ingresos - Santander Consumer

Transcripción

ingresos - Santander Consumer
REDES DE DISTRIBUCIÓN:
SANTANDER CONSUMER FINANCE, S.A.
SANTANDER CONSUMER, E.F.C., S.A.
TRANSOLVER FINANCE, E.F.C., S.A.
A continuación, se describen las características generales de los diferentes seguros para suscriptores de operaciones financieras concertadas
con la red de distribución correspondiente.
A los efectos de recibir asesoramiento específico sobre el contrato de
seguro, el cliente puede dirigirse al teléfono de Santander Consumer
Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.L. Asimismo, la Red
de Distribución comercializadora, puede prestar asistencia personal en
sus oficinas.
A. SEGURO DE VIDA E INVALIDEZ
Seguro para suscriptores de operaciones financieras, que le ofrece la posibilidad de disponer del dinero necesario para cancelar el importe de la
deuda pendiente de amortizar en los casos de:
- Fallecimiento. Producido tanto por enfermedad como por accidente.
- Invalidez Absoluta Permanente. Si es declarada por la Seguridad
Social y por causa sobrevenida durante la operación financiera. Para
titulares de tarjeta.
- Fallecimiento por accidente de circulación. Cobro de un capital
adicional en caso de fallecimiento por accidente de circulación. Para
operaciones de financiación, leasing y tarjeta.
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN: Dependiendo del tipo de operación financiera:
- Plazo máximo de la operación financiera: 120 meses de duración.
- Titular mayor de 18 años, siendo la edad máxima de contratación 78
años para la garantía principal y 65 para las garantías complementarias
en operaciones de Financiación/Leasing y 64 para las garantías complementarias en tarjetas. La edad máxima de permanencia en la póliza,
para la garantía principal, es el final de la anualidad en que el asegurado
cumpla 80 años en operaciones de Financiación/Leasing, y las coberturas complementarias de vida serán efectivas hasta finalizar la anualidad
que el asegurado cumpla los 65 años.
- Para importes superiores a 90.000 €, es imprescindible superar un reconocimiento médico previo. En Tarjetas consultar condiciones.
Condiciones conforme a la póliza de CNP Santander Insurance Life DAC.
B. SEGURO DE PÉRDIDA TOTAL DE VEHÍCULOS.
Seguro para suscriptores de operaciones de financiación o leasing y
que garantiza el capital pendiente de amortizar en caso de siniestro
total del vehículo, es decir, en caso de que el importe de la reparación exceda del 75% del valor venal del vehículo en el momento del
siniestro, como consecuencia de robo, Incendio o explosión y caída
del rayo, accidente de circulación (impacto, colisión o vuelco de vehículo, etc), falta o hecho malintencionado de terceros siempre que
el Asegurado haya hecho lo posible para evitar su realización y no
tenga carácter político-social, hundimiento de terrenos, puentes o
carreteras y riesgos extraordinarios a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros.
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN:
- Plazo máximo de la operación financiera: 120 meses de duración.
- Tipo de vehículos nuevos y usados: turismos, furgonetas, camiones,
remolques y autobuses.
- Todos los conductores, sin recargos por edad o antigüedad del permiso
de conducir.
- No podrán asegurarse motocicletas, ciclomotores o aeronaves, embarcaciones, maquinaria de obras, agrícolas o forestales, ni prototipos.
- Para importes superiores a 200.000 €, sujeto a la aceptación del riesgo
por parte de la Aseguradora.
Condiciones conforme a la póliza de CNP Santander Insurance Europe DAC.
C. SEGURO DE DESEMPLEO O INCAPACIDAD TEMPORAL
Seguro que protege al suscriptor de la financiación frente a una disminución de ingresos y que permite poder hacer frente a los compromisos
financieros con la entidad financiera, mediante el pago de un importe
equivalente a la cuota mensual del préstamo por cada 30 días consecutivos, en alguna de las situaciones siguientes, con un máximo de
1.000€ al mes y con una prestación máxima de 6 cuotas consecutivas
y 18 acumuladas.
- Desempleo. En caso de ser asalariado con contrato indefinido, cubre al
afectado por un expediente de regulación de empleo, despido improcedente, despido por causas objetivas.
- Incapacidad temporal. En caso de ser autónomo, funcionario, trabajador temporal, trabajador discontinuo o cualquier otra situación distinta
a la de asalariado con contrato indefinido, cubre al afectado, en caso de
baja prolongada por accidente o enfermedad.
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN:
- Plazo máximo de la operación financiera: 120 meses de duración.
- Titular mayor de 18 años y menor de 65 años.
Condiciones conforme a la póliza de CNP Santander Insurance Europe DAC.
PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE SINIESTRO
En caso de ocurrencia de un siniestro deberá comunicarse a la mayor
brevedad posible a la Compañía Aseguradora correspondiente
✁
Su
vida
Sus
ingresos
Siniestro
total
por accidente, incendio o robo
*Seguros mediados por Santander Consumer Mediación, Operador de Banca-Seguros Vinculado, SL, CIF B-87320891 a través de su red de distribución Santander Consumer, EFC, SA.
Operador inscrito en el Registro Especial de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con número OV-0078.
Responsabilidad Civil y Capacidad Financiera cubiertas según legislación vigente.
(1) CNP SANTANDER INSURANCE LIFE DESIGNATED ACTIVITY COMPANY, compañía de seguros irlandesa operando en España en régimen de libre prestación de servicios,
con C.I.F. nº N0072567A, inscrita en el Registro Administrativo de la Dirección General de Seguros con el número L-893, con domicilio social en calle Harcourt Centre bloque 8,
Dublín 2, Dublín IRLANDA. Órgano de Control: Central Bank of Ireland.
(2) CNP SANTANDER INSURANCE EUROPE DESIGNATED ACTIVITY COMPANY, compañía de seguros irlandesa operando en España en régimen de libre prestación de servicios,
provista de C.I.F. número N0072566C. Inscrita en el Registro Especial de Entidades Aseguradoras de la Dirección General de Seguros de España con el número L-892, con domicilio social
en calle Harcourt Centre bloque 8, Dublín 2, Dublín IRLANDA. Órgano de Control: Central Bank of Ireland.
Red de distribución de Santander Consumer Mediación, Operador de Banca-Seguros vinculado*.
Protección completa
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para la financiación de su vehículo.
rotección
Porque su nuevo vehículo
es una inversión
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Desempleo o Incapacidad
Temporal(2)
Cobertura
Ventajas
100%
de 6 mensualidades
completas
Tranquilidad
Estabilidad
etalle
100%
del capital pendiente
del préstamo
Seguridad
para encontrar
un nuevo empleo
o recuperarse
de
Su
las
RIESGOS CUBIERTOS
RIESGOS CUBIERTOS
•
INDEMNIZACIÓN
Saldo pendiente de la operación financiera.
Saldo pendiente x 2, en caso de fallecimiento consecuencia
de un accidente de circulación.
PREGUNTAS y RESPUESTAS
P: Pero… si ya tengo un buen Seguro de Vida, ¿para qué
quiero esta protección?
R: Vd. contrató este seguro, por si le pasa algo dejar un
capital X a su familia. Como ahora está formalizando una
operación de crédito, si no la protege será dinero que le
restará a su familia, pues deberían cancelar el préstamo.
P: ¿Debo hacerme un reconocimiento médico?
R: No, ni siquiera necesita hacer declaración de su estado de
salud, si la operación es de menos de 90.000 Euros.
P: ¿En qué casos no tendría cobertura?
R: Las exclusiones son las mínimas que habitualmente tiene
un Seguro de Vida, conflictos armados, actos delictivos,
radiación nuclear, competiciones deportivas, consumo
de alcohol o drogas, suicidio durante el primer año de la
garantía.
Otras
preguntas y respuestas
P: ¿Puedo rebajar la cuota reduciendo el nivel de Protección? “Estoy muy justo”
R: Precisamente por esto, es importante que disponga de
una Protección Completa. Ningún imprevisto le pondrá
en una situación económica incómoda.
P: ¿La Protección que me ofrece me incrementa mucho la
cuota?
R: Debe tomar en cuenta la calidad y la extensión de las
coberturas. Lo importante es que usted disponga de
soluciones eficaces frente a los imprevistos.
P: ¿Quiero hacer una financiación a 96 meses, ¿puedo
incluir la Protección Completa?
R: Sí, la protección completa puede incorporarse para todos
los préstamos con duración hasta 120 meses, la Protección Completa ampara su vida, sus ingresos y su vehículo.
P: ¿Qué ocurre con la Protección si cancelo anticipadamente el Préstamo?
R: Se cancelan las Protecciones, obteniendo la devolución o
extorno de la parte de prima no consumida.
protecciones
Siniestro
ingresos
•
Fallecimiento: producido durante la vigencia del préstamo
y causado por enfermedad o accidente.
• Fallecimiento por Accidente de Circulación.
para poder adquirir
y financiar
un nuevo vehículo
Sus
vida
•
Pérdida Total por accidente,
incendio, robo(2)
100%
del capital pendiente
del préstamo
0 euros
de deuda pendiente
para los suyos
•
ompleta
Porque Usted y su familia
merecen seguridad
Fallecimiento(1)
D
C
Desempleo: en caso de despido improcedente o el expediente de regulación de empleo, para todas aquellas personas
que mantengan una Relación Laboral de carácter indefinido
con un empleador y no se encuentren dados de alta como
trabajadores autónomos. Quedan exceptuados los funcionarios dependientes de cualquiera de las Administraciones
Públicas, los trabajadores fijos de carácter discontinuo y
trabajadores empleados por un familiar hasta de segundo
grado de consanguinidad.
total
por accidente, incendio o robo
RIESGOS CUBIERTOS
Siniestro Total por accidente de circulación.
Incendio: que suponga la destrucción total del vehículo.
• Actos Vandálicos: que supongan la destrucción total del
vehículo.
• Riesgos Extraordinarios: inundación, terremoto, tempestad
ciclónica atípica y otros, cubiertos por el Consorcio de
Compensación de Seguros.
•
•
INDEMNIZACIÓN
Ó
• Incapacidad Temporal: para todas aquellas personas que no
pueden estar cubiertas por desempleo. Por ejemplo si es
autónomo, trabajador temporal, funcionario.
•
INDEMNIZACIÓN
P: ¿Cuándo se declara pérdida total del vehículo?
R: Cuando el coste de reparación está por encima del 75%
del valor venal del vehículo.
P: Acabo de sacar el carnet de conducir, ¿me sale más cara
la protección?
R: No, aplicamos una tarifa plana.
P: ¿Puedo contratar esta protección si el vehículo es para
uso profesional o público?
R: Sí, puede hacerse para turismos, furgonetas, camiones,
taxis,... Cualquiera que sea su uso. Además no se aplica
ningún recargo.
P: Si tengo un seguro a todo riesgo creo que no me interesa.
R: El Seguro a Todo Riesgo es un seguro de coche. La
protección de Pérdida Total garantiza la amortización del
Préstamo.
P: Puedo tener contratados el Seguro a Todo Riesgo y
la protección de Pérdida Total y aprovechar bien las
coberturas?
R: Un Seguro a Todo Riesgo proporciona una eficaz
cobertura durante los 2 primeros años, en los que
tradicionalmente le cubre el valor a nuevo. Después, con
la protección de Pérdida Total tendrá siempre cubierto el
capital pendiente de la operación financiera, aunque se
deje el seguro del coche con daños a terceros.
6 cuotas consecutivas ó 18 alternas durante la vigencia de
la protección.
• Máximo por cuota: 1.000e.
•
PREGUNTAS y RESPUESTAS
P: ¿Qué ocurre si cambia mi situación laboral?
R: La cobertura se adapta sin hacer ningún tipo de comunicación. Si por ejemplo al contratar la protección, ud. es
asalariado indefinido, dispone de la cobertura de Desempleo. Pero si decide hacerse Autónomo, dejará de tener
esta cobertura, para disfrutar de la protección en caso de
Incapacidad Temporal.
P: Soy trabajador Temporal, ¿qué protección tengo?
R: Dispone de protección por Incapacidad Temporal, que es la
situación que puede comprometer su capacidad de pago.
Frente al desempleo puede hacer frente buscando trabajo,
frente a una enfermedad o accidente que le impida salir en
busca de un contrato, no puede hacer nada, por lo que la
garantía cobra todo el sentido.
P: ¿En qué caso no tendría cobertura para la Incapacidad
Temporal?
R: Las exclusiones son las mínimas habituales: baja por
maternidad, operaciones de estética y consecuentes de
embriaguez o alcoholismo.
P: ¿Cuánto tiempo tengo que estar en paro o incapacitado
para tener cobertura?
R: A partir de 30 días, por cada mes completo, recibirá
importe equivalente a la cuota mensual.
P: Si me despido voluntariamente ¿tendría derecho a
indemnización?
R: No, sólo en caso de despido improcedente o expediente
de regulación de empleo.
Saldo pendiente de amortizar de la operación financiera,
aunque existan cuadros de amortización irregulares o
cuota final elevada.
PREGUNTAS y RESPUESTAS
SEGURO DE SINIESTRO DIFERIDO (Novedad)
•
Existe la posibilidad de que esta cobertura tome efecto a la
vez que la operación financiera. Pero si ud. va a contratar
cobertura a “todo riesgo” en el seguro del vehículo, puede
diferir la entrada en cobertura por periodo de 1 ó 2 años y
reducir el coste de la protección.
INFORMACIÓN AL CLIENTE ANTES DE LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO
El presente documento se emite para dar cumplimiento al deber de información establecido por la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros y
Reaseguros Privados, de 17 de julio (BOE 18/7/06), al manifestarse interés en contratar un seguro a través de Santander Consumer Mediación
Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.L.,, inscrita en el Registro
de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con nº OV0078, con número de teléfono 911 513 162, C.I.F. B-87320891, domicilio social en Av. de Cantabria s/n, 28660 Boadilla del Monte (Madrid), e
inscrita en el R.M. de Madrid, al T. 33.580 L.0.F, 141, Sec. 8, H.M.-604804
Inscrip. 1ª, en virtud de los correspondientes Contratos: i) de Mediación
con la Aseguradora y ii) de Prestación de Servicios con la Entidad Financiera por cesión de su red de distribución.
La inscripción del Operador en el Registro de Mediadores de Seguros
obrante en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, podrá comprobarse en la propia Dirección General antes citada (Pº de la
Castellana 44, 28046 Madrid, www.dgsfp.meh.es).
En razón de su condición de Operador de Banca-Seguros Vinculado y, a
tenor de la citada Ley 26/2006 de Mediación de Seguros y Reaseguros
Privados, Santander Consumer Mediación Operador de Banca-Seguros
Vinculado S.L., declara:
- Que la información que se va a prestar se facilita únicamente con la
finalidad de contratar un seguro; comprometiéndose a no utilizar los datos que se capturen para la comercialización de otro producto o servicio
ofertado por la Entidad Financiera.
- Que asume el compromiso de informar al cliente de forma comprensible, clara y precisa en relación con el producto de seguro a suscribir,
así como de efectuar la oferta y contratación, en su caso, del seguro
en base a las exigencias, intereses y necesidades expresadas por aquél.
- Que no está contractualmente obligado a i) realizar actividades de mediación en seguros exclusivamente con una o varias entidades aseguradoras ni a ii) facilitar asesoramiento con arreglo a la obligación de llevar
a cabo un análisis objetivo.
- Que satisface el requerimiento de capacidad financiera y cobertura de
responsabilidad civil establecido por la Ley 26/2006, de Mediación de
Seguros y Reaseguros Privados.
- Que, a petición del cliente, está en disposición de facilitar los nombres
de las entidades aseguradoras para las que efectúa su labor de mediación en el seguro ofertado.
- Que Santander Consumer Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado, S.L. es una entidad perteneciente al Grupo Santander, en el que
se integra igualmente la Compañía Santander Seguros y Reaseguros,
Compañía Aseguradora, S.A.
PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos del Tomador/Asegurado se recogen para permitir el desarrollo y
cumplimiento del Contrato de Seguro en el que esta interesado el mismo,
incluyéndose en consecuencia en el correspondiente fichero, cuyo responsable es la Compañía de Seguros con la que se contrata el seguro, siendo
Santander Consumer Mediación Operador de Banca-Seguros Vinculado,
S.L., el encargado del tratamiento de los datos por cuenta de aquella.
La entrega de los datos es voluntaria; si bien la negativa a facilitar los
datos solicitados imposibilita, al ser éstos necesarios, la celebración del
Contrato y su cumplimiento.
✁
P
Corresponden al interesado, en relación con los datos, los derechos de
acceso, oposición, rectificación y cancelación, los cuales podrá ejercitar
por escrito, ante el Responsable del fichero, mediante carta dirigida al
domicilio social de la Compañía Aseguradora con la que se contrata.
El encargado del tratamiento queda sujeto a la obligación de confidencialidad y a tratar los datos con sujeción a las instrucciones de la Aseguradora y sólo con la finalidad para la que se han recibido, así como a las
demás obligaciones que establece el art. 12 de la LOPD, recogidas en el
oportuno contrato celebrado con la Aseguradora.
PROCEDIMIENTO DE QUEJAS Y RECLAMACIONES
El cliente, en caso de queja o reclamación respecto a la actuación del
Mediador, podrá dirigir su reclamación al Servicio de Atención al Cliente
de la Aseguradora, en su domicilio social o, en su caso, al Defensor del
Cliente de la misma. Una vez celebrado el Contrato, podrá dirigir su reclamación al Comisionado para la Defensa del Asegurado y Participe de
Planes de Pensiones, adscrito a la Dirección General de Seguros y Fondos
de Pensiones, siendo imprescindible acreditar haberlas formulado previamente por escrito, bien al servicio de Atención al Cliente de la Aseguradora o, en su caso, al Defensor del Cliente de la misma.
Asimismo, se deberá acreditar que a transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación sin que haya sido resuelta,
denegada su admisión o desestimada su petición.
MANUAL DE SEGUROS ELABORADO POR SANTANDER
CONSUMER MEDIACIÓN OPERADOR DE BANCA-SEGUROS
VINCULADO S.L.

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