PDF - Control Escolar - Secretaría de Educación Pública

Transcripción

PDF - Control Escolar - Secretaría de Educación Pública
NORMAS DE CONTROL ESCOLAR DEL
SISTEMA DE CAPACITACIÓN Y CERTIFICACIÓN PARA ENTRENADORES DEPORTIVOS
MODELO CURRICULAR DE DIEZ NIVELES
EDUCACIÓN BASADA EN COMPETENCIA LABORAL
UNIDAD DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN DE POLÍTICAS EDUCATIVAS
DIRECCIÓN GENERAL DE ACREDITACIÓN, INCORPORACIÓN Y REVALIDACIÓN
COMISIÓN NACIONAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE
DGAIR-A03A-PO-02-07
ENERO DEL 2008
REV-4
ÍNDICE
Página
INTRODUCCIÓN
3
BASE LEGAL
5
I. OBJETIVO DEL DOCUMENTO NORMATIVO
7
II. NORMAS GENERALES
8
III. INSCRIPCIÓN
a) Objetivo
b) Normas
11
12
IV. ACREDITACIÓN
a) Objetivo
b) Normas generales de acreditación
Normas para la acreditación de los niveles 1 al 6
Normas para la acreditación de los niveles 7 al 10
16
17
18
21
V. CERTIFICACIÓN
a) Objetivo
b) Normas
23
24
ANEXOS
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
Solicitud de Inscripción (SC-01).
Concentrado de Inscripción-Evaluación (SC-02A).
Concentrado de Inscripción-Evaluación de Tareas (SC-02B).
Solicitud de Examen (SC-03).
Diploma (SC-04).
Carnet de Identidad (SC-05).
Relación de Diplomas Expedidos (SC-06).
Libro de Control de Diplomas (SC-07).
2
26
27
28
29
30
31
33
34
35
INTRODUCCIÓN
Las normas de control escolar establecidas en el presente documento fueron elaboradas por
la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR), en
coordinación con la Dirección de la Escuela Nacional de Entrenadores Deportivos (DENED)
de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), para regular y normar los
procedimientos del modelo curricular de diez niveles del Sistema de Capacitación y
Certificación para Entrenadores Deportivos (SICCED).
El contenido de este documento está integrado por la base legal, los objetivos, las normas,
así como los formatos correspondientes a los procesos de inscripción, acreditación y
certificación aplicables al SICCED de diez niveles.
El SICCED representa una alternativa flexible que da cobertura a los entrenadores
deportivos que de forma autodidacta, por su experiencia laboral o por estudios sin
reconocimiento oficial han adquirido los conocimientos y habilidades necesarios para
acreditar una competencia laboral en este ámbito. La estructura curricular consta de tres
áreas: teórico, técnico-práctica y técnico-investigativa.
El área teórica es un tronco común para todas las disciplinas deportivas, comprende los
niveles 1, 2 y 5, ofrece una serie de conocimientos que apoyan la planificación del
entrenamiento, tales como el análisis de las habilidades, crecimiento y desarrollo,
preparación física y psicológica y seguridad en el deporte, entendiendo al entrenamiento
como un proceso sistemático.
El área técnico-práctica comprende los
fundamentos técnicos y tácticos de su
enseñanza y ejecución; el desarrollo de
implementos necesarios para la práctica
federaciones deportivas nacionales.
niveles 3, 4 y 6, proporciona al entrenador
deporte, considerando la metodología para
las capacidades físicas, la reglamentación y
deportiva, se desarrolla en coordinación con
los
su
los
las
El área técnico-investigativa comprende los niveles 7 al 10; está integrada por dos subáreas:
la Metodológica y la de Ciencias Aplicadas. Dichas subáreas se dividen a su vez en tareas
que caracterizan la orientación investigativa de cada uno de los niveles, lo que permite
también abordar en continuidad los conocimientos y habilidades que el entrenador acreditó
en los niveles precedentes.
El cumplimiento adecuado de las normas aquí señaladas, permite el seguimiento escolar de
los alumnos del SICCED. De ahí que resulte importante la colaboración de los coordinadores
de las unidades de capacitación1, para la correcta aplicación de estos lineamientos, con el fin
de lograr la homogeneidad en todo el país.
1
Para efecto del presente documento se denomina, indistintamente, Unidad de Capacitación a las unidades
responsables de los procesos de capacitación, a los Institutos y Consejos Estatales de la Juventud y el
Deporte, al Instituto del Deporte del Distrito Federal y demás instancias incorporadas.
3
Este documento es de consulta permanente y forma parte de las normas oficiales de la
Secretaría de Educación Pública, por lo que deberá permanecer en el Área Responsable del
Control Escolar para orientación del personal que así lo requiera.
Para cualquier sugerencia, aportación o comentario que surja a partir de la aplicación de
estas normas, comunicarse a:
Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación.
Arcos de Belén núm. 79, 5º piso, Col. Centro, Deleg. Cuauhtémoc, México, D. F.,
C. P. 06010. Tels. 30 03 10 00 y 30 03 10 97, ext. 25054.
Dirección de correo electrónico: [email protected]
Dirección de la Escuela Nacional de Entrenadores Deportivos.
Puerta 10, acceso “J”, Ciudad Deportiva, Magdalena Mixhuca, Añil, esquina Río
Churubusco, Deleg. Iztacalco, México, D.F., C. P. 08400.
Tel. 59 27 52 00 ext. 2303.
Dirección de correo electrónico: [email protected]
4
BASE LEGAL
-
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo Tercero. Reforma
publicada en el Diario Oficial de la Federación del 12 de noviembre de 2002.
-
Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Diario Oficial de la Federación del 4 de
agosto de 1994. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 30 de
mayo de 2000.
-
Ley General de Cultura Física y Deporte, Diario Oficial de la Federación del 24 de febrero
de 2003.
-
Ley General de las Personas con Discapacidad, Diario Oficial de la Federación del 10 de
junio de 2005.
-
Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, Diario Oficial de la Federación
del 8 de febrero de 1984. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación
del 3 de febrero de 2006.
-
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Diario Oficial de la Federación del 29
de diciembre de 1976. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del
4 de mayo de 2006.
-
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, Diario
Oficial de la Federación del 11 de junio de 2002. Última reforma publicada en el Diario
Oficial de la Federación del 6 de junio de 2006.
-
Ley General de Educación, Diario Oficial de la Federación del 13 de julio de 1993. Última
reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 20 de junio de 2006.
-
Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, Diario
Oficial de la Federación del 13 de marzo de 2002. Última reforma publicada en el Diario
Oficial de la Federación del 21 de agosto de 2006.
-
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Diario Oficial de la
Federación del 1 de Febrero de 2007.
5
-
Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte, Diario Oficial de la
Federación del 16 de abril de 2004.
-
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de la
Federación del 21 de enero de 2005.
-
Decreto por el que se establece el Sistema Nacional de Cartillas Nacionales de Salud,
Diario Oficial de la Federación del 24 de diciembre de 2002.
-
Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Educación 2001-2006, Diario
Oficial de la Federación del 15 de enero de 2003.
-
Decreto por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación,
Diario Oficial de la Federación del 11 de junio de 2003.
-
Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2007,
Diario Oficial de la Federación del 28 de diciembre de 2006.
-
Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, Diario Oficial
de la Federación del 31 de mayo de 2007.
-
Acuerdo Intersecretarial SEP-STPS, mediante el cual se establecen lineamientos
generales para la definición de normas técnicas de competencia laboral que comprendan
conocimientos, habilidades o destrezas susceptibles de certificación, Diario Oficial de la
Federación del 2 de agosto de 1995.
-
Acuerdo para la adopción y uso por la Administración Pública Federal de la Clave Única
de Registro de Población, Diario Oficial de la Federación del 23 de octubre de 1996.
-
Acuerdo número 351 por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas
de la Secretaría de Educación Pública que se mencionan, Diario Oficial de la Federación
del 4 de febrero de 2005.
-
Manual General de Organización de la Secretaría de Educación Pública, Diario Oficial de
la Federación del 16 de diciembre de 1994.
-
Manual de Identidad Institucional del Gobierno Federal 2006-2012, Presidencia de la
República, enero 2007.
6
I. OBJETIVO DEL DOCUMENTO NORMATIVO
Establecer y difundir las normas para los procesos de inscripción, acreditación y certificación
que deben aplicarse en el Sistema de Capacitación y Certificación para Entrenadores
Deportivos (SICCED) con estructura curricular de diez niveles.
7
II. NORMAS GENERALES
1. Las normas establecidas en este documento son de observancia obligatoria para las
personas involucradas en el proceso de control escolar del SICCED con estructura
curricular de diez niveles.
2. La determinación de las normas queda a cargo de la Secretaría de Educación Pública por
conducto de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación (DGAIR),
en coordinación con la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE) por
conducto de la Dirección de la Escuela Nacional de Entrenadores Deportivos (DENED).
Su aplicación y operación es responsabilidad de la Unidad de Capacitación (UC).
3. Es facultad de la DGAIR, en coordinación con la DENED:
a) Establecer y difundir las normas para la operación del proceso de control escolar.
b) Diseñar los formatos de certificación.
c) Supervisar el cumplimiento de las normas y la operación de los procedimientos, así
como proporcionar la asesoría necesaria.
d) Evaluar periódicamente la operación del SICCED e interpretar
conjuntamente los casos no previstos en el presente documento.
y
resolver
4. La DGAIR debe:
a) Proporcionar a la DENED, los formatos de diplomas con base en las estadísticas de
inscripción que ésta le proporcione.
b) Realizar el análisis y evaluación sobre el uso y destino de los diplomas entregados a la
DENED.
5. La DENED debe:
a) Autorizar a la UC para prestar el servicio siempre y cuando cuente con el personal,
instalaciones, equipo y recursos materiales adecuados y suficientes.
b) Realizar, al menos una vez al año, una supervisión a cada UC para verificar todo lo
relacionado a los expedientes de los alumnos, los formatos de control escolar, los
procedimientos de operación y el destino de los documentos de certificación.
c) Ratificar, suspender o cancelar, según sea el caso, la autorización para el
funcionamiento de la UC, con base en el resultado de la supervisión, señalada en el
inciso anterior.
8
d) Establecer en coordinación con la UC los periodos de inscripción, desarrollo de los
cursos, aplicación de exámenes y distribución de los cuadernillos de tareas.
e) Acreditar a los conductores del SICCED, responsables de llevar a cabo el proceso de
enseñanza aprendizaje de los cursos y de la aplicación de los instrumentos de
evaluación.
f) Diseñar, reproducir y distribuir a la UC los formatos que se utilizan en los
procedimientos de control escolar:







Solicitud de Inscripción (SC-01).
Concentrado de Inscripción-Evaluación (SC-02A).
Concentrado de Inscripción-Evaluación de Tareas (SC-02B).
Solicitud de Examen (SC-03).
Carnet de Identidad (SC-05).
Relación de Diplomas Expedidos (SC-06).
Libro de Control de Diplomas (SC-07).
6. La UC debe:
a) Aplicar las normas para la operación del control escolar.
b) Proporcionar a los interesados la información que requieran del SICCED.
c) Organizar el desarrollo de los cursos y asesorías, supervisar el desempeño de los
conductores, vigilar el proceso de acreditación y la aplicación de los instrumentos de
evaluación.
d) Integrar y actualizar el archivo de control escolar.
e) Proporcionar información estadística acerca de la inscripción, acreditación y
certificación cuando sea solicitada por la DGAIR y la CONADE.
f) Auxiliarse de subsedes de operación para aumentar la cobertura de atención. No
obstante, la responsabilidad de la correcta aplicación de las normas sigue siendo de la
UC.
g) Distribuir el monto de la cuota de inscripción de la manera siguiente: para los niveles 1,
2 y 5: 50 % para el Conductor y 50 % para la UC; para los niveles 3, 4 y 6: 40 % para el
Conductor, 25 % para la federación deportiva respectiva y 35 % para la UC: para los
niveles 7, 8, 9 y 10: 50 % para el asesor, 10% para cada uno de los dos sinodales y
30% para la UC.
7. La DENED y la UC deberán tomar las medidas pedagógicas pertinentes que permitan el
ejercicio pleno del derecho a la educación, así como la efectiva igualdad en oportunidades
de acceso y permanencia en los servicios educativos, de manera particular para aquéllos
que por motivos de salud requieran ausentarse temporalmente de clases.
9
8. Las Normas de Control Escolar del Sistema de Capacitación y Certificación para
Entrenadores Deportivos Modelo Curricular de Diez Niveles, Educación Basada en
Competencia Laboral entrará en vigor a partir de enero del 2008 para regular los
procesos de inscripción, acreditación y certificación que debe aplicar la UC que ofrezca
este servicio y queda sin efecto legal alguno el documento de Normas de Control Escolar
del Sistema de Capacitación y Certificación para Entrenadores Deportivos de Educación
Basada en Competencia Laboral con modelo curricular de diez niveles de noviembre del
2006.
10
III. INSCRIPCIÓN
a) Objetivo
Regular el ingreso y registro de los aspirantes al Sistema de Capacitación y Certificación
para Entrenadores Deportivos, modelo curricular de diez niveles, con el propósito de
iniciar su historial académico.
11
b) Normas
1. El periodo de inscripción se realiza de acuerdo con el calendario nacional de operación
difundido por la DENED.
2. La UC debe publicar una convocatoria basada en el calendario nacional de operación, en
la que se expresen las fechas para la solicitud de exámenes, el desarrollo de los cursos
y la aplicación de exámenes, así como los requisitos que deben cubrir los estudiantes en
cada nivel convocado.
3. Son sujetos de inscripción aquellas personas mayores de 16 años que presenten los
siguientes requisitos:
a) Solicitud de Inscripción al Sistema de Capacitación y Certificación para Entrenadores
Deportivos, debidamente llenada, en original y copia fotostática.
b) Copia certificada del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente y una copia
fotostática.
c) Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP).2
d) Una fotografía reciente, tamaño infantil, de frente, en blanco y negro o en color, con
ropa clara y en terminado mate.
e) Una fotografía reciente tamaño credencial, en forma de óvalo, de frente, blanco y
negro, con ropa clara y en terminado mate.
f) Cartilla Nacional de Salud, en caso de contar con ella.3
g) Para el caso de alumnos extranjeros, documentación en original y copia que acredite
la calidad migratoria con la que se encuentran en el territorio nacional, de conformidad
con la legislación aplicable.
h) Pago por concepto de inscripción al nivel correspondiente.
2
Cuando el alumno no cuente con la Constancia de la Clave Única de Registro de Población, (CURP), ésta será
tramitada de manera gratuita por la UC una vez autorizada su inscripción y generada la matrícula respectiva.
En el caso de extravío o error en los datos del alumno en la Constancia de la CURP, el Coordinador de la UC o
el personal designado por él, deberá proporcionar la orientación necesaria al alumno para la reposición de la
misma. La presentación de la CURP no es requisito indispensable para autorizar la inscripción.
3
Si el alumno no cuenta con la Cartilla Nacional de Salud, el Coordinador de la UC o el personal designado por
él, deberá orientarlo para que acuda a tramitarla gratuitamente a la unidad del Sistema Nacional de Salud que
le corresponda y solicitar se registre o actualice la información de su cartilla. La presentación de la cartilla no es
requisito indispensable para autorizar la inscripción.
12
4. Para la inscripción a un nivel, es obligatorio haber acreditado el nivel inmediato anterior.
5. Para la inscripción a niveles subsecuentes, el interesado debe presentar los siguientes
requisitos:
a) Si la inscripción es en la UC donde acreditó el primer nivel del modelo curricular de
diez niveles: Solicitud de Examen, una fotografía tamaño credencial, óvalo, en blanco
y negro, con ropa clara, en terminado mate y comprobante del pago correspondiente.
b) Si la inscripción es en una UC diferente a donde acreditó el primer nivel del modelo
curricular de diez niveles deberá presentar, además el Diploma del nivel anterior, el
Carnet de Identidad del SICCED o copia fotostática del formato Concentrado de
Inscripción-Evaluación (SC-02A), debidamente avalado, donde aparece con
calificación aprobatoria.
6. La UC devolverá los documentos originales a los interesados inscritos una vez terminado
el proceso de validación y conservará en su archivo las copias fotostáticas cotejadas. Por
ningún motivo podrá retener los documentos originales.
7. La DENED se reserva el derecho de solicitar la documentación original del alumno en el
momento que lo requiera.
8. La UC elabora el Concentrado de Inscripción-Evaluación y con base en él, instrumenta la
operación de los cursos y/o seminarios, así como la aplicación de exámenes y entrega de
trabajos.
9. Una vez inscrito el alumno, no puede cambiar de disciplina deportiva.
10. El alumno puede inscribirse, como máximo, en 3 disciplinas deportivas, cada una en
diferente periodo de operación.
11. Para inscribirse en el nivel 7 del área técnico-investigativa el alumno debe presentar un
anteproyecto de investigación de la subárea metodológica, con el visto bueno de un
Conductor acreditado en ese nivel y por el Coordinador de la UC.
12. Para inscribirse en el nivel 8 del área técnico-investigativa, el alumno debe presentar un
esquema del informe de resultados del anteproyecto de investigación aprobado en el nivel
anterior, con el visto bueno de un Conductor acreditado en ese nivel y por el Coordinador
de la UC.
13
13. Para inscribirse en el nivel 9 del área técnico investigativa, el alumno debe presentar un
anteproyecto de investigación de la subárea de ciencias aplicadas, con el visto bueno de
un Conductor acreditado en ese nivel y por el Coordinador de la UC.
14. Para inscribirse en el nivel 10 del área técnico investigativa, el alumno debe presentar un
esquema del informe de resultados del proyecto de investigación aprobado en el nivel
anterior, con el visto bueno de un Conductor acreditado en ese nivel y por el Coordinador
de la UC.
15. Una vez inscrito el entrenador en los niveles 7 al 10 tendrá un año para acreditar cada uno
de éstos. En caso de rebasar dicho periodo deberá inscribirse nuevamente en el mismo
nivel.
16. La UC debe entregar al alumno el material didáctico respectivo (manual del entrenador) y
el calendario de cursos, asesorías y exámenes, una vez que haya cubierto los requisitos
de inscripción de un nivel.
17. Los licenciados en entrenamiento deportivo, educación física o ciencia similar, podrán
inscribirse directamente en el nivel tres, para ello es necesario presentar original y copia
simple del Certificado de Terminación de Estudios o del Título Profesional.
18. Los alumnos que renuncien al modelo curricular de cinco niveles, pueden incorporarse a
este modelo con base en los siguientes criterios:
a)
Si el alumno acreditó el nivel 1 de la estructura de cinco niveles, debe inscribirse al
nivel 2 de la estructura de diez niveles.
b)
Si el alumno acreditó hasta el nivel 2 de la estructura de cinco niveles, debe
inscribirse al nivel 5 de la estructura de diez niveles.
c)
Si el alumno acreditó el nivel 3 de la estructura de cinco niveles, debe inscribirse al
nivel 7 de la estructura de diez niveles.
d)
Si el alumno acreditó hasta el nivel 4 de la estructura de cinco niveles, debe
inscribirse al nivel 9 de la estructura de diez niveles.
19. Los alumnos provenientes del modelo curricular de cinco niveles que se inscriban en el
modelo curricular de diez niveles, no podrán incorporarse nuevamente al modelo de cinco
niveles.
20. Ninguna UC podrá permitir la permanencia en las aulas a personas, en calidad de
alumnos oyentes, que no estén inscritas en el nivel correspondiente.
14
21. La UC debe resguardar la totalidad de los documentos que conforman el expediente del
alumno por un periodo mínimo de tres años, a partir de la fecha de expedición de su
primer diploma del SICCED recibido. Una vez transcurrido dicho periodo podrán destruirse
los siguientes documentos, siempre y cuando se tengan en archivo digitalizado:
a) Solicitud de Inscripción al SICCED.
b) Copia fotostática del Acta de Nacimiento o Documento Legal Equivalente.
c) Copia fotostática de la Constancia de la Clave Única de Registro de Población
(CURP).
d) En caso de extranjeros, copia fotostática del documento oficial de estancia legal en el
país, expedido por la Secretaría de Gobernación.
e) Recibos de pago por concepto de inscripción.
f)
Copia simple del Certificado de Terminación de Estudios o del Título Profesional en
educación física, entrenamiento deportivo o ciencia similar, en el caso de haberse
inscrito directamente en el nivel 3.
g) Hoja de respuesta de los exámenes presentados.
h) Copia fotostática de la Cartilla Nacional de Salud.
i)
Fichas de depósitos bancarios a las federaciones deportivas.
j)
Copia simple de los carnets tramitados.
k) Copia simple de los diplomas tramitados.
15
IV. ACREDITACIÓN
a) Objetivo
Establecer los requisitos para el reconocimiento oficial de la acreditación de un nivel, así
como normar la organización y aplicación de exámenes y controlar el registro de
calificaciones del alumno para actualizar su historial académico.
16
b) Normas
Normas generales de acreditación
1. El SICCED, modelo curricular de diez niveles, se compone de tres áreas: la teórica, que
comprende los niveles 1, 2 y 5; la técnico-práctica, que comprende los niveles 3, 4 y 6; y
la técnico-investigativa, que comprende los niveles 7 al 10.
a) En los niveles 1, 2 y 5 la acreditación se efectúa mediante la presentación y
aprobación de un examen escrito y la exposición de un tema del área teórica.
b) Para los niveles 3, 4 y 6, además de la evaluación escrita, se realiza una evaluación
práctica del desempeño del entrenador con sus deportistas.
c) En los niveles 7 al 10, la acreditación se efectúa mediante la presentación escrita de
un proyecto de investigación, el informe de resultados y la aprobación de la defensa
oral de dicha investigación.
2. La UC es responsable de proporcionar en un plazo de seis meses la información
generada durante el proceso de acreditación a la DENED.
3. En las áreas teórica y técnico-investigativa, la DENED es la responsable de diseñar los
instrumentos y establecer los criterios de evaluación.
4. En el área técnico-práctica la DENED, en coordinación con la Federación Deportiva
respectiva son responsables de diseñar los instrumentos y establecer los criterios de
evaluación.
5. Las fechas para la entrega del proyecto de investigación, el informe de resultados y la
defensa oral para los niveles 7 al 10 se establecen de manera conjunta con la UC y la
DENED.
6. La UC es responsable de archivar las hojas de respuesta de los exámenes de los niveles
1 al 6 en el expediente, para cualquier aclaración.
7. El alumno que cambie de residencia puede solicitar examen en cualquier entidad
federativa, siempre y cuando compruebe su acreditación en el nivel anterior.
8. El número de oportunidades para que el alumno acredite un nivel es ilimitado.
17
9. Es responsabilidad de la DENED, capacitar al Coordinador de la UC y al Conductor en la
supervisión de los procesos de evaluación de alumnos, organización de seminarios,
desarrollo de tareas de investigación y presentación de trabajos.
Normas para la acreditación de los niveles 1 al 6
10. El proceso de acreditación en los niveles 1 al 6, es responsabilidad del Conductor, con el
apoyo de la UC.
11. El alumno tiene derecho a solicitar examen, cuando cumpla con los siguientes requisitos:
a) Esté debidamente inscrito.
b) Presente una identificación oficial vigente con fotografía.
c) Solicite su evaluación en los periodos establecidos en el calendario nacional de
operación emitido por la DENED.
d) Presente el recibo de pago por concepto de inscripción.
e) En caso de no cumplir con los requisitos se cancela el proceso.
12. La UC informa mediante oficio a la DENED, la fecha de la aplicación de exámenes
especificando el nivel, número de alumnos, sedes de aplicación y el nombre del
Conductor.
13. La entrega de solicitudes de exámenes a partir del nivel 2, se realiza en las fechas
establecidas conjuntamente entre la DENED y la UC con base en el calendario nacional
de operación.
14. El pago por concepto de inscripción al nivel da derecho al alumno de recibir el material
de estudio, participar en el curso o asesorías correspondientes y presentar el examen.
15. La UC proporciona a los conductores los materiales requeridos para la aplicación de los
exámenes correspondientes.
16. Las sedes para la aplicación de exámenes son elegidas por la UC, quien tiene la
responsabilidad de verificar que estén en condiciones óptimas.
18
17. La cantidad de alumnos que se pueden atender en una sede para la aplicación de
exámenes, se determina en función del número de conductores acreditados, la
capacidad de las instalaciones seleccionadas y por el tipo de disciplina deportiva que se
trate; siendo el máximo de 30 alumnos por grupo.
18. Para tener derecho a presentar examen, el alumno debe cumplir con los siguientes
requisitos:
a) Estar registrado
correspondiente.
en
el
Concentrado
de
Inscripción-Evaluación
del
nivel
b) Presentar una identificación oficial vigente con fotografía o el Carnet de Identidad del
SICCED.
c) Presentarse en la sede de aplicación 10 minutos antes de la hora establecida para el
examen.
d) Presentarse con los materiales y vestuario requeridos para tal efecto.
19. El alumno que no se presente al examen en la fecha, hora, grupo y lugar indicado pierde
todos los derechos sobre el mismo.
20. La UC debe verificar que el personal involucrado en la aplicación de exámenes se
apegue a las normas establecidas en el presente documento.
21. En la aplicación de exámenes deben estar presentes los alumnos, el Conductor y el
Coordinador de la UC.
22. Los exámenes son individuales, por lo que no se permite a los alumnos comunicarse
entre sí o consultar materiales de apoyo como libros, cuadernos, etc.; salvo previa
autorización del Conductor.
23. El tiempo máximo para contestar el examen teórico es de 90 minutos; para el examen
práctico, el tiempo depende del número de alumnos inscritos, así como de la disciplina
deportiva.
24. No se permite el maltrato, mutilación o retención del material utilizado en la aplicación de
exámenes, así como su reproducción parcial o total.
19
25. El Conductor debe entregar a la UC la totalidad de los exámenes recibidos, al concluir la
evaluación y verificar que estén completos y en buen estado, de lo contrario, se procede
a levantar un Acta de Irregularidades.
26. El Conductor, en presencia del Coordinador de la UC, califica los exámenes y determina
si los alumnos acreditan o no, de acuerdo a la puntuación obtenida, considerando el
siguiente criterio:
Acreditado
(A)
A los alumnos que obtuvieron el 70% o
más de calificación.
No acreditado
(NA)
A los alumnos que obtuvieron menos
del 70% de calificación.
No presentó
(NP)
A los alumnos ausentes
aplicación del examen.
en
la
27. Al término del proceso de calificación de exámenes, el Conductor y el Coordinador de la
UC deben firmar en cada uno de ellos como responsables de su aplicación.
28. El Conductor debe asentar el resultado de los exámenes en el Concentrado de
Inscripción-Evaluación, cancelar los espacios en blanco y signar el documento con firma
autógrafa, junto con el Coordinador de la UC.
29. La UC debe dar a conocer el resultado obtenido por los alumnos al día siguiente de la
aplicación de los exámenes mediante la publicación del Concentrado de InscripciónEvaluación.
30. El Conductor conjuntamente con la UC, deben proceder a la cancelación del examen del
alumno cuando:
a) Altere la disciplina del grupo o de la sede durante la aplicación del examen.
b) Se comunique con otros alumnos durante la aplicación del examen, sin previa
autorización del Conductor.
c) Transcriba el contenido del cuadernillo de preguntas.
d) Utilice material auxiliar no autorizado para la resolución del examen.
e) Sea sorprendido copiando.
f) Esté suplantando a otro alumno.
20
31. La UC y el Conductor levantarán un Acta de Irregularidades en caso de que durante el
desarrollo de la aplicación o calificación de los exámenes se presente alguna anomalía.
32. En caso de que se incurra en una segunda irregularidad que amerite un Acta, se procede
a la cancelación de la evaluación en la sede.
33. La UC debe proporcionar el servicio de aclaración de resultados al alumno que lo solicite
y, en su caso, solicitar a la DENED mediante oficio la corrección de la calificación, en un
plazo no mayor de 30 días naturales.
Normas para la acreditación de los niveles 7 al 10
34. El área técnico-investigativa se compone de dos subáreas:
a) Subárea Metodológica. Esta subárea comprende los niveles 7 y 8. Es aquélla donde
se ubican las tareas de investigación inherentes a la teoría y metodología del
entrenamiento deportivo, tales como preparación física, planificación, principios del
entrenamiento deportivo, etcétera.
b) Subárea de Ciencias Aplicadas. Esta subárea comprende los niveles 9 y 10. Se
ubican las tareas de investigación inherentes a las ciencias aplicadas al
entrenamiento deportivo, en ejes temáticos tales como nutrición, psicología, medicina,
etcétera.
De estas subáreas se desprenden una serie de ejes de investigación que llevan al
alumno a un trabajo final. La elaboración de este trabajo final es apoyado con la
realización de un seminario.
35. El proceso de acreditación de los niveles 7 al 10 es responsabilidad del grupo de
sinodales y del Coordinador de la UC.
36. La acreditación se lleva a cabo mediante la presentación escrita del trabajo de
investigación y su defensa oral.
37. Las sedes para la impartición de los seminarios de los niveles 7 al 10 son determinadas
por la UC en función de los entrenadores inscritos en cada nivel.
38. La cantidad de alumnos que se atienden en una sede para la impartición de los
seminarios, está determinada por el número de sinodales acreditados por cada sede,
siendo el mínimo de 5 y el máximo de 30 alumnos por seminario.
21
39. El tiempo de la presentación oral de la defensa del trabajo de investigación es
establecido por los sinodales en función de la extensión del mismo.
40.
Los sinodales deben asentar el resultado de la defensa oral del trabajo de investigación
en el Concentrado de Inscripción-Evaluación de Tareas, cancelar los espacios en blanco
y signar el documento con firma autógrafa conjuntamente con la UC.
41. El proyecto de investigación y el informe de resultados de la investigación, deben cumplir
con los puntos señalados en el Protocolo para Trabajos de Investigación establecido por
la DENED.
42. El proyecto de investigación, el informe de resultados y la defensa oral es individual. No
se permiten trabajos colectivos.
43. Los alumnos provenientes del modelo curricular de cinco niveles inscritos a este modelo
se aplicarán, para fines de acreditación, los siguientes criterios:
a) El alumno que haya acreditado el nivel 1 de la estructura de cinco niveles, debe
aprobar sólo el examen del nivel 2 de la estructura de diez niveles, para la
acreditación de los niveles 1, 2 y 3.
b) Si el alumno acreditó hasta el nivel 2 de la estructura de cinco niveles,
automáticamente tiene acreditados los niveles del 1 al 4 de la estructura de diez
niveles.
c) Si el alumno acreditó hasta el nivel 3 de la estructura de cinco niveles,
automáticamente tiene acreditados los niveles del 1 al 6 de la estructura de diez
niveles.
22
V. CERTIFICACIÓN
a) Objetivo
Establecer las normas a las cuales debe sujetarse la expedición de los documentos de
certificación que avalen los conocimientos, las habilidades y las destrezas demostrados
por los alumnos, con base en el modelo curricular de diez niveles y/o en la Norma
Técnica de Competencia Laboral correspondiente.
23
b) Normas
1. Se expide Diploma a los alumnos que acrediten un nivel del SICCED.
2. La vigencia del diploma del SICCED es de cinco años a partir de la fecha de expedición
que aparece en el mismo.
3. Para realizar el proceso de certificación, es responsabilidad de la UC entregar en tiempo
y forma a la DENED, la siguiente documentación:
a) El formato SC-02 debidamente llenado. Los nombres de los entrenadores deben
estar en orden alfabético, iniciando con el primer apellido, segundo apellido, y
nombre (s), separando con una coma los apellidos de los nombres. En altas y bajas
(mayúsculas y minúsculas), tal como aparece en su Acta de Nacimiento o
Documento Legal Equivalente presentado.
b) La totalidad de las fotografías de los alumnos acreditados. Las cuales deben estar
completas, ser recientes, de frente, en blanco y negro, con ropa clara, terminado
mate, tamaño credencial en forma de óvalo y anotar en el reverso el nombre
completo del entrenador, el nivel a certificar y la entidad.
c)
Los Carnets correspondientes debidamente llenados, con los datos del entrenador, y
la fotografía pegada (tamaño infantil, de frente, en blanco y negro o en color con ropa
clara y en terminado mate).
d) Copia fotostática del Certificado de Terminación de Estudios o del Título Profesional
para alumnos que se inscribieron directamente en el nivel tres.
e) Copia fotostática de la ficha de depósito bancario a la federación deportiva
respectiva, para los niveles 3, 4 y 6.
4. Es responsabilidad de la DENED elaborar los diplomas, la Relación de Diplomas
Expedidos y el Libro de Control de Diplomas.
5. La DENED es la responsable de remitir a la UC los diplomas, la Relación de Diplomas
Expedidos y el Acta Administrativa que avale la entrega de diplomas.
6. La UC es la responsable de entregar los diplomas a los egresados y recabar la firma de
recibido de cada uno de ellos en la Relación de Diplomas Expedidos.
7. La UC debe remitir a la DENED en un plazo no mayor de 6 meses posteriores a su
recepción, los diplomas no solicitados por los egresados, así como el original del formato
Relación de Diplomas Expedidos con las firmas recabadas y debidamente validado por
la UC.
24
8. La DENED es la responsable de cancelar, sin destruir, los diplomas que contengan
errores en su llenado, defectos de impresión o que no hayan sido solicitados por los
egresados en el tiempo establecido, resguardándolos para fines de análisis y evaluación
sobre su uso y destino.
9. En caso de extravío o cancelación del Diploma, el egresado puede solicitar por una sola
ocasión, la expedición de un duplicado a la UC, cuando el Diploma presente algún error
en el llenado, se debe solicitar una reposición a la UC, anexando dicho Diploma.
10. Es responsabilidad de la UC enviar oportunamente a la DENED, la información
correspondiente a la entrega de los diplomas expedidos, así como los cancelados y el
Acta Administrativa llenada.
11. La fecha de expedición del Diploma debe ser la más próxima al periodo de certificación
establecido por la DENED.
12. El Diploma sólo tiene validez si lleva cancelada la fotografía con el sello oficial
“SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL” y está validado por la CONADE mediante la firma
del Director de la Escuela Nacional de Entrenadores Deportivos y ostenta el sello oficial
de la DENED.
13. La UC asume toda la responsabilidad de la correcta expedición de los diplomas y su
entrega oportuna al egresado, por lo que en caso de existir irregularidades, se aplicará lo
dispuesto en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores
Públicos.
14.
A los alumnos provenientes del modelo curricular de cinco niveles inscritos a este
modelo se aplicarán, para fines de certificación, los siguientes criterios:
a) El alumno que haya acreditado el nivel 1 de la estructura de cinco niveles, y apruebe
el nivel 2 del modelo de diez niveles, se le certifican automáticamente los niveles 1 y 3
de la estructura de diez niveles.
b) El alumno que haya acreditado hasta el nivel 2 de la estructura de cinco niveles, se le
certifica automáticamente los niveles 1 al 4 de la estructura de diez niveles.
c) El alumno que haya acreditado hasta el nivel 3 de la estructura de cinco niveles, se le
certifica automáticamente los niveles 1 al 6 de la estructura de diez niveles.
d) El alumno que haya acreditado hasta el nivel 4 de la estructura de cinco niveles, se le
certifica automáticamente los niveles 1 al 8 de la estructura de diez niveles.
25
ANEXOS
26
ANEXO 1
SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
SISTEMA DE CAPACITACIÓN Y CERTIFICACIÓN PARA ENTRENADORES DEPORTIVOS
MODELO CURRICULAR DE DIEZ NIVELES
SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
(SC-01)
DATOS DE LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN
CLAVE DE REGISTRO: ___________________________________ FECHA: ______________________________________
ENTIDAD FEDERATIVA: _____________________ SEDE: __________________ SUBSEDE: _______________________
TIPO DE SOLICITUD
NUEVO INGRESO: ________ CAMBIO DE MODELO CURRICULAR: ______________ NUEVO DEPORTE: ____________
NIVELES ACREDITADOS DEL MODELO CURRICULAR DE CINCO NIVELES
NIVEL 1 _________ NIVEL 2 _________ NIVEL 3 _________ NIVEL 4 _________
DEPORTE____________________________________
DATOS DEL ASPIRANTE
NOMBRE:____________________________________________________________________________
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
SEXO: _________
NOMBRE(S)
CURP: ________________________________________________ FECHA DE NACIMIENTO: ______________________
GRADO MÁXIMO DE ESTUDIOS: SIN ESTUDIOS
BACHILLERATO
LICENCIATURA
_______
_______
_______
PRIMARIA
TÉCNICO
POSGRADO
_______
_______
_______
SECUNDARIA _______
DOMICILIO:_____________________________________________________________________________________________
CALLE
NÚMERO
COLONIA/POBLACIÓN
MUNICIPIO/DELEGACIÓN
C.P.
TELÉFONO
ENTIDAD FEDERATIVA
CORREO ELECTRÓNICO
COMO ENTRENADOR
DISCIPLINA DEPORTIVA: _________________________________________________________________________________
AÑOS DE EXPERIENCIA COMO DEPORTISTA: _________ AÑOS DE EXPERIENCIA COMO ENTRENADOR: ___________
CENTRO DE TRABAJO
SECTOR:
PÚBLICO
_______
PRIVADO
_______
SOCIAL
_______
ESTUDIOS REALIZADOS PARA EL DESEMPEÑO DE SU ACTIVIDAD:
____ CURSO(S)
____ TÉCNICO
____ LICENCIATURA
____ MAESTRÍA
____ DOCTORADO
____ SIN ESTUDIOS
____ DIPLOMADO
NOTA: SIEMPRE QUE SOLICITE OTRA DISCIPLINA DEPORTIVA, DEBE VOLVER A
LLENAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN.
__________________________________
FIRMA
PARA USO EXCLUSIVO DE LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN
(AUTORIZACIÓN)
________________________________________________________
COORDINADOR DE LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN
SELLO
“Los datos personales recabados serán protegidos, incorporados y tratados en el Sistema de Datos Personales Sistema de
Capacitación y Certificación para Entrenadores Deportivos, con fundamento en los artículos 88 y 90 de la Ley General de
Cultura Física y Deporte; 51 y 52 de su Reglamento, así como los artículos 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental; 38 de su Reglamento; los artículos decimoséptimo, decimoctavo y segundo
transitorio de los lineamientos de protección de datos personales, y cuya finalidad es: Controlar los programas docentes de la
Escuela Nacional de Entrenadores Deportivos, el cual fue registrado en el Listado de sistemas de datos personales ante el Instituto
Federal de Acceso a la Información (www.ifai.org.mx), y podrán ser transmitidos a la Dirección General de Acreditación,
Incorporación y Revalidación de la Secretaría de Educación Pública, con la finalidad de revisión y análisis y evaluación de las
normas de control escolar, además de otras transmisiones previstas en la Ley. La Unidad Administrativa responsable del Sistema de
datos personales es la Subdirección General del Deporte de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, y la dirección
donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso y corrección ante la misma es la Unidad de Enlace – Modulo de
Transparencia, ubicado en Camino a Santa Teresa No. 482, Colonia Peña Pobre, Delegación Tlalpan, C.P. 14060, México
Distrito Federal, Dirección Electrónica www.conade.gob.mx. Lo anterior se informa en cumplimiento del decimoséptimo de los
Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de septiembre de 2005”.
27
SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
SISTEMA DE CAPACITACIÓN Y CERTIFICACIÓN PARA ENTRENADORES DEPORTIVOS
MODELO CURRICULAR DE DIEZ NIVELES
CONCENTRADO DE INSCRIPCIÓN – EVALUACIÓN
NIVELES 1, 2, 3, 4, 5 Y 6
(SC-02A)
DATOS DE LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN
CLAVE DE REGISTRO: _______________________________________________________
FECHA:
ENTIDAD FEDERATIVA: ______________________________________________________
SEDE: _________________________
PERIODO: __________________________
NÚM.
FECHA DE
ACREDITACIÓN
DEL NIVEL
ANTERIOR
NOMBRE DEL SUSTENTANTE
NIVEL: __________________
DISCIPLINA
DEPORTIVA
PRIMER APELLIDO/SEGUNDO
APELLIDO/NOMBRE(S)
CLAVE ÚNICA DE REGISTRO
DE POBLACIÓN
(CURP)
EVALUACIÓN TEÓRICA
NÚMERO
LETRA
EVALUACIÓN PRÁCTICA
NÚMERO
RESULTADO
LETRA
28
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
NOTA: EN EL RESULTADO SE ASIGNA ACREDITADO PARA QUIEN OBTUVO UNA CALIFICACIÓN MAYOR A 7 EN AMBAS EVALUACIONES (TEÓRICA Y PRÁCTICA), NO ACREDITADO PARA LOS QUE OBTUVIERON AL MENOS UNA CALIFICACIÓN
MENOR A SIETE Y NO PRESENTO PARA LOS NO PRESENTADOS; SIENDO 7.0 LA CALIFICACIÓN MÍNIMA APROBATORIA EN CADA UNO DE LOS ASPECTOS A EVALUARSE.
UNIDAD DE CAPACITACIÓN
SELLO DE LA UC
28
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO,
GESTIÓN Y CONTROL ESCOLAR
_______________________________
NOMBRE Y FIRMA
________________________________
NOMBRE Y FIRMA
SELLO DE LA CONADE
ANEXO 2
______________________________________
NOMBRE Y FIRMA
CONDUCTOR
SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
SISTEMA DE CAPACITACIÓN Y CERTIFICACIÓN PARA ENTRENADORES DEPORTIVOS
MODELO CURRICULAR DE DIEZ NIVELES
CONCENTRADO DE INSCRIPCIÓN – EVALUACIÓN DE TAREAS
NIVELES 7, 8, 9 Y 10
(SC-02B)
DATOS DE LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN
CLAVE DE REGISTRO: __________________________________________________________________
ENTIDAD FEDERATIVA: _________________________________________________________________
PERIODO: __________________________
NIVEL: __________________
NÚM.
FECHA DE
ACREDITACIÓN
DEL NIVEL
ANTERIOR
NOMBRE DEL SUSTENTANTE
PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE(S)
DISCIPLINA
DEPORTIVA
CLAVE ÚNICA DE
REGISTRO DE POBLACIÓN
(CURP)
FECHA:
SEDE: _________________________
EVALUACIÓN
TRABAJO ESCRITO
NÚMERO
LETRA
DEFENSA ORAL
NÚMERO
RESULTADO
LETRA
29
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
7
18
19
20
NOTA: EN EL RESULTADO SE ASIGNA ACREDITADO PARA QUIEN HAYA APROBADO EL TRABAJO ESCRITO Y LA PRESENTACIÓN ORAL DEL MISMO. NO ACREDITADO PARA QUIEN NO HAYA APROBADO AL MENOS UNO DE LOS ELEMENTOS DE EVALUACIÓN
Y NO PRESENTO PARA LOS NO PRESENTADOS; SIENDO 7.0 LA CALIFICACIÓN MÍNIMA APROBATORIA EN CADA UNO DE LOS ASPECTOS A EVALUARSE.
ESTE DOCUMENTO NO ES VÁLIDO SI PRESENTA ALTERACIONES, CORRECCIONES O CANCELACIONES DE ALUMNOS INSCRITOS.
UNIDAD DE CAPACITACIÓN
SELLO DE LA UC
29
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO,
GESTIÓN Y CONTROL ESCOLAR
__________________________________
NOMBRE Y FIRMA
_________________________________
NOMBRE Y FIRMA
SELLO DE LA CONADE
ANEXO 3
______________________________________
NOMBRE Y FIRMA
ASESOR SINODAL
ANEXO 4
SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
SISTEMA DE CAPACITACIÓN Y CERTIFICACIÓN PARA ENTRENADORES DEPORTIVOS
MODELO CURRICULAR DE DIEZ NIVELES
SOLICITUD DE EXAMEN
(SC-03)
DATOS DE LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN
CLAVE DE REGISTRO: ____________________________________________________________
ENTIDAD FEDERATIVA:__________________________________________________________________
COORDINADOR DE LA UC: ________________________________________________________
DATOS DEL SUSTENTANTE
NOMBRE:____________________________________________________________________
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE (S)
DATOS DEL EXAMEN
DISCIPLINA:__________________________ NIVEL: ________________________________
RECIBÍ EL MATERIAL DIDÁCTICO EL DÍA ________ DE _________________DE _________A FIN
DE PRESENTAR EL EXAMEN CORRESPONDIENTE.
PARA USO EXCLUSIVO DE LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN
PARA LA APLICACIÓN DEL EXAMEN PRESENTARSE EN: _____________________
_________
INSTITUCIÓN
UBICADO(A) EN : __________________________________________________________________
NÚMERO
CALLE
COLONIA
____________________________EL_______DE____________DE _________A LAS_________HRS.
C.P.
TELÉFONO
___________________________
_____________________________
FIRMA DEL INTERESADO
UNIDAD DE CAPACITACIÓN
30
ANEXO 5
31
32
SISTEMA DE CAPACITACIÓN Y CERTIFICACIÓN
PARA ENTRENADORES DEPORTIVOS
MODELO CURRICULAR DE DIEZ NIVELES
NIVELES CERTIFICADOS
FECHA
1
2
3
SICCED
4
5
33
NOMBRE ___________________________________________________
PRIMER APELLIDO
SEGUNDO APELLIDO
NOMBRE(S)
FECHA DE NACIMIENTO ______________ DEPORTE______________
ENTIDAD FEDERATIVA_______________________________________
DOMICILIO__________________________________________________
CALLE
NÚMERO
______________________________________________________________________________
COLONIA / POBLACIÓN
6
MUNICIPIO / DELEGACIÓN
________________________________________________________________________________________________________
CÓDIGO POSTAL
TELÉFONO
8
9
10
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
CONADE
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
CONADE
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
FEDERACIÓN
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
CONADE
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
FEDERACIÓN
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
CONADE
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
CONADE
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
FEDERACIÓN
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
CONADE
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
CONADE
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
CONADE
SELLO
DÍA
MES
AÑO
_____________________________________
CONADE
SELLO
DÍA
MES
AÑO
ANEXO 6
33
7
_____________________________________
CONADE
SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
SISTEMA DE CAPACITACIÓN Y CERTIFICACIÓN PARA ENTRENADORES DEPORTIVOS
MODELO CURRICULAR DE DIEZ NIVELES
RELACIÓN DE DIPLOMAS EXPEDIDOS
(SC-06)
DATOS DE LA INSTITUCIÓN RESPONSABLE DE LOS CURSOS
NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN: ____________________________________________________________
ENTIDAD FEDERATIVA: __________________________________________________________________
EXPEDIDOS:_______________
COORDINADOR DE LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN: __________________________________________
NÚM.
NOMBRE DEL EGRESADO
PRIMER APELLIDO/ SEGUNDO APELLIDO /NOMBRE (S)
FOLIO
HOJA ________________ DE ________________
FECHA DE EXPEDICIÓN: _________________
TOTAL DE DIPLOMAS EXPEDIDOS:____________
NIVEL: _________________
FECHA DE ENTREGA
FIRMA DEL EGRESADO
OBSERVACIONES
34
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
EL ORIGINAL DE ESTE DOCUMENTO DEBE REMITIRSE A LA CONADE ANTES DE SEIS MESES, A PARTIR DE SU RECEPCIÓN.
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO,
GESTIÓN Y CONTROL ESCOLAR
UNIDAD DE CAPACITACIÓN
_______________________________________________
SELLO DE LA UC
34
NOMBRE Y FIRMA
SELLO DE LA CONADE
AN EXO 7
----------------------------------------------------------------------------------------------------------NOMBRE Y FIRMA
SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
SISTEMA DE CAPACITACIÓN Y CERTIFICACIÓN PARA ENTRENADORES DEPORTIVOS
MODELO CURRICULAR DE DIEZ NIVELES
LIBRO DE CONTROL DE DIPLOMAS
(SC-07)
TOTALES
NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN: ___________________________________________
NÚM.
FOLIO DEL
NOMBRE DEL SUSTENTANTE
DIPLOMA
PRIMER APELLIDO/SEGUNDO APELLIDO/ NOMBRE (S)






CANTIDAD INICIAL_______________
ELABORADOS___________________
CANCELADOS___________________
EN BLANCO_____________________
DEL FOLIO _________AL __________
ENTREGADOS___________________
PÁGINA: __________________
SITUACIÓN
CANCELADO
BLANCO
ENTREGADO
OBSERVACIONES
35
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
FECHA
__________________________________
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE CAPACITACIÓN PARA EL
DEPORTE
DIRECCIÓN DE LA ENED
35
AN EXO 8
FECHA
__________________________________

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