagasta),
militares unionistas (Topete, Prim, Serrano) y demócratas (Ruiz Zorrilla).
Ideario democrático.
Rechazan la vuelta de los Borbones al trono, pero se declaran
monárquicos.
Disuelve juntas revolucionarias
Excluidos los demócratas más radicales --- implantar una república federal (Pi y Margall, Figueras,
Salmerón, Castelar…)
(6-XII) elecciones a Cortes Constituyentes por sufragio universal (mayores de 25 años) Votó el 70 % del
censo.
Vencen los partidos del Gobierno:
Progresistas (159)
Demócratas (20)
Unionistas (69)
Republicanos federales (69)
Republicanos unitarios (2)
Carlistas (18)
La Constitución de 1869: la más liberal de las constituciones del siglo XIX, “constitución democrática
de 1869”
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TEMA 10: La construcción del Estado liberal
Soberanía nacional
Sufragio universal directo para los varones mayores de veinticinco años.
Monarquía democrática, con limitación de los poderes del rey
Poder ejecutivo: Consejo de Ministros
Poder legislativo: Cortes bicamerales. Congreso y Senado, elegidos por el cuerpo electoral
Poder judicial: Tribunales.
Amplia declaración de derechos: inviolabilidad de domicilio y correspondencia, libertad de enseñanza
de expresión, reunión y asociación…
de cultos religiosos: el Estado se comprometía a sostener culto católico
Libertad
REGENCIA DE SERRANO, GOBIERNO DE PRIM (69-71)
Reformas de la administración
Organización poder judicial
Matrimonio civil
Ordenación de administración
Reforma económica
Ley arancelaria: librecambio
Peseta
Búsqueda de un rey
Fernando de Coburgo (Port): lo rechazó
Duque de Montpensier: no prosperó
Leopoldo de Hohenzollern Sigmaringen (“olé olé
si me eligen): no apoyo de Francia (Guerra con
Prusia)
Alfonso de Borbón (vetado por Prim)
Amadeo de Saboya, Duque de Aosta: 30-11-1870 aceptado por Cortes
3. AMADEO DE SABOYA (1871-73)
Asesinato de Prim
Apoyo es escaso:
Élites tradicionales
Republicanos: insurrecciones Andalucía y Cataluña
Movimiento Obrero: Fanelli
Iglesia: libertad de cultos
Monárquicos alfonsinos
Carlistas
Inestabilidad política: los seis gobiernos que se suceden durante estos
dos años.
El Rey abdica el 10 de febrero de 1873. pg 21
GUERRAS DURANTE EL SEXENIO
Guerra larga de Cuba (1868-78) pg 20
Doble dimensión:
G. colonial: Cuba-metrópoli
G. civil: criollos-españoles residentes
Economía cubana desarrollada (caña de azúcar)
Burguesía criolla: excluida del gobierno
Dependencia y ayuda de USA
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TEMA 10: La construcción del Estado liberal
Grito de Yara: inicio de la guerra con el “Manifiesto Céspedes”
Independencia de Cuba (¡Cuba Libre!)
Igualdad de todos los hombres (esclavitud no)
Acaba con Paz de Zanjón
Nuevas condiciones políticas y administrativas
Amnistía
Fin esclavitud
Guerra Carlista (1872-76)
1872: Carlos VII se levanta con 50.000 h.
Éxitos iniciales: gobierno formal con capital en
Estella (Nav.)
Acaba con Alfonso XII
4. PRIMERA REPÚBLICA (1873-74)
Duró 11 meses. pg 21
Cuatro presidentes (inestabilidad política)
Problemas:
Falta de auténticos republicanos y poco apoyo popular: clases medias urbanas; las clases trabajadores
apoyan al movimiento anarquista
División de los pocos republicanos:
Republicanos Federalistas: aplicar el programa de forma progresiva y concesiones a los moderados.
Republicanos Unitarios o Radicales: eran más radicales e intransigentes, reclamaban la acción
rápida, utilizando la sublevación
Reformas bastante radicales:
Supresión impuesto de consumos: reclamada por las clases más
populares, agravó el déficit de Hacienda.
Eliminación de las quintas: otra medida popular ---debilitamiento del
estado frente a la insurrección carlista.
Reducción edad de voto a los veintiún años
Separación de la Iglesia y el Estado. Este dejó de subvencionar a la
Iglesia.
Reglamentación del trabajo infantil. Prohibición de emplear a niños
de menos de diez años en fábricas y minas.
Abolición de la esclavitud en Cuba y Puerto Rico.
Proyecto constitucional para instaurar una República federal.
a) Estanislao Figueras (Febrero-Junio):
Insurrección en Cuba
Primeras reformas
Se celebran elecciones
b) Pi y Margall (Junio-Julio):
Proyecto de Constitución:
Derechos como 1869
Separación Iglesia-Estado
Organización territorial: 17 estados (federalismo)
Tensiones sociales
Huelgas: obreros --- reivindicaciones
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TEMA 10: La construcción del Estado liberal
Ocupación de tierras (Andalucía)
Movimiento Cantonalista: pg 21
12 de julio se subleva el cantón de Cartagena, Alcoy y Málaga
Pi y Margall propone un Gobierno de conciliación: rechazado --- dimite
c) Salmerón (Julio-Sepiembre):
18 de julio es elegido presidente
19 cantones: Sevilla, Cádiz, Valencia, Almansa y Torrevieja, 20: Castellón y Granada,
22: Bejar, Bailén, Andujar, Tarifa y Algeciras
Se apoyó en generales para imponer orden:
G. Martínez Campos: Valencia
G. Pavía: Andalucía
Distanciamiento de obreros (llevaron a la República al poder)
Dimite: no firma sentencias de muerte impuestas por militares
d) Castelar (Septiembre-Enero):
Gobierno autoritario dictatorial: cerrara el Parlamento.
Se produjo un golpe de Estado del General Pavía el 3–1–74.
Su triunfo puso fin a la I República.
4. GOBIERNO DE SERRANO
Gobierno
de concentración: monárquicos, conservadores y republicanos
unitarios.
Gobernó prescindiendo de las Cortes: dictadura republicana conservadora.
Se sometió al cantón de Cartagena.
Esfuerzo en la guerra carlista: norte de España.
Cánovas prepara la restauración borbónica:
1-12-74: Manifiesto de Sandhurst
29-12-74: Martínez Campos se pronunció en Sagunto a favor de Alfonso de Borbón
DOCUMENTOS
Convenio de Vergara
Artículo 1.°. El capitán general, don Baldomero Espartero, recomendará con interés al Gobierno el
cumplimiento de su oferta de comprometerse formalmente a proponer a las Cortes la concesión o
modificación de los fueros.
Articulo 2.° Serán reconocidos los empleos, grados y condecoraciones de los generales, jefes, oficiales y
demás individuos dependientes del ejército del Teniente general don Rafael Maroto, quien presentará las
relaciones con expresión de las armas a que pertenecen, quedando en libertad de continuar sirviendo,
defendiendo la Constitución de 1837, el trono de Isabel II y la regencia de su augusta madre, o bien de
retirarse a sus casas los que no quieran seguir con las armas en la mano.
Artículo 3.° Los que adopten el primer caso (…) tendrán colocación en los cuerpos del ejército(…).
Artículo 4.° Los que prefieran retirarse a sus casas, siendo generales o brigadieres obtendrán su cuartel para
donde lo pidan, con el sueldo que por el reglamento les corresponda (…)
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TEMA 10: La construcción del Estado liberal
ESQUEMA PROCESO DESAMORTIZADOR
LA DESAMORTIZACIÓN DE MENDIZÁBAL
Señora: Vender la masa de bienes que han venido a ser propiedad del Estado, no es tan solo cumplir una
promesa solemne y dar garantía positiva a la deuda nacional por medio de una amortización exactamente
igual al producto de las ventas; es abrir una fuente abundantísima de felicidad pública, vivificar una riqueza
muerta... desobstruir los canales de la industria y de la circulación,... crear nuevos y fuertes vínculos que
liguen a ella; es, en fin, identificar con el trono excelso de Isabel II, símbolo de poder y de libertad...
El Decreto que voy a tener la honra de someter a la augusta aprobación de V.M. sobre la venta de esos bienes
adquiridos ya para la nación, así como en su resultado material ha de producir el beneficio de minorar la
fuerte suma de la deuda pública, es menester que en su tendencia... se funde en la alta idea de crear una
copiosa familia de propietarios, cuyos goces y cuya existencia se apoye principalmente en el triunfo completo
de nuestras altas instituciones.
Exposición del ministro Mendizábal a la reina gobernadora
REAL DECRETO DECLARANDO EN VENTA LOS BIENES DEL CLERO.
Atendiendo a la necesidad y conveniencia de disminuir la deuda pública consolidada, y de entregar al interés
individual la masa de bienes raíces, que han venido a ser propiedad de la nación, a fin de que la agricultura y
el comercio saquen de ellos las ventajas que no podrían conseguirse por entero en su actual estado, o que se
demorarían con notable detrimento de la riqueza nacional, otro tanto tiempo como se tardara en proceder a su
venta: teniendo presente la ley de 16 de enero último y conformándome con lo propuesto por el Consejo de
Ministros, en nombre de mi excelsa hija la reina doña Isabel he venido en decretar lo siguiente:
Art. 1.- Quedan declarados en venta desde ahora todos los bienes raíces de cualquier clase, que hubiesen
pertenecido a las comunidades y corporaciones religiosas extinguidas, y los demás que hayan sido
adjudicados a la nación por cualquier titulo o motivo, y también todos los que en adelante lo fuesen desde el
acto de su adjudicación.
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TEMA 10: La construcción del Estado liberal
Art. 2.- Se exceptúan de esta medida general los edificios que el gobierno destine para el servicio público, o
para conservar monumentos de las artes, o para honrar la memoria de hazañas nacionales. El mismo gobierno
publicará la lista de los edificios que con este objeto deben quedar excluidos de la venta pública.
Art. 3.- Se formará un reglamento sobre el modo de proceder a la venta de estos bienes, manteniendo en
cuanto fuese conveniente y adaptable a las circunstancias actuales el que decretaron las cortes en 3 de
septiembre de 1.820, y añadiendo las reglas oportunas para la ejecución de las medidas siguientes.
(“ Gaceta de Madrid ", 21 de febrero de 1.836)
EL CONCORDATO DE 1851
Art.1º. La religión católica, apostólica, romana... se conservará siempre en los dominios de S.M católica con
todos los derechos y prerrogativas de que debe gozar según la ley de Dios y lo dispuesto por los sagrados
cánones.
Art2º. En consecuencia, la instrucción en las Universidades, Colegios, Seminarios y Escuelas públicas o
privadas de cualquiera clase, sería en todo conforme a la doctrina de la misma religión católica...
Art.3º. Tampoco se pondrá impedimento alguno a dichos prelados ni a los demás sagrados ministros en el
ejercicio de sus funciones, ni los molestará nadie bajo ningún pretexto...; antes bien cuidarán todas las
autoridades del reino de guardarle y de que se les guarde el respeto y consideración debidos..., principalmente
cuando hayan de oponerse a la malignidad de los hombres que intentan pervertir los ánimos de los fieles y
corromper las costumbres, o cuando hubiere de impedirse la publicación, introducción o circulación de libros
malos y nocivos.
EL MANIFIESTO DE MANZANARES
Nosotros queremos la conservación del Trono, pero sin la camarilla que le deshonra; queremos la práctica
rigurosa de las leyes fundamentales, mejorándolas, sobre todo la Electoral y la de Imprenta; queremos la
rebaja de los impuestos, fundada en una estricta economía; queremos que se respeten en los empleos militares
y civiles la antigüedad y los merecimientos; queremos arrancar los pueblos a la centralización que los devora,
dándoles la independencia local necesaria para que conserven y aumenten sus intereses propios, y como
garantía de todo esto, queremos plantearnos la Milicia Nacional.
MANIFIESTO FUNDACIONAL DEL PARTIDO DEMÓCRATA.
El Estado debe reconocer y garantizar a todos los ciudadanos como condiciones primarias y fundamentales de
la vida política y social: la seguridad individual; la de manifestar, transmitir y propagar su pensamiento...el
derecho de petición... el derecho a la instrucción primaria gratuita; el derecho a una igual participación de
todas las ventajas y derechos políticos... el de ser juzgado o condenado por la conciencia pública (jurado
popular)
Partiendo de estos principios fundamentales:
1º. Reformaríamos la Constitución del Estado en Cortes Constituyentes, convocadas bajo las fases de elección
directa, sufragio universal...
2º. Armaríamos, desde luego, la Milicia Nacional, organizada de manera que sin ser un embarazo para el
Gobierno, conservase las instituciones y el orden público...
3º. Declararíamos la imprenta libre...
LEY 1 de mayo de 1855 (Desamortización de Madoz)
Ley declarando en estado de venta todos los predios rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes al
Estado, al clero y cualesquiera otros pertenecientes a manos muertas.
Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitución Reina de las Españas; a todos los que las presentes
vieren y entendieren, sabed que las Cortes constituyentes han decretado y nos sancionamos lo siguiente:
1.- Se declaran en estado de venta, con arreglo a las prescripciones de la presente ley, y sin perjuicio de las
cargas y servidumbres a que legítimamente estén sujetos, todos los predios rústicos y urbanos, censos y foros
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TEMA 10: La construcción del Estado liberal
pertenecientes al Estado, al clero, a las órdenes militares de Santiago, Alcántara, Calatrava, Montesa y San
Juan de Jerusalén; a cofradías, obras pías y santuarios; al secuestro del ex infante don Carlos, a los propios y
comunes de los pueblos, a la beneficencia, a la instrucción pública y cualesquiera otros pertenecientes a
manos muertas, ya estén o no mandados vender por leyes anteriores.
PACTO DE OSTENDE
1º Que el objeto y bandera de la revolución en España es la caída de los Borbones
2º Que siendo para los demócratas un principio esencial de su dogma político el sufragio universal, y
admitiendo los progresistas el derecho moderno constituyente del plebiscito, la base para la inteligencia de los
dos partidos fuera que por un plebiscito o por unas Cortes constituyentes elegidas por sufragio universal, se
decidiría la forma de gobierno que se había de establecer en España (…), en la inteligencia de que, hasta que
así se decidiera, había de ser absoluta la libertad de imprenta, y sin ninguna limitación el derecho de reunión,
para que la opinión nacional pudiese ilustrarse y organizarse convenientemente (…).
Manifiesto de D. Carlos Mª de la Torre
MANIFIESTO DE “ESPAÑA CON HONRA”. Cádiz, 19 de Septiembre de 1868.
¡Españoles!: la ciudad de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, con la armada anclada en su puerto y
todo el departamento marítimo de la Carraca, declara solemnemente que niega su obediencia al Gobierno
que reside en Madrid, asegura que es leal intérprete de los ciudadanos (…) y resuelta a no deponer las armas
hasta que la nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se cumpla.
¿Habrá algún español tan ajeno a la desventura de su país que nos pregunte las causas de tan grave
acontecimiento? (…)
Hollada (pisoteada) la ley fundamental, convertida siempre antes en celada (oculta) que en defensa del
ciudadano; corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno; dependiente la seguridad individual, no del
derecho propio, sino de la irresponsable voluntad cualquiera de
las autoridades, muerto el municipio, pasto la Administración y la Hacienda de la inmoralidad y del agio (del
negocio), tiranizada la enseñanza, muda la prensa …¡Españoles!, ¿quién la aborrece tanto que se atreva a
exclamar: “Así ha de ser siempre”? (…)
(…) Queremos vivir la vida de la honra y de la libertad.
Queremos que un Gobierno Provisional que represente todas las fuerzas vivas de su país asegure el orden, en
tanto que el Sufragio Universal eche los cimientos de nuestra regeneración social y política.
Contamos para realizarlo(…) con el concurso de todos los liberales, unánimes y compactos ante el común
peligro; con el apoyo de las clases acomodadas, que no querrán que de sus sudores siga enriqueciendo la
interminable serie de especuladores y favoritos (…) con los ardientes partidarios de las libertades
individuales, cuyas aspiraciones pondremos bajo el amparo de la ley; con el apoyo de los ministros del altar,
interesados antes que nadie en cegar en su origen las fuentes del vicio y del ejemplo; con el pueblo todo y con
la aprobación…
Acudid a las armas no con la furia de la ira, siempre débil, sino con la solemne y poderosa serenidad con que
la justicia empuña su espada.
¡Viva España con honra!
Cádiz 19 de septiembre de 1.868. Generales Juan Topete, Dulce, Serrano, Rafael Primo de Rivera…
MANIFIESTO CÉSPEDES
Al levantarnos armados contra la opresión del tiránico gobierno español, manifestamos al mundo las causas
que nos han obligado a dar este paso (…).
España nos impone en nuestro territorio una fuerza armada que no lleva otro objeto que hacernos doblar el
cuello al yugo férreo que nos degrada.
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TEMA 10: La construcción del Estado liberal
Nuestros valiosos productos, mirados con ojeriza por las repúblicas de los pueblos mercantiles extranjeros que
provoca el sistema aduanero de España para coartarles su comercio, si bien se venden a grandes precios con
los puertos de otras naciones, aquí, para el infeliz productor, no alcanzan siquiera para cubrir sus gastos (…)
Nosotros consagramos estos dos venerables principios: nosotros creemos que todos los hombres son iguales,
(…) admiramos el sufragio universal que asegura la soberanía del pueblo; deseamos la emancipación gradual
y bajo indemnización, de la esclavitud; el libre cambio con las naciones (…), demandamos la religiosa
observancia de los derechos imprescriptibles del hombre, constituyéndonos en nación independiente, porque
así cumple a la grandeza de nuestros futuros destinos, y porque estamos seguro que bajo el cetro de España
nunca gozaremos del franco ejercicio de nuestros derechos (…).
Manzanillo, 10 de octubre de 1868. El general en jefe, C. M. de Céspedes.
RENUNCIA DE AMADEO DE SABOYA
Dos años largos hace que ciño la Corona de España, y España vive en constante lucha, viendo cada día más
lejana la era de paz y de ventura que tan ardientemente anhelo. Si fuesen extranjeros los enemigos de su dicha,
entonces, al frente de estos soldados tan valientes como sufridos, sería el primero en combatirlos, pero todos
los que con la espada, con la pluma, con la palabra agravan y perpetran los males de la nación, son españoles.
Todos invocan el dulce nombre de la patria, todos pelean y se agitan por su bien; y entre el fragor del
combate, entre el confuso, atronador y contradictorio clamor de los partidos, entre tantas y tan opuestas
manifestaciones de la opinión pública, es imposible atinar cuál es la verdadera, y más imposible todavía hallar
el remedio para tamaños males.
Lo he buscado ávidamente dentro de la ley, y no lo he hallado. Fuera de la ley no ha de buscarlo quien ha
prometido observarla.
Estas son, señores diputados, las razones que me mueven a devolver a la nación, y en su nombre a vosotros, la
Corona que me ofreció el voto nacional, haciendo renuncia de ella por mí, por mis hijos y sucesores.
Palacio de Madrid, 11 de febrero de 1873
PROCLAMACIÓN DE LA PRIMERA REPÚBLICA
"Señores diputados:
Aquí, el partido republicano reivindica la gloria que sería haber destruido la monarquía; no os echéis en cara
la responsabilidad de este momento supremo. No; nadie ha matado. Yo, que tanto he contribuido a que llegase
este momento, debo decir que no siento, no, en mi conciencia, mérito alguno de haber concluido con la
monarquía. La monarquía ha muerto sin que nadie, absolutamente nadie, haya contribuido a ello, más que la
Providencia. Señores: con Fernando VII murió la monarquía tradicional; con la fuga de Isabel II, la monarquía
parlamentaria, y con la renuncia de Amadeo, nadie ha acabado con ella. Ha muerto por sí misma. Nadie trae la
República; la traen las circunstancias; la trae una conspiración de la Sociedad, de la Naturaleza, de la Historia.
Señores: saludémosla, como el sol que se levanta pro su propia fuerza en el cielo de nuestra patria".
Discurso de Emilio Castelar en la Cámara de Diputados el 11 de febrero de 1873
PROCLAMA DEL CANTÓN DE CARTAGENA
La Junta Revolucionaria al pueblo cartagenero:
Proclamada como forma de gobierno para España la República Federal, el pueblo republicano en su inmensa
mayoría reclamaba, como imperiosamente exigían las circunstancias, que se organizase la Federación,
estableciendo inmediatamente la división regional de los cantones y dando a éstos y al municipio la
autonomía suspirada hace tanto tiempo.
Pero el pueblo, ansiosísimo de estas reformas, sediento de esta redención tan deseada, veía prolongarse
indefinidamente sus momentos de agonía, veía amenazada la República de un golpe de muerte y no veía en el
gobierno ni en la Cámara Constituyente una predisposición para la inmediata ejecución de estas reformas... Se
ha puesto en armas porque ha creído ver en inminente riesgo la causa de la República Federal, y a ofrecerle su
más denodado y decidido apoyo van encaminadas todas sus generosas y laudables resoluciones.
Viva la República Federal. Viva la soberanía del pueblo.
Belén Santos. 21

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