boletin maqueta/2007

Transcripción

boletin maqueta/2007
GOBIERNO DE CANARIAS
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE
LAS PALMAS
Año LXXXVII
Miércoles, 7 de Noviembre de 2012
Número 142
SUMARIO
NÚMERO
REGISTRO
II. ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO
12745 Estatutos de la Asociación de Empresarios de Escuelas de Surf y Kite de Lanzarote ........................................................
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
EXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA
12943 Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos nº 19/12 y modificación de las bases de ejecución
números 41, 44 y 45............................................................................................................................................................
12942 Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos nº 4/12 del Consejo Insular de Aguas ........................
12940 Información pública del expediente de expropiación forzosa para la ejecución del proyecto “Anexo de servicios del sistema
de espacios libres del entorno de la iglesia de Nuestra Señora de La Peña. Acondicionamiento de espacios libres”. Acuerdos
que procedan ........................................................................................................................................................................
EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA
12861 Notificación a Santiago Rivero Ojeda y otros .....................................................................................................................
CONSORCIO DE EMERGENCIAS DE GRAN CANARIA
12820 Bases específicas de la convocatoria para la provisión por el procedimiento de concurso de méritos de puestos de trabajo
de jefe/a de turno (Concurso de traslado) ............................................................................................................................
12821 Bases específicas de la convocatoria para la provisión por el procedimiento de concurso de méritos de puestos de trabajo
de bombero/a (Concurso de traslado) ..................................................................................................................................
EXCMO. CABILDO INSULAR DE LANZAROTE
12932 Concurso para el servicio para la inserción laboral consistente en la limpieza de las cunetas y obras de paso de las carreteras
dependientes del Cabildo .....................................................................................................................................................
12931 Concurso para el servicio para la inserción laboral consistente en la eliminación de malezas y limpieza en las zonas de
dominio público, servidumbre y afección de las carreteras dependientes del Cabildo .......................................................
12930 Concurso para el suministro, instalación y puesta en funcionamiento de cámara frigorífica para mantenimiento de papas.....
12949-A Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos nº 10/12 mediante crédito extraordinario ...................
12949-B Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos nº 11/12 mediante crédito extraordinario ...................
PÁGINA
20108
20109
20111
20112
20114
20116
20118
20120
20121
20122
20123
20124
Las inserciones se solicitarán de la Secretaría General Técnica de la
Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad mediante oficio
Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas
Depósito Legal G.C. 1/1958
Edita: Secretaría General Técnica
Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad
Secretaría Territorial
Edificio de Usos Múltiples I, planta baja
C/ Profesor Agustín Millares Carló, 22
Tfno.: (928) 30.63.84. Fax: (928) 30.67.00
35071 Las Palmas de Gran Canaria
TARIFAS
Imprime: Sociedad Laboral Edición Canaria, S.A.
Inserción: 0,81 euros/mm
C/ Doctor Juan de Padilla, 7
de altura
Tfno.: (928) 36.24.11. - (928) 36.23.36
Suscripción anual: 60,10 euros
Correo electrónico: [email protected]
más gastos de franqueo
35002 Las Palmas de Gran Canaria
20106
12949-C
12949-D
12949-E
12949-F
12866
12884
12960
12961
12814
12872
12871
5058
12924
12921
12922
12923
12925
12929
12805
12926
12867
13001
12999
13000
12918
12939
12938
12937
12936
12935
12934
12933
12941
12815
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos nº 12/12 mediante suplemento de crédito ..................
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos nº 13/12 mediante transferencia.................................
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos nº 14/12 mediante suplementos .................................
Aprobación definitiva de la modificación de la subvención nominada en presupuesto a favor de Cruz Roja Española para
el “Proyecto fomento servicio de transporte adaptado a personas con discapacidad” ........................................................
Exposición al público del expediente de modificación de créditos nº 15/12 mediante crédito extraordinario ...................
Exposición al público del expediente de modificación de créditos nº 02/12 del Consejo Insular de Aguas ......................
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Requerimiento de comparecencia para el levantamiento del acta de ocupación y pago a Tinoca Las Palmas, S.L. ..........
Requerimiento de comparecencia para el levantamiento del acta de ocupación y pago a Juan Regino Suárez y otros .....
Notificación a José Ángel Rodríguez García y otros ..........................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE AGÜIMES
Exposición al público del expediente de modificación de créditos nº 4/12 ........................................................................
Exposición al público de la ordenanza fiscal general y otras ..............................................................................................
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARRECIFE
Solicitud licencia municipal de Servicios y Promociones Esfema, S.L., para industria de bollería, pastelería y galletas..
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GÁLDAR
Información pública de la modificación no cualificada del P.G.O., relativa a la parcela DD-IN del Polígono Industrial
San Isidro El Viejo...............................................................................................................................................................
Información pública de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza
urbana y rústica y otra .........................................................................................................................................................
Información pública de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas de inmovilización y retirada de
vehículos y otras ..................................................................................................................................................................
Información pública del expediente de declaración de prescripción de derechos reconocidos en ejercicios anteriores, Excmo.
Cabildo Insular y otros ........................................................................................................................................................
Información pública del expediente de declaración de prescripción de derechos reconocidos en ejercicios anteriores, Camilo
Álvarez Sánchez y otros ......................................................................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE INGENIO
Información pública del expediente de crédito nº 3/3-2012................................................................................................
Aprobación definitiva de la modificación del art. 71 del reglamento orgánico municipal .................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN
Notificación a Peer Berntzen...............................................................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE PÁJARA
Notificación a Rachid Abouelharit y otros ..........................................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ DE LANZAROTE
Ordenanza nº 48 reguladora del procedimiento para la tramitación de licencias urbanísticas y declaraciones responsables para
la primera utilización y ocupación de edificaciones e instalaciones en general, y para la habitabilidad de las viviendas .........
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria 29/12 por suplementos de créditos .......................
Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria 30/12 por créditos extraordinarios .......................
Notificación a Antonio Méndez Dávila y otros...................................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCÍA DE TIRAJANA
Información pública de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios de recogida de basura
domiciliaria..........................................................................................................................................................................
Información pública de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por suministro de agua a domicilio ..............................
Información pública de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.....................
Información pública de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entradas de vehículos a través de aceras y las reservas
de vía pública para aparcamiento exclusivo y para carga y descarga de cualquier clase ....................................................
Información pública de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles ...........................................
Información pública de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre actividades económicas ..
Información pública del reglamento de régimen interno del Centro de Día de Personas con discapacidad de Vecindario ..
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TÍAS
Notificación a Hasna Chaabi y otros ...................................................................................................................................
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE VEGA DE SAN MATEO
Exposición al público de la derogación del precio privado y aprobación provisional de la ordenanza reguladora del precio
público por la utilización de las instalaciones deportivas y otros servicios análogos .........................................................
20125
20126
20127
20128
20128
20129
20130
20130
20130
20143
20144
20144
20145
20145
20145
20146
20149
20187
20187
20188
20190
20191
20223
20224
20226
20231
20231
20232
20232
20232
20233
20233
20234
20235
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS
12718 Recurso 488/10, Hermanos Santana Cazorla, S.L. contra Enrique Suárez Bordón y otros ................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2
12766 Juicio 85/12, Francisco J Inserte Blanco contra Toribio Guillén Guillén y otro .................................................................
12767 Juicio 135/12, Idaira Jesús Bauza Araña contra Sofía Pirez Sánchez .................................................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3
12730 Juicio 340/12, José Antonio Medina Álamo contra Frio y Calor El Calero, S.L. y otro.....................................................
12731 Juicio 306/12, Dara Márquez Llabres contra Laroush Travel España, S.L. y otro..............................................................
12732 Juicio 268/12, Asepeyo contra Privilege Consulting, S.L.U. y otro....................................................................................
12733 Juicio 348/12, José Román Suárez Acebes contra Grupo Restauración Que Tal, S.L. y otro.............................................
12780 Juicio 279/12, José Luis García López contra Ferrallas Pedro Herrera, S.L.......................................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4
12630 Juicio 88/12, Marina del Carmen Vera Henríquez contra Full Limpieza, S.L.U. y otro .....................................................
12631 Juicio 153/12, Jesús Rodríguez López contra Gastronomic Anmar, S.L. y otro.................................................................
12632 Juicio 246/12, Juan Carlos Bernal Reyes y otros contra Atacayte Sdad. Coop. y otro .......................................................
12633 Juicio 260/12, Francisco Ramírez Cabrera contra Disfruta del Ocio, S.L. (The Irish Tabern) y otro.................................
12634 Juicio 179/12, Óscar Felipe Valencia Muñoz contra Naturgeriatric, S.L.L. y otros............................................................
12656 Juicio 164/12, Déborah Sánchez Medina contra Reformas Integrales y Soluciones Decorativas Anir, S.L. y otro ...........
12657 Juicio 221/12, María del Carmen Marrero Santana contra Lisercan Canarias, S.L. y otro.................................................
12658 Juicio 114/12, Agustín Guedes López contra Construcciones y Reformas Borsan, S.L. y otro .........................................
12659 Juicio 258/12, María Rosa Suárez Vega contra Asesoramiento Mantenimiento y Decoración, S.L. y otro .......................
12660 Juicio 115/12, Ricardo Déniz Placeres contra Taller y Bazar J. Monzón, S.L. y otro.........................................................
12661 Juicio 215/12, Domingo Tarajano Mesa contra Francisco Ojeda Ojeda y otro...................................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 5
12639 Juicio 134/12, Melanie Fiona O’Connor contra La Casa Grill, S.L. y otro ........................................................................
12648 Juicio 593/11, Dolores del Pino Gordillo Nieves contra Dialse Seguridad, S.L. y otros ....................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 6
12523 Juicio 224/12, Cecilia Ortiz Texier contra M.B. Prevención de Riesgos y Consulting, S.L. y otro....................................
12525 Juicio 225/12, Iván Prada Mouro contra Productos Selectos Canarios, S.L. y otro............................................................
12778 Juicio 399/12, Mauricio Horacio Rosello Karalevich contra Reysan 2011, S.L. y otro .....................................................
12779 Juicio 1.138/10, Antonio José Marrero Suárez contra Warner Café, S.L. y otro ................................................................
12750 Juicio 570/11, Luis Expósito Pellón contra Raybre Canarias, S.L. y otros .........................................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 7
12760 Juicio 3/12, Rubén Jiménez Pérez contra Marrero Marrero Gabriel Jesús (Transportes Jesús) y otros..............................
12761 Juicio 70/12, María del Pino Sánchez Ortega contra Fundación para el Estudio y la Promoción de la Acción Social y otras....
12762 Juicio 53/12, Jorge Antonio Courel Mirallaves contra Racoroti, S.L. y otro ......................................................................
12764 Juicio 551/10, Fátima León Viera y otra contra La Gastronomía de Giovanni, S.L. y otros ..............................................
12765 Juicio 81/11, Agustín Domínguez Hernández contra Domínguez Dávila, S.A. y otro .......................................................
12775 Juicio 206/12, Nemrod Rodríguez Falcón contra Dialse Seguridad, S.A. y otro................................................................
12776 Juicio 434/12, Santiago Vega González contra Construcciones Dibecan XXL, S.L. y otro ...............................................
12777 Juicio 333/12, Rita María Sánchez Sánchez contra Grupo Diniz España, S.L. y otro ........................................................
12641 Juicio 367/12, Guayarmina Suárez Rodríguez contra Grupo Diniz España, S.L. y otro ....................................................
12642 Juicio 552/12, Jennifer Rodríguez Brito contra Pamar 2011, S.L. y otros ..........................................................................
12667 Juicio 252/12, Juan Luis Ramos Tejera contra Dialse Seguridad, S.L. y otro.....................................................................
12771 Juicio 687/12, Francesco Speranza contra Tomasso Ciardi y otro ......................................................................................
12774 Juicio 519/12, Alejo Ramírez Santana contra Contrata y Ferralla Serena XXI, S.L.U. y otros..........................................
12763 Juicio 242/12, Óscar Saavedra Rodríguez contra Carpintería y Vidrio Insular, S.L. y otro................................................
12772 Juicio 241/12, Yurena Nobregas Hernández contra Jorge Sánchez Sánchez y otro............................................................
12773 Juicio 239/12, José Luis Montesdeoca Almeida contra Joya Peche, S.L. y otro ................................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8
12713 Juicio 645/12, Alberto Jesús Betancor Pérez contra Antonio Frutería Santana Santana y otro ..........................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9
12759 Juicio 726/12, Colin Ian Fox contra Basament Studio Spain, S.L. y otro...........................................................................
12784 Juicio 168/12, Josefa Rodríguez González contra Construcciones Metálicas Davited, S.L. y otro....................................
12785 Juicio 376/12, María del Carmen Medina Hernández contra Grupo Diniz España, S.L. y otro .........................................
20107
20235
20236
20237
20238
20239
20240
20240
20241
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20243
20244
20244
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20248
20248
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20260
20261
20262
20262
20263
20264
20264
20265
20266
20266
20267
20268
20268
20269
20269
20270
20108
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
12786 Juicio 190/12, Santiago Tavío Travieso contra Construcciones Copaonic, S.L.U. y otro...................................................
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 10
12768 Juicio 609/12, Sebastián Tarajano Alemán contra Pedro Antonio Santana García y otro ..................................................
12769 Juicio 537/12, Irene Guacimara Medina Ramírez contra Elsa del Carmen Mendoza Cabrera y otro.................................
12770 Juicio 49/12, Cristina de los Ángeles Segura Encinoso contra María Auxiliadora Segura Rodríguez y otro.....................
12680 Juicio 112/12, María Luisa Pérez Espinoza contra Fernando Morales Doreste y otro........................................................
12681 Juicio 50/12, Carmelo Castro Rodríguez contra Distribuciones Guesara, S.C.L. y otro.....................................................
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 1 DE ARRECIFE
12782 Juicio 8/12, notificación a Ancor Fleitas Zabalbeascoa ......................................................................................................
12783 Juicio 6/12, notificación a El Mahjoub Feniche ..................................................................................................................
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA
12751 Juicio 36/12, citación a Enrico Kaiser .................................................................................................................................
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 5 DE ARRECIFE
12876 Expediente de dominio 1.027/12, de Candelaria Pérez González y otro (San Bartolomé) .................................................
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 7
12722 Juicio 94/11, notificación a Carmelo Rodríguez Vera y otra...............................................................................................
V. ANUNCIOS PARTICULARES
NOTARÍA DE DON VALENTÍN CONCEJO ARRANZ (SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA)
12880 Acta de notoriedad de Silvia Winter y otros (San Bartolomé de Tirajana) .........................................................................
NOTARÍA DE DON JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ ÁLVAREZ (TELDE)
12879 Acta de notoriedad de Miguel Ramírez Rodríguez y otra (Valsequillo) .............................................................................
NOTARÍA DE DON FERNANDO MORENO MUÑOZ (CARRIZAL DE INGENIO)
12874 Acta de notoriedad de Josefa de Jesús Sánchez Romero (Ingenio).....................................................................................
II. ADMINISTRACIÓN
DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPLEO,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Dirección General de Trabajo
Servicio de Promoción Laboral
12.445
ANEXO 35/1214
ANUNCIO
ANUNCIO de la Oficina de Depósito de Estatutos
de Organizaciones Profesionales de Las Palmas.
En cumplimiento del artículo 4º del Real Decreto
873/1977, de 22 de abril, y a los efectos previstos en
el mismo, se hace público que en esta Oficina y a las
10:30 horas del día 2 de agosto de 2012, han sido
depositados los Estatutos de la Organización Profesional
denominada “ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS
DE ESCUELAS DE SURF Y KITE DE
LANZAROTE”, cuyos ámbitos territorial
PROVINCIAL y profesional EMPRESARIAL, siendo
los firmantes:
20271
20271
20272
20272
20273
20274
20274
20275
20275
20275
20276
20276
20278
20279
DON TIMOTHY CHARLES EVAN JONES X2145514M - PRESIDENTE. (LANZAROTE SURF
SCHOOL).
DON ROBERTO MERLI - X09530050T VICEPRESIDENTE - (KALUFA SURF SCHOOL).
DOÑA DELMA DUQUE FÁBREGAS SECRETARIA.
DON ARTURO AGUSTÍN MEDINILLA X61647018B - VOCAL - (KABOTI SURF SCHOOL).
DON MIGUEL ÁNGEL CRUZ CABRERA 73764194R - VOCAL - (CALIMA SURF SCHOOL).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 86,2 de
la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, podrán los interesados formular por escrito
las alegaciones que estimen procedentes en el plazo
de VEINTE DÍAS a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de
octubre de dos mil doce.
LA ENCARGADA DE LA OFICINA - LA JEFA
DE SERVICIO DE PROMOCIÓN LABORAL,
Rosario Mendoza Rosales.
12.745
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
20109
EXCMO. CABILDO INSULAR DE FUERTEVENTURA
ANUNCIO
12.446
A efectos de lo previsto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se
remite el artículo 177.2 del citado Real Decreto y artículo 20.3 del R.D. 500/90 de 20 de abril.
Se hace público, para general conocimiento que esta Corporación en sesión plenaria celebrada el 28 de
septiembre de 2012, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones
contra el mismo, de aprobar el EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO 19/2012, que
afecta al vigente Presupuesto de esta Corporación, así como modificar las bases de ejecución número 41, 44 y
45, siendo el contenido el siguiente:
En cuanto a la modificación de créditos:
ESTADO DE GASTOS
BAJAS POR ANULACIÓN
Capítulo IV: Transferencias Corrientes
Capítulo VI: Inversiones Reales
Capítulo VII: Transferencias de capital
Total de Bajas
SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS
Capítulo VI: Inversiones Reales
Total Suplementos de Créditos
TOTAL ESTADO DE GASTOS
En cuanto a las bases de ejecución:
- 978,50 €
- 87.079,36 €
- 323.420,49 €
- 411.478,35 €
411.478,35 €
411.478,35 €
0.00 €
Modificar la Base 41ª de Ejecución del Presupuesto del Cabildo Insular de Fuerteventura para el 2012:
Donde dice:
BASE 41ª.- RETRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN.
1. Retribuciones de los miembros de la corporación.
1.1. Las retribuciones del Sr. Presidente serán de 4.613,04 euros al mes brutos y dos pagas extras los meses
de julio y diciembre, por importe de 1.983,61 euros brutos cada una.
1.2. Las retribuciones de los Sres. Consejeros para los que se fije el régimen de dedicación exclusiva plena,
será de 4.079,02 euros brutos.
20110
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Además de esta retribución mensual cobrarán dos
pagas extras devengadas en julio y diciembre, por importe
de 1.753,98 euros brutos cada una.
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo
8 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de situaciones
administrativas de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado en relación con
el artículo 140.2 del Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, los funcionarios públicos integrados
en la plantilla de personal funcionario de esta
Administración que sean declarados en situación de
“servicios especiales” percibirán además las retribuciones
por los trienios que tuviesen reconocidos en situación
de servicio activo.
3. Los grupos políticos que no cuenten con Consejeros
de dedicación exclusiva a las tareas de gobierno por
Delegación de la Presidencia, y tengan grupo propio,
podrán, a propuesta de sus Portavoces, elevar al Pleno
de la Corporación la designación de uno sus miembros,
para que ostente la dedicación exclusiva, con una
retribución bruta mensual de 1.876,34 euros.”
Debe decir:
BASE 41ª. RETRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS
DE LA CORPORACIÓN.
1. Retribuciones de los miembros de la corporación.
1.1. Las retribuciones del Sr. Presidente serán de
4.613,04 euros al mes brutos y una paga extra en el
mes de julio, por importe de 1.983,61 euros brutos
cada una.
1.2. Las retribuciones de los Sres. Consejeros para
los que se fije el régimen de dedicación exclusiva plena,
será de 4.079,02 euros brutos.
Además de esta retribución mensual cobrarán una
paga extra devengada en julio, por importe de 1.753,98
Euros brutos cada una.
2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo
8 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de situaciones
administrativas de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado en relación con
el artículo 140.2 del Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, los funcionarios públicos integrados
en la plantilla de personal funcionario de esta
Administración que sean declarados en situación de
“servicios especiales” percibirán además las retribuciones
por los trienios que tuviesen reconocidos en situación
de servicio activo.
3. Los grupos políticos que no cuenten con Consejeros
de dedicación exclusiva a las tareas de gobierno por
Delegación de la Presidencia, y tengan grupo propio,
podrán, a propuesta de sus Portavoces, elevar al Pleno
de la Corporación la designación de uno sus miembros,
para que ostente la dedicación exclusiva, con una
retribución bruta mensual de 1.876,34 euros.”
Modificar la Base 44ª de Ejecución del Presupuesto
del Cabildo Insular de Fuerteventura para el 2012;
Donde dice:
BASE 44ª.- INDEMNIZACIONES POR
ASISTENCIAS A ÓRGANOS COLEGIADOS
1. Las indemnizaciones por asistencias a sesiones
de los órganos colegiados por los miembros de la
Corporación se fijan en las siguientes cuantías:
1.1. Por cada asistencia a sesiones de Pleno: 131,30
euros, con un máximo de 2 dietas mensuales por
miembro.
1.2. Por asistencia a Consejo de Gobierno Insular:
98,49 euros, con un máximo de 2 dietas mensuales
por miembro.
1.3. Por cada asistencia a Comisiones Informativas
Permanentes y Especiales: 98,49 euros brutos por
Comisión con un máximo de tres dietas mensuales
por miembro.
1.4. Las dietas serán a título personal y se harán efectivas
a los miembros componentes concurrentes. En el
caso de asistencia conjunta en dos o más sesiones o
comisiones a la vez, sólo se percibirán indemnizaciones
por asistencia por una sola.
2. Las asistencias se justificarán mediante certificación
del Secretario General o del funcionario que asistiese
a la sesión como secretario de la misma, con el V°B°
del Presidente de la sesión.”
Debe decir:
BASE 44ª. INDEMNIZACIONES POR
ASISTENCIAS A ÓRGANOS COLEGIADOS
1. Las indemnizaciones por asistencias a sesiones
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
de los órganos colegiados por los miembros de la
Corporación se fijan en las siguientes cuantías:
1.5. Por cada asistencia a sesiones de Pleno: 65,65
Euros, con un máximo de 2 dietas mensuales por
miembro.
1.6. Por asistencia a Consejo de Gobierno Insular:
49,25 euros, con un máximo de 2 dietas mensuales
por miembro.
1.7. Por cada asistencia a Comisiones Informativas
Permanentes y Especiales: 49,25 euros brutos por
Comisión con un máximo de tres dietas mensuales
por miembro.
1.8. Las dietas serán a título personal y se harán efectivas
a los miembros componentes concurrentes. En el
caso de asistencia conjunta en dos o más sesiones o
comisiones a la vez, sólo se percibirán indemnizaciones
por asistencia por una sola.
2. Las asistencias se justificarán mediante certificación
del Secretario General o del funcionario que asistiese
a la sesión como secretario de la misma, con el V°B°
del Presidente de la Sesión.”
Modificar la Base 45ª de Ejecución del Presupuesto
del Cabildo Insular de Fuerteventura para el 2012:
Donde dice:
BASE 45ª. GRUPOS POLÍTICOS
1. De conformidad con el artículo 73 de la Ley
7/1985, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de
abril, y por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, las
dotaciones económicas serán las siguientes:
1.1. La asignación a cada grupo político para su
funcionamiento será de 5.065,85 euros al mes.
1.2. La asignación al grupo político por cada
Consejero será de 401,81 euros al mes.
2. Estas cantidades se librarán mensualmente
mediante Resolución de la Presidencia o Consejero
Delegado, en quien delegue.
3. Esta dotación económica no podrá destinarse al
pago de retribuciones del personal al servicio de la
Corporación o la adquisición de bienes de carácter
patrimonial.
20111
4. Los grupos políticos deberán llevar una contabilidad
específica de las dotaciones antes indicadas, que
pondrán a disposición del Pleno de la Corporación
siempre que éste lo pida.”
Debe decir:
BASE 45ª. GRUPOS POLÍTICOS
1. De conformidad con el artículo 73 de la Ley
7/1985, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de
abril, y por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, las
dotaciones económicas serán las siguientes:
1.1. La asignación a cada grupo político para su
funcionamiento será de 3.683,01 euros al mes.
1.2. La asignación al grupo político por cada
Consejero será de 401,81 euros al mes.
2. Estas cantidades se librarán mensualmente
mediante Resolución de la Presidencia o Consejero
Delegado, en quien delegue.
3. Esta dotación económica no podrá destinarse al
pago de retribuciones del personal al servicio de la
Corporación o la adquisición de bienes de carácter
patrimonial.
4. Los grupos políticos deberán llevar una contabilidad
específica de las dotaciones antes indicadas, que
pondrán a disposición del Pleno de la Corporación
siempre que éste lo pida.
Puerto del Rosario, treinta y uno de octubre de dos
mil doce.
EL CONSEJERO DE HACIENDA, PROMOCIÓN
ECONÓMICA E INNOVACIÓN, Manuel Miranda
Medina.
12.943
ANUNCIO
12.447
A efectos de lo previsto en el artículo 169.3 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al que se
remite el artículo 177.2 del citado Real Decreto y artículo
20.3 del R.D. 500/90 de 20 de abril. Se hace público,
para general conocimiento que esta Corporación, en
sesión plenaria celebrada el 28 de septiembre de
2012, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo,
20112
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente de modificación de créditos
número 04/2012, que afecta al vigente Presupuesto del Consejo Insular de Aguas, cuyo resumen es el siguiente:
REMANENTE DE TESORERÍA
ESTADO DE INGRESOS
Capítulo VIII: Activos Financieros
TOTAL ESTADO DE INGRESOS
SUPLEMENTOS CRÉDITOS
382.261,05 €
ESTADO DE GASTOS
382.261,05 €
Capítulo II: Gastos en Bienes Corrientes y Serv.
212.261,05 €
TOTAL SUPLEMENTOS CRÉDITOS
282.261,05 €
Capítulo VI: Inversiones Reales.
100.000,00 €
TOTAL ESTADO DE GASTOS
382.261,05 €
Capítulo VI: Inversiones Reales.
70.000,00 €
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
100.000,00 €
En Puerto del Rosario, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL CONSEJERO DELEGADO DE HACIENDA, PROMOCIÓN ECONÓMICA E INNOVACIÓN, Manuel
Miranda Medina.
ANUNCIO
12.942
12.448
De conformidad con el artículo 21 en relación con el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, se somete
a información pública durante el plazo de QUINCE (15) DÍAS la aprobación definitiva y la relación de los titulares
afectados por el EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
“ANEXO DE SERVICIOS DEL SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES DEL ENTORNO DE LA IGLESIA DE
NUESTRA SEÑORA DE LA PEÑA. ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIOS LIBRES”, cuyo acuerdo adoptó
el Pleno del Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de
2012, siendo su parte dispositiva la siguiente:
6. EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO “ANEXO
DE SERVICIOS DEL SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES DEL ENTORNO DE LA IGLESIA DE NUESTRA
SEÑORA DE LA PEÑA. ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIOS LIBRES”. ACUERDOS QUE PROCEDAN.
1) Desestimar las alegaciones formuladas por doña Pino Delia Trujillo Brito.
2) Desestimar las alegaciones formuladas por don Carlos A. Hernández Díaz y doña Rosalía del Rosario Cabrera
Martín.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
20113
3) Aprobar definitivamente el proyecto denominado “Anexo de Servicios del Sistema de Espacios Libres del
entorno de la Iglesia Nuestra Señora de la Peña. Acondicionamiento de espacios libres”, redactado por el arquitecto
don Miguel El Sayed Quintero, con un presupuesto base de licitación de trescientas veinte mil cuatrocientos
diez euros con treinta y nueve céntimos (320.410,39 euros). Y con un l.G.I.C. aplicable del 5% que supone un
importe de dieciséis mil veinte euros con cincuenta y dos céntimos (16.020,52 euros), y por tanto, se acuerda
la necesidad de ocupación de los bienes y derechos a que se refiere este expediente, considerando que este acuerdo
inicia el expediente expropiatorio, entendiéndose todas las actuaciones posteriores referidas a la fecha en que
se toma este acuerdo.
4) Aprobar definitivamente la relación de los titulares afectados y la relación concreta de los bienes a expropiar
para la ejecución de la obra y que se expresan al final de esta propuesta.
5) Proceder a la publicación del acuerdo en la forma en que se refiere el artículo 21 en relación con el artículo
18 de la L.E.F.
6) Notificar a los interesados en el expediente, don Carlos A. Hernández Díaz, doña Rosalía del Rosario Cabrera
Martín y doña María Dolores Brito Alonso este acuerdo y todas las actuaciones que se realicen en el mismo.
7) Notificar a los titulares catastrales, invitándose a los mismos para que propongan un precio que propicie
la adquisición de mutuo acuerdo.
8) Designar a los Técnicos de la Unidad de Infraestructura, don Juan Carlos Pérez Sánchez y doña Pino González
Gordillo, como peritos de la Administración, en relación con la valoración de los bienes objeto de la expropiación.
9) Dar traslado del acuerdo a la Consejería de Infraestructura y Obras Públicas de la Corporación Insular y
al Patronato de Espacios Naturales de Fuerteventura.
FINCAS CATASTRALES Y DATOS DE PROPIETARIOS
FINCA PARCELA
1
231
2
230
POLÍGONO
REFERENCIA
CATASTRAL
6
35007A006002310000ZB
6
35007A006002300000ZA
SUPERFICIE
CATASTRAL
100.953,00
8.161,00
TITULAR
CATASTRAL
PORCEN
TAJE
BRITO CABRERA PABLO
80%
SUP.
REAL
92.004,00
SUP. A
EXPROPIAR (M2)
80%
9.857,00
9.857,00
TRUJILLO BRITO Mª PINO DELIA
20%
TRUJILLO BRITO Mª. PINO DELIA
20%
MARTÍN BRITO FRANCISCO
8.042,00
SUPERFICIE TOTAL A EXPROPIAR 17.899,00 M2
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer potestativamente Recurso
de Reposición, ante el órgano administrativo que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente
al de recibo de esta notificación o directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.c), 116 y 117 de la
Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación.
Interpuesto Recurso de Reposición no se podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo hasta tanto
sea resuelto. Transcurrido UN MES desde la interposición del Recurso de Reposición sin que se notifique su
resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía contenciosa administrativa.
En su caso, podrá interponer igualmente Recurso Extraordinario de Revisión o cualquier otro que estime procedente
en derecho.
20114
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
En Puerto del Rosario, a veinticinco de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Mario Cabrera González.
12.940
EXCMO. CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA
Consejería de Gobierno de Transportes y Vivienda
Servicio de Transportes
Sección de Sanciones
ANUNCIO
12.449
ANUNCIO NÚMERO 26/2012 DE LA CONSEJERÍA DE GOBIERNO DE TRANSPORTES Y VIVIENDA
DEL CABILDO DE GRAN CANARIA, relativo a citación para notificación por comparecencia de actos
administrativos en materia de transportes por carretera.
Habiéndose intentado dos veces la notificación a las personas o entidades que se relacionan, en sus respectivos
domicilios, por los cauces previstos a tal efecto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que haya
sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración, y apreciando que el contenido de la misma
puede lesionar derechos e intereses legítimos, en aplicación del artículo 61 de la citada Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, por el presente anuncio se cita a los interesados que se relacionan en el Anexo I, o a sus representantes,
con el fin de notificarles por comparecencia el texto íntegro de los actos administrativos en materia de transportes
por carretera que en el mismo se incluyen y dejar constancia en el expediente de tal conocimiento.
A tal efecto, los interesados que se citan a continuación, o sus representantes debidamente acreditados,
deberán personarse en el plazo máximo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación
de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en las dependencias administrativas que a
continuación se señalan. La comparecencia se efectuará en horario comprendido entre las 09:00 y las 14:00
horas (13:00 horas en horario de verano), de lunes a viernes.
Si transcurrido el citado plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los
efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.
Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, P.D. LA CONSEJERA DE GOBIERNO DE TRANSPORTES Y VIVIENDA (Decreto
número 51, de 05.07.11), María del Carmen Rosario Godoy.
ANEXO I
DESCRIPCIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
Inicio del procedimiento sancionador
Resolución recaída en el procedimiento sancionador
CÓDIGO
NPS
RPS
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Archivo de actuaciones
20115
AA
Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular
ACGI
Comunicación Suspensión
CS
LUGAR DE COMPARECENCIA
Cabildo de Gran Canaria
Consejería de Área de Transportes y Vivienda
Servicio de Transportes
Paseo Tomás Morales, número 3 – 1ª Planta
35003 Las Palmas de Gran Canaria
INGENIO
NIF/CIF
43272454R
RELACIÓN DE INTERESADOS
APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
RIVERO OJEDA, SANTIAGO
LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
NIF/CIF
APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
B76066943
JADY CANARIAS 2010, S.L.
A35009711
EMP. MIXTA DE AGUAS DE LAS PALMAS, S.A.
42746937B
B35654193
B35986959
52857382R
B35794650
B35624246
CABRERA RODRIGUEZ, MANUEL
ACEICA REFINERIA, S.L.
HRG SOLUCIONES
RAMIREZ JIMENEZ, GASPAR
DEJATEQUERER, S.L.
FRALESA CONSTRUCCIONES Y OBRAS, S.L.
SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA
NIF/CIF
APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
42730398D
GUILLEN GUILLEN, TORIBIO
42730398D
GUILLEN GUILLEN, TORIBIO
42730398D
B35328095
GUILLEN GUILLEN, TORIBIO
PASTELERIA SAN FRANCISCO, S.L.
SANTA CRUZ DE TENERIFE
NIF/CIF
B38529962
APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
TTES. Y MUDANZAS CANARIAS EXPRES, S.L.
CÓDIGO ADMTVO.
Nº EXPEDIENTE Y TIPO DENUNCIA
CÓDIGO ADMTVO.
Nº EXPEDIENTE Y TIPO DENUNCIA
NPS
GC 102658-O-2011
RPS
GC 100625-O-2011
NPS
NPS
RPS
GC 102008-O-2012
GC 102590-P-2012
GC 100519-O-2011
RPS
GC 101073-O-2012
RPS
GC 101800-O-2011
RPS
GC 101182-O-2011
RPS
GC 100189-O-2012
CÓDIGO ADMTVO.
Nº EXPEDIENTE Y TIPO DENUNCIA
RPS
GC 100432-O-2012
RPS
RPS
GC 100431-O-2012
GC 100434-O-2012
RPS
GC 100897-O-2012
CÓDIGO ADMTVO.
Nº EXPEDIENTE Y TIPO DENUNCIA
NPS
GC 102333-O-2012
20116
SANTA LUCÍA
NIF/CIF
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
B35832120
ENRIBATA S.R.L.U.
B35832120
ENRIBATA S.R.L.U.
B35832120
B35832120
B35832120
ENRIBATA S.R.L.U.
ENRIBATA S.R.L.U.
ENRIBATA S.R.L.U.
SANTA MARÍA DE GUÍA
NIF/CIF
CÓDIGO ADMTVO.
Nº EXPEDIENTE Y TIPO DENUNCIA
NPS
GC 101912-O-2012
NPS
GC 101865-O-2012
RPS
GC 100053-O-2012
RPS
GC 100057-O-2012
RPS
GC 100763-O-2012
42809462E
APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
AFONSO DE LA FE, MIGUEL A
CÓDIGO ADMTVO.
Nº EXPEDIENTE Y TIPO DENUNCIA
NIF/CIF
APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
CÓDIGO ADMTVO.
Nº EXPEDIENTE Y TIPO DENUNCIA
NPS
GC 102198-O-2012
TELDE
78517336M
CORDERO PEREZ, JUAN MOISES
B35629740
SERNAMOL CANARIAS, S.L.L.
B35500032
FRUTAS SAEVA, S.L.
78517336M
CORDERO PEREZ, JUAN MOISES
NIF/CIF
APELLIDOS Y NOMBRE O RAZÓN SOCIAL
VALSEQUILLO
B35923937
JAKISIAR, S.L.
RPS
NPS
GC 100689-O-2012
GC 102059-O-2012
RPS
GC 101159-P-2011
RPS
GC 100600-O-2012
CÓDIGO ADMTVO.
Nº EXPEDIENTE Y TIPO DENUNCIA
RPS
GC 100438-O-2012
12.861
CONSORCIO DE EMERGENCIAS DE GRAN CANARIA
ANEXO II
12.450
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR EL PROCEDIMIENTO
DE CONCURSO DE MÉRITOS DE PUESTOS DE TRABAJO DE JEFE/A DE TURNO EN EL CONSORCIO
DE EMERGENCIAS DE GRAN CANARIA (CONCURSO DE TRASLADO).
Las presentes bases constituyen las bases específicas de la convocatoria para la provisión de los puestos de
trabajo de Jefe/a de Turno que se relacionan en el Anexo I y que están dentro del Área Técnico-Operativa de
Emergencias del Consorcio de Emergencias de Gran Canaria.
La convocatoria se rige, además de por las presentes bases, por las bases generales para la provisión de puestos
de trabajo vacantes en el área técnico-operativa de emergencias publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia
número 4 de fecha 6 de enero de 2012 y su modificación, que aprobada por Decreto 147/2012, de 5 de octubre,
y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 130 de 12 de octubre de 2012.
Las presentes bases vinculan a la Administración, a la Comisión de Valoración y a quienes participen en el
concurso.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
20117
Contra estas bases cabe Recurso Potestativo de Reposición ante la Presidencia del Consorcio de Emergencias
en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del
Estado.
Las bases de la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de la comisión
de valoración, podrán ser impugnadas en los casos y formas establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de octubre de dos mil doce.
LA PRESIDENTA, María del Mar Arévalo Araya
DILIGENCIA.- Que se extiende para hacer constar que las presentes bases específicas han sido aprobadas
por Decreto con número de referencia jurídica 176/2012, de 25 de octubre de 2012.
LA SECRETARIA, María Dolores Ruiz San Román.
ANEXO I: PUESTOS DE TRABAJOS CONVOCADOS
Nº ORDEN
PUESTO
1.5.2.261
1.5.2.263
1.5.2.183
1.5.2.184
1.5.2.185
1.5.2.186
DENOMINACIÓN
CD
CE
JEFE/A TURNO
18
72
JEFE/A TURNO
JEFE/A TURNO
JEFE/A TURNO
JEFE/A TURNO
JEFE/A TURNO
18
18
18
18
18
72
72
72
72
72
SUB
GRUPO ESCALA/CLASE FUNCIONES
C2
C2
C2
C2
C2
C2
1
2
1
2
1
2
1
1
1
2
2
2
DESTINO:
PARQUE
REQUISITOS
ESPECÍFICOS
LA ALDEA
3
ARINAGA
LA ALDEA
LA ALDEA
LA ALDEA
3
72
C2
1
2
SAN MATEO
1.5.2.191
JEFE/A TURNO
18
72
C2
1
2
TEJEDA
1.5.2.013
1.5.2.014
1.5.2.015
1.5.2.016
JEFE/A TURNO
JEFE/A TURNO
JEFE/A TURNO
JEFE/A TURNO
18
18
18
18
72
72
72
72
72
C2
C2
C2
C2
C2
1
1
1
1
1
2
3
SAN MATEO
18
18
3
3
JEFE/A TURNO
JEFE/A TURNO
3
LA ALDEA
1.5.2.189
1.5.2.190
3
2
2
2
2
TEJEDA
TEJEDA
TEJEDA
TEJEDA
3
3
3
3
3
3
* Aquellos funcionarios que obtengan puesto de trabajo con destino Parque de Tejeda serán trasladados provisionalmente
a los Parques de San Mateo, Gáldar o La Aldea, en cumplimiento de la Disposición Transitoria 1ª del vigente
Acuerdo de Condiciones de Trabajo, en virtud de la cual actualmente el Parque de Tejeda es Parque Auxiliar
de San Mateo.
1: Subescala Administración Especial, Clase Servicio de Extinción de Incendios.
2: (Además de las asignadas al bombero) Gestión y Mando del equipo humano de su turno, así como de las
operaciones de emergencia. Ejecutar la formación permanente del personal asignado. Tareas administrativas
20118
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
propias de su función. Cualquier otra que, teniendo como marco el objeto de la entidad, corresponda al Área y
sea motivo de su capacitación técnica y de su jerarquía profesional.
3: Habilitación conducción vehículos urgentes. Permiso de conducir clase C.
DILIGENCIA.- Que se extiende para hacer constar que el presente Anexo, que consta de 4 páginas, recoge
los puestos convocados por Decreto con número de referencia jurídica 176/2012, de 25 de octubre de 2012, por
el que se efectúa la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo de jefe de turno por el procedimiento
de concurso de méritos.
LA SECRETARIA, María Dolores Ruiz San Román.
12.820
ANEXO II
12.451
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN POR EL PROCEDIMIENTO
DE CONCURSO DE MÉRITOS DE PUESTOS DE TRABAJO DE BOMBERO/A EN EL CONSORCIO DE
EMERGENCIAS DE GRAN CANARIA (CONCURSO DE TRASLADO).
Las presentes bases constituyen las bases específicas de la convocatoria para la provisión de los puestos de
trabajo de Bombero/a que se relacionan en el Anexo I y que están dentro del Área Técnico-Operativa de
Emergencias del Consorcio de Emergencias de Gran Canaria.
La convocatoria se rige, además de por las presentes bases, por las bases generales para la provisión de puestos
de trabajo vacantes en el Área Técnico-Operativa de Emergencias, que fueron modificadas por decreto 147/2012,
de 5 de octubre de 2012, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 130 de fecha 12 de octubre de
2012.
Las presentes bases vinculan a la Administración, a la Comisión de Valoración y a quienes participen en el
concurso.
Contra estas bases cabe Recurso Potestativo de Reposición ante la Presidencia del Consorcio de Emergencias
en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del
Estado.
Las bases de la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de la comisión
de valoración, podrán ser impugnadas en los casos y formas establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a veintinueve de octubre de dos mil doce.
LA PRESIDENTA, María del Mar Arévalo Araya.
DILIGENCIA. Que se extiende para hacer constar que las presentes bases han sido aprobadas por Decreto
con número de referencia jurídica 177/2012, de 29 de octubre de 2012.
LA SECRETARIA, María Dolores Ruiz San Román.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Nº ORDEN
PUESTO
ANEXO I: PUESTOS DE TRABAJOS CONVOCADOS
DENOMINACIÓN
CD
CE
BOMBERO/A
17
60
1.5.2.145
BOMBERO/A
1.5.2.109
BOMBERO/A
1.5.2.095
1.5.2.232
1.5.2.233
1.5.2.237
1.5.2.241
1.5.2.200
1.5.2.205
BOMBERO/A
BOMBERO/A
BOMBERO/A
BOMBERO/A
BOMBERO/A
BOMBERO/A
17
17
17
17
17
17
17
17
60
60
60
60
60
60
60
60
SUB
GRUPO ESCALA/CLASE FUNCIONES
C2
1
2
C2
1
2
C2
C2
C2
C2
C2
C2
C2
1
2
1
2
1
2
1
2
1
1
1
2
2
2
1.5.2.035
BOMBERO/A
17
60
C2
1
2
1.5.2.043
1.5.2.047
1.5.2.051
1.5.2.052
1.5.2.173
1.5.2.089
BOMBERO/A
BOMBERO/A
BOMBERO/A
BOMBERO/A
BOMBERO/A
BOMBERO/A
17
17
17
17
17
17
60
60
60
60
60
60
C2
C2
C2
C2
C2
C2
1
1
1
1
1
1
LA ALDEA
LA ALDEA
LA ALDEA
LA ALDEA
PUERTO RICO
3
3
3
3
3
3
3
1
1
LA ALDEA
SAN MATEO
C2
C2
3
3
2
60
60
LA ALDEA
ARUCAS
3
17
17
REQUISITOS
ESPECÍFICOS
PUERTO RICO
BOMBERO/A
BOMBERO/A
DESTINO:
PARQUE
2
1.5.2.214
1.5.2.231
20119
SAN MATEO
2
2
2
2
2
2
TEJEDA
TEJEDA
TEJEDA
TEJEDA
TEJEDA
TEJEDA
TELDE
3
3
3
3
3
3
3
3
* A aquellos funcionarios que obtengan puesto de trabajo con destino Parque de Tejeda serán trasladados
provisionalmente a los Parques de San Mateo, Gáldar o La Aldea, en cumplimiento de la Disposición Transitoria
1ª del vigente Acuerdo de Condiciones de Trabajo, en virtud de la cual actualmente el Parque de Tejeda es Parque
Auxiliar de San Mateo.
1. Subescala Administración Especial, Clase Servicio de Extinción de Incendios.
2. Intervención operativa ante cualquier situación de emergencia objeto de la entidad. Conservación de
equipos y materiales. Conducción de vehículos pesados y ligeros. Colaborar en la formación y fomento de la
cultura de la seguridad. Participar en actuaciones preventivas, así como en eventos de pública concurrencia.
Cualquier otra que, teniendo como marco el objeto de la entidad, corresponda al Área y sea motivo de su capacitación
técnica y de su jerarquía profesional.
3. Habilitación conducción vehículos urgentes. Permiso de conducir clase C.
DILIGENCIA. Que se extiende para hacer constar que el presente Anexo recoge los puestos convocados por
Decreto con número de referencia jurídica 177/2012, de 29 de octubre de 2012, por el que se efectúa la
convocatoria para la provisión de puestos de trabajo de bombero/a por el procedimiento de concurso de méritos.
LA SECRETARIA, María Dolores Ruiz San Román.
12.821
20120
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
EXCMO. CABILDO INSULAR
DE LANZAROTE
ANUNCIO
12.452
CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO
ABIERTO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO
1) ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Excelentísimo Cabildo Insular de
Lanzarote.
b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación
de Obras, Servicios y Suministros del Cabildo de
Lanzarote.
c) Número de expediente: 069/12.
2) OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo: Servicios.
b) Descripción del objeto: “SERVICIO PARA LA
INSERCIÓN LABORAL CONSISTENTE EN LA
LIMPIEZA DE LAS CUNETAS Y OBRAS DE
PASO DE LAS CARRETERAS DEPENDIENTES
DEL CABILDO INSULAR DE LANZAROTE”.
c) División por lotes y número: No.
d) Lugar de ejecución: Isla de Lanzarote.
e) Duración del contrato: Cinco (5) meses.
f) CPV: 50230000-6.
3) TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Subasta electrónica: No.
d) Criterios de adjudicación:
- Número de desempleados de larga duración a
contratar: Hasta 70 puntos.
- Precio: Hasta 30 puntos.
4) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO
DOCE EUROS CON QUINCE CÉNTIMOS
(184.112,15 EUROS), más DOCE MIL
OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS CON
OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (12.887,85
EUROS) en concepto de I.G.I.C.
5) GARANTÍAS:
a) Provisional: No se exige.
b) Definitiva: Será del cinco por ciento (5%) del importe
de adjudicación del contrato, excluido el I.G.I.C.
6) OBTENCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN E
INFORMACIÓN:
Cabildo Insular de Lanzarote (Servicio de Contratación
de Obras, Servicios y Suministros), sito en la Avenida
Fred Olsen, s/n, Arrecife de Lanzarote, código postal
35500, teléfono 928.598.529, fax 928.800.353 y
correo
electrónico
[email protected]” así como
en el perfil del contratante de la página web del
Cabildo de Lanzarote (www.cabildodelanzarote.com).
7) CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA:
Grupo O, subgrupo 2, categoría B.
8) PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O
SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Tendrán que dirigirse las mismas, con la
documentación indicada en el Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares, redactadas en castellano,
a la Secretaría General de esta Corporación, sita en
la Avenida Fred Olsen, s/n, C.P. 35500, Arrecife de
Lanzarote (Las Palmas), de 09:00 a 13:00 horas,
ajustadas al modelo oficial que se incluye, en el plazo
de QUINCE DÍAS NATURALES, a contar desde el
siguiente al de la publicación del presente anuncio en
el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
b) Plazo durante el cual el licitador estará obligado
a mantener su oferta: dos meses.
c) Admisión de variantes: no.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
9) APERTURA DE LAS OFERTAS:
Tendrá lugar el primer y tercer miércoles de cada
mes a las 09:30 a.m., en acto público, en la Mesa de
Reuniones del Servicio de Contratación de Obras,
Servicios y Suministros, sito en la planta baja de este
Cabildo Insular, en el que pueden intervenir representantes
de los licitadores debidamente acreditados; para la
apertura de ofertas en aquellos expedientes que, por
haber vencido su plazo de presentación y, en su caso,
el de corrección de defectos subsanables, estén en
condiciones de ser examinadas. Caso de que el
miércoles en cuestión, sea festivo, la reunión de la Mesa
se celebrará, a la misma hora el primer día hábil
siguiente. Las empresas interesadas podrán informarse
en el Servicio de Contratación de este Cabildo en el
teléfono 928.598.529, de la fecha en que se procederá
a la apertura de su oferta.
10) GASTOS DE ANUNCIOS:
Serán de cuenta del adjudicatario y asciende
aproximadamente a la cantidad de novecientos
cincuenta euros (950,00 euros).
Arrecife, a veintinueve de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.
12.932
ANUNCIO
12.453
CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO
ABIERTO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO
1) ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Excelentísimo Cabildo Insular de
Lanzarote.
b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación
de Obras, Servicios y Suministros del Cabildo de
Lanzarote.
c) Número de expediente: 070/12.
2) OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo: Servicios.
20121
b) Descripción del objeto: “SERVICIO PARA LA
INSERCIÓN LABORAL CONSISTENTE EN LA
ELIMINACIÓN DE MALEZAS Y LIMPIEZA EN
LAS ZONAS DE DOMINIO PÚBLICO,
SERVIDUMBRE Y AFECCIÓN DE LAS
CARRETERAS DEPENDIENTES DEL CABILDO
INSULAR DE LANZAROTE.
c) División por lotes y número: no.
d) Lugar de ejecución: Isla de Lanzarote.
e) Duración del contrato: Cinco (5) meses.
f) CPV: 77312100-1 y 77311000-3.
3) TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto,
c) Subasta electrónica: No.
d) Criterios de adjudicación:
- Número de desempleados de larga duración a
contratar: Hasta 70 puntos.
- Precio: Hasta 30 puntos.
4) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
CIENTO CUARENTAY DOS MIL NOVECIENTOS
NOVENTA EUROS CON SESENTA Y CINCO
CÉNTIMOS (142.990,65 €), más DIEZ MIL NUEVE
EUROS CON TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS
(10.009,35 €) en concepto de I.G.I.C.
5) GARANTÍAS:
a) Provisional: No se exige.
b) Definitiva: Será del cinco por ciento (5%) del importe
de adjudicación del contrato, excluido el I.G.I.C.
6) OBTENCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN E
INFORMACIÓN:
Cabildo Insular de Lanzarote (Servicio de Contratación
de Obras, Servicios y Suministros), sito en la Avenida
Fred Olsen, s/n, Arrecife de Lanzarote, código postal
35500, teléfono 928.598.529, fax 928.800.353 y correo
20122
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
electrónico “[email protected]”
así como en el perfil del contratante de la página web
del Cabildo de Lanzarote (www.cabildodelanzarote.com).
7) REQUISITOS
CONTRATISTA:
ESPECÍFICOS
DEL
La solvencia que aparece especificada en el Pliego
de Cláusulas Administrativas Particulares.
8) PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O
SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Tendrán que dirigirse las mismas, con la
documentación indicada en el Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares, redactadas en castellano,
a la Secretaría General de esta Corporación, sita en
la Avenida Fred Olsen, s/n, C.P. 35500, Arrecife de
Lanzarote (Las Palmas), de 09:00 a 13:00 horas,
ajustadas al modelo oficial que se incluye, en el plazo
de QUINCE DÍAS NATURALES, a contar desde el
siguiente al de la publicación del presente anuncio en
el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
b) Plazo durante el cual el licitador estará obligado
a mantener su oferta: dos meses.
c) Admisión de variantes: no.
9) APERTURA DE LAS OFERTAS:
Tendrá lugar el primer y tercer miércoles de cada
mes a las 09:30 a.m., en acto público, en la Mesa de
Reuniones del Servicio de Contratación de Obras,
Servicios y Suministros, sito en la planta baja de este
Cabildo Insular, en el que pueden intervenir representantes
de los licitadores debidamente acreditados; para la
apertura de ofertas en aquellos expedientes que, por
haber vencido su plazo de presentación y, en su caso,
el de corrección de defectos subsanables, estén en
condiciones de ser examinadas. Caso de que el
miércoles en cuestión, sea festivo, la reunión de la Mesa
se celebrará, a la misma hora el primer día hábil
siguiente. Las empresas interesadas podrán informarse
en el Servicio de Contratación de este Cabildo en el
teléfono 928.598.529, de la fecha en que se procederá
a la apertura de su oferta.
10) GASTOS DE ANUNCIOS:
Serán de cuenta del adjudicatario y asciende
aproximadamente a la cantidad de novecientos
cincuenta euros (950,00 euros).
Arrecife, a veintinueve de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.
12.931
ANUNCIO
12.454
CONVOCATORIA DE PROCEDIMIENTO
ABIERTO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO
1) ENTIDAD ADJUDICADORA:
a) Organismo: Excelentísimo Cabildo Insular de
Lanzarote.
b) Dependencia que tramita el expediente: Contratación
de Obras, Servicios y Suministros.
c) Número de expediente: 062/12.
2) OBJETO DEL CONTRATO:
a) Tipo: Suministro.
b) Descripción del objeto: SUMINISTRO,
INSTALACIÓN Y PUESTAEN FUNCIONAMIENTO
DE
CÁMARA
FRIGORÍFICA
PARA
MANTENIMIENTO DE PAPAS.
c) Número de unidades a entregar: Según Pliego.
d) División por lotes y número: No.
e) Lugar de entrega: Según pliego.
f) Plazo de entrega: TRES (3) MESES.
g) CPV: 39711130-9
3) TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Subasta electrónica: No.
d) Criterios de adjudicación:
- Oferta económica: Hasta 40 puntos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
- Ampliación del plazo de garantía: Hasta 10 puntos.
- Tiempo de respuesta: Hasta 5 puntos.
4) VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO:
SETENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA EUROS CON CINCUENTA Y DOS
CÉNTIMOS (71.850,52 EUROS).
5) PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN:
Importe total: SETENTAY UN MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA EUROS CON CINCUENTA Y DOS
CÉNTIMOS (71.850,52 EUROS) MÁS CINCO MIL
VEINTINUEVE EUROS CON CINCUENTA Y
TRES CÉNTIMOS (5.029,53 EUROS) en concepto
de I.G.I.C.
6) GARANTÍAS:
a) Provisional: no se exige.
b) Definitiva: Cinco por ciento (5%) del precio de
adjudicación del contrato, excluido el I.G.I.C.
6) OBTENCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN E
INFORMACIÓN
Cabildo Insular de Lanzarote (Servicio de Contratación
de Obras, Servicios y Suministros), sito en la Avenida
Fred Olsen, s/n, Arrecife de Lanzarote, código postal
35500, teléfono 928.598.529, fax 928.800.353 y correo
electrónico “[email protected]”
así como en el perfil del contratante de la página web
del Cabildo de Lanzarote (www.cabildodelanzarote.com).
7) REQUISITOS
CONTRATISTA:
ESPECÍFICOS
DEL
La solvencia aparece especificada en el Pliego de
Cláusulas Administrativas Particulares.
8) PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS O
SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:
a) Pueden dirigirse redactadas en castellano a la
Secretaría General de esta Corporación, sita en la
Avenida Fred Olsen, s/n, Arrecife de Lanzarote, de
09:00 a 13:00 horas, ajustadas al modelo oficial que
se incluye en el Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares, en el plazo de QUINCE DÍAS
20123
NATURALES, a contar desde el siguiente al de la
publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial
de la Provincia de Las Palmas.
b) Plazo durante el cual el licitador estará obligado
a mantener su oferta: DOS MESES.
c) Admisión de variantes: No.
9) APERTURA DE LAS OFERTAS
Tendrá lugar el primer y tercer miércoles de cada
mes a las 09:30 a.m., en acto público, en la Mesa de
Reuniones del Servicio de Contratación de Obras,
Servicios y Suministros, planta baja de la Casa
Cabildo, en el que pueden intervenir representantes
de los licitadores debidamente acreditados; para la
apertura de ofertas en aquellos expedientes que, por
haber vencido su plazo de presentación y, en su caso,
el de corrección de defectos subsanables, estén en
condiciones de ser examinadas. Caso de que el
miércoles en cuestión, sea festivo, la reunión de la Mesa
se celebrará, a la misma hora el primer día hábil
siguiente. Las empresas interesadas podrán informarse
en el Servicio de Contratación de este Cabildo en el
teléfono 928.598.529, de la fecha en que se procederá
a la apertura de su oferta.
10) GASTOS DE ANUNCIOS:
Serán de cuenta del adjudicatario y asciende
aproximadamente a la cantidad de novecientos
cincuenta euros (950,00 euros).
Arrecife, a veintiséis de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.
12.930
ANUNCIO
12.455
El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular
de Lanzarote
HACE SABER:
Que finalizado el plazo de exposición pública de
la aprobación inicial del EXPEDIENTE DE
MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚMERO 10/2012,
MEDIANTE CRÉDITO EXTRAORDINARIO por
20124
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
importe de 2.659.729,83 euros, según Anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número
129, de miércoles día 10 de octubre de 2012, aprobado inicialmente en sesión plenaria de 4 de octubre de 2012,
y dado que no se ha presentado reclamación alguna contra el mismo, queda elevado a definitivo, de conformidad
con el acuerdo corporativo referido y los artículos 169 y 177 del R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que
se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El resultado de dicho expediente a nivel de capítulos es el siguiente:
B)-OPERACIONES FINANCIERAS
ESTADO DE GASTOS
CAPÍTULO IX - Pasivos Financieros
TOTAL
FUENTES DE FINANCIACIÓN
CAPÍTULO II - Impuestos Indirectos
CAPÍTULO IV - Transferencias Corrientes
TOTAL IGUAL
Lo que se hace público para general conocimiento.
2.659.729,83
2.659.729,83
3.148,83
2.656.581,00
2.659.729,83
Arrecife, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Pedro M. San Ginés Gutiérrez.
12.949-A
ANUNCIO
12.456
El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote
HACE SABER:
Que finalizado el plazo de exposición pública de la aprobación inicial DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN
DE CRÉDITOS NÚMERO 11/2012, MEDIANTE CRÉDITO EXTRAORDINARIO, POR IMPORTE DE
226.800,00 euros, según Anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 129, de
miércoles día 10 de octubre de 2012, aprobado inicialmente en sesión plenaria de 4 de octubre de 2012, y dado
que no se ha presentado reclamación alguna contra el mismo, queda elevado a definitivo, de conformidad con
el acuerdo corporativo referido y los artículos 169 y 177 del R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El desglose de las Transferencias Corrientes (Capítulo IV), las nominaciones de subvenciones que a continuación
se detallan:
Aplicación
230.48045
Denominación
Subv. C.O.E. Argana.Proy. “Gastos aliment.y medicinas a familias con
escasos recursos
Importe
2.000,00
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
230.48046
241.46200
241.46201
241.46202
241.46203
241.46204
241.46205
241.46206
330.48917
330.48918
20125
Subv. Asoc. Voluntarios Emergencias y Rescates del Norte. Prog.
“Mejora movilidad a personas con discapacidad en Lzte.”
10.000,00
Subv. Ayto. Haría Proy. generador de empleo
18.059,00
Subv. Ayto. Arrecife Proy. generador de empleo
Subv. Ayto. San Bartolomé Proy. generador de empleo
Subv. Ayto. Teguise Proy. generador de empleo
Subv. Ayto. Tías Proy. generador de empleo
Subv. Ayto. Tinajo Proy. generador de empleo
Subv. Ayto. Yaiza Proy. generador de empleo
Subv. Asoc. Estudiantes Univ. Conejeros. Funcion.sede.
Subv. Coral Polif. San Ginés Festival Primavera
Lo que se hace público para general conocimiento.
65.407,00
26.542,50
25.108,00
24.481,00
19.054,50
21.308,00
11.000,00
3.800,00
Arrecife, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Pedro M. San Ginés Gutiérrez.
12.949-B
ANUNCIO
12.457
El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote
HACE SABER:
Que finalizado el plazo de exposición pública de la aprobación inicial del EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN
DE CRÉDITOS NÚMERO 12/2012, MEDIANTE SUPLEMENTO, por importe de 38.000,00 euros, según Anuncio
inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 129, de miércoles día 10 de octubre de
2012, aprobado inicialmente en sesión plenaria de 4 de octubre de 2012, y dado que no se ha presentado reclamación
alguna contra el mismo, queda elevado a definitivo, de conformidad con el acuerdo corporativo referido y los
artículos 169 y 177 del R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
El resultado de dicho expediente a nivel de capítulos es el siguiente:
B)-OPERACIONES FINANCIERAS
ESTADO DE GASTOS
CAPÍTULO IV - Transferencias Corrientes
TOTAL
38.000,00
38.000,00
20126
- Bajas por Anulación
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
FUENTES DE FINANCIACION
A)-OPERACIONES NO FINANCIERAS
CAPÍTULO IV - Transferencias Corrientes
TOTAL IGUAL
Lo que se hace público para general conocimiento.
38.000,00
38.000,00
Arrecife, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Pedro M. San Ginés Gutiérrez.
12.949-C
ANUNCIO
12.458
El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote
HACE SABER:
Que finalizado el plazo de exposición pública de la aprobación inicial del EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN
DE CRÉDITOS NÚMERO 13/2012, MEDIANTE TRANSFERENCIA, por importe de 5.000,00 €, según Anuncio
inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 129, de miércoles día 10 de octubre de
2012, aprobado inicialmente en sesión plenaria de 4 de octubre de 2012, y dado que no se ha presentado reclamación
alguna contra el mismo, queda elevado a definitivo, de conformidad con el acuerdo corporativo referido y los
artículos 169 y 177 del R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
El resultado de dicho expediente a nivel de capítulos es el siguiente:
ESTADO DE GASTOS
- Aplicaciones que disminuyen:
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
A.1)- Operaciones corrientes
CAPÍTULO IV - Transferencias Corrientes
TOTAL
- Aplicaciones que aumentan:
FUENTES DE FINANCIACIÓN
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
CAPÍTULO IV - Transferencias Corrientes
TOTAL IGUAL
5.000,00
5.000,00
5.000,00
5.000,00
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
20127
Lo que se hace público para general conocimiento.
Arrecife, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Pedro M. San Ginés Gutiérrez.
12.949-D
ANUNCIO
12.459
El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote
HACE SABER:
Que finalizado el plazo de exposición pública de la aprobación inicial del EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN
DE CRÉDITOS NÚMERO 14/2012, MEDIANTE SUPLEMENTOS, por importe de 100.000,00 euros, según
Anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, número 129, de miércoles día 10 de octubre
de 2012, aprobado inicialmente en sesión plenaria de 4 de octubre de 2012, y dado que no se ha presentado
reclamación alguna contra el mismo, queda elevado a definitivo, de conformidad con el acuerdo corporativo
referido y los artículos 169 y 177 del R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El desglose de las Transferencias Corrientes (Capítulo IV), las nominaciones de subvenciones que a continuación
se detallan:
SUPLEMENTO DE CRÉDITO NÚMERO 14/2012
ESTADO DE GASTOS
241.46200
Subv. Ayto. Arrecife Proy. generador de empleo
53.060,00
241.46202
Subv. Ayto. San Bartolomé Proy. generador de empleo
12.150,00
241.46201
241.46203
241.46204
241.46205
241.46206
Subv. Ayto. Haría Proy. generador de empleo
Subv. Ayto. Teguise Proy. generador de empleo
Subv. Ayto. Tías Proy. generador de empleo
Subv. Ayto. Tinajo Proy. generador de empleo
Subv. Ayto. Yaiza Proy. generador de empleo
Lo que se hace público para general conocimiento.
3.220,00
10.640,00
9.980,00
4.310,00
6.640,00
Arrecife, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Pedro M. San Ginés Gutiérrez.
12.949-E
20128
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
ANUNCIO
12.460
El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote
HACE SABER:
Que finalizado el plazo de exposición pública de la aprobación inicial de la modificación de la subvención
nominada en Presupuesto a favor de Cruz Roja Española para el “Proyecto Fomento Servicio de Transporte
Adaptado a Personas con Discapacidad”, por importe de 20.000 euros, pasando ahora a denominarse “Apoyo
Social en Situación de Vulnerabilidad”, según Anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas,
número 129, de miércoles día 10 de octubre de 2012, aprobado inicialmente en sesión plenaria de 4 de octubre
de 2012, y dado que no se ha presentado reclamación alguna contra el mismo, queda elevado a definitivo, de
conformidad con el acuerdo corporativo referido y los artículos 169 y 177 del RD. Leg. 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Arrecife, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Pedro M. San Ginés Gutiérrez.
12.949-F
ANUNCIO
12.461
El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote.
HACE SABER:
Que, el Pleno de esta Corporación Insular, en sesión ordinaria celebrada el día veintiséis de octubre de dos
mil doce, adoptó, entre otros, acuerdo relativo a la aprobación inicial del Expediente de Modificación de
Crédito Número 15/2012 de Crédito Extraordinario por importe de 817.195,91 tal como seguidamente se
detalla:
B) OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO VIII - Activos financieros
TOTAL
ESTADO DE INGRESOS
B) OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO VIII - Activos financieros
TOTAL IGUAL
817.195,91
817.195,91
817.195,91
817.195,91
Lo que se hace público de conformidad con el acuerdo Corporativo referido y con los artículos 169 y 177 del
R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, concediéndose un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir de la Inserción de este
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
20129
Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en cuyo tiempo podrán formularse reclamaciones
y sugerencias ante la Corporación.
De conformidad con lo dispuesto en las Disposiciones vigentes en la materia, en el supuesto de no presentarse
reclamaciones contra esta aprobación inicial, se elevará a definitiva sin necesidad de nuevo acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Arrecife, a treinta de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.
ANUNCIO
12.462
El Excmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote.
12.866
HACE SABER:
Que, el Pleno de esta Corporación Insular, en sesión ordinaria celebrada el día veintiséis de octubre de dos
mil doce, adoptó, entre otros, acuerdo relativo a la aprobación inicial del Expediente de Modificación de
Crédito Número 02/2012 del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote por importe de 668.772,51 tal como seguidamente
se detalla:
ESTADO DE GASTOS.
A) - OPERACIONES NO FINANCIERAS
CAPÍTULO VI - Inversiones reales
TOTAL
ESTADO DE INGRESOS
B) - OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO VIII - Activos financieros
TOTAL IGUAL
668.772,51
668.772,51
668.772,51
668.772,51
Lo que se hace público de conformidad con el acuerdo Corporativo referido y con los artículos 169 y 177 del
R.D. Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, concediéndose un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir de la Inserción de este
Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en cuyo tiempo podrán formularse reclamaciones
y sugerencias ante la Corporación.
De conformidad con lo dispuesto en las Disposiciones vigentes en la materia, en el supuesto de no presentarse
reclamaciones contra esta aprobación inicial, se elevará a definitiva sin necesidad de nuevo acuerdo.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Arrecife, a treinta de octubre de dos mil doce.
EL PRESIDENTE, Pedro San Ginés Gutiérrez.
12.884
20130
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
ANUNCIO
12.463
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas
de Gran Canaria, en sesión celebrada con fecha 14
de septiembre de 2006, acordó la aprobación definitiva
del expediente de expropiación forzosa por el
procedimiento de Tasación Conjunta, a los titulares
de los bienes y derechos existentes en el ámbito del
Plan Parcial Tamaraceite Sur, (UZR-04), con aplicación
del sistema dinámico de valoración y contestación a
las alegaciones presentadas, por lo que se requiere a
la entidad Tinoca Las Palmas S.L. para llevar a efecto
el Acta de Ocupación y Pago del bien expropiado,
señalándose el próximo día 26 de noviembre de 2012,
a las 12:30 horas, en la Concejalía del Área de
Gobierno de Ordenación del Territorio, Urbanismo,
Vivienda y Aguas, 6ª planta de las oficinas municipales,
calle León y Castillo, número 270, con apercibimiento
de que el Acta se tendrá por efectuada en caso de no
comparecer a la celebración de la misma.
En caso de tratarse de una vivienda o local, previa
verificación del desalojo por los Técnicos Municipales,
deberá hacer entrega de las llaves el día del levantamiento
del Acta, dejándolas a disposición del Servicio de
Urbanismo-Unidad de Gestión Urbanística del
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de Gran Canaria, a treinta de octubre
de dos mil doce.
EL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO,
VIVIENDA Y AGUAS (Decreto 385/2012, de 14 de
junio), Martín Muñoz García de la Borbolla.
12.960
ANUNCIO
12.464
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas
de Gran Canaria, en sesión celebrada con fecha 14
de septiembre de 2006, acordó la aprobación definitiva
del expediente de expropiación forzosa por el
procedimiento de Tasación Conjunta, a los titulares
de los bienes y derechos existentes en el ámbito del
Plan Parcial Tamaraceite Sur, (UZR-04), con aplicación
del sistema dinámico de valoración y contestación a
las alegaciones presentadas, por lo que se requiere a
don Juan Regino Suárez Calderín y doña María Jesús
López Pérez- Ministerio Fiscal, para llevar a efecto
el Acta de Ocupación y Pago del bien expropiado,
señalándose el próximo día 26 de noviembre de 2012
a las 12:00 horas, en la Concejalía del Área de
Gobierno de Ordenación del Territorio, Urbanismo,
Vivienda y Aguas, 6ª planta de las oficinas municipales,
calle León y Castillo, número 270,con apercibimiento
de que el Acta se tendrá por efectuada en caso de no
comparecer a la celebración de la misma.
En caso de tratarse de una vivienda o local, previa
verificación del desalojo por los Técnicos Municipales,
deberá hacer entrega de las llaves el día del levantamiento
del Acta, dejándolas a disposición del Servicio de
Urbanismo-Unidad de Gestión Urbanística del
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de octubre
de dos mil doce.
EL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, URBANISMO,
VIVIENDA Y AGUAS (Decreto 385/2012, de 14 de
junio), Martín Muñoz García de la Borbolla.
12.961
Dirección General
de Edificación y Actividades
Servicio de Protección del Paisaje
NOTIFICACIÓN
12.465
Expediente: PCD-54/2012/000491 (491/12-SAN)
Trámite: Notificación.
Asunto: Resolución Incoación instando a legalizar.
Fecha: 9 de octubre de 2012.
Número de Resolución: 21.407/2012.
José Ángel Rodríguez García. Calle Velarde, número
17-5°-D. 35010 - Las Palmas de Gran Canaria.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
La Directora General de Edificación y Actividades,
ha dictado la siguiente,
“RESOLUCIÓN de la Directora General de
Edificación y Actividades, por la que se acuerda la
incoación del procedimiento sancionador por la
infracción urbanística cometida en la terraza sobre la
vivienda del Portal 1-5°-D del Edificio Residencial
Nuevo Guanarteme, sito en la calle Velarde 17.
Visto el expediente de la referencia en el que se
acreditan los siguientes
ANTECEDENTES:
I. Que girada visita de inspección urbanística, por
las obras realizadas en la terraza sobre la vivienda del
Portal 1-5°-D, del Edificio Residencial Nuevo
Guanarteme, sito en la calle Velarde número 17,
consistente en la construcción de un cuarto de unos
60 m2, sin la obtención de la preceptiva licencia
urbanística.
II. Que con fecha 6 de junio de 2012 se emite
Informe Técnico Municipal en el que se describen las
obras denunciadas y del que se constata lo siguiente:
“Antecedentes:
(Consta en expediente Expediente: 212/2006 SL por
Obras Sin Licencia de este Servicio, Informe Pericial
con visado del COAC de fecha 21 de diciembre de
2007 descriptivo del estado de las construcciones en
la cubierta del Edificio Residencial Nuevo Guanarteme.
Asimismo figura informe del Arquitecto que suscribe
del año 2012 del estado actual de las obras ejecutadas
en las terrazas de la citada cubierta, para lo que se convocó
a todos los propietarios a una Inspección Municipal
en colaboración con la Comunidad de Propietarios.
Descripción actual de la obra, de su estado y
ocupación
Por inspección desde el exterior, al no responder a
la convocatoria municipal para su inspección, se
denuncia la construcción de un cuarto de planta
irregular de unos 60 m2 de superficie construida con
cerramiento de fábrica de bloques y con cubrición ligera.
Estado de la obra y ocupación
En el momento de la inspección la obra se encuentra
ocupada, obra que por sus características y materiales
20131
empleados se considera provisional, sin condiciones
arquitectónicas, que incumplen las Exigencias Básicas
de las Normas Técnicas de Edificación, por lo que
se estima que no se encuentran acabadas por su
provisionalidad.
Normativa Urbanística, Protección y Catalogación
Conforme al vigente Plan General de Ordenación
de Las Palmas de Gran Canaria en su adaptación
básica al TR-LOTCENC, aprobado definitivamente
por acuerdo de la COTMAC de 9 de marzo de 2005,
la parcela se clasifica como Suelo Urbano en zona
Regulada por Ordenanza de Manzana Cerrada (M5),
sin que figure el inmueble incluido en su Catálogo
General Municipal de Protección.
Licencia Municipal
No consta, tras consultar los archivos informáticos
del Servicio de Edificación y Actividades, que se
haya concedido licencia municipal para la obra
denunciada.
Conclusiones
La obra no está acabada por su provisionalidad, está
ocupada y se ha realizado sin la cobertura formal de
la preceptiva licencia urbanística, considerándose
asimismo que se tratan de obras con repercusión en
el ambiente urbano, rural o natural, por su volumen
construido.”
III. Que emitido Informe Jurídico con fecha 6 de
agosto de 2012, se desprende lo siguiente:
“Girada visita de inspección urbanística al Edificio
Residencial Nuevo Guanarteme, sito en la Calle
Velarde número 17, se emite Informe Técnico Municipal
de fecha 6 de junio de 2012, en el que se constata la
ejecución de obras en la terraza sobre la vivienda del
Portal 1-5° D de dicho edificio, consistentes en la
construcción de un cuarto de unos 60 m2. Por todo
ello, se propone a la vista del citado Informe Técnico,
incoar el respectivo expediente sancionador en relación
con las obras realizadas sin licencia descritas con
más detalle en el referido Informe Técnico y de las
que es presuntamente responsable José Ángel Rodríguez
García, como propietario de las mismas. Los hechos
se tipifican como una infracción grave a tenor de lo
dispuesto en el artículo 202.3 b) del Texto Refundido
de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias
y Espacios Naturales de Canarias, aprobado por
20132
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, que dispone
que son infracciones graves, “la realización de actos
y actividades de transformación del suelo mediante
la realización de obras, construcciones, edificaciones
o instalaciones sin la cobertura formal de la o las
aprobaciones, calificaciones territoriales, autorizaciones,
declaraciones responsables, licencias cuando
correspondan u órdenes de ejecución preceptivas o
contraviniendo las condiciones de las otorgadas, salvo
que se trate de obras menores con escasa repercusión
en el ambiente urbano, rural o natural,” correspondiéndole
una sanción de multa de 6.010,13 euros a 150.253,03
euros, conforme a lo dispuesto en el artículo 203.1
b) del TRELOTENC’00.
En este sentido, requiérase, asimismo, a José Ángel
Rodríguez García para que en el plazo de TRES
MESES, solicite la oportuna licencia si procediere
respecto a las obras anteriormente señaladas, según
lo exigido por los artículos 177 y 178 del
TRELOTENC’00.”
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
I. Que los hechos anteriormente relacionados son
constitutivos de la infracción urbanística grave por
la ejecución de obras en la terraza, sobre la vivienda
del Portal 1-5°-D consistentes en la construcción de
un cuarto de unos 60 m2, sin la obtención de la
preceptiva licencia urbanística, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 202.3 b) del Texto Refundido de las Leyes
de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios
Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo
1/2000, de 8 de mayo; que dispone que: Son infracciones
graves, “la realización de actos y actividades de
transformación del suelo mediante la realización de
obras, construcciones, edificaciones o instalaciones
sin la cobertura formal de la o las aprobaciones,
calificaciones territoriales, autorizaciones, declaraciones
responsables, licencias cuando correspondan u órdenes
de ejecución preceptivas o contraviniendo las condiciones
de las otorgadas, salvo que se trate de obras menores
con escasa repercusión en el ambiente urbano, rural
o natural”, correspondiéndole, asimismo, la sanción
de multa de 6.010,13 euros a 150.253,03 euros, que
para estas infracciones contempla el referido artículo
203.1 b), sin perjuicio ele lo que resulte de la instrucción
del expediente.
II. Que a tenor del artículo 189.1 del Texto Refundido
de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias
y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo,
(TRELOTENC’00), serán responsables las personas
físicas o jurídicas que infrinjan lo prevenido en este
Texto Refundido, y en especial, los promotores,
constructores, titulares, directores o explotadores de
los establecimientos, las actividades o los usos y los
técnicos titulados directores de las obras e instalaciones.
Asimismo, según el apartado 2 del referido artículo,
se considerará también como promotor al titular del
derecho a edificar o usar el suelo sobre el cual se cometa
o hubiera cometido la infracción, cuando haya tenido
conocimiento de las obras, instalaciones, construcciones,
actividades o usos infractores.
III. Que de conformidad con el artículo 166.1 del
Texto Refundido de la Leyes de Ordenación del
Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de
Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000,
de 8 de mayo, en relación con el artículo 216.1 del
Reglamento de Gestión y Ejecución del Sistema de
Planeamiento de Canarias (RGESPC), aprobado por
Decreto 183/2004, de 21 de diciembre, están sujetos
a previa licencia urbanística, sin perjuicio de las
demás autorizaciones que sean procedentes con arreglo
a la legislación sectorial aplicable, los actos de
construcción y edificación y de uso del suelo, y en
particular, los hechos denunciados.
IV. Que según lo dispuesto en el artículo 177.1 del
TRELOTENC’00, el restablecimiento del orden
jurídico perturbado por un acto o un uso objeto de la
suspensión o cualquier otro realizado sin la concurrencia
de los presupuestos legitimantes de conformidad con
este Texto Refundido, aun cuando no esté ya en curso
de ejecución, tendrá lugar mediante la legalización
del acto o uso suspendido o, en su caso, la reposición
a su estado originario de la realidad física alterada,
incluso mediante los sistemas de ejecución forzosa
previstos en la legislación de procedimiento
administrativo, con el fin de restaurar el orden
infringido, y con cargo al infractor.
V. Que según resulta del número 3 del artículo 177
del TRELOTENC’00, al suspenderse el acto o el
uso, se requerirá al afectado para que inste la legalización
en el plazo de TRES MESES, prorrogable por una
sola vez por otros TRES MESES en atención a la
complejidad del proyecto, o proceda a ajustar las
obras al título habilitante en el plazo previsto en el
mismo.
VI. Que todo ello infringe lo dispuesto en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
TRELOTENC’00, constituyendo, por tanto infracción
urbanística de acuerdo con el artículo 187 del citado
Texto Refundido.
VII. Que, según el artículo 179,1 del Texto Refundido
de Las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias
y Espacios Naturales de Canarias, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, las
propuestas de resolución que se formulen en todos
los procedimientos sancionadores deberán incluir las
medidas que se estimen precisas para la reposición
de las cosas al estado inmediatamente anterior a la
presunta infracción, incluida la demolición, entre
otros, en los siguientes supuestos:
a) Cuando se ubiquen o realicen en suelo urbanizable,
cuya ordenación no se haya pormenorizado, o en
suelo rústico, cuando, siendo necesaria la calificación
territorial, carezcan de la misma.
b) Cuando instada la legalización, ésta haya sido
denegada.
c) Cuando no se haya instado la legalización en el
plazo concedido al efecto, y, de la instrucción del
procedimiento resulte la incompatibilidad de lo
realizado y proyectado, con las determinaciones de
la ordenación ambiental, territorial y urbanística
aplicables.
VIII. Que según preceptúa el artículo 191.1 del
TRELOTENC’00 y a tenor de lo dispuesto en el
artículo 42.4 de la LRJAP-PAC, el plazo máximo para
resolver el presente procedimiento y notificar su
resolución es de SEIS MESES desde su incoación,
transcurrido el cual se producirá la caducidad del
mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
44.2 de la LRJAP-PAC.
IX. Que el expediente se ha tramitado conforme a
lo previsto en los artículos 11 y siguientes del
Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de
la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto
1.398/1993, de 4 de agosto (RPS) en relación con los
artículos 134 a 138 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
y con el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación
del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de
Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000,
de 8 de mayo.
20133
X. Que es competencia de este Municipio, la
ordenación, gestión y disciplina urbanística, según lo
previsto en el artículo 25.2d) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, de Bases de Régimen Local, modificada por
la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para
la Modernización del Gobierno Local (LBRL).
XI. Que de conformidad con las facultades previstas
en el artículo 190.1a) del TRELOTENC’00, modificado
porta Ley 4/2006, de 22 de mayo, y con el artículo
10 del RPS, en relación con el artículo 124.4ñ) de la
LBRL, resulta competente el Alcalde para iniciar, instruir
y resolver los procedimientos sancionadores por
infracciones contra la ordenación urbanística.
XII. Vistos los informes emitidos y en virtud de las
atribuciones que me confiere la normativa vigente y
en uso de las facultades conferidas por Decreto
15.708/2011, de 17 de junio, del Alcalde de la Ciudad
de Las Palmas de Gran Canaria, publicado en el BOP
número 98, de fecha 01.08.11 y por Decreto 527/2012,
de 5 de enero, del Alcalde de la Ciudad de Las Palmas
de Gran Canaria, esta Directora General,
RESUELVE
Primero. Incoar expediente sancionador por infracción
urbanística contra el propietario de la vivienda José
Ángel Rodríguez García, con DNI: 13760878-R,
como presunto responsable de la infracción grave
cometida, consistente en la construcción de un cuarto
de unos 60 m2, de la vivienda del Portal 1-5°-D, del
Edificio Residencial Nuevo Guanarteme, sito en la
calle Velarde, número 17 sin la obtención de la
preceptiva licencia urbanística, correspondiéndole, la
sanción de multa de 6.010,13 euros a 150.253,03
euros, cuyo importe exacto se fijará a resultas de la
tramitación del expediente sancionador.
Segundo. Designar Instructora del expediente a
doña Irene Pedrianes García, y como Secretaria a
doña María Magnolia Rodríguez Ramírez
respectivamente, funcionarios de este Ayuntamiento,
debiendo abstenerse de intervenir en el procedimiento
y comunicarlo a su superior inmediato, de concurrir
alguno de los motivos de abstención señalados en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo
ejercer los interesados el derecho de recusación en
cualquier momento del procedimiento por los motivos
señalados en el artículo 29 de la referida LRJAP-PAC.
20134
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Tercero. Requerir a don José Ángel Rodríguez
García, para que si procede en el plazo de TRES
MESES solicite la oportuna licencia o ajuste las obras
a la licencia, mediante proyecto adecuado, según lo
exigido por los artículos 177 y 178, del Texto Refundido
de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias
y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.
Al propio tiempo, se le apercibe de que transcurrido
dicho plazo sin haber instado la legalización, se
actuará de conformidad con lo dispuesto en el número
1 del artículo 177 del citado Texto Refundido,
procediéndose a dictar Orden de Demolición con el
fin de restaurar el orden infringido, y con cargo al infractor.
Cuarto. Advertir al interesado que en los supuestos
contemplados en el artículo 179.1 del Trelotenc’00,
se procederá a demoler las obras objeto del presente
expediente. No obstante de conformidad, con el
artículo 182 del Trelotenc’00, si los responsables de
la alteración de la realidad física repusieran éstos en
los términos dispuestos por la Administración, tendrán
derecho a la reducción en un noventa por ciento,
(90%) de la multa que se haya impuesto en el
procedimiento sancionador, siempre que se solicite
con anterioridad a la finalización del correspondiente
procedimiento de recaudación, mediante el
correspondiente pago.
en las Dependencias de este Servicio de Protección
del Paisaje, ubicado en la 3ª planta de las Oficinas
Municipales, Oficina número 309, sitas en la calle León
y Castillo número 270 -de esta ciudad-, a fin de que,
si les conviniere, en el plazo de QUINCE DÍAS,
formulen las alegaciones y aporten los documentos
y justificaciones que asistan a su derecho, de conformidad
con lo preceptuado en el artículo 16,1 del Reglamento
del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad
Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1.398/1993,
de 4 de agosto.
Transcurrido dicho plazo, desde la notificación de
la presente Resolución, se continuará el procedimiento,
haciéndole saber que se podrá prescindir del trámite
de audiencia cuando no figuren en el procedimiento,
ni sean tenidas en cuenta en la Resolución otros
hechos, ni otras alegaciones o pruebas que las aducidas
por el interesado, a tenor de lo dispuesto en el artículo
19.2 del R.P.S.
Asimismo, el acuerdo de iniciación se comunicará
a la instructora, con traslado de cuantas actuaciones
existan al respecto.
Las Palmas de Gran Canaria a 9 de octubre de
2012. La Directora General de Edificación y Actividades
(Acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de enero de
2012) Carmen Nieves Martín Pérez.
Si el restablecimiento del orden jurídico perturbado
tuviera lugar mediante la legalización obtenida tras
la imposición de la multa, los responsables de la
perturbación que hubiesen instado la legalización
dentro del plazo habilitado al efecto, tendrán derecho
a la reducción en un sesenta por ciento (60%) de la
multa que se haya impuesto en el procedimiento
sancionador, siempre que se solicite con anterioridad
a la finalización del procedimiento de recaudación
mediante el correspondiente pago.
Dado/a con la intervención del Secretario General
Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las
Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido
en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local y los artículos 68 de la Ley 14/1990, de 26 de
julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas de Canarias, y 28 del Reglamento Orgánico
del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria.
Sexto. Notificar la incoación del mismo a los
interesados, poniéndoles de manifiesto el expediente
Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 58 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Quinto. Que al amparo del artículo 8 del Reglamento
para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, si el
infractor reconoce su responsabilidad, se podrá resolver
el procedimiento, con la imposición de la sanción que
proceda; asimismo, el pago voluntario por el imputado
en cualquier momento anterior a la resolución, podrá
implicar igualmente la terminación del procedimiento
sin perjuicio de interponer los recursos procedentes.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de octubre de
2012. El Secretario General Técnico de la Junta de
Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria
P.D. La Jefa del Servicio de Protección del Paisaje
(Resolución 14.588/2012, de 12 de julio) Irene
Pedrianes García.”
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de octubre
de dos mil doce.
EL SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DE LA
JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS
PALMAS DE GRAN CANARIA P.D. LA JEFA DEL
SERVICIO DE PROTECCIÓN DEL PAISAJE
(Resolución 14.588/2012, de 12 de julio), Irene
Pedrianes García.
Notificación a José Ángel Rodríguez García. Calle
Velarde, número 17-5°-D. 35010 - Las Palmas de Gran
Canaria.
Expediente: PCD-54/2012/004920-SAN (492SAN)
Trámite: Notificación.
Asunto: Resolución incoación instando a legalizar.
Fecha: 15 de octubre de 2012.
Número de Resolución: 21.403/2012.
Carlos Rafael Medina Figuera. Calle Velarde número
19 -5°-B - Portal 2. 35010 Las Palmas de Gran
Canaria.
La Directora General de Edificación y Actividades,
ha dictado la siguiente,
“RESOLUCIÓN de la Directora General de
Edificación y Actividades, por la que se acuerda la
incoación del procedimiento sancionador por la
infracción urbanística cometida en la terraza sobre la
vivienda del Portal 2-5°-B, del Edificio Residencial
Nuevo Guanarteme, sito en la calle Velarde número
19.
Visto el expediente de la referencia en el que se
acreditan los siguientes
ANTECEDENTES:
I. Que girada visita de inspección urbanística, por
las obras realizadas en la terraza sobre la vivienda del
Portal 2-5°-B, del Edificio Residencial Nuevo
Guanarteme, sito en la calle Velarde número 19,
consistente en la construcción de un cuarto de unos
30 m2. y un cenador de madera de unos 9 m2., sin la
obtención de la preceptiva licencia urbanística.
20135
II. Que con fecha 6 de junio de 2012, se emite
Informe Técnico Municipal en el que se describen las
obras denunciadas y del que se constata lo siguiente:
“Consta en expediente Expediente: 212/2006 SL por
Obras Sin Licencia de este Servicio, Informe Pericial
con visado del COAC de fecha 21 de diciembre de
2007 descriptivo del estado de las construcciones en
la cubierta del Edificio Residencial Nuevo Guanarteme.
Asimismo figura informe del Arquitecto que suscribe
del año 2012 del estado actual de las obras ejecutadas
en las terrazas de la citada cubierta, para lo que se convocó
a todos los propietarios a una Inspección Municipal
en colaboración con la Comunidad de Propietarios.
Descripción actual de las obras, de su estado y
ocupación
Por inspección desde el exterior, al no responder a
la convocatoria municipal para su inspección, se
denuncia la construcción de un cuarto de planta
irregular de unos 30 m2 de superficie construido por
cerramiento vertical de carpintería de aluminio
acristalada y cubierta tipo sandwich.
Estado de la obras y ocupación
En el momento de la inspección las obras se
encuentran ocupadas, obras que por sus características
y materiales empleados se consideran provisionales,
sin condiciones arquitectónicas, que incumplen las
Exigencias Básicas de las Normas Técnicas de
Edificación, por lo que se estima que no se encuentran
acabadas por su provisionalidad.
Normativa Urbanística, Protección y Catalogación
Conforme al vigente Plan General de Ordenación
de Las Palmas de Gran Canaria en su adaptación
básica al TR-LOTCENC, aprobado definitivamente
por acuerdo de la COTMAC de 9 de marzo de 2005,
la parcela se clasifica como Suelo Urbano en zona
regulada por Ordenanza de Manzana Cerrada (M5),
sin que figure el inmueble incluido en su Catálogo
General Municipal de Protección.
Licencia Municipal
No consta, tras consultar los archivos informáticos
del Servicio de Edificación y Actividades, que se
haya concedido licencia municipal para las obras
denunciadas.
20136
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Conclusiones
Las obras no están acabadas por su provisionalidad,
están ocupadas y se ha realizado sin la cobertura
formal de la preceptiva licencia urbanística,
considerándose asimismo que se tratan de obras con
repercusión en el ambiente urbano, rural o natural,
por su volumen construido.”
III. Que emitido Informe Jurídico con fecha 6 de
agosto de 2012, se desprende lo siguiente:
“Girada visita de inspección urbanística al Edificio
Residencial Nuevo Guanarteme, sito en la Calle
Velarde número 19, se emite Informe Técnico Municipal
de fecha 6 de junio de 2012, en el que se constata la
ejecución de obras en la terraza sobre la vivienda del
Portal 2-5° B de dicho edificio, consistentes en la
construcción de un cuarto de unos 30 m2 y un cenador
de madera de unos 9 m2. Por todo ello, se propone a
la vista del citado Informe Técnico, incoar el respectivo
expediente sancionador en relación con las obras
realizadas sin licencia descritas con más detalle en
el referido Informe Técnico y de las que es presuntamente
responsable Carlos Rafael Medina Figuera, como
propietario de las mismas. Los hechos se tipifican como
una infracción grave a tenor de lo dispuesto en el artículo
202.3 b) del Texto Refundido de las Leyes de
Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios
Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo
1/2000, de 8 de mayo, que dispone que son infracciones
graves, “la realización de actos y actividades de
transformación del suelo mediante la realización de
obras, construcciones, edificaciones o instalaciones
sin la cobertura formal de la o las aprobaciones,
calificaciones territoriales, autorizaciones, declaraciones
responsables, licencias cuando correspondan u órdenes
de ejecución preceptivas o contraviniendo las condiciones
de las otorgadas, salvo que se trate de obras menores
con escasa repercusión en el ambiente urbano, rural
o natural,” correspondiéndole una sanción de multa
de 6.010,13 euros a 150.253,03 euros, conforme a lo
dispuesto en el artículo 203.1 b) del TRELOTENC’00.
En este sentido, requiérase, asimismo, a Carlos
Rafael Medina Figuera para que en el plazo de TRES
MESES, solicite la oportuna licencia si procediere
respecto a las obras anteriormente señaladas, según
lo exigido por los artículos 177 y 178 del
TRELOTENC’00.”
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
I. Que los hechos anteriormente relacionados son
constitutivos de la infracción urbanística grave, por
la ejecución de obras en la terraza, consistentes en la
construcción de un cuarto de unos 30 m2 y un cenador
de madera de unos 9 m2., sin la obtención de la
preceptiva licencia urbanística, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 202.3 b) del Texto Refundido de las Leyes
de Ordenación del Territorio, de Canarias y de Espacios
Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo
1/2000, de 8 de mayo; que dispone que son infracciones
graves: “la realización de actos y actividades de
transformación del suelo mediante la realización de
obras, construcciones, edificaciones o instalaciones
sin la cobertura formal de la o las aprobaciones,
calificaciones territoriales, autorizaciones, declaraciones
responsables, licencias cuando correspondan u órdenes
de ejecución preceptivas o contraviniendo las condiciones
de las otorgadas, salvo que se trate de obras menores
con escasa repercusión en el ambiente urbano, rural
o natural.” correspondiéndole, asimismo, la sanción
de multa de 6.010,13 euros a 150.253,03 euros que
para estas infracciones contempla el referido artículo
203.1 b), sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción
del expediente.
II. Que a tenor del artículo 189.1 del Texto Refundido
de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias
y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo,
(TRELOTENC’00), serán responsables las personas
físicas o jurídicas que infrinjan lo prevenido en este
Texto Refundido, y en especial, los promotores,
constructores, titulares, directores o explotadores de
los establecimientos, las actividades o los usos y los
técnicos titulados directores de las obras e instalaciones.
Asimismo, según el apartado 2 del referido artículo,
se considerará también como promotor al titular del
derecho a edificar o usar el suelo sobre el cual se cometa
o hubiera cometido la infracción, cuando haya tenido
conocimiento de las obras, instalaciones, construcciones,
actividades o usos infractores.
III. Que de conformidad con el artículo 166.1 del
Texto Refundido de la Leyes de Ordenación del
Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de
Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000,
de 8 de mayo, en relación con el artículo 216.1 del
Reglamento de Gestión y Ejecución del Sistema de
Planeamiento de Canarias (RGESPC), aprobado por
Decreto 183/2004, de 21 de diciembre, están sujetos
a previa licencia urbanística, sin perjuicio de las
demás autorizaciones que sean procedentes con arreglo
a la legislación sectorial aplicable, los actos de
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
construcción y edificación y de uso del suelo, y en
particular los hechos denunciados.
IV. Que según lo dispuesto en el artículo 177.1 del
TRELOTENC’00, el restablecimiento del orden
jurídico perturbado por un acto o un uso objeto de la
suspensión o cualquier otro realizado sin la concurrencia
de los presupuestos legitimantes de conformidad con
este Texto Refundido, aun cuando no esté ya en curso
de ejecución, tendrá lugar mediante la legalización
del acto o uso suspendido, o, en su caso, la reposición
a su estado originario de la realidad física alterada,
incluso mediante los sistemas de ejecución forzosa
previstos en la legislación de procedimiento
administrativo, con el fin de restaurar el orden
infringido, y con cargo al infractor.
V. Que según resulta del número 3 del artículo 177
del TRELOTENC’00, al suspenderse el acto o el
uso, se requerirá al afectado para que inste la legalización
en el plazo de TRES MESES, prorrogable por una
sola vez por otros TRES MESES en atención a la
complejidad del proyecto, o proceda a ajustar las
obras al título habilitante en el plazo previsto en el
mismo.
VI. Que todo ello infringe lo dispuesto en el
TRELOTENC’00, constituyendo, por tanto infracción
urbanística de acuerdo con el artículo 187 del citado
Texto Refundido.
VII. Que, según el artículo 179.1 del Texto Refundido
de Las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias
y Espacios Naturales de Canarias, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, las
propuestas de resolución que se formulen en todos
los procedimientos sancionadores deberán incluir las
medidas que se estimen precisas para la reposición
de las cosas al estado inmediatamente anterior a la
presunta infracción, incluida la demolición, entre
otros, en los siguientes supuestos:
a) Cuando se ubiquen o realicen en suelo urbanizable,
cuya ordenación no se haya pormenorizado, o en
suelo rústico, cuando, siendo necesaria la calificación
territorial, carezcan de la misma.
b) Cuando instada la legalización, ésta haya sido
denegada.
c) Cuando no se haya instado la legalización en el
plazo concedido al efecto, y, de la instrucción del
20137
procedimiento resulte la incompatibilidad de lo
realizado y proyectado, con las determinaciones de
la ordenación ambiental, territorial y urbanística
aplicables.
VIII. Que según preceptúa el artículo 191.1 del
TRELOTENC’00 y a tenor de lo dispuesto en el
artículo 42.4 de la LRJAP-PAC, el plazo máximo para
resolver el presente procedimiento y notificar su
resolución es de SEIS MESES desde su incoación,
transcurrido el cual se producirá la caducidad del
mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
44.2 de la LRJAP-PAC.
IX. Que el expediente se ha tramitado conforme a
lo previsto en los artículos 11 y siguientes del
Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de
la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto
1.398/1993, de 4 de agosto (RPS), en relación con los
artículos 134 a 138 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
y con el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación
del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de
Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000,
de 8 de mayo.
X. Que es competencia de este Municipio, la
ordenación, gestión y disciplina urbanística, según lo
previsto en el artículo 25.2d) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, de Bases de Régimen Local, modificada por
la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para
la Modernización del Gobierno Local (LBRL).
XI. Que de conformidad con las facultades previstas
en el artículo 190.1a) del TRELOTENC’00, modificado
por la Ley 4/2006, de 22 de mayo, y con el artículo
10 del RPS, en relación con el artículo 124.4ñ) de la
LBRL, resulta competente el Alcalde para iniciar, instruir
y resolver los procedimientos sancionadores por
infracciones contra la ordenación urbanística.
XII. Vistos los informes emitidos y en virtud de las
atribuciones que me confiere la normativa vigente y
en uso de las facultades conferidas por Decreto
15.708/2011, de 17 de junio, del Alcalde de la Ciudad
de Las Palmas de Gran Canaria, publicado en el BOP
número 98, de fecha 01.08.11 y por Decreto 527/2012,
de 5 de enero, del Alcalde de la Ciudad de Las Palmas
de Gran Canaria, esta Directora General,
20138
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
RESUELVE
Primero. Incoar expediente sancionador por infracción
urbanística contra el propietario Carlos Rafael Medina
Figuera, con DNI: 43752062-J, como presunto
responsable de la infracción grave cometida, consistente
en la construcción de un cuarto de unos 30 m2 y un
cenador de madera de unos 9 m2, en la terraza sobre
la vivienda del Portal 2-5°-B del edificio Residencial
Nuevo Guanarteme, sito en la calle Velarde número
19, sin la obtención de la preceptiva licencia urbanística,
correspondiéndole, la sanción de multa de 6.010,13
euros a 150.253,03 euros, cuyo importe exacto se fijará
a resultas de la tramitación del expediente sancionador.
Segundo. Designar Instructora del expediente a
doña Irene Pedrianes García, y como Secretaria a
doña María Magnolia Rodríguez Ramírez
respectivamente, funcionarios de este Ayuntamiento,
debiendo abstenerse de intervenir en el procedimiento
y comunicarlo a su superior inmediato, de concurrir
alguno de los motivos de abstención señalados en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo
ejercer los interesados el derecho de recusación en
cualquier momento del procedimiento por los motivos
señalados en el artículo 29 de la referida LRJAP-PAC.
Tercero. Requerir a Don Carlos Rafael Medina
Figuera, para que si procede en el plazo de TRES MESES
solicite la oportuna licencia o ajuste las obras a la licencia,
mediante proyecto adecuado, según lo exigido por los
artículos 177 y 178, del Texto Refundido de las Leyes
de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios
Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo
1/2000, de 8 de mayo.
Al propio tiempo, se le apercibe de que transcurrido
dicho plazo sin haber instado la legalización, se
actuará de conformidad con lo dispuesto en el número
1 del artículo 177 del citado Texto Refundido,
procediéndose a dictar Orden de Demolición con el
fin de restaurar el orden infringido, y con cargo al infractor.
Cuarto. Advertir al interesado que en los supuestos
contemplados en el artículo 179.1 del Trelotenc’00,
se procederá a demoler las obras objeto del presente
expediente. No obstante de conformidad, con el
artículo 182 del Trelotenc’00, si los responsables de
la alteración de la realidad física repusieran éstos en
los términos dispuestos por la Administración, tendrán
derecho a la reducción en un noventa por ciento
(90%) de la multa que se haya impuesto en el
procedimiento sancionador, siempre que se solicite
con anterioridad a la finalización del correspondiente
procedimiento de recaudación, mediante el
correspondiente pago.
Si el restablecimiento del orden jurídico perturbado
tuviera lugar mediante la legalización obtenida tras
la imposición de la multa, los responsables de la
perturbación que hubiesen instado la legalización
dentro del plazo habilitado al efecto, tendrán derecho
a la reducción en un sesenta por ciento (60%) de la
multa que se haya impuesto en el procedimiento
sancionador, siempre que se solicite con anterioridad
a la finalización del procedimiento de recaudación
mediante el correspondiente pago.
Quinto. Que al amparo del artículo 8 del Reglamento
para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, si el
infractor reconoce su responsabilidad, se podrá resolver
el procedimiento, con la imposición de la sanción que
proceda; asimismo, el pago voluntario por el imputado
en cualquier momento anterior a la resolución, podrá
implicar igualmente la terminación del procedimiento
sin perjuicio de interponer los recursos procedentes.
Sexto. Notificar la incoación del mismo a los
interesados, poniéndoles de manifiesto el expediente
en las Dependencias de este Servicio de Protección
del Paisaje, ubicado en la 3ª planta de las Oficinas
Municipales, Oficina número 309, sitas en la calle León
y Castillo número 270 -de esta ciudad-, a fin de que,
si les conviniere, en el plazo de QUINCE DÍAS,
formulen las alegaciones y aporten los documentos
y justificaciones que asistan a su derecho, de conformidad
con lo preceptuado en el artículo 16.1 del Reglamento
del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad
Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1.398/1993,
de 4 de agosto.
Transcurrido dicho plazo, desde la notificación de
la presente Resolución, se continuará el procedimiento,
haciéndole saber que se podrá prescindir del trámite
de audiencia cuando no figuren en el procedimiento,
ni sean tenidas en cuenta en la Resolución otros
hechos, ni otras alegaciones o pruebas que las aducidas
por el interesado, a tenor de lo dispuesto en el artículo
19.2 del R.P.S.
Asimismo, el acuerdo de iniciación se comunicará
a la instructora, con traslado de cuantas actuaciones
existan al respecto.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Las Palmas de Gran Canaria a 15 de octubre de 2012.
La Directora General de Edificación y Actividades
(Acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de enero de
2012). Carmen Nieves Martín Pérez
Dado/a con la intervención del Secretario General
Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las
Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido
en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local y los artículos 68 de la Ley 14/1990, de 26 de
julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas de Canarias, y 28 del Reglamento Orgánico
del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de octubre de 2012.
El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno
de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria P.D. La
Jefa del Servicio de Protección del Paisaje (Resolución
14.588/2012, de 12 de julio), Irene Pedrianes García.”
Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 58 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de octubre
de dos mil doce.
EL SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DE LA
JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS
PALMAS DE GRAN CANARIA P.D. LA JEFA DEL
SERVICIO DE PROTECCIÓN DEL PAISAJE
(Resolución 14.588/2012, de 12 de julio), Irene
Pedrianes García.
Notificación a Carlos Rafael Medina Figuera. Calle
Velarde número 19 -5°-B - Portal 2. 35010 Las Palmas
de Gran Canaria.
Expediente: PCD-54/2012/000493-SAN (493SAN)
Trámite: Notificación.
Asunto: Resolución incoación instando a legalizar.
Fecha: 11 de octubre de 2012.
Número de Resolución: 21.397/2012.
María del Cristo Alvarado Henríquez. Calle Velarde,
número 19-5°-C. 35010 Las Palmas de Gran Canaria.
20139
La Directora General de Edificación y Actividades,
ha dictado la siguiente,
“RESOLUCIÓN de la Directora General de
Edificación y Actividades, por la que se acuerda la
incoación del procedimiento sancionador por la
infracción urbanística cometida en la terraza sobre la
vivienda del Portal 2-5°-C, del Edificio Residencial
Nuevo Guanarteme, sito en la calle Velarde número
19.
Visto el expediente de la referencia en el que se
acreditan los siguientes
ANTECEDENTES:
I. Que girada visita de inspección urbanística, por
las obras realizadas en la terraza sobre la vivienda del
Portal 2-5°-C, del Edificio Residencial Nuevo
Guanarteme, sito en la calle Velarde número 19,
consistente en la construcción de un cuarto de unos
60 m2, con demolición para la práctica de hueco en
el forjado para su comunicación mediante escalera con
la vivienda, sin la obtención de la preceptiva licencia
urbanística.
II. Que con fecha 6 de junio de 2012, se emite
Informe Técnico Municipal en el que se describen las
obras denunciadas y del que se constata lo siguiente:
“Consta en expediente Expediente: 212/2006 SL por
Obras Sin Licencia de este Servicio, Informe Pericial
con visado del COAC de fecha 21 de diciembre de
2007 descriptivo del estado de las construcciones en
la cubierta del Edificio Residencial Nuevo Guanarteme.
Asimismo figura informe del Arquitecto que suscribe
del año 2012 del estado actual de las obras ejecutadas
en las terrazas de la citada cubierta, para lo que se convocó
a todos los propietarios a una Inspección Municipal
en colaboración con la Comunidad de Propietarios.
Descripción actual de la obra, de su estado y
ocupación
Por inspección desde el exterior, al no responder a
la convocatoria municipal para su inspección, se
denuncia la construcción de un cuarto de planta
irregular de unos 60 m2 de superficie construido por
cerramiento vertical de carpintería de aluminio
acristalada ejecutada sobre pretil de fábrica de bloque
y cubierta con paneles tipo sandwich, con demolición
para la práctica de hueco en el forjado para su
comunicación mediante escalera con la vivienda
20140
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
indicada según el informe pericial indicado en el
antecedente del presente informe.
Estado de la obra y ocupación
En el momento de la inspección la obra se encuentra
ocupada, obra que por sus características y materiales
empleados se considera provisional, sin condiciones
arquitectónicas, que incumplen las Exigencias Básicas
de las Normas Técnicas de Edificación, por lo que
se estima que no se encuentran acabadas por su
provisionalidad.
Normativa Urbanística, Protección y Catalogación
Conforme al vigente Plan General de Ordenación
de Las Palmas de Gran Canaria en su adaptación
básica al TR-LOTCENC, aprobado definitivamente
por acuerdo de la COTMAC de 9 de marzo de 2005,
la parcela se clasifica como Suelo Urbano en zona
regulada por Ordenanza de Manzana Cerrada (M5),
sin que figure el inmueble incluido en su Catálogo
General Municipal de Protección.
Licencia Municipal
No consta, tras consultar los archivos informáticos
del Servicio de Edificación y Actividades, que se
haya concedido licencia municipal para la obra
denunciada.
Conclusiones
La obra no está acabada por su provisionalidad, está
ocupada y se ha realizado sin la cobertura formal de
la preceptiva licencia urbanística, considerándose
asimismo que se tratan de obras con repercusión en
el ambiente urbano, rural o natural, por su volumen
construido.”
III. Que emitido Informe Jurídico con fecha 6 de
agosto de 2012, se desprende lo siguiente:
“Girada visita de inspección urbanística al Edificio
Residencial Nuevo Guanarteme, sito en la Calle
Velarde número 19, se emite Informe Técnico Municipal
de fecha 6 de junio de 2012, en el que se constata la
ejecución de obras en la terraza sobre la vivienda del
Portal 2-5°C de dicho edificio, consistentes en la
construcción de un cuarto de unos 60 m2, con
demolición para la práctica de hueco en el forjado para
su comunicación mediante escalera con la vivienda
indicada. Por todo ello, se propone a la vista del
citado Informe Técnico, incoar el respectivo expediente
sancionador en relación con las obras realizadas sin
licencia descritas con más detalle en el referido
Informe Técnico y de las que es presuntamente
responsable María del Cristo Alvarado Henríquez, como
propietaria de las mismas. Los hechos se tipifican como
una infracción grave a tenor de lo dispuesto en el artículo
202.3 b) del Texto Refundido de las Leyes de
Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios
Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo
1/2000, de 8 de mayo, que dispone que son infracciones
graves, “la realización de actos y actividades de
transformación del suelo mediante la realización de
obras, construcciones, edificaciones o instalaciones
sin la cobertura formal de la o las aprobaciones,
calificaciones territoriales, autorizaciones, declaraciones
responsables, licencias cuando correspondan u órdenes
de ejecución preceptivas o contraviniendo las condiciones
de las otorgadas, salvo que se trate de obras menores
con escasa repercusión en el ambiente urbano, rural
o natural,” correspondiéndole una sanción de multa
de 6.010,13 euros a 150.253,03 euros, conforme a lo
dispuesto en el artículo 203.1 b) del TRELOTENC’00.
En este sentido, requiérase, asimismo, a María del
Cristo Alvarado Henríquez para que en el plazo de
TRES MESES, solicite la oportuna licencia si procediere
respecto a las obras anteriormente señaladas, según
lo exigido por los artículos 177 y 178 del
TRELOTENC’00.”
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
I. Que los hechos anteriormente relacionados son
constitutivos de la infracción urbanística grave por
la ejecución de obras en la terraza sobre la vivienda
del Portal 2-5°C de dicho edificio, consistentes en la
construcción de un cuarto de unos 60 m2, con
demolición para la práctica de hueco en el forjado para
su comunicación mediante escalera con la vivienda,
sin la obtención de la preceptiva licencia urbanística,
a tenor de lo dispuesto en el artículo 202.3 b) del Texto
Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio
de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo;
que dispone que: Son infracciones graves, “la realización
de actos y actividades de transformación del suelo
mediante la realización de obras, construcciones,
edificaciones o instalaciones sin la cobertura formal
de la o las aprobaciones, calificaciones territoriales,
autorizaciones, declaraciones responsables, licencias
cuando correspondan u órdenes de ejecución preceptivas
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
o contraviniendo las condiciones de las otorgadas, salvo
que se trate de obras menores con escasa repercusión
en el ambiente urbano, rural o natural,” correspondiéndole,
asimismo, la sanción de multa de 6.010,13 euros a
150.253,03 euros que para estas infracciones contempla
el referido artículo 203.1 b), sin perjuicio de lo que
resulte de la instrucción del expediente.
II. Que a tenor del artículo 189.1 del Texto Refundido
de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias
y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo,
(TRELOTENC’00), serán responsables las personas
físicas o jurídicas que infrinjan lo prevenido en este
Texto Refundido, y en especial, los promotores,
constructores, titulares, directores o explotadores de
los establecimientos, las actividades o los usos y los
técnicos titulados directores de las obras e instalaciones.
Asimismo, según el apartado 2 del referido artículo,
se considerará también como promotor al titular del
derecho a edificar o usar el suelo sobre el cual se cometa
o hubiera cometido la infracción, cuando haya tenido
conocimiento de las obras, instalaciones, construcciones,
actividades o usos infractores.
III. Que de conformidad con el artículo 166.1 del
Texto Refundido de la Leyes de Ordenación del
Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de
Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000,
de 8 de mayo, en relación con el artículo 216.1 del
Reglamento de Gestión y Ejecución del Sistema de
Planeamiento de Canarias (RGESPC), aprobado por
Decreto 183/2004, de 21 de diciembre, están sujetos
a previa licencia urbanística, sin perjuicio de las
demás autorizaciones que sean procedentes con arreglo
a la legislación sectorial aplicable, los actos de
construcción y edificación y de uso del suelo, y en
particular, los hechos denunciados.
IV. Que según lo dispuesto en el artículo 177.1 del
TRELOTENC’00, el restablecimiento del orden
jurídico perturbado por un acto o un uso objeto de la
suspensión o cualquier otro realizado sin la concurrencia
de los presupuestos legitimantes de conformidad con
este Texto Refundido, aun cuando no esté ya en curso
de ejecución, tendrá lugar mediante la legalización
del acto o uso suspendido o, en su caso, la reposición
a su estado originario de la realidad física alterada,
incluso mediante los sistemas de ejecución forzosa
previstos en la legislación de procedimiento
administrativo, con el fin de restaurar el orden
infringido, y con cargo al infractor.
20141
V. Que según resulta del número 3 del artículo 177
del TRELOTENC’00, al suspenderse el acto o el
uso, se requerirá al afectado para que inste la legalización
en el plazo de TRES MESES, prorrogable por una
sola vez por otros TRES MESES en atención a la
complejidad del proyecto, o proceda a ajustar las
obras al título habilitante en el plazo previsto en el
mismo.
VI. Que todo ello infringe lo dispuesto en el
TRELOTENC’00, constituyendo, por tanto infracción
urbanística de acuerdo con el artículo 187 del citado
Texto Refundido.
VII. Que, según el artículo 179.1 del Texto Refundido
de Las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias
y Espacios Naturales de Canarias, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, las
propuestas de resolución que se formulen en todos
los procedimientos sancionadores deberán incluir las
medidas que se estimen precisas para la reposición
de las cosas al estado inmediatamente anterior a la
presunta Infracción, incluida la demolición, entre
otros, en los siguientes supuestos:
a) Cuando se ubiquen o realicen en suelo urbanizable,
cuya ordenación no se haya pormenorizado, o en
suelo rústico, cuando, siendo necesaria la calificación
territorial, carezcan de la misma.
b) Cuando instada la legalización, ésta haya sido
denegada.
c) Cuando no se haya instado la legalización en el
plazo concedido al efecto, y, de la instrucción del
procedimiento resulte la incompatibilidad de lo
realizado y proyectado, con las determinaciones de
la ordenación ambiental, territorial y urbanística
aplicables,
VIII. Que según preceptúa el artículo 191.1 del
TRELOTENC’00 y a tenor de lo dispuesto en el
artículo 42.4 de la LRJAP-PAC, el plazo máximo para
resolver el presente procedimiento y notificar su
resolución es de SEIS MESES desde su incoación,
transcurrido el cual se producirá la caducidad del
mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
44.2 de la LRJAP-PAC.
IX. Que el expediente se ha tramitado conforme a
lo previsto en los artículos 11 y siguientes del
Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de
20142
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto
1.398/1993, de 4 de agosto (RPS), en relación con los
artículos 134 a 138 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
y con el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación
del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de
Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000,
de 8 de mayo.
X. Que es competencia de este Municipio, la
ordenación, gestión y disciplina urbanística, según lo
previsto en el artículo 25.2d) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, de Bases de Régimen Local, modificada por
la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para
la Modernización del Gobierno Local (LBRL).
XI. Que de conformidad con las facultades previstas
en el artículo 190.1a) del TRELOTENC’00, modificado
por la Ley 4/2006, de 22 de mayo, y con el artículo
10 del RPS, en relación con el artículo 124.4ñ) de la
LBRL, resulta competente el Alcalde para iniciar, instruir
y resolver los procedimientos sancionadores por
infracciones contra la ordenación urbanística.
XII. Vistos los informes emitidos y en virtud de las
atribuciones que me confiere la normativa vigente y
en uso de las facultades conferidas por Decreto
15.708/2011, de 17 de junio, del Alcalde de la Ciudad
de Las Palmas de Gran Canaria, publicado en el BOP
número 98, de fecha 01.08.11 y por Decreto 527/2012,
de 5 de enero, del Alcalde de la Ciudad de Las Palmas
de Gran Canaria, esta Directora General,
RESUELVE
Primero. Incoar expediente sancionador por infracción
urbanística contra el propietario de la vivienda, doña
María del Cristo Alvarado Henríquez con DNI
42701065-R, como presunto responsable de la
infracción grave cometida, consistente en la construcción
de un cuarto de unos 60 m2, con demolición para la
práctica de hueco en el forjado para su comunicación
mediante escalera con la vivienda, del Edificio
Residencial Nuevo Guanarteme Calle Velarde número
19 - Portal 2-5°-C, sin la obtención de la preceptiva
licencia urbanística, correspondiéndole, la sanción de
multa de 6.010,13 euros a 150.253,03 euros, cuyo importe
exacto se fijará a resultas de la tramitación del
expediente sancionador.
Segundo. Designar Instructora del expediente a
doña Irene Pedrianes García, y como Secretaría a
doña María Magnolia Rodríguez Ramírez
respectivamente, funcionarios de este Ayuntamiento,
debiendo abstenerse de intervenir en el procedimiento
y comunicarlo a su superior inmediato, de concurrir
alguno de los motivos de abstención señalados en el
artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo
ejercer los interesados el derecho de recusación en
cualquier momento del procedimiento por los motivos
señalados en el artículo 29 de la referida LRJAP-PAC.
Tercero. Requerir a María del Cristo Alvarado
Henríquez, para que si procede en el plazo de TRES
MESES solicite la oportuna licencia o ajuste las obras
a la licencia, mediante proyecto adecuado, según lo
exigido por los artículos 177 y 178, del Texto Refundido
de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias
y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por
Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.
Al propio tiempo, se le apercibe de que transcurrido
dicho plazo sin haber instado la legalización, se
actuará de conformidad con lo dispuesto en el número
1 del artículo 177 del citado Texto Refundido,
procediéndose a dictar Orden de Demolición con el
fin de restaurar el orden infringido, y con cargo al infractor.
Cuarto. Advertir al interesado que en los supuestos
contemplados en el artículo 179.1 del Trelotenc’00,
se procederá a demoler las obras objeto del presente
expediente. No obstante de conformidad, con el
artículo 182 del Trelotenc’00, si los responsables de
la alteración de la realidad física repusieran éstos en
los términos dispuestos por la Administración, tendrán
derecho a la reducción en un noventa por ciento
(90%) de la multa que se haya impuesto en el
procedimiento sancionador, siempre que se solicite
con anterioridad a la finalización del correspondiente
procedimiento de recaudación, mediante el
correspondiente pago.
Si el restablecimiento del orden jurídico perturbado
tuviera lugar mediante la legalización obtenida tras
la imposición de la multa, los responsables de la
perturbación que hubiesen instado la legalización
dentro del plazo habilitado al efecto, tendrán derecho
a la reducción en un sesenta por ciento (60%) de la
multa que se haya impuesto en el procedimiento
sancionador, siempre que se solicite con anterioridad
a la finalización del procedimiento de recaudación
mediante el correspondiente pago.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Quinto. Que al amparo del artículo 8 del Reglamento
para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, si el
infractor reconoce su responsabilidad, se podrá resolver
el procedimiento, con la imposición de la sanción que
proceda; asimismo, el pago voluntario por el imputado
en cualquier momento anterior a la resolución, podrá
implicar igualmente la terminación del procedimiento
sin perjuicio de interponer los recursos procedentes.
Sexto. Notificar la incoación del mismo a los
interesados, poniéndoles de manifiesto el expediente
en las Dependencias de este Servicio de Protección
del Paisaje, ubicado en la 3ª planta de las Oficinas
Municipales, Oficina número 309, sitas en la calle León
y Castillo número 270 -de esta ciudad-, a fin de que,
si les conviniere, en el plazo de QUINCE DÍAS,
formulen las alegaciones y aporten los documentos
y justificaciones que asistan a su derecho, de conformidad
con lo preceptuado en el artículo 16.1 del Reglamento
del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad
Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1.398/1993,
de 4 de agosto.
Transcurrido dicho plazo, desde la notificación de
la presente Resolución, se continuará el procedimiento,
haciéndole saber que se podrá prescindir del trámite
de audiencia cuando no figuren en el procedimiento,
ni sean tenidas en cuenta en la Resolución otros
hechos, ni otras alegaciones o pruebas que las aducidas
por el interesado, a tenor de lo dispuesto en el artículo
19.2 del R.P.S.
Asimismo, el acuerdo de iniciación se comunicará
a la instructora, con traslado de cuantas actuaciones
existan al respecto.
Las Palmas de Gran Canaria a 11 de octubre de 2012.
La Directora General de Edificación y Actividades
(Acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de enero de
2012), Carmen Nieves Martín Pérez
Dado/a con la intervención del Secretario General
Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las
Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido
en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local y los artículos 68 de la Ley 14/1990, de 26 de
julio, de Régimen Jurídico de, las Administraciones
Públicas de Canarias, y 28 del Reglamento Orgánico
del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria.
20143
Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de octubre de 2012.
El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno
de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria P.D, La
Jefa del Servicio de Protección del Paisaje (Resolución
14.588/2012, de 12 de julio), Irene Pedrianes García.”
Lo que se comunica de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 58 y ss., de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de octubre
de dos mil doce.
EL SECRETARIO GENERAL TÉCNICO DE LA
JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS
PALMAS DE GRAN CANARIA P.D. LA JEFA DEL
SERVICIO DE PROTECCIÓN DEL PAISAJE
(Resolución 14.588/2012, de 12 de julio), Irene
Pedrianes García.
Notificación a María del Cristo Alvarado Henríquez.
Calle Velarde, número 19-5°-C. 35010 Las Palmas
de Gran Canaria.
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE AGÜIMES
12.814
ANUNCIO
12.466
Aprobado inicialmente, por este Ilustre Ayuntamiento
en sesión plenaria celebrada el día de ayer, el expediente
de modificación de créditos número 4/2012, en el
Presupuesto vigente de esta Entidad Local, se expone
al público por QUINCE DÍAS a los efectos de las
reclamaciones que puedan formularse, conforme
determina el artículo 169, en relación con el artículo
177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por R.D.L. 2/2004, de
5 de marzo y artículo 38 del R.D. 500/90, de 20 de
abril.
En la Villa de Agüimes, martes, treinta de octubre
de dos mil doce.
EL ALCALDE, Antonio Morales Méndez.
12.872
20144
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
ANUNCIO
12.467
Aprobado provisionalmente por el Pleno de este
Ilustre Ayuntamiento en sesión celebrada el día 29 de
octubre, la modificación de las siguientes ordenanzas:
1. ORDENANZA FISCAL GENERAL;
2. ORDENANZA FISCAL TS.01 de EXPEDICIÓN
DE DOCUMENTOS;
3. ORDENANZA FISCAL TS.03 de LICENCIAS
URBANÍSTICAS EXIGIDAS POR LA LEY DEL
SUELO;
4. ORDENANZA FISCAL TS.04 de LICENCIA
DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS;
5. ORDENANZA FISCAL TS.05 de ASISTENCIA
Y ESTANCIAEN LARESIDENCIADE ANCIANOS;
6. ORDENANZA FISCAL TS.07 de PRESTACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE PISCINAS E
INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES;
7. ORDENANZA FISCAL TS.08 de PRESTACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE ALCANTARILLADO;
8. ORDENANZA FISCAL TS.09 de SERVICIO DE
RECOGIDADE BASURAS Y RESIDUOS SÓLIDOS
URBANOS;
9. ORDENANZA FISCAL TS.10 de SERVICIO DE
DISTRIBUCIÓN DE AGUA A DOMICILIO;
10. ORDENANZA FISCAL TS.11 de
ENSEÑANZAS EN CENTROS DE CULTURA Y EN
OTRAS INSTALACIONES MUNICIPALES;
11. ORDENANZA FISCAL TA.10 de
INSTALACIÓN DE PUESTOS, BARRACAS,
CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS,
ATRACCIONES O RECREO, SITUADOS EN
TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL ASÍ COMO
INDUSTRIAS CALLEJERAS Y AMBULANTES Y
RODAJE CINEMATOGRÁFICO;
12. ORDENANZA FISCAL IM.01 del IMPUESTO
SOBRE LOS BIENES INMUEBLES;
13. ORDENANZA FISCAL IM.03 del IMPUESTO
SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS
TERRENOS DE NATURALEZA URBANA;
Se exponen al público, en la Intervención de este
Ayuntamiento, y en horario de oficina, los acuerdos
con su expediente correspondiente y demás antecedentes
necesarios para la fijación y determinación de las
respectivas cuotas tributarias, así como el texto de las
Ordenanzas, por plazo de TREINTA DÍAS a contar
desde el siguiente a la publicación de este anuncio en
el Boletín Oficial de la Provincia, dentro de los cuales
los interesados podrán examinar el expediente y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas,
según el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo y artículo 38 del R.D.
500/90, de 20 de abril; y en caso de no formularse
este acuerdo quedaría elevado a definitivo.
En la Villa de Agüimes, martes, treinta de octubre
de dos mil doce.
EL ALCALDE, Antonio Morales Méndez.
12.871
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE ARRECIFE
ANUNCIO
12.468
N/Expte: 2010001219.
Por SERVICIOS Y PROMOCIONES ESFEMA, S.L.,
se ha solicitado autorización para la apertura de una
actividad de “INDUSTRIA DE BOLLERÍA,
PASTELERÍA Y GALLETAS// INDUSTRIA DEL
PAN Y BOLLERÍA”, con emplazamiento en la calle
VALLE INCLÁN, NÚMERO 31.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo
preceptuado en el artículo 20 de la Ley 7/2011, de 5
de abril, de Actividades Clasificadas y Espectáculos
Públicos y otras Medidas Complementarias, para
que, por quiénes pudieran verse afectados, puedan
formular por escrito, durante el plazo de VEINTE DÍAS
HÁBILES, las correspondientes alegaciones.
Arrecife, a treinta de marzo de dos mil doce.
LA CONCEJAL DELEGADA, (Delegación Decreto
SEG 49/12 de 16/03/12), María Teresa Lorenzo
Rodríguez.
5.058
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE GÁLDAR
ANUNCIO
12.469
Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento
Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de julio
de 2012 la siguiente modificación no cualificada del
Plan General de Ordenación de Gáldar: “Modificación
del artículo 123 de las Normas Urbanísticas de la
Ordenación Pormenorizada, “Condiciones de la
Subzona DSP-IN; de la ficha del Sector SUSO-I-1
SAN ISIDRO NORTE sustituyendo el uso deportivo
por servicios públicos; de la ficha de la UA-1 del Sector
SUSO-I-1 SAN ISIDRO NORTE sustituyendo la
denominación de la parcela DD-IN por DSP-IN y el
plano de ordenación O-10 recogiendo la parcela
objeto de modificación con las siglas DSP-IN”, se somete
a información pública por plazo de UN (1) MES a
contar desde el día siguiente al de la inserción del presente
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante
el cual pueden examinarse en la Secretaría General,
sita en calle Capitán Quesada, número 29 (Gáldar)
de lunes a viernes, de 08:00 a 13:00 horas, a fin de
que puedan formularse las alegaciones que se estimen
pertinentes.
Gáldar, a diez de septiembre de dos mil doce.
EL ALCALDE, Teodoro C. Sosa Monzón.
12.924
ANUNCIO
12.470
El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria
celebrada el día 26 de octubre de 2012 acordó la
aprobación provisional de la modificación de la
Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto de Bienes
Inmuebles de Naturaleza Urbana y Rústica y el de
Vehículos de Tracción Mecánica.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el
expediente a información pública por el plazo de
TREINTA DÍAS a contar desde el día siguiente de
la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de
la Provincia, para que los interesados puedan examinar
el expediente y presentar las reclamaciones que
estimen oportunas.
20145
Si transcurrido dicho plazo no se hubiese presentado
reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente
dicho Acuerdo.
Gáldar, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL ALCALDE, Teodoro C. Sosa Monzón.
12.921
ANUNCIO
12.471
El Pleno del Ayuntamiento de Gáldar en sesión
ordinaria celebrado el día 26 de octubre de 2012,
acordó la aprobación provisional de la modificación
de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas de;
Inmovilización y retirada de vehículos; Depósito
Municipal; Ocupación de terrenos de uso público
local con mercancías, materiales de construcción,
escombros, vallas de obra, puntales, asnillas, andamios,
casetas de obras, vallas publicitarias en la vía pública
y otras análogas; Instalación de quioscos en la vía pública;
Instalación de cajeros automáticos en las fachadas de
los inmuebles; Ocupación de terrenos de uso público
con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos
análogos; Instalación o existencia de portadas,
escaparates, vitrinas y otros análogos; Prestación de
servicios de competencia municipal motivados por la
celebración de espectáculos públicos, grandes
transportes, pasos de caravana y cualesquiera otras
actividades que exijan la prestación de dichos servicios,
Mercado; Telefonía Móvil; Documentos administrativos;
Apertura de establecimientos, traspasos y traslados;
Ayuda a domicilio; Emisora de Radio Municipal;
Deportes; Residencia de Ancianos; Escuela Municipal
de Música; Guardería; Licencias Urbanísticas; Dirección
e inspección de Obras ;Canon por aprovechamiento
urbanístico en suelo rústico.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el
expediente a la información pública por el plazo de
TREINTA DÍAS a contar desde el día siguiente de
la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de
la Provincia, para que los interesados puedan examinar
el expediente y presentar las reclamaciones que
estimen oportunas.
20146
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente
dicho Acuerdo.
Gáldar, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL ALCALDE, Teodoro C. Sosa Monzón.
12.922
ANUNCIO
12.472
Habiéndose instruido por los servicios competentes de este Ayuntamiento, expediente de declaración de
prescripción de los derechos reconocidos en ejercicios anteriores que se detallan en el anexo que figura al pie
del presente anuncio, se convoca, por plazo de veinte días, para el trámite de información pública, a fin de que
quienes pudieran tenerse por interesados en dicho expediente, puedan comparecer y formular cuantas alegaciones,
sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.
Relación de titulares que pueden verse afectados por el mismo:
Nº ORDEN
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
Nº OPERACIÓN
119930000029
119930000030
119930000031
119940000013
119940000032
119940000035
119940000039
119940000040
119940000047
119950000036
11
119950000047
13
119950000055
12
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
119950000054
119950000073
119950000079
119950000080
119950000082
119950000083
119950000084
119950000085
119950000086
119950000087
119950000088
EJERCICIO
1993
1993
IMPORTE
2.346,05 €
28.541,54 €
1993
240.404,84 €
1994
150.253,03 €
1994
44.615,38 €
1994
1994
1994
1994
11.011,98 €
6.442,51 €
45.240,33 €
25.854,69 €
1995
27.700,76 €
1995
18.030,36 €
1995
1995
1995
408,69 €
90.151,82 €
32.208,99 €
1995
12.020,24 €
1995
15.025,30 €
1995
1995
1995
3.005,06 €
10.818,22 €
18.270,77 €
1995
15.342,50 €
1995
6.010,12 €
1995
1995
6.010,12 €
51.566,36 €
TITULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
VARIOS
GOBIERNO DE CANARIAS
GALOBRA S.A.
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
GOBIERNO DE CANARIAS
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
GOBIERNO DE CANARIAS
CALDERIN QUESADA JACINTO DOMINGO
GALOBRA S.A.
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
GOBIERNO DE CANARIAS
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
119950000089
119960000002
119960000036
119970000041
119970000042
119970000043
119970000047
119980000008
119980000023
119980000046
1995
292.775,38 €
1996
72.716,13 €
1996
1997
80.727,12 €
1997
34.252,14 €
1997
489.034,09 €
1998
834,36 €
1998
75.536,02 €
1998
77.108,00 €
1998
36
119980000049
1998
37
119980000050
24.699,34 €
1998
119980000047
119980000048
439,56 €
1997
34
35
3.095,57 €
1998
12,74 €
96.161,94 €
229.359,91 €
38
119980000051
1998
109.660,67 €
40
119990000025
1999
14.401,63 €
1999
92.812,02 €
1999
9.000,16 €
39
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
52
119990000024
119990000026
119990000027
119990000032
119990000033
119990000036
119990000038
119990000040
119990000041
119990000042
119990000043
119990000050
58
59
120000000051
120000000059
120000000069
120000000084
12.260,65 €
1999
1999
1999
2000
433,06 €
2.653,25 €
54,04 €
2000
1.161,91 €
2000
1.784,79 €
2000
7.104,76 €
2000
891.495,71 €
2000
77.505,17 €
2002
2.999,43 €
2000
120020000248
35.494,82 €
50.628,59 €
120000000143
64
14.636,02 €
1999
62
120020000180
10.760,31 €
55.168,91 €
2000
63
438,11 €
1999
120000000093
120000000139
435,40 €
1999
1999
60
61
9.015,18 €
1.803,04 €
2000
120000000039
18.030,36 €
1999
120000000021
55
57
1999
1999
119990000057
56
1999
119990000052
53
54
1999
2002
20147
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
INTERVENCION
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA
GOBIERNO DE CANARIAS
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
AGUSTIN SANCHEZ DIAZ
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
RECAUDACION MUNICIPAL
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EDELVIVES (EDITORIAL LUIS VIVES)
I.N.E.M.
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
GOBIERNO DE CANARIAS
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
HABERES PERSONAL CONTRATADO
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
LIBRERIA DRAGO-LANIER
DELEGACION PROVINCIAL HACIENDA L. PALMAS
INSTITUTO CANARIO DE FORMACION Y EMPLEO
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
6.345,89 €
ASOCIACION INSULAR DE DESARROLLO RURAL DE GC
4.024,45 €
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
1,21 €
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
GESTION DE AGUAS DEL NORTE S.A.
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
20148
65
66
67
68
69
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
120020002687
120020003701
120020003703
120020005481
120020008130
2002
2002
1.202,02 €
2002
5.205,01 €
2002
120020008477
2002
72
120020008542
2002
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
120020008496
120020008545
120020008546
120020008547
120020008548
120020008550
120020008553
120020008554
120020008555
120020008556
120020008557
120020008558
120030001195
120030001365
2002
2002
2002
2002
2002
2002
2002
2002
91
92
120050005304
120050005772
93
120050006386
95
120050008280
94
96
97
98
99
100
101
102
103
104
105
120050006566
120050009119
120050009171
120060001540
120060003988
120060003989
120060003990
120060003991
120060005744
120060006148
120060007841
19.532,90 €
33.783,19 €
285.131,00 €
792.304,00 €
353.263,29 €
148.460,71 €
180.303,63 €
456.769,00 €
2003
99,68 €
2003
2003
120050004146
870.424,01 €
2002
120030008647
90
240.191,21 €
38.930,75 €
88
120030008905
35.000,00 €
2002
2002
2003
89
5.796,82 €
985.321,70 €
120030001366
120030007311
9,95 €
2002
86
87
1.502,53 €
2002
70
71
723,17 €
2003
5,00 €
112,14 €
264,42 €
19.730,03 €
2003
43.252,17 €
2005
837,00 €
2005
2005
616,67 €
576,91 €
2005
25.000,00 €
2005
66,06 €
2005
2005
486,00 €
6.718,35 €
2005
39.181,29 €
2006
50.000,00 €
2006
2006
2006
1,00 €
20.000,00 €
30.000,00 €
2006
13.000,00 €
2006
25,00 €
2006
2006
68,56 €
210,00 €
GOBIERNO DE CANARIAS
VARIOS
VARIOS
DELEGACION PROVINCIAL HACIENDA L. PALMAS
TELEFONICA MOVILES ESPAÑA S.A.U.
DELEGACION PROVINCIAL HACIENDA L. PALMAS
DELEGACION PROVINCIAL HACIENDA L. PALMAS
VARIOS
VARIOS
VARIOS
VARIOS
FONDO NACIONAL COOPERACION
VARIOS
VARIOS
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
VARIOS
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
GALOBRA S.A.
VARIOS
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
GOBIERNO DE CANARIAS
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
VARIOS
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
VARIOS
VARIOS
GALOBRA S.A.
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
VARIOS
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
TRANSPORTES EL CERRILLAL S.L.
B.Y D. CONSTRUCCIONES Y RESTAURACIONES S.L.
VARIOS
VARIOS
VARIOS
VARIOS
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
106
107
108
109
110
111
112
113
114
115
120060007844
120060007845
120060008414
120060008425
120060008429
120060008568
120060008569
120060008570
120060008571
120060008572
2006
851,13 €
2006
500,00 €
2006
6.179,60 €
2006
26.000,00 €
2006
26.000,00 €
2006
22.173,20 €
2006
45.277,87 €
2006
30.166,23 €
2006
39.921,75 €
2006
40.123,86 €
VARIOS
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
MINISTERIO ADMINISTRACIONES PUBLICAS.
MINISTERIO ADMINISTRACIONES PUBLICAS.
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
116
120060008614
2006
38.567,98 €
GESTION DE AGUAS DEL NORTE S.A.
118
120060009272
2006
27.131,69 €
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
117
119
120
121
122
120060008978
120060009273
120060009274
120070009017
120070009018
TOTAL
2006
0,02 €
2006
44.165,73 €
2006
20.799,39 €
2007
114,47 €
2007
36,70 €
8.840.256,29 €
20149
GOBIERNO DE CANARIAS
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
GOBIERNO DE CANARIAS
GOBIERNO DE CANARIAS
El presente anuncio servirá de notificación a los interesados, del trámite de audiencia.
Gáldar, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL ALCALDE, Teodoro C. Sosa Monzón.
12.923
ANUNCIO
12.473
Habiéndose instruido por los servicios competentes de este Ayuntamiento, expediente de declaración de
prescripción de los derechos reconocidos en ejercicios anteriores que se detallan en el anexo adjunto, se
convoca, por plazo de veinte días, trámite de información pública, a fin de que quienes pudieran tenerse por
interesados en dicho expediente, puedan comparecer y formular cuantas alegaciones, sugerencias o reclamaciones
tengan por conveniente, sirviendo el presente anuncio de notificación a los interesados.
Nº ORDEN
Nº OPERACIÓN
EJERCICIO
2
220000000262
1991
1
3
4
5
6
7
8
220000000261
220000000265
220000000266
220000000268
220000000269
220000000271
220000000296
IMPORTE
1991
10.016,86 €
1991
189,79 €
1991
10.016,86 €
980,62 €
1991
18.456,99 €
1991
146,65 €
1991
1992
161,46 €
1.270,75 €
NOMBRE TER.
CAMILO ALVAREZ SANCHEZ
CAMILO ALVAREZ SANCHEZ
INSTALADORA AGALDA
AGALDAR.S.L.
AGALDAR.S.L.
INSTALADORA AGALDA
INSTALADORA AGALDA
ANGEL COLINA GOMEZ
20150
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
9
220000000403
1993
133,32 €
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
11
220000000428
1993
675,06 €
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
10
12
13
14
15
16
220000000453
220000000429
220000000430
220000000433
220000000435
220000000436
1993
1993
1993
450,04 €
337,53 €
562,55 €
1993
3.371,68 €
1993
6.548,84 €
1993
13,52 €
1993
937,58 €
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
COMUNIDAD FUENTE BRUMA
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
ALVAREZ SANCHEZ CAMILO
17
220000000437
1993
19
220000000627
1994
225,02 €
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
21
220000000030
1994
206,86 €
VARIOS
18
20
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
220000000465
220000000628
220000000591
220000000600
220000000601
220000000602
220000000603
220000000605
220000000607
220000000854
220000000855
220000000953
220000000954
220000000955
220000000956
220000000957
220000000958
220000000959
220000000960
220000000961
220000000962
220000000963
220000000964
220000000965
220000000966
220000000967
220000000968
220000000058
220000000974
220000000913
1994
96,34 €
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
468,79 €
1994
1.012,59 €
1994
450,04 €
1994
1994
1.350,11 €
450,04 €
1994
3.786,38 €
1994
2.542,28 €
1994
1996
1996
1997
1997
1997
1997
1997
1997
1997
1997
1997
1997
1997
1997
1997
1997
1997
1997
3.786,38 €
510,86 €
450,76 €
240,40 €
360,61 €
270,45 €
432,73 €
270,45 €
432,73 €
360,61 €
432,73 €
324,55 €
324,55 €
240,40 €
540,91 €
157,01 €
188,42 €
188,42 €
157,01 €
1997
942,54 €
1997
111,18 €
1997
76,93 €
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
LIBRERIA DRAGO-LANIER
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
COMUNIDAD FUENTE BRUMA
COMUNIDAD FUENTE BRUMA
COMUNIDAD FUENTE BRUMA
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
KIMI RED CANARIAS S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
50
220000001096
1998
104,58 €
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
52
220000001098
1998
345,58 €
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
1998
180,31 €
51
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
64
65
66
67
68
69
70
220000001097
220000001083
220000001085
220000001086
220000001087
220000001088
220000001089
220000001090
220000001091
220000000094
220000000101
220000000102
220000000103
220000001130
220000001030
220000001031
220000001032
220000001210
220000001223
1998
1998
1998
1998
1998
1998
1998
1998
180,31 €
240,40 €
659,46 €
942,09 €
440,25 €
1998
1998
1998
1998
369,62 €
184,81 €
180,31 €
28,27 €
28,27 €
1998
811,37 €
1999
10,16 €
1999
29,09 €
1999
1.665,51 €
1999
73
220000001227
1999
220000000154
180,31 €
1998
1998
1999
74
240,40 €
762.175,02 €
220000001224
220000001225
288,49 €
1998
71
72
6,01 €
24,40 €
77
220081002314
1999
4.416,37 €
79
80
81
82
83
84
2.524,40 €
220081002315
1999
4.089,00 €
220000001264
1999
933,29 €
220000001230
220000001265
220000001269
220000001322
220000001365
1999
1999
1999
1999
1999
294,80 €
594,68 €
133,69 €
116,48 €
65.754,38 €
85
220041003029
1999
20.142,20 €
87
220000001491
1999
362,95 €
86
88
89
90
220000001490
220000001494
220000001377
220000001374
1999
1999
1999
1999
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
UNION ELECTRICA DE CANARIAS
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
44.133,84 €
78
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
7,03 €
1999
1999
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
UNION ELECTRICA DE CANARIAS
220081000295
220000001305
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
6,06 €
75
76
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
283,49 €
127,22 €
39,63 €
116,48 €
UNION ELECTRICA DE CANARIAS
GALOBRA S.A.
COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS S.A.
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
GALOBRA S.A.
GALOBRA S.A.
MADERAS SUAREZ ARMAS S.L.
FELIX SANTIAGO MELIAN S.L.
FELIX SANTIAGO MELIAN S.L.
LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
GOBIERNO DE CANARIAS
FELIX SANTIAGO MELIAN S.L.
FELIX SANTIAGO MELIAN S.L.
FELIX SANTIAGO MELIAN S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
20151
20152
91
92
93
94
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
220000001382
220000001383
220000001384
220000001385
1999
1999
1999
1999
50,12 €
43,84 €
31,40 €
92,37 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
1999
2.107,11 €
97
220000001462
1999
30,05 €
98
220000001616
1999
2000
71,20 €
99
220000001640
2000
13,95 €
101
220101002223
2000
46.200,00 €
2000
100,97 €
100
102
103
104
105
106
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2000
2000
2000
11.922,79 €
100,97 €
69,31 €
2000
1.776,68 €
110
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2000
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112
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2000
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2000
11.459,05 €
114
115
220101002047
220101002097
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
2000
220101002046
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
30,05 €
220000001856
113
MADERAS SUAREZ ARMAS S.L.
UNION ELECTRICA DE CANARIAS
109
220000001938
LIBRERIA DRAGO-LANIER
47,27 €
2000
2000
111
LIBRERIA DRAGO-LANIER
138,17 €
220000001734
220000001890
4,96 €
HABERES PERSONAL CONTRATADO
2000
107
108
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
220000000166
220000001455
LIBRERIA DRAGO-LANIER
138,24 €
95
96
LIBRERIA DRAGO-LANIER
2000
2000
2000
430,93 €
7.065,60 €
47.133,39 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LINCA LITOGRAFIA INSULAR CANARIA
ELSADDAY S.L. ALCORY
ALUMINIOS DORAMAS, S.L.
COMPOSAN CONSTRUCCIONES S.A.
COMPOSAN CONSTRUCCIONES S.A.
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
116
220101002204
2000
25.329,69 €
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
118
220101002206
2000
50.153,62 €
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
117
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220101002205
220101002222
220101002232
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220000002063
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2000
2000
10.507,98 €
13.409,45 €
2000
33.790,98 €
2000
16.192,92 €
2000
99,44 €
2000
2000
2000
2000
2000
2000
402,68 €
70,92 €
83,01 €
96,53 €
205,23 €
721,22 €
2000
747,78 €
2000
150,85 €
2000
30,05 €
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
VARIOS
VARIOS
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
CEDAGA S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR
LIBRERIA DRAGO-LANIER
MADERAS SUAREZ ARMAS S.L.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
132
133
134
220000001564
220000001565
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2000
2000
2000
39,07 €
30,05 €
33,06 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
135
220000001569
2000
234,02 €
137
220000001589
2000
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139
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2000
252,42 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
141
220000002246
2000
33,06 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
136
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140
220000001572
220000001597
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2000
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2000
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2001
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2001
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3.121,00 €
40,05 €
401,07 €
404,84 €
2001
1.157,86 €
2001
3,91 €
2001
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3.365,67 €
2001
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163
330,55 €
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161
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33,06 €
2001
2001
4.685,14 €
73,56 €
2001
139,72 €
2001
330,55 €
2001
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407,49 €
164
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2001
166
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2001
2.854,80 €
2001
93,03 €
165
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2001
2001
2001
22,18 €
132,52 €
642,66 €
82,55 €
2001
2.380,00 €
2001
24,01 €
2001
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
1.111,88 €
2001
LIBRERIA DRAGO-LANIER
33,06 €
69,29 €
2001
2001
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
LIBRERIA DRAGO-LANIER
118.585,69 €
2001
LIBRERIA DRAGO-LANIER
30,05 €
2001
2001
162
36,06 €
5.995,10 €
220010008442
220010008945
18,80 €
2001
159
160
80,81 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
58,54 €
MADERAS SUAREZ ARMAS S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
JOFRAHESA, S.L.
CACERES ARQUITECTOS
GESPLAN S.A.
ANTONIA T, CRUZ GODOY
LIBRERIA DRAGO-LANIER
HABERES PERSONAL CONTRATADO
VARIOS
VARIOS
VARIOS
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
FERRETERIA A.M.CABRERA GARCIA
ABDEL GUILLEN JOSE
LIBRERIA DRAGO-LANIER
ALUMINIOS LA CANDELARIA
LIBRERIA DRAGO-LANIER
KIMI RED CANARIAS S.L.
FELIX SANTIAGO MELIAN S.L.
FELIX SANTIAGO MELIAN S.L.
ELECTRIMET S.A.
UNION ELECTRICA DE CANARIAS
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
MIEMBROS CORPORACION
HNOS.QUESADA LOPEZ S.C.P.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
20153
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181
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
220010020292
220010003211
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2001
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2001
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2001
2002
2002
2002
15,27 €
40,26 €
94,98 €
51,09 €
36,49 €
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33,06 €
33,06 €
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182
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2002
36.712,79 €
184
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2002
144,47 €
183
185
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2002
2002
66.678,72 €
6.796,28 €
186
220051001521
2002
39.723,80 €
188
220020019127
2002
1.207,12 €
187
189
190
191
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220020028572
220020029471
220020000804
2002
2002
567,00 €
5.933,34 €
2002
17.242,18 €
2002
195,54 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
CRISTALERIA GRAN CANARIA S.L.
GRAFCAN GRAFICAS DE CANARIAS S.A.
MONCOBRA S.A.
ALUMINIOS AMAGRO
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
TRABADELO S.L.
192
220020000805
2002
140,64 €
TRABADELO S.L.
194
220020014095
2002
110,44 €
TRABADELO S.L.
2002
111,76 €
193
195
196
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220020030222
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220020013655
2002
2002
87,90 €
72,74 €
2002
103,28 €
2002
18,96 €
2002
60,98 €
2002
2.837,63 €
2002
154.772,90 €
2002
893,71 €
2002
2002
2002
7.086,43 €
144,00 €
632,39 €
2002
2.613,10 €
2002
33,06 €
2002
2002
33,06 €
37.568,10 €
2002
50.945,58 €
2002
5.352,51 €
2002
2002
3.133,29 €
265,24 €
TRABADELO S.L.
TRABADELO S.L.
TRABADELO S.L.
TRABADELO S.L.
TRABADELO S.L.
COMERCIAL CABRERA BENITEZ S.L.
CONSTRUCCIONES Y REFORMAS DIAZ MORENO S.L.
CONSTRUCCIONES Y REFORMAS DIAZ MORENO S.L.
GESTION DE AGUAS DEL NORTE S.A.
COMERCIAL CABRERA BENITEZ S.L.
HORMICAN HORMIGONES ISLAS CANARIAS S.L.
VARIOS
VARIOS
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
VARIOS
VARIOS
VARIOS
VARIOS
PADRON MEDINA ISIDRO
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
214
220101002177
2002
2.582,12 €
2002
300,00 €
215
220061002054
2002
217
220020028458
2002
1.615,00 €
2002
322,15 €
216
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220020028454
220020028460
220020000521
220020016206
2002
2002
192,83 €
54,00 €
53,52 €
CONSTRUCCIONES Y SUMINISTROS METALICOS S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
221
220020017253
2002
1.490,83 €
KIMI RED CANARIAS S.L.
223
220020022331
2002
209,01 €
KIMI RED CANARIAS S.L.
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2002
190,33 €
2002
1.195,85 €
2002
7.689,50 €
2002
7.469,80 €
2002
2002
2002
2002
2002
234,84 €
8.069,21 €
6.336,07 €
380,66 €
1.732,88 €
2002
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2002
215,66 €
2002
2002
32,42 €
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2002
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2002
1.189,45 €
2002
2002
2002
2002
2.391,95 €
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3.440,50 €
17,10 €
242
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2002
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244
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2002
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2002
2002
193,27 €
230,79 €
619,61 €
101,00 €
356,70 €
434,65 €
569,30 €
412,83 €
72,12 €
150,25 €
120,20 €
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
VARIOS
CDAD FUENTEBRUMA
CDAD FUENTEBRUMA
CDAD FUENTEBRUMA
CDAD FUENTEBRUMA
ELECTROACUSTICA ARMANDO VERA, SCP
COMERCIAL CABRERA BENITEZ S.L.
COMERCIAL CABRERA BENITEZ S.L.
COMERCIAL CABRERA BENITEZ S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
COMERCIAL CABRERA BENITEZ S.L.
VIAJES NOROESTE S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
TERRAZA EL ANCLA
TERRAZA EL ANCLA
TERRAZA EL ANCLA
TERRAZA EL ANCLA
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
20155
20156
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
255
220020025747
2002
72,12 €
MIEMBROS CORPORACION
257
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2002
108,18 €
MIEMBROS CORPORACION
2002
72,12 €
256
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220020030874
220020014837
2002
2002
2002
72,12 €
72,12 €
108,18 €
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
2002
120,20 €
MIEMBROS CORPORACION
2002
30,05 €
MIEMBROS CORPORACION
2002
2002
2002
2002
150,25 €
30,05 €
12,00 €
55,22 €
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
LIBRERIA DRAGO-LANIER
267
220020025804
2002
115,70 €
COMERCIAL CABRERA BENITEZ S.L.
269
220020000802
2002
135,10 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
268
270
220020000801
220020000862
2002
2002
56,56 €
122,53 €
271
220020025800
2002
122,70 €
273
220101002102
2002
1.287,21 €
275
220030011752
2003
104,95 €
272
274
276
277
220020000522
220030009700
220030021495
220030021608
2002
2003
2003
2003
228,22 €
5.600,00 €
34,71 €
118,11 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
COMERCIAL CABRERA BENITEZ S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
ALBACOPI
DIAZ MENDOZA ALFREDO
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
GEMED CANARIAS S.L.
278
220030022900
2003
133,74 €
GEMED CANARIAS S.L.
280
220030021372
2003
252,00 €
DYSTECA S.L.
78,35 €
279
281
220030007342
220041000169
2003
2003
282
220030012666
2003
284
220030004550
2003
283
285
286
287
288
220030004216
220030004551
220030004552
220030008414
220030008415
110,09 €
25,24 €
2003
570,00 €
2003
9,51 €
2003
2003
2003
5,24 €
14,48 €
132,56 €
609,44 €
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD STA.M.DE GUIA S.C.P.
MAQUINARIAS PACO S.L.
DIAZ MENDOZA ALFREDO
TRABADELO S.L.
TRABADELO S.L.
TRABADELO S.L.
TRABADELO S.L.
TRABADELO S.L.
289
220030011092
2003
782,54 €
TRABADELO S.L.
291
220030013896
2003
272,70 €
PADRON MEDINA ISIDRO
290
292
293
294
295
220030013869
220030010667
220030018342
220030018343
220030025708
2003
50,00 €
2003
161,70 €
2003
41,10 €
2003
2003
4,11 €
24.898,30 €
COMERCIAL CABRERA BENITEZ S.L.
CONSTRUCCIONES Y REFORMAS DIAZ MORENO S.L.
PADRON MEDINA ISIDRO
PADRON MEDINA ISIDRO
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
296
220030004099
2003
210,35 €
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
298
220030004103
2003
12,02 €
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
297
299
300
301
302
303
304
305
306
307
308
309
310
311
312
313
314
315
316
317
318
319
320
321
322
323
220030004101
220030004105
220030004218
220030013653
220030013655
220030013657
220030013942
220030020099
220030020100
220030021822
220030018340
220030018341
220030021497
220030006880
220030009019
220030024705
220030001294
220030001298
220030001302
220030005811
220030009018
220030012240
220101002235
220030024933
220030024937
220030026311
2003
2003
691,16 €
2003
528,89 €
2003
54,09 €
2003
2003
2003
378,64 €
2003
2003
2003
329
330
331
332
333
334
335
336
220030026405
220030011737
220030009644
220030023834
220030026122
220030026124
220051000127
220041001240
33,21 €
2003
491,55 €
2003
2003
757,26 €
156,66 €
2003
1.609,21 €
2003
11.249,07 €
2003
193,23 €
2003
13.363,53 €
2003
9.849,38 €
2003
2003
2003
2003
1.072,81 €
53,97 €
44,73 €
262,63 €
2003
35.468,05 €
2003
22,98 €
2003
220030015705
28,96 €
220,87 €
220030024767
328
378,64 €
2003
326
220030015701
12,02 €
504,85 €
2003
327
12,02 €
2003
220030014054
220030024765
12,02 €
2003
324
325
209,15 €
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
PADRON MEDINA ISIDRO
PADRON MEDINA ISIDRO
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
MAQUINARIAS PACO S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
FELIX SANTIAGO MELIAN S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
FELIX SANTIAGO MELIAN S.L.
CONTENUR ESPAÑA S.L.
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES Y SEGUROS SOCIALES
GEMED CANARIAS S.L.
2,68 €
4.349,21 €
2003
213,36 €
2003
402,20 €
52,89 €
2003
15.516,51 €
2003
154,83 €
2003
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
177,10 €
2003
2003
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
LIBRERIA DRAGO-LANIER
4.391,21 €
2003
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
105,77 €
2003
2003
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
8.944,87 €
477,88 €
GEMED CANARIAS S.L.
JUAN MATIAS MARTIN BETANCOR
JUAN MATIAS MARTIN BETANCOR
PADRON MEDINA ISIDRO
RAMIREZ QUINTANA BENITO
LIBRERIA DRAGO-LANIER
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
HABERES Y SEGUROS SOCIALES
HABERES Y SEGUROS SOCIALES
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
HABERES PERSONAL CONTRATADO
20157
20158
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
337
220030013374
2003
70,85 €
PADRON MEDINA ISIDRO
339
220030024769
2003
72,59 €
GEMED CANARIAS S.L.
338
220030026126
2003
87,32 €
HABERES Y SEGUROS SOCIALES
340
220030024770
2003
115,82 €
GEMED CANARIAS S.L.
342
220030011750
2003
244,88 €
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
341
220030024771
2003
31,80 €
GEMED CANARIAS S.L.
343
220030000308
2003
250,00 €
SUAREZ SANTIAGO ISAAC HONORATO
345
220030000312
2003
55,73 €
SUAREZ SANTIAGO ISAAC HONORATO
344
346
347
348
349
350
351
352
353
354
355
356
357
358
359
360
361
362
363
364
365
366
367
368
369
370
371
372
373
220030000310
220030000314
220030000318
220030000320
220030000322
220030000324
220030001992
220030001994
220030001996
220030001998
220030007255
220030007307
220030007309
220030007311
220030007314
220030010162
220030010164
220030010166
220030010168
220030010170
220030016218
220030016220
220030016222
220030016224
220030016226
220030016228
220030016230
220030018596
220030018598
2003
32,30 €
2003
210,35 €
2003
240,00 €
2003
2003
128,18 €
57,80 €
2003
950,00 €
2003
240,00 €
2003
197,90 €
2003
2003
2003
2003
75,00 €
950,00 €
33,60 €
60,60 €
2003
240,00 €
2003
175,78 €
2003
2003
2003
950,00 €
240,00 €
114,67 €
2003
222,47 €
2003
75,00 €
2003
950,00 €
2003
240,00 €
2003
950,00 €
2003
2003
60,95 €
183,25 €
2003
240,00 €
2003
177,77 €
2003
162,35 €
2003
2003
75,00 €
93,22 €
SUAREZ SANTIAGO ISAAC HONORATO
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
SUAREZ SANTIAGO ISAAC HONORATO
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
TANIA MARIA RUIZ RAMOS
MORALES MATEOS JACOB
MORALES MATEOS JACOB
374
220030022241
2003
157,50 €
GRAFITEC GREGORIO GARCIA GONZALEZ
376
220030000207
2003
324,42 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
375
377
220030014692
220030009694
2003
2003
900,00 €
5.345,00 €
RAPISARDA ARENCIBIA ENRIQUE
DIAZ MENDOZA ALFREDO
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
378
220030024667
2003
278,28 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
380
220030012762
2003
184,21 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
2003
612,00 €
379
381
382
383
220030010838
220030022901
220030014846
220030023963
2003
2003
306,00 €
2003
431,09 €
2003
2.310,00 €
2003
1.230,57 €
220030002070
2003
386
220030007060
2003
387
388
389
220030000846
220030011794
220030024674
220030009181
96,06 €
2003
384
385
22,66 €
2003
1.052,10 €
220030024301
2003
19.714,03 €
2003
60,00 €
220030011186
2003
395
220030013866
397
220030004210
394
396
398
399
400
401
402
403
404
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406
407
408
409
410
411
412
413
414
415
416
417
418
220030013057
220030004208
220030004958
220030004960
220030009171
220030009173
220030013885
220030013886
220030014475
220030014476
220030015294
220030024868
220030000586
220030025574
220051002024
220030010665
220101001820
220030009698
220030001624
220030004536
220030009696
220030017299
220101002157
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
SERVICIOS CANARIOS DE TRADUCCIONES Y CONGRESOS S.L.
392
393
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
75,85 €
2003
2003
GEMED CANARIAS S.L.
ASOCIACION QUESOS GALDAR
220030010552
220030015423
CENIT CANARIAS S.L.
33,66 €
390
391
449,38 €
784,12 €
MAQUINARIAS PACO S.L.
ISLAVISION CANARIAS S.L. UNIP
PERFUMERIA BAZAR SOSA
LIBRERIA DRAGO-LANIER
PERESTELO S.L. INDUSTRIA DE LA MADERA
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
GALOBRA S.A.
333,10 €
HARDISSON JARDINERIA S.L.
2003
205,08 €
COMERCIAL CABRERA BENITEZ S.L.
2003
238,07 €
KIMI RED CANARIAS S.L.
2003
649,60 €
2003
1.103,74 €
2003
253,95 €
2003
404,93 €
2003
1.005,52 €
2003
1.222,98 €
2003
285,09 €
2003
2003
2003
2003
2003
218,66 €
716,96 €
122,40 €
102,00 €
9.311,11 €
2003
41.089,57 €
2003
150,15 €
2003
5.109,78 €
2003
11.645,23 €
2003
17,07 €
2003
735,00 €
2003
105,00 €
2003
571,76 €
2003
2003
20159
675,00 €
14.584,11 €
TAPICERIA MENDOZA (JOSE MENDOZA MARTIN
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
KIMI RED CANARIAS S.L.
ELICAN S.L.
POLIGRAS IBERICA S.A.
CONSTRUCCIONES Y REFORMAS DIAZ MORENO S.L.
CONSTRUCCIONES Y REFORMAS DIAZ MORENO S.L.
DIAZ MENDOZA ALFREDO
FELIX SANTIAGO MELIAN S.L.
RADIADORES SAN ISIDRO
DIAZ MENDOZA ALFREDO
FUNDACION UNIVERSITARIA DE LAS PALMAS
VIAJES NOROESTE S.L.
20160
419
420
421
422
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
220030012424
220030023985
220030024778
220030021422
2003
49,50 €
2003
101,26 €
2003
95,00 €
2003
74,30 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
423
220030001975
2003
120,20 €
MIEMBROS CORPORACION
425
220030001979
2003
72,12 €
MIEMBROS CORPORACION
424
426
427
428
429
430
431
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447
220030001977
220030001981
220030001983
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220101002740
220101002741
220101002743
2003
2003
360,60 €
72,12 €
2003
108,18 €
2003
787,32 €
2003
2003
2003
108,18 €
30,05 €
120,20 €
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
2003
2.271,81 €
2003
360,60 €
MIEMBROS CORPORACION
2003
72,12 €
MIEMBROS CORPORACION
2003
2003
210,35 €
72,12 €
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
2003
108,18 €
2003
330,55 €
MIEMBROS CORPORACION
2003
150,25 €
MIEMBROS CORPORACION
2003
2003
108,18 €
120,20 €
2003
2.331,91 €
2003
72,12 €
2003
360,60 €
2003
1.584,26 €
2003
2.241,76 €
2003
1.733,17 €
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
448
220030006095
2003
2.534,63 €
MUTUA BALEAR GUANARTEME SERVICIO DE PREVENCION
450
220041000167
2003
2.057,03 €
MUTUA BALEAR GUANARTEME SERVICIO DE PREVENCION
449
451
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453
454
455
220041000166
220030008847
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220030022755
220030023981
220030024034
2003
2003
2003
2003
1.885,28 €
567,40 €
79,56 €
191,46 €
2003
293,46 €
2003
77,31 €
MUTUA BALEAR GUANARTEME SERVICIO DE PREVENCION
GEMED CANARIAS S.L.
GEMED CANARIAS S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
GEMED CANARIAS S.L.
456
220030001206
2003
238,88 €
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
458
220030008827
2003
201,39 €
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
457
459
220030008195
220030023529
2003
2003
235,20 €
517,44 €
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
CANARIAS 7 INFORMACIONES CANARIAS S.A.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
460
220030010842
2003
70,86 €
CENIT CANARIAS S.L.
462
220030022753
2003
32,57 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
461
463
464
220030022752
220030023978
220030023980
2003
2003
2003
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2003
467
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2003
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468
469
220101002099
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220030009682
474
220040019824
220040021876
ASISTENCIA TECNICA AL MUNICIPIO A.T.M.
1.609,21 €
2004
827,54 €
2004
2004
2004
LIBRERIA DRAGO-LANIER
278,48 €
2003
220040019822
LIBRERIA DRAGO-LANIER
GEMED CANARIAS S.L.
492,03 €
472
LIBRERIA DRAGO-LANIER
221,54 €
2003
2004
473
26,67 €
5.819,32 €
220040018847
220040018848
43,12 €
2003
470
471
24,85 €
392,91 €
58,24 €
71,09 €
58,19 €
ALBACOPI
CANARIAS 7 INFORMACIONES CANARIAS S.A.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
TIP CANARIAS S.L.
TIP CANARIAS S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
475
220040013804
2004
865,98 €
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
477
220040013806
2004
865,98 €
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
476
478
479
480
481
482
483
484
485
486
487
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490
491
492
220040013805
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220040020420
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220101002529
220101002530
220101002531
220101002540
220101002541
220040018982
220040024262
2004
2004
865,98 €
711,96 €
2004
692,78 €
2004
865,98 €
2004
2004
2004
519,59 €
865,98 €
865,98 €
2004
1.018,98 €
2004
1.144,44 €
2004
2004
2004
1.018,98 €
1.144,44 €
609,45 €
2004
1.039,18 €
2004
41,38 €
2004
2004
1.144,44 €
57,33 €
493
220040021541
2004
34,33 €
495
220040019721
2004
6,54 €
494
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498
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500
220040019722
220040012912
220040012905
220040019720
220040020912
220040019749
2004
2004
12,31 €
7.143,77 €
2004
45.196,11 €
2004
678,33 €
2004
2004
4,11 €
298,18 €
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
LIBRERIA DRAGO-LANIER
TIP CANARIAS S.L.
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
FERROVIAL AGROMAN S.A.
FERROVIAL AGROMAN S.A.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
20161
20162
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
501
220040019750
2004
315,54 €
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
503
220040019768
2004
132,52 €
SONDEOS CANARIOS S.L.
2004
170,38 €
502
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520
521
220040019767
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220040021685
2004
2004
2004
2004
2004
2004
2004
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2004
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530
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220040019665
220040007180
10,50 €
11,09 €
31,65 €
18,10 €
2004
140,00 €
2004
5,95 €
2004
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9,90 €
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5,30 €
2004
2004
526
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29,39 €
2004
220040020985
76,50 €
2004
220040021545
527
44,70 €
5,30 €
524
220040019885
40,08 €
2004
2004
2004
525
60,10 €
115,51 €
220040020367
220040011194
132,52 €
2004
522
523
94,66 €
2004
2004
2004
98,26 €
220,82 €
577,50 €
450,76 €
450,76 €
450,76 €
131,67 €
97.429,65 €
60.197,64 €
2004
16.547,00 €
2004
40,32 €
2004
2004
RIEGOS NOROESTE S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
RESIDENCIA MANUEL SOSA
LIBRERIA DRAGO-LANIER
2,99 €
2004
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
22,17 €
2004
2004
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
FERRETERIA ANTONIO RAMOS S.L.
337,64 €
2004
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
57,29 €
2004
2004
SONDEOS CANARIOS S.L.
HIDROSER JUAN JIMENEZ DEL RIO E HIJOS
119,63 €
2004
SONDEOS CANARIOS S.L.
69,30 €
2004
2004
SONDEOS CANARIOS S.L.
266,45 €
32.977,08 €
FERRETERIA ANTONIO RAMOS S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
TALLER BORO SALVADOR PEÑA AGUIAR
FERRETERIA ANTONIO RAMOS S.L.
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
TIP CANARIAS S.L.
TALLER FRACTAL
MEDINA QUINTANA ISIDRO
MEDINA QUINTANA ISIDRO
MEDINA QUINTANA ISIDRO
TIP CANARIAS S.L.
POLIGRAS IBERICA S.A.
POLIGRAS IBERICA S.A.
POLIGRAS IBERICA S.A.
INDESA INSULAR DE ELECTRICIDAD S.A.
INDESA INSULAR DE ELECTRICIDAD S.A.
ELICAN S.L.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
542
220040019751
2004
296,10 €
544
220040018795
2004
1.759,49 €
2004
136,53 €
543
220040020906
2004
545
220040009824
2004
547
220040019752
2004
546
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560
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220040009879
220040009880
220040009881
220040021663
98,22 €
TIP CANARIAS S.L.
426,75 €
2004
2004
2004
142,19 €
165,53 €
189,80 €
90,47 €
97,43 €
2004
255,34 €
2004
126,07 €
2004
2004
2004
2004
MUTUA BALEAR GUANARTEME SERVICIO DE PREVENCION
113,09 €
2004
2004
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
358,50 €
2004
TIP CANARIAS S.L.
349,00 €
2004
456,98 €
265,64 €
241,86 €
24,00 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
GEMED CANARIAS S.L.
GEMED CANARIAS S.L.
GEMED CANARIAS S.L.
GEMED CANARIAS S.L.
GEMED CANARIAS S.L.
GEMED CANARIAS S.L.
GEMED CANARIAS S.L.
GEMED CANARIAS S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
561
220040009761
2004
188,41 €
TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.
563
220040021031
2004
130,00 €
CARMELO ORTIZ PEREZ - PROCURADOR
562
564
220040020246
220040009812
2004
2004
180,00 €
102,00 €
ARTILES MARTINEZ FRANCISCO JAVIER PROCURADOR
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
565
220040012483
2004
434,56 €
GOMEZ-MORAN MARTINEZ MARIA CLARA
567
220040018844
2004
517,44 €
CANARIAS 7 INFORMACIONES CANARIAS S.A.
566
568
569
220040012484
220040020359
220040009870
2004
2004
2004
570
220040020378
2004
572
220040019829
2004
571
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580
581
582
220040019828
220040019830
220040021879
220040019818
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220101002201
155,00 €
393,96 €
99,06 €
13,88 €
2004
1.623,93 €
2004
1.623,93 €
2004
2004
2004
2005
1.623,93 €
1.623,93 €
50,74 €
19,17 €
44,62 €
2005
1.042,13 €
2005
888,71 €
2005
2005
2005
26,25 €
305,24 €
1.458,03 €
20163
GOMEZ-MORAN MARTINEZ MARIA CLARA
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
FAYCANES
FAYCANES
FAYCANES
FAYCANES
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A.
HABERES DEL PERSONAL.
ANPILOFE S.A.
TIP CANARIAS S.L.
TIP CANARIAS S.L.
LUMICAN S.A.
20164
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
583
220101002532
2005
1.039,18 €
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
585
220101002534
2005
692,78 €
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
584
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588
589
590
220101002533
220101002535
220101002536
220101002537
220050004858
220050011393
2005
1.039,18 €
2005
1.039,12 €
2005
1.039,18 €
2005
2005
2005
1.039,18 €
65,00 €
85,20 €
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
KALON S.A. PINTURAS Y PRODUCTOS QUIMICOS
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
LIBRERIA DRAGO-LANIER
591
220050001019
2005
132,80 €
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
593
220050010621
2005
237,62 €
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
595
220050010665
2005
1.271,85 €
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
2005
47,09 €
592
594
596
597
598
599
600
601
602
603
604
605
606
607
220050010612
220050010632
220050004978
220050004834
220050016897
220050016884
220050009059
220050018344
220050018980
220050019534
220050022195
220050022517
220101002148
220050020959
2005
2005
2005
2005
6,95 €
420,00 €
1.249,12 €
96,98 €
2005
2.304,60 €
2005
285,00 €
2005
15,00 €
2005
2005
99,37 €
449,58 €
2005
500,00 €
2005
28.397,82 €
2005
2005
163,86 €
47,48 €
608
220050022095
2005
1.727,32 €
610
220050005210
2005
4,76 €
609
611
612
613
614
615
616
617
220050023595
220050019474
220050009654
220050020970
220050009649
220050009652
220050009655
220050009663
2005
2005
1.817,63 €
2005
14,20 €
2005
2005
2005
2005
2005
208,25 €
220050001065
2005
622
623
220050004856
220050009728
267,32 €
5.730,06 €
620
220050004687
121,28 €
2005
2005
621
241,55 €
295,28 €
220050000423
220050024322
68,36 €
2005
618
619
406,35 €
2005
2005
9,00 €
170,38 €
378,63 €
525,00 €
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
CIA ARTESANAL DE CANTERIAS ARUCAS S.L.
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
DYSTECA S.L.
FAG ALAMO IGEÑO MARIO
DYSTECA S.L.
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
DYSTECA S.L.
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
VARIOS
DYSTECA S.L.
ALVAREZ, ALVAREZ Y NAVARRO, ARQUITECTOS S.L.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
BAEZ PEREZ ANTONIO GUSTAVO SERV. TEC. TOPOGRAFICOS
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
GALOBRA S.A.
GRUPO DE RECAMBIOS AMADOR S.L.
GRUPO DE RECAMBIOS AMADOR S.L.
GRUPO DE RECAMBIOS AMADOR S.L.
GRUPO DE RECAMBIOS AMADOR S.L.
GRUPO DE RECAMBIOS AMADOR S.L.
GRUPO DE RECAMBIOS AMADOR S.L.
AUTO REPUESTOS LUIS
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
SONDEOS CANARIOS S.L.
SONDEOS CANARIOS S.L.
SONDEOS CANARIOS S.L.
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
624
220050015633
2005
346,50 €
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
626
220050015638
2005
454,36 €
SONDEOS CANARIOS S.L.
625
627
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629
630
220050015634
220050009749
220050019908
220050019910
220050009696
2005
2005
362,25 €
12,02 €
2005
210,35 €
2005
35,09 €
2005
691,16 €
CLUSA CANARIA DE LIMPIEZA URBANA S.A.
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
GESTION DE AGUAS DEL NORTE S.A.
631
220050004197
2005
16,93 €
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
633
220050004199
2005
54,27 €
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
632
634
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220050004198
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220050004210
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220050004216
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220050004219
220050004220
220050004221
220050004904
220050004905
220050004906
220050004919
220050004920
220050004921
220050004922
220050005209
220050019482
220050020958
220050009660
220050009661
2005
2005
2005
2005
2005
2005
2005
70,61 €
38,66 €
76,37 €
10,28 €
35,96 €
16,24 €
7,12 €
2005
40,26 €
2005
12,99 €
2005
12,97 €
2005
132,51 €
2005
132,97 €
2005
81,66 €
2005
2005
2005
2005
2005
15,15 €
33,66 €
9,00 €
7,35 €
6,49 €
2005
82,72 €
2005
33,30 €
2005
1,00 €
2005
648,16 €
2005
5,05 €
2005
2005
2005
3,23 €
8,61 €
1,74 €
2005
11,93 €
2005
80,91 €
2005
71,99 €
2005
2005
2005
3,41 €
6,25 €
154,58 €
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
MICRORRIEGO NORTE S.L.
MICRORRIEGO NORTE S.L.
MICRORRIEGO NORTE S.L.
MICRORRIEGO NORTE S.L.
MICRORRIEGO NORTE S.L.
MICRORRIEGO NORTE S.L.
MICRORRIEGO NORTE S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
GRUPO DE RECAMBIOS AMADOR S.L.
GRUPO DE RECAMBIOS AMADOR S.L.
20165
20166
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
665
220050001724
2005
126,00 €
MERIPEL S.L.
667
220050010362
2005
113,17 €
TIP CANARIAS S.L.
666
668
669
670
671
672
673
674
220050007308
220050004859
220050007902
220050008788
220061000064
220050002266
220050004207
220050004727
2005
2005
300,00 €
306,00 €
2005
146,88 €
2005
115,00 €
2005
50,72 €
2005
2005
2005
116,00 €
40,61 €
476,70 €
675
220050015782
2005
2.640,15 €
677
220050006176
2005
68,62 €
676
678
220050006290
220050010360
2005
2005
679
220050017770
2005
681
220050002467
2005
683
220050004203
2005
680
682
220050007903
220050002470
118,00 €
91,80 €
686
220050004974
2005
2.760,48 €
2005
0,09 €
688
220050004204
689
220050018987
2005
691
220050019499
2005
690
692
693
694
695
696
697
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699
700
701
702
703
704
705
220050019905
220050006564
220050010693
220050010881
220050006585
220050004732
220050004733
220050004734
220050004735
220050005654
220050005655
220050016614
220050016615
220050016616
220050005698
407,86 €
105,75 €
2005
453,00 €
2005
1.260,00 €
2005
81,60 €
2005
2005
2005
2005
2005
2005
DENIZ DIAZ S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
ANTUNEZ CORDOBA OSCAR
ALUMINIOS NASOLADA(LADISLAO DELGADO MATE
ALUMINIOS NASOLADA(LADISLAO DELGADO MATE
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
TIP CANARIAS S.L.
27,25 €
2005
VARIOS
21,66 €
2005
2005
FRIGONORTE S.L.
FRIGONORTE S.L.
320,13 €
2005
TIP CANARIAS S.L.
211,84 €
2005
2005
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
84,72 €
2005
TIP CANARIAS S.L.
29,96 €
2005
395,49 €
220050001450
ANA I CAMACHO MORALES
DENIZ DIAZ S.L.
244,80 €
2005
687
AYUDAS ECONOMICAS
23,27 €
2005
2005
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
220050009019
220050009020
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
16,00 €
684
685
VARIOS
32,19 €
153,00 €
214,20 €
397,80 €
918,00 €
550,80 €
732,36 €
724,20 €
1.354,56 €
240,57 €
FRIGONORTE S.L.
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
TIP CANARIAS S.L.
LITOGRAFIA GONZALEZ
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
706
220050006180
2005
79,67 €
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
708
220050019515
2005
12,16 €
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
707
709
220050006181
220050000779
2005
2005
22,96 €
45,00 €
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
LIBRERIA DRAGO-LANIER
710
220050007501
2005
56,25 €
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
712
220050010372
2005
155,01 €
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
2005
324,72 €
711
713
714
715
716
717
220050007502
220050010906
220050019842
220050019897
220050021366
220050022079
2005
2005
2005
2005
450,00 €
397,80 €
244,80 €
2005
182,35 €
220050005011
2005
720
220050020915
2005
220050018201
735,00 €
2005
718
719
18,75 €
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
MENDOZA SUAREZ ANGEL JESUS
FLORES RAMOS ARGELIO
TRANSPORTES S.P. FIDEL ALMEIDA RIOS
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
4,80 €
ZAPATERIA-CUCHILLERIA AL MOMENTO
6,73 €
LIBRERIA DRAGO-LANIER
TIP CANARIAS S.L.
721
220050020974
2005
179,92 €
CIA ARTESANAL DE CANTERIAS ARUCAS S.L.
723
220050004847
2005
180,83 €
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
725
220050018984
2005
48,99 €
722
724
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729
730
731
732
733
734
735
736
220050004819
220050015650
220050020953
220050020954
220050020956
220050019834
220050020088
220050005234
220050006227
220050008552
220050019533
220050019497
220050008987
2005
2005
2005
2005
153,00 €
879,06 €
45,33 €
6,39 €
2005
853,11 €
2005
150,00 €
2005
643,02 €
2005
2005
41,75 €
816,99 €
2005
1.723,48 €
2005
61,83 €
2005
2005
257,82 €
20,25 €
737
220050020312
2005
1.861,42 €
739
220050001018
2005
36,17 €
738
740
220050020917
220050020345
2005
2005
390,00 €
356,57 €
741
220050024720
2005
1.129,65 €
743
220050007637
2005
699,21 €
2005
728,95 €
742
744
745
220050001030
220050001031
220050015786
2005
2005
76,50 €
153,00 €
20167
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
TIP CANARIAS S.L.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
TIP CANARIAS S.L.
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
INDESA INSULAR DE ELECTRICIDAD S.A.
INDESA INSULAR DE ELECTRICIDAD S.A.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
TIP CANARIAS S.L.
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
VB EDICIONES S.L.
RICARDO HERNANDEZ BERNARDOS
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
TIP CANARIAS S.L.
TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
MAPFRE GUANARTEME CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS
DE CANARI
20168
746
747
748
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
220050006179
220050010878
220050019516
2005
21,12 €
2005
13,20 €
2005
11,00 €
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
749
220050017675
2005
1.202,25 €
FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS
751
220050001077
2005
1.563,98 €
MUTUA BALEAR GUANARTEME SERVICIO DE PREVENCION
2005
6,62 €
750
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2005
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390,66 €
251,20 €
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
2005
122,09 €
TIP CANARIAS S.L.
2005
34,20 €
2005
16,50 €
757
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2005
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SOSA ROSARIO MARIA
286,45 €
278,12 €
326,63 €
275,70 €
442,20 €
2005
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1.623,93 €
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1.623,93 €
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1.537,73 €
1.537,83 €
1.537,73 €
1.537,73 €
1.623,93 €
1.623,92 €
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1.537,73 €
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41,38 €
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2,78 €
25,00 €
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2.471,27 €
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SERVI RAIN CANARIAS S.L.
LIBRERIA DRAGO-LANIER
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NELSON JESUS DIAZ MEDINA
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
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LIBRERIA DRAGO-LANIER
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CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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2006
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783
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2006
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DELGADO DELGADO FRANCISCO S.
2006
44,00 €
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2006
2006
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55,07 €
110,25 €
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
787
220060014607
2006
10.359,00 €
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2006
192,00 €
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2006
77,70 €
788
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220060013511
2006
2006
43,10 €
497,09 €
EL CORTE INGLES S.A.
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RODRIGUEZ SUAREZ MARY CARMEN
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
792
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2006
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DYSTECA S.L.
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2006
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2006
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2006
404,52 €
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305,97 €
DYSTECA S.L.
2006
835,19 €
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291,92 €
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195,14 €
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65,61 €
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199,50 €
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323,40 €
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529,20 €
680,37 €
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189,31 €
227,18 €
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
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11,73 €
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134,29 €
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151,45 €
757,26 €
132,74 €
255,42 €
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416,49 €
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151,45 €
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75,73 €
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113,59 €
113,59 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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869
220060009464
2006
140,41 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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2006
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63,00 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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777,55 €
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1.436,07 €
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243,03 €
169,52 €
2006
191,01 €
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51,21 €
2006
2006
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
467,10 €
2006
2006
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
189,31 €
2006
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
121,86 €
2006
2006
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
555,28 €
2006
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
431,26 €
2006
220060019421
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1.817,42 €
2006
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
567,95 €
2006
897
898
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1.060,16 €
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75,73 €
2006
886
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CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
FARMACIA LDA. LEA PADRON GONZALEZ
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
20171
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
910
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220060003910
220060003911
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220060012366
220060018166
220060018167
89,21 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
79,80 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
2006
384,35 €
2006
28,94 €
2006
2006
2006
68,25 €
14,70 €
84,66 €
2006
409,04 €
2006
528,89 €
2006
169,49 €
2006
2006
2006
2006
2006
16,83 €
402,68 €
54,10 €
60,10 €
54,43 €
2006
2.166,00 €
2006
367,35 €
2006
2006
2006
2006
2006
353,41 €
30,45 €
3,68 €
51.650,27 €
51.650,27 €
932
220060006411
2006
40.000,00 €
934
220060008154
2006
77,21 €
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220060008555
220060009941
2006
2006
212,94 €
20,95 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
FERRETERIA ANTONIO RAMOS S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
SALIMPA SANEAMIENTOS Y LIMPIEZAS DEL ATLANTICO S.A.
SALIMPA SANEAMIENTOS Y LIMPIEZAS DEL ATLANTICO S.A.
MAQUINAS OPEIN S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
936
220060011167
2006
862,78 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
938
220060013503
2006
43,87 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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2006
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54,08 €
41,47 €
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543,27 €
2006
7,93 €
2006
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73,35 €
25,01 €
34,15 €
2006
294,94 €
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402,47 €
2006
2006
2006
2006
1,89 €
285,81 €
735,00 €
2.354,58 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
MEDIFONSA
MEDIFONSA
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
GARDEN PLANT S.L,
GARDEN PLANT S.L,
JURGEN KNUTH S.L. CURASOL
CORTES MOBILIARIO URBANO S.L.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
951
220060014970
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244,76 €
2006
1.177,29 €
2006
288,05 €
1.365,13 €
2006
1.412,20 €
2006
898,64 €
2006
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2006
2006
2006
476,99 €
501,17 €
243,81 €
102,71 €
154,01 €
378,42 €
22,58 €
964
220060023053
2006
66,35 €
966
220060003258
2006
390,66 €
965
967
220060002778
220060011153
2006
2006
5,67 €
211,89 €
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
CORTES MOBILIARIO URBANO S.L.
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA S.L.
DINOSOL SUPERMERCADOS S.L.
AYUDAS ECONOMICAS
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
968
220060011205
2006
220,72 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
970
220060019422
2006
414,85 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
972
220060022240
2006
140,00 €
FAYCANES
969
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220060019438
220060020586
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220060009959
2006
2006
1.305,07 €
2006
12,00 €
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
976,33 €
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
978
220060014874
2006
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220060007601
220060015038
220060015815
HNOS.QUESADA LOPEZ S.C.P.
1.031,20 €
2006
2006
979
ISIDRO MARTIN MATEOS S.L.
1.430,00 €
220060007642
220060007644
AYUDAS ECONOMICAS
2006
976
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46,34 €
1,00 €
2006
12.498,42 €
2006
12.433,18 €
2006
193,63 €
2006
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8.374,46 €
27,61 €
2006
944,44 €
2006
12,00 €
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60,00 €
2006
1.308,10 €
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536,46 €
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857,70 €
2006
2006
2006
73,82 €
857,70 €
857,70 €
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
SONIA GIL DIAZ
VENTA AL MENOR DE ARTICULOS DE REGALO
ISIDRO MARTIN MATEOS S.L.
DENIZ DIAZ S.L.
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
20173
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
992
220060022266
2006
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2006
7.877,07 €
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425,34 €
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2006
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42,08 €
8.113,37 €
3.019,77 €
165,24 €
106,08 €
420,00 €
1000
220060000670
2006
600,00 €
1002
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2006
1.102,23 €
2006
592,70 €
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220060004860
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2006
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220060012362
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2006
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183,96 €
8,30 €
111,71 €
2006
113,80 €
2006
17,84 €
2006
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111,25 €
116,15 €
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293,79 €
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168,65 €
2006
917,49 €
2006
2006
18,11 €
44,99 €
2006
271,95 €
2006
8,89 €
2006
13,70 €
220060009457
2006
63,19 €
1032
220060012370
220060012619
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
2006
62,50 €
2006
154,35 €
2006
71,16 €
2006
2006
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1028
1031
MEDIFONSA
66,99 €
140,15 €
220060012369
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
2006
1030
FEDERACION ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES POPULARES
84,04 €
220060005572
220060012361
FUNDACION UNIVERSITARIA DE LAS PALMAS
588,42 €
55,65 €
1026
1029
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
2006
2006
2006
220060009456
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
220060020886
1027
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
363,30 €
1024
220060022305
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
2006
2006
2006
1025
CAMARA LAS PALMAS ANTENA LOCAL GALDAR
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
220060012618
220060016114
503,69 €
CAMARA LAS PALMAS ANTENA LOCAL GALDAR
28,09 €
1022
1023
115,47 €
MEDIFONSA
25,20 €
23,94 €
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
MELSACON S.L.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
1033
220060012620
2006
156,85 €
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
1035
220060020632
2006
1.114,80 €
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
1037
220060006433
2006
3.321,11 €
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
1034
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2006
2006
90,72 €
96,00 €
2006
2.876,41 €
2006
2.474,28 €
2006
2006
2006
3.603,41 €
140,00 €
44,99 €
2006
297,80 €
2006
110,77 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
VARIOS
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
EL CRISOL FLORISTERIAS HERIBERTO A. MORENO VEGA
MEDIFONSA
MEDIFONSA
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1045
220060020883
2006
134,44 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1047
220060005518
2006
257,04 €
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
1046
1048
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1050
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220060005519
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220060005523
2006
2006
2006
2006
1.843,14 €
2006
1.966,56 €
1054
220060012266
2006
220060012267
459,00 €
2006
2006
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979,20 €
408,00 €
220060008199
220060012264
856,80 €
2006
1052
1053
581,40 €
28,65 €
622,20 €
1056
220060005102
2006
1.019,56 €
1058
220060009144
2006
53,12 €
1057
220060009142
2006
86,69 €
20175
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
SANTANA SANTANA DEMETRIO RAFAEL
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
SOCIEDAD DEL PINO LOS LLANILLOS S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1059
220060012269
2006
183,75 €
CENTRO DE LA CULTURA POPULAR CANARIA
1061
220060012292
2006
630,00 €
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
1063
220060018901
2006
630,00 €
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
1065
220060009424
2006
630,00 €
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
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220060012291
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220060012265
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220060012271
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2006
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2006
2006
2006
2006
2006
2006
630,00 €
301,06 €
483,00 €
546,00 €
515,10 €
153,00 €
346,50 €
472,50 €
367,50 €
546,00 €
630,00 €
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
TEODORO DEL PINO E HIJOS S.L.
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
NANIANA Y ASOCIADOS S.L.
NANIANA Y ASOCIADOS S.L.
NANIANA Y ASOCIADOS S.L.
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
220060012296
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2006
1.575,00 €
2006
630,00 €
2006
2006
630,00 €
2.100,00 €
2006
1.260,00 €
2006
1.260,00 €
2006
400,00 €
2006
2006
630,00 €
630,00 €
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
TRUJILLO RODRIGUEZ FABIOLA
1083
220060000680
2006
400,00 €
DEL ROSARIO GARCIA JOSE
1085
220060000682
2006
400,00 €
DEL ROSARIO GARCIA JOSE
1084
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1090
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1092
1093
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2006
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2006
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2006
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2006
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15,75 €
180,40 €
180,40 €
180,40 €
300,00 €
1102
220060018881
180,40 €
2006
2006
1103
180,40 €
1.159,00 €
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180,40 €
2006
1100
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173,96 €
180,40 €
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220060013603
180,40 €
2006
2006
1097
150,00 €
180,40 €
220060011242
220060012244
1.578,47 €
2006
1094
1095
400,00 €
2006
2006
2006
APLICACIONES ACUSTICAS MUSICALES S.L.
ANABAD ASOCIACION CANARIA
ARCHIVEROS,BIBLIOTECARIOS,MUSEOLOG
ASCENSORES EGUREN S.A.
ASCENSORES EGUREN S.A.
ASCENSORES EGUREN S.A.
ASCENSORES EGUREN S.A.
ASCENSORES EGUREN S.A.
ASCENSORES EGUREN S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
ASCENSORES EGUREN S.A.
ASCENSORES EGUREN S.A.
ASCENSORES EGUREN S.A.
ASCENSORES EGUREN S.A.
EDITORIAL OCEANO S.L.
300,00 €
EDITORIAL OCEANO S.L.
300,00 €
EDITORIAL OCEANO S.L.
300,00 €
300,00 €
399,75 €
2006
148,26 €
2006
45,57 €
2006
DEL ROSARIO GARCIA JOSE
53,53 €
EDITORIAL OCEANO S.L.
EDITORIAL OCEANO S.L.
EDITORIAL OCEANO S.L.
EDITORIAL OCEANO S.L.
CIA ARTESANAL DE CANTERIAS ARUCAS S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1109
220060012379
2006
10,15 €
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
1111
220060013731
2006
63,08 €
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
1110
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1113
220060013501
220060022306
220060004435
2006
2006
2006
56,25 €
126,00 €
751,30 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CIA ARTESANAL DE CANTERIAS ARUCAS S.L.
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
1114
220060016507
2006
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220060003503
2006
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641,87 €
2006
1.435,72 €
2006
30,22 €
2006
2006
75,27 €
30,22 €
15,11 €
2006
321,20 €
2006
110,00 €
2006
2006
86,41 €
69,30 €
SANEAMIENTOS NOROESTE S.L.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
MEDIFONSA
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1124
220060009138
2006
157,59 €
1126
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2006
60,45 €
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
1128
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2006
94,87 €
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
1130
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2006
896,70 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1132
220060011260
2006
37,01 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1134
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16,68 €
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
1125
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220060009143
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2006
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2006
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9,45 €
371,49 €
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2006
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2006
148,28 €
2006
3,15 €
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220060020885
2006
2006
11,55 €
119,70 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
SERVI RAIN CANARIAS S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1138
220060022501
2006
488,38 €
MEDIFONSA
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2006
129,47 €
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
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220081002169
2006
2006
142,80 €
236,02 €
2006
2.520,00 €
2006
56,70 €
2006
2006
2006
2006
501,27 €
46,62 €
6,80 €
35.999,99 €
1148
220081002170
2006
35.999,99 €
1150
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2006
56,92 €
1152
220060011285
2006
100,00 €
2006
47,50 €
1149
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220060012371
220060000707
2006
2006
2006
658,79 €
98,50 €
5,98 €
TRANSPORTES GRUAS EXCAVACIONES GONZALO DIAZ
RIEGOS Y MAQUINARIAS H.R. S.A.
CIA ARTESANAL DE CANTERIAS ARUCAS S.L.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
ENDESA DISTRIBUCION ELECTRICA S.L.
MONELGRAC S.A.
MONELGRAC S.A.
LICO LEASING S.A. E.F.C.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
RICARDO HERNANDEZ BERNARDOS
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
INNOVA OFIMATICA
20177
20178
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
1155
220060003944
2006
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2006
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1160
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28,34 €
2006
3.395,76 €
2006
150,50 €
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1165
220060005573
1166
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1169
1170
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1172
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220060013523
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2.841,30 €
2006
1163
220060002773
TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.
2006
2006
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23,59 €
497,80 €
220060017192
220060000591
TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.
2006
1161
1162
73,13 €
405,00 €
RODRIGUEZ RAMIREZ FRANCISCO A.
2006
40,00 €
2006
114,00 €
2006
1.722,00 €
2006
270,00 €
2006
510,00 €
2006
390,00 €
2006
1.012,00 €
2006
2006
4,84 €
3.118,50 €
1.255,17 €
1175
220060004847
2006
360,00 €
1177
220060005535
220060005588
LIMONIUM CANARIAS S.L.
2006
2006
1176
VIVAC AVENTURA S.L.
COLECTIVO EL GARAJE
220060010379
220060006436
TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.
235,00 €
1173
1174
TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.
2006
2006
2006
152,09 €
957,21 €
60,78 €
SUAREZ CASTRO MANUEL JOAQUIN
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
DIMENSION VIRTURAL S.L.
EL CRISOL FLORISTERIAS HERIBERTO A. MORENO VEGA
EL CRISOL FLORISTERIAS HERIBERTO A. MORENO VEGA
EL CRISOL FLORISTERIAS HERIBERTO A. MORENO VEGA
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
LA GACETA DE CANARIAS EL MUNDO
LA PROVINCIA DIARIO DE LAS PALMAS
FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS
TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
RODRIGUEZ Y CAIROS S.L.
1178
220060002471
2006
10.071,86 €
MUNDOCOPY
1180
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2006
1.453,19 €
MUNDOCOPY
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220060012352
2006
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2006
2006
5.970,29 €
8.275,18 €
950,86 €
167,90 €
405,03 €
2006
2.520,00 €
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126,00 €
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692,48 €
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1.375,43 €
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42,00 €
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2006
2006
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2006
2006
150,00 €
7.756,91 €
3.028,22 €
2.252,60 €
5.778,50 €
722,32 €
MUNDOCOPY
MUNDOCOPY
ALBACOPI
ALBACOPI
ALBACOPI
ALBACOPI
ALBACOPI
ALBACOPI
MUNDOCOPY
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
UNIVERSAL PREVENCION Y SALUD SDAD. PREVENTIVA S.L.
MUTUA UNIVERSAL
UNIVERSAL PREVENCION Y SALUD SDAD. PREVENTIVA S.L.
UNIVERSAL PREVENCION Y SALUD SDAD. PREVENTIVA S.L.
UNIVERSAL PREVENCION Y SALUD SDAD. PREVENTIVA S.L.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
1196
220060012353
2006
281,58 €
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2006
1.600,46 €
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4.859,26 €
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281,58 €
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1221
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MEDIFONSA
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62,80 €
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111,13 €
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220070016340
220101002247
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220070001616
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2007
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111,02 €
129,53 €
129,53 €
129,53 €
129,53 €
129,53 €
129,53 €
160,70 €
129,53 €
129,53 €
129,53 €
160,70 €
194,95 €
129,53 €
129,53 €
160,70 €
129,53 €
298,68 €
157,50 €
370,58 €
91,80 €
91,80 €
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
HABERES PERSONAL CONTRATADO
DI-ART ESTUDIO DIGITAL
DI-ART ESTUDIO DIGITAL
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
1384
220070011094
2007
23,72 €
CORUJO RODRIGUEZ GREGORIO TALLER MECANICO
1386
220070010930
2007
12,81 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1385
220070013221
2007
84,00 €
20183
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1387
220070003151
2007
501,84 €
GUAGUAS GUZMAN HEREDEROS DE D.JOSE GUZMAN SOSA S.L.
1389
220070015880
2007
586,36 €
DI-ART ESTUDIO DIGITAL
2007
705,88 €
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2007
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119,90 €
250,00 €
36,60 €
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187,74 €
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280,60 €
2007
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377,79 €
297,15 €
71,26 €
162,75 €
18,90 €
SIMBOLOS “”MANUALIDADES”“
ASOCIACION CANARIA DE UNIVERSIDADES POPULARES
BEGOÑA FERRERO S.C.P.
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
20184
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
1400
220070013039
2007
1402
220070013223
2007
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220070013222
220070013225
220070027197
34,88 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
84,51 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
2007
607,85 €
2007
5,25 €
2007
7.934,37 €
1405
220101002100
2007
6.297,63 €
1407
220070007916
2007
56.011,17 €
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220101002116
220070017786
220070019726
220070019976
220070013226
220070000736
220070012970
220101002142
220070018037
220070001574
2007
2007
12.977,07 €
2007
91,21 €
2007
2007
2007
9.792,00 €
2007
512,18 €
2007
24,61 €
2007
2007
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220070015921
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220070002705
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220070002720
220070003674
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220070014449
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220070015916
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220070002747
220070014493
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220070003166
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220070003320
220070003322
220070003324
220070003328
220101002106
4,73 €
160,00 €
220070011108
220101002103
40,34 €
2007
1417
1418
596,64 €
210,74 €
4,80 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
CORUJO RODRIGUEZ GREGORIO TALLER MECANICO
CORUJO RODRIGUEZ GREGORIO TALLER MECANICO
ASFALTOS TELDE S.A. ASTESA
ASFALTOS TELDE S.A. ASTESA
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
MADERAS SUAREZ ARMAS S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
GUAGUAS GUZMAN HROS. DE D.JOSE GUZMAN SOSA S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
ZAPATERIA-CUCHILLERIA AL MOMENTO
SOCIEDAD DEL PINO LOS LLANILLOS S.L.
29,50 €
FELIX MORENO DIAZ
2007
2.025,00 €
ANDRES CORTES S.L.
2007
1.285,20 €
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81,60 €
2007
2007
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1.285,20 €
220,32 €
306,00 €
306,00 €
2007
1.754,00 €
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285,60 €
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12,00 €
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665,04 €
16,90 €
345,03 €
784,89 €
472,82 €
600,00 €
1.365,00 €
2.835,00 €
2.835,00 €
3.150,00 €
3.213,00 €
2.098,20 €
CORUJO RODRIGUEZ GREGORIO TALLER MECANICO
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
CALDERIN QUESADA MARIA JESUS
MEDIFONSA
SOCIEDAD DEL PINO LOS LLANILLOS S.L.
SOCIEDAD DEL PINO LOS LLANILLOS S.L.
PIROTECNIA SAN MIGUEL JUAN RAMON MARTEL DAVILA
TROUPE DE COMICOS ZARANDA S.C.L.
PRODUCCIONES DEL MAR
PROFETAS PRODUCCIONES TEATRALES S.L.
2RC PRODUCCIONES RAFAEL RODRIGUEZ CABRERA
BURKA TEATRO S.L.
CORUJO RODRIGUEZ GREGORIO TALLER MECANICO
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
1441
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1443
220070014424
220070003673
220070014452
2007
300,00 €
2007
459,00 €
2007
87,72 €
20185
PARRANDA LA GOLETA
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
GUAGUAS GUMIDAFE S.L.
1444
220070016094
2007
650,00 €
ASOCIACION CULTURAL BANDA MUSICA GRAN CANARIA
1446
220070012971
2007
105,00 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
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220070022280
220070016076
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220101002105
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220070000738
220070003653
2007
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2007
187,08 €
2.142,72 €
2007
516,25 €
2007
779,82 €
2007
1.680,00 €
2007
6.556,14 €
220101002127
2007
1455
220070012973
2007
220101002124
187,08 €
2007
1453
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191,10 €
754,00 €
52,50 €
1456
220101002101
2007
4.122,85 €
1458
220101002143
2007
11.996,32 €
2007
4.635,64 €
1457
220070012972
2007
1459
220101002144
2007
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220070003306
2007
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220101002149
220070010939
220070010940
2007
18,37 €
1466
220070013040
1468
220070019603
1469
1470
1471
220070016700
220101002115
220070002122
220070018070
290,12 €
2007
2007
1467
2,78 €
1.334,29 €
220070011072
220070011073
6.413,29 €
2007
1464
1465
106,31 €
2007
629,61 €
540,00 €
2007
170,45 €
1479
1480
1481
220070000742
220070003300
220070012976
220070027372
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CORUJO RODRIGUEZ GREGORIO TALLER MECANICO
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
CONSTRUCCIONES RODRIGUEZ LUJAN S.L.
TEODORO DEL PINO E HIJOS S.L.
GIL CHINEA S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
15,00 €
693,67 €
2007
1478
CORUJO RODRIGUEZ GREGORIO TALLER MECANICO
2007
2007
1.020,60 €
220070015834
INTERSEVEN S.L.
1.188,61 €
90,94 €
2007
1477
ANROART EDICIONES S.L.
2007
2007
220101002110
220070014433
INTERSEVEN S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
1474
1476
CORUJO RODRIGUEZ GREGORIO TALLER MECANICO
185,06 €
571,28 €
220070015263
CORUJO RODRIGUEZ GREGORIO TALLER MECANICO
2007
2007
1475
ASCENSORES EGUREN S.A.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
220070014594
220070014715
ASCENSORES EGUREN S.A.
130,03 €
1472
1473
ANAYAK S.L.
2007
2007
2007
2007
2007
2007
571,28 €
42,21 €
480,00 €
54,25 €
33,07 €
14.080,00 €
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
MEDIFONSA
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
CORUJO RODRIGUEZ GREGORIO TALLER MECANICO
NELSON JESUS DIAZ MEDINA
QUIMICAS MORALES S.L.
ALAMO MARTEL PAULINO
ALAMO MARTEL PAULINO
CORUJO RODRIGUEZ GREGORIO TALLER MECANICO
I.T.V. INSULAR S.A.
TRANSPORTES S.P. FIDEL ALMEIDA RIOS
VALENCIA SANTANA ANTONIO
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
MEDIFONSA
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
ELICAN S.L.
20186
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
1482
220070003292
2007
1.722,00 €
1484
220070012974
2007
75,60 €
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220070018053
2007
1483
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220070014422
220070012975
2007
2007
250,00 €
40,32 €
141,17 €
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220070003295
2007
134,20 €
1489
220070003618
2007
11,00 €
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220070002744
2007
13,00 €
1490
220070016071
2007
213,40 €
1492
220070010961
2007
2.283,83 €
2007
1.971,31 €
2007
330,55 €
1491
1493
1494
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1496
1497
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1499
1500
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1505
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220070022412
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220101002209
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220101002727
220070011012
220070011020
220070011024
220070013798
220070013800
220070013804
220101002210
2007
2007
2007
2007
2007
2007
2007
2007
2007
2007
2007
2007
11,55 €
210,35 €
2.199,69 €
270,45 €
390,65 €
360,60 €
180,30 €
216,36 €
180,30 €
216,36 €
360,60 €
360,60 €
220101002211
2007
216,36 €
1508
220070014367
2007
23,74 €
1510
220070003669
2007
1507
1509
1511
1512
1513
1514
1515
1516
220070002065
220070003627
220101002758
220070014506
220070000705
220070016782
220070019977
220070019978
TOTALES
2007
2007
68,39 €
722,31 €
281,57 €
2007
360,00 €
2007
1.591,54 €
2007
47,25 €
2007
2007
2007
27,60 €
476,42 €
47,25 €
3.918.338,99 €
MAKRO CASH & CARRY ESPAÑA
RICARDO HERNANDEZ BERNARDOS
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CONSTRUCCIONES Y ASFALTADOS,S.L.
CABRERA MENDOZA PEDRO
MANCOMUNIDAD DEL NORTE
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
MEDIGAR CANARIAS S.L. SUPERMERCADO ATLANTE
RESTAURANTE ALCORI
SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A.
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
MIEMBROS CORPORACION
LIBRERIA DRAGO-LANIER
DIELCASA DISTRIBUIDORA ELECTRICA CANARIA S.A.
UNIVERSAL PREVENCION Y SALUD SDAD. PREVENTIVA S.L.
UNIVERSAL PREVENCION Y SALUD SDAD. PREVENTIVA S.L.
CENTRO ESPAÑOL DE METROLOGIA
LIBRERIA DRAGO-LANIER
FAYCANES
SUAREZ RODRIGUEZ JUAN MANUEL
LIBRERIA DRAGO-LANIER
LIBRERIA DRAGO-LANIER
Gáldar, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL ALCALDE, Teodoro C. Sosa Monzón.
12.925
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
20187
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE INGENIO
ANUNCIO
12.474
El Ayuntamiento en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2012, acordó aprobar inicialmente
el Expediente de Modificación de Crédito Número Tres (3/3-2012) del Presupuesto de esta Corporación para
el presente ejercicio, considerándolo definitivamente aprobado en caso de no producirse reclamaciones en el
período de información pública.
Expuesto al público, a efectos de reclamaciones, previo anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia
número 129, de 10 de octubre, por plazo de QUINCE DÍAS, no se produjeron reclamaciones al mismo, por lo
que quedó definitivamente adoptado el acuerdo, publicándose el mismo resumido a nivel de capítulos, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y Disposiciones Concordantes.
CAPÍTULO
8
CAPÍTULO
9
DENOMINACIÓN
Activos Financieros
Total
DENOMINACIÓN
ESTADO DE GASTOS
CRÉDITO EXTRAORDINARIO
TOTAL MODIFICACIÓN
70.499,23 €
70.499,23 €
70.499,23 €
ESTADO DE INGRESOS
70.499,23 €
IMPORTE
Pasivos Financieros
70.499,23 €
Total
70.499,23 €
Lo que se hace público para general conocimiento, conforme con lo dispuesto en los artículos 20.3 y 38.2 del
Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.
Contra esta aprobación definitiva, podrá interponerse directamente Recurso Contencioso Administrativo en
el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la presente publicación. El citado recurso no
suspenderá por sí solo la aplicación de las modificaciones aprobadas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.1.r. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, en relación a la competencia para ordenar la publicación, ejecución y hacer cumplir los
Acuerdos del Ayuntamiento corresponde al Presidente de la Corporación.
En la Villa de Ingenio, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA (Decreto número 2.515, de 06.07.11), Carmelo Monzón Pérez.
Secretaría
12.929
ANUNCIO
12.475
Habiendo aprobado definitivamente el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento en sesión ordinaria de fecha
28 de septiembre de 2012, la modificación del artículo 71 del Reglamento Orgánico Municipal, se hace público
20188
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
el texto íntegro de dicho artículo, según lo dispuesto
en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, al objeto
de su entrada en vigor.
Artículo 71.
“El Pleno celebrará sesión ordinaria el último jueves
de cada mes, a las 10:00 horas, y un día después si
coincidiera con festivo, quedando suspendida la del
mes de agosto por las vacaciones estivales. El día de
celebración de la sesión podrá ser modificado por acuerdo
de la mayoría del Pleno.
El Alcalde, al efectuar la convocatoria, podrá fijar
una hora/día distinto a los anteriormente reseñados,
cuando existan circunstancias que así lo determinen,
comunicando el motivo a los Portavoces de los Grupos
Municipales“.
Villa de Ingenio, a treinta de octubre de dos mil doce.
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Juan José Gil
Méndez.
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE MOGÁN
12.805
NOTIFICACIÓN
12.476
D. PER BERNTZEN. CALLE GOYA, NÚMERO
12. URB. LOS CAIDEROS
He de poner en su conocimiento que con fecha 20
de septiembre de 2012, el Instructor del expediente
de referencia, emite la siguiente Propuesta de Resolución:
“Examinado el expediente sancionador número
9.560/2012 DU/SAN/P, instruido por este Ayuntamiento
frente a D. PER BERNZTEN, como promotor, y la
mercantil CONSTRUCCIONES ERIDIAN, S.L.,
como constructora, por realizar obras vulnerando los
Títulos V y VI del Texto Refundido de las Leyes de
Ordenación del Territorio de Canarias y de los Espacios
Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo
1/2000, de 8 de mayo, (en adelante, TR-LOTENC),
en calle Goya número 12, Urbanización los Caideros,
en este término municipal de Mogán, y vistos los informes
emitidos y demás documentos obrantes en el expediente,
y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES
Primero. Que con fecha 12/07/2012, por Decreto
de Alcaldía número 1.530/2012, notificado a los
interesados los días 13/07/2012 y 1/08/2012, se inicia
el presente procedimiento sancionador y de
restablecimiento de la legalidad urbanística infringida
contra D. PER BERNZTEN, como promotor, y la
mercantil CONSTRUCCIONES ERIDIAN S.L.,
como constructora de las obras expedientadas, por la
presunta comisión de una infracción urbanística
tipificada y calificada de GRAVE en el artículo
202.3.b) del citado TR-LOTENC, y sancionada en el
artículo 203.1.b) con multa de 6.010,13 € a 150.253,03
€, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción del
correspondiente expediente. Asimismo, en el apartado
tercero de dicho Decreto se ordenaba el PRECINTO
de las obras expedientadas, que fue practicado por los
Agentes de la Policía Local números 13.666 y 11.369,
el día 17/07/2012.
Segundo. A los interesados se les concedió un plazo
de QUINCE DÍAS para presentar alegaciones, sin que
hasta la fecha de hoy se haya presentado escrito
alguno en su defensa. Al mismo tiempo, se les concedía
un plazo de UN MES para recurrir, potestativamente,
la orden de precinto y suspensión de obras, sin que
hasta la fecha hayan presentado recurso alguno.
Tercero. Consultado el gestor de expedientes de
este Ayuntamiento, se comprueba que con fecha
28/06/2012 y R.E. número 9.229, D. PER BERNZTEN
había solicitado licencia de obra menor para reforma
de bungalow en Calle Goya número 12, Bungalow
número 100-H, en Los Caideros, de este Término
Municipal. Tras la tramitación de dicha licencia,
mediante Decreto número 1.790/2012-O se le otorga
licencia municipal de obra menor para dicha reforma,
de acuerdo con el proyecto técnico redactado por el
arquitecto técnico D. Jorge Melantuche Martínez y
visado por el COAAT el 26/06/2012.
Dicho Decreto, autorizando una obra menor, recoge
como condicionantes de la licencia los siguientes:
<< - No se modificarán parámetros urbanísticos de
la edificación (superficie construida, volumen,
ocupación o condiciones de habitabilidad), ni se
modificarán elementos estructurales.
- Las obras NO servirán como acabado o mejora de
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
obras previas ejecutadas sin el amparo de la
correspondiente licencia.
- La sustitución de carpinterías se realizará manteniendo
el tamaño de las existentes: no se autorizan incrementos
de tamaño ni modificación o apertura de nuevos
huecos. >>
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. No se han presentado alegaciones al decreto
de incoación.
Segundo. Se considera responsables de dicha
infracción a D. PER BERNZTEN, como promotor,
y a la mercantil CONSTRUCCIONES ERIDIAN
S.L., como constructora, en virtud de lo dispuesto en
el artículo 189 del TR-LOTENC.
Tercero. Los hechos anteriormente relacionados
son constitutivos de infracción urbanística tipificada
y calificada de GRAVE en el artículo 202.3.b) del citado
TR-LOTENC, y sancionada en el artículo 203.1.b)
del mismo Texto con multa de 6.010,13 € a 150.253,03
€. En el presente caso concurre, al menos, la
AGRAVANTE establecida en el artículo 199.b) del
TR-LOTENC, por lo que se agrava la cuantía de la
multa proponiéndose una sanción de NOVENTA
MIL (90.000,00 €) EUROS, conforme señala el
artículo 196 de TR-LOTENC.
Cuarto. Que de conformidad con el artículo 179 del
TR-LOTENC, se procederá a la reposición de las
cosas a su estado anterior a la presunta infracción, incluida
la demolición, en los siguientes supuestos: a) Cuando
se ubiquen o realicen en suelo urbanizable, cuya
ordenación no se haya pormenorizado, o en suelo rústico,
cuando siendo necesaria la calificación territorial,
carezcan de la misma; b) Cuando instada la legalización,
ésta haya sido denegada; c) Cuando no se haya instado
la legalización en el plazo concedido al efecto, y de
la instrucción del procedimiento resulte la
incompatibilidad de lo realizado y proyectado con las
determinaciones de la ordenación ambiental, territorial
y urbanística aplicables.
Quinto. Que el interesado dispone de licencia de obra
menor obtenida en virtud del Decreto 1.790/2012-O,
que le habilitaba para realizar las obras que se reflejaban
en el proyecto técnico aportado, con las limitaciones
expresas que allí se establecían y que no se han
respetado en lo más mínimo.
20189
Sexto. Que es competente para resolver el presente
procedimiento el Alcalde, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 190.1.a) del TR-LOTENC,
no obstante, en virtud de la delegación de competencias
acordada mediante Decreto 1.336/2011, de fecha 23
de junio, dicha competencia ha sido delegada en la
Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento.
Visto el expediente administrativo, informes emitidos,
disposiciones citadas y demás normas de general y
concordante aplicación, y, habiéndose observado
todas las prescripciones legales, y en virtud del artículo
18 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio
de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real
Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, tengo a bien
emitir la siguiente
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN:
PRIMERO. Imponer una multa de NOVENTA MIL
(90.000,00) EUROS a D. PER BERNZTEN, en
calidad de promotor, y a la mercantil
CONSTRUCCIONES ERIDIAN, S.L., como
constructora, por la ejecución de obras consistentes
en << derribo y construcción de tabiquería interna,
para nueva distribución interior, construcción de
escalera interior de acceso a la planta alta, ampliación
mediante construcción de techo en 2,66 metros hacia
la zona de terraza del inmueble, sustitución de
instalación eléctrica y red de saneamiento, sustitución
de pavimentos, derribo de fachada en planta alta
hacia la zona interior de la terraza, sobresaliendo un
metro en nueva edificación, con una altura de 2,00
metros, todo ello llevado a cabo en Calle Goya número
12, Urbanización Los Caideros, término municipal de
Mogán >>, como responsables de la comisión de una
infracción urbanística tipificada y calificada en el
artículo 202.3.b) y sancionada en el 203.1.b) del TRLOTENC, al ejecutar obras de construcción sin la
cobertura formal de la preceptiva licencia o
contraviniendo las condiciones de la otorgada.
SEGUNDO. Ordenar el restablecimiento del orden
jurídico perturbado mediante <<la demolición de lo
ilegalmente construido y la reposición de la realidad
física anterior.>>
Advertir al interesado que si procede a la restitución
por si mismo en los términos que disponga la
Administración, tendrá derecho a la reducción en un
noventa por ciento (90%) de la multa que deba
imponerse o que se haya impuesto, siempre que se
20190
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
solicite con anterioridad a la finalización del
correspondiente procedimiento de recaudación,
mediante el correspondiente pago.
Advertir al interesado que si obtuviera la legalización
pendiente, tendrá derecho a la reducción en un 60%,
siempre que se solicite con anterioridad a la finalización
del procedimiento de recaudación mediante el
correspondiente pago, todo ello de acuerdo con el artículo
182.2 TR-LOTENC.
TERCERO. Notificar la presente Propuesta de
Resolución a cuantos estén interesados en el
procedimiento, concediéndoles un plazo de QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES, para que puedan alegar cuanto
consideren conveniente en su defensa, así como
presentar los documentos e informaciones que estime
pertinentes, acompañada de un ANEXO con una
relación de los documentos obrantes en el expediente
sancionador.”
Lo que comunico para su conocimiento y efectos
oportunos.
En Mogán, a veintiuno de septiembre de dos mil
doce.
LA SECRETARIA DEL EXPEDIENTE, María
Elena Díaz Estévez.
Asunto: ANEXO.
A los efectos del artículo 19 del Reglamento para
el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado
por Real Decreto 1.398/1993, de 04 de agosto, se les
informa que los documentos obrantes en el expediente
sancionador de referencia, son los siguientes:
1) Denuncias Particular y Policía Local.
2) Informe Jurídico.
3) Decreto número 1.530/2012, de 12 julio.
4) Notificación Decreto número 1.530/2012 a Policía
Local.
5) Notificación Decreto número 1.530/2012 a
Denunciante.
6) Notificación Decreto número 1.530/2012 al
Promotor (13-07-2012).
7) Notificación Decreto número 1.530/2012 a
Contratista.
8) Acta de Precinto.
9) Escrito denunciante, de 26-07-2012.
10) Notificación Decreto número 1.530/2012 a
Unelco.
11) Propuesta Resolución Instructor Expte.”
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE PÁJARA
12.926
EDICTO
12.477
Tal como estableció la Ley Orgánica 14/2003, de
20 de noviembre, de reforma de la Ley Orgánica
4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades
de los extranjeros en España y su integración social,
transcurridos dos años desde su entrada en vigor (2212-2003) los extranjeros no comunitarios sin autorización
de residencia permanente deberán proceder a renovar
sus inscripciones padronales, las cuales tendrán una
vigencia de dos años.
Por todo ello, siguiendo al efecto la Resolución
conjunta de la Presidencia del INE y el Director
General de Cooperación Local de 28 de abril de 2005,
publicada en el Boletín Oficial del Estado número 128,
de 30 de mayo, por la que se dictan instrucciones técnicas
a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para
acordar la caducidad de las inscripciones padronales
de los extranjeros no comunitarios sin autorización
de residencia permanente y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas del Procedimiento
Administrativo Común (B.O.E. número 285, de 27
de noviembre de 1992), se hace pública notificación
a las personas que a continuación se relacionan en el
anexo, que si continúan residiendo en este Municipio,
deben presentar la solicitud de renovación de su
inscripción padronal, ya que habiéndose intentado poner
en su conocimiento dicha circunstancia en el último
domicilio conocido no ha sido posible practicar la
reglamentaria notificación.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Lo que notifico para debido conocimiento y efectos
de los interesados significándoles que, dentro de los
VEINTE DÍAS siguientes a la inserción del presente
anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia sin
haber realizado la correspondiente renovación, se
procederá a tramitar la baja de inscripción padronal.
En Pájara, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
EL CONCEJAL DELEGADO DE RÉGIMEN
INTERIOR, Diego Perera Roger.
NIA
ANEXO
APELLIDOS Y NOMBRE
35312
ABOUELHARIT, RACHID
18263
MOHAMED EL MAMY, AHMED
46105
DAOUDI, NAJEM
42626
PALOMINO ARELLANO, SANTOS LINO
46119
SECK, ARAME
38222
SANCHEZ ESCALONA, MARLON
46118
SECK, NGONE
46056
TAOUFIK, EL BACHIR
46126
33480
SIDI AHMED LAGNAOUI
VEGA MARTORELL, RAFAEL
12.867
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE SAN BARTOLOMÉ DE LANZAROTE
ANUNCIO
12.478
Transcurrido el plazo de información pública del
expediente de aprobación inicial de la modificación
de la Ordenanza número 48, Reguladora del
Procedimiento para la Tramitación de Licencias
Urbanísticas, aprobada en sesión plenaria de fecha 27
de julio de 2012 y publicada en el Boletín Oficial de
la Provincia número 102 de 10 de agosto de 2012, y
no habiéndose presentado reclamaciones o sugerencias,
la misma queda aprobada definitivamente, siendo el
texto íntegro el que a continuación se indica:
20191
ORDENANZA NÚMERO 48 REGULADORA
DEL PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN
DE
LICENCIAS
URBANÍSTICAS
Y
DECLARACIONES RESPONSABLES PARA LA
PRIMERA UTILIZACIÓN Y OCUPACIÓN DE
EDIFICACIONES E INSTALACIONES EN
GENERAL, Y PARA LA HABITABILIDAD DE
LAS VIVIENDAS.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La concesión de licencias de edificación debe
regularse en una Ordenanza Municipal adecuada al
marco normativo vigente, en la que, por una parte,
se integren las regulaciones urbanísticas y sectoriales
con las normas generales estatales y autonómicas,
resultado de la destacable actividad legislativa de los
últimos años, en materia urbanística, medioambiental
y de procedimiento administrativo, y en la que, por
otra parte, se posibilite la agilización de los
procedimientos, mejorando la eficiencia de los servicios
técnicos municipales, reduciendo los plazos de
respuesta a las solicitudes de los interesados y
unificando los criterios reguladores de dicha actividad
y, en suma, componiendo un marco normativo seguro
y ágil que redunde en un mejor servicio a los ciudadanos.
La simplificación y racionalización de las tramitaciones,
incorporando criterios de calidad en el desempeño del
servicio, permitirá paralelamente una mejora en la gestión
de los expedientes de intervención administrativa en
la edificación y uso del suelo y la simplificación de
las tareas de información urbanística, así como la
incorporación de las nuevas tecnologías en la relación
de los administrados con los servicios municipales.
Todo ello debe redundar en una mayor facilidad para
la participación ciudadana y en una reducción de
trámites y plazos que fomente la implantación de
actividades económicas y elimine trabas burocráticas
en las obras cotidianas de mantenimiento de los
inmuebles privados, compatibilizando la necesaria
estabilidad del marco normativo con los requerimientos
inherentes al desarrollo dinámico del municipio.
En la tarea que ahora se emprende, el contenido del
Título V del Texto Refundido de las Leyes de
Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de
Canarias y el Reglamento de Gestión y Ejecución del
Sistema de Planeamiento de Canarias constituye una
referencia obligada para la nueva ordenanza.
20192
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Además, en el ámbito estatal, la Ley 38/1999, de
5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, y
el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que
se aprueba el Código Técnico de la Edificación, han
permitido estructurar los contenidos y procedimientos
de tramitación administrativa de los proyectos técnicos.
Y, por último, deben tenerse en cuenta las novedades
introducidas por Ley 4/1999, de 13 de enero, de
modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común,
particularmente las relativas al silencio administrativo
positivo.
Por otro lado, la experiencia de los últimos años
demuestra que el constante incremento de solicitudes
de licencia en el municipio, unido a las dificultades
intrínsecas que surgen en cada procedimiento, ha
ocasionado que muchos de los órganos gestores no
hayan podido evitar la excesiva complejidad en la
tramitación de los expedientes y la dilatación en los
plazos de resolución. Se impone, en consecuencia, la
necesidad de dar solución a estos problemas,
simplificando los procedimientos y reduciendo estos
plazos.
Se da cumplimiento a lo establecido en el artículo
166-bis del TRLOTC-ENC aprobado por D.L. 1/2000
de 8 de mayo, en su redacción dada por la disposición
adicional sexta 3 de la Ley 7/2011 de 5 de abril, de
Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos y
Otras Medidas Administrativas Complementarias,
que exige para la primeras utilizaciones y ocupaciones
de edificaciones e instalaciones en general y para la
habitabilidad de las viviendas, la previa declaración
responsable presentada por el interesado en el
Ayuntamiento, a la que se deberá acompañar certificado
de finalización de obra firmado por técnico competente,
en el que se acredite la adecuación de la actividad o,
instalación al proyecto presentado conforme a la
normativa urbanística, ordenanzas municipales, a la
legislación sectorial aplicable y, en particular, cuando
se trate de viviendas, a la adecuación de las condiciones
de habitabilidad establecidas para el proyecto edificatorio
en el informe técnico previsto en el artículo 166.5 de
este texto refundido.
Finalmente, la nueva ordenanza aspira a modernizar
la gestión, buscando la máxima colaboración entre
la Administración y el ciudadano con el fin de alcanzar
el objetivo común de resolver los procedimientos de
licencia urbanística dentro de los plazos previstos en
función del tipo de licencia que se haya solicitado.
La Ordenanza Municipal de Licencias Urbanísticas
se estructura en dos títulos, y consta de cuarenta y seis
artículos, tres disposiciones adicionales, una disposición
transitoria, una disposición derogatoria, una disposición
final y un Anexos.
En cuanto al título I, relativo a Disposiciones
generales, una de las piedras angulares de la nueva
regulación es la creación de una licencia urbanística
única que autorice todos los actos de edificación y uso
del suelo que se puedan producir en una misma
actuación, entendiendo que si la pretensión del
solicitante es única, la respuesta de la Administración
Municipal debe ser, por tanto, también única.
Por primera vez se hace una relación completa de
los actos que no precisan de licencia urbanística,
incluyendo, además de los establecidos en las leyes,
las pequeñas obras de mejora de los acabados de las
viviendas y locales, por entender que la intervención
de la Administración en la actividad de los vecinos
debe ser proporcional a la trascendencia de las obras.
Constituye otra novedad la determinación del alcance
del control de legalidad que la tramitación de la
licencia supone, evitando tanto su utilización de
manera genérica e indeterminada como la reproducción
de controles que corresponden a otras Administraciones
o sobre materias que son ajenas a la ordenación
urbanística.
La idea de promover una Administración que
colabore de forma positiva con el solicitante se plasma
en la incorporación de la consulta urbanística especial,
en la que el órgano encargado de conceder la licencia
responde al proyectista acerca de las dudas concretas
que se le planteen, pudiendo proponer soluciones
alternativas. Se pretende así evitar posteriores
requerimientos y alcanzar mayor transparencia en
las interpretaciones normativas.
También se sientan las bases para la implantación
de una administración urbanística electrónica, para
la aplicación de técnicas de calidad en los servicios
y para la creación de un registro general de licencias
urbanísticas o una ventanilla única de licencias en
colaboración con otras Administraciones Públicas.
En el título II, en el que se abordan los Procedimientos
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
de tramitación de licencias, se incluye por primera vez
una relación de derechos y deberes de los interesados
en concordancia con la establecida en la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
El procedimiento de obtención de licencia por
actuaciones comunicadas adquiere una dimensión
muy relevante, al incluir las pequeñas obras y gran
parte de las nuevas implantaciones de actividades en
locales. La eliminación de trámites innecesarios para
este tipo de actuaciones sencillas que no requieren
controles suplementarios, permite dedicar la mayor
parte de la capacidad de los servicios municipales al
análisis y control de las solicitudes que comportan una
mayor complejidad.
Por el procedimiento ordinario se tramitarán todas
las actuaciones que tienen verdadera significación
urbanística y las que pueden afectar a la seguridad o
al patrimonio arquitectónico protegido, por lo que todas
ellas deberán ser proyectadas y dirigidas por un
técnico competente.
En el procedimiento ordinario común las obras no
pueden iniciarse sin licencia urbanística. El plazo
para la concesión es de tres meses. Transcurrido el
mismo la licencia puede entenderse concedida por silencio
administrativo positivo, en los términos previstos en
la legislación urbanística. Sin embargo en esta
modalidad se introduce la posibilidad de aprobación
de proyectos parciales siempre que se asegure la
viabilidad urbanística del conjunto sometida a la
condición legal resolutoria de obtención de la licencia
definitiva, previa comprobación de la adecuación de
las obras realizadas a la licencia concedida. En
cualquier caso, en el plazo de dos meses desde su
finalización, las obras deberán superar una inspección
de los servicios técnicos municipales con acta de
conformidad favorable, lo que autorizará la ocupación
y funcionamiento del edificio y la actividad.
TÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I.
Objeto y Ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto de la ordenanza.
1. La presente ordenanza tiene por objeto regular
20193
la tramitación de los procedimientos de otorgamiento
de licencias urbanísticas en el término municipal de
San Bartolomé, así como, regular la presentación de
la declaración responsable de las primeras utilizaciones
y ocupaciones de edificaciones e instalaciones en
general y la habitabilidad de las viviendas, los
documentos que se han de acompañar a la declaración
responsable para la verificación por los servicios
técnicos municipales del cumplimiento de la normativa
de aplicación.
2. La ordenanza desarrolla la legislación urbanística
y de ordenación de la edificación, así como las Normas
Urbanísticas de las Normas Subsidiarias del municipio
de San Bartolomé.
Artículo 2. Licencia urbanística y declaración
responsable.
1. La licencia urbanística es un acto reglado de la
Administración Municipal por el cual, previa
comprobación de las condiciones establecidas por la
normativa aplicable, se autoriza al solicitante el
ejercicio de su derecho preexistente a edificar o a
desarrollar determinadas actividades.
2. El título jurídico que contiene la autorización referida
se documentará bajo la denominación unitaria de
“Licencia urbanística del Ayuntamiento de San
Bartolomé”, cualquiera que sean los actos de edificación
y uso del suelo que se permitan.
3. En el documento de la licencia urbanística se indicará
el tipo de actuación autorizada de acuerdo con la
clasificación de actuaciones urbanísticas contenidas
en la presente ordenanza, indicando las condiciones
técnicas y jurídicas, y, en su caso, de funcionamiento
a que quede sometida.
4. El Ayuntamiento de San Bartolomé aprobará un
modelo oficial de la licencia urbanística.
5. Por declaración responsable se entiende el
documento suscrito por un interesado en el que
manifiesta bajo su responsabilidad, que cumple con
los requisitos establecidos en la normativa vigente para
acceder al reconocimiento de un derecho o facultad
o para su ejercicio, que dispone de la documentación
que así lo acredita y que se compromete a mantener
su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente
a dicho reconocimiento o ejercicio, todo ello conforme
al artículo 71 bis de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre,
20194
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
en su redacción dada por el artículo 2 de la Ley
25/2009 de 22 de diciembre.
Artículo 3. Actos sujetos a licencia urbanística.
1. Están sujetos a licencia urbanística, en los términos
establecidos en la presente Ordenanza y en Texto
Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio
y Espacios Naturales de Canarias, y sin perjuicio de
las demás autorizaciones que sean procedentes con
arreglo a la legislación sectorial aplicable, todos los
actos de uso del suelo, subsuelo, vuelo, construcción
y edificación para la implantación y el desarrollo de
actividades y, en particular, los siguientes:
a) Actos de edificación:
- Las obras de construcción, edificación e implantación
de instalaciones de toda clase de nueva planta.
- Las obras de ampliación de construcciones,
edificaciones e instalaciones de toda clase existentes.
- Las obras de modificación o reforma que afecten
a la estructura o al aspecto exterior de las construcciones,
las edificaciones y las instalaciones.
- Las obras que modifiquen la disposición interior
de las edificaciones, cualquiera que sea su uso, así como
la modificación del número de sus unidades funcionales
susceptibles de uso independiente.
- Las obras que hayan de realizarse con carácter
provisional y la ubicación provisional o permanente
de edificaciones y construcciones prefabricadas e
instalaciones similares.
- La demolición de las construcciones, salvo en los
casos declarados de ruina inminente.
- La colocación de antenas de cualquier clase
- La instalación y funcionamiento de grúas.
- La construcción de presas, balsas, obras de defensa
y corrección de cauces públicos, vías públicas o
privadas, puertos de abrigo, diques de protección y
defensa del litoral, accesos a playas, bahías y radas.
- Cualquier tipo de obras o usos que afectan a la
configuración del territorio.
b) Los actos de disposición:
- Las parcelaciones, segregaciones, modificaciones
o cualesquiera otros actos de división de fincas en
cualquier clase de suelo, no incluido en proyectos de
compensación o reparcelación.
c) Actos de uso del suelo o subsuelo:
- Los movimientos de tierra y las obras de desmonte
y explanación en cualquier clase de suelo, salvo que
tales actos estén detallados y programados como
obras a ejecutar en un Proyecto de Urbanización.
- Los trabajos de abancalamiento y sorriba para la
preparación de parcelas de cultivos, sin que las
operaciones para labores agrícolas tengan tal
consideración.
- La extracción de áridos y la explotación de canteras.
- La acumulación de vertidos y el depósito de
materiales.
- La tala o poda de masas arbóreas, de vegetación
arbustiva o de árboles aislados que, por sus características,
puedan afectar al paisaje o estén protegidos por la
legislación sectorial correspondiente.
- La colocación de carteles y vallas de propaganda
visibles desde la vía pública.
- Las construcciones e instalaciones que afecten al
subsuelo.
- Los cerramientos de fincas, muros y vallados.
d) Los demás actos que señalen los instrumentos
de planeamiento de ordenación de recursos naturales,
territorial o urbanístico.
- La instalación de tendidos eléctricos, telefónicos
u otros similares.
No será exigible licencia urbanística en los siguientes
supuestos:
- La instalación de invernaderos y de cortavientos.
- Los usos de carácter provisional.
Artículo 4. Actos no sujetos a licencia urbanística.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
a) La primera utilización y ocupación de instalaciones
en general, y la cédula de habitabilidad cuando se trate
de viviendas que deberán ser precedidas por una
declaración responsable en los términos establecidos
en la presente ordenanza.
b) Las parcelaciones, segregaciones, modificaciones
o cualesquiera otro acto de división de fincas o predios
que hayan sido incluidas en instrumentos de gestión
urbanística con capacidad reparcelatoria.
c) La demolición de construcciones declaradas en
ruina inminente y las obras de apuntalamiento, cuando
sean precisas.
d) Las obras de urbanización previstas en los
proyectos de urbanización aprobados por el
Ayuntamiento.
e) Las obras que sean objeto de órdenes de ejecución
dictadas por el Ayuntamiento.
f) Las actuaciones urbanísticas promovidas por el
Ayuntamiento en su propio término municipal. En estos
casos, el acuerdo municipal que las autorice o apruebe
estará sujeto a los mismos requisitos y producirá los
mismos efectos que la licencia urbanística, sin perjuicio
de lo dispuesto en la legislación de régimen local.
g) Las obras públicas eximidas expresamente por
la legislación sectorial, siempre que la Administración
promotora de las mismas ultime el procedimiento
alternativo de intervención municipal al efecto
establecido.
h) Obras de conservación consistentes en la sustitución
de acabados interiores y exteriores con criterios
estéticos similares conformes a condiciones estéticas
del Instrumento de Planeamiento Urbanística, de una
sola vivienda o local como solados, alicatados, yesos
y pinturas, cuando no estén protegidos
arquitectónicamente, así como, la sustitución de las
instalaciones propias y de la carpintería con criterios
estéticos similares, o conformes a condiciones estéticas
del Instrumento de Planeamiento Urbanístico.
i) Los cambios de titularidad de las licencias
urbanísticas, para lo cual bastará la mera comunicación
a que alude el artículo 21 de esta Ordenanza.
j) Las obras de apuntalamiento de construcciones
declaradas en ruina.
20195
Artículo 5. Órganos competentes para otorgar
licencias.
Corresponde al Alcalde u órgano municipal en
quien delegue el otorgamiento de las licencias
urbanísticas.
Artículo 6. Sujetos obligados a solicitar licencia
urbanística.
El deber de obtener la previa licencia urbanística
se extiende tanto a personas o a entidades privadas
como a entidades o Administraciones Públicas, salvo
en los casos expresamente exceptuados en la legislación
vigente.
Artículo 7. Actos urgentes o de excepcional interés
público promovidos por las Administraciones Públicas.
1. Los actos promovidos por la Administración
Autonómica o por la Administración General del
Estado, urgentes o de excepcional interés público, o
que afecten directamente a la defensa nacional, se
ajustarán a los procedimientos establecidos en la
correspondiente legislación estatal o autonómica.
2. En el ámbito correspondiente de cada Administración
Pública, el servicio competente para la supervisión
del proyecto técnico será responsable del control y
cumplimiento íntegro de la normativa sectorial de
aplicación.
Artículo 8. Actuaciones urbanísticas de particulares
en terrenos de dominio público.
1. Cuando las actuaciones urbanísticas se realicen
por particulares en terrenos de dominio público, se
exigirá la licencia urbanística, independientemente de
las autorizaciones o Concesiones que sean pertinentes
otorgar por parte de la Administración titular del
dominio público.
2. La denegación o ausencia de autorización o
concesión impedirá al particular obtener la licencia
y al órgano competente otorgarla.
Artículo 9. Actuaciones que requieran autorizaciones
o aprobaciones de otras Administraciones con carácter
previo a la licencia urbanística.
Los actos de uso del suelo o edificación que pretendan
llevarse a cabo en suelo rústico no podrán obtener licencia
urbanística municipal sin que previamente se haya
20196
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
aprobado el proyecto de Actuación Territorial o
autorizado la Calificación Territorial, cuando ello
fuera procedente, conforme determina la legislación
vigente.
Tampoco podrán otorgarse las correspondientes
licencias urbanísticas cuando los actos de edificación
o uso del suelo requieran autorización previa de otras
Administraciones con competencia sectorial en la
materia.
Las licencias que se otorgaren sin el concurso de
tales autorizaciones serán nulas de pleno derecho.
Artículo 10. Alcance del control de legalidad de la
licencia urbanística.
1. La intervención municipal, a través de la licencia
urbanística, se circunscribirá estrictamente a la
comprobación de la integridad formal y la suficiencia
legal del proyecto técnico y cualquier otra documentación
exigible para ser ejecutadas las obras e instalaciones
e implantadas las actividades y de la conformidad o
no de lo proyectado o pretendido con la ordenación
urbanística de pertinente aplicación.
2. En ningún caso la intervención municipal, a
través de la licencia urbanística, controlará los aspectos
técnicos relativos a la seguridad estructural de las
construcciones o la calidad de los elementos o
materiales empleados.
3. El control de legalidad realizado a través de la
licencia urbanística alcanzará a las condiciones de la
edificación establecidas en el instrumento de
planeamiento urbanístico vigente y en las Ordenanzas
municipales de Edificación y Urbanización que en su
caso se aprueben, así como a las exigidas por otras
normativas sectoriales cuando expresamente sometan
la observancia de su cumplimiento a la misma.
4. La intervención municipal en el control de las
instalaciones especializadas de los edificios que no
sean objeto de regulación específica por ordenanza
municipal se limitará a la comprobación de su existencia
como dotación al servicio de los edificios, así como
de la reserva de espacios o locales técnicos con
condiciones reglamentarias para su alojamiento y del
cumplimiento de las disposiciones contenidas en la
normativa aplicable para aminorar sus repercusiones
ambientales. No incluirá la comprobación de las
normativas específicas, cuando su control mediante
autorizaciones, certificados o boletines corresponda
a otra Administración Pública.
5. En aquellas actividades que por su naturaleza estén
sujetas a autorizaciones administrativas previas de otras
Administraciones Públicas, la intervención municipal
se limitará a requerir, junto con la solicitud, la copia
de las mismas o la acreditación de que han sido
solicitadas. Las licencias urbanísticas, en el caso de
no haberse acreditado aún todas las restantes
autorizaciones, no podrán otorgarse mientras no se
obtengan todas ellas.
6. Cuando la licencia solicitada se refiera a la
intervención parcial en un edificio, local o actividad,
el control municipal se circunscribirá a la actuación
pretendida y, en su caso, a la repercusión que pueda
tener en el resto del edificio, local o actividad o su
entorno.
En el caso anterior la licencia solicitada se tramitará,
sin perjuicio de las medidas de protección de la
legalidad urbanística que puedan proceder para
regularizar situaciones preexistentes distintas de la
actuación solicitada.
CAPÍTULO II.
Información urbanística e instrumentos para la
modernización en la tramitación de procedimientos
Artículo 11. Servicios de asesoramiento e información
urbanística.
1. Los servicios municipales informarán, asesorarán
y orientarán de forma individualizada a los interesados
sobre las condiciones técnicas, jurídicas y procedimentales
que puedan plantearse ante una determinada solicitud
de licencia
2. Los servicios de asesoramiento e información de
licencias urbanísticas estarán coordinados con los
servicios municipales de información general y
atención al ciudadano del Ayuntamiento.
Artículo 12. Consulta urbanística.
1. Se podrán formular consultas relativas a la
situación urbanística de una determinada parcela,
solar, inmueble o local, así como de los actos o usos
del suelo o subsuelo permitidos y del procedimiento
de tramitación aplicable para la actuación que se
trate, para resolver las dudas de interpretación que les
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
pueda suscitar la aplicación de uno o varios preceptos
normativos a las propuestas técnicas que planteen sobre
una actuación urbanística concreta.
2. La consulta se presentará en documento normalizado
y será contestada en el plazo de máximo de un mes.
3. Cuando se planteen propuestas técnicas sobre una
actuación concreta, las mismas deberán venir firmadas
por técnico competente, y ser suficiente para conocer
y valorar la cuestión técnica planteada; en otro caso
se podrá instar al interesado para que complete o
aclare el contenido de la misma.
20197
acompañada de la siguiente documentación por
duplicado:
a) Plano a escala 1:500, realizado sobre Cartografía
Digital Oficial en el que se señalen la forma y superficie
de la parcela, y fincas colindantes, anchos de las vías
que definen sus fachadas y situación respecto al viario
de conformidad con el callejero municipal.
4. Si ninguna de las propuestas técnicas fuese
conforme a la normativa urbanística, los servicios técnicos
municipales podrán colaborar con el solicitante
señalando las modificaciones precisas.
b) Excepcionalmente, y en el plazo máximo de
cinco días hábiles contados desde la presentación de
la solicitud, la Administración Municipal podrá
solicitar levantamiento topográfico de la parcela
cuando existan discordancias entre la realidad y el
planeamiento y/o nota simple del Registro de la
Propiedad. En tanto no se aporte el levantamiento
topográfico quedará interrumpido el plazo de expedición
de la alineación oficial.
6. La respuesta a la consulta no exime del deber de
obtener la licencia urbanística correspondiente.
5. No obstante, cualquier alteración del planeamiento
dará lugar a que queden sin efecto las alineaciones
practicadas con anterioridad a su aprobación, pudiendo
rehabilitarse en el caso de que no se hubieran alterado.
5. Deberá señalarse si se solicita certificación,
simple informe, o fotocopia compulsada de la
documentación obrante en el instrumento o expediente
concreto.
Artículo 13. Alineación oficial.
1. De acuerdo con lo establecido en las determinaciones
de las Normas Subsidiarias, se denomina alineación
oficial a la línea definida en los planos correspondientes,
que constituye el límite entre los terrenos dedicados
a la edificación adjuntos a la misma, sea privada o
pública y los dedicados a viales o espacio público.
2. Como documento jurídico-urbanístico, la alineación
oficial es el plano formalizado por la Administración
Municipal, suscrito por técnico competente, en el
que se señalan además de las circunstancias de deslinde
contempladas en el párrafo anterior, el estado de la
urbanización, si la parcela reúne o no la condición de
solar, la superficie aproximada de cesión gratuita o
de expropiación, en su caso, su formalización y el importe
aproximado de los gastos de urbanización que, en su
caso, tuviera que asumir el promotor para dotar al terreno
de la condición de solar.
3. La alineación oficial deberá ser expedida en un
plazo máximo de diez días. El procedimiento se
iniciará mediante presentación de la solicitud en
impreso normalizado. Dicha solicitud deberá ir
4. Las alineaciones oficiales tendrán vigencia
indefinida.
6. Cuando entre la documentación a aportar para
cada tipo de licencia según los anexos de la ordenanza,
figure la alineación oficial, tan solo deberá acompañarse
con carácter preceptivo en suelo urbano consolidado.
No será preceptiva su aportación en el suelo ordenado
por un Estudio de Detalle aprobado definitivamente
ni en unidades de ejecución de suelo urbano no
consolidado o sectores de suelo urbanizable que
cuenten con instrumentos de gestión urbanística con
capacidad reparcelatoria definitivamente aprobados,
siempre que en la solicitud se haga constar tal
circunstancia.
Artículo 14. Administración urbanística electrónica.
El Ayuntamiento potenciará la Administración
Urbanística Electrónica con la finalidad de que las
actuaciones procedimentales y gestiones administrativas
puedan realizarse, tanto por los servicios municipales
como por los interesados, a través de medios informáticos,
electrónicos o telemáticos, especialmente internet,
con plena validez jurídica y total confidencialidad.
Artículo 15. Calidad de los servicios.
1. En todos los servicios municipales encargados
20198
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
de la tramitación de las licencias se implantarán
sistemas de mejora de la calidad de los servicios,
evaluando y publicando periódicamente los resultados
obtenidos.
2. Asimismo podrán aprobarse cartas de servicios
que detallarán los compromisos de calidad ante los
ciudadanos.
3. Por los servicios competentes para la tramitación
de licencias urbanísticas se elaborarán con carácter
anual estadísticas que contengan datos referentes a
las mismas y todas aquellas circunstancias que puedan
ser de interés urbanístico. Los datos podrán ser
conocidos por todas las personas y entidades que los
soliciten.
CAPÍTULO III
Régimen jurídico de las licencias urbanísticas
Artículo 16. Objeto, contenido y efectos de la
licencia urbanística.
1. Las licencias urbanísticas facultarán a los titulares
para realizar la actuación solicitada y producirán
efectos entre el Ayuntamiento y el sujeto a cuya
actuación se refieran pero no alterarán las situaciones
jurídicas privadas entre éste y las demás personas.
2. Las licencias urbanísticas se entenderán otorgadas
dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio
del de tercero
3. No podrán ser invocadas para excluir o disminuir
la responsabilidad civil o penal en que hubieran
incurrido los titulares en el ejercicio de las actuaciones
autorizadas.
4. La licencia urbanística constituye un requisito legal
para la contratación del suministro de los servicios
de energía eléctrica, agua, gas, telefonía y
telecomunicaciones, en los casos y términos establecidos
en el artículo 172 del Texto Refundido de las Leyes
de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales
de Canarias.
Artículo 17. Vigencia de las licencias urbanísticas.
1. Las licencias urbanísticas se otorgarán por un plazo
determinado, tanto para iniciar como para terminar
las obras, salvo las referidas al uso del suelo para el
ejercicio de actividades, que tendrán vigencia indefinida,
sin perjuicio de la obligación legal de adaptarse, en
su caso, a las normas que en cada momento las
regulen.
2. En el caso de que la licencia deba entenderse otorgada
por silencio administrativo o de que, habiéndose
concedido expresamente, no contenga indicación
expresa sobre dichos plazos, éstos serán de uno y dos
años para iniciar y terminar las obras, respectivamente.
3. En todo caso, el titular de la licencia deberá
notificar al Ayuntamiento la fecha de iniciación de
las obras con al menos diez días de antelación. El mismo
régimen se seguirá en el caso de pretenderse la
realización de obras al amparo de una licencia obtenida
por silencio administrativo.
4. Si en el plazo de diez días desde la comunicación
no se hubiere personado un representante de los
servicios técnicos municipales a efectos de señalar las
alineaciones y rasantes, podrá levantarse el acta de
replanteo firmada por el promotor, el contratista, en
su caso, y la dirección facultativa. Un ejemplar de la
misma será presentado en el Ayuntamiento en el
plazo de diez días.
Artículo 18. Prórroga de las licencias urbanísticas.
Los plazos establecidos en las licencias podrán
prorrogarse a instancia del titular y con anterioridad
a la conclusión de los plazos expresamente establecidos
en aquéllas, siempre que los actos de edificación o
uso del suelo sigan siendo conformes con la ordenación
de los recursos naturales, territorial y urbanística
entonces vigente. En cualquier caso, la prórroga solo
podrá concederse por una sola vez y por un plazo que
no sea superior al inicialmente acordado.
Artículo 19. Transmisión de la licencia urbanística.
1. Las licencias urbanísticas serán transmisibles, pero
tanto el antiguo como el nuevo titular deberán notificarlo
por escrito al Ayuntamiento, facilitando los datos
que permitan identificar a la administración, la licencia
de que se trate, sin lo cual quedarán ambos sujetos a
las responsabilidades derivadas de la actuación
amparada por la licencia. La notificación del titular
anterior podrá ser sustituida por el documento público
o privado que acredite la transmisión “intervivos” o
“mortis causa” de la propiedad o posesión del inmueble,
local o solar.
2. Los deberes urbanísticos sobre terrenos,
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
construcciones y edificaciones tienen carácter real.
Las transmisiones realizadas por actos “intervivos”
o “mortis causa” no modificarán la situación jurídica
del titular, quedando el adquirente subrogado en el
lugar y puesto del transmitente, tanto en sus derechos
y deberes urbanísticos como en los compromisos que
este hubiera acordado con la Administración y hayan
sido objeto de inscripción registral.
3. El titular recibirá, en un plazo de veinte días, un
documento acreditativo de la transmisión que deberá
unirse a la licencia.
4. Para la transmisión de las licencias relativas a
actuaciones en bienes de dominio público se estará
a lo establecido expresamente para tales casos, bien
con carácter general o en las prescripciones de la
propia licencia.
Artículo 20. De las modificaciones de las licencias
urbanísticas.
1. Las alteraciones que pretendan introducirse
durante la ejecución de las obras autorizadas precisarán
aprobación municipal únicamente cuando supongan
cambios de uso o afecten a las condiciones de volumen
y forma de los edificios, a la posición y ocupación
del edificio en la parcela, a la edificabilidad, al número
de viviendas, a las condiciones de seguridad o a la
estética si se trata de obras en áreas o elementos
protegidos y a la habitabilidad de las viviendas.
2. Cuando la modificación sea requerida de oficio,
el requerimiento indicará las alteraciones existentes,
motivando la necesidad de la modificación de la
licencia.
3. La licencia que se conceda se limitará a recoger
el contenido de la modificación, haciendo referencia
a la licencia que se modifica.
4. En todo caso, será necesario solicitar una nueva
licencia si las modificaciones que se introducen
suponen una variación sustancial del objeto de la
licencia originariamente concedida.
Artículo 21. Caducidad de las licencias urbanísticas.
1. Las licencias caducarán en los siguientes supuestos:
a) Cuando no se hubiera iniciado la ejecución de
las actuaciones amparadas por las mismas en el plazo
fijado en la correspondiente licencia o, en defecto de
20199
plazo, en el de un año, salvo causa no imputable al
titular de la licencia.
b) Cuando no se cumpliese el plazo de terminación
establecido o, en defecto de plazo fijado, en el de dos
años, salvo causa no imputable al titular de la licencia.
2. La declaración de caducidad de la licencia, de
oficio o a instancia de cualquier persona, será efectuada
por el órgano competente para conceder la licencia,
previa audiencia al interesado una vez transcurridos
e incumplidos cualesquiera de los plazos a que se refiere
el párrafo anterior.
3. La declaración de caducidad extinguirá la licencia,
no pudiéndose iniciar ni proseguir las obras o ejercer
la actividad, salvo trabajos de seguridad y mantenimiento
de los cuales se dará cuenta al Ayuntamiento para su
control.
TÍTULO II .
PROCEDIMIENTOS DE TRAMITACIÓN DE
LICENCIAS URBANÍSTICAS
CAPÍTULO I
Régimen jurídico de los procedimientos
SECCIÓN 1ª
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 22. Normativa aplicable.
Las solicitudes de licencias urbanísticas se ajustarán
a los procedimientos señalados en este capítulo que
se aplicarán conforme a las disposiciones establecidas
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
así como a las especialidades contenidas en la
legislación urbanística y sectorial de la Comunidad
Autónoma de Canarias, y ello sin perjuicio de las
peculiaridades y requisitos que, por razón del contenido
específico de la actuación urbanística que se proyecte,
se establezcan en otras normas de rango superior a
la presente ordenanza.
Artículo 23. Principio de celeridad procedimental.
Los procedimientos regulados en esta Ordenanza
20200
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
municipal, están sometidos al principio de celeridad,
y se impulsarán de oficio en todos sus trámites,
acordándose en un solo acto todos aquellos que, por
su naturaleza, admitan una impulsión simultánea y
no sea obligado su cumplimiento sucesivo.
Artículo 24. Los interesados tendrán, además de los
legales o derivados del planeamiento vigente, los
deberes siguientes:
1. Colocar en lugar donde se vaya a realizar la
actuación urbanística, en el punto de mayor visibilidad
desde el exterior, cartel informativo que indique el número
y la fecha de la licencia urbanística (o referencia al
acuerdo de aprobación del proyecto, en el caso de tratarse
de una obra promovida por una Administración
Pública), la denominación descriptiva de la obra,
plazo de ejecución, nombre y apellidos del promotor,
directores de obra, coordinador de seguridad y salud
y empresa constructora. El citado cartel se ajustará a
lo dispuesto en el Anexo II de esta Ordenanza y será
facilitado por el Ayuntamiento.
2. Notificar al Ayuntamiento la fecha de iniciación
de obras.
Artículo 25. Tipos de procedimientos.
Las solicitudes de licencias urbanísticas se tramitarán
por los procedimientos de actuaciones comunicadas
y procedimiento ordinario, regulados en el capítulo
3 del presente título.
Artículo 26. Coordinación de actuaciones.
Se podrán tramitar conjuntamente la licencia
urbanística para actos de uso del suelo, construcción
y edificación con la de implantación y desarrollo de
actividades que recaigan sobre la misma parcela,
solar, inmueble o local y requieran la previa licencia
de actividad clasificada o autorización de espectáculo
público, reguladas en la Ley 1/1998, de 8 de enero.
En este caso, la licencia de actividad clasificada será
previa a la urbanística.
Artículo 27. Licencia para la obra principal
condicionada a la aprobación de proyectos parciales.
Cuando con el proyecto de obras de edificación se
presenten proyectos parciales o documentos técnicos
relativos a elementos autónomos de las obras o
instalaciones específicas, podrá otorgarse licencia
para las obras principales, condicionada a la aprobación
de los proyectos o documentos parciales, que deberán
ser aprobados previamente a la comunicación para la
primera ocupación, a excepción del proyecto de
infraestructura común de telecomunicaciones en el interior
de los edificios, que deberá ser aprobado antes del inicio
de las obras.
SECCIÓN 2ª.
DOCUMENTACIÓN
Artículo 28. Documentación.
1. Para la tramitación de las solicitudes de licencia
urbanística deberá aportarse la documentación que se
indica en los Anexos de esta Ordenanza, según el tipo
de actuación solicitada.
2. Concedida la licencia, ésta será debidamente
notificada al interesado.
3. Cuando se soliciten licencias de obras de nueva
edificación o demolición, el promotor, constructor o
solicitante de la misma deberá acreditar documentalmente
el afianzamiento de la correcta ejecución de las obras
en relación con los servicios públicos que sean visibles
desde el exterior y la vía pública, mediante la
constitución de garantía en cualquiera de las formas
legalmente establecidas. El importe de dicha garantía
se calculará en función de los metros cuadrados de
urbanización colindantes con la alineación exterior
del solar sobre el que se pretenda la construcción, obra
o demolición. El depósito de la garantía se efectuará
con carácter previo a la concesión de la licencia.
Artículo 29. Los proyectos técnicos.
1. Se entiende por proyecto técnico el conjunto de
documentos que definen las actuaciones a realizar, con
el contenido y detalle que permita a la Administración
Municipal conocer el objeto de las mismas y determinar
si se ajusta a la normativa urbanística aplicable. Los
proyectos técnicos pueden clasificarse en proyectos
técnicos de obras de edificación para las actuaciones
incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley de
Ordenación de la Edificación, que deberá venir
firmado por el técnico que la propia Ley establece,
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
y otros proyectos técnicos para actuaciones urbanísticas
no contempladas en dicha Ley, en los casos establecido
en esta Ordenanza. Cuando sea exigible, el Estudio
de Seguridad y Salud o el Estudio Básico, según
proceda, formará parte del proyecto técnico.
2. A efectos de su tramitación administrativa, todo
proyecto de edificación podrá desarrollarse en dos etapas:
la fase de proyecto básico y la fase de proyecto de
ejecución. Cada una de estas fases deberá cumplir las
condiciones y tener el contenido establecidos,
respectivamente, en el artículo 6 y en el Anejo I del
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que
se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
3. La Ordenanza determina las actuaciones que, por
su naturaleza o menor entidad técnica, no requieren
la presentación de proyectos técnicos, enumerando
los documentos exigidos en cada caso según el tipo
de actuación de que se trate. Igualmente determina
aquellas actuaciones que por su escasa entidad pueden
acometerse por simple comunicación al Ayuntamiento.
4. Los proyectos técnicos deberán estar suscritos por
técnico o técnicos competentes y reunir los requisitos
formales exigibles con arreglo a la legislación en
vigor.
5. La documentación técnica o el proyecto técnico,
una vez concedida la correspondiente licencia, quedarán
incorporados a ella como condición material de la misma.
Artículo 30. Estudio de seguridad y salud.
En los casos previstos por el Real Decreto 1627/1997,
de 24 de octubre, por el que se establecen las
disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las
obras de construcción, se deberá aportar, en los casos
que la obra requiera legalmente proyecto técnico, y
previamente a la entrega de la licencia, un estudio de
seguridad y salud o, en su caso, un estudio básico, que
será requisito necesario para la expedición de la
licencia municipal y demás autorizaciones.
Artículo 31. Medios de presentación de documentos.
La presentación de solicitudes, escritos, planos,
comunicaciones y documentos podrá efectuarse, con
plenos efectos jurídicos, en papel o en soporte
informático, electrónico o telemático de acuerdo con
20201
lo que se establezca por el Ayuntamiento de San
Bartolomé para la utilización de las nuevas tecnologías.
CAPÍTULO II
Disposiciones comunes relativas a la tramitación de
los procedimientos
SECCIÓN 1ª.
INICIACIÓN
Artículo 32. Solicitud de licencia.
1. El procedimiento de tramitación de licencias
urbanísticas se iniciará mediante solicitud normalizada,
según anexo 0 al anexo 5 obrantes en la presente
ordenanza, acompañada de la correspondiente
documentación, que se indica en esta ordenanza.
2. Las solicitudes contendrán los datos exigidos
por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
para la iniciación de los procedimientos administrativos
en cuanto a identificación del interesado, solicitud,
lugar, fecha y firma, y órgano a quien se dirige,
especificando, además, si se dispusiera, el número de
teléfono, fax y dirección de correo electrónico donde
el Ayuntamiento pueda enviar las comunicaciones o
notificaciones. Los servicios municipales competentes
dispondrán de un plazo de diez días para examinar
la solicitud y la documentación aportada.
Artículo 33. Subsanación y mejora de la solicitud.
1. En el plazo de diez días indicado en el artículo
anterior, si la solicitud de licencia no reúne los
requisitos señalados o si la documentación estuviera
incompleta, se requerirá al interesado para que en el
plazo de diez días subsane la falta o acompañe la
documentación preceptiva con indicación de que, si
así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su
petición previa resolución.
2. Se entenderá como fecha de inicio del expediente
a todos los efectos la de entrada de la solicitud cuando
se acompañe la documentación completa en el registro
del órgano competente para resolver, o bien la fecha
de la terminación del plazo concedido para subsanar
las deficiencias detectadas.
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
SECCIÓN 2ª.
INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Artículo 34. Informes.
1. Cuando en la instrucción del procedimiento sea
preceptivo informe de un órgano distinto a aquel que
tiene la competencia para resolver, deberá ser evacuado
en el plazo de diez días; de no emitirse el informe en
dicho plazo, se podrán proseguir las actuaciones
cualquiera que sea el carácter del informe y se
considerará evacuado favorablemente, excepto en el
supuesto de informes preceptivos que sean vinculantes
para la resolución del procedimiento, siempre que una
Ley así lo establezca.
2. La solicitud de informes que sean preceptivos y
vinculantes del contenido de la resolución a órgano
de la misma o distinta Administración, suspenderá el
plazo máximo legal para resolver el procedimiento
y notificar la resolución, por el tiempo que medie entre
la petición, que deberá comunicarse a los interesados,
y la recepción del informe, que igualmente deberá ser
comunicada a los mismos. El plazo máximo de
suspensión será el establecido legalmente para cada
caso.
3. En ningún caso se remitirán a informe las
actuaciones que sean inviables urbanísticamente.
Artículo 35. Requerimientos para subsanación de
deficiencias.
1. El transcurso del plazo máximo para dictar
resolución expresa podrá interrumpirse por una sola
vez mediante un único requerimiento para subsanación
de deficiencias de fondo.
2. El requerimiento será único y deberá precisar las
deficiencias, señalando el precepto concreto de la
norma infringida y el plazo para su subsanación,
incluyendo advertencia expresa de caducidad del
procedimiento, por lo que en ningún caso dicho plazo
será inferior a tres meses.
3. Si el solicitante no contesta se procederá sin más
trámite a declarar la caducidad del procedimiento, previa
resolución adoptada por el órgano competente y
notificada al interesado.
4. Si el requerimiento no se cumplimenta de forma
completa o se efectúa de manera insuficiente, la
licencia será denegada.
SECCIÓN 3ª.
RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Artículo 36. Resolución del procedimiento.
1. Los servicios municipales competentes emitirán
informe técnico e informe jurídico que contendrá la
propuesta de resolución de:
a) Denegación, motivando detalladamente las
razones de la misma.
b) Otorgamiento, indicando los requisitos o las
medidas correctoras que la actuación solicitada deberá
cumplir para ajustarse al ordenamiento en vigor.
2. La resolución del órgano competente deberá
producirse en el plazo máximo establecido en esta
Ordenanza para cada tipo de procedimiento, contado
desde la fecha en que se considere iniciado el expediente.
3. La resolución que se dicte será notificada al
solicitante de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso
de autorizarse establecimientos turísticos alojativos,
el acuerdo de concesión de la licencia correspondiente
será notificado al Cabildo Insular y a la
Consejería del Gobierno de Canarias competente
en materia de Turismo dentro del plazo de quince días
siguientes a la fecha del acuerdo.
Artículo 37. Plazo máximo para la resolución de los
procedimientos.
1. El órgano competente deberá otorgar o denegar
las licencias urbanísticas resolviendo los procedimientos
correspondientes en el plazo máximo de quince días
para las actuaciones comunicadas y tres meses en el
procedimiento ordinario.
2. Alos efectos del cómputo de los plazos establecidos
en el párrafo anterior, se considera iniciado el expediente
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
en la fecha de entrada de la documentación completa
en el Registro del órgano competente para resolver,
con la particularidad establecida en el artículo 33.2
de esta Ordenanza.
Artículo 38. Régimen jurídico del silencio
administrativo.
1. Cuando transcurriesen los plazos señalados para
resolver la licencia, con las interrupciones legalmente
procedentes, sin que la Administración Municipal
hubiera adoptado resolución expresa, operará el
silencio administrativo de la siguiente forma:
a) Si la licencia solicitada afecta a bienes de dominio
público o patrimoniales, se entenderá denegada.
b) Si la licencia se refiere a cualquier otro tipo de
actuaciones, se entenderá otorgada por silencio
administrativo.
2. Cuando para determinada actuación sujeta a
licencia se exigiera, en un único procedimiento, y con
carácter previo a la licencia, autorizaciones o informes
preceptivos y, en su caso, vinculantes de otras
Administraciones, el plazo para otorgar licencia y por
tanto para que opere el silencio administrativo se
entenderá interrumpido por el tiempo que tarde en emitirse
la autorización o el informe, aplicando en cada caso
los plazos máximos legalmente establecidos.
3. En ningún caso podrán adquirirse por silencio
administrativo positivo facultades en contra de las
determinaciones de la ordenación de los recursos
naturales, territorial y urbanística aplicable.
CAPÍTULO III.
Disposiciones particulares de cada procedimiento
SECCIÓN 1ª.
LICENCIAS
COMUNICADAS
POR
Artículo 39. Definición.
ACTUACIONES
1. Por este procedimiento se tramitarán las licencias
de aquellas actuaciones en las que por su reducido impacto
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urbanístico y escasa entidad técnica sea suficiente un
control inmediato para determinar su adecuación a la
normativa aplicable.
2. Para legitimar las actuaciones bastará comunicar
a la Administración Municipal la intención de llevarlas
a cabo con una antelación mínima de quince días
hábiles a la fecha en que pretenda realizarse, junto
con la documentación completa exigida para cada una
de ellas.
Artículo 40. Ámbito de aplicación.
Bastará la comunicación previa a los servicios
municipales para la realización de las actuaciones
urbanísticas siguientes:
1. Realización de obras para hacer efectivos los cambios
de actividad en locales con licencia de apertura y
funcionamiento en vigor, dentro del mismo uso,
siempre que concurran la totalidad de las siguientes
condiciones:
a) Que no haya ampliación o modificación de
instalaciones o de la actividad que requieran la
aplicación de nuevas medidas correctoras.
b) Que la ocupación teórica previsible del local no
aumente o se alteren las condiciones de evacuación
y seguridad de forma que sea preciso mejorarlas.
c) Que las obras precisas estén entre las que podrían
tramitarse como actuaciones comunicadas.
d) Que la actividad esté permitida de acuerdo con
lo establecido en el Instrumento de Ordenación
Urbanística vigente.
2. Implantación de actividades concretas en edificios
construidos para las mismas, sin obras o con obras
de las que pueden ser tramitadas por acto comunicado,
siempre que no alteren las condiciones básicas de
prevención de incendios del edificio.
3. Obras de conservación, reparación y mantenimiento
incluidas las que requieran la instalación de andamios,
siempre que no afecten a edificios catalogados o
declarados Bien de Interés Cultural.
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
4. Obras de acondicionamiento de carácter puntual
en locales y viviendas, salvo cuando se pretendan realizar
en edificios catalogados o declarados Bien de Interés
Cultural, que aún afectando a su distribución interior
no impliquen la apertura o ampliación de huecos en
muros, ni afecten a su estructura, ni se trate de edificios
fuera de ordenación u obras e instalaciones resultantes
de infracciones urbanísticas prescritas.
5. Obras exteriores en los edificios, salvo cuando
se pretendan realizar en edificios catalogados o
declarados Bien de Interés Cultural, que no afecten
a elementos estructurales ni se refieran a la modificación
general de las fachadas o al acristalamiento de terrazas
existentes mediante un proyecto conjunto de fachada.
6. Obras de restauración, salvo cuando se pretendan
realizar en edificios catalogados o declarados Bien
de Interés Cultural, incluidas las que requieran la
instalación de andamios, siempre que no afecten a
elementos estructurales ni supongan un cambio de los
materiales de acabado de la fachada.
7. Acondicionamiento de espacios libres de parcela
consistentes en ajardinamiento, pavimentación,
implantación de bordillos, salvo que se trate de
parcelas incluidas en áreas o elementos protegidos.
8. Limpieza de solares.
9. Las actuaciones provisionales de sondeo de
terrenos.
10. Apertura de zanjas y calas en terrenos privados.
La obtención de la licencia de las que se realicen en
terreno de dominio público se ajustará a lo establecido
en su ordenanza específica.
11. Vallado de obras, fincas o solares que no requieran
cimentación.
12. Instalación de andamiaje, maquinaría, grúas y
apeos, salvo que apoyen sobre la calzada o sobre las
aceras.
13. Instalación de antenas calificadas como inocuas
en la Ordenanza Municipal que regule las Condiciones
de la Instalación y Funcionamiento de Elementos y
Equipos de Telecomunicaciones, salvo que se pretendan
instalar sobre elementos protegidos de edificios
catalogados.
14. Las instalaciones fotovoltaicas con potencia
igual o inferior a 100KW
Artículo 41. Tramitación del procedimiento.
1. La comunicación deberá efectuarse en el documento
normalizado que figura como ANEXO 0, a la presente
ordenanza, acompañado de la documentación que
para cada actuación concreta se especifique.
2. La presentación en el Registro del Ayuntamiento
de la documentación completa para conocer de la
actuación equivaldrá a la toma de conocimiento por
parte de la Administración Municipal de la actuación
proyectada, salvo que se diera el supuesto contemplado
en el apartado 3.b) de este artículo, siendo posible el
inicio de las obras una vez transcurra el plazo de
quince días desde la comunicación, salvo que mediare
el requerimiento previsto en el apartado siguiente.
3. Analizada la documentación, y en función de la
adecuación o no de su contenido al ordenamiento
urbanístico y a las prescripciones de la presente
Ordenanza, la tramitación de los actos comunicados
concluirá en alguna de las siguientes formas:
a) Cuando se estime que la actuación comunicada
no está incluida entre las previstas para ser tramitadas
por este procedimiento, en plazo no superior a diez
días, se notificará al solicitante la necesidad de que
ajuste su actuación a las normas establecidas para el
tipo de licencia de que se trate.
b) En el mismo plazo de DIEZ DIAS la Administración
Municipal ordenará al solicitante, motivadamente,
que se abstenga de ejecutar su actuación por ser la
misma contraria al ordenamiento urbanístico, quedando
sin efecto la licencia. Si la inadecuación al ordenamiento
es puntual y no compromete el resto de la actuación,
la orden se limitará a las obras, instalaciones u otros
aspectos que lo incumplan.
4. Transcurrido el plazo de quince días, la comunicación
efectuada producirá los efectos de licencia urbanística.
5. El plazo para terminar las obras será de un año
a contar desde la entrega de la licencia.
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SECCIÓN 2ª.
PROCEDIMIENTO ORDINARIO
Artículo 42. Definición.
Se tramitarán mediante procedimiento ordinario
las demás licencias urbanísticas que requieran proyecto
técnico.
Artículo 43. Ámbito de aplicación.
a) Por el procedimiento ordinario se tramitarán
todas aquellas actuaciones urbanísticas sujetas a
licencia que no se lleven a cabo por licencia por
actuación comunicada.
Artículo 44. Tramitación del procedimiento ordinario.
1. El desarrollo del procedimiento se ajustará a las
normas comunes establecidas en esta Ordenanza.
2. Los servicios competentes dispondrán de un
plazo de diez días para examinar la solicitud presentada
y la documentación aportada.
3. Si la solicitud de licencia no reúne los requisitos
exigidos o si la documentación está incompleta, se
aplicará lo dispuesto en el artículo 35 de la presente
ordenanza.
4. Iniciada la tramitación del expediente y en un plazo
no superior a cinco días, se remitirá simultáneamente
el proyecto técnico a los servicios y órganos municipales
que deban informar la solicitud de la licencia.
5. Una vez completa la documentación, con los
correspondientes informes, se emitirá un único informe
técnico y el correspondiente informe jurídico que
contendrá la propuesta de resolución en los términos
establecidos en el artículo 41 de la presente ordenanza.
6. El transcurso del plazo máximo fijado para la
resolución podrá interrumpirse, por una sola vez,
mediante requerimiento para subsanación de deficiencias
de fondo, que deberá notificarse en el mes siguiente
a su presentación. El requerimiento deberá precisar
las deficiencias y el plazo para su subsanación
incluyendo advertencia expresa de caducidad del
procedimiento por lo que en ningún caso dicho plazo
será inferior a tres meses.
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7. Si el interesado no contesta se procederá sin más
trámite a declarar la caducidad del procedimiento, previa
resolución adoptada por el órgano competente.
Artículo 45. Transcurso de plazos sin requerimiento
o resolución.
1. En las actuaciones tramitadas por el procedimiento
ordinario, transcurridos tres meses desde la presentación
de la solicitud de licencia sin notificación de requerimiento
o resolución municipal, o un mes desde el cumplimiento
del requerimiento de subsanación de deficiencias o
mejora de solicitud, se entenderá otorgada la licencia
por silencio positivo en los términos resultantes del
correspondiente proyecto de obras de edificación,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.3 de la
presente Ordenanza.
2. En las actuaciones tramitadas por acto comunicado,
transcurridos quince días desde la presentación de la
documentación completa sin notificación de
requerimiento, se entenderá otorgada la licencia por
silencio positivo sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 38.3 de la presente Ordenanza.
3. SECCIÓN 2ª
Artículo 46. Primera ocupación y utilización de
edificaciones e instalaciones en general, y cédulas de
habitabilidad cuando se trate de viviendas.
1. Conforme a lo establecido en el artículo 166-bis
del texto refundido de las leyes de ordenación del territorio
de canarias y espacios naturales de canarias aprobado
por decreto legislativo 1/2000 de 8 de mayo, añadido
por la disposición adicional sexta apartado 3 de la ley
7/2011 de 5 de abril, la primera utilización y ocupación
de edificaciones e instalaciones en general deberá ser
precedida por una declaración responsable que ha de
presentar el titular del derecho en este ayuntamiento,
en el modelo oficial que figura como Anexo 3 a esta
ordenanza, a la que se adjuntará la siguiente
documentación:
- Certificados de finalización de obra firmado por
técnicos competentes, en el que se acredite la adecuación
de la actividad o instalación al proyecto presentado
conforme a la normativa urbanística, ordenanzas
municipales, a la legislación sectorial aplicable y, en
particular, cuando se trate de viviendas, a la adecuación
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
de las condiciones de habitabilidad establecidas para
el proyecto edificatorio en el informe técnico previsto
en el artículo 166.5 del TRLOTC-ENC.
- Fotografías en color de la obra terminada, con nitidez
y amplitud suficientes en la que se aprecien las
fachadas, la cubierta y la urbanización de las calles
que circunden la parcela, estas fotografías serán al menos
dos de cada uno de los aspectos indicados, tomada
desde posiciones diferentes.
- Cuando se trate de viviendas además de los
documentos anteriores, se deberá acompañar escritura
de declaración de obra nueva y división horizontal
debidamente liquidada.
- Declaración de alteración catastral en el modelo
902.
- Ingreso de autoliquidación, acreditativo de haber
ingresado las tasas correspondiente conforme a la
correspondiente ordenanza fiscal, que deberá efectuarse
en la cuenta corriente de titularidad de este ayuntamiento,
que a tal l efecto designe la tesorería municipal.
2. En el caso de edificaciones existentes sin licencia
de construcción, cuya infracción hubiera prescrito, y
que precisara la ocupación o la habitabilidad se
presentará, en el modelo oficial que figura como
ANEXO 4, declaración responsable, a la que se
adjuntará la siguiente documentación;
a) Documento acreditativo de la propiedad de la
edificación o de la titularidad de un derecho real
sobre la misma.
b) Certificación de técnico competente, acreditativa
de la fecha de la completa y total finalización y de la
adecuada seguridad estructural de la edificación, así
como la acreditación del cumplimiento de las condiciones
de habitabilidad cuando se trate de viviendas exigidas
en el anexo II del Decreto 117/2006 de 1 de agosto.
c) Declaración de alteración catastral en el modelo
902.
d) Fotografías en color de la obra terminada, con
nitidez y amplitud suficientes en la que se aprecien
las fachadas, la cubierta y la urbanización de las
calles que circunden la parcela, estas fotografías serán
al menos dos de cada uno de los aspectos indicados,
tomada desde posiciones diferentes.
e) Ingreso de autoliquidación, acreditativo de haber
ingresado las tasas correspondiente conforme a la
correspondiente ordenanza fiscal, que deberá efectuarse
en la cuenta corriente de titularidad de este ayuntamiento,
que a tal efecto designe la tesorería municipal.
3. En el supuesto caso que a la declaración responsable
se le acompañe la documentación exigida en el artículo
166-bis del TRLOTC-ENC por D.L. 1/2000 de 8 de
mayo y la exigida en la presente ordenanza, se
extenderá diligencia en el documento de declaración
responsable en la que se hará constar que la presente
declaración responsable ha surtido todos sus efectos,
sin perjuicio de las facultades inspectoras de
comprobación para la verificación del cumplimiento
de los requisitos exigidos legalmente y de las
responsabilidades penales, civiles o administrativas
a las que hubiera lugar por incurrir en inexactitud, falsedad
u omisión.
4. En caso contrario, esto es, cuando no se acompañen
los citados documentos o cuando haya de subsanarse
alguno/s, se extenderá diligencia en la que se hará constar
que la misma no ha surtido sus efectos, requiriéndose
al interesado para que en un plazo de 10 días a contar
desde la notificación de dicho requerimiento, acompañe
los documentos o subsane los defectos, con indicación
de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por no realizada
su declaración responsable de primera utilización y
ocupación o su declaración responsable de habitabilidad
cuando se trate de viviendas, previa resolución que
deberá ser dictada en los términos del artículo 42 de
la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
5. Una vez presentada la declaración responsable
acompañada de los documentos exigidos en la presente
ordenanza, los servicios municipales practicarán, en
el plazo máximo de un mes desde la presentación en
forma de la indicada declaración responsable, una
inspección final con acta de conformidad o no de las
obras ejecutadas y de su adecuación al uso, y la
actividad a la que vayan a ser destinadas.
En el supuesto de que la declaración fuera de
disconformidad, se iniciará el correspondiente
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procedimiento de restablecimiento del orden jurídico
perturbado y el sancionador, siguiendo el procedimiento
establecido en los artículos 176 y s.s. del TRLOTCENC aprobado por D.L. 1/2000 de 8 de mayo. De esta
resolución se dará traslado a las correspondientes
empresas suministradoras de servicios.
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
1. En materia de disciplina urbanística se aplicarán
íntegramente las disposiciones del Texto Refundido
de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios
Naturales de Canarias sobre inspección urbanística,
protección de la legalidad urbanística e infracciones
urbanísticas y su sanción, así como las demás normas
estatales y autonómicas que sean de aplicación.
2. Se extenderá el régimen jurídico de las órdenes
de suspensión de actos de edificación y uso del suelo
a las órdenes de cese del ejercicio de actividades sin
licencia urbanística y las que se ejerzan sin subsanar
las deficiencias requeridas por la Administración
Municipal. No obstante lo anterior, las órdenes de cese
de actividades, salvo en los supuestos de peligro
inminente, se efectuarán previo trámite de audiencia
al interesado.
3. Las órdenes de ejecución en cumplimiento de los
deberes de conservación en materia de seguridad,
salubridad y ornato de las edificaciones e instalaciones,
se ajustarán a lo establecido para las mismas por la
legislación urbanística vigente y por las ordenanzas
sectoriales aplicables.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
1. Se podrán celebrar Convenios y Acuerdos con
los colegios profesionales que determinen distintos
grados de colaboración en orden a la comprobación
formal del contenido de los proyectos técnicos o, en
su caso, la expedición de un visado especial que
acredite que aquél cumple con la normativa aplicable
en los procedimientos de otorgamiento de licencias.
2. En todo caso, los correspondientes convenios que
se celebren, establecerán expresamente que el
otorgamiento de licencias urbanísticas corresponde
en todo caso a los órganos competentes del Ayuntamiento
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de San Bartolomé, que se reservará las facultades de
inspección, comprobación y restablecimiento de la
legalidad.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
En tanto no se establezca lo contrario en una
Ordenanza municipal, los contenidos del proyecto de
edificación que se exigirán como obligatorios son los
detallados en el Anejo I del Real Decreto 314/2006,
de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código
Técnico de la Edificación.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA
1.1. Los expedientes de concesión de licencia que
se encuentren en trámite en el momento de entrada
en vigor de la presente Ordenanza seguirán tramitándose
por el régimen anterior a la presente ordenanza.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogadas cuantas normas de igual rango
se opongan a lo establecido en la presente Ordenanza.
DISPOSICIÓN FINAL
1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos
56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, la
publicación y entrada en vigor de la Ordenanza se
producirá de la siguiente forma:
a) El acuerdo de aprobación definitiva de la presente
Ordenanza se comunicará a la Administración del Estado
y a la Administración de la Comunidad Autónoma
de Canarias.
b) Transcurrido el plazo de quince días desde la
recepción de la comunicación, el acuerdo y la ordenanza
se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia.
c) La ordenanza entrará en vigor al día siguiente de
su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
San Bartolomé, a treinta de octubre de dos mil
doce.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA, María Dolores
Corujo Berriel.
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ANEXO 0
A. DOCUMENTACIÓN PARA ACTUACIONES COMUNICADAS
1. Documentación general
En todos los casos se aportarán los documentos siguientes:
1.1. Impreso normalizado de solicitud y características básicas de la actuación que se pretende.
1.2. Plano, croquis o fotocopia del callejero municipal señalando la situación del edificio, parcela o solar. La
dirección indicada debe corresponderse con las del Callejero Oficial del Municipio.
1.3. Descripción suficiente de la actuación que se pretende.
Si se tratase de una nueva implantación o modificación de actividad con obras, la memoria deberá incluir la
descripción de la actividad y de las obras, significando la posición del local dentro del edificio, sus accesos y
comunicaciones con el mismo, la maquinaria e instalaciones fijas del local y la actividad con sus características
técnicas, incluyendo cuando la naturaleza de la actividad lo justifique las de carácter sanitario, los servicios
higiénicos y las medidas de prevención de incendios (extintores, luces de emergencia, etcétera).
1.4. Planos o croquis, a escala, acotados, de planta y/o sección y/o alzado que reflejen el estado actual y, en
su caso, el reformado tras la intervención, que contengan, al menos, los extremos indicados en el punto anterior.
1.5. Presupuesto de las obras e instalaciones fijas a precios actuales de mercado.
1.6. Impreso de autoliquidación de tributos.
2. Documentación específica según el tipo de actuación
La documentación se complementará con la que en cada caso se indica para cada tipo de actuación:
2.1. Obras exteriores que afecten a la fachada del edificio: descripción fotográfica de la misma.
2.2. Cerramiento y vallado de solares: alineación oficial.
2.3. Instalación de Antenas, Elementos y Equipos de Telecomunicación, fotomontajes y simulación gráfica
del impacto visual en el paisaje arquitectónico urbano y certificación de la acreditación oficial de la empresa
responsable de las obras e instalaciones.
2.4. Instalación provisional de carpas y casetas prefabricadas para usos y obras de carácter provisional:
2.4.1. Certificado de técnico facultativo habilitado legalmente, visado por el colegio profesional correspondiente,
de su conformidad a la ordenación urbanística, de la suficiencia de su estabilidad estructural en la hipótesis de
esfuerzos extremos y de la adecuación de sus condiciones de prevención y extinción de incendios, evacuación,
estabilidad y reacción al fuego a la normativa reguladora.
2.4.2. Copia de las restantes autorizaciones que fuesen precisas y, en su caso, concesiones, cuando sean legalmente
exigibles al solicitante.
2.5. Instalación de grúas:
2.5.1. Plano de la ubicación de la grúa, con las áreas de barrido de la pluma, firmado por el técnico que ostente
la dirección facultativa de la misma, visado por el colegio profesional correspondiente.
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2.5.2. Póliza de seguros y certificado de la compañía con cobertura total de cualquier género de accidentes
que pudieran producirse durante el montaje, funcionamiento, desmontaje y su estancia en obra, por una cuantía
mínima de 300.000 euros.
2.5.3. Dirección facultativa de instalación y funcionamiento de la grúa durante el transcurso y hasta la
paralización de las obras o su desmontaje, expedida por técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente.
En dicha dirección facultativa deberá hacerse mención expresa al cumplimiento de las normas establecidas
por la instrucción técnica complementaria MIEAEM2 del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención
referente a grúas torre desmontables para obras.
2.5.4. Copia de la solicitud de instalación de la grúa ante la Dirección General de Industria del Gobierno de
Canarias, debidamente registrada.
2.6. Andamios y plataformas elevadoras o elementos similares: dirección facultativa del montaje y desmontaje
suscrita por técnico competente, visada por el colegio profesional correspondiente.
2.7. Tala de masas arbóreas, vegetación arbustiva o árboles aislados, no protegidos, que por sus características
puedan afectar al paisaje:
2.7.1. Autorización expresa para la tala concedida por la Administración competente.
2.8. Instalación individual de aire acondicionado: indicación de las características del equipo con su catálogo
y croquis de situación de la unidad condensadora o rejilla de evacuación del aire de condensación acotado con
respecto las ventanas u otros huecos existentes en la fachada y su altura sobre el suelo. Si se pretende instalar
en una fachada visible desde la vía pública, además, estudio del conjunto o descripción fotografía para su integración
en la fachada, señalando el punto de instalación.
2.9. Talleres o despachos profesionales domésticos: acreditación de que se trata de la vivienda habitual del
solicitante.
2.10. Actividades industriales y de almacenamiento: deberán indicarse los productos empleados y almacenados,
las cantidades previsibles y, en el caso de que no sean de uso ordinario, sus características frente al fuego, carga
de fuego y nivel de riesgo intrínseco.
2.11. Obras que generen residuos de construcción y demolición: el solicitante deberá acreditar el destino de
los residuos que se vayan a producir.
2.12. 1 Cambio de uso, cualquiera que sea el mismo, que no requiera obras que modifique la disposición interior
de las edificaciones
Documentos a presentar:
- Impreso normalizado de solicitud debidamente cumplimentado.
- Impreso de autoliquidación de tributos o justificante de ingreso/s.
- Memoria explicativa del cambio de uso, en la que se deberá hacer constar expresamente que no se van a
realizar obras que modifique la disposición interior de la edificación.
- Plano de situación, planta alzado y secciones del estado actual y del nuevo uso.
- Autorizaciones, en su caso, exigibles por la normativa sectorial (B.I.C., Costas, División horizontal,….)
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- Otros proyectos complementarios cuando sea exigible por ley (Proyecto de Instalaciones de Telecomunicaciones…).
2.12.2. Informe de Compatibilidad de la instalación o actividad proyectada con el planeamiento y ordenanzas
aplicables en el respectivo municipio, exigido por la Ley 7/2011.
- Impreso normalizado de solicitud debidamente cumplimentado.
- Impreso de autoliquidación de tributos o justificante de ingresos.
- Memoria descriptiva.
- Documentación técnica y gráfica suficiente para su estudio, cómo mínimo plano, croquis o fotocopia del
callejero municipal señalando la situación del edificio, local o vivienda, parcela o solar.
B. DOCUMENTACIÓN PARA EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO
1. Documentación general
1.1. Impreso normalizado de solicitud debidamente cumplimentado.
1.2. Impreso de autoliquidación de tributos.
1.3. Declaración del técnico o técnicos autores del proyecto sobre la conformidad de lo proyectado a la ordenación
urbanística aplicable, que incluya el certificado de viabilidad geométrica, en su caso.
1.4. Un ejemplar del proyecto básico o de ejecución y de los complementarios que legalmente fueran precisos
de acuerdo con la legislación vigente en soporte papel y otro en soporte digital (formato PDF o DXF) suscrito
por técnico competente, acompañados de las hojas de encargo de las direcciones facultativas correspondientes.
1.5. Declaración responsable de gestión de residuos de construcción y demolición de obras menores, en modelo
normalizado obrante en la Oficina Técnica Municipal.
2. Documentación particular, según los casos.
a) Obras de nueva edificación para un uso o actividad determinados:
- Carta de pago justificativa del depósito de la garantía regulada en el artículo 33.4 de esta Ordenanza.
- Si se trata de edificios incluidos en el Catálogo de Bienes que deban ser objeto de preservación o declarados
Bien de Interés Cultural, descripción fotográfica en color que permita observar, en las obras de ampliación, la
correcta adecuación de la ampliación a su entorno y descripción fotográfica en color del edificio existente en
las obras de sustitución.
- Si se propone la mancomunidad de patios o garaje-aparcamiento, o el adosamiento, certificación registral
que lo acredite.
- Si la obra de nueva planta o de recuperación tipológica precisa previa parcelación, licencia de parcelación.
- Si las obras que se pretendan llevar a cabo consisten en la construcción de viviendas en régimen de
protección, petición al Instituto Canario de la Vivienda de calificación provisional de las viviendas.
- Alineación oficial, cuando sea preceptiva de acuerdo con el artículo 14.6.
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20211
b) Obras en los edificios existentes:
- Si las obras se pretenden realizar dentro de Áreas de Protección Arqueológica y Paleontológica y conlleva
la excavación del terreno, se acompañará informe del Cabildo Insular.
- Si las obras son de reestructuración general y se refieren a un edificio incluido en el Catálogo de Bienes que
deban ser objeto de preservación o declarados Bien de Interés Cultural, se presentará alzado del tramo o tramos
de calle completos a los que dé fachada el edificio.
- Cuando se trate de obras de acondicionamiento, reestructuración o consolidación en edificio que estuviese
incluido en el Catálogo que deban ser objeto de preservación o declarados Bien de Interés Cultural, o si no estándolo,
las obras de reestructuración estuvieran incluidas en las que el Plan General de Ordenación Urbanística define
como de reestructuración general, se presentará descripción fotográfica de los elementos más significativos del
inmueble.
- Cuando las obras afecten a elementos o edificios declarados Bienes de Interés Cultural o incluidos en cualquiera
de los catálogos a que se refiere la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias o el Plan General de Ordenación
Urbanística, se solicitarán tres copias de la descripción fotográfica.
- Cuando se trate de obras que afecten a áreas o elementos protegidos se deberá presentar la necesaria
documentación gráfica y fotográfica suficiente para demostrar el cumplimiento de las determinaciones exigidas
por el Plan General de Ordenación Urbanística.
- Si la obra afecta a la totalidad de la fachada o parte de la misma, descripción fotográfica en color de toda la
fachada o la zona afectada por las obras.
- Obras que generen residuos de construcción y demolición: el solicitante deberá acreditar el destino de los
residuos que se vayan a producir.
c) Obras de demolición:
- Descripción fotográfica en color del edificio en su conjunto y de los elementos más característicos.
- En los casos de demolición parcial en edificios incluidos en el Catálogo de Bienes que deban ser objeto de
preservación o declarados Bien de Interés Cultural o ubicados en un Conjunto Histórico, se presentará descripción
documental de todos aquellos elementos que ayuden a ofrecer un mejor marco de referencia para el conocimiento
de las circunstancias en que se construyó el edificio, de sus características originales y de su evolución, así como
la justificación de que lo que se pretende demoler son cuerpos añadidos o ligados a la ejecución de obras permitidas.
No obstante, en aquellos supuestos en los que conforme a la normativa vigente no sea necesaria la obtención
de la previa licencia para proceder a la demolición de una edificación declarada en ruina, será condición
indispensable aportar al expediente planos de los alzados realizados mediante levantamiento fotogramétrico, o
muy detallados, de las fachadas y otros elementos arquitectónicos ornamentales interior.
- Carta de pago justificativa del depósito de la garantía regulada en el artículo 33.4 de esta ordenanza.
- En caso de producción de residuos procedentes de las demoliciones, acreditación de su destino de acuerdo
con la Ley de Residuos de Canarias.
d) Segregaciones o agrupaciones:
- En el caso de que la porción de suelo o edificación no figure en el Catastro, aportar copia alta en el catastro
(Modelo 902).
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
- Ficha de segregación o agrupación debidamente cumplimentada.
- Plano de situación o emplazamiento de la planimetría oficial de alineaciones a escala mínima 1:1000,
ubicando, a escala y acotada dentro del plano, la finca matriz y la porción/es de suelo que se pretende agrupar
o segregar.
- Título de propiedad de la finca matriz formalizado en escritura pública.
e) Apertura de zanjas en vía pública:
- Memoria descriptiva de las obras previstas acompañada de fotografía de la zona afectada, plano de situación
donde se marca la porción de suelo objeto de la apertura de zanja, conforme al planeamiento vigente firmado
por el interesado, plano acotado, presupuesto detallado y autorizaciones de las empresas suministradoras de
Endesa (electricidad), Inalsa (alcantarillado)…
f) Obras (adecuación de locales) para hacer efectivos los cambios de actividad en locales, dentro del mismo
o distinto uso.
Documentación a presentar:
- Impreso normalizado de solicitud debidamente cumplimentado.
- Impreso de autoliquidación de tributos o justificante de ingreso/s.
- Cuando legalmente sea exigible, un ejemplar del proyecto técnico en soporte papel y otro en soporte digital
(formato PDF o DXF) suscrito por técnico competente, visado por el correspondiente colegio profesional.
- Comunicación de encargo de la dirección de obras (original), en su caso.
- Otros proyectos complementarios cuando sea exigible por ley (Proyecto de Instalaciones de Telecomunicaciones….)
3. Otra documentación complementaria en los supuestos indicados:
2.1. Si la obra se pretende realizar dentro de las Áreas de Protección Arqueológica y Paleontológica y prevé
la excavación del terreno, se acompañará informe del Cabildo Insular.
2.2. Si la actividad a la que van a servir las obras estuviese considerada como actividad clasificada, deberá
adjuntarse relación de vecinos potencialmente afectados.
2.3. Si el edificio se destina a una actividad de espectáculo público o recreativa o cualquier otra que esté sometida
a licencia municipal de naturaleza distinta a la urbanística y cuya concesión esté atribuida a la misma autoridad,
se deberá aportar en el proyecto la documentación e información complementaria que permita resolver sobre
ambas licencias.
2.4. Cuando sean legalmente exigibles al solicitante, copia de las restantes autorizaciones y, en su caso, concesiones
administrativas o acreditación de haberlas solicitado.
2.5. Si la licencia solicitada es la de primera ocupación, deberán adjuntarse el correspondiente certificado de
fin de obra y una certificación acreditativa de la coincidencia de la obra ejecutada con la contemplada en el
proyecto técnico autorizado en la licencia urbanística, en ambos casos expedidos por la dirección facultativa y
visados por el correspondiente colegio profesional.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
20213
20214
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20215
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20218
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Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
20219
20220
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
20221
20222
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
13.001
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
20223
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA
EDICTO
12.479
Quedando definitivamente aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 5 de
octubre de 2012, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, el Expediente
de Modificación Presupuestaria 29/2012 por suplementos de créditos, que afecta al Presupuesto de este
Ayuntamiento prorrogado para el ejercicio 2012, por la cantidad de 7.424.623,40 euros financiado con remanente
líquido de tesorería, en cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
se hace público el siguiente resumen por Capítulos:
SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
CAPÍTULO VI
DENOMINACIÓN
GASTOS DE PERSONAL
4.821.800,00
INVERSIONES REALES
133.723,40
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS
FINANCIACIÓN DEL EXPEDIENTE: REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA
CAPÍTULO VIII
IMPORTE
DENOMINACIÓN
ACTIVOS FINANCIEROS
Quedando los Capítulos del Presupuesto del ejercicio 2012 con las siguientes cantidades:
ESTADO DE GASTOS
2.469.100,00
IMPORTE
7.424.623,40
CAPÍTULO I
GASTOS DE PERSONAL
41.483.442,77
CAPÍTULO III
GASTOS FINANCIEROS
1.600.000,00
CAPÍTULO II
CAPÍTULO IV
GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y DE SERVICIO
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
CAPÍTULO VI
INVERSIONES REALES
CAPÍTULO VIII
ACTIVOS FINANCIEROS
CAPÍTULO VII
CAPÍTULO IX
CAPÍTULO I
CAPÍTULO II
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
PASIVOS FINANCIEROS
TOTAL
ESTADO DE INGRESOS
IMPUESTOS DIRECTOS
IMPUESTOS INDIRECTOS
38.502.724,25
1.577.132,92
16.471.159,85
23.000,00
130.032,00
3.982.600,00
103.770.091,79
31.716.000,00
1.000.000,00
20224
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
CAPÍTULO III
TASAS Y OTROS INGRESOS
CAPÍTULO V
INGRESOS PATRIMONIALES
CAPÍTULO VIII
ACTIVOS FINANCIEROS
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO VII
CAPÍTULO IX
10.795.093,92
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
20.017.002,34
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
2.137.012,59
PASIVOS FINANCIEROS
TOTAL
4.485.000,00
29.859.280,94
3.760.702,00
103.770.091,79
Lo que se hace público para general conocimiento, conforme con lo dispuesto en los artículos 20.3 y 38.2 RD
500/90, de 20 de abril.
Contra el presente acuerdo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha
Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
San Bartolomé de Tirajana, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
LA CONCEJALA-DELEGADA DE HACIENDA, Gema Rojas Hernández.
12.999
EDICTO
12.480
Quedando definitivamente aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 5 de
octubre de 2012, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, el Expediente
de Modificación Presupuestaria 30/2012 por créditos extraordinarios, que afecta al Presupuesto de este
Ayuntamiento prorrogado para el ejercicio 2012, por la cantidad de 1.679.166,72 euros financiado con remanente
líquido de tesorería, en cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
se hace público el siguiente resumen por Capítulos:
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
CAPÍTULO II
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO VI
DENOMINACIÓN
GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
INVERSIONES REALES
FINANCIACIÓN DEL EXPEDIENTE: REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA
IMPORTE
395.000,00
600.000,00
684.166,72
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
CAPÍTULO VIII
DENOMINACIÓN
ACTIVOS FINANCIEROS
Quedando los Capítulos del Presupuesto del ejercicio 2012 con las siguientes cantidades:
ESTADO DE GASTOS
20225
IMPORTE
1.679.166,72
CAPÍTULO I
GASTOS DE PERSONAL
41.483.442,77
CAPÍTULO III
GASTOS FINANCIEROS
1.600.000,00
CAPÍTULO II
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO VI
CAPÍTULO VII
CAPÍTULO VIII
CAPÍTULO IX
CAPÍTULO I
GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y DE SERVICIO
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
INVERSIONES REALES
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
ACTIVOS FINANCIEROS
PASIVOS FINANCIEROS
TOTAL
ESTADO DE INGRESOS
CAPÍTULO IX
130.032,00
3.982.600,00
105.449.258,51
10.795.093,92
INGRESOS PATRIMONIALES
4.485.000,00
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
CAPÍTULO VIII
23.000,00
TASAS Y OTROS INGRESOS
CAPÍTULO IV
CAPÍTULO VII
17.155.326,57
31.716.000,00
IMPUESTOS INDIRECTOS
CAPÍTULO V
2.177.132,92
IMPUESTOS DIRECTOS
CAPÍTULO II
CAPÍTULO III
38.897.724,25
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
ACTIVOS FINANCIEROS
PASIVOS FINANCIEROS
TOTAL
1.000.000,00
20.017.002,34
2.137.012,59
31.538.447,66
3.760.702,00
105.449.258,51
Lo que se hace público para general conocimiento, conforme con lo dispuesto en los artículos 20.3 y 38.2 RD
500/90, de 20 de abril.
Contra el presente acuerdo, los interesados podrán interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo
en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha
Jurisdicción.
20226
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
San Bartolomé de Tirajana, a treinta y uno de octubre de dos mil doce.
LA CONCEJALA-DELEGADA DE HACIENDA, Gema Rojas Hernández.
13.000
ANUNCIO
12.481
ASUNTO:
Propuesta de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia el requerimiento a los titulares de los vehículos
que fueron retirados de la vía pública y se encuentran en la actualidad en el Depósito Municipal de Vehículos.
ANTECEDENTES
1º. Que los vehículos que fueron retirados de la vía pública y que a continuación se relacionan, se encuentran
ingresados en el Depósito Municipal de este Ayuntamiento. Los expedientes administrativos correspondientes
a cada uno de dichos vehículos, se encuentran en las Dependencias de la Policía Local de San Bartolomé de
Tirajana.
MATRÍCULA
GC7325AW
GC2345BM
GC4699BF
GC1676CJ
GC8050BL
GC2819BX
2398BWH
7487CLP
GC8377BH
GC4666BP
C4824BMT
F. ENTRADA
TITULAR
06/07/2011
ANTONIO MENDEZ DAVILA
09/07/2011
JOSE ALBERTO HERNANDEZ ROBAINA
07/07/2011
09/07/2011
11/07/2011
12/07/2011
12/07/2011
14/07/2011
14/07/2011
15/07/2011
20/07/2011
SAMUEL SUAREZ LOPEZ
AURELIO RAMIREZ RODRIGUEZ
M HAMMED EL AADMI
DUNIA HARROUYI EL HANAFI
MOHAMED DRAOUI FILALI
MANOJ GURNANI DEMBLA
FRANCOIS CUBAS THENET
44716327
78477220
42201382
X1480647E
42219337
43280846
42216943
43280394
X1366143N
A78974573
FRANCISCUS JOHANNES VAN DER POL
24/07/2011
OVERLEASE SA
GC9075BN
26/07/2011
RICARDO IGLESIAS PEREZ
26/07/2011
45534402
KARL RUF
8782GXN
GC5470BF
DNI/NIE/CIF
X2707597Z
ECKEL WERNER
X7741879X
43278130
GC8798BK
27/07/2011
WESLEY GOERTZ
X3492315H
3504GKD
01/08/2011
CANARY ISLAND CAR SL
B35051820
GC8198BN
GC7480AV
01/08/2011
01/08/2011
HELMUT SALLER
FEDERICO WINTER
X2214982J
X0175179B
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
20227
GC1754CK
03/08/2011
JAN WILLEM VAN DER LINDEN
X2630025K
GC6852Z
08/08/2011
MARIA LUISE HOLLRITT
X2882928Q
GC3416BT
GC3458BX
SA8546L
VA7173X
GC0791BU
GC6903BH
GC1999BP
GC9006AW
04/08/2011
10/08/2011
12/08/2011
15/08/2011
22/08/2011
15/08/2011
25/08/2011
28/08/2011
JOSE JUAN NAVARRO SANTANA
IAN ROSS
EMILIO JOSE ROLDAN CARPIO
JESUS JUAN DE LA FUENTE
MIGUEL ANGEL VEGA RODRIGUEZ
AMARANTO MEDINA SANTANA
FRANCISCO JAVIER SOLIS HOYAS
RAFAEL CARMELO BRATLLE CHIRINO
GC3559BD
28/08/2011
JOHN GEORGE LAMPLUGH
SE0747CJ
01/09/2011
JUAN ANTONIO LAGUNA SILVA
C0838BKM
30/08/2011
BARTOLOME MARTINEZ BAENA
44702477
X9300873H
30834795
09329263
43288086
42748929
06976412
43762398
X2925864B
25957837
43648947
GC5793BK
01/09/2011
SHEILA NAIRANA ARAUJO DENIZ
X6023176M
GC4028AP
04/09/2011
INMA CONCEPCION PEREZ PEREZ
42252671
1361CLS
03/09/2011
NICOLAS UCENDO
GC0215CH
10/09/2011
ANTONIO RAUDEL GONZALEZ SOTOLONGO
0721BBM
11/09/2011
ALEJANDRO ABEL SANTOS SANTOS
25/09/2011
ANDRAS GALAMBOS
GC7603CC
11/09/2011
GC1357CG
17/09/2011
TF0925AS
28/09/2011
GC1410AV
ROBERTO RODRIGUEZ LINARES
ADRIANO RENATO MAMMOLA
43767798
42211515
X4986446T
X3213624H
X7983707Q
JAN GJOMLE
X5106756C
28/09/2011
ARMANDO AGUILAR HERNANDEZ
GC2178BM
01/10/2011
VICENTE MARCELINO PROL PORTO
01/10/2011
X4486870F
ROBERTO PAGANI
GC1968CF
GC5774AZ
Y0017877C
37373449
35421089P
GC0583BT
01/10/2011
FRANCISCO LORENZO MONTESDEOCA VEGA
42744047L
0423CCV
01/10/2011
HP RENT A CAR SL
B35426907
MICHEL CLEMENT ARM BOUGER
X2132679G
Y0221270R
M4676PC
GC4629BL
GC9015CH
GC9827AL
01/10/2011
04/10/2011
17/10/2011
18/10/2011
JAMAL BOUARFIOUI EL MAHI
EMILIE CHRISTINE HAVLICEK
JESUS ABRANTE ORTEGA
3384GJK
19/10/2011
ALBERTO PANSA
3809GJM
30/10/2011
JORDI RENE GUEDES TRUJILLO
GC6192AK
5261DWH
GC4772AX
C1698BRJ
26/10/2011
02/11/2011
04/11/2011
04/11/2011
CHEIKH ABDOU MBAYE GUEYE
42246911
GC012008
43277396
44717511
42212804
HEINZ GUNTER MELS
X6519881W
VERONIKA GERENCSERI
X9982486A
PEDRO DE ROSA TORRES
40303910
20228
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
C8269BJM
07/11/2011
YERAY JESUS ALFONSO MEDINA
GC3548CD
15/11/2011
BRAULIO CRISPIN MORENO
GC9655AV
11/11/2011
42210864
FRANK VAN DER LINDEN
X0322195B
43280003
GC2640AU
15/11/2011
TANJA NEILS
X9909919R
GC0644CG
16/11/2011
GUSTAVO DE JUAN MARTINEZ PEREIRA
X2084194A
HEIDI KIRSTEN BEIL
X5899064R
24/11/2011
STANISLAW WOJCIK
X7957474A
02/12/2011
BRIGITTE EIKE WENZL
X0262459Y
DONNA SNOWDON
X8648631X
TF3666BW
16/11/2011
JUAN RAMON GOTARREDONA VIERA
GC6409BT
21/11/2011
CANARY ISLAND CAR SL
GC3423AX
21/11/2011
CARMELO RODRIGUEZ MEJIAS
GC6324BB
GC0824BP
21/11/2011
GC4433BJ
02/12/2011
GC9741AY
03/12/2011
GC6814BU
9440BRB
GC5790AV
C4746BCM
GC5819BD
10/12/2011
10/12/2011
12/12/2011
13/12/2011
STANLEY KLAUS DIET FREHE
LINDA HALUSKOVA
CIRILO RODRIGUEZ PEREZ
FRANCISCO JOSE GUILLEN MOLINA
EMETERIO PASCUAL ROSADO
GC7086CB
26/12/2011
HANS PETER KOHNLE
GC4578AM
02/01/2012
LUIS SANTANA SANTANA
4378CTZ
06/01/2012
9933GCR
GC2532BP
GC7467BV
GC8572BL
GC3545BX
5867BBC
C4422BTS
27/12/2011
06/01/2012
10/01/2012
12/01/2012
12/01/2012
14/01/2012
26/01/2012
ARTHUR BOHNSTEDT
FRANCISCO ENRIQUE PEREZ DE LA COBA
JOSE CARLOS RODRIGUEZ NAVARRO
OLGA MARIA OJEDA GARCIA
ZACARIAS IAN HAMRIT
05/02/2012
MARIA DEL CARMEN SUAREZ MEDINA
C2043BNX
9036BYD
C1899BSX
3487HHC
6384FDT
1064DHD
14/02/2012
14/02/2012
15/02/2012
19/02/2012
26/02/2012
27/02/2012
Y1567425N
42173312
43283353
06527347
X6305784N
X8568872S
42726441
30803741
44320181
X6095948M
0098BPX
06/02/2012
X5899115Y
KNUT SAETER JOHANSEN
TEODOMIRO PERAZA GONZALEZ
CHRISTOPHER ROY NASH
1567HGL
42794362
X5376477C
03/02/2012
04/02/2012
B35051820
PETER GEORGIEV ZLATANOV
GC9170BK
8732CMC
46592869
JOSE PEREZ ALEMAN
MARZO MOTOR SL
FRANCISCO JORGE SANCHEZ SANCHEZ
MATIAS MANUEL DUMPIERREZ CABEZA
MELISA SEGURA GARCIA
FGA CAPITAL SERVICES SPAIN SA
JUAN MANUEL MONZON PEÑA
ESTEFANIA CASTILLO MORALES
42065013
42870552
X9729634J
X5817589S
78468587
43271981
B35707512
54086306
42786805
42229766
A81941007
42849581
54079898
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
M8508TZ
10/03/2012
GC0180BB
13/03/2012
C3071BTS
16/03/2012
9613BVG
GC7263AX
C8883BGK
SOL LILLIAN TORKILDSEN
11/03/2012
BELAID BENKOULLA
13/03/2012
IGNACIO RAMIREZ LOPEZ
27/03/2012
ORLANDO TIZZIANO
ROSEMARY RODRIGUEZ GONZALEZ
JONATAN MARTINEZ ROMERO
GC6805AZ
28/03/2012
MAGDALENA ORTEGA SANTANA
1943CCG
02/04/2012
URBANABUS SL
GC9814BK
9110CVB
C0915BFJ
27/03/2012
09/04/2012
13/04/2012
KARL HEINZ PAUL NEUBER
JUAN JOSE MIGUEL MIRELLES VERONA
JUAN DOMINGO ARAÑA PEREZ
20229
X5524964L
X3328180B
X1765870E
42202828
X7108081T
52914516
42436497
X9401309J
B35346725
78464889
42732404
C3641BLM
13/04/2012
MEI ZHONG LI
C6784BSB
28/04/2012
JESUS RAYCO CABALLERO MEDINA
42209288
LUCIA AGUILAR BARRERA
09779666
JUAN FRANCISCO BETANCOR RODRIGUEZ
43656013
C8406BGZ
27/04/2012
AGUSTIN VELAZQUEZ ORTEGA
GC0162CM
29/04/2012
MARIA DOLORES GIL SOCORRO
GC9280BP
05/05/2012
NELSON PATRICIO MURUA MUÑOZ
07/05/2012
JUAN DENIZ MEDINA
C5186BTL
GC0713BX
C6200BNR
0667FWV
C5438BMM
3962BXP
1004DCR
02/05/2012
06/05/2012
10/05/2012
12/05/2012
12/05/2012
12/05/2012
HANS ALBERT KOLANEK
JOSE ANTONIO DIANEZ MESA
JUDIT SANTANA SANTANA
FRANCISCO MARTINEZ MARTINEZ
X1805020A
42820425
43664835
42211383
43272466
X6422340G
28623224
45767720
38499290
GC5604BY
13/05/2012
HERBERT PFEIFER
Y1997513T
7095BZK
16/05/2012
HANNA MARIA JARVINEN
X3999305L
GC7956BX
GC9104BL
GC2174AF
GC7604BS
GC5498AC
GC4061BH
16/05/2012
18/05/2012
22/05/2012
22/05/2012
25/05/2012
30/05/2012
ISAAC GARCIA MELGUIZO
SAMIR MAOUCH
JUAN MANUEL BOLAÑOS SUAREZ
OCTAVIO JESUS HERNANDEZ QUEVEDO
YERAY JAVIER FRANCO LEON
LUIS ANTONIO MERELES HERMIDA
GC2063BL
31/05/2012
MOHAMMAD REZA MOZAFFARIAN
GC2668BK
02/06/2012
CHRISTIAN SASCHA DR ROEDER
GC5212AW
6990DMR
C6258BMF
7531GRW
02/06/2012
02/06/2012
05/06/2012
09/06/2012
IVAN ALBERTO CEBALLOS MARULANDA
FATIMA DEL CARMEN GONZALEZ SANTANA
MARINA ALAMO FALCON
SUARMEZ SL
07682621
X3046837G
42827439
42834640
42209592
49692134
GC027294
42262945
Y1200542W
43268683
42643271
B35754522
20230
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
7778CTW
21/06/2012
JEAN JOHANNES ROMANUS GILLES
GC9645AS
23/06/2012
ABDELKADER LAKSIR SEDDIKI
GC8439AZ
9610FCZ
TF8230T
8282BTS
C9258BHB
GC3946BT
GC0616AV
21/06/2012
22/06/2012
25/06/2012
02/07/2012
03/07/2012
04/07/2012
06/07/2012
JUAN ANGEL PAREDES SANTANDER
CAESAR CAR SLU
X2694626S
X1810817G
X3066545R
BENCOMO SANTOS RAMIREZ
19/07/2012
NAJIM MOHAMED BACHIR
GC0694BH
E7576BDV
GC3451CK
20/07/2012
26/07/2012
27/07/2012
LAURA CORDA
44701878
5070DFK
06/08/2012
JAN GUNNAR JOHNSEN
C4650BTN
18/08/2012
OLAYA DIAZ PARREÑO MELLADO
GI0756Z
GC8119AU
GC5637BX
23/08/2012
24/08/2012
26/08/2012
C3648BNM
25/08/2012
KBKH51
22/07/2005
WWM9870
42794572
PEDRO JUAN GONZALEZ PERERA
JUAN CARLOS PALOMINO LOPEZ
22/08/2012
45533126
42226218
02/08/2012
GC6035U
78462169
BLANCA ROSA CARABALLO PESTANA
C6700BTG
07/08/2012
45283695
JOSE HERRERA ALONSO
SERGIO PASTOR JUAN
GC7028BC
X5637379X
BENJAMIN GARCIA RODRIGUEZ
29/07/2012
30/07/2012
42206415
EMILIO SOSA MOLINA
GC1767CK
GC0054BF
78469162
HARALD WEGNER KATH
M3236VV
20/07/2012
B76006733
TEWANI MAHESH KUNDANDAS
ANTONIA RUANO SUAREZ
FRANZ KRONBERGER
GC7887AY
42249871
X2453264S
09/07/2012
16/07/2012
X6372877Z
ERICH WAGNER
GC1717BW
GC5293BF
X8772787N
PEDRO AGUSTIN ARTILES VIERA
34068393
42253521
X2887931M
43286707
41546762
MARCELINO LEON CORREA
42548120
GHANSHAMDAS HARUM NANDWANI NANDWANI
JOSE LUIS BENITO DOMINGO
ELISABETTA MAGON
SANTIAGO CABRERA SANCHEZ
42209496
X2228627L
11/06/2005
MARCA: PONTIAC, MODELO: TRANSPORT, COLOR: GRIS
MKBP796
07/02/2006
MARCA: OPEL, MODELO: KADETT, COLOR: GRIS
91UBPF
20/07/2010
MARCA: VOLKSWAGEN, MODELO: TRANSPORTER, COLOR: ROJO
FEF1959
01/09/2012
MARCA: MITSUBISHI, MODELO: KARISMA, COLOR: GRIS
FM2327
R121VLW
27/11/2007
26/11/2011
03059704
45764773
MARCA: GOLF, MODELO: A, COLOR: ROJO
MARCA: OPEL, MODELO: COMBO, COLOR: AZUL
MARCA: AUDI, MODELO: A-6, COLOR: GRIS
2º. Que realizados los intentos de notificación por Correos, los titulares de los referidos vehículos que se detallan
en la relación anterior, no han podido ser notificados.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
3º. Informar a los titulares de los vehículos reseñados:
- Que al haber transcurrido mas de dos meses desde
la entrada al Depósito de los mismos, se les requiere
por medio de la presente, para que en el plazo de 15
DÍAS, procedan a la retirada de su vehículo,
advirtiéndoles que si no lo hicieren, se procederá a
su tratamiento como residuo sólido urbano en virtud
del artículo 71.1.a del Real Decreto Legislativo
339/1990, de 2 de marzo, del texto articulado sobre
la Ley de Tráfico, vehículos a motor y Seguridad
Vial y la Ley 10/1998, de 21 de abril de Residuos Sólidos.
- Que la estancia del vehículo en el Depósito,
devengará las Tasas correspondientes según la
Ordenanza fiscal en vigor.
SOLICITO:
Procedan a la publicación en el B.O.P.
En San Bartolomé de Tirajana a dos de noviembre
de dos mil doce.
EL SUBINSPECTOR-JEFE DE LA POLICÍA
LOCAL, Miguel Guerra Cazorla.
12.918
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE SANTA LUCÍA DE TIRAJANA
ANUNCIO
12.482
Por la presente, se hace público que el Ayuntamiento
Pleno en sesión ordinaria, celebrada el día veinticinco
de octubre del actual, acordó aprobar provisionalmente
la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora
de la Tasa por prestación de los servicios de recogida
de basura domiciliaria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el
expediente a información pública por un plazo de
TREINTA DÍAS, mediante el correspondiente anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
y en un diario de los de máxima difusión de la
provincia, comenzando a contar el plazo desde el día
20231
siguiente a aquel en que tenga lugar la última de las
publicaciones enunciadas anteriormente, pudiendo
los interesados en dicho plazo presentar por escrito
todas las reclamaciones y sugerencias que estimen
oportunas, y si no se formalizase ninguna reclamación
o sugerencia, se entenderá definitivamente aprobado
el acuerdo de forma automática, sin necesidad de
acuerdo plenario.
El expediente podrá ser examinado en la Secretaría
General de este Ayuntamiento, de lunes a viernes en
horario de atención al público de 09:00 a 14:00 horas,
ubicada en las Oficinas Municipales sitas en Avenida
de las Tirajanas número 151, Vecindario, Santa Lucía.
Santa Lucía, a veintiséis de octubre de dos mil
doce.
EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.
12.939
ANUNCIO
12.483
Por la presente, se hace público que el Ayuntamiento
Pleno en sesión ordinaria, celebrada el día veinticinco
de octubre del actual, acordó aprobar provisionalmente
la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora
de la Tasa por Suministro de Agua a Domicilio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el
expediente a información pública por un plazo de
TREINTA DÍAS, mediante el correspondiente anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
y en un diario de los de máxima difusión de la
provincia, comenzando a contar el plazo desde el día
siguiente a aquel en que tenga lugar la última de las
publicaciones enunciadas anteriormente, pudiendo
los interesados en dicho plazo presentar por escrito
todas las reclamaciones y sugerencias que estimen
oportunas, y si no se formalizase ninguna reclamación
o sugerencia, se entenderá definitivamente aprobado
el acuerdo de forma automática, sin necesidad de
acuerdo plenario.
El expediente podrá ser examinado en la Secretaría
General de este Ayuntamiento, de lunes a viernes en
20232
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
horario de atención al público de 09:00 a 14:00 horas,
ubicada en las Oficinas Municipales sitas en Avenida
de las Tirajanas número 151, Vecindario, Santa Lucía.
Santa Lucía, a veintinueve de octubre de dos mil
doce.
EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.
12.938
ANUNCIO
12.484
Por la presente, se hace público que el Ayuntamiento
Pleno en sesión ordinaria, celebrada el día veinticinco
de octubre del actual, acordó aprobar provisonalmente
la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora
del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el
expediente a información pública por un plazo de
TREINTA DÍAS, mediante el correspondiente anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
y en un diario de los de máxima difusión de la
provincia, comenzando a contar el plazo desde el día
siguiente a aquel en que tenga lugar la última de las
publicaciones enunciadas anteriormente, pudiendo
los interesados en dicho plazo presentar por escrito
todas las reclamaciones y sugerencias que estimen
oportunas, y si no se formalizase ninguna reclamación
o sugerencia, se entenderá definitivamente aprobado
el acuerdo de forma automática, sin necesidad de
acuerdo plenario.
El expediente podrá ser examinado en la Secretaría
General de este Ayuntamiento, de lunes a viernes en
horario de atención al público de 09:00 a 14:00 horas,
ubicada en las Oficinas Municipales sitas en Avenida
de las Tirajanas número 151, Vecindario, Santa Lucía.
Santa Lucía, a veintinueve de octubre de dos mil
doce.
EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.
12.937
ANUNCIO
12.485
Por la presente, se hace público que el Ayuntamiento
Pleno en sesión ordinaria, celebrada el día veinticinco
de octubre del actual, acordó aprobar provisonalmente
la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora
de la Tasa por entradas de vehículos a través de aceras
y las reservas de vía pública para aparcamiento
exclusivo y para carga y descarga de cualquier clase.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el
expediente a información pública por un plazo de
TREINTA DÍAS, mediante el correspondiente anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
y en un diario de los de máxima difusión de la
provincia, comenzando a contar el plazo desde el día
siguiente a aquel en que tenga lugar la última de las
publicaciones enunciadas anteriormente, pudiendo
los interesados en dicho plazo presentar por escrito
todas las reclamaciones y sugerencias que estimen
oportunas, y si no se formalizase ninguna reclamación
o sugerencia, se entenderá definitivamente aprobado
el acuerdo de forma automática, sin necesidad de
acuerdo plenario.
El expediente podrá ser examinado en la Secretaría
General de este Ayuntamiento, de lunes a viernes en
horario de atención al público de 09:00 a 14:00 horas,
ubicada en las Oficinas Municipales sitas en Avenida
de las Tirajanas número 151, Vecindario, Santa Lucía.
Santa Lucía, a veintinueve de octubre de dos mil
doce.
EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.
ANUNCIO
12.936
12.486
Por la presente, se hace público que el Ayuntamiento
Pleno en sesión ordinaria, celebrada el día veinticinco
de octubre del actual, acordó aprobar provisionalmente
la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora
del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el
expediente a información pública por un plazo de
TREINTA DÍAS, mediante el correspondiente anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
y en un diario de los de máxima difusión de la
provincia, comenzando a contar el plazo desde el día
siguiente a aquel en que tenga lugar la última de las
publicaciones enunciadas anteriormente, pudiendo
los interesados en dicho plazo presentar por escrito
todas las reclamaciones y sugerencias que estimen
oportunas, y si no se formalizase ninguna reclamación
o sugerencia, se entenderá definitivamente aprobado
el acuerdo de forma automática, sin necesidad de
acuerdo plenario.
El expediente podrá ser examinado en la Secretaría
General de este Ayuntamiento, de lunes a viernes en
horario de atención al público de 09:00 a 14:00 horas,
ubicada en las Oficinas Municipales sitas en Avenida
de las Tirajanas número 151, Vecindario, Santa Lucía.
Santa Lucía, a treinta de octubre de dos mil doce.
EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.
12.935
ANUNCIO
12.487
Por la presente, se hace público que el Ayuntamiento
Pleno en sesión ordinaria, celebrada el día veinticinco
de octubre del actual, acordó aprobar provisionalmente
la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora
del Impuesto sobre Actividades Económicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17
del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el
expediente a información pública por un plazo de
TREINTA DÍAS, mediante el correspondiente anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
y en un diario de los de máxima difusión de la
provincia, comenzando a contar el plazo desde el día
20233
siguiente a aquel en que tenga lugar la última de las
publicaciones enunciadas anteriormente, pudiendo
los interesados en dicho plazo presentar por escrito
todas las reclamaciones y sugerencias que estimen
oportunas, y si no se formalizase ninguna reclamación
o sugerencia, se entenderá definitivamente aprobado
el acuerdo de forma automática, sin necesidad de
acuerdo plenario.
El expediente podrá ser examinado en la Secretaría
General de este Ayuntamiento, de lunes a viernes en
horario de atención al público de 09:00 a 14:00 horas,
ubicada en las Oficinas Municipales sitas en Avenida
de las Tirajanas número 151, Vecindario, Santa Lucía.
Santa Lucía, a treinta de octubre de dos mil doce.
EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.
12.934
ANUNCIO
12.488
Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento
Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día veinticinco
de octubre del actual, el Reglamento de Régimen
Interno del Centro de Día de Personas con discapacidad
de Vecindario, se somete el expediente a información
pública por un plazo de TREINTADÍAS, a contar desde
la publicación del correspondiente anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, pudiendo
los interesados en dicho plazo presentar por escrito
todas las reclamaciones y sugerencias que estimen
oportunas, y si no se formalizase ninguna reclamación
o sugerencia, se entenderá definitivamente aprobado
el acuerdo de forma automática.
El expediente podrá ser examinado en la Secretaría
General de este Ayuntamiento, de lunes a viernes en
horario de atención al público de 09:00 a 14:00 horas;
ubicada en las Oficinas Municipales sitas en Avenida
de las Tirajanas número 151, Vecindario, Santa Lucía.
Santa Lucía, a treinta de octubre de dos mil doce.
EL ALCALDE, Silverio Matos Pérez.
12.933
20234
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE TÍAS
12.489
ESTADÍSTICA
ANUNCIO
En uso de las facultades que me confiere el artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases del Régimen Local y a tenor en lo dispuesto en la Resolución de 28 de abril de 2005 de la Presidencia
del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local por la que se dictan
instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones
padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas
cada dos años y en la Resolución de 1 de abril, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del
Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos
sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal. Habiendo sido practicada notificación infructuosa y/o no habiendo
acudido los interesados a formalizar su Renovación en la Inscripción Padronal
HE RESUELTO:
Declarar que las siguientes Inscripciones Padronales han caducado según fecha relacionada y por tanto se
acuerda su Baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este Municipio, cuya fecha de efectos será, a tenor
en lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, la de publicación del presente Anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia.
APELLIDOS Y NOMBRE
CHAABI, HASNA
DAI, SULAN
DHALIYAN, GURJINDER SINGH
DURAN VARGAS JORGE ANDRES
EZ-ZEGRANI, HIND
EZ-ZEGRANI , JIHAD
GUO, JIANZHONG
FECHA DE
NACIMIENTO
28/06/1979
26/01/1986
PASAPORTE
T635474
19/10/1982
24/05/1990
16/08/1996
Y 00887769 Y
23/02/1977
RODRIGUES FRANCA, SIMONI
07/10/1977
YA071019
25/09/1976
4633385
STEER BURBANK, WANDA
WANG, BINYAN
01/01/1980
19/08/2007
En Tías, a veinticinco de octubre de dos mil doce.
EL ALCALDE, José Francisco Hernández García.
20/09/2012
Y 00887766 A
24/03/1982
SABRAT, BAID
X 08077908 D
00000000
X 08072042 P
21/01/1995
01/10/1976
FECHA DE
CADUCIDAD
X 09499022 E
M CHANNA, HAKIMA
MUÑOZ CLEVES ARI HUMBERTO
TARJETA DE
RESIDENCIA
-
24/09/2012
29/09/2012
14/09/2012
14/09/2012
X 07527277 K
23/09/2012
X 09445662 E
16/09/2012
00000000
22/09/2012
Y 01161465 W
U036994
27/09/2012
00000000
00000000
Y 00841785 E
29/09/2012
22/09/2012
23/09/2012
04/10/2012
12.941
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
ILUSTRE AYUNTAMIENTO
DE VEGA DE SAN MATEO
ANUNCIO
12.490
El Pleno del Ayuntamiento de la Vega de San Mateo,
en Sesión Ordinaria celebrada el día 26 de octubre
de 2012, acordó:
PRIMERO. Derogar el Precio Privado por la
Utilización de las Instalaciones Deportivas y otros
Servicios Análogos aprobado por el Pleno del
Ayuntamiento en Sesión celebrada el día 3 de agosto
de 2010 y publicado en el BOP número 106 de fecha
16 de agosto de 2010.
SEGUNDO. Aprobar inicialmente el establecimiento
de precio público y la ORDENANZA REGULADORA
DEL PRECIO PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN
DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS
SERVICIOS ANÁLOGOS, según constan en el
expediente.
TERCERO. Dar al expediente la tramitación y
publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo
en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en
el Boletín Oficial de la Provincia, por un plazo de
TREINTA DÍAS HÁBILES, dentro de los cuales los
interesados podrán examinarlo y plantear las
reclamaciones que estimen oportunas.
CUARTO. Considerar definitivamente adoptado
el Acuerdo, en el supuesto de que no se presentasen
reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente
indicado.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el
expediente a información pública por el plazo de
TREINTA DÍAS a contar desde el día siguiente de
la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de
la Provincia, para que los interesados puedan examinar
el expediente y presentar las reclamaciones que
estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado
reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente
dicho Acuerdo.
20235
En Vega de San Mateo a veintiséis de octubre de
dos mil doce.
EL ALCALDE, Antonio J. Ortega Rodríguez.
12.815
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA DE CANARIAS
CÉDULA
12.491
Rollo: Recurso de Suplicación 488/2010. Materia:
Cantidad. Procedimiento origen: Demanda 813/2009.
Órgano origen: Juzgado de lo Social Número Nueve
de Las Palmas de Gran Canaria. Recurrente: Hermanos
Santana Cazorla, S.L. Recurridos: Enrique Suárez
Bordón, Fondo de Garantía Salarial y Yerasan Siglo
XXI, S.L. Abogado: Isabel Hidalgo Macario.
En el procedimiento 488/2010, sobre Recurso de
suplicación, en materia de Cantidad, seguido en esta
Sala a instancias de Enrique Suárez Bordón contra
Enrique Suárez Bordón, Hermanos Santana Cazorla,
S.L. y Yerasan Siglo XXI, S.L., ha recaído la anterior
resolución de fecha 18/06/2012, que por copia
autorizada se acompaña a la presente.
Y para que sirva de notificación, y, en su caso,
citación en legal forma a Yerasan Siglo XXI, S.L., libro
la presente que firmo en Las Palmas de Gran Canaria,
a quince de octubre de dos mil doce.
Ilmos./as. Sres./as.
Sala Presidente:
Don Humberto Guadalupe Hernández.
Magistrados:
Doña María Jesús García Hernández.
Don Ramón Toubes Torres (Ponente).
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de junio de
2012.
20236
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
En el Recurso de Suplicación interpuesto por
Hermanos Santana Cazorla, S.L. contra sentencia de
fecha 17 de diciembre de 2009 dictada en los autos
de juicio número 813/2009 en proceso sobre Cantidad,
y entablado por Enrique Suárez Bordón contra el
Fondo de Garantía Salarial, Hermanos Santana Cazorla,
S.L. y Yerasan Siglo XXI, S.L.
El Ponente, el Ilmo. Sr. don Ramón Toubes Torres,
quien expresa el criterio de la Sala.
FALLO: Desestimamos el Recurso de Suplicación
interpuesto por Hermanos Santana Cazorla, S.L.
frente a la sentencia de fecha 17-12-09, del Juzgado
de lo Social Número Nueve de esta localidad en
procedimiento número 813/2009 en proceso sobre
Cantidad, que confirmamos.
Se condena en costas a la recurrente, incluyéndose
los honorarios de la letrada del actor e impugnantes,
los cuales se estiman en 300 euros.
Notifíquese esta sentencia a las partes y al Ministerio
Fiscal de esta Tribunal Superior de Justicia.
ADVERTENCIAS LEGALES
Contra esta sentencia cabe Recurso de Casación
unificación de doctrina, que se preparará por las
partes o el Ministerio Fiscal por escrito ante esta Sala
de lo Social dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a
la notificación de la sentencia de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 220 y 221 de la Ley 36/2011
de 11 de octubre Reguladora de la Jurisdicción Social.
Para su admisión será indispensable que todo
recurrente que no tenga la condición de trabajador o
causahabiente suyo, o beneficiario del Régimen
Público de la Seguridad Social, y no goce del beneficio
de justicia gratuita efectúe, dentro del plazo de
preparación del recurso, el depósito de 600 euros
previsto en el artículo 229, con las excepciones
previstas en el párrafo 4º, así como así como el
importe de la condena, dentro del mismo plazo, según
lo previsto en el artículo 230 , presentando los
correspondientes resguardos acreditativos de haberse
ingresado en la entidad de crédito de Banesto c/c
número 3537/0000/37/0488/10, pudiéndose sustituir
dicha consignación en metálico por el aseguramiento
mediante aval bancario en el que se hará constar la
responsabilidad solidaria del avalista, y que habrá de
aportarse en el mismo plazo. Si la condena consistiere
en constituir el capital-coste de una pensión de
Seguridad Social, el ingreso de éste habrá de hacerlo
en la Tesorería General de la Seguridad Social.
Para el supuesto de ingreso por transferencia bancaria,
deberá realizarse la misma al siguiente número de cuenta:
0030-1846-42-0005001274.
Consignándose en el campo Beneficiario la Cuenta
de la Sala y en Observaciones o Concepto de la
Transferencia los 16 dígitos que corresponden al
procedimiento.
Remítase testimonio a la Fiscalía de este Tribunal
y líbrese otro testimonio para su unión al rollo de su
razón, incorporándose original al Libro de Sentencias.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos,
mandamos y firmamos.
Diligencia. En Las Palmas de Gran Canaria. Dada
ha sido la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Presidente
que la suscribe a los efectos de su notificación,
uniéndose certificación literal de la misma a los autos
originales, conforme a lo dispuesto en los artículos
266.1 de la L.O.P.J. y 212 de la L.E.C., archivándose
la presente en la Secretaría de este Juzgado en el
Libro de su clase. Doy fe.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2
12.718
EDICTO
12.492
Procedimiento: Ejecución 85/2012. Materia: Cantidad.
Ejecutante: Francisco J Inserte Blanco. Ejecutado: Toribio
Guillén Guillén. Demandado: Fondo de Garantía
Salarial.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LRJS y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Toribio Guillén Guillén la diligencia de
ordenación de 27/07/12 bajo apercibimiento de que
las siguientes comunicaciones se harán fijando copia
de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios
de la Oficina Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de
octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Diligencia de Ordenación de la Secretaria Judicial
doña María Teresa Alonso García.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de julio de
2012.
Presentado el anterior escrito, únase a los autos de
su razón y practíquese por el/la Secretario/a que
suscribe liquidación de intereses, así como la oportuna
diligencia de tasación de costas y confiérase traslado
de las mismas a las partes por DIEZ DÍAS con el
apercibimiento de que en caso de no impugnarla se
aprobarán de conformidad con lo preceptuado en los
artículos 714 y 244 de la Ley de Enjuiciamiento
Civil.
Líbrese exhorto al Juzgado Decano de S. Bartolomé
de Tirajana a fin de que se proceda a la práctica de
notificación al ejecutado.
Modo Impugnación: Recurso de Reposición en el
plazo de TRES DÍAS ante esta Secretaria Judicial,
expresando la infracción en que la resolución hubiera
incurrido.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LIQUIDACIÓN DE INTERESES Y TASACIÓN
DE COSTAS
Que práctica la Secretaria Judicial que suscribe en
los autos referenciados en el día de la fecha:
I. DILIGENCIA DE LIQUIDACIÓN DE
INTERESES
Intereses legales del artículo 576 de la LEC:
- Principal: 3.764,02 euros.
- Fecha inicial: 31/03/2012.
- Fecha final: 03/07/2012.
- Interés anual: 6 %.
- Importe: 58,62 euros.
II. DILIGENCIA TASACIÓN DE COSTAS
- Honorarios del Letrado don Mario García Suárez
según minuta aportada 376,40 euros, con la limitación
del artículo 243 de la LEC.
SUMA DE INTERESES Y COSTAS: 435,02 euros.
- Cantidad consignada (Exceso de principal): 965,75
euros.
- Sobrante a favor de la Ejecutada: 530,73 euros.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
12.766
20237
EDICTO
12.493
Procedimiento: Ejecución de Títulos No Judiciales
135/2012. Materia: Reclamación de Cantidad.
Ejecutante: Idaira Jesús Bauza Araña. Ejecutado:
Sofía Pirez Sánchez.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LRJS y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Sofía Pirez Sánchez el Decreto de
24/09/12 bajo apercibimiento de que las siguientes
comunicaciones se harán fijando copia de la resolución
o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina
Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de
octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de septiembre
de 2012.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Sofía Pirez Sánchez en
situación de Insolvencia con carácter Provisional por
un importe de un principal de 5.748,28 euros, más 575
euros de intereses provisionales y la de 575 euros de
costas provisionales y sin perjuicio de continuar la
ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del
ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros.
20238
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Así lo acuerdo y firmo, doña María Teresa Alonso
García, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Social
Número Dos. Doy fe.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3
12.767
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
12.494
Procedimiento: Ejecución 340/2012. Materia:
Despido. Demandante: José Antonio Medina Álamo.
Demandados: Frio y Calor El Calero, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de José Antonio
Medina Álamo, contra Frio y Calor El Calero, S.L.,
sobre DESPIDO, por la presente se le notifica a Vd.
la indicada resolución, expresiva de su tenor literal
y recurso que contra la misma cabe interponer, Órgano
y plazo al efecto.
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre
de 2012.
Dada cuenta;
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DIPOSITIVA
Se despacha ejecución a instancia de José Antonio
Medina Álamo contra Frio y Calor El Calero, S.L.,
por un principal de 27.159,81 euros, más 2.715,98 euros
de intereses provisionales y la de 2.715,98 euros de
costas provisionales.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
c.c.c. 0030 1846 42 0005001274, al concepto
3488/0000/64/0340/12.
Asimismo, líbrese oficio al Decanato para averiguación
de bienes a través de la AEAT y al Colegio de
Registradores de la Propiedad y Mercantiles de
España, a fin de averiguar bienes del ejecutado
susceptibles de trabar embargo.
Modo de Impugnación. Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Reposición en el plazo de
TRES DÍAS ante este órgano, expresando la infracción
en que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
3488/0000/64/0340/12.
Así lo acuerda, manda y firma doña Rosario Arellano
Martínez, Magistrado Juez, del Juzgado de lo Social
Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Doy
fe.
DECRETO En Las Palmas de Gran Canaria, a 23
de octubre de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación,
Se decreta:
PARTE DISPOSITIVA
- Recábese información, a través del Punto Neutro
Judicial, de las bases de datos de las entidades y
organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban
tener constancia de bienes o derechos susceptibles de
embargo, y líbrese otros despachos que resulten
necesarios a otros Organismos a fin de que remita/n
a este órgano relación de bienes y derechos de la
parte ejecutada Frio y Calor El Calero, S.L.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave
3488/0000/64/0340/12.
Así lo acuerdo y firmo doña Carmen Sagrario
Melián del Pino, Secretaria Judicial de Juzgado de lo
Social Número Tres. Doy fe.
Y para que sirva de notificación a la empresa Frio
y Calor El Calero, S.L., con domicilio desconocido,
haciéndole los apercibimientos del artículo 59 de la
LPL, expido la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a veintitrés de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
12.730
12.495
Procedimiento: Ejecución 306/2012. Materia:
Cantidad. Demandante: Dara Márquez Llabres.
Demandados: Laroush Travel España, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Dara
Márquez Llabres, contra Laroush Travel España,
S.L., sobre Cantidad, por la presente se le notifica a
Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto.
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre
de 2012.
Dada cuenta;
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Se despacha ejecución a instancia de Dara Márquez
Llabres contra Laroush Travel España, S.L., por un
principal de 1.347,42 euros, más 134,74 euros de
intereses provisionales y la de 134,74 euros de costas
provisionales.
20239
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
c.c.c. 0030 1846 42 0005001274, al concepto
3488/0000/64/0306/12.
Modo de Impugnación. Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Reposición en el plazo de
TRES DÍAS ante este órgano, expresando la infracción
en que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
3488/0000/64/0306/12.
Así lo acuerda, manda y firma doña Rosario Arellano
Martínez, Magistrado Juez, del Juzgado de lo Social
Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Doy
fe.
Diligencia de Ordenación de la Secretaria Judicial
doña Carmen Sagrario Melián del Pino.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre
de 2012.
Habiendo sido declarada la Insolvencia de la empresa
ejecutada en los autos que se siguen en el Juzgado
de los Social Número Uno y localidad Las Palmas,
bajo el número de procedimiento 805/2011, se acuerda
dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte
ejecutante de conformidad con lo preceptuado en el
artículo 276 de la LRJS a fin de que puedan instar la
práctica de las diligencias que a su derecho convenga
y designar bienes concretos del ejecutado/a sobre los
que continuar la ejecución, lo que deberán verificar
en el plazo de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento
de que caso de no manifestar nada al respecto se
procederá a dictar la Insolvencia de la ejecutada.
Modo Impugnación: Recurso de Reposición en el
plazo de TRES DÍAS ante esta Secretaria Judicial,
expresando la infracción en que la resolución hubiera
incurrido.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.
20240
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Y para que sirva de notificación a la empresa
Laroush Travel España, S.L., con domicilio desconocido,
haciéndole los apercibimientos del artículo 59 de la
LPL, expido la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a veintitrés de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
12.731
12.496
Procedimiento: Ejecución 268/2012. Materia:
Cantidad. Demandante: Asepeyo. Demandados:
Privilege Consulting, S.L.U. y Fondo de Garantía
Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de Asepeyo
contra Privilege Consulting, S.L.U. sobre Cantidad,
por la presente se le notifica a Vd. la indicada
resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto:
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de octubre
de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Privilege Consulting, S.L.U.
en situación de Insolvencia con carácter Provisional
por un importe de 910,91 euros, y sin perjuicio de
continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes
del ejecutado.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave
3488/0000/64/0268/2012.
Así lo acuerda y firma doña Carmen Sagrario Melián
del Pino, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Social
Número Tres. Doy fe.
Y para que sirva de notificación a la empresa
Privilege Consulting, S.L.U., con domicilio desconocido,
haciéndole los apercibimientos del artículo 59 de la
LPL, expido la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a veintitrés de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL, Carmen Sagrario
Melián del Pino.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
12.732
12.497
Procedimiento: Ejecución 348/2012. Materia:
Cantidad. Demandante: José Román Suárez Acebes.
Demandados: Grupo Restauración Que Tal, S.L. y Fondo
de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de José Román
Suárez Acebes contra Grupo Restauración Que Tal,
S.L. sobre Cantidad, por la presente se le notifica a
Vd. la indicada resolución, expresiva de su tenor
literal y recurso que contra la misma cabe interponer,
Órgano y plazo al efecto:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de octubre
de 2.012.
Dada cuenta;
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Se despacha ejecución a instancia de José Román
Suárez Acebes contra Grupo Restauración Que Tal,
S.L., por un principal de 5.680,75 euros (5.465,14 euros
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
por los conceptos de la demanda, más 215,61 euros
de intereses por mora), más 568,075 euros de intereses
provisionales y la de 568,075 euros de costas
provisionales.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
en la entidad Banesto, c.c.c. 0030 1846 42 0005001274
al concepto 3488/0000/64/0348/2012.
Recábese información, a través del Punto Neutro
Judicial, de las bases de datos de las entidades y
organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban
tener constancia de bienes o derechos susceptibles de
embargo, procediéndose desde ahora sobre los más
realizables que resulten de la consulta, guardándose
el orden fijado en la Ley y librándose los despachos
que resulten necesarios para la anotación del embargo
y las retenciones dinerarias que procedan.
Modo de Impugnación. Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Reposición en el plazo de
TRES DÍAS ante este órgano, expresando la infracción
en que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
3488/0000/64/0348/2012.
Así lo acuerda, manda y firma doña Rosario Arellano
Martínez, Magistrado Juez, del Juzgado de lo Social
Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Doy
fe.
LA MAGISTRADO JUEZ.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
Diligencia de Ordenación de la Secretaria Judicial
doña Carmen Sagrario Melián del Pino.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de octubre
de 2012.
Habiendo sido declarada la Insolvencia de la empresa
ejecutada en los autos que se siguen en el Juzgado
de los Social Número Ocho y localidad de Las Palmas
20241
de Gran Canaria bajo el número de ejecución 448/2011,
se acuerda dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial
y a la parte ejecutante de conformidad con lo preceptuado
en el artículo 276 de la LRJS a fin de que puedan instar
la práctica de las diligencias que a su derecho convenga
y designar bienes concretos del ejecutado/a sobre los
que continuar la ejecución, lo que deberán verificar
en el plazo de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento
de que caso de no manifestar nada al respecto se
procederá a dictar la insolvencia de la ejecutada.
Modo Impugnación: Recurso de Reposición en el
plazo de TRES DÍAS ante esta Secretaria Judicial,
expresando la infracción en que la resolución hubiera
incurrido.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de notificación a la empresa Grupo
Restauración Que Tal, S.L., con domicilio desconocido,
haciéndole los apercibimientos del artículo 59 de la
LPL, expido la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a diecinueve de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL, Carmen Sagrario
Melián del Pino.
12.733
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
12.498
Procedimiento: Ejecución 279/2012. Materia:
Despido. Demandante: José Luis García López.
Demandado: Ferrallas Pedro Herrera, S.L.
En virtud de lo acordado por el Iltmo. Sr. MagistradoJuez de este Juzgado, en resolución de esta fecha
cuya copia se adjunta, dictada en los autos de referencia,
que en este Juzgado se siguen a instancia de José Luis
García López contra Ferrallas Pedro Herrera, S.L. sobre
Despido, por la presente se le notifica a Vd. la indicada
resolución, expresiva de su tenor literal y recurso
que contra la misma cabe interponer, Órgano y plazo
al efecto.
ACTA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de octubre
de 2012, siendo la hora fijada se constituye en
Audiencia Pública doña Rosario Arellano Martínez
del Juzgado de lo Social Número Tres, asistido de mí
como Secretaria Judicial, para la celebración de
20242
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
comparecencia que viene señalada en autos. Son
llamadas las partes por el Agente Judicial, desde la
puerta del Juzgado y dando las voces preceptiva.
Comparece de la parte actora: José Luis García
López representado por el Letrado don Juan José
Figueroa Rodríguez.
No comparece de la parte demandada: Ferrallas
Pedro Herrera, S.L. pese a estar citada en legal forma.
Abierto el acto, la parte actora ratifica su solicitud
de Extinción de la Relación Laboral, por no haberse
producido la readmisión en legal forma. Solicita el
recibimiento a prueba.
Recibida a prueba la cuestión, la actora propone la
documental por reproducida, y el interrogatorio de la
contraparte, solicitando que se tenga por ciertos los
hechos en que personalmente hubiera intervenido y
su fijación como ciertos le sea perjudicial.
Por. S.S. se tiene por reproducida la documental.
Concluye la actora afirmándose y ratificándose en
su pedimento que eleva a definitivo.
Por su S.S. se declara concluso el acto, y declara
los actos a la vista para dictar la Resolución que
proceda, lo que verifica seguidamente dictando in voce
el siguiente:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de octubre
de 2012.
Dada cuenta;
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso S.S. ante mí la Secretaria
Judicial dijo:
1. Se declara Extinguida la Relación Laboral entre
las partes a la fecha de la presente Resolución.
2. En sustitución de la obligación de readmisión
incumplida, se condena a la empresa Ferrallas Pedro
Herrera, S.L. a que pague a la parte actora José Luis
García López, la cantidad de 2.133,32 euros en
concepto de indemnización.
3. Se condena además a la citada empresa a que pague
a la parte actora la cantidad de 15.529,80 euros, en
concepto de salarios de tramitación desde la fecha del
Despido hasta la de la presente resolución, que en el
referido concepto de salarios de trámite se encuentra
obligada a pagar la empresa a la parte actora.
Firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones
poniendo nota en el Libro de Registro de su razón,
sin perjuicio de que pueda instarse su ejecución.
Modo de Impugnación. Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Reposición en el plazo de
TRES DÍAS ante este órgano, expresando la infracción
en que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
3488/0000/64/0279/2012.
Así lo acuerda, manda y firma, doña Rosario Arellano
Martínez, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social
Número Tres de Las Palmas de Gran Canaria. Doy
fe.
Dictada que ha sido la anterior Resolución, se da
por terminada la presente acta, que es leída y firmada
por los comparecientes, en conformidad y constancia
y en prueba de quedar notificados y recibir copia del
acta, con S.Sª.I., y conmigo el Secretario. Doy fe.
Y para que sirva de notificación a la empresa
Ferrallas Pedro Herrera, S.L., con domicilio desconocido,
haciéndole los apercibimientos del artículo 59 de la
LPL, expido la presente en Las Palmas de Gran
Canaria, a veinticuatro de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL, Carmen Sagrario
Melián del Pino.
12.780
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4
EDICTO
12.499
Procedimiento: Ejecución 88/2012. Materia: Despido.
Demandante: Marina del Carmen Vera Henríquez.
Demandados: Full Limpieza, S.L.U. y Fondo de
Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Full Limpieza, S.L.U. bajo apercibimiento
de que las siguientes comunicaciones se harán fijando
copia de la resolución o de la cédula en el tablón de
anuncios de la Oficina Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a diez de octubre
de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de octubre
de 2012
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Full Limpieza, S.L.U. en
situación de Insolvencia con carácter Provisional por
un importe de un principal de 10.912,31 euros, más
436,49 euros de intereses provisionales y 1.091,23 euros
de costas provisionales y sin perjuicio de continuar
la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del
ejecutado.
Una vez firme el presente, expídanse los testimonios
oportunos para su entrega a la parte actora a los
efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite,
debiendo aportar copia de las resoluciones a testimoniar.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave 3499 0000 31
0088 12.
20243
Así lo acuerdo y firmo, don David Peña Núñez,
Secretario Judicial de Juzgado de lo Social Número
Cuatro. Doy fe.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.630
EDICTO
12.500
Procedimiento: Ejecución 153/2012. Materia:
Despido. Demandante: Jesús Rodríguez López.
Demandados: Fondo de Garantía Salarial y Gastronomic
Anmar, S.L.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a D./Dña. Gastronomic Anmar, S.L. a fin
de que publique bajo apercibimiento de que las
siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios
de la Oficina Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a diez de octubre
de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de octubre
de 2012.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Gastronomic Anmar, S.L.
en situación de Insolvencia con carácter Provisional
por un importe de 11.998,67 euros, más 479,86 euros
de intereses provisionales y 1.199,86 euros de costas
provisionales y sin perjuicio de continuar la ejecución
si en lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
20244
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave
3499.0000.30.153.2012.
Así lo acuerdo y firmo, don David Peña Núñez,
Secretario Judicial de Juzgado de lo Social Número
Cuatro. Doy fe.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.631
EDICTO
12.501
Procedimiento: Ejecución 246/2012. Materia:
Salarios de Tramitación contra Estado. Demandantes:
Juan Carlos Bernal Reyes, Ramón López Parra, Pedro
Antonio Gómez Alonso y Luciano Wenceslao Santana
Hernández. Demandados: Fondo de Garantía Salarial
y Atacayte Sdad. Coop.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Atacayte Sdad. Coop. a fin de que
publique bajo apercibimiento de que las siguientes
comunicaciones se harán fijando copia de la resolución
o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina
Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciséis de
octubre de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de octubre
de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Atacayte Sdad. Coop. en
situación de Insolvencia con carácter Provisional por
un importe de 24.231,10 euros, más 969,25 euros de
intereses provisionales y 2.423,11 euros de costas
provisionales y 4.846,22 euros de mora, y sin perjuicio
de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce
bienes del ejecutado.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave
3499.0000.31.0246.2012.
Así lo acuerda y firma don David Peña Núñez,
Secretario Judicial, del Juzgado de lo Social Número
Cuatro. Doy fe.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.632
EDICTO
12.502
Procedimiento: Ejecución 260/2012. Materia:
Cantidad. Demandante: Francisco Ramírez Cabrera.
Demandados: Disfruta del Ocio, S.L. (The Irish
Tabern) y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Disfruta del Ocio, S.L. (The Irish Tabern)
a fin de que publique bajo apercibimiento de que las
siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios
de la Oficina Judicial.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de octubre
de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre
de 2012.
Dada cuenta;
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a
instancia de Francisco Ramírez Cabrera contra Disfruta
del Ocio, S.L. (The Irish Tabern), por un principal de
6.250,87 euros, más 250,03 euros de intereses
provisionales y la de 625,08 euros de costas provisionales
y 1.250,16 euros de mora.
Se autoriza obtener información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Modo de Impugnación. Recurso de Reposición en
el plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresando
la infracción en que la resolución hubiera incurrido,
en el que podrá deducir oposición a la ejecución
aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros
hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
responsabilidad (artículo 239.4 LRJS).
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
3499.0000.64.0260.2012.
Así se acuerda, manda y firma por doña María José
Andrade Santana, Magistrada Jueza Sustituta del
Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmas
de Gran Canaria. Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre
de 2012.
20245
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación,
Se decreta:
PARTE DISPOSITIVA
- Recábese información, a través del Punto Neutro
Judicial, de las bases de datos de las entidades y
organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban
tener constancia de bienes o derechos susceptibles de
embargo, y líbrese otros despachos que resulten
necesarios a otros Organismos a fin de que remita/n
a este órgano relación de bienes y derechos de la
parte ejecutada Disfruta del Ocio, S.L. (The Irish
Tabern).
- Requerir de pago al ejecutado, por la cantidad
reclamada en concepto de principal e intereses
devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda,
y, si no pagase, en el acto, procédase al embargo de
sus bienes en la medida suficiente para responder
por la cantidad por la que se ha despachado ejecución
más las costas de ésta.
- El embargo de cantidades pendientes de devolución
al ejecutado por parte de la AEAT, así como de
cantidades a la vista en entidades financieras adheridas
al Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar a través
de la aplicación de Banesto o del Punto Neutro Judicial
en cantidad suficiente a cubrir la suma total por la que
se despachó ejecución por importe total de 6.250,87
euros de principal, 250,03 euros de intereses, 625,08
euros de costas y 1250,16 euros de mora.
Hágase saber a la parte ejecutada que puede evitar
el embargo si efectúa el pago de las cantidades
reclamadas ingresándolas en la Cuenta de Depósitos
y Consignaciones de esta Juzgado abierta en Banesto
en el numero de C/C 0030 1846 42 0005001274 con
numero de expediente INSERTAR NÚM. C/C DEL
JUZGADO.
Notifíquese la presente resolución a Disfruta del Ocio,
S.L. (The Irish Tabern).
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
20246
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la cae 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave
3499.0000.31.0260.2012.
Así lo acuerdo y firmo don David Peña Núñez,
Secretario Judicial de Juzgado de lo Social Número
Cuatro. Doy fe.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
EDICTO
12.633
12.503
Procedimiento: Ejecución 179/2012. Materia:
Despido. Demandante: Óscar Felipe Valencia Muñoz.
Demandados: Naturgeriatric, S.L.L. y Fondo de
Garantía Salarial. Interesado: CCOO.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Naturgeriatric, S.L.L. a fin de que
publique bajo apercibimiento de que las siguientes
comunicaciones se harán fijando copia de la resolución
o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina
Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciséis de
octubre de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de octubre
de 2012.
Dada cuenta;
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a
instancia de Óscar Felipe Valencia Muñoz contra
Naturgeriatric, S.L.L., por un principal de 13.332,65
euros, más 533,30 euros de intereses provisionales y
la de 1.333,26 euros de costas provisionales.
Se autoriza obtener información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Modo de Impugnación. Recurso de Reposición en
el plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresando
la infracción en que la resolución hubiera incurrido,
en el que podrá deducir oposición a la ejecución
aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros
hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
responsabilidad (artículo 239.4 LRJS).
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
3499.0000.31.0179.2012.
Así se acuerda, manda y firma por doña María José
Andrade Santana, Magistrada Jueza Sustituía del
Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmas
de Gran Canaria. Doy fe.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de octubre
de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación,
Se decreta:
PARTE DISPOSITIVA
- Recábese información, a través del Punto Neutro
Judicial, de las bases de datos de las entidades y
organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban
tener constancia de bienes o derechos susceptibles de
embargo, y líbrese otros despachos que resulten
necesarios a otros Organismos a fin de que remita/n
a este órgano relación de bienes y derechos de la
parte ejecutada Naturgeriatric, S.L.L.
- Requerir de pago al ejecutado, por la cantidad
reclamada en concepto de pricipal e intereses devengados,
en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si no pagase,
en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la
medida suficiente para responder por la cantidad por
la que se ha despachado ejecución más las costas de
ésta.
- El embargo de cantidades pendientes de devolución
al ejecutado por parte de la AEAT, así como de
cantidades a la vista en entidades financieras adheridas
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
al Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar a través
de la aplicación de Banesto o del Punto Neutro Judicial
en cantidad suficiente a cubrir la suma total por la que
se despachó ejecución por importe total de 13.332,65
euros de principal, 533,30 euros de intereses y 1.333,26
euros de costas.
Hágase saber a la parte ejecutada que puede evitar
el embargo si efectúa el pago de las cantidades
reclamadas ingresándolas en la Cuenta de Depósitos
y Consignaciones de esta Juzgado abierta en Banesto
en el numero de C/C 0030 1846 42 0005001274 con
numero de expediente 3499.0000.64.0179.2012
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave
3499.0000.31.0179.2012.
Así lo acuerdo y firmo don David Peña Núñez,
Secretario Judicial de Juzgado de lo Social Número
Cuatro. Doy fe.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
EDICTO
12.634
12.504
Procedimiento: Ejecución 164/2012. Materia:
Cantidad. Demandante: Déborah Sánchez Medina.
Demandados: Reformas Integrales y Soluciones
Decorativas Anir, S.L. Interesado: Fondo de Garantía
Salarial.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Reformas Integrales y Soluciones
Decorativas Anir, S.L. bajo apercibimiento de que las
20247
siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios
de la Oficina Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a quince de octubre
de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de octubre
de 2012.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Reformas Integrales y
Soluciones Decorativas Anir, S.L. en situación de
Insolvencia con carácter Provisional por un importe
de 2.729 euros y sin perjuicio de continuar la ejecución
si en lo sucesivo se conoce bienes del ejecutado.
Una vez firme el presente, expídanse los testimonios
oportunos para su entrega a la parte actora a los
efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite
en este Juzgado aportando las copias oportunas al efecto.
Igualmente cuando sea firme, hágase constar la
Insolvencia en el Registro Mercantil o en su defecto
el registro correspondiente según la naturaleza de la
entidad ejecutada (artículo 276.5 LRJS).
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave 3499.0000.0164.12.
20248
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Así lo acuerdo y firmo, don David Peña Núñez,
Secretario Judicial de Juzgado de lo Social Número
Cuatro. Doy fe.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.656
EDICTO
12.505
Procedimiento: Ejecución 221/2012. Materia:
Extinción de Contrato. Demandante: María del Carmen
Marrero Santana. Demandados: Fondo de Garantía
Salarial y Lisercan Canarias, S.L.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Lisercan Canarias, S.L. bajo apercibimiento
de que las siguientes comunicaciones se harán fijando
copia de la resolución o de la cédula en el tablón de
anuncios de la Oficina Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciséis de
octubre de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de octubre
de 2012.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Lisercan Canarias, S.L. en
situación de Insolvencia con carácter Provisional por
un importe de 1.468,50 euros y sin perjuicio de
continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes
del ejecutado.
Una vez firme el presente, expídanse los testimonios
oportunos para su entrega a la parte actora a los
efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite
en este juzgado aportando las copias oportunas al efecto.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave
3499.0000.31.0221.12.
Así lo acuerdo y firmo, don David Peña Núñez,
Secretario Judicial de Juzgado de lo Social Número
Cuatro. Doy fe.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.657
EDICTO
12.506
Procedimiento: Ejecución 114/2012. Materia:
Despido. Demandante: Agustín Guedes López.
Demandados: Construcciones y Reformas Borsan, S.L.
y Fogasa.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Construcciones y Reformas Borsan,
S.L., bajo apercibimiento de que las siguientes
comunicaciones se harán fijando copia de la resolución
o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina
Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de octubre
de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de octubre
de 2012.
Dada cuenta;
Por presentado el anterior escrito 4.364/12 y 4.321/12
únase, dese a la copia su destino legal.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
PARTE DISPOSITIVA
Por presentado el anterior escrito 4.364/12 y 4.321/12
únanse, dese a la copia su destino legal.
Se despacha ejecución a instancia de Agustín Guedes
López contra Construcciones y Reformas Borsan,
S.L., por un principal de 19.399,84 euros, más 775,99
euros de intereses provisionales y la de 1.939,98
euros de costas provisionales.
Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a
la parte ejecutante de conformidad con lo preceptuado
en el artículo 276 LRJS a fin de que puedan instar la
práctica de las diligencias que a su derecho convenga
y designar bienes concretos del ejecutado/a sobre los
que continuar la ejecución, lo que deberán verificar
en el plazo de CINCO DÍAS bajo apercibimiento de
que en caso de no manifestar nada al respecto se
procederá a dictar la Insolvencia de la ejecutada.
Modo de Impugnación. Recurso de Reposición en
el plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresando
la infracción en que la resolución hubiera incurrido,
en el que podrá deducir oposición a la ejecución
aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros
hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
responsabilidad (artículo 239.4 LRJS).
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave
3499.0000.31.0114.12
Así lo acuerda, manda y firma por doña María José
Andrade Santana, Magistrada Jueza Sustituía del
Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmas
de Gran Canaria. Doy fe.
LA MAGISTRADA JUEZA SUSTITUTA.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.
EDICTO
12.658
12.507
Procedimiento: Ejecución 258/2012. Materia:
20249
Salarios de Tramitación contra Estado. Demandante:
María Rosa Suárez Vega. Demandados: Asesoramiento
Mantenimiento y Decoración, S.L. y Fogasa.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Asesoramiento Mantenimiento y Decoración,
S.L. bajo apercibimiento de que las siguientes
comunicaciones se harán fijando copia de la resolución
o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina
Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a dieciséis de
octubre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de octubre
de 2012.
Dada cuenta;
Por presentado el anterior escrito, registrado con el
número 3.623/2012, únase, dese a la copia su destino
legal.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Por presentado el anterior escrito 3.623/2012, únase,
dese a la copia su destino legal.
Se despacha ejecución a instancia de María Rosa
Suárez Vega contra Asesoramiento Mantenimiento y
Decoración, S.L., por un principal de 9.010,76 euros,
más 360,43 euros de intereses provisionales, más
1.802,14 euros de intereses por mora y la de 901,07
euros de costas provisionales.
Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a
la parte ejecutante de conformidad con lo preceptuado
en el artículo 276 LRJS a fin de que puedan instar la
práctica de las diligencias que a su derecho convenga
y designar bienes concretos del ejecutado/a sobre los
que continuar la ejecución, lo que deberán verificar
en el plazo de CINCO DÍAS bajo apercibimiento de
que en caso de no manifestar nada al respecto se
procederá a dictar la Insolvencia de la ejecutada.
Modo de Impugnación. Recurso de Reposición en
el plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresando
la infracción en que la resolución hubiera incurrido,
en el que podrá deducir oposición a la ejecución
aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros
20250
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
responsabilidad (artículo 239.4 LRJS).
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave 3499 0000
31 0258 12.
Así lo acuerda, manda y firma por doña María José
Andrade Santana, Magistrada Jueza Sustituía del
Juzgado de lo Social Número Cuatro de Las Palmas
de Gran Canaria. Doy fe.
LA MAGISTRADA JUEZA SUSTITUTA.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.
EDICTO
12.659
12.508
Procedimiento: Ejecución 115/2012. Materia:
Despido. Demandante: Ricardo Déniz Placeres.
Demandados: Fondo de Garantía Salarial y Taller y
Bazar J. Monzón, S.L.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Taller y Bazar J. Monzón, S.L. bajo
apercibimiento de que las siguientes comunicaciones
se harán fijando copia de la resolución o de la cédula
en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a quince de octubre
de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de octubre
de 2012.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO: Decretar hasta cubrir la cantidad total
de 34.532,82 euros:
- La retención y puesta a disposición de este Juzgado,
de las cantidades que las entidades bancarias Caja Insular
de Ahorros de Canarias y Banco Sabadell pudieran
tener en cuentas de ahorro, crédito o cualquier otro
producto financiero, o cantidades que se devenguen
a favor del ejecutado, tanto las existentes al momento
del embargo como las que se produzcan posteriormente,
hasta cubrir las cantidades arriba señaladas, a cuyo
efecto, líbrense el/los oportuno/s oficio/s con los
insertos necesarios.
- La retención y embargo de los créditos titularidad
de la empresa ejecutada contra las siguientes entidades
Rodriauto Carrizal, S.L., Autos Hdez., S.L. y Centro
Auto Canarias 2, S.L., en virtud de cuentas corrientes,
depósitos, prestación de servicios, y en general de
cualquier contrato civil, mercantil o administrativo,
hasta cubrir las cantidades que más arriba se señalan,
a cuyo efecto líbrense el/los oportuno/s oficio/s con
los insertos necesarios obteniéndose a través del
Punto Neutro Judicial los domicilios de dichas
entidades para poder cumplimentar dichos oficios
- El embargo de cantidades pendientes de devolución
al ejecutado por parte de la AEAT, así como de
cantidades a la vista en entidades financieras adheridas
al Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar a través
de la aplicación de Cuentas de Depósitos y
Consignaciones.
Se significa al ejecutado Taller y Bazar J. Monzón,
S.L. que podrá liberar sus bienes mediante el pago
de las cantidades más arriba indicadas, que podrá
efectuar mediante ingreso en la cuenta de este Juzgado
en la entidad Banesto, c.c.c. 0030 1846 42 0005001274,
al concepto o procedimiento clave 3499 0000 64
0115 12, bajo expreso apercibimiento de que una
vez realizados en la presente vía ejecutiva, su transmisión
será irrevocable.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave 3499 0000 31
0115 12.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Así lo acuerdo y firmo don David Peña Núñez,
Secretario Judicial de Juzgado de lo Social Número
Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.660
EDICTO
12.509
Procedimiento: Ejecución 215/2012. Materia: Otras.
Demandante: Domingo Tarajano Mesa. Demandado:
Francisco Ojeda Ojeda. Interesado: Servicio Público
de Empleo Estatal.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Francisco Ojeda Ojeda bajo apercibimiento
de que las siguientes comunicaciones se harán fijando
copia de la resolución o de la cédula en el tablón de
anuncios de la Oficina Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de octubre
de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de octubre
de 2012.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
- Unir a los autos el anterior escrito presentado por
el letrado don Domingo Tarajano Mesa, registrado con
el número 4.451/2012 y dar a la copia su destino
legal.
Visto su contenido, tener por hechas las manifestaciones
contenidas en el cuerpo legal del mismo y, decretar
el embargo de cantidades pendientes de devolución
al ejecutado por parte de la AEAT, así como de
cantidades a la vista en entidades financieras adheridas
al Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar a través
de la aplicación de Cuentas de depósitos y consignaciones.
- Asimismo, mediante la aplicación informática de
este Juzgado, a través de la DGT, averiguar si el
ejecutado es titular de algún vehículo y en caso de
resultar positivo, proceder a al anotación de embargo
de dicho/s vehículo/s y, librar Mandamiento por
duplicado al Registro de Bienes Muebles correspondiente
20251
para que tenga lugar la anotación del embargo trabado,
reclamándose al tiempo certificación de cargas y
gravámenes que afecten al/los vehículo/s embargado/s.
Remítase el Mandamiento el mismo día de su expedición
por fax al Registro, sin perjuicio de su remisión por
la vía ordinaria y líbrese oficio a la Policía Local para
que se proceda a la localización, depósito y precinto
del/de los vehículos.
Se significa al ejecutado Francisco Ojeda Ojeda que
podrá liberar sus bienes mediante el pago de las
cantidades más arriba indicadas, que podrá efectuar
mediante ingreso en la cuenta de este Juzgado en la
entidad Banesto, c.c.c. 0030 1846 42 0005001274,
al concepto o procedimiento clave 3499 0000 64
0215 12, bajo expreso apercibimiento de que una
vez realizados en la presente vía ejecutiva, su transmisión
será irrevocable.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave 3499 0000 31
0215 2012.
Así lo acuerdo y firmo don David Peña Núñez,
Secretario Judicial de juzgado de lo Social Número
Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.661
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 5
EDICTO
12.510
Procedimiento: Ejecución 134/2012. Materia:
Despido. Demandante: Melanie Fiona O’Connor.
Demandados: La Casa Grill, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
20252
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a La Casa Grill, S.L. bajo apercibimiento
de que las siguientes comunicaciones se harán fijando
copia de la resolución o de la cédula en el tablón de
anuncios de la Oficina Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de octubre
de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de octubre
de 2012.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado La Casa Grill, S.L. en
situación de Insolvencia con carácter Provisional por
un principal de 12.912,21 euros (2.831,14 euros de
indemnización más 10.081,07 euros de salarios), más
1.291,22 euros de intereses provisionales y la de
1.291,22 euros de costas provisionales y sin perjuicio
de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce
bienes del ejecutado.
Una vez firme el presente, expídanse los testimonios
oportunos para su entrega a la parte actora a los
efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite
compareciendo en esta Oficina Judicial para su
retirada.
Igualmente cuando sea firme, hágase constar la
Insolvencia en el Registro Mercantil o en su defecto
el registro correspondiente según la naturaleza de la
entidad ejecutada (artículo 276.5 LRJS).
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Así lo acuerdo y firmo, doña Gloria Alonso Santana,
Secretaria Judicial de Juzgado de lo Social Número
Cinco. Doy fe.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
EDICTO
12.639
12.511
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 593/2011.
Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:
Dolores del Pino Gordillo Nieves. Demandados:
Dialse Seguridad, S.L., Fogasa y Seguridad Integral,
S.A.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Dialse Seguridad, S.L. bajo apercibimiento
de que las siguientes comunicaciones se harán fijando
copia de la resolución o de la cédula en el tablón de
anuncios de la Oficina Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós de
octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL, Gloria Alonso
Santana.
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de octubre
de 2012.
Habiendo visto el Ilmo. Sr. don Miguel Ángel
Limón Luque, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Cinco de Las Palmas de Gran Canaria
y su provincia, en audiencia pública, el juicio sobre
Cantidad, seguido ante este Juzgado bajo número
593/2011, promovido a instancia de Dolores del Pino
Gordillo Nieves, contra Dialse Seguridad, S.L. y
Fogasa, ha pronunciado en nombre del Rey, la siguiente
sentencia:
FALLO: Que estimando en su totalidad la demanda
promovida por Dolores del Pino Gordillo Nieves,
contra Dialse Seguridad, S.L. y Fogasa, condeno a
la sociedad demandada a que abone a la actora la cantidad
de 4.176,04 euros, la cual deberá incrementarse en
un 10% anual desde 20 de mayo de 2011 hasta la fecha.
Se condena asimismo al Fogasa a asumir las obligaciones
y responsabilidades legales que se deriven de este fallo.
Notifíquese la presente resolución a las partes,
haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Recurso de Suplicación para ante la Sala de lo Social
del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el cual
deberá ser anunciado, por escrito o comparecencia,
en el término de CINCO DÍAS, a contar desde el siguiente
al de la notificación de la Sentencia y con expresa
advertencia de que de ser el recurrente la parte
demandada a la que no se apliquen las excepciones
previstas en el artículo 229.4 LRJS, deberá exhibir
ante este Juzgado el resguardo acreditativo de haber
depositado en la cuenta de RECURSOS de este
Juzgado de lo Social Número Cinco, número de
identificación: 0030/1846/42/0005001274, y al
concepto clave 3500/0000/65/0593/11, abierta en el
Banco Español de Crédito (Banesto), oficina sita en
la calle Triana de esta ciudad, la cantidad objeto de
condena, pudiendo sustituirse la consignación en
metálico por el aseguramiento mediante aval bancario,
en el que deberá hacerse constar la responsabilidad
solidaria del avalista de duración indefinida y pagadero
a primer requerimiento emitido por la entidad de
crédito, y acreditar también haber depositado en la
indicada cuenta la cantidad de 300 euros preceptiva
legalmente para recurrir, sin cuyos requisitos no se
tendrá por anunciado dicho recurso.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y
firmo.
12.648
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6
EDICTO
12.512
Procedimiento: Ejecución 224/2012. Materia: Otras.
Ejecutante: Cecilia Ortiz Texier. Ejecutados: Fogasa
y M.B. Prevención de Riesgos y Consulting, S.L.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a M.B. Prevención de Riesgos y Consulting,
S.L. a fin de que bajo apercibimiento de que las
siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios
de la Oficina Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a uno de octubre
de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
20253
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de
2012.
Dada cuenta;
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO: Se despacha ejecución a instancia de
Cecilia Ortiz Texier contra M.B. Prevención de
Riesgos y Consulting, S.L., por un principal de
4.854,13 euros, más 485,41 euros de intereses
provisionales y la de 485,41 euros de costas provisionales.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
c.c.c. del sito en.
Practíquense por el Sr. Secretario Judicial las
actuaciones previstas en los artículos 247 y concordantes
de la LPL.
Modo de Impugnación. Contra este auto no cabe
recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada
pueda oponerse al despacho de la ejecución en los
términos previstos en el artículo 556 de la LEC y en
el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a
la notificación del presente auto y del decreto que se
dicte.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso el/la Magistrado-Juez del
Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de
Gran Canaria. Doy fe.
LA MAGISTRADO-JUEZ.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de
2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Decreto: Se decreta al embargo de bienes y derechos
de la parte ejecutada M.B. Prevención de Riesgos y
Consulting, S.L., en cantidad suficiente a cubrir
4.854,13 euros en concepto de principal, más 485,41
euros de intereses, y 485,41 euros de costas que se
presupuestan para intereses y costas de esta ejecución,
sin perjuicio de ulterior liquidación.
20254
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Óigase al Fondo de Garantía Salarial y al ejecutante,
por plazo de QUINCE DÍAS, para que puedan instar
la práctica de las diligencias que a su derecho convenga
y designar los bienes del deudor de que tengan
constancia y con su resultado se acordará.
Notifíquese la presente resolución a M.B. Prevención
de Riesgos y Consulting, S.L.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave NUM. CUENTA
DE EXPED. DEL JUZGADO.
Así lo acuerdo y firmo, don Lauro Arellano Martínez,
Secretario Judicial de Juzgado de lo Social Número
Seis. Doy fe.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.523
EDICTO
12.513
Procedimiento: Ejecución 225/2012. Materia:
Cantidad. Ejecutante: Iván Prada Mouro. Ejecutados:
Productos Selectos Canarios, S.L. y Fogasa.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente
se notifica a Productos Selectos Canarios, S.L. a fin
de que bajo apercibimiento de que las siguientes
comunicaciones se harán fijando copia de la resolución
o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina
Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a uno de octubre
de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de
2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Decreto: Se decreta al embargo de bienes y derechos
de la parte ejecutada Productos Selectos Canarios, S.L.,
en cantidad suficiente a cubrir 3.157,16 euros en
concepto de principal, más 315,71 euros, que se
presupuestan para intereses y 315,71 euros costas de
esta ejecución, sin perjuicio de ulterior liquidación.
Óigase al Fondo de Garantía Salarial y al ejecutante,
por plazo de QUINCE DÍAS, para que puedan instar
la práctica de las diligencias que a su derecho convenga
y designar los bienes del deudor de que tengan
constancia y con su resultado se acordará.
Notifíquese la presente resolución a Productos
Selectos Canarios, S.L.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave NUM. CUENTA
DE EXPED. DEL JUZGADO.
Así lo acuerdo y firmo, don Lauro Arellano Martínez,
Secretario Judicial de Juzgado de lo Social Número
Seis. Doy fe.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de
2012.
Dada cuenta;
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO: Se despacha ejecución a instancia de
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Iván Prada Mouro contra Productos Selectos Canarios,
S.L., por un principal de 3.157,16 euros, más 315,71
euros de intereses provisionales y la de 315,71 euros
de costas provisionales.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado,
c.c.c. del sito en.
Practíquense por el Sr. Secretario Judicial las
actuaciones previstas en los artículos 247 y concordantes
de la LPL.
Modo de Impugnación. Contra este auto no cabe
recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada
pueda oponerse al despacho de la ejecución en los
términos previstos en el artículo 556 de la LEC y en
el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente a
la notificación del presente auto y del decreto que se
dicte.
Así se acuerda, manda y firma por doña Yolanda
Álvarez del Vayo Alonso la Magistrado-Juez del
Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas de
Gran Canaria. Doy fe.
LA MAGISTRADO-JUEZ.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.525
EDICTO
12.514
Procedimiento: Despidos/Ceses en General 399/2012.
Materia: Despido Disciplinario. Demandante: Mauricio
Horacio Rosello Karalevich. Demandados: Reysan 2011,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la L.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente
se notifica a Reysan 2011, S.L., la Sentencia de fecha
24.08.12, bajo apercibimiento de que las siguientes
comunicaciones se harán fijando copia de la resolución
o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina
Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de
octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
20255
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de agosto de
dos mil doce.
Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, MagistradoJuez de lo Social Número Seis de los de Las Palmas.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia
Vistos los presentes autos de Juicio, seguidos ante
este Juzgado de lo Social número Seis de los de Las
Palmas, con el número 399/12 siendo partes de una
y como demandante Mauricio Horacio Rosello
Karalevich y de otra y como demandados la empresa
Reysan 2011, SL y el Fogasa versando el proceso sobre
Despido-Cantidad.
FALLO: Que estimo la demanda interpuesta por
Mauricio Horacio Rosello Karalevich contra la empresa
Reysan 2011, S.L. y el Fogasa, y en su virtud declaro
improcedente el despido efectuado por la empresa
demandada con efectos de 21.04.12, condenando a
ésta a la readmisión del trabajador en las mismas
condiciones que regían antes de producirse el despido,
así como al abono de los salarios de tramitación desde
la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia,
a razón de 48,29 euros diarios, o, a elección de aquél,
a que le abone una indemnización por importe de 803,33
euros.
De igual modo se condena a la empresa a que abone
al actor la cantidad de 2.462,79 euros en concepto de
salarios dejados de percibir, más el interés por mora.
Se advierte a la demandada que la opción entre
readmisión o indemnización, deberá ejercitarla dentro
de los CINCO DÍAS siguientes a su notificación por
escrito o por comparecencia ante este Juzgado, y que
de no efectuarlo en dicho plazo de forma expresa se
entenderá que opta por la readmisión.
Notifíquese esta resolución a las partes con entrega
de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe
Recurso de Suplicación ante el Tribunal superior de
Justicia de Canarias, Sala de lo Social, con sede en
esta capital y que deberán anunciar por ante este
Juzgado, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes al de su notificación.
La demandada recurrente que no gozare del beneficio
de justicia gratuita indispensablemente acreditará, al
anunciar el recurso haber consignado en la Cuenta de
Depósitos y Consignaciones, abierta por este Juzgado
de lo Social número Seis en el Banesto, la cantidad
objeto de condena, número y año del procedimiento,
20256
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
pudiéndose sustituir la referida consignación en
metálico por el aseguramiento mediante aval bancario,
en el que deberá hacerse constar la responsabilidad
solidaria del avalista.
Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien
al anunciar el Recurso o al formalizarlo, el depósito
de 300 euros, en la cuenta “Depósitos”, establecida
por este Juzgado en el Banesto en la cuenta antes
referenciada indicando a continuación el número y
año del procedimiento.
Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando
en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por la Iltma. Magistrado-Juez Sra. doña
Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, que la dicta en su
fecha, estando celebrando Audiencia ante mí, el
Secretario, de lo que doy fe.
EDICTO
12.778
12.515
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1.138/2010.
Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:
Antonio José Marrero Suárez. Demandados: Warner
Café, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la L.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente
se notifica a Warner Café, S.L., la Sentencia de fecha
31.05.12, bajo apercibimiento de que las siguientes
comunicaciones se harán fijando copia de la resolución
o de la cédula en el Tablón de Anuncios de la Oficina
Judicial.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de
octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de mayo de
2012.
Doña Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, MagistradoJuez de lo Social número Seis de los de Las Palmas.
En nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
Vistos los presentes autos de Juicio, seguidos ante
este Juzgado de lo Social Número Seis de los de Las
Palmas, con el número 1.138/2010, siendo partes de
una y como demandante Antonio José Marrero Suárez
y de otra y como demandada la empresa Warner
Café, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, versando
el proceso sobre cantidad.
FALLO: Que estimo la demanda interpuesta por
Antonio José Marrero Suárez, contra la empresa
Warner Café, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, y
en su virtud condeno a la empresa demandada a que
pague al actor la cantidad de 22.836,81 euros.
Se condena al Fogasa a estar y pasar por la anterior
declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes con entrega
de su copia, advirtiéndole que contra la misma cabe
Recurso de Suplicación ante el Tribunal superior de
Justicia de Canarias, Sala de lo Social, con sede en
esta capital y que deberán anunciar por ante este
Juzgado, dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes al de su notificación.
La demandada recurrente que no gozare del beneficio
de justicia gratuita indispensablemente acreditará, al
anunciar el recurso haber consignado en la Cuenta de
Depósitos
y
Consignaciones
número
0030/1105/3509/0000/65, abierta por este Juzgado de
lo Social número Seis den el Banesto, la cantidad objeto
de condena, número y año del procedimiento, pudiéndose
sustituir la referida consignación en metálico por el
aseguramiento mediante aval bancario, en el que
deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del
avalista.
Asimismo deberá acreditar haber consignado, bien
al anunciar el Recurso o al formalizarlo, el depósito
de 300 euros, en la cuenta “Depósitos”, establecida
por este Juzgado en el Banesto en la cuenta antes
referenciada indicando a continuación el número y
año del procedimiento.
Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando
en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior
sentencia por la Iltma. Magistrado-Juez Sra. doña
Yolanda Álvarez del Vayo Alonso, que la dicta en su
fecha, estando celebrando Audiencia ante mí, el
Secretario, de lo que doy fe.
EDICTO
12.779
CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL
12.516
Procedimiento: Seguridad Social 570/2011. Materia:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Incapacidad Permanente. Demandante: Luis Expósito
Pellón. Demandados: Instituto Nacional de la Seguridad
Social, Tesorería General de la Seguridad Social,
Fremap, Mutua Universal, Raybre Canarias, S.L. y
Nordotel, S.A.
Don Lauro Arellano Martínez, Secretario Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Seis de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo el
número 570/2011, en materia de Incapacidad Permanente,
a instancia de Luis Expósito Pellón, contra Instituto
Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General
de la Seguridad Social, Fremap, Mutua Universal, Raybre
Canarias, S.L. y Nordotel, S.A., se ha acordado citarle
mediante edicto dado su ignorado paradero, para el
acto de vista oral que tendrá lugar el próximo día 07.02.13,
a las 09:15 horas, advirtiéndole de lo dispuesto en los
artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la
Jurisdicción Social. Asimismo se le requiere para
que concurra al acto al efecto de contestar el interrogatorio
de preguntas de la contraparte, si así se hubiese
interesado, así como para que aporte la documental
que se indica en la demanda, cuya admisión se acordó
por resolución judicial, haciéndole saber que las
copias de la misma se encuentran a su disposición en
la Secretaría de este Juzgado.
Y para que sirva de citación en legal forma a Raybre
Canarias, S.L., en ignorado paradero, expido la
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco
de octubre de dos mil doce.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 7
12.750
EDICTO
CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO
12.517
Procedimiento: Ejecución 3/2012. Materia: Despido.
Demandante: Rubén Jiménez Pérez. Demandados:
Marrero Marrero Gabriel Jesús (Transportes Jesús),
Distribuciones Dilex Mar, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial.
20257
Doña Rosa María de Miguel Sánchez, Secretaria
Judicial de este Juzgado de lo Social Número Siete
de Las Palmas de Gran Canaria,
HACE SABER: Que en el procedimiento número
3/2012 en materia de Despido a instancia de Rubén
Jiménez Pérez, contra Marrero Marrero Gabriel Jesús
(Transportes Jesús), Distribuciones Dilex Mar, S.L.
y Fondo de Garantía Salarial, por su se ha dictado Decreto
con fecha 03/09/12, cuya parte dispositiva es el tenor
literal siguiente:
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de septiembre
de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Distribuciones Dilex Mar,
S.L. en situación de Insolvencia con carácter Provisional
por un importe de 32.255,45 euros en concepto de
principal, 3.225 euros de intereses provisionales y 3.225
euros de costas provisionales y sin perjuicio de
continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes
del ejecutado.
Una vez firme el presente, expídanse los testimonios
oportunos para su entrega a la parte actora a los
efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite
compareciendo en esta Oficina Judicial para su
retirada.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
20258
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave 20950000300003/12.
Así lo acuerda y firma doña Rosa María de Miguel
Sánchez, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Social
Número Siete. Doy fe.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Distribuciones Dilex Mar, S.L. en ignorado paradero,
expido la presente para publicación en el Tablón de
Anuncios de este Juzgado, en Las Palmas de Gran
Canaria, a tres de septiembre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
12.760
EDICTO
CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO
12.518
Procedimiento: Procedimiento Impugnación Sanciones
70/2012. Materia: Sanción a Trabajador. Demandante:
María del Pino Sánchez Ortega. Demandados:
Fundación para el Estudio y la Promoción de la
Acción Social y UTE Ralons Servicios, S.L. - Ralons
Salud, S.L.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria,
HACE SABER: Que en el procedimiento número
70/2012 en materia de Sanción a trabajador a instancia
de María del Pino Sánchez Ortega, contra Fundación
para el Estudio y la Promoción de la Acción Social
y UTE Ralons Servicios, S.L. Ralons Salud, S.L., por
su S.Sª. se ha dictado Auto con fecha 31 de julio de
2012, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de julio de
2012.
Dada cuenta;
En los autos sobre Sanción a trabajador, seguidos
en este Órgano bajo el número 70/2012, a instancia
de María del Pino Sánchez Ortega, contra D. /Dña.
Fundación para el Estudio y la Promoción de la
Acción Social y UTE Ralons Servicios, S.L. Ralons
Salud, S.L., siendo Magistrada-Juez doña Raquel
María Rivero Mentado.
Vistos los preceptos legales citados,
PARTE DISPOSITIVA
Lo acuerdo: No aclarar la Sentencia de fecha 28 de
mayo de 2012, por los motivos expuestos en el anterior
razonamiento, manteniéndose íntegros todos sus
pronunciamientos.
Contra este Auto no cabe recurso. Contra la Sentencia
cabe el recurso indicado al notificarse la misma,
contándose el plazo desde la notificación de éste
Auto. (Artículo 267.8° de la LOPJ, y 407 de la LEC,
en relación con la Disposición Decimoséptima de la
Ley 1/2000).
Así por este nuestro Auto, lo pronunciamos,
mandamos y firmamos.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Fundación para el Estudio y la Promoción de la
Acción Social en ignorado paradero, expido la presente
para publicación en el Tablón de Anuncios de este
Juzgado, en Las Palmas de Gran Canaria, a treinta y
uno de julio de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
12.761
EDICTO
CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO
12.519
Procedimiento: Ejecución 53/2012. Materia: Despido.
Demandante: Jorge Antonio Courel Mirallaves.
Demandados: Fondo de Garantía Salarial y Racoroti,
S.L.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria,
HACE SABER: Que en el procedimiento número
53/2012 en materia de Despido a instancia de Jorge
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Antonio Courel Mirallaves, contra Fondo de Garantía
Salarial y Racoroti, S.L., por su S.Sª. se ha dictado
Decreto con fecha 03.10.12, cuya parte dispositiva
es el tenor literal siguiente:
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de octubre de
2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Racoroti, S.L. en situación
de Insolvencia con carácter Provisional por un importe
de 12.172,54 euros y sin perjuicio de continuar la
ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del
ejecutado.
Una vez firme el presente, expídanse los testimonios
oportunos para su entrega a la parte actora a los
efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite
compareciendo en esta Oficina Judicial para su
retirada.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave
2095/0000/64005312.
Así lo acuerda y firma doña Rosa María Toribio
Viñuela, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Social
Número Site. Doy fe.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
20259
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Racoroti, S.L. en ignorado paradero, expido la presente
para publicación en el BOP, en Las Palmas de Gran
Canaria, a tres de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
12.762
EDICTO
CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO
12.520
Procedimiento: Ejecución 551/2010. Materia:
Cantidad. Demandantes: Fátima León Viera y Ana Celia
Artiles Ortega. Demandados: La Gastronomía de
Giovanni, S.L., Fogasa, Dominique Giovanizzo y
Giovanni Giovanizzo.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria,
HACE SABER: Que en el procedimiento número
551/2010 en materia de Cantidad a instancia de Fátima
León Viera y Ana Celia Artiles Ortega, contra La
Gastronomía de Giovanni, S.L., Fogasa, Dominique
Giovanizzo y Giovanni Giovanizzo, por su S.Sª. se
ha dictado Auto con fecha 19.10.12, cuya parte
dispositiva es el tenor literal siguiente:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de octubre
de 2012.
Dada cuenta;
Por presentado el anterior escrito 5236 únase, dese
a la copia su destino legal.
Vistos los preceptos legales dictados y demás de general
y pertinente aplicación al caso,
PARTE DISPOSITIVA
Por presentado el anterior escrito 5.236 únase, dese
a la copia su destino legal.
Se despacha ejecución a instancia de Fátima León
Viera y Ana Celia Artiles Ortega contra La Gastronomía
de Giovanni, S.L., Fogasa, Dominique Giovanizzo y
Giovanni Giovanizzo, por un principal de 10.445,5
euros, más 1.044 euros de intereses provisionales y
la de 1.044 euros de costas provisionales respecto a
Fátima León Viera, más un principal de 10.445,5
euros, más 1.044 euros de intereses provisionales y
20260
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
la de 1.044 euros de costas provisionales respecto a
Celia Artiles Ortega, cantidades correspondientes a
salarios de tramitación.
Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a
la parte ejecutante de conformidad con lo preceptuado
en el artículo 276 LRJS a fin de que puedan instar la
práctica de las diligencias que a su derecho convenga
y designar bienes concretos del ejecutado/a sobre los
que continuar la ejecución, lo que deberán verificar
en el plazo de CINCO DÍAS bajo apercibimiento de
que en caso de no manifestar nada al respecto se
procederá a dictar la Insolvencia de la ejecutada.
Modo de Impugnación. Recurso de Reposición en
el plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresando
la infracción en que la resolución hubiera incurrido,
en el que podrá deducir oposición a la ejecución
aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros
hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
responsabilidad (artículo 239.4 LRJS).
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Reposición, deberá efectuar un depósito de 25,00
euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones
de esta Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030
1846 42 0005001274, y al concepto clave 2095 0000
64 0551 10.
Así lo acuerda, manda y firma por doña Raquel María
Rivero Mentado, Magistrada-Juez del Juzgado de lo
Social Número Siete de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
LA MAGISTRADA-JUEZ.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
La Gastronomía de Giovanni, S.L., Dominique
Giovanizzo y Giovanni Giovanizzo en ignorado
paradero, expido la presente para publicación en el
Tablón de Anuncios de este Juzgado, en Las Palmas
de Gran Canaria, a diecinueve de octubre de dos mil
doce.
LA SECRETARIA.
12.764
EDICTO
CÉDULA NOTIFICACIÓN AUTO
12.521
Procedimiento: Ejecución 81/2011. Materia: Cantidad.
Demandante: Agustín Domínguez Hernández.
Demandados: Domínguez Dávila, S.A. y Fondo de
Garantía Salarial.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria,
HACE SABER: Que en el procedimiento número
81/2011 en materia de Cantidad a instancia de Agustín
Domínguez Hernández, contra Domínguez Dávila, S.A.
y Fondo de Garantía Salarial, por su S.Sª. se ha
dictado Auto con fecha 11.10.12, cuya parte dispositiva
es el tenor literal siguiente:
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de octubre
de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Domínguez Dávila, S.A. en
situación de Insolvencia con carácter Provisional por
un importe de 16.022 euros y sin perjuicio de continuar
la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes del
ejecutado.
Una vez firme el presente, expídanse los testimonios
oportunos para su entrega a la parte actora a los
efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite
compareciendo en esta Oficina Judicial para su
retirada.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al Concepto clave 2095 0000 64
0081 12.
Así lo acuerda y firma doña Rosa María Toribio
Viñuela, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Social
Número Siete. Doy fe.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Domínguez Dávila, S.L. en ignorado paradero, expido
la presente para publicación en el Tablón de Anuncios
de este Juzgado, en Las Palmas de Gran Canaria, a
once de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
EDICTO
CÉDULA NOTIFICACIÓN
12.765
12.522
Procedimiento: Ejecución 206/2012. Materia:
Cantidad. Demandante: Nemrod Rodríguez Falcón.
Demandados: Dialse Seguridad, S.A. y Fondo de
Garantía Salarial.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria,
HACE SABER: Que en el procedimiento número
206/2012 en materia de Cantidad a instancia de
Nemrod Rodríguez Falcón, contra Dialse Seguridad,
S.A. y Fondo de Garantía Salarial, por su S.Sª. se ha
dictado resolución del tenor literal siguiente:
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de octubre
de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Dialse Seguridad, S.A. en
20261
situación de Insolvencia con carácter Provisional por
un importe de un principal de 4.642 euros más 10%
de mora procesal, más 464 euros de intereses
provisionales y 464 euros de costas provisionales y
sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo
se conoce bienes del ejecutado.
Una vez firme el presente, expídanse los testimonios
oportunos para su entrega a la parte actora a los
efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite
compareciendo en esta Oficina Judicial para su
retirada.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el legajo de Decretos.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
Entidades Locales y Organismos Autónomos
dependientes de ellos, intente interponer Recurso de
Revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros
en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de esta
Juzgado en la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846
42 0005001274, y al concepto clave 30.
Así lo acuerda y firma doña Rosa María Toribio
Viñuela, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Social
Número Siete. Doy fe.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Dialse Seguridad, S.A. en ignorado paradero, expido
la presente para publicación en el BOP Las Palmas
de este Juzgado, en Las Palmas de Gran Canaria, a
diecisiete de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
12.775
20262
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
EDICTO
CÉDULA NOTIFICACIÓN SENTENCIA
12.523
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 434/2012.
Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:
Santiago Vega González. Demandados: Construcciones
Dibecan XXL, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria,
HACE SABER: Que en el procedimiento número
434/2012 en materia de Reclamación de Cantidad a
instancia de Santiago Vega González, contra
Construcciones Dibecan XXL, S.L. y Fondo de
Garantía Salarial, por su S.Sª. se ha dictado Sentencia
con fecha 18/10/2012, cuya parte dispositiva es el tenor
literal siguiente:
FALLO: Estimando la demanda origen de las
presentes actuaciones, promovida por Santiago Vega
González frente a la empresa Construcciones Dibecan
XXI, S.L. y EL Fondo de Garantía Salarial sobre
Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa
demandada, a que abone a la actora la cantidad de
7.259,14 euros por los conceptos reclamados en la
demanda, más el 10% de mora en el pago. Y al Fondo
de Garantía Salarial a estar y pasar por dicha declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia
o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes a la notificación del presente fallo, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 190
y ss de la LRJS; siendo indispensable que al tiempo
de anunciarlo acredite la parte que no ostente el
carácter de trabajador y no goce del beneficio de
justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro
de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de
este Juzgado con el número de cuenta 2095-0000-650434-12 o presentar aval solidario de Entidad Financiera
por el mismo importe. Así mismo deberá constituir
otro depósito por importe de 300,00 euros en la
referida cuenta bancaria al concepto 2095-0000-360434-12, presentando el resguardo correspondiente
a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al
tiempo de interponer el Recurso y el del primer
depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos
no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia. La extiendo yo la Sra. Secretaria para
dar fe de que la anterior resolución se publicó en el
día de su fecha, estando la Magistrado-Juez Sustituta
que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero
fe.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Construcciones Dibecan XXL, S.L. en ignorado
paradero, expido la presente para publicación en el
BOP de Las Palmas, en Las Palmas de Gran Canaria,
a diecinueve de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
12.776
EDICTO
CÉDULA NOTIFICACIÓN SENTENCIA
12.524
Procedimiento: Despidos/Ceses en General 333/2012.
Materia: Despido Disciplinario. Demandante: Rita María
Sánchez Sánchez. Demandados: Grupo Diniz España,
S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria,
HACE SABER: Que en el procedimiento número
333/2012 en materia de Despido Disciplinario a
instancia de Rita María Sánchez Sánchez, contra
Grupo Diniz España, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,
por su S.Sª. se ha dictado sentencia con fecha
11/10/2012, cuya parte dispositiva es el tenor literal
siguiente:
FALLO: Que estimando la demanda origen de las
presentes actuaciones, promovida por Rita Sánchez
Sánchez contra la empresa Grupo Diniz España, S.L.
y el Fogasa sobre Despido, debo declarar y declaro
la Improcedencia del Despido condenando a la empresa
demandada a estar y pasar por esta declaración, y en
su virtud, debo condenar y condeno a la demandada
a que abone a la actora el importe de 7.276,17 euros,
declarando Extinguida la Relación Laboral entre las
partes con efecto del día de hoy (11-10-2012).
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia
o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes a la notificación del presente fallo, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 190
y ss de la LRJS; siendo indispensable que al tiempo
de anunciarlo acredite la parte que no ostente el
carácter de trabajador y no goce del beneficio de
justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro
de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de
este Juzgado con el número de cuenta 2095-0000-650333-12 o presentar aval solidario de Entidad Financiera
por el mismo importe. Así mismo deberá constituir
otro depósito por importe de 300,00 euros en la
referida cuenta bancaria al concepto 2095-0000-360333-12, presentando el resguardo correspondiente
a éste último depósito en la Secretaría del Juzgado al
tiempo de interponer el Recurso y el del primer
depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos
no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Grupo Diniz España, S.L. en ignorado paradero,
expido la presente para publicación en el BOP de Las
Palmas en Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete
de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
EDICTO
12.777
CÉDULA NOTIFICACIÓN
SENTENCIA
12.525
Procedimiento: Despidos/Ceses en General 367/2012.
Materia: Despido Disciplinario. Demandante:
Guayarmina Suárez Rodríguez. Demandados: Grupo
Diniz España, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en el procedimiento número
367/2012, en materia de Despido Disciplinario, a
20263
instancia de Guayarmina Suárez Rodríguez, contra
Grupo Diniz España, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,
por su S.Sª., se ha dictado Sentencia con fecha
11/10/12, cuya parte dispositiva es el tenor literal
siguiente:
SENTENCIA
Que se ha dictado en nombre del Rey:
En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de octubre
de 2012.
Vistos por mí, doña Raquel María Rivero Mentado,
Magistrado Juez-Sustituta del Juzgado de lo Social
Número Siete de Las Palmas de Gran Canaria y su
Provincia, los precedentes autos número 367/2012,
seguidos a instancia de Guayarmina Suárez Rodríguez,
que comparece representada por el Graduado Social
don José Ramón Dámaso Artiles contra la empresa
Grupo Diniz España, S.L. y el Fogasa, que no
comparecen a pesar de estar debidamente citadas,
versando la litis sobre Despido, atendiendo a los
siguientes:
FALLO: Que estimando la demanda origen de las
presentes actuaciones, promovida por Guayarmina Suárez
Rodríguez, contra la empresa Grupo Diniz España,
S.L. y el Fogasa, sobre Despido, debo declarar y
declaro la improcedencia del despido condenando a
la empresa demandada a estar y pasar por esta
declaración, y en su virtud, debo condenar y condeno
a la demandada a que abone a la actora el importe de
7.276,17 euros, declarando extinguida la relación
laboral entre las partes con efecto del día de hoy (1110-2012).
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia
o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes a la notificación del presente fallo, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 190
y ss de la LRJS; siendo indispensable que al tiempo
de anunciarlo acredite la parte que no ostente el
carácter de trabajador y no goce del beneficio de
justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro
de la condena en el Banco Banesto, en la cuenta de
este Juzgado con el número de cuenta 2095-0000-650367-12, o presentar aval solidario de Entidad
Financiera por el mismo importe. Asimismo deberá
constituir otro depósito por importe de 300 euros en
la referida cuenta bancada al concepto 2095-0000-36-
20264
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
0367-12, presentando el resguardo correspondiente
a este último depósito en la Secretaría del Juzgado al
tiempo de interponer el Recurso y el del primer
depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos
no podrá ser admitido.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y
firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Grupo Diniz España, S.L., en ignorado paradero,
expido la presente para publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas, en Las Palmas
de Gran Canaria, a dieciséis de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
EDICTO
12.641
CÉDULA NOTIFICACIÓN
SENTENCIA
12.526
Procedimiento: Despidos/Ceses en General 552/2012.
Materia: Despido Disciplinario. Demandante: Jennifer
Rodríguez Brito. Demandados: Pamar 2011, S.L.,
Escrime, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en el procedimiento número
552/2012, en materia de Despido Disciplinario, a
instancia de Jennifer Rodríguez Brito, contra Pamar
2011, S.L., Escrime, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,
por su S.Sª., se ha dictado Sentencia con fecha
11/10/12, cuyo fallo es el tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda origen de las presentes
actuaciones, promovida por Jennifer Rodríguez Brito,
contra la empresa Pamar 2011, S.L., la empresa
Escrime, como interesada y el Fogasa, sobre Despido,
debo declarar y declaro la improcedencia del despido
condenando a la empresa Pamar, 2011, S.L., a estar
y pasar por esta declaración, y a que, por tanto,
readmita a la demandante en su puesto de trabajo en
las mismas condiciones que regían con anterioridad
al cese, o bien le indemnice con la suma de 1.258,37
euros, al ser computados 13 meses desde la antigüedad
de la trabajadora (16-05-2011) hasta el día del despido
(12-06-2012), a razón de un salario día de 28,12
euros con prorrata de pagas extras; dicha opción
habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en
el plazo de los CINCO DÍAS siguientes, desde la
notificación de esta sentencia. Y asimismo debo
condenar al Fogasa a estar y pasar por dicha declaración,
absolviendo a la codemanda Escrime, S.L., de los
pedimentos deducidos en su contra.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles
saber que contra la misma cabe interponer Recurso
de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Canarias/Las Palmas,
anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia
o por escrito en el plazo de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes a la notificación del presente fallo, de
conformidad con lo dispuesto por los artículos 190
y ss de la LRJS; siendo indispensable que al tiempo
de anunciarlo acredite la parte que no ostente el
carácter de trabajador y no goce del beneficio de
justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro
de la condena en el banco Banesto, en la cuenta de
este Juzgado con el número de cuenta 2095-0000-650552-12 o presentar aval solidario de Entidad Financiera
por el mismo importe. Asimismo deberá constituir otro
depósito por importe de 300 euros en la referida
cuenta bancada al concepto 2095-0000-36-0552-12,
presentando el resguardo correspondiente a este
último depósito en la Secretaría del Juzgado al tiempo
de interponer el Recurso y el del primer depósito al
momento de anunciarlo, sin cuyos requisitos no podrá
ser admitido.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y
firmo.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Pamar 2011, S.L. y Esgrime, S.L., en ignorado
paradero, expido la presente para publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas de Gran
Canaria, a dieciséis de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
EDICTO
CÉDULA NOTIFICACIÓN
AUTO
12.642
12.527
Procedimiento: Ejecución 252/2012. Materia:
Cantidad. Demandante: Juan Luis Ramos Tejera.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Demandados: Fondo de Garantía Salarial y Dialse
Seguridad, S.L.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en el procedimiento número
25/2012, en materia de Cantidad, a instancia de Juan
Luis Ramos Tejera, contra Fondo de Garantía Salarial
y Dialse Seguridad, S.L., por su S.Sª., se ha dictado
Auto con fecha 30.08.12, cuya parte dispositiva es el
tenor literal siguiente:
DECRETO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de agosto de
2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de
general aplicación.
PARTE DISPOSITIVA
Se declara al ejecutado Dialse Seguridad, S.L., en
situación de insolvencia con carácter provisional por
un importe de 20.322,23 euros y sin perjuicio de
continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes
del ejecutado.
Una vez firme el presente, expídanse los testimonios
oportunos para su entrega a la parte actora a los
efectos de reclamación al Fogasa, una vez los solicite
compareciendo en esta Oficina Judicial para su
retirada.
Expídase testimonio del presente para su unión a
los autos, quedando el original en el Legajo de
Decretos.
Procédase al archivo de las presentes actuaciones,
dejando nota en el Libro de Registro de su razón.
Notifíquese la presente resolución a las partes en
legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
entidades locales y organismos autónomos dependientes
de ellos, intente interponer Recurso de Revisión,
deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta
20265
de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en
la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274,
y al concepto clave 2095 0000 64 0025 12.
Así lo acuerda y firma, doña Rosa de Miguel
Sánchez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social
Número Siete. Doy fe.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Dialse Seguridad, S.L., en ignorado paradero, expido
la presente para publicación en el Tablón de Anuncios
de este Juzgado, en Las Palmas de Gran Canaria, a
diez de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
EDICTO
12.667
CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL
12.528
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 687/2012.
Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:
Francesco Speranza. Demandados: Tomasso Ciardi
y Fondo de Garantía Salarial.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo el
número 687/2012, en materia de Reclamación de
Cantidad, a instancia de Francesco Speranza, contra
Tomasso Ciardi y Fondo de Garantía Salarial, se ha
acordado citarle mediante edicto dado su ignorado
paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar
el próximo día 18.12.12, a las 11:40 horas, advirtiéndole
de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo se
le requiere para que concurra al acto al efecto de
contestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte,
si así se hubiese interesado, así como para que aporte
la documental que se indica en la demanda, cuya
admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole
saber que las copias de la misma se encuentran a su
disposición en la Secretaría de este Juzgado.
Y para que sirva de citación en legal forma a
Tomasso Ciardi, en ignorado paradero, expido la
20266
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
presente para su inserción en el Boletín Oficial de la
Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a dieciocho
de octubre de dos mil doce.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
EDICTO
12.771
CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL
12.529
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 519/2012.
Materia: Cesión Ilegal. Demandante: Alejo Ramírez
Santana. Demandados: Contrata y Ferralla Serena
XXI, S.L.U., Cofeser Obras y Servicios, S.L., Imidawen,
S.L., Servicios y Obras Canarios, S.A. y Disa
Corporación Petrolífera, S.A.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo el
número 519/2012, en materia de Cesión Ilegal, a
instancia de Alejo Ramírez Santana, contra Contrata
y Ferralla Serena XXI, S.L.U., Cofeser Obras y
Servicios, S.L., Imidawen, S.L., Servicios y Obras
Canarios, S.A. y Disa Corporación Petrolífera, S.A.,
se ha acordado citarle mediante edicto dado su ignorado
paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar
el próximo día 15.11.12, a las 11:50 horas, advirtiéndole
de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo se
le requiere para que concurra al acto al efecto de
contestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte,
si así se hubiese interesado, así como para que aporte
la documental que se indica en la demanda, cuya
admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole
saber que las copias de la misma se encuentran a su
disposición en la Secretaría de este Juzgado.
Y para que sirva de citación en legal forma a
Contrata y Ferralla Serena XXI, S.L.U., en ignorado
paradero, expido la presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas de Gran
Canaria, a diez de octubre de dos mil doce.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
EDICTO
12.774
CÉDULA NOTIFICACIÓN
AUTO
12.530
Procedimiento: Ejecución 242/2012. Materia:
Despido. Demandante: Óscar Saavedra Rodríguez.
Demandados: Carpintería y Vidrio Insular, S.L. y
Fondo de Garantía Salarial
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en el procedimiento número
242/2012, en materia de Despido, a instancia de
Óscar Saavedra Rodríguez, contra Carpintería y
Vidrio Insular, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,
por su S.Sª., se ha dictado Auto con fecha 22 de
octubre de 2012, más diligencia de ordenación de la
misma fecha, cuya parte dispositiva es el tenor literal
siguiente:
AUTO
En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de octubre
de 2012.
Dada cuenta;
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: Se despacha ejecución a instancia de
Óscar Saavedra Rodríguez, contra Carpintería y
Vidrio Insular, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,
para el cumplimiento de la sentencia firme de despido
dictada en autos, llevándose a efecto por los trámites
del incidente de no readmisión recogido en los artículos
278 y siguientes de la LRJS.
Póngase el procedimiento a disposición de la Sra.
Secretaria Judicial a los efectos del artículo 280 de
la LRJS.
Modo de Impugnación: Recurso de Reposición en
el plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresando
la infracción en que la resolución hubiera incurrido,
en el que podrá deducir oposición a la ejecución
aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
responsabilidad (artículo 239.4 LRJS).
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
entidades locales y organismos autónomos dependientes
de ellos, intente interponer Recurso de Reposición,
deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta
de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en
la entidad Banesto, en la c.c.c. 20950000640421/12,
y al concepto clave núm. cuenta de exped. del Juzgado.
Así lo acuerda, manda y firma, doña Raquel María
Rivero Mentado, Magistrado-Juez del Juzgado de lo
Social Número Siete de Las Palmas de Gran Canaria.
Doy fe.
LA MAGISTRADO-JUEZ.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
Diligencia de Ordenación de la Secretaria Judicial,
doña Rosa María Toribio Viñuela.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de octubre
de 2012.
Tal y como se ha acordado en auto de 22 de octubre
de 2012, cítese a ambas partes de comparecencia, a
celebrar ante este juzgado, el día 20.11.12, a las 09:00
horas de la mañana, a fin de ser examinadas sobre los
hechos concretos de la no readmisión alegada y con
la advertencia de que únicamente podrá aportar las
pruebas que estimadas pertinentes, puedan practicarse
en el mismo acto y de que si el actor no compareciere,
se archivarán sin más las actuaciones y si no lo hiciere
el demandado, se celebrará el acto en su ausencia.
Modo Impugnación: Recurso de Reposición en el
plazo de TRES DÍAS ante esta Secretaria Judicial,
expresando la infracción en que la resolución hubiera
incurrido.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Carpintería y Vidrio Insular, S.L., en ignorado pagadero,
expido la presente para publicación en el Tablón de
20267
Anuncios de este Juzgado, en Las Palmas de Gran
Canaria, a veintidós de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
EDICTO
12.763
CÉDULA NOTIFICACIÓN
AUTO
12.531
Procedimiento: Ejecución 241/2012. Materia:
Despido. Demandante: Yurena Nobregas Hernández.
Demandados: Jorge Sánchez Sánchez y Fondo de
Garantía Salarial.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en el procedimiento número
241/2012, en materia de Despido, a instancia de
Yurena Nobregas Hernández, contra Jorge Sánchez
Sánchez y Fondo de Garantía Salarial, por su S.Sª.,
se ha dictado Auto con fecha 15 de octubre de 2012
y D.O. de la misma fecha, cuya parte dispositiva es
el tenor literal siguiente:
Se despacha ejecución a instancia de Yurena Nobregas
Hernández, contra Jorge Sánchez Sánchez y Fondo
de Garantía Salarial, para el cumplimiento de la
sentencia firme de despido dictada en autos, llevándose
a efecto por los trámites del incidente de no readmisión
recogido en los artículos 278 y siguientes de la LRJS.
Diligencia de Ordenación de la Secretaria Judicial,
doña Rosa María Toribio Viñuela.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de octubre
de 2012.
Tal y como se ha acordado en auto de 15 de octubre
de 2012, cítese a ambas partes de comparecencia, a
celebrar ante este Juzgado, el día 13.11.12, a las
09:25 horas de la mañana, a fin de ser examinadas
sobre los hechos concretos de la no readmisión alegada
y con la advertencia de que únicamente podrá aportar
las pruebas que estimadas pertinentes, puedan practicarse
en el mismo acto y de que si el actor no compareciere,
se archivarán sin más las actuaciones y si no lo hiciere
el demandado, se celebrará el acto en su ausencia.
Modo Impugnación: Recurso de Reposición en el
plazo de TRES DÍAS ante esta Secretaria Judicial,
expresando la infracción en que la resolución hubiera
incurrido.
20268
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Jorge Sánchez Sánchez en ignorado paradero, expido
la presente para publicación en el Tablón de Anuncios
deteste Juzgado, en Las Palmas de Gran Canaria, a
quince de octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
EDICTO
12.772
CÉDULA NOTIFICACIÓN
AUTO
12.532
Procedimiento: Ejecución 239/2012. Materia:
Despido. Demandante: José Luis Montesdeoca
Almeida. Demandados: Fondo de Garantía Salarial
y Joya Peche, S.L.
Doña Rosa María Toribio Viñuela, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Siete de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en el procedimiento número
239/2012, en materia de Despido, a instancia de José
Luis Montesdeoca Almeida, contra Fondo de Garantía
Salarial y Joya Peche, S.L., por su S.Sª., se ha dictado
Auto con fecha 11 de octubre de 2012 y D.O. de la
misma fecha, cuya parte dispositiva es el tenor literal
siguiente:
Se despacha ejecución a instancia de José Luis
Montesdeoca Almeida, contra Joya Peche, S.L. y
Fogasa., para el cumplimiento de la sentencia firme
de despido dictada en autos, llevándose a efecto por
los trámites del incidente de no readmisión recogido
en los artículos 278 y siguientes de la LRJS.
Póngase el procedimiento a disposición de la Sra.
Secretaria Judicial a los efectos del artículo 280 de
la LRJS.
Modo de Impugnación: Recurso de Reposición en
el plazo de TRES DÍAS ante este órgano, expresando
la infracción en que la resolución hubiera incurrido,
en el que podrá deducir oposición a la ejecución
aduciendo pago o cumplimiento, prescripción u otros
hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de
responsabilidad (artículo 239.4 LRJS).
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
entidades locales y organismos autónomos dependientes
de ellos, intente interponer Recurso de Reposición,
deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta
de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en
la entidad Banesto, en la c.c.c. 20950000640239/12,
y al concepto clave núm. cuenta de exped. del Juzgado.
Diligencia de Ordenación de la Secretaria Judicial,
doña Rosa María Toribio Viñuela.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de octubre
de 2012.
Tal y como se ha acordado en auto de 11 de octubre
de 2012, cítese a ambas partes de comparecencia, a
celebrar ante este juzgado, el día 13.11.12, a las 09:20
horas de la mañana, a fin de ser examinadas sobre los
hechos concretos de la no readmisión alegada y con
la advertencia de que únicamente podrá aportar las
pruebas que estimadas pertinentes, puedan practicarse
en el mismo acto y de que si el actor no compareciere,
se archivarán sin más las actuaciones y si no lo hiciere
el demandado, se advierte al destinatario que las
siguientes comunicaciones se harán en los Estrados
de este Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a
Joya Peche, S.L., en ignorado paradero, expido la presente
para publicación en el Tablón de Anuncios de este
Juzgado, en Las Palmas de Gran Canaria, a once de
octubre de dos mil doce.
LA SECRETARIA.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 8
12.773
EDICTO
CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL
12.533
Procedimiento: Despidos/Ceses en General 645/2012.
Materia: Despido Disciplinario. Demandante: Alberto
Jesús Betancor Pérez. Demandados: Antonio Frutería
Santana Santana y Fogasa.
Doña Rosa María de Miguel Sánchez, Secretaria
Judicial de este Juzgado de lo Social Número Ocho
de Las Palmas de Gran Canaria.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo el
número 645/2012, en materia de Despido Disciplinario,
a instancia de Alberto Jesús Betancor Pérez, contra
Antonio Frutería Santana Santana y Fogasa, se ha
acordado citarle mediante edicto dado su ignorado
paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar
el próximo día 16.01.13, a las 09:50 horas, advirtiéndole
de lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo se
le requiere para que concurra al acto al efecto de
contestar el interrogatorio de preguntas de la contraparte,
si así se hubiese interesado, así como para que aporte
la documental que se indica en la demanda, cuya
admisión se acordó por resolución judicial, haciéndole
saber que las copias de la misma se encuentran a su
disposición en la Secretaría de este Juzgado.
Y para que sirva de citación en legal forma a Antonio
Frutería Santana Santana, en ignorado paradero,
expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a dos
de octubre de dos mil doce.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 9
12.713
EDICTO
CITACIÓN AL ACTO DE VISTA ORAL
12.534
Procedimiento: Despidos/Ceses en General 726/2012.
Materia: Despido Disciplinario. Demandante: Colin
Ian Fox. Demandados: Basament Studio Spain, S.L.
y Fondo de Garantía Salarial
Doña Marian Oyola Reviriego, Secretaria Judicial
de este Juzgado de lo Social Número Nueve de Las
Palmas de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo el
número 726/2012, en materia de Despido Disciplinario,
a instancia de Colin Ian Fox, contra Basament Studio
Spain, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, se ha
acordado citarle mediante edicto dado su ignorado
paradero, para el acto de vista oral que tendrá lugar
20269
el próximo día 17.01.13, y hora de las 10:15 horas,
advirtiéndole de lo dispuesto en los artículos 82.2 y
83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Asimismo se le requiere para que concurra al acto al
efecto de contestar el interrogatorio de preguntas de
la contraparte, si así se hubiese interesado, así como
para que aporte la documental que se indica en la
demanda, cuya admisión se acordó por resolución judicial,
haciéndole saber que las copias de la misma se
encuentran a su disposición en la Secretaría de este
Juzgado.
Y para que sirva de citación en legal forma a
Basament Studio Spain, S.L. y Fondo de Garantía Salarial,
en ignorado paradero, expido la presente para su
inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Las
Palmas de Gran Canaria, a dieciocho de octubre de
dos mil doce.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
AUTO
12.759
12.535
Procedimiento: Ejecución 168/2012. Materia:
Cantidad. Demandante: Josefa Rodríguez González.
Demandados: Fondo de Garantía Salarial y
Construcciones Metálicas Davited, S.L.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de julio de
2012.
Dada cuenta;
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: Se despacha ejecución a instancia de
Josefa Rodríguez González, contra Construcciones
Metálicas Davited, S.L., por un principal de 7.209,91
euros, más 1.100 euros de intereses provisionales y
la de 700 euros de costas provisionales.
Se significa al deudor que podrá efectuar el pago
de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la
cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado.
Practíquense por la Sra. Secretaria Judicial las
actuaciones previstas en los artículos 247 y concordantes
de la L.P.L.
20270
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Modo de Impugnación: Contra este auto no cabe
recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada
pueda oponerse al despacho de la ejecución en los
términos previstos en el artículo 556 de la L.E.C. y
en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el siguiente
a la notificación del presente auto y del decreto que
se dicte.
Así se acuerda, manda y firma por don Gumersindo
Manso Abizanda, el Magistrado-Juez del Juzgado
de lo Social Número Nueve, por sustitución de Las
Palmas de Gran Canaria. Doy fe.
EL MAGISTRADO-JUEZ.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
DECRETO
Procedimiento: Ejecución 168/2012. Materia:
Cantidad. Demandante: Josefa Rodríguez González.
Demandados: Fondo de Garantía Salarial y
Construcciones Metálicas Davited, S.L.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de julio de
2012.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: Decretar hasta cubrir la cantidad total de
9.009,91 euros, el embargo de cantidades pendientes
de devolución al ejecutado por parte de la AEAT, así
como de cantidades a la vista en entidades financieras
adheridas al Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar
a través de la aplicación de Cuentas de depósitos y
consignaciones.
Interesar los datos regístrales de la finca que figura
en la averiguación patrimonial practicada al ejecutado,
todo ello a través de la oficina virtual del catastro.
Se significa al ejecutado Construcciones Metálicas
Davited, S.L., que podrá liberar sus bienes mediante
el pago de las cantidades más arriba indicadas, que
podrá efectuar mediante ingreso en la cuenta de este
Juzgado en la entidad Banesto, c.c.c. 0030 1846 42
0005001274, al concepto o procedimiento clave 3497
0000 64 0168 12, bajo expreso apercibimiento de que
una vez realizados en la presente vía ejecutiva, su
transmisión será irrevocable.
Modo de Impugnación: Contra esta resolución cabe
interponer Recurso de Revisión, en el plazo de TRES
DÍAS ante este Juzgado, expresando la infracción en
que la resolución hubiera incurrido.
Se significa además que todo el que sin tener la
condición de trabajador o causahabiente suyo,
beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social
o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas,
entidades locales y organismos autónomos dependientes
de ellos, intente interponer Recurso de Revisión,
deberá efectuar un depósito de 25 euros en la Cuenta
de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en
la entidad Banesto, en la c.c.c. 0030 1846 42 0005001274.
Así lo acuerdo y firmo, doña Marian Oyola Reviriego,
Secretaria Judicial de Juzgado de lo Social Número
Nueve de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
EDICTO
12.784
NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA
12.536
Procedimiento: Despidos/Ceses en General 376/2012.
Materia: Despido Disciplinario. Demandante: María
del Carmen Medina Hernández. Demandados: Grupo
Diniz España, S.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial de
este Juzgado de lo Social Número Nueve de Las
Palmas de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo el
número 376/2012, en materia de Despido Disciplinario,
a instancia de María del Carmen Medina Hernández,
contra Grupo Diniz España, S.L. y Fondo de Garantía
Salarial, se ha acordado notificarle sentencia mediante
edicto dado su ignorado paradero.
FALLO: Estimar la demanda interpuesta por María
del Carmen Medina Hernández, frente a la entidad
Grupo Diniz España, S.L. y Fogasa, sobre Despido
Improcedente, y declarar la improcedencia del despido
de la actora condenando a la entidad Grupo Diniz España,
S.L., a estar y pasar por tal declaración y a que, a su
elección, le readmita en su puesto de trabajo en las
mismas condiciones que regían con anterioridad al
despido, o bien le indemnice con la suma de 6.430,80
euros, condenándola igualmente y en caso de readmisión
a que le abone los salarios dejados de percibir desde
la fecha del despido y hasta la notificación de la
presente resolución, a razón de 48,67 euros/día,
advirtiendo por último a la demandada que la opción
señalada, habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo
Social en el plazo de los CINCO DÍAS siguientes,
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
desde la notificación de la Sentencia, entendiéndose
que de no hacerlo así se opta por la readmisión. Y al
Fogasa a estar y pasar por la anterior declaración.
Notifíquese la presente sentencia en legal forma a
las partes, haciéndoles saber que contra la misma
cabe interponer Recurso de Suplicación para ante la
Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Cananas, recurso que deberá anunciarse ante este
Juzgado dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES
siguientes al de la notificación, siendo indispensable
que el recurrente que no goce del beneficio de justicia
gratuita acredite, al anunciarlo, haber consignado la
cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse
por el aseguramiento mediante aval bancario; la
consignación deberá efectuarse en la Cuenta de
Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, abierta
en la entidad Banesto al número 0030 1105 00000000000
3497 0000 65 376/12. Se significará, además, que todo
el que, sin tener la condición de trabajador o causahabiente
suyo, beneficio del Régimen Público de la Seguridad
Social o de justicia gratuita, intente interponer Recurso
de Suplicación, deberá efectuar un depósito de 300
euros, que ingresará, con independencia de la
consignación, en su caso, en la indicada cuenta y
concepto, debiendo, el recurrente, hacer entrega del
resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado,
al tiempo de interponer el Recurso de Suplicación.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará
certificación a los autos para constancia, lo pronuncio,
mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma, a
Grupo Diniz España, S.L., en ignorado paradero,
expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Provincia, en Las Palmas de Gran Canaria, a
veintitrés de octubre de dos mil doce.
Se advierte al destinatario que las siguientes
comunicaciones se harán en los Estrados de este
Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o
sentencia, o se trate de emplazamiento.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
AUTO
12.785
12.537
Procedimiento: Ejecución 190/2012. Materia:
Despido. Demandante: Santiago Tavío Travieso.
Demandados: Fondo de Garantía Salarial y
Construcciones Copaonic, S.L.U.
20271
En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de octubre
de 2012.
Dada cuenta; Por todo lo cual,
DISPONGO
Se declara extinguida la relación laboral que unía
a la parte actora: Santiago Tavío Travieso, con la
parte demandada: Construcciones Copaonic, S.L.U.,
condenando a ésta a que abone a aquélla las cantidades
siguientes:
Nombre Trabajador: Santiago Tavío Travieso.
Indemnización: 1.668,15 euros. Salarios: 10.918,80
euros.
Y a Fogasa a estar y pasar por la presente resolución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de Impugnarla: Mediante Recurso de Reposición
a presentar en este Juzgado dentro de los TRES DÍAS
HÁBILES siguientes al de su recepción, cuya sola
interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que
se acuerda (artículo 184.1 LRJS).
Así lo acuerda, manda y firma, don Óscar González
Prieto, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social
Número Nueve de Las Palmas de Gran Canaria. Doy
fe.
EL MAGISTRADO-JUEZ.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 10
12.786
EDICTO
12.538
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 609/2012.
Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:
Sebastián Tarajano Alemán. Demandados: Pedro
Antonio Santana García y Fondo de Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la L.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente
se notifica a Pedro Antonio Santana García, el Hecho
Probado 2° y el Fallo de la Sentencia dictada en autos
el día 18 de octubre del corriente bajo la numeración
203/2012, bajo apercibimiento de que las siguientes
20272
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
comunicaciones se harán fijando copia de la resolución
o de la cédula en el Tablón de Anuncios de la Oficina
Judicial.
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre
de 2012.
Visto por mí, don Javier Ramón Díez Moro,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Diez
de los de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido,
en audiencia pública, el juicio sobre Reclamación de
Cantidad, seguido ante este Juzgado bajo número
609/2012, promovido a instancia de Sebastián Tarajano
Alemán, asistido del Letrado don Gustavo Adolfo
Tarajano Mesa contra Pedro Antonio Santana García
y Fondo de Garantía Salarial que no comparece pese
a estar citado en legal forma, atendiendo a los siguientes
FALLO: Estimar la demanda interpuesta por Sebastián
Tarajano Alemán, contra Pedro Antonio Santana
García y Fondo de Garantía Salarial, condenándose
a la empresa demandada a abonar a la parte adora las
sumas expresadas en el hecho probado 2° de esta
Sentencia, que ascienden a un total de 2.030 euros por
los conceptos allí expresados, más el 10% de interés
anual por mora, debiendo el Fogasa estar y pasar por
este pronunciamiento.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe Recurso de Suplicación.
Así, por ésta, mi sentencia, de la que se llevará
certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de
octubre de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
EDICTO
12.768
12.539
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 537/2012.
Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:
Irene Guacimara Medina Ramírez. Demandados:
Elsa del Carmen Mendoza Cabrera y Fondo de
Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
de la L.P.L. y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente
se notifica a Elsa del Carmen Mendoza Cabrera, el
Hecho Probado 2º y el Fallo de la Sentencia dictada
en autos, bajo apercibimiento de que las siguientes
comunicaciones se harán fijando copia de la resolución
o de la cédula en el Tablón de Anuncios de la Oficina
Judicial.
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre
de 2012.
Visto por mí, don Javier Ramón Díez Moro,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Diez
de los de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido,
en audiencia pública, el juicio sobre Reclamación de
Cantidad, seguido ante este Juzgado bajo número
537/2012, promovido a instancia de Irene Guacimara
Medina Ramírez asistida por el Graduado Social,
don Juan Ramón Lujan Perera, contra Elsa del Carmen
Mendoza Cabrera y Fondo de Garantía Salarial, que
no comparece pese a estar citado en legal forma.
FALLO: ESTIMAR la demanda interpuesta por
Irene Guacimara Medina Ramírez, contra Elsa del
Carmen Mendoza Cabrera y Fondo de Garantía
Salarial, condenándose a la empresa demandada a abonar
a la parte actora las sumas expresadas en el hecho probado
2º de esta Sentencia, que ascienden a un total de
1.669,05 euros por los conceptos allí expresados,
más el 10% de interés anual por mora, debiendo el
Fogasa estar y pasar por este pronunciamiento.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe Recurso de Suplicación.
Así, por ésta, mi sentencia, de la que se llevará
certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticuatro de
octubre de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.769
EDICTO
12.540
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 49/2012.
Materia: Reclamación de Cantidad. Demandante:
Cristina de los Ángeles Segura Encinoso. Demandados:
María Auxiliadora Segura Rodríguez y Fondo de
Garantía Salarial.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
de la LRJS y 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente
se notifica a María Auxiliadora Segura Rodríguez, el
Hecho Probado 3º y el Fallo de la Sentencia dictada
en autos en fecha 7 de junio del corriente, bajo la
numeración 116/2012, bajo apercibimiento de que las
siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en el Tablón de Anuncios
de la Oficina Judicial.
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de junio de 2012.
Visto por mí, don Javier Ramón Díez Moro,
Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Diez
de los de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido,
en audiencia pública, el juicio sobre Reclamación de
Cantidad, seguido ante este Juzgado bajo número
49/2012, promovido a instancia de Cristina de los Ángeles
Segura Encinoso asistida de la Letrada doña Angélica
Gacitua Muñoz contra María Auxiliadora Segura
Rodríguez y Fondo de Garantía Salarial, atendiendo
a los siguientes
FALLO: Estimar la demanda interpuesta por Cristina
de los Ángeles Segura Encinoso, asistida de la Letrada
doña Angélica Gacitua Muñoz, contra María Auxiliadora
Segura Rodríguez y Fondo de Garantía Salarial,
condenándose a la demandada a abonar a la parte adora
las sumas expresadas en el hecho probado 3º de esta
Sentencia, que ascienden a un total de 1.483,64 euros
por los conceptos allí expresados, más el 10% de
interés anual por mora, debiendo el Fogasa estar y pasar
por este pronunciamiento.
Notifíquese la presente Resolución a las partes en
legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra
la misma no cabe Recurso de Suplicación.
Así, por ésta, mi sentencia, de la que se llevará
certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
En Las Palmas de Gran Canaria, a veinticinco de
octubre de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
EDICTO
NOTIFICACIÓN DE AUTO
Y DECRETO DE FECHA 24.10.12
12.770
12.541
Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales
112/2012. Materia: Reclamación de Cantidad.
20273
Ejecutante: María Luisa Pérez Espinoza. Ejecutados:
Fernando Morales Doreste y Fondo de Garantía
Salarial.
Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial de
este Juzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo el
número 112/2012, en materia de Reclamación de
Cantidad, a instancia de María Luisa Pérez Espinoza,
contra Fernando Morales Doreste y Sugar Sweet,
S.L., se ha acordado notificar auto cuya parte dispositiva
dice textualmente:
Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a
instancia de María Luisa Pérez Espinoza, contra
Fernando Morales Doreste y Sugar Sweet, S.L., por
un principal de 26.250,03 euros, más 2.650,00 euros
de intereses provisionales y la de 2.650,00 euros de
costas provisionales.
Se autoriza solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Y Decreto cuya parte dispositiva, dice:
Se decreta:
- Recábese información, a través del Punto Neutro
Judicial, de las bases de datos de las entidades y
organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban
tener constancia de bienes o derechos susceptibles de
embargo, y libróse otros despachos que resulten
necesarios a otros Organismos a fin de que remita/n
a este órgano relación de bienes y derechos de la
parte ejecutada Fernando Morales Doreste.
- El embargo de cantidades pendientes de devolución
al ejecutado por parte de la AEAT, así como de
cantidades a la vista en entidades financieras adheridas
al Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar a través
de la aplicación de Cuentas de depósitos y consignaciones,
en cantidad suficiente a cubrir la suma total por la que
se despachó ejecución por importe total de 31.500,03
euros.
- Hágase saber al deudor que puede evitar el embargo
si efectúa el pago de las cantidades reclamadas
ingresándolas en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la
Entidad Banesto, expresando en el documento de
ingreso la siguiente clase del procedimiento y cuenta:
0030 1846 42 000500 1274 al concepto 5234 0000
64 0112 12.
Y para que sirva de notificación en legal forma, a
20274
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Fernando Morales Doreste y Sugar Sweet, S.L., en
ignorado paradero, expido la presente para su inserción
en el Boletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas
de Gran Canaria, a veinticuatro de octubre de dos mil
doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
EDICTO
12.680
NOTIFICACIÓN DE AUTO
Y DECRETO DE FECHA 02.07.12
12.542
Procedimiento: Ejecución de Títulos Judiciales
50/2012. Materia: Reclamación de Cantidad. Ejecutante:
Carmelo Castro Rodríguez. Ejecutados: Distribuciones
Guesara, S.C.L. y Fondo de Garantía Salarial.
Don Ismael Cubero Truyo, Secretario Judicial de
este Juzgado de lo Social Número Diez de Las Palmas
de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en los autos seguidos bajo el
número 50/2012, en materia de Reclamación de
Cantidad, a instancia de Carmelo Castro Rodríguez,
contra Distribuciones Guesara, S.C.L., se ha acordado
notificar el Auto, cuya parte dispositiva dice textualmente:
Se acuerda ordenar y se despacha la ejecución a
instancia de Carmelo Castro Rodríguez, contra
Distribuciones Guesara, S.C.L., por un principal de
2.214,63 euros, más 220 euros de intereses provisionales
y la de 220 euros de costas provisionales.
Se autoriza solicitar información patrimonial del
ejecutado a la Administración Tributaria.
Decreto, cuya parte dispositiva, dice:
Se decreta:
- Recábese información, a través del Punto Neutro
Judicial, de las bases de datos de las entidades y
organismos a que este Juzgado tiene acceso y que deban
tener constancia de bienes o derechos susceptibles de
embargo, y libróse otros despachos que resulten
necesarios a otros Organismos a fin de que remita/n
a este órgano relación de bienes y derechos de la
parte ejecutada Representante Legal de la Entidad
Mercantil Distribuciones Guesara, S.C.L.
- El embargo de cantidades pendientes de devolución
al ejecutado por parte de la AEAT, así como de
cantidades a la vista en entidades financieras adheridas
al Convenio firmado con el CGPJ, a efectuar a través
de la aplicación de Cuentas de Depósitos y
Consignaciones, en cantidad suficiente a cubrir la
suma total por la que se despachó ejecución por
importe total de 2.654,63 euros.
- Hágase saber al deudor que puede evitar el embargo
si efectúa el pago de las cantidades reclamadas
ingresándolas en la Cuenta de Depósitos y
Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en la
Entidad Banesto, expresando en el documento de
ingreso la siguiente clase del procedimiento y cuenta:
0030 1846 42 000500 1274 al concepto 5234 0000
64.
Y para que sirva de notificación en legal forma, a
Distribuciones Guesara, S.C.L., dado su en ignorado
paradero, expido la presente para su inserción en el
Boletín Oficial de la Provincia, en Las Palmas de Gran
Canaria, a veintitrés de octubre de dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.681
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO 1 DE ARRECIFE
(Antiguo P. Inst. e Inst. Número 1)
EDICTO
12.543
Doña Davinia de los Ángeles Jiménez Chamizo,
Secretaria del Juzgado de Primera Instancia Número
Uno (antiguo P. Inst. e Instr. Número Uno) de Arrecife.
HACE SABER: Que en este Juzgado de mi cargo
se sigue Ejecutoria Penal/ Expediente de Ejecución
8/2012 por Falta de Lesiones habiendo recaído auto
de firmeza, cuya parte dispositiva es del tenor literal
siguiente:
FALLO: Se declara firme la Sentencia dictada en
esta causa, haciéndose las anotaciones oportunas en
los libros de registro.
Y para su ejecución, se acuerda lo siguiente:
Requiérase al penado Ancor Fleitas Zabalbeascoa a
fin de que proceda al pago de la multa e indemnización
impuesta en el fallo de la Sentencia.
Contra esta resolución cabe recurso de reforma en
el plazo de TRES DÍAS que se interpondrá por escrito
ante este Juzgado.
Y para que sirva de notificación a Ancor Fleitas
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Zabalbeascoa hoy en ignorado paradero, expido y firmo
el presente en Arrecife, a veinticinco de octubre de
dos mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
EDICTO
12.782
12.544
Doña Davinia de los Ángeles Jiménez Chamizo,
Secretaria del Juzgado de Primera Instancia Número
Uno (antiguo P. Inst. e Instr. Número Uno) de Arrecife.
HACE SABER: Que en este Juzgado de mi cargo
se sigue Ejecutoria Penal/Expediente de Ejecución 6/2012
por Falta de Lesiones habiendo recaído auto de
firmeza, cuya parte dispositiva es del tenor literal
siguiente:
Se declara firme la Sentencia dictada en esta causa,
haciéndose las anotaciones oportunas en los libros de
registro.
Y para su ejecución, se acuerda lo siguiente:
Requiérase al penado El Mahjoub Feniche, a fin de
que haga efectivo el pago de la multa de 360 euros
y de la indemnización de 250 euros a que fue condenado
en el fallo de la sentencia.
Contra esta resolución cabe recurso de reforma en
el plazo de TRES DÍAS que se interpondrá por escrito
ante este Juzgado
Y para que sirva de notificación a El Mahjoub
Feniche hoy en ignorado paradero, expido y firmo el
presente en Arrecife, a veinticinco de octubre de dos
mil doce.
LA SECRETARIA JUDICIAL.
12.783
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO 4
DE SAN BARTOLOMÉ DE TIRAJANA
CÉDULA DE CITACIÓN
12.545
Por tenerlo así acordado en los autos de Juicio de
Faltas que luego se dirá, se cita a la persona que
también se indicará a fin de que comparezca ante la
Sala de Vistas de este Juzgado el próximo día y hora
20275
que también se menciona al objeto de asistir a la
celebración del Juicio de Faltas número 36/2012,
debiendo hacerlo con las pruebas de que intente
valerse.
CITADO: Enrico Kaiser.
CITA: 26.11.12, a las 09:30 horas.
Y, para que conste y sea publicado en el Boletín Oficial
de la Provincia, expido y firmo la presente en San
Bartolomé de Tirajana, a veinticinco de octubre de
dos mil doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
12.751
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO 5 DE ARRECIFE
EDICTO
12.546
Procedimiento: EXPEDIENTE DE DOMINIO.
INMATRICULACIÓN NÚMERO 0001027/2012.
Materia: SIN ESPECIFICAR:
INTERVENCIÓN,
PROCURADOR:
INTERVINIENTE
Y
Demandante: DOÑA CANDELARIA PÉREZ
GONZÁLEZ, DON PEDRO RODRÍGUEZ SOCAS.
Don José Ramón Vera Machín Secretario Judicial
del Juzgado de Primera Instancia Número Cinco de
Arrecife.
HACE SABER:
Que en este Juzgado se sigue el procedimiento
Expediente de dominio. Inmatriculación, 0001027/2012
a instancia de DOÑA CANDELARIA PÉREZ
GONZÁLEZ Y DON PEDRO RODRÍGUEZ SOCAS,
expediente de dominio para la inmatriculación de la
siguiente:
FINCA
URBANA.- SOLAR en la calle Margarita Martín
número 10, en el término municipal de San Bartolomé.
Tiene una superficie de CIENTO SETENTA Y
TRES METROS CUADRADOS.
20276
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
LINDASEGÚN EL CATASTRO Y LAREALIDAD:
Este, doña Sofía Villalba Perera; Oeste, calle Margarita
Martín; Norte, don Leocadio Guillermo Tejera García;
Sur, don Miguel León Brito.
Por el presente y en virtud de lo acordado en
providencia de esta fecha se convoca a las personas
ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción
solicitada para que en el término de los DIEZ DÍAS
siguientes a la publicación de este edicto puedan
comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho
convenga.
En Arrecife, a quince de octubre de dos mil doce.
EL SECRETARIO.
12.876
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN
NÚMERO 7
EDICTO
12.547
Don Miguel Ángel Tabladillo López, Secretario
del Juzgado de Instrucción Número Siete de Las
Palmas de Gran Canaria.
HACE SABER: Que en este Juzgado de mi cargo
se sigue Juicio de Falta Inmediata 94/2011 por Lesiones
habiendo recaído sentencia, y también ha recurrido
la referida sentencia el denunciado, según providencia
de fecha 15-11-2011:
Diligencia de Ordenación del Secretario Judicial don
Miguel Ángel Tabladillo López.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de noviembre
de 2011.
Habiéndose admitido a trámite el Recurso de
Apelación por S.S.I. y presentado por la Procuradora
doña Cristina Piernavieja Izquierdo y en su defensa
el Sr. Letrado don Orlando Martín Carrión en nombre
de Eugenio Rodríguez Vera y conforme determina el
artículo 790.5 de la LECriminal, dese traslado del escrito
de interposición a las demás partes, a fin de que en
el término de DIEZ DÍAS puedan alegar lo que a su
derecho convenga y, verificado lo anterior, remítanse
los autos a la Ilma. Audiencia Provincial de de la
Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria
Sección que por turno corresponda, con objeto de resolver
el citado recurso, previa nota.
Modo de Impugnación: Recurso de Reposición en
el plazo de TRES DÍAS ante este Secretario Judicial.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de notificación a Carmelo Rodríguez
Vera y Raija Inkeri Rodríguez hoy en ignorado
paradero, expido y firmo el presente en Las Palmas
de Gran Canaria, a veintitrés de octubre de dos mil
doce.
EL SECRETARIO JUDICIAL.
V. ANUNCIOS PARTICULARES
12.722
NOTARÍA DE DON VALENTÍN
CONCEJO ARRANZ
San Bartolomé de Tirajana
EDICTO
12.548
Yo, Valentín Concejo Arranz, Notario del Ilustre
Colegio de las Islas Canarias, con residencia en
Maspalomas, San Bartolomé de Tirajana, y oficina
abierta en la Avenida de Tirajana, Edificio Mercurio,
Torre I, 7°D.
HAGO CONSTAR:
Que en la Notaría a mi cargo, a instancia de DOÑA
SILVIA WINTER, con domicilio en PLAYA DEL
INGLÉS, AVENIDA DE TENERIFE, NÚMERO 9,
APARTAMENTOS LAS FALÚAS, PUERTA 407,
término municipal de SAN BARTOLOMÉ DE
TIRAJANA, y titular del N.I.E.: X0175182Z, DON
MATIAS WINTER, con domicilio en CALLE
GUACIMARA, NÚMERO 58, PUERTA 1, término
municipal de MOGÁN, y titular del N.I.E.: X0175186H,
DOÑA SUSANA-ANGELA WINTER SAWELIES
con domicilio en SAN LORENZO, CALLE
ESTANQUE DE LAHUERTA, NÚMERO 36, término
municipal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA,
y titular del DNI/NIF: 43277715H, y DON DANIEL
WINTER, con domicilio en PLAYA DEL INGLÉS,
AVENIDA DE TENERIFE, NÚMERO 9,
APARTAMENTOS LAS FALÚAS, PUERTA 407,
término municipal de SAN BARTOLOMÉ DE
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
TIRAJANA, y titular del N.I.E.: X0175178X, se está
tramitando Acta de Presencia y Notoriedad, al amparo
del artículo 200 y concordantes de la Ley Hipotecaria
para reanudar el tracto sucesivo interrumpido sobre
los siguientes elementos o fincas:
Formando parte de la finca URBANA: COMPLEJO
TURÍSTICO denominado WAIKIKI, situado en la zona
de la Playa del Inglés, compuesto por un conjunto de
edificaciones de los llamados “Apartamentos ubicados
en la parcela número dieciocho de la Ampliación de
Playa del Inglés, término municipal de SAN
BARTOLOMÉ DE TIRAJANA; y hallándose sin
segregar los siguientes ELEMENTOS O FINCAS:
- DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO:
APARTAMENTO número CIENTO CUARENTA Y
OCHO, situado en la planta primera del BLOQUE o
edificio circular NÚMERO CUATRO.
Tiene una superficie construida de veintiséis metros
y doce decímetros cuadrados (26,12 m2).
20277
Tiene una superficie construida de veintiséis metros
y doce decímetros cuadrados (26,12 m2).
LINDA: Al NORTE, con el apartamento número
trescientos cincuenta y uno; al SUR, con el apartamento
número trescientos cuarenta y nueve; al ESTE, o
Naciente, con vuelo de la zona verde común; y al OESTE,
o Poniente, con el pasillo interior común.
Cero enteros, mil setecientas ochenta y dos diez
milésimas por ciento (0,1782%).
- CIENTO SETENTA Y UNO: APARTAMENTO
número SETECIENTOS DIECIOCHO situado en la
planta séptima del BLOQUE o Edificio circular
NÚMERO DOS.
Tiene una superficie construida de veintiséis metros
y doce decímetros cuadrados (26,12 m2).
LINDA: Al NORTE, con el pasillo interior común;
al SUR, con el vuelo de la zona verde común; al
ESTE, o Naciente, con el apartamento número
setecientos diecinueve; y al OESTE, o Poniente, con
el apartamento número setecientos diecisiete.
LINDA: Al NORTE, con el pasillo interior común;
al SUR, con la zona verde común; al ESTE, o Naciente,
con apartamento número ciento cuarenta y nueve; y
al OESTE, o Poniente, con las dependencias del bazar
y peluquería de dicho Complejo.
Cero enteros, mil setecientas ochenta y dos diez
milésimas por ciento (0,1782%).
- TRESCIENTOS VEINTICUATRO: APARTAMENTO número TRESCIENTOS CUARENTA Y
NUEVE situado en la planta tercera del BLOQUE o
edificio circular NÚMERO CUATRO.
Tiene una superficie construida de veintiséis metros
y doce decímetros cuadrados (26,12 m2).
Cero enteros, mil setecientas ochenta y dos diez
milésimas por ciento (0,1782%).
Tiene una superficie construida de veintiséis metros
y doce decímetros cuadrados (26,12 m2).
LINDA: Al NORTE, con el apartamento número
trescientos cincuenta; al SUR, con el apartamento número
trescientos cuarenta y ocho; al ESTE, o Naciente, con
vuelo de la zona verde común; y al OESTE, o Poniente,
con el pasillo interior común.
Cero enteros, mil setecientas ochenta y dos diez
milésimas por ciento (0,1782%).
- TRESCIENTOS VEINTICINCO: APARTAMENTO
número TRESCIENTOS CINCUENTA, situado en
la planta tercera del BLOQUE o Edificio circular
NÚMERO CUATRO.
- CIENTO SETENTA Y DOS: APARTAMENTO
número SETECIENTOS DIECINUEVE situado en
la planta séptima del BLOQUE o Edificio circular
NÚMERO DOS.
LINDA: Al NORTE, con el pasillo interior común;
al SUR, con el vuelo de la zona verde común; al
ESTE, o Naciente, con el apartamento número
setecientos veinte; y al OESTE, o poniente, con el
apartamento número setecientos dieciocho.
Cero enteros, mil setecientas ochenta y dos diez
milésimas por ciento (0,1782%).
- DATOS COMUNES ATODOS LOS ELEMENTOS
ANTERIORES:
INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la
Propiedad NÚMERO DOS de San Bartolomé de
Tirajana, al Tomo 859, Libro 138, Folio 227, Finca
número 11.789.
20278
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
Que según los datos obrantes en el Registro de la
Propiedad figura como titular registral DON JUAN
AMORÓS MONTANER, con domicilio en CALLE
GARCÍAMORATO, NÚMERO 17, término municipal
de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, y titular
del DNI/NIF: 42465650Z.
Lo que se notifica nominativamente a las personas
indicadas y genéricamente a cuantas personas puedan
ostentar algún derecho sobre la finca o sentirse
perjudicadas por tal declaración.
ADVERTENCIA.- Los notificados en un plazo de
VEINTE DÍAS, a contar desde la publicación, puedan
comparecer en mí despacho-estudio exponiendo y
justificando sus derechos.
En Maspalomas, a quince de octubre de dos mil doce.
EL NOTARIO.
12.880
NOTARÍA DE
DON JOSÉ IGNACIO
GONZÁLEZ ÁLVAREZ
Telde
EDICTO
12.549
Yo José Ignacio González Álvarez, Notario del
Ilustre Colegio Notarial de las Islas Canarias con
residencia en la Ciudad de Telde
HAGO CONSTAR:
Que en esta Notaría se tramita ACTA DE
NOTORIEDAD PARA HACER CONSTAR LA
MAYOR CABIDADE FINCAYAINSCRITA, relativa
a la finca y propietario cuyos datos se reseñan a
continuación:
1.- Propietarios del pleno dominio:
LOS CÓNYUGES DON MIGUEL RAMÍREZ
RODRÍGUEZ Y DOÑACARMEN CRUZ RAMÍREZ,
mayores de edad, vecinos de Valsequillo de Gran
Canaria, Provincia de Las Palmas, (35217), con
domicilio conyugal en calle La Pelota, número 3 y
con D.N.I y N.I.F. números 42.587.763-C y 42.712.312R, respectivamente.
2.- Descripción de la finca en el Registro de la
Propiedad:
URBANA. SOLAR situado en donde llaman La Casa
del Olivo, hoy calle La Pelota, sin número en
Tenteniguada, en el término municipal de Valsequillo.
Tiene una superficie de cuatrocientos setenta y
ocho metros cuadrados.
LINDA: Al Naciente, con don Ángel Peñate Ramírez;
al Sur, con don Miguel Benítez González hoy sus
herederos; al Norte o frente, con calle La Pelota; y
al Poniente, con don José Cruz Ramírez.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD: Inscrita en el
Registro de la Propiedad de Telde Número Dos, al
tomo 3.143, libro 205, folio 1, inscripción 1ª de la finca
12.470.
3.- Descripción de la finca con la cabida real:
URBANA. VIVIENDA de una sola planta donde
llaman La Casa del Olivo, hoy calle La Pelota, número
3 en Tenteniguada, en el término municipal de
Valsequillo.
Se compone de caja de escalera, vestíbulo, pasillo,
salón, dos cocinas, tres baños, cinco dormitorios y solana.
Tiene una superficie construida de CIENTO
CUARENTA Y SEIS METROS SETENTA Y UN
DECÍMETROS CUADRADOS (146,71 m2).
Se ha edificado sobre una parcela que mide
SEISCIENTOS VEINTIDÓS METROS TREINTA
Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (622,35
m2), de los cuales se encuentran ocupados por la
base de la edificación CIENTO CUARENTA Y SEIS
METROS SETENTA Y UN DECÍMETROS
CUADRADOS (146,71 m2), estando el resto de lo
no edificado destinado a patio de luces y zona libre
sin edificar.
LINDA: Al Naciente, con don Ángel Peñate Ramírez,
don Manuel Cruz Ramírez y don Miguel Ramírez
Rodríguez; al Sur, con don Miguel Benítez Peñate;
al Norte o frente, con calle La Pelota; y al Poniente,
con don José Cruz Ramírez.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
20279
4.- TÍTULO: Le pertenece a DON MIGUEL
RAMÍREZ RODRÍGUEZ Y DOÑACARMEN CRUZ
RAMÍREZ, en virtud de escritura de aportación a la
sociedad de gananciales autorizada por el Notario de
Telde don José Ignacio González Álvarez el ocho de
noviembre de dos mil siete, con el número 3.350 de
protocolo, en unión de acta autorizada por el citado
Notario de Telde don José Ignacio González Álvarez
el tres de enero de dos mil ocho, con el número 1 de
protocolo; y en cuanto a la edificación escritura de
declaración de obra autorizada por el Notario de
Carrizal de Ingenio don Fernando Moreno Muñoz el
día uno de marzo de dos mil once con el número 542
de protocolo.
de Gran Canaria, con domicilio en la calle Pi y Margall
número 65, Planta 6ª, Puerta Izquierda y con Documento
Nacional de Identidad número 42.791.796-C se está
tramitando Acta de Presencia y Notoriedad al amparo
del artículo 53,10 de la Ley 13/1996, de 30 de
diciembre, para la modificación de superficie, de la
finca que a continuación se describe, lo cual implica,
la inmatriculación del exceso de cabida que se dirá:
Durante el plazo que finalizará al cabo de VEINTE
DÍAS NATURALES a contar desde la presente
publicación, podrán los interesados comparecer en mi
Notaría sita en Telde, calle Alcalde Manuel Amador,
número 2, 1º Arnao, en horas de despacho, para
oponerse a la tramitación de la misma o alegar lo que
estimen oportuno en defensa de sus derechos
Se encuentra edificada sobre una parcela de terreno
de ciento treinta y tres metros cuadrados.
5. REF. CATASTRAL: 8656818DR4980N0001GF.
En Telde, a veinticinco de octubre de dos mil doce.
EL NOTARIO.
12.879
NOTARÍA DE
DON FERNANDO
MORENO MUÑOZ
Carrizal de Ingenio
EDICTO
12.550
Yo, Fernando Moreno Muñoz, Notario del Ilustre
Colegio de las Islas Canarias, con residencia en
Carrizal de Ingenio y despacho abierto en la Avenida
Carlos V, número 28, 1º.
HAGO SABER:
Que en mí Notaría, a requerimiento de DOÑA
JOSEFA DE JESÚS SÁNCHEZ ROMERO, mayor
de edad, viuda, desempleada, vecina de Las Palmas
A) DESCRIPCIÓN REGISTRAL.
URBANA.- EDIFICACIÓN de una sola planta
situado en la calle Ecuador, número 14 de gobierno,
en el término municipal de Ingenio.
Tiene una superficie construida de noventa y un metros
cuadrados.
LINDEROS: Al Norte, con don Francisco Gutiérrez
González; al Sur, con don Blas Pérez; al Este, con calle
de su situación; y al Oeste, con calle Plutón.
INSCRIPCIÓN: Inscrita en el Registro de la
Propiedad de Santa Lucía de Tirajana, en el Tomo 2.875,
Libro 397 del Ayuntamiento de Ingenio, folio 201,
finca número 26.133 e inscripción 2ª.
REF. CATASTRAL: 7182609DS5878S0001LG.
B) DESCRIPCIÓN ACTUAL Y CABIDA Y
LINDEROS ACTUALES:
URBANA.- VIVIENDA UNIFAMILIAR de una
planta situada en la calle Ecuador, número 14 de
gobierno, en el término municipal de Ingenio.
Tiene una superficie construida de ciento cuarenta
y ocho metros cuadrados, distribuidos en un garaje
a la entrada, un pasillo distribuidor, cinco dependencias,
una cocina, un cuarto de baño y un patio trasero con
escalera hacia la planta cubierta en la que se encuentra
un cuarto lavadero que tiene una superficie construida
de seis metros cuadrados.
La superficie total construida de la edificación es
de ciento cincuenta y cuatro metros cuadrados.
Se encuentra edificada sobre urna parcela de terreno
que mide doscientos trece metros cuadrados.
20280
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 142, miércoles 7 de noviembre de 2012
LINDEROS: Al Norte, con don Francisco Gutiérrez
González; al Sur, con don Blas Pérez, en la actualidad
en parte con parcela 10 de Comunidad de Propietarios,
en parte con parcela 11 de don Sebastián Jesús Ramírez
Rodríguez; al Este, con calle de su situación, en la
actualidad calle Ecuador; y al Oeste, con calle Plutón,
en la actualidad en parte con parcela 13 de comunidad
de propietarios y en parte con parcela 12 de doña Andrea
Estupiñán Díaz.
Lo que se notifica nominativamente a los
COLINDANTES mencionados y genéricamente a
GOBIERNO DE CANARIAS
Año LXXXVII
cuantas personas puedan ostentar algún derecho sobre
la finca o sentirse perjudicadas, para que durante el
plazo de VEINTE DÍAS a contar desde el día siguiente
aquel en que se hiciere la publicación, puedan los
interesados comparecer en mi despacho para exponer
y justificar sus derechos.
En Carrizal de Ingenio, a veinticuatro de octubre
de dos mil doce.
EL NOTARIO.
BOLETÍN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE LAS PALMAS
Miércoles, 7 de Noviembre de 2012
12.874
Franqueo
concertado
23/1
Número 142

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