PLAN ALTERNATIVO IV (SOLO PARA EMPLEADOS) BENEFICIOS

Transcripción

PLAN ALTERNATIVO IV (SOLO PARA EMPLEADOS) BENEFICIOS
PLAN ALTERNATIVO IV
(SOLO PARA EMPLEADOS)
BENEFICIOS DE INDEMNIZACIÓN POR HOSPITALIZACIÓN
Todas las hospitalizaciones cubiertas
Beneficio máximo diario
Beneficio máximo por admisión
$250
30 días
FECHA LÍMITE PARA PRESENTAR UN RECLAMO
Todos los reclamos para gastos elegibles se deben presentar dentro de los seis (6) meses posteriores a la
fecha en que se realizaron los gastos.
BENEFICIOS CUBIERTOS
El Monto de beneficio diario se pagará por cada día de hospitalización del empleado cubierto en un
hospital. El período de hospitalización debe:
a. Ser producto de una enfermedad o lesión; y
b. Comenzar mientras el empleado cubierto esté cubierto por el Plan.
Los beneficios se pagarán durante un período de hospitalización si el empleado cubierto:
a. Recibe atención de un médico; y
b. Se encuentra internado en el hospital.
El Monto del beneficio diario se pagará desde el primer día del período de hospitalización, para cada día
completo de hospitalización, sin exceder el beneficio máximo por año calendario (30 días).
EXCLUSIONES
1. Tratamiento hospitalario ambulatorio
2. Tratamiento en una clínica de emergencia secundaria
3. Tratamiento en un centro de tratamiento de día psiquiátrico
COORDINACIÓN DE BENEFICIOS
No existe Coordinación de beneficios para este Plan con otros planes. Los beneficios se pagarán incluso si
el empleado
cubierto tiene otra cobertura.
TODAS LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL PLAN SOBRE ELEGIBILIDAD, DEFINICIONES, LIMITACIONES Y
EXCLUSIONES SE APLICAN AL PLAN DE BENEFICIOS DE INDEMNIZACIÓN POR HOSPITALIZACIÓN.

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