1 Anexo No. 47-C MINISTERIO DEL AMBIENTE

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1 Anexo No. 47-C MINISTERIO DEL AMBIENTE
Anexo No. 47-C
MINISTERIO DEL AMBIENTE
Informe técnico para el análisis de conflictos de uso de la tierra agropecuaria en
vegetación natural y bosque nativo
Quito, Abril del 2015
1
Contenido
Informe técnico para el análisis de conflictos de uso de la tierra agropecuaria en
vegetación natural y bosque nativo ............................................................................... 3
Antecedentes: ................................................................................................................ 3
Base legal ambiental: ..................................................................................................... 4
Constitución de la República:...................................................................................... 4
Ley de gestión ambiental: ........................................................................................... 5
Ley forestal y de conservación de áreas naturales y vida silvestre:............................. 5
Texto unificado de legislación secundaria del ministerio del ambiente: ....................... 5
Acuerdos interministeriales MAE - MAGAP:................................................................ 6
Análisis de variables ambientales:.................................................................................. 7
1. Conservación .......................................................................................................... 7
2. Fragilidad ecosistemica........................................................................................... 7
3. Vacíos de conservación .......................................................................................... 9
Resultados ................................................................................................................... 11
Categorías de prioridad de conservación.................................................................. 14
Recomendaciones:....................................................................................................... 15
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Informe técnico para el análisis de conflictos de uso de la tierra agropecuaria en
vegetación natural y bosque nativo
Antecedentes:
El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), a través de la
Coordinación General del Sistema de Información Nacional (CGSIN), generó el mapa de
conflicto de uso de la tierra agropecuaria, para este mapa se utilizaron las variables:
1) Mapa de aptitud y uso del suelo (programa nacional de regionalización agraria –
PRONAREG - MAGAP 2002)
2) Mapa de cobertura y uso de la tierra del Ecuador continental (MAGAP – MAE
2013 – 2014).
Como una variable de exclusión se utilizó el patrimonio de Áreas Naturales del Estado
(PANE).
El producto que se obtiene del mapa de conflictos es la matriz que permite identificar 3
categorías: adecuado, subutilizado y sobreutilizado (Tabla 1).
Tabla 1. Matriz de conflicto de uso de la tierra agropecuaria
CONFLICTO DE USO DE LA TIERRA AGROPECUARIA
Cultivos
USO AGRÍCOLA Y BOSQUES
Plantación Forestal,
Pastos
vegetación natural y
bosque nativo.
ADECUADO
SUBUTILIZADO
SUBUTILIZADO
2.571.902
1.569.707
1.556.248
SOBREUTILIZADO
ADECUADO
SUBUTILIZADO
419.126
820.007
1.800.029
APTITUD
Cultivos
Pastos
SOBREUTILIZADO
Bosques
SUBTOTAL
SOBREUTILIZADO
Sin uso
agropecuario
TOTAL
255.818
5.953.675
72.206
3.111.370
115.592
4.003.486
443.616
13.068.530
ADECUADO
867.052
2.068.230
952.612
3.858.081
4.457.944
4.308.889
Zonas de bosque nativo con fines de conservación*
6.517.473
Sin uso agropecuario & No aplicable
1.134.504
PANE
TOTAL
4.153.889
24.874.396
* Áreas en donde la aptitud agrícola y el uso de la tierra indican que es Bosque, por lo
tanto no existe conflicto dentro de esta área.
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Con la finalidad de desagregar en un análisis más fino la categoría de subutilizado se
considera las áreas de vegetación natural y bosque nativo en las cuales el Ministerio de
Ambiente (MAE) tiene injerencia, el cual a través de la Unidad de Monitoreo de
Patrimonio Natural genera un ejercicio que permite incluir variables de importancia
ambiental con la finalidad de apoyar en el análisis de conflicto de uso de la tierra
agropecuaria.
Base Legal Ambiental:
El Ministerio del Ambiente en calidad de Autoridad Ambiental Nacional, tiene la
competencia para la administración de la vegetación natural y de vida silvestre en todo el
territorio nacional, en referencia al análisis técnico de la información sobre el conflicto de
uso del suelo en vegetación natural, la base legal principal que maneja el Ministerio del
Ambiente sobre competencias y regulación de cada tipo de vegetación es la siguiente:
Constitución de la República:
La Constitución de la República del Ecuador establece en su artículo 261 numeral y y 11,
como una de las competencias exclusivas del Estado central la biodiversidad y los
recursos forestales, de igual forma el artículo 406 señala que: “El Estado regulará la
conservación, manejo y uso sustentable, recuperación, y limitaciones de dominio de los
ecosistemas frágiles y amenazados; entre otros, los páramos, humedales, bosques
nublados, bosques tropicales secos y húmedos...”.
El artículo 404, establece que: “El patrimonio natural del Ecuador único e invaluable
comprende, entre otras, las formaciones físicas, biológicas y geológicas cuyo valor
desde el punto de vista ambiental, científico, cultural o paisajístico exige su protección,
conservación, recuperación y promoción.
Su gestión se sujetará a los principios y garantías consagrados en la Constitución y se
llevará a cabo de acuerdo al ordenamiento territorial y una zonificación ecológica, de
acuerdo con la ley”.
El artículo 405, establece que: “EI sistema nacional de áreas protegidas garantizará la
conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas. El
sistema se integrará por los subsistemas estatal, autónomo descentralizado, comunitario
y privado, y su rectoría y regulación será ejercida por el Estado. El Estado asignará los
recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y
fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han
habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión.
Las personas naturales o jurídicas extranjeras no podrán adquirir a ningún título tierras o
concesiones en las áreas de seguridad nacional ni en áreas protegidas, de acuerdo con
la ley”.
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Ley de Gestión Ambiental:
El artículo 8 establece que la autoridad ambiental nacional será ejercida por el Ministerio
del ramo, que actuará como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema
Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sin perjuicio de las atribuciones que
dentro del ámbito de sus competencias y conforme las leyes que las regulan, ejerzan
otras instituciones del Estado.
Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre:
El artículo 5 literal b, establece que son atribuciones y funciones del Ministerio del
Ambiente el velar por la conservación y aprovechamiento racional de los recursos
forestales y naturales existentes, así como delimitar y administrar el área forestal y las
áreas naturales y de vida silvestre pertenecientes al Estado.
El artículo 7 de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre,
establece que el Ministerio del Ambiente determinará mediante acuerdo, las áreas de
bosques y vegetación protectores y dictará las normas para su ordenamiento y manejo.
El artículo 36 señala que el aprovechamiento de los bosques productores cultivados y
naturales de propiedad privada, se realizará con autorización del Ministerio del Ambiente,
en concordancia con el artículo 43 de la misma ley señala que el Ministerio supervigilará
todas las etapas primarias de producción, tenencia, aprovechamiento y comercialización
de materias primas forestales.
El artículo 66 de la misma Ley, establece que el patrimonio de áreas naturales del
Estado se halla constituido por el conjunto de áreas silvestres que se destacan por su
valor protector, científico, escénico, educacional, turístico y recreacional, por su flora y
fauna, o porque constituyen ecosistemas que contribuyen a mantener el equilibrio del
medio ambiente.
Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente:
El artículo 16 del Libro III del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio
del Ambiente, establece que son bosques y vegetación protectores aquellas formaciones
vegetales, naturales o cultivadas, arbóreas, arbustivas o herbáceas, de dominio público o
privado, que estén localizadas en áreas de topografía accidentada, en cabeceras de
cuencas hidrográficas o en zonas que por sus condiciones climáticas, edáficas e hídricas
no son aptas para la agricultura o la ganadería. Sus funciones son las de conservar el
agua, el suelo, la flora y la fauna silvestre.
El artículo 20 del Libro III del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio
del Ambiente, establece que las únicas actividades permitidas dentro de Bosques y
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Vegetación Protectores son: La apertura de franjas cortafuegos, control fitosanitario,
fomento de la flora y fauna silvestres, ejecución de obras públicas consideradas
prioritarias, manejo forestal sustentable siempre y cuando no se perjudique las funciones
establecidas en el artículo 16, conforme al respectivo Plan de Manejo Integral y
actividades científicas, turísticas y recreacionales. Así también el artículo 23 numeral 4,
establece que, no podrán considerarse áreas de conversión legal o cambio de uso de
suelo en los planes de manejo de Bosques y Vegetación Protectores.
El Libro III del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente
TULSMA en su artículo 97 recoge criterios generales para realizar la elaboración de
planes y programas de aprovechamiento forestal en bosques naturales como es la
sostenibilidad de la producción, el mantenimiento de la cobertura boscosa, conservación
de la biodiversidad, corresponsabilidad en el manejo y la reducción de impactos
ambientales y sociales negativos.
El artículo 231 del libro III, establece que todos los ecosistemas nativos, en especial los
páramos, manglares, humedales y bosques naturales en cualquier grado de
intervención, por cuanto brindan importantes servicios ecológicos y ambientales,
constituyen ecosistemas altamente lesionables para los efectos establecidos en el
artículo 78 de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre.
El artículo 263 del libro III, define como ecosistemas altamente lesionables a todos los
ecosistemas nativos, en especial páramos, manglares, humedales y bosques nativos en
cualquier grado de intervención, por cuanto brindan importantes servicios ambientales.
Acuerdos Interministeriales MAE - MAGAP:
Mediante Acuerdo Interministerial No. 002 suscrito el 18 de octubre del 2012 y publicado
en el Registro Oficial Suplemento No. 884 de 1 de febrero del 2013 y reformado
mediante Acuerdo Interministerial No. 258 de fecha 28 de mayo del 2013, se establece la
normativa para la zonificación de tierras para la forestación y reforestación, tomando en
consideración que en su artículo 4, se indica que las plantaciones forestales con fines
comerciales deberán ubicarse fuera de las áreas que forman parte del Programa Socio
Bosque, el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, áreas con coberturas de bosque
nativo, páramo y vegetación arbustiva (…).
Mediante Acuerdo Interministerial No. 389, publicado mediante Registro Oficial
Suplemento 75 de 6 de septiembre del 2013, se expide el mapa de zonificación
agroecológica para el cultivo de palma aceitera.
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Análisis de variables ambientales:
La inclusión de las variables ambientales: conservación, fragilidad ecosistémica y vacíos
de conservación, permitirá re-categorizar la vegetación natural y el bosque nativo con la
finalidad de identificar la potencialidad que tienen estas áreas naturales para el territorio
ecuatoriano para promover la sostenibilidad ambiental territorial y global y de esta forma
garantizar los derechos de la naturaleza.
1. Conservación
Las variables utilizadas dentro de la categoría de conservación son:
a) Sistema Nacional de Áreas protegidas (SNAP),
b) Patrimonio Bosques y Vegetación Protectores (BVP)
c) Zonas Intangibles y Zonas de Amortiguamiento Yasuní.
d) Predios individuales y comunitarios del Programa Socio bosque.
2. Fragilidad ecosistemica
La importancia de esta variable radica en que un ecosistema frágil es más susceptible a
la pérdida de biodiversidad, pérdida de su hábitat y pérdida total del ecosistema, por lo
que se considera prioritario para la conservación.
Criterios de análisis
Se plantea un marco de análisis para la definición de niveles de fragilidad para
ecosistemas considerando dos niveles: vulnerabilidad para especies y ecosistemas y
amenazas para ecosistemas. La integración de estos criterios define 5 categorías de
fragilidad para cada ecosistema.
Vulnerabilidad: A nivel de especies se analiza cantidad de especies endémicas, UICN,
CITES y comerciales. A nivel de ecosistemas de analiza su representatividad en áreas
de conservación, fragmentación, conectividad.
Amenazas: Para cada ecosistema se analiza las posibles amenazas como cambio
climático, probabilidad de conversión a áreas de deforestación, afectación por
infraestructura vial, petrolera y minera, por aprovechamiento forestal, proyectos
hidroeléctricos, cambio de uso de suelos con fines agrícolas y sitios de abastecimiento
de agua.
Categorías de fragilidad
Se clasifica en 5 categorías:
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Tabla 2. Categorías de Fragilidad
Muy alta
Alta
Fragilidad de los
ecosistemas
Media
Baja
Muy baja
Para determinar la fragilidad de los ecosistemas, se utilizó una matriz de doble entrada
que evalúa las posibles combinaciones entre las categorías obtenidas para
vulnerabilidad y la amenaza.
Tabla 3. Matriz de doble entrada
por vulnerabilidad y amenaza
Amenaza
Vulnerabilidad
Alta
Media
Baja
Alta
Media
Baja
Matriz de doble entrada para determinar la fragilidad, mediante la combinación de
criterios de vulnerabilidad y amenaza.
Con base en esta matriz, los ecosistemas de muy alta fragilidad son aquellos que
presentan alta vulnerabilidad y al mismo tiempo alta amenaza. Así mismo, los
ecosistemas altamente frágiles son aquellos que muestran alta vulnerabilidad y amenaza
media o aquellos con vulnerabilidad media y amenaza alta. Las demás combinaciones
definen ecosistemas de media, baja y muy baja fragilidad.
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Figura 1. Mapa de Fragilidad Ecosistémica
Fuente: Ministerio del Ambiente 2013
Elaborado por: Unidad de Monitoreo de Patrimonio Natural
3. Vacíos de conservación
La Identificación de Vacíos y Prioridades de Conservación (IVPC) es un análisis de
planificación territorial espacialmente explícito cuyo objetivo es identificar áreas
prioritarias de conservación basadas en el estado actual de la biodiversidad, su
representatividad dentro del sistema de áreas protegidas e información sobre variables
que evalúan directa o indirectamente su persistencia en el futuro (Margules & Pressey,
2000).
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El establecimiento de metas de conservación es uno de los parámetros más importantes
en la identificación de áreas de importancia para la biodiversidad, pues dependiendo de
éstas, la superficie destinada para conservación estará en capacidad o no de mantener
poblaciones viables o unidades dinámicas mínimas para los ecosistemas o paisajes
contenidos en ellas (Cowling et al., 1999; Pressey & Bottrill, 2008).
El establecimiento de las metas sigue criterios de representatividad y persistencia de la
biodiversidad en un área, que deberían estar sustentados por elementos de la ecología
de poblaciones y del paisaje. Entre estos procesos se resaltan criterios de dispersión,
extinciones locales y recolonizaciones, interacciones entre especies, migraciones,
dinámicas de parches de hábitat, ajustes o disrupciones en la configuración espacial de
las especies por efectos del cambio climático, entre otros.
Las áreas seleccionadas deberían idealmente garantizar que al menos contengan una
población viable para cada especie. Sin embargo, esta información no existe en la
mayoría de los casos. Una manera indirecta de abordar este criterio es procurar tener
áreas no menores a 500 ha que cubran gradientes ambientales (e.g. pisos ecológicos,
tipos de sustratos) y abarquen diferentes tipos de hábitats y se encuentren
interconectadas de manera que permitan flujos poblacionales entre estas áreas (Kattan
et al., 2006). No obstante, el umbral de tamaño para estas áreas y su configuración tiene
que ser contextualizado en relación a la estructura y composición del paisaje en el que
se encuentra localizadas.
En la práctica, y especialmente en áreas donde la información sobre biodiversidad es
limitada, las metas de conservación se establecen dentro de un compromiso entre la
disponibilidad de la información requerida y la necesidad de generar escenarios
plausibles de planificación territorial. En la mayoría de los casos, se han establecido
metas que oscilan entre el 10 al 12% de la distribución de los indicadores de
biodiversidad en el área de estudio (Margules & Pressey, 2000; Rodrigues & Gaston,
2002). En algunos casos, estas metas base son modificadas mediante criterios
asociados con la importancia relativa de los indicadores o el nivel de amenaza al que
están sujetos. Por ejemplo, (Cowling et al., 2003) utilizan una meta base del 10 al 25%
del área remanente de la distribución original de tipos de vegetación en la Región
Florística del Cabo, con metas mayores para tipos de vegetación heterogéneos.
Esta meta se incrementó utilizando un factor de amenaza como criterio de vulnerabilidad
a cambios en el uso del suelo. De igual forma, Cuesta et al. (2007) fijaron una meta base
del 10% de la distribución de especies y ecosistemas en Ecuador, modificada por el nivel
de remanencia de cada indicador, de forma que aquellos indicadores con mayores tasas
de conversión se les asignó una meta cercana al 100%.
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Figura 2. Mapa de Vacíos de Conservación
Fuente: Ministerio del Ambiente 2013
Elaborado por: Unidad de Monitoreo de Patrimonio Natural
Resultados
Para el análisis se consideró el bosque nativo y la vegetación natural de la categoría
subutilizado, que suman un total de 3´274.957 hectáreas, de las cuales 2´523.948
hectáreas pertenecen a bosque nativo, 262.000 hectáreas pertenecen a páramo,
449.654 hectáreas a vegetación arbustiva y 39.355 hectáreas a vegetación herbácea.
Esta área fue intersecada con la primera variable de análisis conservación, el resultado
se muestra en la tabla 4. El área que se encuentra fuera de cualquier categoría de
conservación corresponde a 3´106.090 hectáreas.
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Tabla 4. Áreas bajo conservación
CATEGORÍAS DE CONSERVACIÓN
AREA SIN CONSERVACION
BOSQUE NATIVO
VEGETACIÓN NATURAL
BOSQUES VEGETACIÓN PROTECTORA
BOSQUE NATIVO
VEGETACIÓN NATURAL
PATRIMONIO FORESTAL
BOSQUE NATIVO
VEGETACIÓN NATURAL
SNAP
BOSQUE NATIVO
VEGETACIÓN NATURAL
SOCIOBOSQUE_COLECTIVO
BOSQUE NATIVO
VEGETACIÓN NATURAL
SOCIOBOSQUE_INDIVIDUAL
BOSQUE NATIVO
VEGETACIÓN NATURAL
ZONA AMORTIGUAMIENTO YASUNI
BOSQUE NATIVO
ZONA INTANGIBLE
BOSQUE NATIVO
Total general
Suma de
hectáreas
3.106.090
2.519.321
586.769
147.798
3.973
143.825
202
21
181
585
2
583
12.302
679
11.623
7.787
61
7.726
71
71
122
122
3.274.957
Fuente: Ministerio del Ambiente
Elaborado por: Unidad de Monitoreo del Ministerio del Ambiente
La vegetación natural sin ninguna categoría de conservación fue intersecada con las
variables de fragilidad y vacíos de conservación, para determinar la importancia
ecológica y de conservación, se analizó las dos variables, siguiendo el criterio que se
muestra en la tabla 5.
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Tabla 5. Criterios para seleccionar la categoría
de conservación según su prioridad
VACÍOS DE
CONSERVACIÓN
FRAGILIDAD
CATEGORÍAS DE
PRIORIDAD DE
CONSERVACIÓN
Otras áreas
A conservar
Alta
Muy alta
Alta
Muy baja
Baja
Media
Media
Otras áreas
Media
Media
Otras áreas
Muy baja
Baja
Baja
A conservar
Fuente: Ministerio del Ambiente
Elaborado por: Unidad de Monitoreo del Ministerio del Ambiente
Los resultados obtenidos muestran una nueva clasificación del bosque y la vegetación
natural sin conservación dentro de tres categorías de prioridad de conservación e
importancia ecológica.
Tabla 5. Categorías de prioridad de conservación
IMPORTANCIA
ALTA
Suma de hectáreas
1.072.244
BOSQUE NATIVO
749.650
VEGETACIÓN NATURAL
322.594
BAJA
626.284
BOSQUE NATIVO
469.481
VEGETACIÓN NATURAL
156.803
MEDIA
BOSQUE NATIVO
VEGETACIÓN NATURAL
Total general
1.407.562
1.300.190
107.373
3.106.090
Fuente: Ministerio del Ambiente
Elaborado por: Unidad de Monitoreo del Ministerio del Ambiente
Finalmente, la figura 3 nos muestra la distribución de las tres categorías de prioridad de
conservación a nivel nacional
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Figura 3. Mapa de categorías de clasificación
Según su prioridad de conservación
Fuente: Ministerio del Ambiente
Elaborado por: Unidad de Monitoreo del Ministerio del Ambiente
Categorías de prioridad de conservación
En base a este análisis se logró desagregar en 3 categorías de importancia para
conservación. Las categorías nos permiten identificar la potencialidad que presentan las
áreas naturales y la importancia de salvaguardar el Patrimonio Natural para garantizar la
conservación de la biodiversidad y el bienestar de los todos los seres vivos.
Categoría Alta
La categoría alta representa áreas con vegetación natural que por su alto y muy alto
grado de fragilidad ecosistémica y su importancia de conservación basada en el estado
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actual de la biodiversidad y su representatividad dentro del sistema de áreas protegidas
son altamente importantes para conservación.
Categoría Media
La categoría media representa áreas con vegetación natural donde las variables de
vacíos de conservación y fragilidad se complementan con la finalidad de seleccionar
áreas con fragilidad ecosistémica media y que identifican áreas con importancia para
conservación basado en el estado actual de la biodiversidad.
Categoría Baja
La categoría baja representa áreas con vegetación natural donde las variables utilizadas
complementadas muestran una baja prioridad para conservación. Pero es importante
recordar que son ecosistemas nativos que sin importar su grado de intervención brindan
importantes servicios ecológicos y ambientales y se constituyen en ecosistemas
altamente lesionables como lo indica la legislación nacional en la Ley forestal y en el
Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente.
Además son ecosistemas que son considerados como altamente prioritarios para entrar
dentro de los incentivos que maneja el Ministerio de Ambiente con la finalidad de
restaurarlos.
Recomendaciones:
Para identificar áreas con conflicto de usos es necesario incluir las áreas bajo
competencia del Ministerio del Ambiente conforme a la base técnica y legal expuesta,
donde se realizan actividades de conservación, restauración y manejo y
aprovechamiento sostenible de recursos.
Es necesario considerar que el Ministerio del Ambiente es la autoridad encargada de
ordenar, gestionar, delimitar y administrar el Patrimonio de Áreas Protegidas, Bosques y
Vegetación Protectores, Patrimonio Forestal del Estado, los bosques nativos, vegetación
arbustiva y herbácea en cualquier grado de intervención y en generales de los recursos
naturales existentes a nivel nacional. Respecto a las zonas de bosque nativo, que no se
encuentran en áreas delimitadas como patrimonio forestal del estado o de áreas
naturales, se hallan de igual forma amparados en la legislación nacional por
considerarse ecosistemas altamente lesionables por lo que su uso y ordenamiento lo
realiza cumpliendo con criterios de sostenibilidad de aprovechamiento, los cuales son
permitidos a través de Licencias de Aprovechamiento Forestal a cargo de ésta Cartera
de Estado.
Elaborado por: Unidad de Monitoreo del Ministerio del Ambiente.
Aprobado por: Subsecretaría de Patrimonio Natural del Ministerio del Ambiente.
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