1 Anexo No. 47-C MINISTERIO DEL AMBIENTE
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1 Anexo No. 47-C MINISTERIO DEL AMBIENTE
Anexo No. 47-C MINISTERIO DEL AMBIENTE Informe técnico para el análisis de conflictos de uso de la tierra agropecuaria en vegetación natural y bosque nativo Quito, Abril del 2015 1 Contenido Informe técnico para el análisis de conflictos de uso de la tierra agropecuaria en vegetación natural y bosque nativo ............................................................................... 3 Antecedentes: ................................................................................................................ 3 Base legal ambiental: ..................................................................................................... 4 Constitución de la República:...................................................................................... 4 Ley de gestión ambiental: ........................................................................................... 5 Ley forestal y de conservación de áreas naturales y vida silvestre:............................. 5 Texto unificado de legislación secundaria del ministerio del ambiente: ....................... 5 Acuerdos interministeriales MAE - MAGAP:................................................................ 6 Análisis de variables ambientales:.................................................................................. 7 1. Conservación .......................................................................................................... 7 2. Fragilidad ecosistemica........................................................................................... 7 3. Vacíos de conservación .......................................................................................... 9 Resultados ................................................................................................................... 11 Categorías de prioridad de conservación.................................................................. 14 Recomendaciones:....................................................................................................... 15 2 Informe técnico para el análisis de conflictos de uso de la tierra agropecuaria en vegetación natural y bosque nativo Antecedentes: El Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP), a través de la Coordinación General del Sistema de Información Nacional (CGSIN), generó el mapa de conflicto de uso de la tierra agropecuaria, para este mapa se utilizaron las variables: 1) Mapa de aptitud y uso del suelo (programa nacional de regionalización agraria – PRONAREG - MAGAP 2002) 2) Mapa de cobertura y uso de la tierra del Ecuador continental (MAGAP – MAE 2013 – 2014). Como una variable de exclusión se utilizó el patrimonio de Áreas Naturales del Estado (PANE). El producto que se obtiene del mapa de conflictos es la matriz que permite identificar 3 categorías: adecuado, subutilizado y sobreutilizado (Tabla 1). Tabla 1. Matriz de conflicto de uso de la tierra agropecuaria CONFLICTO DE USO DE LA TIERRA AGROPECUARIA Cultivos USO AGRÍCOLA Y BOSQUES Plantación Forestal, Pastos vegetación natural y bosque nativo. ADECUADO SUBUTILIZADO SUBUTILIZADO 2.571.902 1.569.707 1.556.248 SOBREUTILIZADO ADECUADO SUBUTILIZADO 419.126 820.007 1.800.029 APTITUD Cultivos Pastos SOBREUTILIZADO Bosques SUBTOTAL SOBREUTILIZADO Sin uso agropecuario TOTAL 255.818 5.953.675 72.206 3.111.370 115.592 4.003.486 443.616 13.068.530 ADECUADO 867.052 2.068.230 952.612 3.858.081 4.457.944 4.308.889 Zonas de bosque nativo con fines de conservación* 6.517.473 Sin uso agropecuario & No aplicable 1.134.504 PANE TOTAL 4.153.889 24.874.396 * Áreas en donde la aptitud agrícola y el uso de la tierra indican que es Bosque, por lo tanto no existe conflicto dentro de esta área. 3 Con la finalidad de desagregar en un análisis más fino la categoría de subutilizado se considera las áreas de vegetación natural y bosque nativo en las cuales el Ministerio de Ambiente (MAE) tiene injerencia, el cual a través de la Unidad de Monitoreo de Patrimonio Natural genera un ejercicio que permite incluir variables de importancia ambiental con la finalidad de apoyar en el análisis de conflicto de uso de la tierra agropecuaria. Base Legal Ambiental: El Ministerio del Ambiente en calidad de Autoridad Ambiental Nacional, tiene la competencia para la administración de la vegetación natural y de vida silvestre en todo el territorio nacional, en referencia al análisis técnico de la información sobre el conflicto de uso del suelo en vegetación natural, la base legal principal que maneja el Ministerio del Ambiente sobre competencias y regulación de cada tipo de vegetación es la siguiente: Constitución de la República: La Constitución de la República del Ecuador establece en su artículo 261 numeral y y 11, como una de las competencias exclusivas del Estado central la biodiversidad y los recursos forestales, de igual forma el artículo 406 señala que: “El Estado regulará la conservación, manejo y uso sustentable, recuperación, y limitaciones de dominio de los ecosistemas frágiles y amenazados; entre otros, los páramos, humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos y húmedos...”. El artículo 404, establece que: “El patrimonio natural del Ecuador único e invaluable comprende, entre otras, las formaciones físicas, biológicas y geológicas cuyo valor desde el punto de vista ambiental, científico, cultural o paisajístico exige su protección, conservación, recuperación y promoción. Su gestión se sujetará a los principios y garantías consagrados en la Constitución y se llevará a cabo de acuerdo al ordenamiento territorial y una zonificación ecológica, de acuerdo con la ley”. El artículo 405, establece que: “EI sistema nacional de áreas protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas. El sistema se integrará por los subsistemas estatal, autónomo descentralizado, comunitario y privado, y su rectoría y regulación será ejercida por el Estado. El Estado asignará los recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión. Las personas naturales o jurídicas extranjeras no podrán adquirir a ningún título tierras o concesiones en las áreas de seguridad nacional ni en áreas protegidas, de acuerdo con la ley”. 4 Ley de Gestión Ambiental: El artículo 8 establece que la autoridad ambiental nacional será ejercida por el Ministerio del ramo, que actuará como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, sin perjuicio de las atribuciones que dentro del ámbito de sus competencias y conforme las leyes que las regulan, ejerzan otras instituciones del Estado. Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre: El artículo 5 literal b, establece que son atribuciones y funciones del Ministerio del Ambiente el velar por la conservación y aprovechamiento racional de los recursos forestales y naturales existentes, así como delimitar y administrar el área forestal y las áreas naturales y de vida silvestre pertenecientes al Estado. El artículo 7 de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, establece que el Ministerio del Ambiente determinará mediante acuerdo, las áreas de bosques y vegetación protectores y dictará las normas para su ordenamiento y manejo. El artículo 36 señala que el aprovechamiento de los bosques productores cultivados y naturales de propiedad privada, se realizará con autorización del Ministerio del Ambiente, en concordancia con el artículo 43 de la misma ley señala que el Ministerio supervigilará todas las etapas primarias de producción, tenencia, aprovechamiento y comercialización de materias primas forestales. El artículo 66 de la misma Ley, establece que el patrimonio de áreas naturales del Estado se halla constituido por el conjunto de áreas silvestres que se destacan por su valor protector, científico, escénico, educacional, turístico y recreacional, por su flora y fauna, o porque constituyen ecosistemas que contribuyen a mantener el equilibrio del medio ambiente. Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente: El artículo 16 del Libro III del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, establece que son bosques y vegetación protectores aquellas formaciones vegetales, naturales o cultivadas, arbóreas, arbustivas o herbáceas, de dominio público o privado, que estén localizadas en áreas de topografía accidentada, en cabeceras de cuencas hidrográficas o en zonas que por sus condiciones climáticas, edáficas e hídricas no son aptas para la agricultura o la ganadería. Sus funciones son las de conservar el agua, el suelo, la flora y la fauna silvestre. El artículo 20 del Libro III del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, establece que las únicas actividades permitidas dentro de Bosques y 5 Vegetación Protectores son: La apertura de franjas cortafuegos, control fitosanitario, fomento de la flora y fauna silvestres, ejecución de obras públicas consideradas prioritarias, manejo forestal sustentable siempre y cuando no se perjudique las funciones establecidas en el artículo 16, conforme al respectivo Plan de Manejo Integral y actividades científicas, turísticas y recreacionales. Así también el artículo 23 numeral 4, establece que, no podrán considerarse áreas de conversión legal o cambio de uso de suelo en los planes de manejo de Bosques y Vegetación Protectores. El Libro III del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente TULSMA en su artículo 97 recoge criterios generales para realizar la elaboración de planes y programas de aprovechamiento forestal en bosques naturales como es la sostenibilidad de la producción, el mantenimiento de la cobertura boscosa, conservación de la biodiversidad, corresponsabilidad en el manejo y la reducción de impactos ambientales y sociales negativos. El artículo 231 del libro III, establece que todos los ecosistemas nativos, en especial los páramos, manglares, humedales y bosques naturales en cualquier grado de intervención, por cuanto brindan importantes servicios ecológicos y ambientales, constituyen ecosistemas altamente lesionables para los efectos establecidos en el artículo 78 de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre. El artículo 263 del libro III, define como ecosistemas altamente lesionables a todos los ecosistemas nativos, en especial páramos, manglares, humedales y bosques nativos en cualquier grado de intervención, por cuanto brindan importantes servicios ambientales. Acuerdos Interministeriales MAE - MAGAP: Mediante Acuerdo Interministerial No. 002 suscrito el 18 de octubre del 2012 y publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 884 de 1 de febrero del 2013 y reformado mediante Acuerdo Interministerial No. 258 de fecha 28 de mayo del 2013, se establece la normativa para la zonificación de tierras para la forestación y reforestación, tomando en consideración que en su artículo 4, se indica que las plantaciones forestales con fines comerciales deberán ubicarse fuera de las áreas que forman parte del Programa Socio Bosque, el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, áreas con coberturas de bosque nativo, páramo y vegetación arbustiva (…). Mediante Acuerdo Interministerial No. 389, publicado mediante Registro Oficial Suplemento 75 de 6 de septiembre del 2013, se expide el mapa de zonificación agroecológica para el cultivo de palma aceitera. 6 Análisis de variables ambientales: La inclusión de las variables ambientales: conservación, fragilidad ecosistémica y vacíos de conservación, permitirá re-categorizar la vegetación natural y el bosque nativo con la finalidad de identificar la potencialidad que tienen estas áreas naturales para el territorio ecuatoriano para promover la sostenibilidad ambiental territorial y global y de esta forma garantizar los derechos de la naturaleza. 1. Conservación Las variables utilizadas dentro de la categoría de conservación son: a) Sistema Nacional de Áreas protegidas (SNAP), b) Patrimonio Bosques y Vegetación Protectores (BVP) c) Zonas Intangibles y Zonas de Amortiguamiento Yasuní. d) Predios individuales y comunitarios del Programa Socio bosque. 2. Fragilidad ecosistemica La importancia de esta variable radica en que un ecosistema frágil es más susceptible a la pérdida de biodiversidad, pérdida de su hábitat y pérdida total del ecosistema, por lo que se considera prioritario para la conservación. Criterios de análisis Se plantea un marco de análisis para la definición de niveles de fragilidad para ecosistemas considerando dos niveles: vulnerabilidad para especies y ecosistemas y amenazas para ecosistemas. La integración de estos criterios define 5 categorías de fragilidad para cada ecosistema. Vulnerabilidad: A nivel de especies se analiza cantidad de especies endémicas, UICN, CITES y comerciales. A nivel de ecosistemas de analiza su representatividad en áreas de conservación, fragmentación, conectividad. Amenazas: Para cada ecosistema se analiza las posibles amenazas como cambio climático, probabilidad de conversión a áreas de deforestación, afectación por infraestructura vial, petrolera y minera, por aprovechamiento forestal, proyectos hidroeléctricos, cambio de uso de suelos con fines agrícolas y sitios de abastecimiento de agua. Categorías de fragilidad Se clasifica en 5 categorías: 7 Tabla 2. Categorías de Fragilidad Muy alta Alta Fragilidad de los ecosistemas Media Baja Muy baja Para determinar la fragilidad de los ecosistemas, se utilizó una matriz de doble entrada que evalúa las posibles combinaciones entre las categorías obtenidas para vulnerabilidad y la amenaza. Tabla 3. Matriz de doble entrada por vulnerabilidad y amenaza Amenaza Vulnerabilidad Alta Media Baja Alta Media Baja Matriz de doble entrada para determinar la fragilidad, mediante la combinación de criterios de vulnerabilidad y amenaza. Con base en esta matriz, los ecosistemas de muy alta fragilidad son aquellos que presentan alta vulnerabilidad y al mismo tiempo alta amenaza. Así mismo, los ecosistemas altamente frágiles son aquellos que muestran alta vulnerabilidad y amenaza media o aquellos con vulnerabilidad media y amenaza alta. Las demás combinaciones definen ecosistemas de media, baja y muy baja fragilidad. 8 Figura 1. Mapa de Fragilidad Ecosistémica Fuente: Ministerio del Ambiente 2013 Elaborado por: Unidad de Monitoreo de Patrimonio Natural 3. Vacíos de conservación La Identificación de Vacíos y Prioridades de Conservación (IVPC) es un análisis de planificación territorial espacialmente explícito cuyo objetivo es identificar áreas prioritarias de conservación basadas en el estado actual de la biodiversidad, su representatividad dentro del sistema de áreas protegidas e información sobre variables que evalúan directa o indirectamente su persistencia en el futuro (Margules & Pressey, 2000). 9 El establecimiento de metas de conservación es uno de los parámetros más importantes en la identificación de áreas de importancia para la biodiversidad, pues dependiendo de éstas, la superficie destinada para conservación estará en capacidad o no de mantener poblaciones viables o unidades dinámicas mínimas para los ecosistemas o paisajes contenidos en ellas (Cowling et al., 1999; Pressey & Bottrill, 2008). El establecimiento de las metas sigue criterios de representatividad y persistencia de la biodiversidad en un área, que deberían estar sustentados por elementos de la ecología de poblaciones y del paisaje. Entre estos procesos se resaltan criterios de dispersión, extinciones locales y recolonizaciones, interacciones entre especies, migraciones, dinámicas de parches de hábitat, ajustes o disrupciones en la configuración espacial de las especies por efectos del cambio climático, entre otros. Las áreas seleccionadas deberían idealmente garantizar que al menos contengan una población viable para cada especie. Sin embargo, esta información no existe en la mayoría de los casos. Una manera indirecta de abordar este criterio es procurar tener áreas no menores a 500 ha que cubran gradientes ambientales (e.g. pisos ecológicos, tipos de sustratos) y abarquen diferentes tipos de hábitats y se encuentren interconectadas de manera que permitan flujos poblacionales entre estas áreas (Kattan et al., 2006). No obstante, el umbral de tamaño para estas áreas y su configuración tiene que ser contextualizado en relación a la estructura y composición del paisaje en el que se encuentra localizadas. En la práctica, y especialmente en áreas donde la información sobre biodiversidad es limitada, las metas de conservación se establecen dentro de un compromiso entre la disponibilidad de la información requerida y la necesidad de generar escenarios plausibles de planificación territorial. En la mayoría de los casos, se han establecido metas que oscilan entre el 10 al 12% de la distribución de los indicadores de biodiversidad en el área de estudio (Margules & Pressey, 2000; Rodrigues & Gaston, 2002). En algunos casos, estas metas base son modificadas mediante criterios asociados con la importancia relativa de los indicadores o el nivel de amenaza al que están sujetos. Por ejemplo, (Cowling et al., 2003) utilizan una meta base del 10 al 25% del área remanente de la distribución original de tipos de vegetación en la Región Florística del Cabo, con metas mayores para tipos de vegetación heterogéneos. Esta meta se incrementó utilizando un factor de amenaza como criterio de vulnerabilidad a cambios en el uso del suelo. De igual forma, Cuesta et al. (2007) fijaron una meta base del 10% de la distribución de especies y ecosistemas en Ecuador, modificada por el nivel de remanencia de cada indicador, de forma que aquellos indicadores con mayores tasas de conversión se les asignó una meta cercana al 100%. 10 Figura 2. Mapa de Vacíos de Conservación Fuente: Ministerio del Ambiente 2013 Elaborado por: Unidad de Monitoreo de Patrimonio Natural Resultados Para el análisis se consideró el bosque nativo y la vegetación natural de la categoría subutilizado, que suman un total de 3´274.957 hectáreas, de las cuales 2´523.948 hectáreas pertenecen a bosque nativo, 262.000 hectáreas pertenecen a páramo, 449.654 hectáreas a vegetación arbustiva y 39.355 hectáreas a vegetación herbácea. Esta área fue intersecada con la primera variable de análisis conservación, el resultado se muestra en la tabla 4. El área que se encuentra fuera de cualquier categoría de conservación corresponde a 3´106.090 hectáreas. 11 Tabla 4. Áreas bajo conservación CATEGORÍAS DE CONSERVACIÓN AREA SIN CONSERVACION BOSQUE NATIVO VEGETACIÓN NATURAL BOSQUES VEGETACIÓN PROTECTORA BOSQUE NATIVO VEGETACIÓN NATURAL PATRIMONIO FORESTAL BOSQUE NATIVO VEGETACIÓN NATURAL SNAP BOSQUE NATIVO VEGETACIÓN NATURAL SOCIOBOSQUE_COLECTIVO BOSQUE NATIVO VEGETACIÓN NATURAL SOCIOBOSQUE_INDIVIDUAL BOSQUE NATIVO VEGETACIÓN NATURAL ZONA AMORTIGUAMIENTO YASUNI BOSQUE NATIVO ZONA INTANGIBLE BOSQUE NATIVO Total general Suma de hectáreas 3.106.090 2.519.321 586.769 147.798 3.973 143.825 202 21 181 585 2 583 12.302 679 11.623 7.787 61 7.726 71 71 122 122 3.274.957 Fuente: Ministerio del Ambiente Elaborado por: Unidad de Monitoreo del Ministerio del Ambiente La vegetación natural sin ninguna categoría de conservación fue intersecada con las variables de fragilidad y vacíos de conservación, para determinar la importancia ecológica y de conservación, se analizó las dos variables, siguiendo el criterio que se muestra en la tabla 5. 12 Tabla 5. Criterios para seleccionar la categoría de conservación según su prioridad VACÍOS DE CONSERVACIÓN FRAGILIDAD CATEGORÍAS DE PRIORIDAD DE CONSERVACIÓN Otras áreas A conservar Alta Muy alta Alta Muy baja Baja Media Media Otras áreas Media Media Otras áreas Muy baja Baja Baja A conservar Fuente: Ministerio del Ambiente Elaborado por: Unidad de Monitoreo del Ministerio del Ambiente Los resultados obtenidos muestran una nueva clasificación del bosque y la vegetación natural sin conservación dentro de tres categorías de prioridad de conservación e importancia ecológica. Tabla 5. Categorías de prioridad de conservación IMPORTANCIA ALTA Suma de hectáreas 1.072.244 BOSQUE NATIVO 749.650 VEGETACIÓN NATURAL 322.594 BAJA 626.284 BOSQUE NATIVO 469.481 VEGETACIÓN NATURAL 156.803 MEDIA BOSQUE NATIVO VEGETACIÓN NATURAL Total general 1.407.562 1.300.190 107.373 3.106.090 Fuente: Ministerio del Ambiente Elaborado por: Unidad de Monitoreo del Ministerio del Ambiente Finalmente, la figura 3 nos muestra la distribución de las tres categorías de prioridad de conservación a nivel nacional 13 Figura 3. Mapa de categorías de clasificación Según su prioridad de conservación Fuente: Ministerio del Ambiente Elaborado por: Unidad de Monitoreo del Ministerio del Ambiente Categorías de prioridad de conservación En base a este análisis se logró desagregar en 3 categorías de importancia para conservación. Las categorías nos permiten identificar la potencialidad que presentan las áreas naturales y la importancia de salvaguardar el Patrimonio Natural para garantizar la conservación de la biodiversidad y el bienestar de los todos los seres vivos. Categoría Alta La categoría alta representa áreas con vegetación natural que por su alto y muy alto grado de fragilidad ecosistémica y su importancia de conservación basada en el estado 14 actual de la biodiversidad y su representatividad dentro del sistema de áreas protegidas son altamente importantes para conservación. Categoría Media La categoría media representa áreas con vegetación natural donde las variables de vacíos de conservación y fragilidad se complementan con la finalidad de seleccionar áreas con fragilidad ecosistémica media y que identifican áreas con importancia para conservación basado en el estado actual de la biodiversidad. Categoría Baja La categoría baja representa áreas con vegetación natural donde las variables utilizadas complementadas muestran una baja prioridad para conservación. Pero es importante recordar que son ecosistemas nativos que sin importar su grado de intervención brindan importantes servicios ecológicos y ambientales y se constituyen en ecosistemas altamente lesionables como lo indica la legislación nacional en la Ley forestal y en el Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente. Además son ecosistemas que son considerados como altamente prioritarios para entrar dentro de los incentivos que maneja el Ministerio de Ambiente con la finalidad de restaurarlos. Recomendaciones: Para identificar áreas con conflicto de usos es necesario incluir las áreas bajo competencia del Ministerio del Ambiente conforme a la base técnica y legal expuesta, donde se realizan actividades de conservación, restauración y manejo y aprovechamiento sostenible de recursos. Es necesario considerar que el Ministerio del Ambiente es la autoridad encargada de ordenar, gestionar, delimitar y administrar el Patrimonio de Áreas Protegidas, Bosques y Vegetación Protectores, Patrimonio Forestal del Estado, los bosques nativos, vegetación arbustiva y herbácea en cualquier grado de intervención y en generales de los recursos naturales existentes a nivel nacional. Respecto a las zonas de bosque nativo, que no se encuentran en áreas delimitadas como patrimonio forestal del estado o de áreas naturales, se hallan de igual forma amparados en la legislación nacional por considerarse ecosistemas altamente lesionables por lo que su uso y ordenamiento lo realiza cumpliendo con criterios de sostenibilidad de aprovechamiento, los cuales son permitidos a través de Licencias de Aprovechamiento Forestal a cargo de ésta Cartera de Estado. Elaborado por: Unidad de Monitoreo del Ministerio del Ambiente. Aprobado por: Subsecretaría de Patrimonio Natural del Ministerio del Ambiente. 15