L``(~ .ln~CAJAUARCA - Municipalidad Provincial de Cajamarca

Transcripción

L``(~ .ln~CAJAUARCA - Municipalidad Provincial de Cajamarca
Cajamarca, 8 de Noviembre de 2010.
EL CONCEJO PROVINCIAL DE CAJAMARCA
VISTO:
En Sesi6n Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 3 de Noviembre de 2010, ellnforme W 1153-2010GDA-MPC, y;
CONSIDERANDO:
Que, Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca, es una entidad con personeria juridica de derecho publico
y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones; goza de autonomia polftica, econ6mica y
administrative en asuntos de su competencia, de conformidad con lo que establece Ia Ley Organica de
Municipalidades.
Que, se alcanza el informe tecnico citado en el vista solicitando complementar el Acuerdo de Concejo W
396-201 0-CMPC que declara en situaci6n de emergencia el cauce del rio San Lucas desde el parque Las
Flores hasta el Gran Qhapac Nan y el alcantarillado del centro de ciudad, con Ia finalidad de limpiar y
descolmatar priorizando Ia maquinaria pesada para este efecto; ampliando su alcance a los cauces de
rios, quebradas y canales del Sistema de Evacuaci6n de Aguas de Lluvia de Ia Ciudad de Cajamarca, de
conformidad con el Plan de Trabajo para Ia Limpieza y Descolmataci6n de los cauces de los Rios San
Lucas y Mashc6n, Quebradas de Calispuquio, Arcomayo, Los Chilcos y Pariapuquio.
Que, mediante lnforme Legal W 558-201 0-0AJ-MPC se opina por Ia procedencia a declarar Ia
emergencia del cauce del Rio San Lucas, desde el Parque Las Flores hasta el Gran Qhapac Nan y el
alcantarillado del Centro de Ia Ciudad; sin embargo, nose pronuncia por lo solicitado porIa Gerencia de
Desarrollo Ambiental, respecto a Ia exoneraci6n de los procesos de selecci6n par situaci6n de emergencia
y Ia inclusion de otros cauces de rios y quebradas.
Par lo que, con el voto par unanimidad de los Senores Regidores, con Ia dispensa de Ia lectura y
aprobaci6n del acta, y de conformidad con los articulos 1r y 41 o de Ia Ley Organica de Municipalidades.
SEACORDO:
Articulo Primero.- DERIVAR el expediente a Ia oficina de Asesoria Juridica para que ampliando su
informe legal, se pronuncie sabre Ia declaratoria de emergencia con Ia finalidad de exonerar procesos de
adquisici6n de bienes y servicios, asi como sabre los cinco temas que propane Ia Gerencia de Desarrollo
Ambiental, informe que sera realizado a Ia brevedad posible.
Articulo Segundo.· DEVOLVER el expediente a Ia Gerencia de Desarrollo Ambiental a fin de que realice
una ampliaci6n de Ia propuesta presentada, incluyendo Ia declaratoria de emergencia a Ia zona alta del
Rio San Lucas desde el parque las Flores hacia arriba.
REGiSTRES.E,~OMUNiQUESE Y C0MPLASE
L''(~ .ln~CAJAUARCA
C.c.
-Aicaldia
1
~
7.';\1"~\
CYfiw~ de
YfCf}w»UMt<J£
ACUERDO DE CONCEJO No 403-2010-CMPC
Cajamarca, 18 de Noviembre de 201 0.
EL CONCEJO PROVINCIAL DE CAJAMARCA
VISTO:
En Sesi6n Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 3 de Noviembre de 2010, Ia carta del Club de Leones
de Cajamarca, y;
CONSIDERANDO:
Que, Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca, es una entidad con personeria juridica de derecho publico
y plena capacidad para el cumplimiento de sus tunciones; goza de autonomia politica, econ6mica y
administrativa en asuntos de su competencia, de contormidad con lo que establece Ia Ley Orgimica de
Municipalidades.
Que, es politica de Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca reconocer a las personalidades peruanas y
extranjeras que destacan en el mundo por su importante labor protesional y que honran a Ia ciudad de
Cajamarca con su visita.
Que, Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca cuenta con Ia Resoluci6n Municipal W 034-2000-CMPC,
Reglamento de Reconocimientos, Estimulos y Protocolo; y el Concejo Provincial cuenta con Ia Comisi6n
de Reconocimiento, instancia encargada de evaluar y proponer al honorable Concejo Provincial a las
personalidades a ser reconocidas institucionalmente.
Que, se solicita el reconocimiento como Huespedes !lustres para los senores Felix Palomino Abad
,Gobernador del Distrito H1-Peru , y Werchiman Arellano Susano, Vice Gobernador H1 - Peru ,· y como
Visitantes Distinguidos a Ia doctora Jeannette Dangles Escobedo, Segunda Vice Gobernadora- H1 Peru,
Doctor Eulogio Pistil Chavesta, Secreta rio de Ia Gobernaci6n - H1, y al lngeniero Armando Arroyo
Chayguague, Jefe Region C, en merito a su aporte en el desarrollo de las familias mas necesitadas de
Cajamarca.
Por lo que, con el voto por unanimidad de los Senores Regidores , y de conformidad con los articulos 1r y
41 o de Ia Ley Orgimica de Municipalidades.
SEACORDO:
Articulo Unico: RECONOCER Como Huespedes !lustres a los senores Felix Palomino Abad Gobernador
del Distrito H1-Peru; senor Werchiman Arellano Susano, Vice Gobernador H1 - Peru; del mismo modo con
Ia distincion de Visitantes Distinguidos a Ia doctora Jeannette Dangles Escobedo, Segunda Vice
Gobernadora - H1 Peru , Doctor Eulogio Pistil Chavesta Secretario de Ia Gobernacion - H1; lngeniero
Armando Arroyo Chayguague Jete Region C; en merito a su valioso aporte voluntario y trayectoria social
en beneficia de los mas necesitados de Ia Poblaci6n Cajamarquina.
REGiSTRESE, COMUNiQUESE Y CUMPLASE
Cr;.
- Alcaldia
~ Sa!a de Regidores
- Gerencia Municipal
.. Of. lnfcrm3Uca y Sistemas
· Of. De ComunicaGionf:s
- Sr. Feli>. Palomino Abad
- Sr. Werchlman Arellano Su5ano
- Ora. Jeannette Dr.1ngles Escobedo
- Dr. Eulogio Pisfil Clwvesta
- lng. Annando Arroyo Chayguague
· -- ---
. - - -·----·---·
- ·--·---·J---. . ·-~
deY/!~
ACUERDO DE CONCEJO No 404-2010-CMPC
Cajamarca, 18 de Noviembre de 2010.
EL CONCEJO PROVINCIAL DE CAJAMARCA
VISTO:
En Sesi6n Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 3 de Noviembre de 2010, el Oficio No 010201 0-CRNMAyPC-MPC, y;
CONSIDERANDO:
Que, Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca, es una entidad con personeria juridica de derecho
publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones; goza de aut\)nomia politica,
econ6mica y administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con lo que establece
Ia Ley Organica de Municipalidades.
Que, el Senor Presidente de Ia Comisi6n de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Participaci6n
Ciudadana, a traves del informe citado en el visto solicita Ia modificatoria de Ia Ordenanza
Municipal No. 077 -CMPC de fecha 10 de mayo 2005 en el extrema de que no se considere al
caserio Capa Rosa como parte integrante del centro poblado menor de Porcon Alto conforme lo
detalla en concordancia con el Dictamen 07-2010- CRNMAyPC -MPC, de fecha 14 de octubre del
2010.
Que, el Plena del Concejo Provincial solicita que se emita un nuevo dictamen teniendo en
consideraci6n Ia participaci6n de los Alcaldes de Centros Poblados a los que les impacta Ia
modificaci6n de Ia ordenanza solicitada.
Por lo que, con el voto por unanimidad de los Senores Regidores, y de conformidad con los
articulos 1r y 41 o de Ia Ley Organica de Municipalidades.
SEACORDO:
Articulo Onico: DEVOLVER a Ia Comisi6n de Recursos Naturales Media Ambiente y
Participaci6n Ciudadana para que invitando a Ia participaci6n a las autoridades, de los Lirios asi
como del Alcalde Porcon Alto emitan un dictamen consensuado con los acuerdos a que las partes
arriben.
REGiSTRESE, COMUNiQUESE Y CUMPLASE
C.c.
• Alcaldia
• Sala de RerJidores
• Gerencia Municipal
. Of. Informatica y Sistemas
· Comisi6n de Recursos Naturales 1
2
· Arch ivo
ACUERDO DE CONCEJO No 405-2010-CMPC
Cajamarca, 18 de Noviembre de 2010.
EL CONCEJO PROVINCIAL DE CAJAMARCA
VISTO:
En Sesi6n Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 3 de Noviembre de 2010, el Pedido del
Regidor Marcelino Chucchucan Salazar, y;
CONSIDERANDO:
Que, Ia Municipalidad Provincial de Cajamarca, es una entidad con personeria juridica de derecho
publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus funciones; goza de autonomia politica,
econ6mica y administrativa en asuntos de su competencia, de conformidad con lo que establece
Ia Ley Organica de Municipalidades.
Que, el Senor Regidor Marcelino Chuchcucan Salazar, refiere que teniendo en consideraci6n el
estrecho Iugar en donde funciona en Ia actualidad el Centro Medico Municipal, y que Ia Gerencia
de Desarrollo Social, al trasladarse al complejo Gran Qhapac Nan dejaria libres los ambientes
correspondientes a las instalaciones ubicadas en el barrio La Colmena, que estos pasen a ser
parte del Centro Medico.
Por lo que, con el voto por unanimidad de los Senores Regidores, y de conformidad con los
articulos 1r y 41 o de Ia Ley Organica de Municipalidades.
SEACORDO:
Articulo Onico: SUSPENDER el debate del pedido del Regidor Marcelino Chuchcucan Salazar
referido al traslado del Centro Medico Municipal hasta que haya un ambiente apropiado previo
informe del area correspondiente sobre los locales que reunan los requisites para ubicar dicho
centro medico.
REGiSTRESE, COMUNiQUESE Y CUMPLASE
C.c.
- Alcaldia
- Sala de Regidores
- Gerencia Municipal
-Of. Informatica y Sistemas
- Archivo
1
1
1
2

Documentos relacionados