Regulación del Sector Transportes: Carreteras y Ferrocarriles.

Transcripción

Regulación del Sector Transportes: Carreteras y Ferrocarriles.
Regulación del
Sector Transportes:
Carreteras y
Ferrocarriles.
Ley Nº 26917 del 22.1.98
(Ley de Supervisión de la Inversión Privada
en
Infraestructura del Transporte de Uso
Público y
Promoción de los Servicios de Transporte).
Objetivo:
Propiciar el desarrollo de los servicios de
transporte y la supervisión de la explotación
de la infraestructura nacional de transporte.
• Se crea el OSITRAN (Organismo
Supervisor de la Inversión en
Infraestructura de Transporte Público).
• Organismo Descentralizado, con
autonomía administrativa, funcional,
técnica, económica y financiera.
• Ámbito de Competencia: Sobre Entidades
Prestadoras
Entidades Prestadoras:
•Aquellas empresas o grupo de empresas,
públicas o privadas que realizan actividades
de explotación de infraestructura de
transporte público.
•Infraestructura Nacional de Transporte de Uso
Público: Infraestructura aeroportuaria,
portuaria, férrea, red vial nacional y regional
y otras infraestructuras públicas de
transporte.
Misión de OSITRAN: Ente
Regulador.
• Regula: (Art.3º)
 Comportamiento de los mercados en los que
actúan las Entidades Prestadoras.
 Cumplimiento de los Contratos de
Concesión, cautelando intereses del Estado,
de los Inversionistas y de los Usuarios.
 Garantizar la eficiencia de la explotación d e
infraestructura.
• Objetivos de OSITRAN (Art.5º de la
Ley):
– Velar por el cumplimiento de las obligaciones
de los Contratos de Concesión
(infraestructura pública de transporte).
– Velar por el cumplimiento de tarifas, peajes u
otros cobros fijados por OSITRAN o
acordados en los Contratos.
Fomentar y preservar la libre
competencia en la utilización de la
infraestructura pública de transporte
por
parte
de
las
Entidades
Prestadoras. (En coordinación con
INDECOPI).
Atribuciones reguladoras, normativas,
fiscalizadoras y de resolución de
controversias.
• FUNCIONES DE OSITRAN Art. 7º:
 Administrar, fiscalizar y supervisar los
contratos de concesión, con criterios técnicos.
 Operar el sistema tarifario de la infraestructura
bajo su ámbito:
i) Fija las tarifas, peajes y establece reglas
cuando no existe competencia.
ii) En caso de contratos de concesión: Vela por
el cumplimiento de las cláusulas tarifarias y
reajuste tarifario.
• Cuando no existe competencia
en el mercado: Fija las tarifas,
peajes y otros cobros.
• Cuando existe contrato de
concesión con el Estado: Vela
por el cumplimiento de las
cláusulas tarifarias y de reajuste
tarifario que éste contiene.
• Cuando existe competencia y no
existen cláusulas tarifarias: Vela por el
libre funcionamiento del mercado.
• Adopta medidas correctivas y aplica
sanciones.
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CARRETERAS
CONCESIONADAS.
CONCAR (Carretera Arequipa – Matarani)
IIRSA – NORTE (Eje Multimocial Amazonas Norte: Paita –
Yurimaguas)
NORVIAL (Red Vial 5: Ancon – Huacho – Pativilca)
COVIPERU (Red Vial 6: Puerto Pucusana – Cerro Azul – Ica)
COVISOL (Tramo Trujillo – Sullana)
COVISUR (IIRSA – SURT 5)
INTERSUR (IIRSA – SURT 4)
IIRSA – SUR T3 (Interoceánica Sur T3)
IIRSA – SUR T2 (Interoceánica Sur T2)
SURVIAL (IIRSA – SURT1)
CACHAQUE (Empalme 1B – Buenos Aires – Canchaque)
OBRAINSA (Nvo. Mocupe – Cayaltti – Oyotun)
AUTOPISTA DEL NORTE (Red Vial Nº 4)
CHANCAY – ACOS (OV. Chancay / Dv. Variante Pasamayo.Huaral –
ACOS)
• Tipos de Concesiones:
 Cofinanciadas: Requieren subvenciones,
aportes, peajes, garantías del Estado.
(Concedente)
– Factor de Competencia:
Menor pago que requieren del Estado para cubrir sus
costos de operación.
 Onerosas o Autosostenibles: No requieren
aporte económico o garantía del Concedente.
El concesionario asume el riesgo de la
demanda.
Perú: Situación del transporte
ferroviario.
• Entre
los años 1850 y 1964 se
construyeron en el Perú 42 líneas férreas
que alcanzaron un total de 4,257 km.
• Actualmente, continúan en servicio sólo 8
líneas férreas con un total de 2,021km.
• En cambio, tenemos aproximadamente
80,000 kms. de carreteras.
El actual Sistema
Ferroviario Peruano
Este es la red
ferroviaria
peruana actual
1,929 km.
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Sistema Ferroviario
Peruano
Ferrocarriles en Operación Actual
F. DEL SUR
(Concesionado)
Matarani - Arequipa
Arequipa - Puno
Juliaca – Cusco
F. SUR ORIENTE (Concesionado)
Cusco – Machu Picchu (Turístico)
F. DEL CENTRO (Concesionado)
Callao - La Oroya
Oroya - Cerro de Pasco
Oroya – Huancayo
F. HUANCAYO – HUANCAVELICA
F. TACNA – ARICA (Gob. Regional)
F. SOUTHERN PERU (Privado)
855.0 km
134.7 km
511.5 km
128.7 km
60.0 km
240.0 km
Total
: 1,929.9 km
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Antecedentes de la Concesión
del Ferrocarril del Centro.
En julio de 1999, se adjudicó la Concesión
del Ferrocarril del Centro a Ferrovías
Central Andina S.A. por 30 años
renovables.
Recientemente, el plazo de vigencia de la
Concesión se ha ampliado por 10 años:
Hasta el año 2039
ÁREA DE INFLUENCIA
La Vía Férrea Concesionada tiene una extensión de 489.6 Km.
desde el Callao hasta Cerro de Pasco.
OBJETO DE LA CONCESIÓN
Rehabilitación, Mantenimiento y Explotación de:
 La vía ferroviaria
 El material tractivo y rodante
 Servicios complementarios
 Construcción de obras de infraestructura
ferroviaria.
 Servicios de Transporte Ferroviario, con
excepción del transporte de carga y/o pasajeros
DESCRIPCIÓN DE LA
INFRAESTRUCTURA
 Infraestructura:
– 489.6 km. de vía férrea
– 42 Estaciones
– 75 túneles, 7 zigzag, 59 puentes
 Vagones: (para varios tipos de carga)
– 910 vagones, 23 coches de pasajeros
 Locomotoras:
– 24 Locomotoras Diesel Eléctrica, con 950 HP,1310
HP,1500HP 2400HP a 3000 HP
– 01 Locomotora a Vapor
RETRIBUCIONES AL ESTADO
• RETRIBUCION
PRINCIPAL:
24,75% de los
Ingresos Brutos, sin considerar los ingresos
provenientes de la explotación del Material Tractivo y
Rodante, ni el IGV. Se debe pagar por año vencido,
cada 20 de enero.
• RETRIBUCION ESPECIAL: 50 % de los ingresos
obtenidos por la explotación del material tractivo y
rodante. Se paga por semestre vencido, cada 20 de
marzo y 20 de septiembre.
• APORTE POR REGULACIÓN (a OSITRAN) 1% de los
INCENTIVOS A LA INVERSIÓN
(CLÁUSULA DÉCIMA)
• Liberación del pago de la Retribución
Principal y de la Retribución Especial.
• Por cada S/.1.00 invertido en rehabilitación o
mantenimiento de la Línea Férrea,
debidamente acreditada : Liberación de
S/.1.00 de pago de Retribuciones.
• Primeros Cinco Años de Concesión: hasta el
100%.
• Sexto a Décimo Años: Hasta el 50%
• OSITRAN está facultado para verificar las
inversiones declaradas.
• Las Normas FRA (Federal Railroad
Administration) prescriben las exigencias
mínimas de seguridad para las vías de la
red ferroviaria.
• Los ferrocarriles pueden adoptar normas
más rigurosas pero no incoherentes con
las normas FRA.
• Priman sobre cualquier ley estatal que
cubre la misma materia (excepto ley más
rigurosa).
• OPERADOR:
FERROCARRIL CENTRAL ANDINO
S.A.: Realiza el transporte de carga y
de pasajeros (Servicio Turístico LimaHuancayo- Lima).

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