COBERTURAS ACCESORIAS QUÁLITAS

Transcripción

COBERTURAS ACCESORIAS QUÁLITAS
COBERTURAS ACCESORIAS QUÁLITAS
-Extensión de Cobertura
Se extienden los beneficios del Titular de la póliza (persona física) o conductor habitual (personal
moral); que conduzca un vehículo distinto al descrito en su póliza, en caso de que estos hayan sido
contratados y se encuentren plasmados en la carátula de la póliza.
•
Protege las siguientes coberturas :
•
Responsabilidad Civil por Daños a Terceros
•
Gastos Legales
•
Gastos Médicos al Titular, (incluye Gastos Médicos a consecuencia de atropello hasta 1000
DSMGVDF)
•
Asistencia Vial Quálitas
-Responsabilidad Civil por Daños a Ocupantes
Cubre los Gastos Legales y las indemnizaciones que deriven de la responsabilidad civil en que incurre
el Asegurado o cualquier persona que con su consentimiento use el vehículo y que a consecuencia de
este cause lesiones corporales o la muerte de terceros ocupantes del vehículo asegurado y siempre
que éstos no dependen civilmente del Asegurado, sea cónyuge o se encuentren a su servicio en el
momento del siniestro.
-Gastos de Transporte
La Compañía pagará para resarcir al Asegurado de los gastos que genere cuando se determine como
Pérdida Total por Daños Materiales o Robo Total la unidad asegurada, eligiendo el Asegurado alguna
de las opciones siguientes:
a) El monto de la suma asegurada indicada en la carátula de la póliza para esta cobertura.
b) El servicio de la renta de un Automóvil sedan compacto de modelo reciente, por un periodo
máximo de 15 días.
-Exención del Deducible en Pérdida Total de Daños Materiales y Robo Total
Exenta al asegurado del pago de deducible, cuando el vehículo sea declarado pérdida total a
consecuencia de un daño material o robo total.
-Cancelación de Deducible de Daños Materiales por Colisión o Vuelco
En caso de siniestro por colisión o vuelco, amparado por la cobertura de Daños Materiales, se llevará
a cabo la reparación del vehículo asegurado sin el pago del deducible , siempre y cuando en dicha
colisión o vuelco haya participado al menos otro vehículo y que éste se encuentre en el lugar.
En caso de que los daños hayan sido ocasionados por un objeto fijo, semoviente, bache o el vehículo
asegurado siempre y cuando el monto del daño resulte mayor a dicho deducible. En caso que el
monto del daño sea menor al deducible la Compañía no estera a efectuar pago alguno o reparar el
vehículo.
Esta cobertura se puede contratar para vehículos hasta con una antigüedad máxima de 15 años.
-Condonación de deducible CODE
Como un beneficio adicional, Quálitas ofrece a nuestros asegurados que cuenten con cobertura
Amplia, la condonación de deducible en caso de sufrir un percance automovilístico con un tercero
involucrado que no cuente con seguro automotriz, o tenga cobertura Limitada o de Responsabilidad
Civil, y por lo tanto no esté en posibilidades de garantizar los daños ocasionados.
Es necesario que el ajustador de Quálitas deslinde al asegurado de la responsabilidad, y que el tercero
involucrado se encuentre presente.
Aplica a:
Autos residentes de uso particular.
Para la condonación del deducible será requisito indispensable:
a) Presentar una denuncia de los hechos ante el Ministerio Público, Juez Cívico o Autoridad
Administrativa correspondiente.
b) Acreditar la propiedad del vehículo ante la autoridad competente.
c) Si el Asegurado ya no desea acudir ante las autoridades para continuar con los trámites, Quálitas
podrá dar seguimiento a todo el proceso legal correspondiente, sólo se le requerirá la firma de un
Poder Notarial con costo preferencial de $500.00.

Documentos relacionados